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Buscan terminar con ofertas limitadas al uso de determinado medio de pago

Estas promociones transgreden el derecho de los consumidores a no ser discriminado arbitrariamente por parte del proveedor del bien o servicio, al realizar una diferenciación injustificada entre potenciales compradores.

27 de junio de 2019

La frase “esta promoción solo es válida para clientes con x tarjeta de crédito o retail” podría desaparecer. Esto si se aprueba una moción presentada por los senadores Carolina Goic y Manuel José Ossandón que modifica la Ley sobre Protección de los Derechos de los Consumidores en materia de ofertas y promociones atadas al medio de pago administrado u operado por el mismo proveedor.

 

Imagen foto_00000002La norma que deberá ser estudiada por los integrantes de la Comisión de Economía en los próximos días, establece con todas sus letras que: "Los proveedores no podrán restringir o condicionar una oferta o promoción a que su compra o contratación se realice exclusivamente con un medio de pago administrado u operado por el mismo proveedor, por una empresa relacionada o una sociedad de apoyo al giro".

 

OFERTAS LIMITADAS AL MEDIO DE PAGO

 

Los legisladores se inspiraron en una serie de ofertas de casas comerciales donde se establecen diferentes precios para un determinado bien, dependiendo del medio de pago (débito o crédito de un banco determinado o plástico del citado retail). Así se materializa la oferta sólo en el caso de cancelar con las citadas modalidades.

 

Esta modalidad de venta, comenta la moción, “transgrede el derecho de los consumidores a no ser discriminado arbitrariamente por parte del proveedor del bien o servicio, al realizar una diferenciación injustificada entre consumidores, haciendo beneficiarios de ciertas ofertas o promociones solamente a quienes han celebrado un contrato de apertura de crédito con la respectiva tienda y compren el producto mediante la respectiva tarjeta de crédito, excluyendo a aquellas personas que no han celebrado tal contrato, quienes deben pagar un valor superior por el bien si es que desean comprarlo mediante otro medio de pago”.

 

Asimismo, los congresistas agregan que muchas veces, acceder a una determinada tarjeta de crédito no solo está sujeto al ingreso sino también al lugar de residencia. “Los consumidores deben cumplir con requisitos socioeconómicos a veces insuperables y discriminatorios, tales como el no residir en un determinado barrio que haya sido considerado como conflictivo por las políticas de la empresa. Si bien las empresas tienen derecho a establecer criterios de solvencia económica para emitir sus tarjetas, éstos no pueden atentar contra la dignidad de las personas y más aún, extender dichos criterios a las ofertas o promociones que ofrecen al público”.

 

Este tipo de ofertas -restringidas al pago con tarjetas de crédito- encubren el mayor costo que puede significar un determinado producto para el consumidor, ya que la compra va asociada no sólo al costo del crédito, sino también al pago de costos relacionados con el uso de la tarjeta, por ejemplo, costos de comisión, de mantención, entre otros”, concluyen los legisladores complementando que “mediante este tipo de ofertas o promociones, se vulnera el principio de la libre elección del bien o servicio”.

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