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Debate en particular

Matrimonio igualitario: Comisión de Constitución despachó el texto legal

Ahora corresponde que la Comisión de Hacienda se pronuncie sobre las normas de su competencia, antes de ser visto en Sala.

29 de junio de 2021

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"Hoy es un día muy importante para el reconocimiento de derechos civiles para muchas personas de nuestro país”, así lo manifestó el senador Pedro Araya, presidente de la Comisión de Constitución, tras concluir el estudio y votación de las indicaciones al proyecto sobre matrimonio igualitario.

 

De este modo, la iniciativa que cumple su primer trámite y que fue parte de los anuncios del último Mensaje Presidencial quedó en condiciones de ser analizada por la Comisión de Hacienda en los artículos de su competencia y que tienen que ver con financiamiento.

 

En su última sesión, la Comisión de Constitución despejó las indicaciones pendientes relativas al orden de los apellidos en el caso de adopción de menores. “Con esto nuestro país está avanzando en el reconocimiento de la dignidad y derechos de muchas personas”, precisó el senador Araya.

 

Cabe recordar que, en las sesiones anteriores, la instancia aprobó un nuevo concepto de matrimonio entre personas del mismo sexto y definió materias, tales como, el régimen patrimonial para aquellas parejas del mismo sexo que contraigan matrimonio. (Vea nota relacionada)

 

Asimismo, despejó las normas del proyecto respecto al orden de los apellidos de parejas del mismo sexo. El senador Araya, en su calidad de presidente de Constitución, dejó constancia "para la historia de la ley que, en ese punto, persiste un vacío en cuánto a qué sucederá cuando no exista acuerdo entre los cónyuges”.

 

Por su parte, la senadora Luz Ebensperger hizo presente que “en esta legislación de matrimonio igualitario se están generando cambios en la ley de adopciones” los que, a su juicio, requerirían de "un tratamiento en un proyecto diferente".

La propuesta aprobada por la Comisión señala que "los hijos de un matrimonio del mismo sexo deberían llevar el orden de apellidos del primer hijo del matrimonio en común, el que previamente debe ser por común acuerdo de los padres. Y en caso de adopción, se respetaría el orden establecido en el dictamen de la sentencia de adopción".

 

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