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Indulto conmutativo a causa de la pandemia Covid 19: Senado aprobó informe de la Mixta

La instancia repuso articulado aprobado en el Senado e incorporaron nuevos delitos al listado de excluidos del beneficio. Sin embargo, en el último trámite de la Cámara de Diputados el informe no obtuvo los votos necesarios.

31 de marzo de 2020

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La Sala del Senado aprobó por 33 votos favorables y  7 abstenciones el informe de la Comisión Mixta que zanjó las discrepancias suscitadas en torno al proyecto que concede un indulto general conmutativo a causa del Covid 19 (Bol. N° 13358-07)

 

En lo fundamental, se optó por restituir el articulado despachado en el primer trámite e incorporar una enmienda de los diputados, que amplía el catálogo de condenas a las que no se aplicará el indulto. No obstante, en el último trámite en la Sala de la Cámara, el informe no obtuvo los votos necesarios, generando un nuevo escenario. Al respecto, el Ejecutivo no descartó el envío de un veto presidencial.

DEBATE EN EL SENADO
 

El senador Felipe Harboe quien presidió la Comisión Mixta, dejó constancia que en la instancia se abordaron también los casos de detenidos, principalmente durante el estallido social, a los cuales se les aplicó medida cautelar de prisión preventiva por infracciones menores.

 

Al respecto, aclaró que “al tratarse de causas pendientes del Poder Judicial, el Parlamento está impedido constitucionalmente de presentar acciones en esa línea”. No obstante, se instó al Ejecutivo a presentar una medida alternativa.

 

En el debate en Sala también usaron la palabra los senadores Alejandro Navarro, Carlos Montes, Pedro Araya, Guido Girardi, Alejandro Guillier, Álvaro Elizalde, José Miguel Durana, Ximena Rincón, José Miguel Insulza, Isabel Allende, Francisco Huenchumilla y el ministro de Justicia y Derechos Humanos Hernán Larraín.

 

El indulto general conmutativo permite sustituir, bajo ciertos requisitos, el saldo de las penas privativas de libertad por la de reclusión domiciliaria total, con el fin de evitar una propagación masiva de coronavirus en las cárceles.

 

La medida beneficiará a unas 1.314 personas, principalmente de los grupos de mayor riesgo frente a un contagio en un recinto penal: los adultos mayores a 75 años, los hombres y mujeres entre 60 a 74 años; y las embarazadas o madres de hijos menores de dos años de edad que residan en el establecimiento.

 

Para ellos se establece, a excepción del primer grupo (75+ años), el requisito de haber cumplido un porcentaje de la condena y que su saldo sea inferior a 36 meses.

 

¿QUÉ PASÓ?

 

La diferencia se produjo en el segundo trámite constitucional, debido a que por falta de quórum no prosperó lo dispuesto en el artículo 8 del texto, relativo a la fórmula de sanción por incumplimiento o reincidencia de la persona indultada.

 

La Sala del Senado rechazó la enmienda en la sesión extraordinaria del pasado viernes 27, delegando la conformación de una instancia mixta a los legisladores de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.

 

Es en ese contexto que, esta mañana, parlamentarios de ambas cámaras acordaron unánimemente reponer el articulado en cuestión. De la misma forma, se incorporó una indicación de los diputados que excluye del beneficio a los condenados por asociación ilícita en caso de narcotráfico o por infracciones a la Ley de Control de Armas.

 

También cabe recordar que, en el primer trámite y por iniciativa del Senado, se acordó excluir a condenados por crímenes de lesa humanidad y violación a los derechos humanos.

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