Click acá para ir directamente al contenido

  Profundizarán la entrega de información presupuestaria al Congreso Nacional

  La Comisión de Hacienda inició el estudio de un proyecto en tal sentido impulsado por el Vicepresidente del Senado, José Antonio Gómez y los senadores Camilo Escalona, Eduardo Frei, Ricardo Lagos y Alejandro Navarro.

14 de enero de 2011

Con la exposición de los representantes de los Institutos Libertad; Libertad y Desarrollo, de la Corporación de Estudios para Latinoamérica y de la Dirección de Presupuestos, la Comisión de Hacienda continuará, el próximo miércoles 19 de enero, el análisis del proyecto que modifica la actual legislación sobre Administración Financiera del Estado para profundizar la entrega de información presupuestaria del sector público.

La iniciativa que cumple su primer trámite, "permitirá uniformar los sistemas de ejecución presupuestaria y contar con una real capacidad de seguimiento del presupuesto por parte del Congreso Nacional que posibilite la participación ciudadana a través del control de la sociedad civil"

El proyecto iniciado en una moción presentada por los senadores Camilo Escalona, Eduardo Frei Ruiz-Tagle, José Antonio Gómez, Ricardo Lagos Weber y Alejandro Navarro pretende que el Estado brinde una información en términos adecuados para ser utilizada por la sociedad.

De esta forma, se podrá desarrollar mejor la cadena: programa de gobierno, políticas públicas, programas de acción, proyectos específicos, recursos necesarios, expresión presupuestaria, ejecución, monitoreo y control de la misma, evaluación de logros y retroalimentación del proceso.

Al respecto, el senador Camilo Escalona explicó que "no existen diferencias entre los parlamentarios integrantes de la Comisión, en el sentido de que se debiesen profundizar todas aquellas materias que permitan contar con una información más expedita y conocer la utilización de los recursos".

Se trata de "poder discernir entre los planes sobre todo en lo que se refiere a la asignación de los recursos para las regiones, por lo tanto, en el espíritu de acoger esta iniciativa, se acordó continuar con el trámite el próximo miércoles invitando a los institutos  que siguen la ejecución presupuestaria y a la Directora de Presupuestos para que nos pueda ilustrar sobre qué les parece esta iniciativa".

El parlamentario añadió que con estos ajustes "se podrían ahorrar en la discusión presupuestaria una cantidad enorme de indicaciones para solicitar información, porque lo que hemos constatado es que la información es dispareja. Hay servicios que efectivamente, cuando se solicita información lo hacen de manera detallada exhaustiva y satisfactoria, sin embargo otros no".

Entonces, dijo el senador Escalona "no es lógico que algunos servicios se preocupen de informar al Congreso, mientras otros rehúyen esa información, por lo tanto, creemos que este proyecto está bien encaminado".

SEGUIMIENTO PRESUPUESTARIO

La iniciativa se fundamenta en que la información contemplada en el proyecto de ley de Presupuesto, no es suficiente para poder realizar un seguimiento que vaya más allá del registro meramente financiero de las actividades del sector público ni establecer con claridad los objetivos, metas, actividades y recursos utilizados por el Gobierno en cada actividad o programa gubernamental, así como tampoco informarse de los resultados logrados a través de su ejecución presupuestaria.

A juicio de los autores de la moción, "una de las razones de esto es que la lógica imperante en el presupuesto sigue siendo una lógica de inputs y no de resultados. Esto hace que la estructura presupuestaria sea hecha por ítems contables y no por programas".  "Por lo tanto, no es posible identificar los programas de gobierno en ejecución".

Además, "el problema no se limita sólo a la falta de información cualitativa del presupuesto, sino que también podemos observar que la información financiera propiamente tal carece de atributos importantes, como son la oportunidad en su entrega y nivel de desagregación".

Por estas razones se propone modificar la legislación vigente sobre Administración Financiera del Estado de modo que "el Ejecutivo deberá enviar a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos del Congreso Nacional todos los decretos que dispongan modificaciones o reasignaciones al presupuesto aprobado, a más tardar 15 días después de su total tramitación".

Asimismo, "todas las Partidas contenidas en el proyecto de Presupuesto que se envíe anualmente para su aprobación al Congreso Nacional, deberán contemplar información desagregada a nivel nacional y regional de los subtítulos 21 "Gastos en Personal", 22 "Bienes y Servicios de Consumo", 24 "Transferencias Corrientes", 26 "Otros Gastos Corrientes", 27 "Aporte Fiscal Libre", 28 "Aporte Fiscal para Servicio de la Deuda", 29 "Adquisición de Activos No Financieros", 30 "Adquisición de Activos Financieros", 31 "Iniciativas de Inversión", 33 "Transferencias de Capital", 34 "Servicio de la Deuda" y 35 "Saldo Final de Caja", y de todos los ítem y asignaciones relacionados con los subtítulos antes mencionados".

Además, "cada Ministerio informará detalladamente los programas, proyectos, iniciativas o actividades a realizar con dichos recursos.

Por otra parte, los Ministerios entregarán a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos del Congreso Nacional informes trimestrales de ejecución presupuestaria, que contengan el nivel de avance en la ejecución, tanto física como financiera, de los subtítulos mencionados en el punto anterior.

"La Unidad de Asesoría Presupuestaria del Senado, a través de la Secretaría de la Comisión Especial Mixta de Presupuestos, estará facultada para solicitar, vía oficio, información relacionada con el presupuesto de la Nación, a los distintos organismos de la Administración Central del Estado como a las Empresas del Estado consideradas en el presupuesto de la Nación".

Finalmente, se dispone que "tanto los organismos del Estado como sus empresas deberán obligatoriamente enviar dicha información a más tardar dentro de los 10 días hábiles siguientes que reciban la solicitud de información, so pena de incurrir de pleno derecho, el responsable, en incumplimiento grave de sus obligaciones".

Imprimir