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  Estudian dependencia del nuevo registro sobre sociedades comerciales

  La Comisión de Economía inició el estudio del proyecto que simplifica el sistema de constitución, modificación y disolución de las sociedades comerciales y que crea un registro de dichas sociedades dependiente del Servicio de Impuestos Internos.

6 de enero de 2011

La conveniencia de que el nuevo registro que crea el proyecto que simplifica el régimen de constitución, modificación y disolución de las sociedades comerciales, dependa del Servicio de Impuestos Internos (SII), analizará la Comisión de Economía, que preside el senador José García Ruminot.

La instancia comenzó el estudio de la iniciativa, en primer trámite, que disminuye de 29 a 6 el promedio de días para  realizar este tipo de modificaciones en las sociedades comerciales. En la primera audiencia se escuchó la exposición del ministro de Economía, Juan Andrés Fontaine.

Al respecto, el senador Eugenio Tuma, integrante de la instancia, si bien valoró el proyecto que va en la línea de facilitar los emprendimientos y mejorar nuestra competitividad como país,  hizo notar que existen dudas respecto a la dependencia que tendrá el nuevo registro que se crea para llevar las actividades de las sociedades comerciales.

"El proyecto propone que el mencionado registro dependa del Servicio de Impuestos Internos (SII) y nosotros creemos que no es conveniente por la percepción de los que van a emprender, es decir, van a ingresar a un portal donde el mismo ente fiscalizador los está invitando a iniciar actividades y eso no es adecuado", dijo el parlamentario.

Agregó que "no es el SII la institución mas idónea porque la percepción es muy importante y le pedimos al Ministro de Economía que revise la dependencia del mencionado registro que debería ser de economía, sin perjuicio, de que debe haber una interrelación con Impuestos Internos porque será un registro publico. Lo que estamos diciendo es que el SII no puede ser la cara visible".

El senador Tuma indicó que el ministro Fontaine quedó de estudiar el tema pero aclaró que dicho registro debería depender de la cartera de Economía.

El legislador recalcó que "este proyecto va en la línea de modificar los trámites para iniciar empresas" y recordó que "ya hay una iniciativa en esa línea que fue despachada por el Senado y tiene que ver con todo lo que son trámites de patentes, autorizaciones municipales y la simplificación de trámites en ese nivel".

No obstante aclaró que "este segundo proyecto consiste en modificar el modo en que se inicia una sociedad comercial cuando se constituye, se modifica o se hacen observaciones. Eso actualmente toma un plazo de casi un mes y queremos reducirlo a una semana porque además de ser un tiempo excesivo tiene un alto costo de publicación, constitución con trabajo notarios y conservadores".

Explicó que "por eso el gobierno hizo esta propuesta de llevar estos temas a un registro electrónico donde en un día se podrá constituir la sociedad y quedar registrado e incluso obtener el rut". Indicó que muchas veces las sociedad para acceder a un créditos deben esperar hasta 4 meses que los bancos estudien los títulos y "en estas circunstancias este proyecto facilitaría las cosas y se daría mayor movilidad a los agentes bancarios".

Puntualizó que todo esto "va en la dirección correcta pero el proyecto establece que el responsable de llevar ese registro es el Servicio de Impuestos Internos, porque existen buenos argumentos que tienen que ver con su know how, la cobertura y sistemas electrónicos pero hay una cosa que a nuestro juicio no tomó en cuenta el Ministro y que la percepción de los emprendedores".

FUNDAMENTOS DEL PROYECTO

Cabe señalar que el proyecto se refiere a las personas jurídicas que constituyen diversos tipos de sociedades comerciales con excepción de las sociedades anónimas abiertas y las sociedades anónimas sujetas a normas especiales.

Se crea un régimen optativo y simplificado para materializar los mencionados actos jurídicos de las personas jurídicas indicadas de modo de otorgar certeza jurídica y aliviar la carga económica y la dilación en el tiempo que genera el cumplimiento de las formalidades legales contempladas en la actualidad

Para alcanzar los objetivos señalados, se propone que los constituyentes puedan utilizar un formulario electrónico especial para cada una de las personas jurídicas a que esta ley se refiere, y respecto de cada acto jurídico que se pretenda realizar con posterioridad a esa constitución, el que será de libre acceso, tendrá cobertura a nivel nacional y disponibilidad las 24 horas del día y los 7 días de la semana, en el sitio web del Servicio de Impuestos Internos.

Cada formulario electrónico contendrá los campos necesarios para que el constituyente, socios o accionistas, en su caso, completen los datos esenciales exigidos por ley, correspondientes al tipo de persona y acto jurídico de que se trate, y no podrán enviar el formulario sin completarlos en su totalidad.

Se contempla también la posibilidad de suscripción de un formulario vía firma electrónica avanzada ante cualquier Notario Público que disponga de ella, lo que aumenta considerablemente el ámbito territorial para materializar el tipo de actos jurídicos a que apunta el presente proyecto de ley.

Con ello, será posible por ejemplo, que se constituya una persona jurídica con domicilio en Santiago, pese a que el propio constituyente, socios o accionistas, según sea el caso, se encuentren en distintos lugares de nuestro país e, incluso, en el extranjero.

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