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  Nueva Ley de Quiebras: avanzan en normas que fijan las rendiciones de cuentas que deben entregar liquidadores

  Las Comisiones Unidas de Constitución y de Economía, continúan con el estudio del proyecto que cuenta con cerca de 400 artículos y al cual se le han presentado 200 indicaciones.

6 de noviembre de 2012

Con la aprobación de las normas relativas a las rendiciones de cuentas que deben entregar los liquidadores, las Comisiones Unidas de Constitución y de Economía continuaron con el análisis del proyecto de ley que sustituye el régimen concursal vigente por una Ley de reorganización y liquidación de empresas y personas, y que perfecciona el rol de la Superintendencia del ramo, más conocido como la nueva Ley de Quiebras.

 

Así lo informaron los senadores José García Ruminot y Eugenio Tuma, integrantes de la citada instancia legislativa.

 

Cabe recordar que el proyecto busca permitir a los emprendedores que puedan resurgir cuando algún proyecto fracasa, y tender a eliminar la carga negativa de un negocio fallido. Asimismo, establece la figura del veedor y liquidador, dos nuevos sujetos partícipes de los procedimientos concursales en caso de quiebras. Otro de los aspectos relevantes, es que castigará a las empresas que quiebren fraudulentamente.

 

El senador García Ruminot manifestó que "estamos avanzando en el despacho de la nueva ley de quiebras, una iniciativa tremendamente modernizadora, que además establece por primera vez la posibilidad de que también las personas naturales frente a situaciones de insolvencia también puedan acogerse a modalidades, no de quiebras propiamente tal, pero sí de reordenamiento de sus compromisos, de sus pagos y de salir de la situación que es triste y difícil no solo para el acreedor, sino que para toda su familia".

 

Indicó que "hemos aprobado básicamente las rendiciones de cuentas y los requisitos que tienen que cumplir las rendiciones de cuentas que entregan los liquidadores, tanto las parciales como también de la rendición final, cuándo éstas pueden ser objetadas, quienes las pueden objetar, el rol que tienen que cumplir los tribunales de justicia, el rol que cumple la Superintendencia de Quiebras. Se ha despejado todo un camino procesal respecto de los requisitos y plazos que tiene que cumplir el liquidador al rendir sus cuentas ante la junta de acreedores y también ante tribunales de justicia y la propia superintendencia de quiebras".

 

Por su parte, el senador Eugenio Tuma señaló que "estamos avanzando bastante bien con un proyecto coherente. Hasta ahora hemos aprobado todo lo que tiene que ver con el estatuto y la normativa que van a regular a los veedores y a los liquidadores y hemos regulado también los honorarios, la participación de los acreedores, el pago extraordinario si eventualmente algún acreedor quisiera cancelarlo deberá pasar por una normalización de la junta y creo que estamos en la dirección correcta en orden de garantizar que esta legislación va a ser equilibrada y que va a promover el emprendimiento".

 

Agregó que "la señal que estamos dando es que nosotros podamos dar la convicción de que tenemos una normativa que no va a sancionar de por vida a la persona que haya encontrado dificultad en el emprendimiento. Hoy día la persona que tiene algún grado de dificultad en el emprendimiento no se levanta nunca más, no tiene créditos, no es creíble y es como si tuviera un timbre de por vida negativo para realizar cualquier actividad. Al contrario, lo que estamos señalando es que el Estado va a proveer una legislación  que a los que de buena fe hayan tenido dificultades, puedan seguir emprendiendo y puedan incluso levantar la empresa que está con dificultades".

 

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