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  Con exposición del Ejecutivo inician estudio de proyecto que establece el uso del brazalete electrónico

  La Comisión de Constitución también alcanzó a escuchar parcialmente la opinión que tiene la Fundación Paz Ciudadana sobre la materia y continuará con las audiencias con expertos la próxima semana.

31 de mayo de 2011

Como una iniciativa que traerá consigo un "cambio de fondo" en la política carcelaria, calificó el senador Alberto Espina, el proyecto en segundo trámite que establece medidas alternativas a las penas privativas o restrictivas de libertad, que comenzó a ser estudiado por la Comisión de Constitución que preside la senadora Soledad Alvear.

Según informaron ambos parlamentarios, la instancia recibió a la Subsecretaria de Justicia y Ministra (S) Patricia Pérez quien expuso sobre los alcances de la iniciativa y también alcanzaron a conocer parcialmente la opinión de la Fundación Paz Ciudadana, sobre la materia.

De ahí que la próxima sesión continúen escuchando a la citada organización y también a los profesores Jorge Boffill y Raúl Tavolari, para ver los distintos aspectos del proyecto.

"Entramos al análisis del proyecto que modifica las medidas alternativas actualmente vigentes y creo que es una muy buena iniciativa que va a tener un cambio de fondo respecto del tratamiento que se ha hecho a quienes están privados de libertad", explicó el senador Espina.

Agregó que la iniciativa "establece un sistema que permite cumplir la pena en un medio libre a través del brazalete y monitoreo y apoyo, que es el camino que usan gran parte de las legislaciones con el objeto de que quienes estén en la cárcel sean finalmente los delincuentes más peligrosos, pero quienes no tienen ese grado de peligrosidad puedan ser monitoreados y cumplir su pena en libertad y con eso reinsertarse socialmente".

En lo fundamental el proyecto modifica las penas alternativas a la reclusión y tiene por finalidad permitir al juez establecer el sistema de monitoreo electrónico como mecanismo de control del cumplimiento de las condiciones de la pena de la libertad vigilada especial, aplicada en el caso de los delitos de homicidio y lesiones en el contexto de violencia intrafamiliar o del estupro u otros delitos de connotación sexual.

También puede aplicar esta forma de control para el cumplimiento de las condiciones de las penas de reclusión parcial y de libertad vigilada intensiva.

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