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  Buscan excluir a civiles y menores de edad del ámbito de competencia de los tribunales militares

  Un grupo de senadores encabezados por la senadora Soledad Alvear, presentó una iniciativa en ese sentido, la que fue remitida a la Comisión de Constitución para su estudio.

6 de agosto de 2012

Modificar el Código de Justicia Militar y otras disposiciones vigentes, a fin de excluir a los menores y civiles de la competencia de los tribunales militares, es el objetivo del proyecto presentado por los senadores Soledad Alvear, Isabel Allende, Pedro Muñoz y Patricio Walker.

 

La iniciativa fue remitida a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado, la que ofició a la Corte Suprema para pedirle su parecer sobre la materia.

 

Según señalan los autores de la moción, nuestro sistema de justicia militar requiere de una profunda reforma para adecuarse a los principios internacionalmente reconocidos en materia del derecho a la justicia y el debido proceso.

 

A modo de ejemplo citan el caso Palamara donde se determinó que "el Estado debe adecuar, en un plazo razonable, el ordenamiento jurídico interno a los estándares internacionales sobre jurisdicción penal militar, de forma tal que en caso de que considere necesaria la existencia de una jurisdicción penal militar, ésta debe limitarse solamente al conocimiento de delitos de función cometidos por militares en servicio activo. Por lo tanto, el Estado debe establecer, a través de su legislación, límites a la competencia material y personal de los tribunales militares, de forma tal que en ninguna circunstancia un civil se vea sometido a la jurisdicción de los tribunales penales militares".

 

Por ello, plantean que se debe modificar el sistema de justicia militar existente para que éste se circunscriba exclusivamente al conocimiento de delitos de función militar cometidos por militares en servicio activo. Todas las demás causas deben ser conocidas por la justicia ordinaria.

 

Recordaron que en estos años sólo se ha avanzado en un proyecto de ley mediante cual se excluyó a los civiles de la jurisdicción de tribunales militares, cuando éstos fueren imputados de delitos, lo que se tradujo en la dictación de la Ley 20.477.

 

Si bien se está a la espera de que el Ejecutivo ingrese un proyecto que aborde esta materia, los senadores consideran que "no puede dilatarse más la exclusión completa de los civiles y menores de edad de la jurisdicción de los tribunales militares. Hemos sido testigos en los últimos tiempos que diversos actos en que han sido víctimas civiles, incluso menores de edad, por parte de personal que goza de fuero militar han sido conocidos por la justicia militar y no la justicia ordinaria. Lo mismo ocurre con casos de eventuales abusos que puedan afectar a conscriptos durante su servicio militar".

 

Por ello plantean que "en ningún caso, los civiles y los menores de edad estarán sujetos a la competencia de los tribunales militares".

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