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  Firman convenio de colaboración entre la Dirección Nacional del Servicio Civil y el Senado

  El acuerdo fue firmado por el Secretario General del Senado, Mario Labbé y el Director Nacional del Servicio Civil, Carlos Williamson y apunta a perfeccionar los procesos de selección de cargos directivos en la Corporación y al intercambio de información.

27 de marzo de 2012

Con el fin de asegurar que el Senado cuente con asesoría técnica relativa a las mejores prácticas del Estado en materia de selección de cargos directivos y de proveer de información precisa y oportuna acerca de posibles modificaciones al estatuto legal de la Dirección Nacional del Servicio Civil, ambas instituciones suscribieron un Convenio de colaboración.

 

Dicho documento fue firmado por el Secretario General del Senado, Mario Labbé y el Presidente del Consejo de Alta Dirección Pública, Carlos Williamson.

 

Entre sus fundamentos contempla que "el Senado es uno de los órganos constitucionales que participa en el proceso de formación de la ley y para cumplir con dicha labor cuenta con una estructura de funcionarios que asesoran o prestan asistencia a los parlamentarios en el referido proceso".

 

Asimismo, la Corporación, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 2° de Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, "debe seleccionar a sus funcionarios mediante concurso público y para tal efecto, el Senado cuenta con normas reglamentarias que regulan dicho proceso".

 

Por otro lado, la Dirección Nacional del Servicio Civil desde su creación ha sido objeto de distintas iniciativas legislativas que inciden en su organización, atribuciones y funcionamiento ya que es el órgano del Estado de Chile encargado de coordinar, supervisar y perfeccionar las funciones de personal en los servicios de la administración civil del Estado.

 

Con este propósito, dicho servicio público tiene como prioridad organizar y desarrollar programas de selección de personal, entre otras materias de su competencia.

 

El Convenio añade que "atendidas las circunstancias expuestas y vista la conveniencia de asegurar que el Senado cuente con información relativa a las mejores prácticas del Estado en materia de selección de los funcionarios y que la Dirección Nacional del Servicio Civil, a su turno, disponga de información precisa, oportuna y responsable acerca de posibles modificaciones a su estatuto legal" se acuerda colaborar recíprocamente.

 

De este modo, "la Dirección Nacional del Servicio Civil proporcionará al Senado información sobre mejores prácticas en materia de implementación y desarrollo de procesos de selección destinados a proveer los cargos que el Senado determine".

 

Para ello, "colaborará proporcionando información técnica que garantice la calidad de dichos procesos, tanto como el apego a los principios de transparencia, no discriminación e idoneidad profesional. Al respecto compartirá información relevante y aportará juicio experto en las materias relacionadas con la referida provisión de cargos".

 

Por otro lado, "el Senado informará a la Dirección Nacional del Servicio Civil acerca de todos los proyectos de ley que ingresen a trámite a la Corporación y que modifiquen el Título VI de la ley N° 19.882 que creó el Sistema de Alta Dirección Pública o que extiendan su ámbito de aplicación".

 

Cabe señalar que ambas partes establecerán los mecanismos destinados a hacer posible y efectiva la colaboración mutua durante la vigencia del Convenio y para los efectos de la ejecución del mismo se constituirá un Equipo Técnico conformado por profesionales definidos por ambas entidades.

 

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