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A segundo trámite proyecto que facilita a la mujer casada la enajenación de sus bienes

La iniciativa que tuvo su origen en moción apunta a terminar con las rigideces legales que se derivan del régimen de sociedad conyugal.

7 de enero de 2020

Imagen foto_00000011Por unanimidad, la Sala respaldó el proyecto originado en moción del senador Juan Pablo Letelier y que facilita a la mujer casada la enajenación de sus bienes adquiridos por sucesión por causa de muerte. (Boletín N° 12.468-18)

 

De este modo, la iniciativa que pasó a su segundo trámite, en la Cámara de Diputados, tiene por objeto avanzar hacia la igualdad entre el hombre y la mujer casados bajo el régimen de sociedad conyugal.

 

Cabe señalar que, en dicho régimen, subsiste el principio de que el marido es el jefe de la sociedad y como tal administra tanto los bienes sociales como los de su mujer.

 

Esto ha generado diversos problemas prácticos y de discriminación hacia las mujeres, puesto que muchas de ellas al estar separadas de hecho y no tener contacto con sus cónyuges se ven imposibilitadas de enajenar o administrar sus bienes o los adquiridos por herencia.

 

 En esa línea el proyecto de ley establece que:

 

- A todos los bienes recibidos en donación, herencia o legado por la mujer casada bajo régimen de sociedad conyugal, se le aplicaran las reglas de la separación de bienes, lo que implicará, entre otros aspectos, que ya no será necesaria la intervención del marido para aceptar o repudiar una asignación deferida a ella, ni podrá este provocar la partición respecto de los bienes en que tenga parte aquella, pudiendo la mujer enajenar o gravar, o prometer enajenar o gravar sus derechos hereditarios.

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