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Protección a niños, adultos mayores y personas con discapacidad

"Ley Tamara": Aprueban en general proyecto que agrava penas

La Comisión de Constitución respaldó por unanimidad la idea de legislar sobre la iniciativa que modifica el Código Penal para incrementar las penas de los delitos cometidos contra esas personas.

25 de noviembre de 2021

Con el voto unánime de los senadores presentes, la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento aprobó la idea de legislar del proyecto, en segundo trámite que modifica el Código Penal para agravar e incrementar las penas de los delitos que sean cometidos contra niños y niñas, adultos mayores o personas en situación de discapacidad.

 

Esta iniciativa, conocida como "Ley Tamara", en honor a Tamara Moya una pequeña que falleció cuando su familia fue sometida a una "encerrona" y amenazados con armas de fuego, ahora será analizada en particular por la citada instancia, para lo cual fijó plazo hasta el 9 de diciembre para recibir indicaciones.

 

Asimismo, se solicitarán informes a abogados penalistas y al Ministerio Público con el objeto de despejar algunas dudas respecto. Ello, pues durante la exposición del académico Francisco Bedecarratz, del Instituto de Investigación en Derecho de la Universidad Autónoma, se plantearon algunas dudas respecto de la proporcionalidad de las penas y también sobre algunos principios jurídicos que podrían estar en juego.

 

Al respecto, los integrantes de la Comisión, Pedro Araya (presidente), Luz Ebensperger, Rodrigo Galilea y Alfonso De Urresti, coincidieron en la importancia de avanzar en una iniciativa como esta, resguardando que no tenga ningún problema de constitucionalidad.

 

"Nos vamos a dar unos días para despejar dudas y que este proyecto sea viable y pase el filtro del Tribunal Constitucional", dijo el senador Araya.

 

CONTENIDO

En lo fundamental, este proyecto busca reforzar la protección penal a la infancia, adultos mayores y población discapacitada. Para ello, no se cambian las penas sino que se establecen agravantes y en algunos casos se aplica el máximo de la pena y en otros excluye el mínimo. (Vea nota relacionada)

 

Entre otros temas, agrega al listado de circunstancias agravantes el cometer el delito contra una víctima menor de 18 años, un adulto mayor o una persona con discapacidad.

 

Asimismo, se extendió el rango de la pena para los homicidios con alevosía; por premio o promesa remuneratoria; por medio de veneno; con ensañamiento, aumentando deliberada e inhumanamente el dolor; o con premeditación conocida, aplicando el presidio mayor en su grado medio a máximo.

 

Además, se incluyó al homicidio simple dentro de los delitos que requerirán del cumplimiento de dos tercios de la pena para postular al beneficio de la libertad condicional.

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