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Inician votación en particular del proyecto que crea Consejos Comunales de Seguridad Pública

La Sala aprobó por mayoría las enmiendas unánimes de las Comisiones de Gobierno y Hacienda. Para la siguiente sesión se espera despachar la norma; no obstante surgieron varias posturas respecto a la falta de financiamiento que tendrían estas nuevas responsabilidades municipales.

12 de julio de 2016

Con la aprobación por 36 votos a favor y 1 voto en contra, comenzó el análisis en particular del proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica la ley N° 18.695, orgánica constitucional de Municipalidades y la ley N° 20.502, que crea el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, permitiendo la creación de los consejos comunales y los planes comunales de seguridad pública.

 

El resultado corresponde a las enmiendas unánimes provenientes de las Comisiones de Gobierno y Hacienda, respectivamente, incluidas las orgánicas constitucionales que no sufrieron modificaciones. Para la siguiente sesión se espera la votación de las normas que llegaron con diferencias a la Sala, además de someter a escrutinio separado los artículos relacionados con financiamiento, a petición de los senadores Prokurica y Espina, entre otros.

 

Imagen foto_00000031El mensaje tiene por objeto lograr una mayor y mejor coordinación entre todas las instituciones públicas en materia de seguridad; fortalecer el rol del municipio en el ámbito de la seguridad; generar mayor participación de los ciudadanos en la elaboración de soluciones respecto de los problemas detectados, así como también permitir una mayor transparencia frente a las medidas, acciones y programas que se están ejecutando o que se pretendan realizar, en materia de seguridad.

 

Durante la sesión intervinieron los senadores Ena Von Baer, Rabindranath Quinteros, Víctor Pérez Varela, Alberto Espina, Lily Pérez San Martín, Baldo Prokurica, Alejandro Guillier, Carlos Montes, Antonio Horvath, Francisco Chahuán, José García Ruminot, Hernán Larraín, Eugenio Tuma, Juan Antonio Coloma, Ignacio Walker, Felipe Harboe, Alejandro García Huidobro y Alejandro Navarro.

 

PRINCIPIOS   

 

El proyecto establece, entre otros:

 

- Incorporar entre las funciones que las municipalidades podrán realizar, aquellas que digan relación con el desarrollo, implementación, evaluación, promoción, capacitación y apoyo de acciones de prevención social y situacional, la celebración de convenios con otras entidades públicas para la aplicación de planes de reinserción social y de asistencia a víctimas, así como también la adopción de medidas en el ámbito de la seguridad pública a nivel comunal, sin perjuicio de las funciones del Ministerio del Interior y Seguridad Pública y de las Fuerzas de Orden y Seguridad.

 

- Los municipios también tendrán la potestad para elaborar, aprobar, ejecutar y evaluar el Plan Comunal de Seguridad Pública, incorporándolo como instrumento de gestión municipal, debiendo en todo ello tener en consideración las observaciones efectuadas por el Consejo Comunal de Seguridad Pública, y por cada uno de sus consejeros.

 

- Define el referido Plan como el instrumento de gestión encargado de fijar las orientaciones y las medidas que acuerden la municipalidad y los demás órganos en materia de seguridad pública a nivel comunal.

 

- El Plan deberá contener un diagnóstico de la situación de seguridad de cada comuna y establecer objetivos, metas, acciones y mecanismos de control de gestión conforme a los compromisos que cada integrante del Consejo Comunal de Seguridad Pública realice, de acuerdo a su disponibilidad presupuestaria y en el ámbito de sus respectivas competencias.

 

- Establece las materias mínimas que deberá abordar el Plan Comunal.

 

- Entrega a la Subsecretaría de Prevención del Delito, el deber de dictar orientaciones técnicas y elaborar un formato de Plan Comunal de Seguridad Pública, el cual tendrá una vigencia de 4 años, sin perjuicio de lo cual, el alcalde, asesorado por el Consejo Comunal de Seguridad Pública, deberá actualizarlo anualmente.

 

- El Plan deberá coordinarse con las planificaciones que, desde el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, se efectúen en este ámbito.

 

- Corresponderá al alcalde presentar al Consejo Municipal para su aprobación, el plan comunal de seguridad pública y sus actualizaciones.

 

- Dispone que existirá un Director de Seguridad Pública en todas aquellas comunas donde lo decida el concejo municipal, a proposición del alcalde, quién podrá removerlo. Para desempeñar este cargo se requerirá estar en posesión de un título profesional o técnico de nivel superior otorgado por un establecimiento de educación superior del Estado o reconocidos por éste.

 

- Serán funciones del Director las de colaborar directamente con el alcalde en las tareas de coordinación y gestión del plan comunal de seguridad pública, en el seguimiento del mismo y las demás que les delegue el alcalde dentro de la naturaleza de sus funciones propias.

 

- Faculta al alcalde para requerir de la Fiscalía del Ministerio Público y de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública, que ejerzan sus funciones en la comuna respectiva, datos oficiales sobre los delitos que la hubiesen afectado durante el mes anterior.

 

- En cada comuna existirá un Consejo Comunal De Seguridad Pública, cuya integración se precisa, el que será un órgano consultivo del alcalde en materia de seguridad pública comunal y una instancia de coordinación interinstitucional a nivel local.

 

- Serán funciones del Consejo Comunal de Seguridad Pública, entre otras, las de efectuar, a petición del alcalde o del concejo municipal, el diagnóstico del estado de situación de la comuna en materia de seguridad pública; la de suministrar al alcalde los antecedentes e información necesarios para la elaboración del Plan Comunal de Seguridad Pública y la de efectuar observaciones al Plan Comunal, previo a su presentación ante el Concejo Municipal.

 

- Dos o más comunas con menos de 5.000 habitantes podrán constituir consejos intercomunales de seguridad pública o participar en el consejo comunal de una comuna vecina con mayor número de habitantes.

 

- El alcalde deberá dar cuenta pública al concejo, al consejo comunal de organizaciones de la sociedad civil, y al consejo comunal de seguridad pública, a más tardar en el mes de abril de cada año, de su gestión anual y de la marcha general de la municipalidad.

 

FALTAN LOS RECURSOS

 

VON BAER:

"Creemos que es una buena noticia para los chilenos, porque se suma un nueva herramienta para poder combatir al problema que afecta a muchos compatriotas y es una de las mayores preocupaciones, queremos que los municipios tengan un rol importante (…); Sin embargo, me parece complejo que se le esté entregando nuevamente una atribución que no tiene un correlato financiero".

 

QUINTEROS:

"Hasta ahora la ley orgánica solo permite a los municipios medidas de apoyo a las medidas de prevención y colaborar a las policías, pero desde hace años la demanda por seguridad ha sido la prioridad de nuestra ciudadanía y es natural que los municipios llenen un vacío en la acción comunitaria del delito. (…) Pero, como siempre, la debilidad de eta ley es que no contempla los recursos necesarios"

 

VÍCTOR PÉREZ:

"La seguridad en las comunidades es un tema de primera necesidad; por lo tanto todo lo que se vaya construyendo es un camino correcto, pero me llama la atención que esto tiene un gran nombre que generara grandes expectativas, pero en la práctica puede generar grandes decepciones. Se menciona que existirá un director de seguridad pública, pero luego dice que esto se creara siempre que se cuente con disponibilidad presupuestaria".

 

ESPINA:

"Es una buena iniciativa, con diagnósticos en cada comuna, pero si no hay recursos para hacer estos programas, cómo se materializarán. Las ideas son perfectas, pero donde se cae absolutamente al suelo el proyecto es en el artículo 7, porque en la práctica no se les entregarán recursos a las comunas. (…) Vamos a transferir una responsabilidad que la comunidad les exigirá, pero no podrán cumplir, yo propuse que fuera escalonado y que se priorice a las más afectadas".

 

INVOLUCRAR A LA COMUNIDAD

 

PÉREZ SAN MARTÍN:

"Nos parece que no solamente involucra a la comunidad, sino que se le permite a los alcaldes para contar con la herramientas para involucrarse en el trabajo para tener planes de prevención. Una cosa es la plata que hay disponible, pero todas las comunas determinan diferentes fórmulas según su realidad y podrán hacer un control público. Acá es importante la coordinación".

 

PROKURICA:

"La seguridad ciudadana y derrotar la delincuencia no es una tarea menor, ni fácil; sin embargo, creo que este proyecto avanza en algunos puntos, pero nos preocupa que no se disponga ni un recurso, porque en la práctica estamos sobrecargando a los municipios, al menos en 74 comunas".

 

Imagen foto_00000030GUILLIER:

"Esto va en línea con los gobiernos descentralizados, permite tener mejores diagnósticos de las características de fenómenos delictivos y genera mecanismos de participación como los consejos comunales de seguridad pública, que pueden avanzar en asesoría para mejor la situación".

 

MONTES:

"Para mi este es un proyecto muy importante, pero tiene problemas estructurales. (…) Yo voté en contra y seguiré votando en contra, porque decirle al alcalde que tiene facultades y en realidad no las tendrá… creo que hay que hay que tener instituciones, técnicas y policías, donde se pueda coordinar. Lamento, además, que se carezca de los recursos".

 

HORVATH:

"El proyecto partió como un plan comunal obligatorio y se acomodó a la medida de lo posible, pero este no es un tema de fondo, sino que de aprovechar las capacidades que se tiene en cada una de las comunas. Los miembros tienen una capacidad mayor a la que efectivamente ejercen".

 

SIN INFORME FINANCIERO

 

CHAHUÁN:

"Acá se marca un hito en términos de incorporar a la sociedad civil para la generación de una política de seguridad pública en cada una de las comunas e incluso algunas ya han comenzado, como en la comuna de Concón que eligió a los consejeros y logramos poder empezar a sesionar, por lo que valoro la postura de que esto se genere".

 

GARCÍA:

"Es importante que se conozca lo que dice el informe financiero. En el título II se refieren a normas de gestión municipal, que no involucrarían incremento, pudiendo ser atendida con sus presupuestos normales, por lo que no irroga mayor gasto fiscal; pero, si se le están dando funciones nuevas, para crear un cargo especifico y se le asignan tareas concretas, es difícil concluir que no se incrementará el financiamiento".

 

LARRAÍN:

"Hace mucho que  los municipios han venido desarrollando esto, y los mas grande y con más recurso, sobre todo; sin embargo no había una estructura municipal que recogiera esta situación y este proyecto lo hace, con lo que se consolida una realidad pero también comprometiendo a los municipios (…). Pero hay que tener cuidado porque por la falta de recursos, sembramos ilusiones y después cosechamos frustraciones".

 

TUMA:

"Quiero saludar esta iniciativa y reconocer que es una de las prioridades más altas de los ciudadanos. Como Estado no hemos cumplido y este proyecto avanza en aterrizar en el barrio, la comuna, respecto de una coordinación de los servicios y actores que incidirán en buscar eficacia respecto de lo que hacen las instituciones".

 

COLOMA:

"Esta iniciativa tiene un pecado de origen, crea una criatura sin posibilidad práctica de funcionar. Es más difícil de lo que aparentemente uno ha podido ver. Se entiende una lucha titánica desde un nuevo lugar, tiene una ética, una historia, pero habría que agregar otro brazo que fuera el mundo real de los municipios".

 

SE DISTINGUE CADA REALIDAD

 

IGNACIO WALKER:

"Se aspira a crear alianzas estratégicas, entiendo la carencias, pero reconozcamos el vaso medio lleno y apropósito se están duplicando los recursos para la contratación de más de mil profesionales. Entonces a nombre de las 26 comunas que represento voy a votar a favor, porque sin ser una panacea apunta en la dirección correcta".

 

HARBOE:

"Este es un instrumento muy valioso, no sobre la base de una ilusión sino que no es lo mismo implementar políticas en diferentes ciudades y sectores de Chile. Se le otorga al municipalidad la posibilidad de tener un consejo comal de seguridad, con todos los actores para que se pongan de acuerdo y hagan un diagnóstico e implementen una estrategia para los delitos que a ellos les afecta".

 

GARCÍA HUIDOBRO:

"Leyendo el informe del subsecretario dice que se comprometieron a financiar los cargos por tres años a 74 comunas con más problemas, pero me da la impresión que es complejo y por eso me gustaría saber respecto a cómo lo mira hacia delante (…). En otro tema quiero insistir en la importancia de contar con recursos para la rehabilitación en las cárceles".

 

NAVARRO:

"El plazo del plan comunal establecido solo a cuatro años es un traslape, porque son las cosas que deberían trascender a un actual municipio y obliga a la continuidad, por lo que garantiza participación sin importar el cambio de alcalde. Espero que haya un criterio uniforme, para evitar el feudalismo municipal".

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