Click acá para ir directamente al contenido

Hasta 20 años podrían arriesgar los adultos que utilicen menores de edad para cometer delitos contra la propiedad

Así lo propone la moción de la senadora Isabel Allende que modifica el Código Penal, agravando el delito mencionado en uno o dos grados, solo aplicable para los mayores de edad involucrados.

28 de agosto de 2017

Considerando que en los últimos años, un 15% de los delitos de mayor connotación social fueron cometidos por menores de edad, la senadora Isabel Allende presentó un proyecto de ley que modifica diversos artículos del Código Penal, para incluir una agravante general y uno especial, para el caso de los delitos contra la propiedad, cuando los adultos se prevalgan de menores de edad para cometerlos.Imagen foto_00000002

 

La moción ahora deberá ser estudiada por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.

 

"Muchos de los niños y adolescentes detenidos fueron instigados a cometer un delito por un mayor de edad, mediante la figura conocida como "niños soldado". Es así como los adultos se han aprovechado de la inimputabilidad de los menores, o su imputabilidad reducida (caso de menores entre 14 y 18 año de edad), para cometer diversos tipos de delitos", explicó la parlamentaria.

 

ALEJAR A LOS MENORES DE LA "CARRERA DELICTIVA"

 

A juicio de la legisladora, "esto presenta un grave problema, ya que acerca a nuestros menores -a una edad temprana- al mundo delictual, del cual hemos tenido que esforzarnos en tratar de resocializarlos para alejarlos de la carrera delictiva".

 

"Nuestra actual legislación no se hace cargo del tema, ya que los adultos que ocupan a menores de edad no tienen una mayor sanción penal en la actualidad, salvo en la Ley 20.000", precisa.

 

Con estos antecedentes, la senadora propone establecer como circunstancia agravante específica para los delitos de robo y hurtos, la de cometerlo utilizando menores de edad. Con la iniciativa se establece como obligación del tribunal aumentar la pena en uno o dos grados.

 

PENAS

 

La propuesta legislativa se compone de tres modificaciones a realizar en el Código Penal:

 

a) Crea el delito de actuar prevalido de un menor de edad.

 

Se plantea modificar el artículo 72, que en la actualidad contempla una agravante específica de actuar prevalido de un menor para cometer un delito, por la consagración de un tipo penal que sanciona directamente este actuar, entendiendo prevalerse, como el utilizar o servirse de algo o alguien para provecho propio.

 

Imagen foto_00000004La pena que se propone es de presidio mayor en su grado mínimo (5 años y 1 día a 10 años), en el caso que se trate de la comisión de un crimen; y de presidio menor en su grado máximo (3 años y 1 día a 5 años) en caso de simples delitos.

 

Dichas penas se aplicarán, sin perjuicio, de las que correspondan por el delito cometido.

 

b) Agravante en el caso de asociación ilícita.

 

En los casos que una asociación ilícita se componga de mayores y menores de edad, se aumentará en uno o dos grados la pena a los adultos por el delito de asociación. Esta figura se aplicará en el caso que no se acredite el prevalimiento. Revise la tabla demostrativa de la aplicación de penas.

 

c) Agravante en caso de robos y hurtos por actuar en agrupación u organización.

 

La conocida "Ley Corta de Seguridad Pública" transformo la agravante de "pluralidad de malhechores", por el actual artículo 449 bis de actuar a través de una agrupación u organización de dos o más personas.

 

Con la propuesta se crea una agravante especifica que aumenta en un grado en caso de que esta agrupación u organización se componga por mayores y menores de edad, aplicado el aumento sólo a los mayores de edad.

 

 

Imprimir