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Deudores de pensiones de alimentos: afinan propuestas para sancionar incumplimientos

La Comisión Especial de Infancia y Adolescencia analizó diversas propuestas para avanzar en el despacho del proyecto que incorpora a los deudores de pensiones de alimentos al Boletín de Informaciones Comerciales.

8 de mayo de 2020

Según datos del Poder Judicial, el 84% de los deudores en causas de alimentos no paga la pensión fijada por el tribunal, lo que significa que un promedio de 70 mil niños, niñas y adolescentes no reciben lo que por ley les corresponde. Con esos datos a la vista, la Comisión Especial encargada de analizar proyectos relacionados con, niños, niñas y adolescentes, afinó las propuestas para avanzar en la aprobación del proyecto que incorpora a los deudores de pensiones de alimentos en el Boletín de Informaciones Comerciales, también conocido como Dicom.

 

Durante la última sesión, los senadores Ximena Rincón (presidenta), Ena Von Baer y Carlos Montes analizaron diversos perfeccionamientos a la iniciativa, con el objeto de asegurar el pago de las pensiones de alimentos y acordaron pedir autorización a la Sala para poder tramitarla en general y en particular. (Vea aquí la sesión)

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Asimismo, el Ejecutivo entregó diversos antecedentes para sacar adelante este proyecto, señalando que si bien, se han establecido medidas para que los alimentarios paguen las pensiones, tales como la suspensión de su licencia de conducir hasta por seis meses, el arresto nocturno hasta por quince días, la retención de las devoluciones anuales de impuestos, el arraigo nacional, sigue habiendo un alto incumplimiento de esta obligación.

 

Sin ir más lejos, se han emitido órdenes de arresto para el 88% de los deudores, pero actualmente sólo cumplen arresto nocturno el 0,16%, es decir cerca de 300 deudores.

 

Otro punto que se consideró durante el análisis, dice relación con los datos proporcionados por la encuesta Casen de 2017 que señala que un total de 580.389 personas declara recibir ingreso mensuales por pensión alimenticia y el 87,4% de estas personas son mujeres, de las cuales el 56,7% son jefas de hogar, es decir, son el principal sustento económico de su familia.

En la oportunidad, los senadores plantearon la necesidad de precisar si esos dineros ingresan efectivamente al presupuesto del hogar, pues una cosa es declarar el ingreso y otra que efectivamente éste se reciba. Más aún ahora en que las condiciones económicas están enfrentando un período complejo.

 

PROPUESTAS Y CAMBIOS

 

El proyecto que cumple su primer trámite en el Senado, establece que cuando el alimentante adeude a lo menos tres cuotas sucesivas o cinco alternadas, el tribunal de familia mandará esta información a la Cámara de Comercio, de manera de ingresarlo a la base de datos de deudores comerciales (Dicom).

 

Durante el análisis, los senadores plantearon la necesidad de hacer un distingo entre el que no paga por simple rebeldía y el que no lo hace por cesantía, y también acortar el número de cuotas impagas.

 

En tal sentido, una de las propuestas es reducir de 3 a 1 las cuotas impagas del alimentante que no cancela por rebeldía. Ello, porque al mantener 3 cuotas impagas significa autorizar a los deudores a privar de sustento a sus hijos durante al menos 105 días sin enviarlo al Boletín pues se manda al boletín el día 15 del mes siguiente de cumplida la tercera cuota. Con la propuesta, el plazo se acorta a 45 días, si la cuota vence el 30, y se envía a Dicom el 15 del mes siguiente.

 

Respecto del cesante, una de las propuestas es que se acredite su cesantía mediante el finiquito correspondiente y que se acorte el número de cuotas impagas a 2 consecutivas (75 días) o 3 alternadas.

 

También se planteó la necesidad de buscar mecanismos que permitan asegurar que los datos personales no se van a utilizar con otros fines.

 

 

 

 

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