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Despachan articulado del proyecto que transparenta gastos reservados de Carabineros y las FF.AA

El tema resurgió en la contingencia luego que la Sala del Senado rechazara estos fondos para Carabineros en la última discusión del presupuesto del Ministerio del Interior y Seguridad Pública.

26 de noviembre de 2019

En condiciones de ser visto por la Sala quedó el proyecto sobre información y rendición de cuentas de gastos reservados que cursa su segundo trámite en el Senado.

 

Imagen foto_00000010Los integrantes de la Comisión de Hacienda aprobaron las indicaciones a la propuesta que en términos generales, busca fortalecer el control civil y democrático en la obtención, ejecución e información de los gastos reservados de Carabineros y las Fuerzas Armadas (FF.AA.).

 

Los senadores de esta instancia sometieron a votación un paquete de indicaciones del Ejecutivo que recogió comentarios de los congresistas. Estas disposiciones fueron apoyadas en su mayoría y dicen relación con algunas de las diversas temáticas:

 

  • Los gastos reservados serán rendidos en un plazo de 60 días hábiles una vez vencido el año
  • La resolución que nombra las unidades operativas deberán remitirse a la Contraloría
  • Los gastos se rinden respecto a su uso
  • El ministro es quien debe informar los gastos y no el subsecretario respectivo
  • Se incorpora la declaración de patrimonios e intereses, donde deben detallarse datos como las libretas de ahorro, los depósitos a plazo y los Aportes Previsionales Voluntrios (APV). Esto también rige para los cónyuges en el caso de matrimonios en comunidad de bienes.
  • Existirá un tercer ente regulador. A la contraloría y el Congreso Nacional, se suma la Unidad de Análisis Financiero (UAF)

 

PROYECTO

 

Cabe recordar que esta legislación tiene su origen en los compromisos adquiridos en el marco de la tramitación de la Ley de Presupuestos de modo de incorporar modificaciones permanentes a la Ley Nº 19.863, en materia de rendición de cuentas de los gastos reservados.

 

Entre los objetivos fundamentales del texto legal está el fortalecer el control civil y democrático en la obtención, ejecución e información de los gastos reservados, preservando la naturaleza, objetivos y orientación de los mismos en el desarrollo de las funciones públicas.

 

En lo fundamental, se suprimen los artículos 98 de la LOC de Fuerzas Armadas y 89 de la LOC de Carabineros de Chile. (Art. 2 y 3), es decir, se eliminan los pisos mínimos.

 

Además se incluye un nuevo concepto de gastos reservados como: “aquellos egresos que, por el ministerio de esta ley, se faculta realizar a ciertas entidades para el cumplimiento de sus funciones públicas establecidas en las leyes, relativas al orden público, a la seguridad interna y externa del país, a la inteligencia y contrainteligencia, y a las funciones inherentes a la Presidencia de la República, y que por su naturaleza deban ser reservadas o secretas”.

 

En el proyecto se incorporan controles internos y externos: El externo estará a cargo de la Contraloría General de la República y del Congreso Nacional mientras que el control interno consistirá en que “los Comandantes en Jefe (Jefe de servicio) deben solicitar los gastos reservados al Ministro de Defensa en base a: objetivos; productos y montos, los que serán evaluados”.

 

Asimismo se establece que “los ministerios y entidades identificarán mediante resolución fundada de carácter reservada, las unidades operativas que requerirán para su operación el uso de los gastos que en él se señalan”. Por otro lado, “los jefes de los respectivos servicios deberán informar por escrito, en carácter secreto y semestralmente a los Subsecretarios respectivos”.

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