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Copropiedad inmobiliaria: armonizan normas de transición y facultades para los comités de administración

La Sala otorgó su respaldo unánime a una moción de senadores y senadoras integrantes de la Comisión de Vivienda y que apunta a resolver diversos problemas prácticos que se relevaron tras la entrada en vigencia de la Ley N° 21.442, conocida como nueva Ley de Copropiedad Inmobiliaria.

6 de octubre de 2022

En condiciones de cumplir su segundo trámite, en la Cámara de Diputadas y Diputados quedó el proyecto que modifica la ley N° 21.442, con el objeto de interpretar su artículo 100 (que derogó la ley anterior N° 19.537) e introducir otras enmiendas con el fin de dejar en manos de los propios comités de copropietarios la resolución de problemas menores que surjan de la complejidad de la convivencia diaria en este tipo de viviendas que es cada vez más común en nuestro país. (Boletín Nº 15.254-14).

 

Ello, luego que la Sala del Senado despachara, por unanimidad, la iniciativa que tuvo su origen en una moción de los senadores David Sandoval, Claudia Pascual, María José Gatica, Alejandro Kusanovic y Fidel Espinoza, todos integrantes de la Comisión de Vivienda.

 

El senador David Sandoval fue el encargado de informar a la Sala sobre la iniciativa que tiene por objeto corregir algunas inconsistencias observadas en la aplicación práctica de las normas de la nueva ley de Copropiedad Inmobiliaria. Tema que cobra especial relevancia si se tiene en cuenta que cerca de un 70% de la población urbana vive bajo esta modalidad habitacional.

 

El proyecto flexibiliza la facultad que se otorga a la figura del ‘administrador’ para celebrar convenios de pago con copropietarios morosos y propone algunos cambios relativos a los reglamentos y reduce el quórum de las alteraciones a los bienes comunes, desde mayoría reforzada (66%) a mayoría absoluta, lo que facilita la ejecución de los distintos proyectos de mejoramiento de las viviendas en aspectos tales como la reposición de techumbres y otras tareas específicas de las comunidades.

 

Asimismo, se propone habilitar el procedimiento de consulta por escrito y se fija un número máximo de cinco miembros para el comité de administración, sin perjuicio que ello pueda excederse en los casos de sub administración, en que se requiera incorporar representantes de todos los sectores o edificios de una copropiedad.

 

Durante el debate, el senador Iván Moreira, valoró la iniciativa, especialmente, en tiempos en que más del 60% de los inmuebles en el país viven en comunidad y bajo las normas de copropiedad inmobiliaria. “Los problemas son infinitos y la ley no puede abarcar todos los escenarios y, por lo mismo, hay aspectos que deben ser definidos por las comunidades”.

 

En tanto, el ministro de Vivienda, Carlos Montes, precisó que dejó a disposición un desglose de las viviendas en copropiedad por región puesto que hoy alcanza a más de 1 millón 130 mil a nivel país. “Había problemas con los convenios de pago de gastos comunes morosos y otros de índole práctica”, por lo que precisó que “la ley regula los aspectos medulares, dejando a los vecinos la resolución de los conflictos menores”.

 

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