Centros comerciales, grandes tiendas, casinos, restaurantes y supermercados no podrían funcionar durante el próximo CENSO
Así lo contempla el proyecto de ley que, entre otros, declara como feriado obligatorio e irrenunciable el 19 de abril próximo, texto que será analizado por la Sala del Senado.
13 de enero de 2017La Comisión de Trabajo y Previsión Social aprobó en particular y en general el proyecto de ley que sustituye el artículo 44 de la ley N° 17.374, que fija nuevo texto para la ley orgánica de la Dirección Estadística y Censos y Crea el Instituto Nacional de Estadísticas. Ahora será la Sala del Senado la que deberá pronunciarse sobre la propuesta que posee "suma" urgencia.
El mensaje, que se encuentra en su segundo trámite constitucional, busca asegurar el desarrollo del CENSO, del próximo 19 de abril de 2017, por lo que se propuso ampliar el horario de prohibición de funcionamiento de una serie de actividades, espectáculos y reuniones públicas, y se extiende tal prohibición al funcionamiento de malls, centros comerciales, grandes tiendas, discotecas, pubs, cabarets, casinos de juego u otros lugares de juego autorizados, bares, clubes, restaurantes, supermercados, rotiserías, panaderías y, en general, a todo comercio de bienes, alimentos o bebidas.
Por ello se dispone que para los dependientes de los establecimientos mencionados, que el día del CENSO se tendrá como feriado obligatorio e irrenunciable.
Cabe precisar que el texto hace presente que no regirá la prohibición de funcionamiento respecto de los establecimientos que expendan combustibles, de los locales comerciales en los aeródromos civiles públicos y aeropuertos, de las farmacias de urgencia y de turno, y de cualquier servicio que el Instituto Nacional de Estadísticas haya contratado con ocasión del censo.