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Sanciones a la colusión: Comisión de Constitución espera texto aprobado por Economía

Los senadores sometieron a votación un centenar de indicaciones. Entre ellas, se acordó que la investigación penal se inicie cuando termine la relacionada con la libre competencia; y que el segundo delator pueda rebajar en un grado su pena.

18 de enero de 2016

Imagen foto_00000026Tras nueve horas de debate, los integrantes de la Comisión de Economía votaron las indicaciones realizadas al proyecto, iniciado en mensaje, que fija normas para la defensa de la libre competencia.

 

De esta forma, el texto quedó en condiciones de ser visto por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, tras lo cual la Sala hará lo propio en una próxima sesión ordinaria.

 

Entre las 10 y las 14.30 horas, los legisladores revisaron una serie de mejoras propuestas por los legisladores y el Ejecutivo, muchas de las cuales fueron retiradas y otras tantas rechazadas. Respecto de lo aprobado, se analizó la conformación del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC); la prohibición que tendrá el Estado de contratar empresas que se hayan coludido; y la indemnización que podrán alegar las firmas competidoras de los infractores.

 

Desde las 15.30, se estudió una indicación que crea un artículo 3° ter que se refiere a la pena de colusión, la inhabilitación que tendrían los infractores para ejercer ciertos cargos, el que como mínimo exista un año de cárcel aplicando atenuantes y agravantes, y los requisitos que deberán tener aquellos que se acojan a delación compensada. No obstante, al existir diversas discrepancias, se optó por rechazarla, lo que seguramente será repuesto por la Comisión de Constitución.

 

También se revisó la conveniencia de que existan dos procedimientos paralelos: el relativo a la libre competencia (que se inicia con la denuncia e investigación de la Fiscalía Nacional Económica (FNE) y es resuelto por el TDLC); y el penal, en el que interviene el Ministerio Público y los tribunales ordinarios.

 

VOTACIONES

 

  • Se despachó que “el TDLC esté integrado por cinco profesionales universitarios expertos en materias de libre competencia, tres de los cuales deberán ser abogados y dos licenciados o con post grados en ciencias económicas”.

 

  • Se respaldó que “dos integrantes del TDLC, uno de cada área profesional, serán designados por el Consejo del Banco Central previo concurso público de antecedentes. Dos integrantes, también uno de cada área profesional, serán designados por el Presidente de la República, a partir de dos nóminas de tres postulantes, una para cada designación, confeccionadas por el Consejo del Banco Central, también mediante concurso público de antecedentes. El integrante abogado restante será designado por el Presidente de la República de una nómina de cinco postulantes confeccionada por la Corte Suprema”.

 

  • Por mayoría se aprobó, “la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la Administración del Estado (Poder Ejecutivo) hasta por el plazo de 5 años contados desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada, a las empresas coludidas”. A su vez, unánimemente se respaldó que aquello se haga extensivo al Congreso Nacional y el Poder Judicial.

 

  • Se despachó que “las personas y empresas competidoras de las firmas coludidas podrán interponer la acción de indemnización de perjuicios. La prescripción de esta acción, se interrumpirá desde la interposición del requerimiento de la FNE”.

 

  • Se respaldó que “la indemnización de perjuicios comprenda todos los daños causados durante el período en que se haya extendido la infracción”.

 

  • Se aprobó que “El TDLC ordene al FNE remitir el expediente en que obre la investigación en que se hubiere pronunciado la resolución recurrida, y cite a una audiencia pública en la que podrán intervenir la parte recurrente, el FNE y quienes hubieren aportado antecedentes a la investigación. Esto se realizará dentro de los quince días siguientes a la fecha de remisión del expediente, los cuales podrán ser prorrogables hasta por diez días más”.

 

  • Por mayoría, se repuso el texto del Ejecutivo que indica “quienes oculten información que les haya sido solicitada o proporcionen información falsa en el contexto de una investigación, incurrirán en la pena de presidio menor en sus grados mínimo a medio”.

 

  • En materia penal, se despachó que se sancione con cárcel aquellos que “afecten el resultado de licitaciones públicas o privadas convocadas por órganos del Estado, por empresas públicas creadas por ley, por empresas en las que el Estado tenga participación, por empresas de servicios públicos”.

 

  • En cuanto a la delación compensada, se respaldó que el primer delator sea eximido de la pena de cárcel. Respecto del segundo, se aprobó reducir la pena en un grado. Con todo, siempre el segundo y el resto de los coludidos deberá pasar a lo menos un año en la cárcel.

 

  • Por mayoría, se aprobó una indicación que permite que el litigio de carácter penal solo se inicie una vez terminado el de defensa de la libre competencia.

 

DEBATE

 

Imagen foto_00000028El debate comenzó recordando las indicaciones que fueron despachas de la sesión anterior celebrada el miércoles 13 de enero por la tarde noche. En la oportunidad, se estudió la práctica denominada “interlocking” (cuando uno o más directores de una empresa tienen participación en otras), la que fue rechazada.

 

En cuanto al rol de la asociación de consumidores y gremial, se registraron discrepancias entre los legisladores. Los senadores Eugenio Tuma e Iván Moreira se mostraron a favor de integrar estas entidades, permitiendo que éstas puedan hacer ver casos que deben ser conocidos por el TDLC.

 

Desde el otro extremo, el senador Jorge Pizarro aseguró que “no es rol de estas asociaciones aquello; por lo cual relevó el papel de la fiscalía en ello”. Finalmente esta postura se recogió en la votación, puesto que la indicación fue rechazada.

 

MULTAS

 

Respeto a las multas, a juicio del senador Moreira resultan excesivamente altas, por lo que advirtió que éstas pueden resultar desproporcionadas. Además recordó que aparte, el infractor deberá pagar la debida indemnización. La senadora Lily Pérez San Martín se mostró partidaria de establecer multas consignando la línea de productos y no por el total de las ventas, todo con el fin de evitar “reventar una empresa”.

 

El senador Tuma consultó qué pasa cuando es una institución del Estado la que se colude. “En las multas, los dineros deben ir al fisco; y en este caso qué pasa”, planteó.

 

La senadora Pérez San Martín explicó una indicación de su autoría, respecto a que la marca de la empresa que sea ha visto involucrada en la colusión, quede eliminada de los registros. “Eso es duro para una firma, pensando en el efecto de marketing, por eso nos parece útil”; no obstante el senador Tuma hizo ver que aquello sería discriminatorio porque no todas las empresas tienen marcas; y a la vez lo consideró excesivo. Finalmente fue rechazada.

 

INDEMNIZACIÓN

 

En cuanto a la indemnización, el senador Moreira se mostró partidario que los tribunales civiles sean los que vean esta materia. Al respecto, el congresista Tuma planteó la necesidad que existan tribunales en todas las regiones del país. Cabe consignar que el texto de la Cámara Baja indica que el TDLC debería resolver las acciones indemnizatorias, debido a que conoce todos los detalles del juicio.

 

Otro debate se generó respecto del nombramiento del FNE, puesto que se propuso que el Senado intervenga en su designación, comparando la situación con otras instancias donde la Corporación interviene como es el Fiscal Nacional. Hoy, la Presidenta de la República es quien designa al fiscal nacional económico. La idea fue rechazada.

 

CONSUMIDORES

 

En cuanto al evitar concentraciones de mercado, se estudió el papel de las asociaciones de consumidores respecto a la posibilidad de presentar un recurso de reclamación ante el TDLC, considerando que una vez que la FNE determina que existió concentración, no se puede reclamar.

 

El senador Tuma valoró la idea, admitiendo que “los consumidores son los primeros afectados en estos casos. Esta es una gran oportunidad para hacer ver las demandas de los competidores pequeños también”. Por su parte, el senador Pizarro se mostró contrario a esta indicación, tras lo cual el senador Moreira argumentó que esa medida podría hacer más lentos los procesos, “por eso temo a la judicialización”.

 

PENAS

 

En la jornada de la tarde, se estudió una indicación elaborada por legisladores de la Comisión de Constitución (nuevo artículo 3° ter). Ésta dice relación a la pena de cárcel, la inhabilitación que tendrían quienes se coludan de ejercer ciertos cargos, el que como mínimo exista un año de privación de libertad aplicando atenuantes y agravantes, los requisitos que deberán tener aquellos que se acojan a delación compensada, y los efectos prácticos que estos actores experimentarían. Ésta fue rechazada por la Comisión de Economía.

 

El texto fue comparado con el propuesto por el Ejecutivo y con el aprobado por la Cámara Baja. Tras ello, los congresistas consultaron la conveniencia que el delito de colusión quede en el Código Penal o el Decreto Ley 211 que fija normas para la defensa de la libre competencia.

 

INVESTIGACIONES PARALELAS

 

Gran parte de la discusión vespertina se centró en la conveniencia de que existan dos litigios en paralelo: el de defensa de libre competencia en que interviene la FNE y el TDLC; y otro, penal donde investiga el Ministerio Público y deciden los tribunales ordinarios. El Ejecutivo propuso que el segundo proceso comience una vez que el FNE presente la querella ante el TDLC. A su vez, los parlamentarios exploraron la posibilidad que una vez que se dicte el fallo de libre competencia, se dé curso al segundo. Esta última alternativa fue la que finalmente primó.

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