Fondo de infraestructura: valoran responsabilidad fiscal y equidad que plantea el proyecto
La Comisión de Obras Públicas concluyó la etapa de debate de las indicaciones y está a la espera del texto final que enviará el Ejecutivo.
30 de marzo de 2017Hasta el 3 de abril rige el plazo para que el Ejecutivo presente las indicaciones concordadas ad Referéndum por la Comisión de Obras Públicas en el marco del estudio en particular del proyecto que crea el Fondo de Infraestructura.
La instancia ya concluyó la etapa de debate de las indicaciones que recibió la iniciativa que se encuentra en primer trámite y está a la espera que las modificaciones se formalicen en un texto concordado con el ministro de Obras Públicas. Luego el texto deberá ser revisado por la Comisión de Hacienda antes de ser sometido a la consideración de la Sala.
Así lo dio a conocer el senador Alfonso De Urresti, presidente de la Comisión de Obras Públicas quien afirmó que “hemos concluido un proyecto emblemático que va a inyectar mayores recursos para nuestro sistema de inversión en OOPP. Ha sido apoyado de manera unánime y me siento contento de poder incorporar el concepto de la equidad territorial para que las regiones tengan una integración en este diseño y va a ser un aporte para desarrollo del país”.
Aseguró que “hemos propuesto indicaciones, las hemos ganado y el Ejecutivo ha entendido y acogido la necesidad de incorporar la armonía y equidad territorial para que estén inmersos en el desarrollo de futuras inversiones”.
Aseveró que se trata de resguardad “la responsabilidad fiscal pero también la equidad territorial para entender la diversidad de inversiones y la densidad territorial”.
A su turno, el ministro de Obras Públicas, Alberto Undurraga, también valoró el avance del proyecto y recalcó que el Fondo de Infraestructura es una nueva forma de financiar obras públicas aprovechando el activo de las concesiones que tienen peajes hacia el futuro”.
Aseguró que en la iniciativa se precisó que “el alcance es financiero y, por lo tanto, estando esa precisión clara el resto de la discusión fue más simple. ¿Qué quiere decir esto?, que si se mandata la ejecución de obras en forma directa lo hará a través de organismos que hoy existen, tales como el Ministerio de Obras Públicas, la Coordinadora de Concesiones, Ferrocarriles del Estado y es una actividad financiera, lo que hace validar y hacer posible que esos activos que tiene puestos en concesiones puedan traerlos a valor presente”.
Cabe recordar que el proyecto autoriza al Estado para desarrollar actividades empresariales de construcción, ampliación, reparación, conservación, explotación, desarrollo, financiamiento o inversión referidas a proyectos de infraestructura, incluida aquella necesaria para el desarrollo de transporte público, y/o la prestación de servicios anexos a los mismos, a través de una sociedad anónima, que constituirán el Fisco (99%) y la Corporación de Fomento de la Producción (1%).
El Fondo de Infraestructura S.A. se regirá por las normas de las sociedades anónimas abiertas, y quedará sometida a fiscalización de la Superintendencia de Valores y Seguros y de la Contraloría General de la República. En consecuencia, el Fondo deberá ser una empresa solvente y con rentabilidad privada positiva.
Para poder llevar a cabo su objeto, el Fondo podrá, siempre a través de terceros, construir, ampliar, reparar, conservar, explotar o desarrollar proyectos de infraestructura sobre bienes cuya administración sea de su competencia. Asimismo, se le autoriza para que, directamente o a través de terceros, pueda financiar o invertir en los referidos proyectos.
Se faculta al Fondo para que, en el desarrollo de su objeto, realice gastos e inversiones en proyectos; emita instrumentos financieros de deuda y garantía; constituya sociedades anónimas filiales o coligadas; y suscriba los contratos necesarios para ello.
El proyecto establece que la administración del Fondo la ejercerá un Directorio que estará compuesto por cinco miembros, dos de los cuales serán nombrados por el Presidente de la República a propuesta del Ministerio de Obras Públicas, y los tres restantes serán nombrados por el Presidente de la República a partir de una terna propuesta, para cada cargo, por el Consejo de Alta Dirección Pública por el voto favorable de los cuatro quintos de sus miembros.
El Fondo se regirá por las mismas normas financieras, contables y tributarias que rigen para las sociedades anónimas abiertas, quedando sometido a la fiscalización de la Superintendencia Valores y Seguros. Lo anterior, sin perjuicio del rol que cabe a la Contraloría General de la República en materia de fiscalización del uso de los recursos públicos.