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Nueva institucionalidad para la regulación del mercado de Valores y Seguros será analizada por la Sala

La Comisión de Hacienda aprobó la idea de legislar de la iniciativa que crea una Comisión de Valores y Seguros, de carácter corporativo, con el fin de fortalecer su rol fiscalizador. No obstante, se anticiparon algunas modificaciones en la discusión en particular.

10 de junio de 2015

Imagen foto_00000015La estructura de supervisión de los mercados de valores y seguros de nuestro país, que deriva de la Misión Kemmerer de 1925, -que fundó las bases de la administración financiera actual- radica esta función en la Superintendencia de Valores y Seguros, liderada por un funcionario, denominado Superintendente, de exclusiva confianza del Presidente de la República, el cual reúne la representación legal, judicial y extrajudicial de la institución a su cargo y no tiene un plazo fijo para su mandato.

 

Si bien esta estructura cuenta con una sólida reputación y ha respondido de manera adecuada a la reciente crisis internacional y a los desafíos que le ha correspondido enfrentar, el Ejecutivo determinó la necesidad de fortalecer su rol en atención a la evolución que experimentan estos mercados, cada día más sofisticados.

 

Por ello, el proyecto, en segundo trámite, que crea una Comisión de Valores y Seguros, plantea una nueva estructura colegiada, en reemplazo de la actual figura unipersonal de la superintendencia del ramo y considera también  importantes mejoras en materia de gobierno corporativo, así como también en cuanto a las facultades y los procesos regulatorios y sancionatorios.

 

Así lo explicó el senador Andrés Zaldívar, presidente de la Comisión de Hacienda, luego que la instancia diera el visto bueno a la idea de legislar de la iniciativa que propone que la superintendencia cambie su estructura institucional de gobierno unipersonal, a la forma de una comisión regida por una estructura colegiada, pero manteniendo la condición de servicio público descentralizado y especializado.

 

“Es un proyecto de gran significación política ya que desde punto vista institucional los entes reguladores son unipersonales y es la autoridad la que gestionan esos servicios, por supuesto con la estructura jurídica que corresponde. No obstante, la tendencia hoy día de las instituciones fiscalizadoras con fuerza es que son más bien organismos de tipo colegiado”, comentó el senador Zaldívar.

 

Precisó que es necesario “contar con organismos con fuerza reguladora y fiscalizadora” para “evitar abusos o escándalos”. Asimismo adelantó que la idea es que la Comisión de Valores y Seguros esté integrada por un superintendente nombrado por el Presidente de la República y un comité integrado por un número de personas que será determinado en el debate en particular”.

 

En esa línea,  el texto del proyecto establece 5 integrantes, pero se ha discutido la posibilidad que sean solo 3 consejeros con dedicación exclusiva, lo que será ratificado una vez que el Ejecutivo presente las indicaciones pertinentes.

 

El senador Zaldívar puntualizó que los integrantes del comité serían nombrados por el Senado con un quórum alto que podría ser de los 4/7. Asimismo se otorgan diversas facultades reguladoras y se propone un modelo y estructura que eventualmente también podría aplicarse a otros organismos reguladores.

 

En el caso específico de la regulación del mercado de capitales el legislador manifestó que “hemos visto que en el último tiempo han sucedido algunos actos de abuso que necesitan mayor control”.

 

¿QUÉ HACE LA SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS?

 

En la actualidad la Superintendencia de Valores y Seguros cumple el rol de velar por el desarrollo de un segmento importante del mercado financiero local. Es la entidad encargada por ley de regular, fiscalizar y supervisar más de 7.000 entidades que operan en los mercados de valores y seguros, incluyendo: las entidades que emiten títulos de oferta pública, tales como efectos de comercio, bonos y acciones, determinadas empresas públicas que se encuentran sujetas a sus normas, administradoras de fondos patrimoniales, corredores y agentes de valores, bolsas de valores y de productos, las empresas depositarias de valores, entidades de contraparte central y cámaras de compensación, compañías de seguros, corredores y liquidadores de seguro, asesores previsionales, entre otras.

 

¿CUÁLES SON LAS PRINCIPALES DEBILIDADES QUE ENFRENTA ESTE ORGANISMO ANTE LA ACTUAL EVOLUCIÓN DE LOS MERCADOS?

 

El proyecto identifica al menos 3 áreas donde un organismos fiscalizador unipersonal se ve debilitado:

a. El hecho de recaer toda la autoridad y atribuciones en una autoridad unipersonal, el Superintendente, supone el hecho de no contar con contrapesos y filtros eficientes frente a las resoluciones y normativa;

 

b. La actual estructura de la Superintendencia, en cuanto órgano que investiga posibles infracciones y resuelve en un procedimiento sancionatorio, concentra dichas facultades en el Superintendente, lo que genera riesgos de cuestionamientos a la imparcialidad.

 

c. Atendida la dinámica del rol fiscalizador, regulatorio y sancionatorio en el mercado de valores y seguros, resulta del todo conveniente establecer una estructura colegiada que permita contar con diversidad de criterios y experiencia en la adopción de decisiones particularmente relevantes para estos mercados y hacer frente a los complejos escenarios que atraviesan los mercados, cada vez más globalizados.

 

¿POR QUÉ SE PROPONE UN ORGANISMO COLEGIADO?

 

Un ente colegiado se considera necesario para:

 

  1. Conceder al regulador de valores y seguros atribuciones más amplias para actuar con eficacia frente a mercados en constante evolución, dada la imparcialidad y especialización del organismo de supervisión, a medida que las necesidades del mercado lo hagan necesario.
  2. Fortalecer la imparcialidad y el debido proceso en la resolución de los procesos sancionatorios por infracción a la legislación del mercado de valores y seguros.
  3. Permitir la integración, en la entidad regulatoria, de personas con experiencias, especialidades y formaciones profesionales complementarias a la hora de tomar decisiones.
  4. Permitir la renovación por parcialidades, de modo de equilibrar continuidad, independencia y renovación en la dirección institucional.

 

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