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Compatibilizarán disposiciones sobre Ley de Quiebras y Tasa Máxima Convencional

La Comisión de Hacienda realizó tal petición al Ejecutivo en el marco del estudio del articulado de los proyectos que sustituyen el régimen concursal vigente por una ley de reorganización y liquidación de empresas y personas y que perfecciona el rol de la Superintendencia del ramo.

16 de abril de 2013

Imagen foto_00000016Con el fin de evitar que surjan futuras contradicciones entre dos cuerpos legales, la Comisión de Hacienda solicitó al Ejecutivo que compatibilice las normas del proyecto de ley que sustituyen el régimen concursal vigente (ley de quiebras) con el relativo a la tasa máxima convencional.

 

Así lo dio a conocer el senador Andrés Zaldívar presidente de la instancia, en el marco del estudio en particular de la iniciativa. Cabe señalar que el texto legal ya fue revisado por las Comisiones Unidas de Constitución y Economía, pero ahora Hacienda se pronuncia sobre las normas de su competencia.

 

Al respecto, el senador Zaldívar informó que los proyectos que sustituyen el régimen concursal vigente por una ley de reorganización y liquidación de empresas y personas y que perfecciona el rol de la Superintendencia del ramo contemplan “el inicio de un proceso de quiebra o reorganización al deudor personal cuando han pasado 90 días y cuando el monto de la deuda llega hasta las 50UF”.

 

En tanto, en “el proyecto sobre Tasa Máxima se obliga a los acreedores a no poder demandar hasta los 90 días y, por tanto, se deja en contradicción ambas normativas”.

 

Por eso,  el senador Zaldívar aseveró que “le hemos solicitado a la Superintendenta de Quiebras, Josefina Montenegro que revise ambas disposiciones para poder compatibilizarlas”.

 

El proyecto agiliza el actual sistema de quiebras que es lento y caro, y adicionalmente plantea una mirada distinta, de modo que la quiebra permita a las personas la posibilidad de reemprender una actividad productiva, de manera de terminar con el estigma de que el hecho que una empresa no funcione no significa el fracaso.

 

 Este nuevo procedimiento concursal no solo lo hace extensivo a las empresas sino que ahora incorpora a las personas que tengan una situación de insolvencia o dificultades en su actividad económica.

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