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Proyecto que amplía ámbitos de violencia en los estadios: invitarán a representante de la ANFP, clubes deportivos y árbitros

La Comisión de Gobierno, se encuentra analizando el mensaje que modifica la ley 19.327, en el ámbito de aplicación y al establecimiento de un régimen sancionatorio efectivo, y la ley 20.502, en materia de funciones de la Subsecretaría de Prevención del Delito.

11 de enero de 2015

Imagen foto_00000003Para el lunes 12 de enero, a partir de las 15:00 horas, está citada la sesión de Gobierno, Descentralización y Regionalización, quienes se abocarán al estudio del proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que busca extender el  ámbito de aplicación de la ley 19.327, conocida como Ley sobre Violencia en los Estadios, por lo que se acordó invitar a la Asociación Nacional de Fútbol Profesional, ANFP, a representantes de clubes de primera y segunda división, árbitros, entre otras autoridades.

 

HASTA TOTAL DESPACHO

 

Al respecto, según adelantó el presidente de la instancia parlamentaria, senador Rabindranath Quinteros, se espera "discutir hasta su total despacho, porque entendemos la urgencia que tiene, ya que Chile será sede de competencias internacionales, por lo que vale la pena tener todo dispuesto".

 

En tanto, la comisión ya escuchó la exposición de José Roa, jefe del Plan Estadio Seguro, quien explicó que se trata de ampliar los hechos conexos al fútbol profesional, tales como los entrenamientos, desplazamientos y venta de entradas y crear un registro de la mencionada ley.

 

MAYORES DEBERES

 

Asimismo, el senador Quinteros destacó que se "establece un régimen de deberes y derechos a los asistentes; establece deberes a los organizadores de espectáculos deportivos y a los dirigentes de los clubes y una serie de normas que vienen a fortalecer la ley".

 

El mensaje contempla que el mencionado registro estará a cargo de la Subsecretaría de Prevención del Delito, que ha de contener una base de datos de las organizaciones deportivas de fútbol profesional, de los organizadores de espectáculos de este tipo y establecer un régimen sancionatorio efectivo en contra de las entidades.

 

En caso de incumplimiento de las obligaciones que señala la ley, encomendándose a los intendentes la aplicación de las sanciones, que son susceptibles de reclamación ante la Corte de Apelaciones respectiva.

 

Por otra parte, se encomienda a los juzgados de policía local el conocimiento de las infracciones a la ley cometidas por los asistentes a espectáculos de fútbol profesional.  

 

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