¿En qué van las iniciativas que sancionan la colusión?
La próxima semana la Sala votará tres propuestas relacionadas, mientras que aquella que corresponde al texto del Ejecutivo iniciará su segundo trámite en la Cámara Alta.
15 de noviembre de 2015Si hay un tema que concita la atención en estos días son los casos de colusión de precios, materia que ha reflotado en la agenda pública luego de conocerse que CMPC Tissue y SCA Chile generaron un cartel por más de 10 años, asignándose cuotas de mercado (ver nota relacionada).
Producto de ello tanto el Gobierno como los legisladores, han manifestado su interés en acelerar la tramitación de iniciativas que, por una parte, sancionan con mayor multas económicas a estos “delincuentes de cuello y corbata”, y disponen penas efectivas de cárcel.
El próximo martes 17 de noviembre, la Sala tendrá la oportunidad de someter a votación tres propuestas relacionadas: dos de ellas serán votadas en general y una en particular.
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Aquella iniciada en moción de los senadores Alberto Espina, José García Ruminot y Antonio Horvath y los ex legisladores Andrés Chadwick y Carlos Cantero, que sanciona penalmente la colusión. Ésta fue estudiada por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, cuyos integrantes analizaron su articulado (Boletín Nº 6454-07).
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Aquella iniciada en moción de los senadores Eugenio Tuma, Guido Girardi, Ricardo Lagos Weber y Jaime Quintana, que impone penas privativas de libertad a conductas constitutivas del delito de colusión. Sus ideas matrices fueron aprobadas por mayoría en la Comisión de Economía (Boletín N° 9.028-03).
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Aquella de autoría de los senadores Manuel José Ossandón y Eugenio Tuma que impone penas privativas de libertad, a conductas constitutivas del delito de colusión. Sus ideas matrices fueron aprobadas en forma unánime en la Comisión de Economía (Boletín N° 10.366-03).
- Boletín Nº 6454-07
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Presidio menor en cualquier grado (entre 3 y 10 años)
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Si se aplican los máximos atenuantes, los sentenciados deberán cumplir a lo menos un año de prisión
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Las multas podrían llegar hasta las 40% de las ventas o hasta un 30% de las utilidades conseguidas durante el funcionamiento del cartel
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Los consumidores que se ven afectados con la colusión podrían acceder a lo menos a un 40% de lo cancelado por el producto
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Contempla la delación compensada
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Establece el principio de especialidad. La Fiscalía Nacional Económica (FNE) concentrará la investigación
- Boletín N° 9028-03
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Establece pena de presidio menor en cualquier grado
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Fija una multa con beneficio fiscal de hasta 30 mil Unidades Tributarias Anuales (UTA)
- Boletín N° 10.366-03
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Establece pena de presidio menor en grado máximo a presidio mayor en su grado mínimo
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Crea la agravante penal asociada a un producto de primera necesidad (alimentos, prestaciones de salud, medicamentos, servicios educacionales y unidades habitacionales)
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Las multas deben ascender al doble del beneficio obtenido en el cartel
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Contempla la delación compensada como eximente de responsabilidad penal
Es el instrumento que permite a uno o más actores que efectuaron la colusión entregar antecedentes del hecho a la Fiscalía Nacional Económica (FNE) que permitan desbaratar e investigar el cartel.
Cuando alguien se acoge a este recurso, se le suelen disminuir las penas considerando su intención manifiesta de cooperar en el caso.
El mensaje que fija normas para la defensa de la libre competencia (Boletín N° 9950-03) acaba de ser aprobado por la Cámara Baja, por lo que ahora el Senado deberá curso al segundo trámite.
La iniciativa plantea:
- Que el monto de la multa ascienda al doble del beneficio obtenido durante la colusión o el 30% de las ventas
- Prohibición de contratar a los infractores en cualquier órgano de la administración pública por hasta 5 años desde la sentencia ejecutoriada
- Contempla la delación compensada
- Establece penas de privación de libertad de entre 5 y 10 años. En el caso que se apliquen beneficios, los culpables a lo menos deberán estar un año en la cárcel
- En el caso de que la colusión haya sido respecto de un producto de primera necesidad, las penas de cárcel Parente en 7 años y medio
- Se disponen multas de hasta 30 mil UTA
- No existe pena de cárcel, salvo para aquellos que no paguen la multa. Éstos puede acceder a un máximo de 15 días de privación de libertad
- Existe la figura de delación compensada
Los senadores de las Comisiones de Constitución y Economía han abogado por fundir las propuestas antes explicadas con el mensaje del que se deberá dar cuenta en los próximos días. La idea es consolidar en un solo texto las diversas medidas relacionadas con las multas, la cárcel y el proceso indeminizatorio.