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Despejarán normas penales de reorganización y liquidación de empresas en proyecto sobre nueva Ley de Quiebras

Así lo acordó las Comisiones Unidas de Constitución y Economía para abordar dicha iniciativa. La instancia se asesorará por expertos penalistas y representantes de la Superintendencia de Quiebras y la Fiscalía Nacional.

18 de diciembre de 2012

Con el fin de compatibilizar las normas internacionales con la agenda de competitividad, las Comisiones Unidas de Constitución y Economía acordó crear un Comité Técnico que asesorará sobre aspectos penales, referentes al proyecto, en primer trámite, que sustituye el régimen concursal vigente por una ley de reorganización y liquidación de empresas y personas, y perfecciona el rol de la Superintendencia del ramo.

 

Así lo informó el presidente de la instancia unida, senador Hernán Larraín Fernández en el marco del estudio del articulado del texto legal que fue iniciado en Mensaje por el Ejecutivo.

 

En ese sentido, el parlamentario comentó que “sabemos que esta iniciativa es muy técnica, pero es parte de la agenda de competitividad de Chile y de las observaciones internacionales que nos han hecho.  En el ámbito de quiebras, nuestro país posee una legislación que no se aviene con los tiempos modernos y por lo tanto, lo que corresponde es modificarla y simplificarla”.

 

Con respecto a las disposiciones penales que contiene este proyecto el senador Larraín Fernández comentó que  “vamos a constituir un Comité Técnico integrado por abogados penalistas, el Fiscal Nacional y representantes de la Superintendencia de Quiebras, con el objeto que nos hagan una propuesta de acuerdo a las distintas opiniones que hemos recibido”.

 

Enfatizó que “este proyecto servirá para que el país funcione de mejor forma con el área de la competitividad, que es algo esencial para su desarrollo económico”.

 

REORGANIZACIÓN

 

El senador Hernán Larraín informó que durante la sesión “se despacharon alrededor de 25  artículos del proyecto vinculados a los efectos y condiciones del acuerdo de reorganización judicial que en todo  procedimiento de quiebras o de régimen concursables que estamos revisando,  resulta esencial”.

 

Agregó que “hemos acordado cómo se determinará el pasivo de la empresa de deudores, y cómo establecerá la repartición de los capitales que se puedan recuperar con la reliquidación de la empresa, si corresponde. Por eso, hemos dado un paso muy significativo. Esperamos despachar el proyecto a fines de enero del 2013, se trata de un texto legal que contiene cerca de 400 artículos lo que le da a esto una complejidad mayor”.

 

En tanto, la superintendenta de Quiebras, Josefina Montenegro señaló que “estamos muy contentos, porque se han aprobado más de una veintena de artículos por las Comisiones Unidas, en especial, los  referentes a los acuerdos de reorganización judicial”.

 

Añadió que “el procedimiento de reorganización concursal es uno de los cuatro contenidos en el proyecto de ley de reorganización y liquidación de empresas y personas o también llamada Nueva Ley de Quiebras. El procedimiento concursal contempla el acuerdo de reorganización judicial que es el punto culmine de este procedimiento, porque se acuerda la reorganización en una junta de acreedores”.

 

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