Click acá para ir directamente al contenido

Comisión de Constitución inicia estudio de proyecto que tipifica el delito de tortura en nuestra legislación

La instancia escuchó la exposición que hizo el Ejecutivo sobre la iniciativa y acordó invitar a abogados penalistas y a diversas organizaciones de derechos humanos para conocer sus opiniones.

8 de abril de 2016

Imagen foto_00000017Con la exposición que hizo la Ministra de Justicia, Javiera Blanco, la Comisión de Constitución del Senado inició el estudio del proyecto, en segundo trámite, que tipifica el delito de tortura en nuestra legislación. Así lo explicaron los senadores Pedro Araya y Hernán Larraín, presidente e integrante de la citada instancia legislativa, respectivamente, tras señalar que este proyecto también busca cumplir con los tratados internacionales suscritos por Chile sobre la materia.

 

Según el senador Araya "en Chile la tortura se ha tipificado conforme a normas tradicionales del Código Penal y hoy día lo que se está haciendo es establecer tipos penales nuevos, que no quepa duda respecto de cuando se produce el delito de tortura, fijar quienes son los sujetos activos de la tortura, establecer además tipos agravados de esta materia y de esta forma poder cumplir con los distintos compromisos internacionales que ha suscrito en la materia".

 

Indicó que tras la exposición del Ejecutivo se realizarán audiencias con organizaciones civiles vinculadas a los derechos humanos, con el Instituto Nacional de Derechos Humanos, la Corporación Humanas y además con abogados penalistas para conocer su opinión sobre la materia.

 

En tanto, el senador Larraín explicó que "hoy día la tortura como tal, no es un delito autónomo. Está incorporado en distintas disposiciones que sancionan la aplicación de tormentos y otro tipo de vejaciones y agresión a las personas, pero no es un delito autónomo propiamente tal".

 

Agregó que "la tortura que se pueda cometer por un funcionario público en un ámbito específico no tiene una sanción específica y se cae en la aplicación de otras figuras que no son lo suficientemente claras y fuertes".

 

El parlamentario señaló que la propuesta que está haciendo el Ejecutivo y que recoge una moción parlamentaria "nos parece muy interesante y pensando en lo que ha ocurrido en nuestro país, necesaria para poder tipificar en forma adecuada".

 

CONTENIDO DEL PROYECTO

 

En lo fundamental la iniciativa señala que "el empleado público o el particular que, a instigación suya, o con su consentimiento o aquiescencia, aplicare tortura a una persona, será penado con presidio mayor en su grado mínimo" (5 años y un día a 10 años), mientras que "el encubridor de tal conducta será castigado con la pena de presidio menor en su grado máximo" (3 años y 1 día a 5 años).

 

Agrega que "se entenderá por tortura todo acto por el cual se inflija intencionadamente a una persona dolores o sufrimientos graves, ya sean físicos, sexuales o psíquicos, con el fin de obtener de ella o de un tercero información, declaración o una confesión, de castigarla por un acto que haya cometido, o se le impute haber cometido o de intimidar o coaccionar a esa persona, o en razón de una discriminación fundada en la raza o etnia, nacionalidad, ideología u opinión política, religión o creencia, u orientación sexual".

 

Asimismo, "se entenderá también por tortura la aplicación sobre una persona de métodos aptos para anular completamente su personalidad, entendida como aquella que consigue la supresión de la voluntad, discernimiento y decisión".

Imprimir