Click acá para ir directamente al contenido

Arrojar o abandonar basura en playas, ríos, lagos y parques nacionales podría ser sancionado con fuertes multas

La Comisión de Constitución está abocada a revisar las observaciones que se han presentado para complementar la norma. Ésta propone multas de una a cuatro UTM para estos infractores

3 de enero de 2014

Imagen foto_00000014Estudiar en detalle las indicaciones presentadas por el Ejecutivo y los parlamentarios será el objetivo que tendrá la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento la próxima semana, respecto al proyecto que modifica el Código Penal y tipifica como falta el ensuciar o provocar daños en playas, riberas de ríos, lagos y parques nacionales.

 

La norma en primer trámite, ya fue aprobada en general por la Sala, y ahora la citada instancia parlamentaria se encuentra abocada a emitir un segundo informe, donde se profundizará el articulado de la moción de autoría de los senadores Baldo Prokurica, Juan Antonio Coloma, Antonio Horvath, Carlos Larraín Peña y Jovino Novoa.

 

INDICACIONES

 

Como se trata de un artículo único, las observaciones presentadas apelan a complementar o acotar el contenido del mismo.

 

En los sustancial, el proyecto incorpora el N° 3 al artículo 494 del Código Penal, el que se refiere a las conductas que se encuentran sancionadas con multas que van de una a cuatro Unidades Tributarias Mensuales (UTM) (de 40 mil 700 a 162 mil 800 pesos).

 

La moción plantea que aquellos que ensucien y provoquen daño en playas, riberas de ríos, lagos y parques nacionales recibirán dicha multa o tendrán como alternativa, limpiar las playas por un mínimo de 15 días.

 

Una de las indicaciones, presentada por el senador Patricio Walker, detalla que serán sometidos a la misma sanción aquellos que arrojen o abandonen basura, materiales o desechos de cualquier índole o provoquen daños en playas, riberas de ríos, lagos y parques nacionales.

 

Otra observación, esta vez de autoría de la senadora Soledad Alvear, plantea incrementar el perjuicio asociado al daño que se asocie a  “parques nacionales, reservas nacionales, monumentos naturales y otras áreas de conservación de la biodiversidad declaradas bajo protección oficial”.

 

En estos casos, la legisladores propone que las multan vayan desde 5 a 10 UTM (203 mil 500 a 400 mil 700 pesos), sin perjuicio de la acción de reparación del daño ambiental que corresponda en su caso.

 

Cabe consignar que hace algunas semanas, el senador Prokurica –que es autor de la moción- planteó la necesidad de agilizar la tramitación de la propuesta, dada la cercanía del periodo estival (ver nota relacionada).

Imprimir