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Comienza análisis de la adaptabilidad laboral del sector turístico

La Comisión de Economía votará en general en los próximos días, la iniciativa del Ejecutivo que entre otras materias, busca pactar la interrupción de las jornadas laborales

15 de julio de 2013

Imagen foto_00000015Actualmente miles de personas que trabajan en casinos de juegos, restorantes y hoteles se ven en la obligación de ignorar los horarios de su jornada laboral dada la naturaleza de sus funciones. Por ejemplo, un garzón muchas veces labora horas extras con tal de recibir una propina, arriesgándose a multas.

 

Para corregir esta situación, el Ejecutivo presentó un proyecto que adapta las normas laborales al ámbito del turismo. El texto que se encuentra en segundo trámite, comenzó a ser analizado por la Comisión de Economía.

 

El integrante de esta instancia parlamentaria, el senador José García Ruminot explicó que el proyecto responde a la demanda de adecuar las normas laborales a las exigencias del sector turismo.

 

“La gente que sale a pasear, tanto los nacionales como extranjeros, reclaman mejor calidad de los servicios y la norma actual no permite responder en un cien por ciento a ello”, indicó explicando que las jornadas laborales muchas veces no permiten que los turistas reciban atención las 24 horas y todos los días del año, mermando la productividad del sector.

 

El senador apuntó a la necesidad de alcanzar el justo equilibrio entre los intereses de los trabajadores y los de un sector, cuya representación en la fuerza laboral pasó  de un 3,2% a un 6% en los últimos años.

 

El citado grupo parlamentario tiene programado votar en general la propuesta, la que posteriormente deberá ser analizada por la Sala.

 

PROYECTO

 

Sus ideas centrales apuntan a:

 

  • Permitir a los trabajadores de restaurantes de casinos de juego, hotelería, restaurantes y similares, que atiendan directamente al público, pactar la interrupción de la jornada diaria por más de media y hasta por cinco horas siempre que el trabajador no permanezca en el lugar de trabajo y en tanto la suma de las horas efectivamente trabajadas no sobrepase los límites diarios y semanales que señala el Código del Trabajo

 

  • Establecer que estas horas de interrupción no sean imputables a la jornada diaria, pero su exceso sobre dos horas sí sea remunerado de común acuerdo entre las partes. En estos casos no podrá acordarse un monto inferior al valor por hora correspondiente a uno y medio ingreso mínimo mensual en base a una jornada de cuarenta y cinco horas semanales.

 

  • Obliga al empleador a costear el transporte de ida y regreso del trabajador a otro lugar, dentro del radio urbano respectivo, durante las horas de interrupción. Este pacto deberá constar por escrito y podrá extenderse hasta por tres meses, período que podrá ser renovado de común acuerdo.

 

  • Indica que los trabajadores, que sin atender directamente al público, sean de difícil reemplazo, por su condición técnica, profesional o su experiencia, podrán pactar la interrupción de su jornada en los términos señalados anteriormente.

 

  • Aclara que en el caso de los trabajadores de restaurantes de casinos de juego, hoteles, restaurantes, pubs, bares, discotecas y similares, las labores realizadas en el día anterior a uno de descanso deberán finalizar, a más tardar, a las cero horas.

 

  • Indica que los empleados de casinos de juego, hotelería, pubs, discotecas, restaurantes, clubes, bares y similares, y tour operadores, podrán acordar distribuir la jornada ordinaria semanal de tal forma que el trabajador cuente con a lo menos veinticinco domingos de descanso en un lapso de un año, o bien con doce domingos de descanso en un lapso de seis meses.
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