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Ciberseguridad: contundente respaldo a mensaje que establece normas sobre delitos informáticos y adecuaciones para el Convenio de Budapest

Si bien los legisladores adelantaron que durante el debate en particular se deben perfeccionar y especificar definiciones, valoraron que se actualice un aspecto fundamental que sancionará los accesos ilícitos, daño informático, fraude, entre otros.

13 de marzo de 2019

Hasta el lunes 15 de abril la Comisión de Seguridad Pública recibirá las indicaciones para el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que establece nomas sobre delitos informáticos, deroga la ley N° 19.223 y modifica otros cuerpos legales con el objeto de adecuarlos al convenio de Budapest.

 

Esto, luego de que la Sala aprobara en general y por unanimidad, el mensaje que tiene por objeto actualizar la legislación chilena en materia de delitos informáticos y ciberseguridad, adecuándola tanto a las exigencias del Convenio sobre la Ciberdelincuencia del Consejo de Europa, conocido como “Convenio de Budapest”, del cual Chile es parte, cuanto a la evolución de las tecnologías de la información y la comunicación, todo ello para dar un tratamiento más comprensivo del contexto en que se cometen estos ilícitos y subsanar la carencia de medios suficientes para su investigación.

 

DINÁMICO

 

Durante el debate, el senador José Miguel Insulza indicó que se está frente a un asunto que es dinámico, de ahí la importancia de actualizar y mejorar las prácticas y recordó que en la Comisión se hicieron ver algunas dificultades de la persecución del delito y la relación entre algunos ilícitos y el crimen organizado internacional.

 

En la misma línea, el senador Felipe Harboe indicó que los ciberataques se han multiplicado por 125%, con importantes pérdidas económicas y dejó en evidencia la escasa inversión sobre la materia de América Latina.

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Asimismo, el senador Andrés Allamand precisó que la legislación vigente sobre delito informático data de 1993 y el avanzar en el proyecto permite dar cumplimiento al tratado internacional y tipifica los delitos informáticos, accesos ilícitos, daño informático, fraude informático, abuso de dispositivos.

 

Coincidiendo con los argumentos, el senador Pedro Araya señaló que nuestro país tiene una alta tasa de conectividad a internet y se ve cómo a diario se producen delitos informáticos, pero dejó constancia de algunas materias que deben ser perfeccionadas en particular como la definición de conceptos, la figura de cooperación eficaz y la redacción de los agravantes.

 

Colocar nuestra legislación al día fue uno de los aspectos destacados por el senador Francisco Huenchumilla, quien aludió a cifras de la PDI que indican que los delitos informáticos han aumentado 74% y concordó que en particular se deberán revisar las nuevas definiciones.

 

DESAFÍO DE LA SOCIEDAD DIGITAL

 

Como un desafío de la sociedad digital segura catalogó el senador Kenneth Pugh el proyecto y advirtió que se está ante una materia netamente técnica que debe ser analizada en profundidad por más de una Comisión.

  

Por su parte, el senador Alejandro Navarro llamó a revisar la distinción entre las acciones que buscan encontrar debilidades del sistema y aquellos que quieren violar los sistemas. En otro orden preguntó cuál es la inversión de los organismos estatales en ciberseguridad.

 

Luego, la senadora Carmen Gloria Aravena aludió a cifras que señalan que el acceso a internet de los hogares en 2017 fue de un 84,4%, lo que –señaló- va implicado riesgos, por lo que recalcó la importancia de poner la legislación a la vanguardia.

 

Celebrando la iniciativa y su relevancia, la senadora Ximena Rincón aludió a los aspectos sensibles en los cuales se debe avanzar, entre otros, la retención de comunicaciones que en la actualidad es solo para IP y por un año y se propone aumentar a 2 años como mínimo e incluye el metadata, por lo que emplazó a no violar la protección de la vida privada.

 

Para el senador Francisco Chahuan esta es la oportunidad propicia para generar un avance significativo para la seguridad y apuntó a no dejar de lado aspectos como “el derecho al olvido”, especialmente cuando son datos falsos que afectan a dignidad de las personas.

 

Coincidiendo con las intervenciones, el senador Juan Antonio Coloma reflexionó sobre la vinculación y el estar en línea para asumir desafíos, y puso hincapié en “ponernos al día”. Por último, el senador David Sandoval enfatizó en la importancia del resguardo, principalmente por la exposición que se tiene ante ciberataques.

 

DETALLES

 

En concreto, la propuesta deroga la Ley N° 19.223 que “tipifica figuras penales relativas a la informática”, sustituyéndola por una nueva que “sanciona delitos informáticos” y tipifica los siguientes delitos informáticos y establece sus respectivas sanciones:

a) la obstaculización o perturbación del funcionamiento de un sistema informático, a través de la manipulación de sus datos;

b) el acceso ilícito a un sistema;

c) la interceptación o interferencia indebida de la transmisión no pública de información entre sistemas informáticos;

d) la eliminación, alteración o destrucción de datos informáticos;

e) la manipulación de datos informáticos con la intención que sean considerados o utilizados a efectos legales como auténticos, y

f) la utilización o aprovechamiento de información y de documentos electrónicos manipulados o de datos contenidos en un sistema informático, causando perjuicio a otro y con la finalidad de obtener un beneficio económico ilícito para sí o para un tercero.

 

Imagen foto_00000003Además, sanciona el uso o puesta a disposición de uno o más dispositivos, programas computacionales, contraseñas, códigos de seguridad o de acceso u otros datos similares, creados o adaptados principalmente para la perpetración de los delitos señalados.

 

Establece como circunstancia atenuante especial de responsabilidad penal la cooperación eficaz que conduzca al esclarecimiento de hechos investigados que sean constitutivos de alguno de los delitos previstos en este proyecto de ley o permita la identificación de sus responsables.

 

Dispone que constituirán circunstancias agravantes el uso de tecnologías de encriptación de datos con la finalidad específica de obstaculizar la acción de la justicia; cometer el delito abusando de una posición privilegiada, y el hecho que la comisión de cualquier delito informático afecte la provisión o prestación de servicios de utilidad pública, tales como electricidad, gas, agua, transporte, telecomunicaciones o financieros.

 

Otorga legitimación activa (facultad para provocar la iniciación de una investigación penal mediante querella) al Ministro del Interior, a los delegados presidenciales regionales y a los delegados presidenciales provinciales, cuando las conductas que deban ser investigadas hubiesen interrumpido el normal funcionamiento de un servicio de utilidad pública.

 

Define el concepto de “datos informáticos” como toda representación de hechos, información o conceptos expresados en cualquier forma que se preste a tratamiento informático, incluidos los programas diseñados para que un sistema informático ejecute una función.

 

Precisa que por “Sistema informático” se entiende todo dispositivo aislado o conjunto de dispositivos interconectados o relacionados entre sí, cuya función, o la de alguno de sus elementos, sea el tratamiento automatizado de datos en ejecución de un programa.

Faculta al Ministerio Público para solicitar provisoriamente la conservación o protección de datos informáticos o informaciones concretas incluidas en un sistema informático, que se encuentren a su disposición hasta que se obtenga la respectiva autorización judicial para su entrega.

 

Regula la facultad del juez de garantía para autorizar, a petición del fiscal, que cualquier empresa concesionaria de servicio público de telecomunicaciones que preste servicios a los proveedores de acceso a Internet y también estos últimos, facilite datos o informaciones acerca de las comunicaciones transmitidas o recibidas por ellas.

 

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