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Comisión de Agricultura revisa el texto:

Buscan asegurar el acceso a caminos públicos en predios agrícolas

La idea es que se respete el derecho al libre tránsito y el derecho de dominio absoluto. Hoy muchos dueños de terrenos se encuentran cercados porque sus vecinos le han cerrado el paso hacia calles locales o carreteras.

8 de mayo de 2021
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Hasta el próximo 31 de mayo, los senadores y el Ejecutivo tendrán plazo para presentar indicaciones al proyecto que establece normas sobre la división de predios rústicos, para garantizar la constitución de servidumbres de tránsito de pleno derecho.

 

La moción en segundo trámite fue aprobada en general por los integrantes de la Comisión de Agricultura en la última sesión, de allí que se comenzara a visualizar los cambios que resultan pertinentes.

 

 

La propuesta de artículo único busca subsanar los problemas de acceso a caminos públicos producidos por la subdivisión de predios. En la Cámara Baja se acordó que “los predios resultantes de una subdivisión deberán tener acceso a un espacio público o a un camino proveniente del proceso de parcelación de la reforma agraria”.

 

La idea es establecer la servidumbre de tránsito para los propietarios de un predio, sin necesidad de llegar a instancias de litigio entre el dueño del predio sirviente y dominante.

 

De esta forma, se entenderá por predios rústicos, los inmuebles de aptitud agrícola, ganadera o forestal ubicados fuera de los límites urbanos o fuera de los límites de los planes reguladores intercomunales de Santiago, Valparaíso y Concepción.

 

Asimismo estos predios podrán ser divididos libremente por sus propietarios, siempre que los lotes resultantes tengan una superficie no inferior a 0,5 hectáreas físicas.

 

La iniciativa responde a un problema práctico. Es frecuente que el dueño de un terreno se encuentre sin acceso a su propiedad, ya que el propietario del predio colindante o cercano ha cerrado sin causa justificada la única vía de acceso más expedita que tiene hacia el camino público correspondiente. Aquello restringe el libre tránsito de las personas y afecta el derecho de dominio absoluto.
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