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Avanza proyecto que busca reparación integral para hijas e hijos de víctimas de femicidio

La Comisión de Mujer y Equidad de Género despachó a su par de Hacienda la norma que propone, entre otros, pensiones de $160.000 para los hijos e hijas menores de 18 años de víctima de femicidio.

30 de marzo de 2023

Establecer un régimen de protección, y reparación integral en favor de las víctimas de femicidio y sus familias, es el objetivo del proyecto recientemente despachado por la Comisión de Mujer y Equidad de Género y que ahora debe ser analizado por la Comisión de Hacienda, para que ésta se pronuncie sobre las normas de su competencia.

 

La instancia especializada, presidida por el senador Gustavo Sanhueza, concluyó la votación de las indicaciones propuestas al texto legal que avanza en una serie de medidas de reparación, y considera una pensión mensual de $160.000 para las hijas e hijos, menores de 18 años, que hayan perdido a su madre a causa de un femicidio.

 

Si bien se buscó ampliar a los beneficiarios, principalmente para aquellos que se encuentren en la educación superior, se reconoció que los recursos no estarían disponibles.  

 

Con todo, se propone que la familia de la víctima (persona a su cuidado, pareja no homicida, por ejemplo) accederá a una serie de medidas de protección como la atención preferente salud, una calificación especial registro social de hogares, entre otras.

 

Sobre derecho a la protección en el trabajo, se acordó que “la víctima podrá solicitar la adecuación temporal de sus prestaciones laborales, durante el plazo que dure el fuero, con el fin de permitir su debida reparación y protección”.

 

Y, adicionalmente, para darle seguimiento a la ley, se agregó un artículo nuevo con el “deber de información”, para que “en el mes de marzo de cada año se enviará un informe detallado sobre el estado de avance de la implementación de la presente ley a la Comisión de Mujeres y Equidad de Género de la Cámara de Diputados y a la Comisión de la Mujer y Equidad de Género del Senado”.

 

Además, se acortaron los plazos para la dictación del reglamento, el que deberá estar en 6 meses contados desde la fecha de publicación en el Diario Oficial de la ley.

 

DETALLES

 

El monto de la pensión será equivalente $160.000 (reajustables según el Índice de Precios al Consumidor cada año), y será pagada por el Instituto de Previsión Social. El Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género será la institución encargada de conceder la presente pensión, debiendo informar de las personas beneficiarias y sus representantes legales al Instituto de Previsión Social.

Le corresponderá a la Superintendencia de Pensiones la fiscalización del pago oportuno y correcto por parte del Instituto de Previsión Social.

 

Considerando la información del Circuito Interseccional de Femicidio, se estima que ésta beneficiaría en promedio a 46 niñas, niños y adolescentes hijos de víctimas de los delitos en grado de consumado al año. En el primer año de aplicación de esta ley, también deben considerarse las pensiones a las hijas e hijos de las víctimas de femicidio o suicidio femicida cuya sentencia judicial esté firme y ejecutoriada antes de la entrada en vigencia de la ley. Con ello, al tener como supuesto una edad promedio de 9 años, el gasto para el año 1 de aplicación de esta ley, y en régimen, sería de $794.880 miles.

 

El mayor gasto fiscal que irrogue la aplicación de esta ley, durante el primer año presupuestario de su entrada en vigencia, se financiará con cargo a la partida presupuestaria del Ministerio del Trabajo y Previsión Social (…) y en lo que faltare se financiará con cargo a los recursos de la partida presupuestaria del Tesoro Público. En los años siguientes, se financiará con cargo a los recursos que anualmente contemple la Ley de Presupuestos correspondiente”.

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