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Sesión 71ª, ordinaria, martes 25 de octubre de 2022
De 16:35 a 18:53 Asistencia de 40 Senadores
Presidieron la sesión, el Senador Álvaro Elizalde, Presidente; y la Senadora Luz Ebensperger, Vicepresidenta
La Secretaría estuvo a cargo del Secretario General, Raúl Guzmán, y del secretario abogado subrogante, Juan Pablo Durán


TRANSPARENTA ACCESO A LAS ACTAS DE VOTACIONES DE CADA MESA RECEPTORA DE SUFRAGIOS
Por unanimidad se aprobó en general y en particular el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que modifica el D.F.L N° 2, de 2017, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.700, orgánica constitucional sobre votaciones populares y escrutinios, para optimizar la transparencia procedimental en votaciones populares (Boletín Nº 15.210-06).
El proyecto de ley, iniciado en moción del senador Juan Castro Prieto; la senadora Carmen Gloria Aravena, y los senadores Karim Bianchi, Álvaro Elizalde y Manuel José Ossandón, se plantea sobre la base que, en materia de procesos electorales, nuestro país posee un marco procedimental para el desarrollo de las votaciones populares y sus escrutinios, de reconocida rigurosidad; eficiencia y cumplimiento con los estándares internacionales, por todo lo cual es considerado como un sistema confiable y robusto en su institucionalidad.
No obstante ello, se señala, existen procedimientos perfectibles en esta materia. Entre ellos se menciona el que dice relación con el escrutinio, concretamente con el deber del Servicio Electoral de designar una persona encargada de recibir y transcribir a formato digital las actas de cada local de votación, ya que, en esta materia, no se contemplan norma no contempla criterios ni requisitos específicos que guíen esta selección, lo que deja abierta la posibilidad de que la persona designada para realizar dichas funciones no cumpla con los estándares de probidad necesarios, pudiendo alterar o manipular el contenido de las actas; y aunque esto no sucediese, la sola posibilidad afectaría la transparencia y confiabilidad de todo el proceso.
En este contexto, se formuló la presente iniciativa de ley con el fin de reparar las zonas de opacidad identificadas y robustecer la transparencia y confiabilidad del procedimiento.
Durante la discusión en Comisión, el Ejecutivo manifestó no compartir la propuesta del proyecto de ley, pues estimó que los requisitos y exigencias que se planteaban resultaban desproporcionados; razón por la cual presentó una indicación sustitutiva, que en definitiva es la que dicha instancia aprobó.
Contenido del proyecto de ley
- Dispone que el Servicio Electoral, junto con el último informe que emita de los resultados preliminares de una elección popular, deberá publicar y permitir el acceso de todas las personas, a las copias digitalizadas o escaneadas de las actas de escrutinios de cada mesa receptora de sufragios.
- Elimina la norma que permitía, sólo a los partidos políticos y a los candidatos independientes, acceder a estas actas, a través de la página web del Servel.
Intervino para informar la iniciativa legal, la senadora Luz Ebensperger.
En consecuencia, el proyecto de ley pasa a la Cámara de Diputados, en segundo trámite constitucional.




MODERNIZA Y FORTALECE EL SERVICIO AGRÍCOLA Y GANADERO (SAG)

Por unanimidad, se aprobó en particular el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que fortalece el Servicio Agrícola y Ganadero (Boletín Nº 11.637-01). Con urgencia calificada de "suma".
El proyecto de ley, iniciado en mensaje de la ex Presidenta de la República, señora Michelle Bachelet, tiene por objeto facultar al Presidente de la República para fijar una nueva planta de personal del Servicio Agrícola y Ganadero, a fin de dotarlo de una estructura acorde con las funciones que la ley le encomienda y permitir el desarrollo de una carrera funcionaria; como asimismo, busca fortalecer la gestión del Servicio con mejores herramientas, optimizando el uso de los recursos profesionales y presupuestarios, habilitando la publicación en extracto de las resoluciones, perfeccionando el procedimiento de notificaciones y mejorando la fiscalización.
Contenido del proyecto de ley:
- Faculta al Presidente de la República para que, dentro del plazo de un año contado desde la fecha de publicación de este proyecto como ley, fije las plantas de personal que sean necesarias respecto del Servicio Agrícola y Ganadero; así como, para dictar las normas que se requieran para la adecuada estructuración y funcionamiento de las mismas.
- Establece los grados superiores e iniciales que deberán considerarse en las plantas que se fijen, disponiéndose que deberá considerarse las siguientes plantas: de Directivos (que contemple aquellos sujetos al Sistema de Alta Dirección Pública y directivos de tercer nivel jerárquico); de Profesionales; de Técnicos; de Administrativos; y de Auxiliares, fijándose en cada caso, el rango de grados de la EUS que comprende cada una de estas plantas.
- Determina el número de cargos totales para cada una de las plantas que se fijen, estableciéndose que la dotación de personal total del SAG será de 1.400 empleados.
- Fija las condiciones que deberán considerarse para los efectos de proceder al encasillamiento del personal titular de un cargo de planta
- Dispone, además, que en el DFL que deberá dictar el Presidente de la República, se regulen las normas sobre entrada en vigencia de las plantas y todas aquellas relativas a los procesos de los encasillamientos de los funcionarios en los cargos de plantas, conforme a las condiciones y procedimientos que se determinan.
Intervinieron los senadores Juan Antonio Coloma, Carmen Gloria Aravena, José Miguel Durana, David Sandoval, Iván Flores, Claudia Pascual, Loreto Carvajal, Alejandra Sepúlveda, Esteban Velásquez, Fidel Espinoza, Alfonso De Urresti, Francisco Chahuán y el Ministro de Agricultura, Esteban Valenzuela.
En consecuencia, el proyecto de ley vuelve a la Cámara de Diputados, para que ésta lo remita al Ejecutivo, comunicándole su aprobación por el Congreso Nacional.




CONSAGRA LA MAYORÍA DE EDAD COMO REQUISITO ESENCIAL PARA LA CELEBRACIÓN DE MATRIMONIO CIVIL

Se aprobó en particular el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica diversos cuerpos legales para establecer la mayoría de edad como un requisito esencial para la celebración del matrimonio (Boletín N° 14.700-18).
El proyecto de ley, iniciado en moción de la Cámara de Diputados, entre cuyos autores se encuentran los actuales senadores Paulina Núñez y Matías Walker, tiene por objeto establecer que sólo podrá celebrarse un matrimonio civil cuando ambos contrayentes sean mayores de edad, eliminándose la posibilidad que una o un adolescente mayor de 16 años, pueda contraer este vínculo autorizado por quien lo tenga a su cuidado, superándose de paso la asimetría que actualmente existe con el Acuerdo de Unión Civil, el cual sólo puede ser celebrado por mayores de edad; y adecuando así, nuestra legislación en materia de contrato de matrimonio, a los estándares internacionales en materia de derechos humanos.
En efecto, hoy en día, dentro de los requisitos para contraer matrimonio, se establece la posibilidad de que los menores de 18 y mayores de 16 años puedan celebrar el mencionado contrato, con el consentimiento de sus padres, ascendientes de grado más próximo en caso de faltar ambos, o bien su curador general; lo que, en algunos casos, da lugar situaciones de abusos, e incluso de explotación sexual infantil. Razón por la cual se estima fundamental garantizar que el consentimiento que se otorga en este acto sea realizado con pleno respeto de la autonomía de los contrayentes, la que se presume legalmente desde el momento en el que se alcanza la mayoría de edad, estableciéndose en consecuencia, como requisito de validez del matrimonio dicha mayoría de edad.
Además, se señala, el matrimonio infantil afecta la autonomía y la posibilidad de los y las adolescentes de alcanzar un desarrollo vital adecuado; vulnerando sus derechos fundamentales, particularmente en lo relativo a la violencia sexual; siendo las principales afectadas por el matrimonio las adolescentes.
Contenido del proyecto de ley:
- Prohíbe los matrimonios en los que uno de los contrayentes sea menor de 18 años.
- Dispone la nulidad del matrimonio que se celebre con un menor de edad.
- Elimina la posibilidad de que los menores de 18 y mayores de 16 años puedan contraer matrimonio, con el consentimiento de sus padres, ascendientes de grado más próximo en caso de faltar ambos, o bien su curador general.
- Amplía la titularidad para demandar la nulidad del matrimonio fundado en que uno de los contrayentes sea menor de 18 años, permitiendo que, además de cualquiera de los cónyuges, podrán demandar la nulidad cualquier persona que lo haga fundada en el interés superior del niño, niña o adolescente.
- Elimina la prescripción especial de un año, respecto de la acción que permite demandar la nulidad por menor edad de uno de los contrayentes.
- Dispone que el interdicto por disipación es hábil para ejercer por sí mismo la acción de divorcio, sin perjuicio de su derecho a actuar por intermedio de representantes.
- Suprime la exigencia de autorización judicial, que pesaba sobre la mujer casada, menor de 18 años, para poder gravar o enajenar los bienes raíces que fueran objeto de su trabajo separado de su marido.
- Elimina como causal de desheredamiento, el haber contraído matrimonio sin la autorización de un ascendiente, estando obligado a obtenerlo.
- Introduce diversas adecuaciones en la legislación vigente, y que regulaban los casos de cónyuges (principalmente mujeres) menores de edad, situación que desaparece.
- Regula las reglas especiales aplicables a las personas que, siendo menores de edad, hubieren celebrado un matrimonio con anterioridad a la entrada en vigencia de este proyecto como ley.
Intervinieron los senadores Matías Walker y Luz Ebensperger.
En consecuencia, el proyecto de ley vuelve a la Cámara de Diputados, en tercer trámite constitucional.




TIEMPO DE VOTACIONES

- Por unanimidad se aprobó el proyecto de acuerdo de los senadores señor Juan Castro González, señoras Carmen Gloria Aravena, Fabiola Campillai, María José Gatica, Claudia Pascual y Alejandra Sepúlveda, y señores Pedro Araya, Karim Bianchi, Juan Castro Prieto, Álvaro Elizalde, Fidel Espinoza, Sergio Gahona, Rodrigo Galilea, Francisco Huenchumilla, José Miguel Insulza, Sebastián Keitel, Alejandro Kusanovic, Carlos Kuschel, Juan Ignacio Latorre, Manuel José Ossandón, Rafael Prohens, Jaime Quintana, Gustavo Sanhueza, Jorge Soria y Matías Walker, con el que solicitan al Presidente de la República que, si lo tiene a bien, envíe a tramitación un proyecto de ley que perfeccione el sistema de concesión y evaluación de solicitudes de pensión de invalidez, en las condiciones que indican (Boletín N° S 2.317-12).
- Se aprobó el proyecto de acuerdo de los senadores señores Rojo Edwards e Iván Flores, señoras Carmen Gloria Aravena, Luz Ebensperger, María José Gatica, Ximena Rincón y Alejandra Sepúlveda, y señores Pedro Araya, Karim Bianchi, Juan Castro Prieto, Francisco Chahuán, Luciano Cruz-Coke, Fidel Espinoza, Sergio Gahona, Rodrigo Galilea, José García, Francisco Huenchumilla, Felipe Kast, Sebastián Keitel, Alejandro Kusanovic, Javier Macaya, Iván Moreira, Manuel José Ossandón, Rafael Prohens, Kenneth Pugh, Gastón Saavedra y Matías Walker, por el que solicitan al Presidente de la República que, si lo tiene a bien, suscriba el acuerdo de la 145° Asamblea de la Unión Interparlamentaria, que condena la invasión a Ucrania y solicita la reinstauración de las fronteras internacionalmente reconocidas (Boletín N° S 2.320-12).
- Se aprobó el proyecto de acuerdo de los senadores señores Rojo Edwards e Iván Flores, señoras Carmen Gloria Aravena, Luz Ebensperger, María José Gatica, Ximena Rincón y Alejandra Sepúlveda, y señores Pedro Araya, Karim Bianchi, Juan Castro Prieto, Francisco Chahuán, Luciano Cruz-Coke, Fidel Espinoza, Sergio Gahona, José García, Francisco Huenchumilla, Felipe Kast, Sebastián Keitel, Alejandro Kusanovic, Javier Macaya, Iván Moreira, Manuel José Ossandón, Rafael Prohens, Kenneth Pugh, Gastón Saavedra, Esteban Velásquez y Matías Walker, por el que solicitan al Presidente de la República que, si lo tiene a bien, impulse ante el Consejo de Seguridad y la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas una resolución que condene la utilización de armas nucleares, incluyendo aquellas de uso táctico (Boletín N° S 2.321-12).
- Se aprobó el proyecto de acuerdo de los senadores señora Carmen Gloria Aravena, señores José García y Rafael Prohens, señoras Loreto Carvajal, Luz Ebensperger, María José Gatica y Ximena Rincón; y señores Pedro Araya, Juan Castro Prieto, Francisco Chahuán, Juan Antonio Coloma, Rojo Edwards, Fidel Espinoza, Iván Flores, Sergio Gahona, Rodrigo Galilea, Felipe Kast, Sebastián Keitel, Alejandro Kusanovic, Carlos Kuschel, Javier Macaya, Iván Moreira, Manuel José Ossandón, Kenneth Pugh, Gastón Saavedra y Gustavo Sanhueza, por el que solicitan al Presidente de la República que, si lo tiene a bien, presente una iniciativa legal que modifique la Ley sobre Impuesto Territorial, con el objeto de establecer la exención del pago de contribuciones a aquellas propiedades usurpadas o destruidas por atentados incendiarios (Boletín N° S 2.323-12).