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Sesión 44ª, ordinaria, miércoles 10 de agosto de 2022
De 16:19 a 19:02 horas. Asistencia de 46 Senadores
Presidieron la sesión, el Senador Álvaro Elizalde, Presidente, y la Senadora Luz Ebensperger, Vicepresidenta
La Secretaría estuvo a cargo del Secretario General del Senado, Raúl Guzmán


MINUTO DE SILENCIO
La Sala del Senado guardó un minuto de silencio, en memoria de don Tulio Contreras Álvarez, alcalde de la comuna de Placilla, Región de O'Higgins, quien falleció recientemente víctima de un cáncer, a la edad de 54 años.




TIPIFICA EL DELITO DE SUSTRACCIÓN DE MADERA

Quedó pendiente la discusión en general y en particular del proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica el Código Penal y el Código Procesal Penal, para tipificar el delito de sustracción de madera y otros relacionados, y habilitar el uso de técnicas especiales de investigación para su persecución (Boletín Nº 14.008-07). Con urgencia calificada de "discusión inmediata".
El proyecto de ley, iniciado en moción de la Cámara de Diputados, se fundamenta en la importancia económica que el desarrollo de la actividad forestal tiene en nuestro país, en donde existen más de 16 millones de hectáreas de bosques, algunos de los cuales son utilizados para fines productivos, mientras que otros son destinados a la conservación o preservación; constituyendo la industria forestal, la segunda actividad económica del país en importancia de exportación, y el primer lugar respecto de los productos elaborados con materia prima renovable.
En este contexto de relevancia económica, una de las principales problemáticas a las que se ve enfrentada la industria maderera y forestal es el permanente robo y hurto de madera en troza por parte de bandas y grupos delictivos altamente organizados y especializados en esta clase de delitos, con un grave perjuicio para el sector y para el país.
Frente a ello se propone el presente proyecto de ley, con el propósito incorporar en el Código Penal, un título especial dedicado al robo y hurto de madera, con figuras y normas que den cuenta de las particularidades de esta clase de conductas; teniendo presente que, en atención a que gran parte de estos ilícitos se cometen en el seno de organizaciones delictuales complejas, se propone modificar el Código Procesal Penal, con el objeto de permitir el uso de técnicas especiales de investigación.
Contenido del proyecto de ley:
Delito de sustracción de madera
- Incorpora en el código Penal, un nuevo título que tipifica y sanciona el delito de sustracción de madera.
- Crea un tipo penal específico que castiga el robo o hurto de troncos o trozas de madera en troza, el cual será sancionado con penas privativas de libertad, según las normas generales aplicables al robo con violencia o intimidación en las personas; el robo con fuerza en las cosas; o del hurto; y el comiso de los vehículos motorizados o de otra clase, las herramientas y los instrumentos utilizados en la comisión del delito.
- Sanciona, además, con multas que variarán entre 75 y 100 UTM., a quien comete el delito de sustracción de madera, cuando la madera sustraída tenga un valor que exceda las 10 UTM.
- Precisa las conductas constitutivas del delito de sustracción de madera, en calidad de autor del mismo, señalando que incurre en éstas, quien se encuentren en poder de troncos o trozas de madera, sin que pueda justificar (presunción de autoría) su adquisición, su legítima tenencia o su labor en faenas destinadas a la tala de árboles y, del mismo modo, el ser habido en predio ajeno, en idénticas faenas, sin consentimiento de su propietario, ni autorización de tala.
- Sanciona, además, con la pena de presidio menor en sus grados medio a máximo (de 541 días a 5 años) la falsificación o el uso malicioso de documentos falsos para obtener guías o formularios con miras a trasladar o comercializar madera de manera ilícita.
- Sanciona la receptación de especies objeto de sustracción de madera, las penas de presidio menor en cualquiera de sus grados (61 días a 5 años) y multa de 5 a 100 UTM., suma que se incrementará al rango de 75 a 100 UTM., en el caso de reiteración o reincidencia; pudiendo el juez, en estos casos disponer la clausura definitiva del establecimiento involucrado.
Técnicas especiales de investigación.
- Dispone que, si la madera sustraída poseyere un valor superior a las 50 UTM o si la sustracción obedeciere a un proceder sistemático u organizado, se podrán aplicar las técnicas especiales de investigación previstas en el Código Procesal Penal (como la interceptación de comunicaciones, toma de fotografías, agentes encubiertos; etc.) en los casos que en dicho Código se regulan.
Trazabilidad de la madera
- Dispone la obligatoriedad de contar con las respectivas guías de despacho electrónicas para la producción, venta, almacenamiento, depósito, mantención o acopio de troncos o trozas de madera que no sean de especies nativas, provenientes de terrenos o bosques privados; acreditándose su cumplimiento conforme las normas que se establezcan en un reglamento dictado por el Ministerio de Hacienda, el que también será suscrito por los Ministros del Interior y Seguridad Pública, y de Agricultura.
- Prohíbe, a los dueños o encargados de todo tipo de instalaciones que reciban troncos o trozas de madera, para su uso, acopio o comercialización, recepcionarlos sin que, previamente, se les hayan entregado la o las guías de despacho electrónicas señaladas, emitidas por el establecimiento de origen. Asimismo, tendrán la obligación de entregar al adquirente las guías de despacho electrónicas que comprueben la procedencia de la madera en troza vendida, en la forma y plazo que determine el reglamento.
- Sanciona la transgresión de la obligación de contar con las guías de despacho con multa equivalente al doble del beneficio económico reportado por la infracción, sin perjuicio de las sanciones de carácter penal y tributario que correspondan.
- Entrega a Carabineros de Chile y a los funcionarios de la Corporación Nacional Forestal, la fiscalización de las disposiciones de este proyecto de ley.
Intervinieron los senadores José Miguel Insulza, Rojo Edwards, Gustavo Sanhueza, Matías Walker, Felipe Kast, Francisco Huenchumilla, Carmen Gloria Aravena, Jaime Quintana, José Miguel Durana y Juan Castro.
En consecuencia, corresponde continuar la discusión de esta iniciativa legal, en la próxima sesión ordinaria que celebre el Senado.