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MODIFICACIÓN DE CÓDIGO SANITARIO EN MATERIA DE COBRO DE MULTAS


La señora GOIC (Presidenta accidental).- Pasamos, entonces, al octavo proyecto de la tabla de Fácil Despacho.
Señor Secretario.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Gracias, señora Presidenta.
Conforme a los acuerdos de Comités, la señora Presidenta pone en discusión, en Fácil Despacho, el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica el Código Sanitario en lo relativo al cobro de multas, con informes de las Comisiones de Salud y de Hacienda y urgencia calificada de "discusión inmediata".
--A la tramitación legislativa de este proyecto (boletín 14.336-11) se puede acceder a través del vínculo ubicado en la parte superior de su título.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Esta iniciativa tiene por objeto modificar la normativa del Código Sanitario con la finalidad de facilitar el cobro de las multas impuestas en virtud de sumarios sanitarios y de dotar a la Tesorería General de la República de las herramientas que le permitan cobrar las multas asociadas a dichas infracciones.
Este proyecto de ley inició su tramitación en el Senado con fecha 21 de julio del año en curso, oportunidad en la cual fue remitido a la Comisión de Salud y a la de Hacienda, en su caso.
La Comisión de Salud hace presente que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 127 del Reglamento del Senado, discutió en general y en particular esta iniciativa de ley, por tratarse de un proyecto de artículo único y por tener urgencia calificada de "discusión inmediata".
Deja constancia, además, de que el proyecto en estudio no contiene normas que requieran un quorum especial de aprobación ni afecta la organización o atribución de los tribunales de justicia.
La referida Comisión aprobó en general y en particular el proyecto de ley, por la unanimidad de sus miembros, Senadores señoras Goic y Von Baer y señores Chahuán, Girardi y Quinteros, en los mismos términos en que fue despachado por la Honorable Cámara de Diputados.
La Comisión de Hacienda, por su parte, aprobó en particular el artículo único permanente y el artículo transitorio de la iniciativa, por la unanimidad de sus miembros presentes, Senadores señora Rincón y señores Coloma, Lagos y Montes, en los mismos términos en que lo hiciera la Comisión de Salud.
Asimismo, deja constancia del informe financiero considerado, en cumplimiento de lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 17 de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional.
El texto que se propone aprobar se transcribe en las páginas 9 y 10 del informe de la Comisión de Salud, en las páginas 5 y 6 del informe de la Comisión de Hacienda y en el boletín comparado que Sus Señorías tienen a su disposición en la Sala.
Es todo, señora Presidenta.
La señora GOIC (Presidenta accidental).- Gracias, señor Secretario.
Le vamos a dar la palabra al Presidente de la Comisión de Salud, Senador Rabindranath Quinteros.


El señor QUINTEROS.- Gracias, Presidenta.
Esta iniciativa se encuentra en segundo trámite constitucional y se inició mediante mensaje de Su Excelencia el Presidente de la República.
Cabe consignar que se encuentra con urgencia calificada de "discusión inmediata".
El proyecto no contiene normas que requieran un quorum especial de aprobación.
La iniciativa inició su tramitación en el Senado el 21 de julio de 2021, el que lo remitió a la Comisión de Salud y a la de Hacienda, en su caso.
Conforme al artículo 127 del Reglamento del Senado, la Comisión discutió en general y en particular este proyecto de ley, por ser de artículo único y tener urgencia calificada de "discusión inmediata".
El objetivo de la iniciativa es modificar la normativa del Código Sanitario con la finalidad de facilitar el cobro de las multas impuestas en virtud de sumarios sanitarios y de dotar a la Tesorería General de la República de las herramientas que le permitan cobrar las multas asociadas a dichas infracciones.
Con este fin, el proyecto elimina el actual inciso segundo del artículo 174 del Código Sanitario, que otorga mérito ejecutivo a la resolución sancionatoria de un sumario administrativo, y como contrapartida se le entrega la facultad de gestionar el cobro a la Tesorería General de la República, en virtud de un artículo 174 bis.
Asimismo, propone reemplazar el artículo 179 del Código Sanitario, que dispone que las multas vayan a beneficio de la autoridad sanitaria, estableciéndose, en cambio, que las multas serán de beneficio fiscal.
Por último, el artículo transitorio, además de fijar la vigencia de la ley, hace aplicable las nuevas disposiciones a aquellas multas que se hayan cobrado con anterioridad a la publicación de la ley en proyecto, que tengan saldos insolutos y cuya demanda ejecutiva aún no haya sido notificada.
La iniciativa en estudio cuenta con informes de la Comisión de Salud, que la aprobó en los mismos términos que la Cámara de origen, y de la de Hacienda.
A la aprobación en general y en particular concurrieron la unanimidad de los miembros de la Comisión de Salud: Senadoras señoras Goic y Von Baer y Senadores señores Chahuán, Girardi y Quinteros.
Nuestra Comisión propone a la Sala aprobar en general y en particular el proyecto de ley en los mismos términos en que fue despachado por la Honorable Cámara de Diputados.
He dicho, Presidenta.
La señora GOIC (Presidenta accidental).- Muchas gracias, Senador.
Sobre el proyecto no tengo a nadie inscrito.
Si les parece, abrimos la votación.
Se encuentra abierta la votación, así que les solicito a los colegas pronunciarse.
--(Luego de unos instantes).
La señora GOIC (Presidenta accidental).- Señor Secretario.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Gracias, señora Presidenta.
¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador aún no ha emitido su voto?
¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador aún no ha emitido su voto?
La señora GOIC (Presidenta accidental).- Terminada la votación.
--Se aprueba en general el proyecto (25 votos a favor y 2 pareos) y, por no haber sido objeto de indicaciones, queda aprobado también en particular y despachado en este trámite.
Votaron por la afirmativa las señoras Ebensperger, Goic y Órdenes y los señores Alvarado, Araya, Bianchi, Castro, Coloma, Elizalde, García, García-Huidobro, Girardi, Guillier, Huenchumilla, Insulza, Kast, Latorre, Montes, Moreira, Ossandón, Prohens, Pugh, Quintana, Quinteros y Sandoval.
Se encontraban pareados la señora Sabat con el señor Soria y la señora Muñoz con la señora Van Rysselberghe.
La señora GOIC (Presidenta accidental).- Se deja constancia de la intención de voto favorable de la Senadora Provoste.