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MEDIDAS PARA INCENTIVAR PROTECCIÓN DE DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES


La señora MUÑOZ (Presidenta).- Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece medidas para incentivar la protección de los derechos de los consumidores con urgencia calificada de "suma" y segundo informe de la Comisión de Economía.
--Los antecedentes sobre el proyecto (12.409-03) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite: sesión 60ª, en 22 de octubre de 2019 (se da cuenta).
Informes de Comisión:
Economía: sesión 74ª, en 20 de noviembre de 2019.
Economía: sesión 108ª, en 3 de noviembre de 2020 (segundo).
Discusión:
Sesión 80ª, en 4 de diciembre de 2019 (se aprueba en general).
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- La Comisión hace presente que el número 1, que pasó a ser número 3, y la letra a) del número 9, que pasó a ser número 12, ambos numerales del artículo 1 del proyecto, en su texto aprobado en general contenían normas de rango orgánico constitucional, de conformidad a lo establecido en el inciso segundo del artículo 77 de la Carta Fundamental. No obstante, durante la discusión en particular la Comisión modificó las referidas normas, de manera tal que actualmente ellas no inciden en la competencia de los tribunales, por lo que el proyecto aprobado en particular por la Comisión no contiene disposiciones que requieran quorum especial de aprobación.
Asimismo, el informe de la Comisión deja constancia, para los efectos reglamentarios, de que los números 10 (ex 7), 16 (ex 13), 17 (ex 14) y 19 (ex 15), todos numerales del artículo 1; los números 2 y 7 (ex 6), ambos numerales del artículo 2; y el artículo 3 permanente de la iniciativa, no fueron objeto de indicaciones ni de modificaciones. Estas disposiciones deben darse por aprobadas, salvo que alguna señora Senadora o algún señor Senador, con acuerdo unánime de los presentes, solicite su discusión y votación.
La Comisión de Economía, además, efectuó diversas enmiendas al texto aprobado en general, las cuales fueron aprobadas por unanimidad, con excepción de una de ellas que fue acordada por mayoría de votos, por lo que será puesta en discusión y en votación oportunamente.
Cabe recordar que las enmiendas unánimes deben ser votadas sin debate, salvo que alguna señora Senadora o algún señor Senador manifieste su intención de impugnar la proposición de la Comisión a su respecto o que existan indicaciones renovadas.
Sus Señorías tienen a su disposición un boletín comparado que transcribe el texto aprobado en general, las modificaciones realizadas por la Comisión de Economía y el texto final que resultaría de aprobarse dichas enmiendas.
Por último, hago presente que el Honorable Senador señor Bianchi solicitó votación separada del número 10 del artículo 1, que se encuentra en la página 45 del comparado, numeral que propone suprimir el inciso final del artículo 17 H de la ley Nº 19.496.
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Gracias, señor Secretario.
Para informar el proyecto, tiene la palabra el Presidente de la Comisión de Economía, señor Álvaro Elizalde.


El señor ELIZALDE.- Gracias, Presidenta.
Honorable Senado, la Comisión de Economía tiene el honor de informar sobre el proyecto de ley, iniciado en mensaje de Su Excelencia el Presidente de la República, en segundo trámite constitucional, que establece medidas para incentivar la protección de los derechos de los consumidores (boletín Nº 12.409-03), con urgencia calificada de "suma".
De acuerdo a lo señalado en el mensaje, el objetivo del proyecto es modificar diversos textos legales con la finalidad de establecer medidas que incentiven y, a la vez, fortalezcan la protección de los derechos de los consumidores, buscando evitar la presencia de vacíos legales que faciliten la vulnerabilidad de tales derechos.
Con tal propósito, se pretende focalizar este fortalecimiento en las siguientes materias, entre otras:
-Procurar una mejor regulación tanto del derecho a retracto en compras celebradas por medios electrónicos como de los contratos de adhesión.
-Ampliar los derechos del consumidor financiero y el derecho de prepago referido al consumo.
-Modificar las normas referidas a la garantía legal, estableciendo claramente que el consumidor tiene el derecho a elegir entre la trilogía de derechos que la ley establece.
-Mejorar el deber de información en caso de sobreventa de pasajes aéreos, ajustando las compensaciones en caso de denegación de embarque, conforme a estándares internacionales.
Durante el primer trámite constitucional, en la Cámara de Diputados, fueron incorporadas otras modificaciones, a saber:
1. Extensión de la garantía legal.
2. Clarificar el derecho a optar por devolución de dinero si las reparaciones son deficientes.
3. Obligación de los proveedores de informar en las boletas de cobro la suspensión de los servicios.
4. Obligación de los proveedores de datos personales de informar a los consumidores las violaciones de seguridad que afecten sus datos personales.
5. Modificar el monto mínimo de prepago de crédito de 20 a 10 por ciento.
6. Garantía especial para automóviles.
7. Prohibiciones para entregar productos financieros a universitarios.
8. Prohibición de descuentos sujetos a tarjetas de crédito.
9. Otras medidas aeronáuticas: prohibición "no show"; entregar asientos contiguos a grupos familiares, y asegurar condiciones de seguridad para traslado de animales.
Con ocasión de la discusión particular, la Comisión de Economía realizó diversas modificaciones en estas y otras materias, en el marco de las ideas matrices del proyecto.
Previo al debate en particular del proyecto de ley, la Comisión escuchó las exposiciones de una serie de instituciones y académicos, según consta en el informe.
Las modificaciones contenidas en este segundo informe son, en términos generales, las siguientes:
El artículo 1 modifica diversos aspectos de la ley Nº 19.496, sobre Protección de los Derechos de los Consumidores.
En este artículo, la Comisión incorporó los siguientes numerales:
Con el número 1, agregó en el artículo 1º, número 3, sobre información básica comercial, al final del párrafo tercero lo siguiente: "En el caso de venta de bienes durables, se considerará, además, información básica comercial la duración del bien en condiciones previsibles de uso, incluido el plazo en que el proveedor se obliga a disponer de repuestos y servicio técnico para la reparación de los mismos.".
E incluyó un párrafo cuarto nuevo, que dice: "Tratándose de la prestación de servicios de despacho, el proveedor deberá indicar claramente, antes del perfeccionamiento del contrato, el costo total y periodo de tiempo que tarde dicho servicio.".
Ambas modificaciones fueron aprobadas por la unanimidad de los miembros de la Comisión.
Con el numeral 2, respecto de la interpretación proconsumidor, se propone agregar a la ley un artículo 2º ter, nuevo, del siguiente tenor: "Las normas contenidas en esta ley se interpretarán siempre en favor de los consumidores, de acuerdo al principio pro consumidor, y, de manera complementaria, según las reglas contenidas en el párrafo 4° del Título Preliminar del Código Civil.". Esta enmienda fue aprobada unánimemente por los cuatro integrantes de la Comisión que asistieron a la sesión respectiva.
Con el número 3, que antes era el número 1, se propone incorporar, en el artículo 3º de la ley, inciso segundo, sobre derechos del consumidor de productos o servicios financieros, dos letras nuevas. No voy a dar lectura a las letras completas, sino solo a los encabezados: "g) Acudir siempre ante el tribunal competente conforme a las disposiciones establecidas en esta ley" y "h) Los demás derechos establecidos en las leyes referidas a derechos de los consumidores, en especial, aquéllos consagrados en la ley N° 18.010, que Establece normas para las operaciones de crédito y otras obligaciones de dinero que indica.".
Y se incorporó, en el mismo artículo 3º, un inciso tercero nuevo del siguiente tenor: "Asimismo, son derechos de todo consumidor los consagrados en leyes y reglamentos y demás normativas que contengan disposiciones relativas a la protección de sus derechos.".
Estas modificaciones también fueron aprobadas por unanimidad por los integrantes de la Comisión que participaron en la sesión respectiva.
El número 2, que pasó a ser número 4, modifica el artículo 3º bis, que regula el derecho a retracto, para fortalecerlo en el siguiente sentido: incorporar en su encabezado, entre las expresiones "al contrato" y "en el plazo", lo siguiente: ", sin expresión de causa,".
Se sustituyó la letra b) por la siguiente: "En los contratos celebrados por medios electrónicos, y en aquéllos en que se aceptare una oferta realizada a través de catálogos, avisos o cualquier otra forma de comunicación a distancia", etcétera.
Y se incorporó una letra c), nueva, que dice: "Las compras presenciales en que el consumidor no tuvo acceso directo al bien.".
Todas estas modificaciones también fueron aprobadas por unanimidad.
Respecto de la obligación de los establecimientos de educación superior de otorgar gratuitamente certificados de estudios, el numeral 3, que pasó a ser 5, propone agregar un artículo 3º quáter, que señala:
"Los establecimientos de educación superior, institutos profesionales y de formación técnica deberán otorgar gratuitamente los certificados de estudios, de notas, de estado de deuda u otros análogos, a solicitud del alumno, exalumno o de aquel que haya suspendido sus estudios o se encuentre moroso en la respectiva institución educacional.
"Dichos certificados podrán ser solicitados hasta por dos veces en un año y deberán ser emitidos dentro del plazo de diez días hábiles contado desde la presentación de la respectiva solicitud.".
Esta enmienda también fue aprobada por unanimidad.
Sobre las obligaciones de los proveedores de vehículos motorizados nuevos, el número 4, que pasa a ser 6, reemplaza el artículo 12 C que se había propuesto por el siguiente: "Los proveedores de vehículos motorizados nuevos deberán informar al consumidor, de manera clara e inequívoca, antes del perfeccionamiento del contrato de compraventa o de arrendamiento con opción de compra, aquellas exigencias obligatorias justificadas para mantener vigente la garantía voluntaria del vehículo", etcétera.
Asimismo, se establece que el proveedor "deberá proporcionar al consumidor otro vehículo de similares características mientras dure la reparación de un vehículo motorizado, cuando el ejercicio de la garantía legal o voluntaria conlleve privarlo de su uso por un término superior a cinco días hábiles.".
Estas modificaciones también fueron aprobadas por unanimidad.
Con relación al tratamiento de cualquier tipo de datos personales de los consumidores, la Comisión estableció que las disposiciones sobre la materia se considerarán normas especiales de protección de los derechos del consumidor y existirá la obligación de los proveedores de datos personales de informar a los consumidores sobre las violaciones de seguridad que afectan sus datos personales.
El número 5, que pasó a ser 7, reemplaza el artículo 15 bis propuesto en el texto aprobado en general, cuya primera parte dice: "Las normas relativas al tratamiento de cualquier tipo de datos personales de los consumidores, incluyendo especialmente los de carácter comercial, contenidas en la ley N° 19.628, sobre protección de la vida privada, en especial en el Titulo III "De la utilización de datos personales relativos a obligaciones de carácter económico, financiero, bancario o comercial", y demás normas legales relacionadas, se considerarán normas especiales de protección de los derechos del consumidor, especialmente para los efectos de lo dispuesto en los artículos 2 bis, 58 y 58 bis de la presente ley.".
Esta modificación también fue aprobada por unanimidad.
Luego, el artículo 16 de la ley, cuyo encabezado dice: "No producirán efecto alguno en los contratos de adhesión las cláusulas o estipulaciones" que indica, es modificado por el numeral 6, que pasó a ser 8, con el fin de incluir una nueva cláusula, del siguiente tenor: "Limiten los medios a través de los cuales los consumidores puedan ejercer sus derechos, en conformidad con las leyes.".
Este y una serie de otras enmiendas a dicha norma también fueron aprobadas por unanimidad.
Después, el numeral 9 agrega a la ley el siguiente artículo 16 C, que es una norma interpretativa: "Las cláusulas ambiguas de los contratos de adhesión se interpretarán en favor del consumidor.
"Cuando existan cláusulas contradictorias entre sí, prevalecerá aquella cláusula o parte de ella que sea más favorable al consumidor.".
Esta modificación también fue aprobada por unanimidad.
Más adelante, se propone que "Los proveedores no podrán condicionar el término del contrato al pago de montos adeudados o a restituciones de bienes y, en ningún caso, establecer condiciones más gravosas que aquellas exigidas para su celebración. Todo pacto en contrario se tendrá por no escrito.".
Y se establece el derecho de los consumidores para "solicitar, sin expresión de causa, el bloqueo permanente de las tarjetas de pago".
Asimismo, sobre descuentos o beneficios adicionales asociados exclusivamente a un medio de pago, se proponen algunas precisiones al artículo 17 H. Particularmente, son correcciones de texto, para que quede mejor establecida la regulación respectiva.
Se plantea también toda una normativa respecto de crédito responsable, mediante la incorporación del artículo 17 N, nuevo, cuya primera parte dice: "Previo a la celebración de una operación de crédito de dinero, los proveedores deberán analizar la solvencia económica del consumidor para poder cumplir las obligaciones que de ella se originen, sobre la base de información suficiente obtenida a través de medios oficiales a tal fin, debiendo informarle el resultado de dicho análisis.".
Esta modificación fue aprobada por unanimidad.
Se me olvidó señalar que la enmienda anterior, la referida a las precisiones de texto, se aprobó no por unanimidad, sino por mayoría de 4 votos a favor y 1 en contra.
Además, se modifican las normas relativas a la garantía legal, al establecerse claramente que el consumidor tiene derecho a elegir entre la trilogía de derechos que la ley dispone, y que "no será necesario hacer efectivas las garantías otorgadas por el proveedor para ejercer" estos derechos.
Y se extiende la garantía legal, pues se amplía el plazo de tres a seis meses.
Estas modificaciones fueron aprobadas por la unanimidad de los integrantes de la Comisión.
También se señala que "El consumidor podrá optar por ejercer la garantía o los derechos establecidos en los artículos 19 y 20 de esta ley, a libre elección.".
Se dispone que las restituciones pecuniarias deberán ser "devueltas con reajuste e intereses corrientes al día efectivo de restitución".
Asimismo, se establece que "El transportador, sus agentes autorizados y los explotadores de aeródromos y aeropuertos estarán obligados a informar a los pasajeros" sobre sus derechos.
Se regula lo relativo a las prestaciones del transportador al pasajero que decide preservar el contrato antes de la denegación del embarque.
También se impone al transportador la obligación de informar al pasajero cualquier cambio en el itinerario por adelanto, retraso o cancelación del vuelo, indicando la causal del cambio.
Y se plantea una norma más expedita sobre la restitución de las tasas de embarque respecto de los viajes no realizados.
En fin, se agregan otras modificaciones específicas referidas al transporte aéreo de pasajeros, como aquellas que se refieren a entregar asientos contiguos a grupos familiares; a incluir el derecho del pasajero para modificar la fecha programada por un viaje, o a solicitar la devolución del monto pagado si el pasajero prueba a través de un certificado médico que está impedido de viajar.
Finalmente, se propone una serie de artículos transitorios, que consignan plazos para la entrada en vigencia de algunas de las modificaciones establecidas en este proyecto de ley.
En general, esta iniciativa fue debatida y aprobada, en gran parte de sus enmiendas, salvo contadas excepciones, por la unanimidad de los miembros de la Comisión, razón por la cual solicitamos que esta Sala vote favorablemente dichas modificaciones.
Es todo cuanto puedo informar, señora Presidenta.
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Gracias, Senador Elizalde.
Tiene la palabra el señor Ministro de Economía, don Lucas Palacios.


El señor PALACIOS (Ministro de Economía, Fomento y Turismo).- Muchas gracias, Presidenta.
Aprovecho de saludar al Secretario y a todos los Senadores y las Senadoras que están presentes y también que están conectados por vía telemática.
Siguiendo lo que comentaba el Senador Elizalde, la protección adecuada de los consumidores es un elemento fundamental para mantener el equilibrio dentro del sistema económico, el cual debe contar con la confianza de la ciudadanía.
Dicho sistema está sujeto a innumerables mejoras tecnológicas, las que exigen actualizar los estándares de protección de los derechos de los consumidores para evitar los vacíos legales que se puedan ir generando e impedir que sean vulnerados tales derechos.
En definitiva, los avances tecnológicos acelerados implican un desafío especial en esta materia.
En virtud de lo anterior, como Gobierno hemos impulsado este proyecto de ley, que pretende fortalecer la defensa de los derechos de los consumidores y dar certeza jurídica para contribuir al desarrollo de industrias innovadoras. Sin duda, el desarrollo tiene que ir de la mano con esta revisión.
A continuación, les voy a exponer muy brevemente algunas de las medidas de este proyecto. No me voy a referir a ello in extenso, como lo hizo muy bien el Senador Elizalde; haré una presentación bastante más resumida.
1.- Se propone facilitar la terminación de contratos de adhesión. Esto se refiere a aquellos contratos en que los consumidores no tienen poder de negociación para acordar términos y condiciones, como es el caso de la contratación de planes telefónicos, de planes de televisión pagada, etcétera.
Este proyecto establece que los proveedores deberán siempre informar a los consumidores los medios físicos y tecnológicos a través de los cuales podrán hacer efectivos sus derechos y también poner término a estos contratos, si así lo desean. De esta forma se garantiza al consumidor la posibilidad de una salida expedita de los contratos respecto de los cuales no quiere mantener servicios.
Nosotros hemos habilitado, a través del Sernac, la plataforma "Me Quiero Salir" para facilitar las cosas: en cuarenta y ocho horas cualquiera de nosotros, si desea dar término a un contrato o cambiar de proveedor de servicios telefónicos, lo puede hacer. En este caso, quedarían registrados por ley todos aquellos contratos de adhesión.
2.- Se establece el derecho a retractarse en compras electrónicas. Por lo tanto, se elimina la posibilidad de que los proveedores excluyan este derecho en las compras electrónicas de bienes.
Tales compras han tenido un crecimiento explosivo en el último tiempo. Por ende, es muy importante reforzar ese derecho de los consumidores. Es algo positivo, pero hay que hacer esa revisión para evitar abusos y vulneración de derechos.
Se refuerza, entonces, el carácter excepcional de la exclusión del derecho a retracto en compras de bienes y servicios a distancia.
3.- Se establece expresamente que la garantía legal prima por sobre la garantía voluntaria, clarificando el derecho a libre elección que tiene el consumidor para elegir entre la garantía legal y aquella otorgada por el proveedor.
4.- Se dispone el derecho a prepago de créditos hipotecarios y se establece que el máximo cobro de comisión por prepago será igual para todo tipo de créditos. Así, se elimina la distinción actual que existe de créditos cuyo capital sea superior a 5.000 UF, los cuales no tienen límite.
5.- Se incorpora la obligación a los proveedores de datos personales de informar a los consumidores por violaciones de seguridad que afecten sus datos personales.
Este es un tema de extrema importancia.
6.- Se extiende la garantía legal para bienes, aumentando el plazo de tres a seis meses.
7.- Se clarifica el derecho del consumidor para optar por la devolución o reposición del bien si después de la reparación subsisten las deficiencias.
8.- Se establece la obligación de los proveedores de informar en las boletas de cobro de servicios el tiempo de suspensión, paralización o no prestación de ellos.
La ley ya establece que durante dichos períodos el proveedor no podrá cobrar; sin embargo, no se regula que esto deba informarse en la boleta de cobro. Esto significa más información para el consumidor.
9.- Se establece la disponibilidad de contratos para personas con discapacidad visual o auditiva.
10.- Se hace el reconocimiento expreso de que las normas que regulen derechos del consumidor serán interpretadas siempre en favor del consumidor.
11.- Se proponen medidas relacionadas con el mercado aeronáutico. En ese punto voy a hacer un resumen, pues a ello ya hizo mención el Senador Elizalde.
Se prohíben las cláusulas de no show en vuelos nacionales, esto es, la cláusula que obliga a un pasajero a presentarse a todos los tramos en aquellos casos en que hay escalas o varios viajes. Por ejemplo, si una persona tiene un viaje de ida y vuelta, la actual regulación establece que si el pasajero no hace el viaje de ida, pierde el de vuelta. En este caso, se resuelve ese vacío.
A la vez, se propone la obligación de asignación de asientos contiguos para grupos familiares. Esto ya lo comentó el Senador Elizalde.
Se establece también la extensión de un pasaje en el caso de imposibilidad de viajar por razones médicas, existiendo la opción de solicitar la devolución.
Se propone la obligación para el transportador de asegurar las condiciones de seguridad y bienestar para el traslado de animales, entre otros deberes de información relativos a los derechos del consumidor pasajero.
12.- Se establece la obligación para los vendedores de vehículos motorizados nuevos de informar antes de la compra respecto de todos los talleres autorizados a los cuales se podrá llevar el automóvil para mantener la garantía, así como el valor estimado de las mantenciones, para que nadie se sorprenda.
13.- Se establece el derecho de los consumidores de siempre acudir a la justicia ordinaria y, en caso de que ellos lo confirmen, a mecanismos alternativos de solución de controversias.
Presidenta, quisiera terminar agradeciendo el trabajo de los parlamentarios a lo largo de la tramitación de esta iniciativa en el Congreso Nacional.
La verdad es que ha sido un trabajo transversal, bien enfocado, en donde se ha puesto el derecho del consumidor antes de cualquier cosa. Y esto ha involucrado el trabajo conjunto de este Congreso con una serie de actores del sistema de protección de los consumidores, entre ellos, el Sernac, académicos, asociaciones de consumidores y la industria, todos los cuales han participado activamente en la discusión legislativa apoyando este proyecto de manera constructiva.
Lo anterior ha permitido que hoy contemos con un texto que ha sido aprobado y consensuado en la Comisión de Economía del Senado, como ya lo comentó el Senador Elizalde. Y esperamos contar, entonces, con el mismo apoyo de los Senadores en la Sala.
Muchas gracias a todos.
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Gracias, señor Ministro.
Se ha solicitado abrir la votación.
Senador Bianchi, tiene la palabra.


El señor BIANCHI.- Señora Presidenta, lo que pasa es que yo había pedido, tal como lo señaló el señor Secretario, votación separada del número 10, que propone suprimir lo relacionado con el artículo 17 H.
Entonces, en el momento en que se vote, me gustaría poder explicarlo, para hacer notar a las señoras Senadoras y a los señores Senadores lo importante y perjudicial que es esto para quienes son clientes del retail, de multitiendas, etcétera, donde se les ofrecen sistemas atados y, al final, esto termina siendo de un gran perjuicio para ellas y ellos.
Por lo tanto, quisiera explicarlo, y por eso pedí votación separada de este numeral, que se encuentra en la página 45 del comparado.
Esto fue votado en la Comisión. El Senador Elizalde, efectivamente, votó en contra de suprimir esto, apoyando absolutamente lo que tiene que ver con enfrentar los abusos en esta materia por parte de empresas que realizan estas ventas u ofertas atadas a través de las tarjetas.
No sé si eso es posible, Presidenta, cuando se efectúe la votación separada que pedí.
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Sí, vamos a hacer la votación separada. Por supuesto, como usted ha solicitado.
El señor BIANCHI.- Y en ese momento, entonces, argumento y explico la petición.
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Por supuesto.
El señor BIANCHI.- Gracias, Presidenta.
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Muy bien.
Entonces, vamos a abrir la votación.
El señor Secretario nos va a indicar la modalidad en que lo vamos a hacer.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Gracias señora, Presidenta.
En primer lugar, corresponde dar por aprobadas todas aquellas disposiciones que no fueron objeto de indicaciones ni de modificaciones, que corresponden a los números 10 (ex 7), 16 (ex 13), 17 (ex 14) y (19 ex 15), todos del artículo 1; los números 2 y 7 (ex 6), ambos del artículo 2, y el artículo 3, permanentes.
--Se aprueban reglamentariamente.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Corresponde ahora pronunciarse respecto de las enmiendas unánimes.
Estas sí deben ponerse en votación.
La señora MUÑOZ (Presidenta).- En votación.
--(Durante la votación).
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Senador señor Insulza, ¿cómo vota?
El señor INSULZA.- Apruebo, señor Secretario.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Gracias.
Senador señor Lagos, ¿cómo vota?
Senador señor Montes, ¿cómo vota?
El señor MONTES.- Voto a favor, señor Secretario.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Gracias.
Senadora señora Órdenes, ¿cómo vota?
La señora ÓRDENES.- Voto a favor.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Gracias.
Senador señor Prohens, ¿cómo vota?
Senador señor Quintana, ¿cómo vota?
El señor QUINTANA.- Voto a favor.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Gracias.
Vota a favor.
Senador señor Quinteros, ¿cómo vota?
El señor QUINTEROS.- Voto a favor.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Gracias.
Vota a favor.
Senadora señora Sabat, ¿cómo vota?
La señora SABAT.- A favor.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Gracias.
Vota a favor.
Senador señor Sandoval, ¿cómo vota?
El señor SANDOVAL.- A favor, señor Secretario.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Gracias.
Vota a favor.
Senador señor Soria, ¿cómo vota?
El señor SORIA.- Voto a favor, señor Secretario.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Gracias.
Senadora señora Van Rysselberghe, ¿cómo vota?
Está pareada.
Senadora señora Von Baer, ¿cómo vota?
La señora VON BAER.- A favor, Secretario.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Gracias.
Senadora señora Allende, ¿cómo vota?
Está pareada.
Senador señor Alvarado, ¿cómo vota?
En la Sala ha solicitado la palabra la Senadora señora Aravena para fundamentar su voto.
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Tiene la palabra, Senadora.


La señora ARAVENA.- Señora Presidenta, voy a ser bien breve.
Quiero valorar el trabajo que se realizó. Yo ingresé hace pocos meses a la Comisión de Economía y me tocó ver el final de este proyecto.
Agradezco a los equipos, al Ministerio y a todos los Senadores por llegar a acuerdos y mejorar este proyecto, originado en un mensaje presidencial, que creo que va en la orientación de garantizar los bienes y servicios, en el sentido de que respondan efectivamente a la necesidad de los consumidores. El país tiene que ir avanzando en eso.
Hoy día somos todos consumidores de alguna manera y este es un tema fundamental en el ámbito de los derechos que debemos garantizar en relación con el mercado de bienes y servicios.
Yo no me voy a referir a todo lo que se señaló anteriormente, pero sí me parece muy importante, por ejemplo, lo que tiene que ver con el término de contratos de adhesión. Hoy día alguien va a poder contratar el servicio telefónico y no va a tener que ir a la oficina, más encima en tiempos de pandemia, a cerrar el contrato. Eso lo va a poder hacer de la misma manera en que lo contrató. Eso antes era imposible.
El tema de compra por internet vino para quedarse y hoy día vamos a poder devolver un producto o retractarnos de la compra si lo que compramos no es necesariamente lo que nos ofrecieron.
Me parece muy muy relevante que ahora, cuando se adquiera un vehículo, se pueda saber cuánto implica en costos que ese vehículo efectivamente esté garantizado uno o dos años. Muchas veces ello se ofrece como algo fantástico, pero a la hora de tener que pagar finalmente encarece mucho el producto. Lo otro es que no solo se deberá acudir a talleres autorizados para poder mantener la garantía del vehículo, lo que para muchos resultaba muy muy caro, con lo que al final la oferta de un producto se transformaba en un compromiso impagable.
Algo que encuentro valiosísimo es que los bancos, que se encuentran en todas las universidades de Chile, no van a poder estar ofreciendo de manera absolutamente abusiva créditos a estudiantes que no poseen capacidad de pago, pues finalmente terminan sus estudios en la universidad endeudados no solo ellos, sino también sus familias. Ese es un tema muy poco ético, que hoy día lo hemos eliminado con este proyecto.
Por último, la iniciativa resuelve ciertos temas relacionados con el transporte aéreo: poder devolver un pasaje cuando estamos enfermos, reintegrándose la totalidad del gasto; que un grupo familiar se pueda sentar junto, sin la necesidad de que estén todos dispersos, sobre todo cuando hay niños pequeños; la obligatoriedad de la compañía aérea de disponer en asientos contiguos a un mayor de edad del grupo familiar cuando hay un niño o una niña menor de catorce años.
En consecuencia, valoro el trabajo mancomunado que se ha hecho con el Gobierno y la Comisión. Esta es una iniciativa de ley miscelánea, pero con avances que resultan muy muy importantes para hacer justicia respecto de muchos reclamos que manifiesta la ciudadanía sobre lo dispar que muchas veces es la condición de consumidor en este país.
Voto a favor, Presidenta.
Muchas gracias.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Senador señor Araya, ¿cómo vota?
En la Sala han solicitado la palabra, para fundamentar el voto, el Senador señor Durana y el Senador señor Moreira.
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Tiene la palabra, Senador Durana.


El señor DURANA.- Señora Presidenta, este proyecto de ley en términos generales constituye la consagración legal de los derechos de los consumidores en distintos ámbitos. Asimismo, la variedad de nuevas situaciones que son reguladas permitirá un mejor funcionamiento del mercado, la libre competencia y el pleno ejercicio de los derechos de los consumidores.
Dentro de las materias que abarca la iniciativa, quiero destacar aquellas que son especialmente sensibles para los consumidores de regiones y, en especial, de las regiones extremas.
En el caso de los pasajes aéreos, la fecha programada para un viaje va a poder modificarse o, incluso, solicitarse la devolución del monto pagado si el pasajero tiene una emergencia médica comprobable, a través del certificado médico correspondiente, que le impida viajar. Para ello el pasajero deberá solo presentar el certificado en un plazo de veinticuatro horas. Pero, además, va a poder optar por fijar una nueva fecha de viaje, dentro de un período de hasta un año. Este mismo derecho que ahora se consagra para el pasajero, y que hoy es voluntad de las líneas aéreas que no pueda viajar por emergencia médica, va a poder ser ejercido por los cónyuges, convivientes civiles, padres o hijos que se encuentren en la misma reserva, puesto que este tipo de situaciones normalmente afectan a toda una familia.
Asimismo, y en una materia que también va en directo beneficio de los consumidores de regiones, se regula en este proyecto de ley el servicio de los talleres autorizados de vehículos, en especial en aquellas ciudades o regiones en las cuales un proveedor de vehículos o una marca determinada no cuente con talleres para la reparación o el ejercicio de la garantía. De esta forma, los proveedores de vehículos motorizados nuevos deberán informar al consumidor de manera clara e inequívoca, antes del perfeccionamiento del contrato de compraventa o de arrendamiento con opción de compra, aquellas exigencias obligatorias justificadas para mantener vigente la garantía voluntaria del vehículo.
Quiero agradecer a la Comisión de Zonas Extremas y también a la Comisión de Economía, que de manera unánime estuvieron por aprobar estas dos normas que son tremendamente importantes.
Finalmente, en la iniciativa se consagran derechos básicos de los consumidores, poniendo al día su protección en el marco de la nueva realidad que enfrenta el comercio de nuestro país. Se regula, por ejemplo, la protección de sus datos y la fuente o mecanismo de obtención de estos; asimismo, se regula el derecho a retracto de los consumidores que adquieren sus productos bajo la modalidad online, al mismo tiempo de profundizarse los derechos de los consumidores en caso de contrato de adhesión; y se establece la posibilidad de optar entre ejercer las pólizas de garantía, a través de la reparación técnica de los productos, o la devolución de los importes pagados por ellos.
Este proyecto conserva y profundiza los derechos de los consumidores para plantear sus reclamos ante autoridades jurisdiccionales y arbitrales, estableciéndose que el mecanismo arbitral de solución alternativa de controversias debe ser siempre voluntario y gratuito para los consumidores.
Voto a favor, Presidenta.
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Tiene la palabra el Senador Moreira, para fundamentar su voto.


El señor MOREIRA.- Señora Presidenta, la verdad es que este ha sido un proyecto que ha tenido una serie de modificaciones. Y ha habido muy buena disposición durante mucho tiempo para llevar adelante esta iniciativa relacionada con incentivar la protección de los derechos de los consumidores. Y me parece que se ha ido avanzando. No existe ley perfecta. Lo importante es avanzar en esta tarea, para darles mayor seguridad y resguardo a cada uno de los consumidores en nuestro país.
Todos sabemos que la gran mayoría de los chilenos han enfrentado, ¡y nosotros mismos también hemos enfrentado!, a empresas que al momento de contratar dan todas las facilidades para hacerlo: por teléfono, por internet o, incluso, van a nuestro domicilio para que firmemos la documentación necesaria. Sin embargo, al momento de querer terminar el contrato ponen una serie de trabas y obligan al consumidor a ir personalmente en horarios de oficina, que se acomodan a ellos, y con una documentación que nunca pidieron al inicio.
Uno de los errores que hemos cometido en nuestro sector es creer que los consumidores, al momento de adquirir un producto o servicio, están en un mismo pie que la empresa. Existen asimetrías en cuanto a la información y en muchos casos es imposible modificar las bases que te ofrecen. A eso se refiere el concepto de "contrato de adhesión": o se toma como un todo o se deja.
La labor de cualquier Estado no es mirar para el lado. Al contrario, la obligación que tiene un Estado eficiente es tratar de proteger a la parte más débil; buscar igualar las condiciones entre consumidores y productores. Obviamente, no es lo mismo una tienda de retail que un almacén de barrio; no estamos en las mismas condiciones al comprar un seguro que al ir a una farmacia. Y la ley está obligada a mantener los equilibrios que le permitan defenderse al consumidor sin ahogar al productor.
Este proyecto es un aporte en varios ámbitos: aumenta la garantía legal a seis meses, doblando el período actual; mejora la regulación de las llamadas "garantías voluntarias"; aumenta los derechos y los montos a pagar por los llamados "sobrecupos" en los vuelos, estableciendo montos de compensación de acuerdo con la distancia y las horas en caso de retraso; regula de mejor manera la información que se otorga al solicitar un crédito; y, algo muy importante, establece que en los contratos de adhesión el proveedor deberá informar desde el inicio las formas que posee el cliente para terminar con el servicio, lo que no puede ser más gravoso que el medio usado para contratar.
Todos somos consumidores y, por lo mismo, todos debemos tener claros nuestros derechos; pero también, nuestras responsabilidades. Así también el Estado.
Este proyecto viene a corregir defectos largamente señalados y actualiza la legislación.
Para ciertos sectores de Izquierda nunca nada va a ser suficiente. Pero creo que se avanza de manera sostenida hacia una mejor protección de los derechos de los consumidores, y como consecuencia del libre mercado, que va a ser la llave para nuestra recuperación económica.
Yo apruebo estas modificaciones, señora Presidenta.
Por lo tanto, voto a favor.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Senador señor García-Huidobro, ¿cómo vota?
Senador señor Guillier, ¿cómo vota?
El señor GUILLIER.- A favor, señor Secretario.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Gracias.
Vota a favor.
¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador aún no ha emitido su voto?
Hago presente que los pareos que se encuentran registrados en la Secretaría son los siguientes: el Senador señor Harboe con el Senador señor Galilea; la Senadora señora Ebensperger con el Senador señor De Urresti; el Senador señor Ossandón con el Senador señor Girardi; el Senador señor García-Huidobro con la Senadora señora Allende; el Senador señor Coloma con el Senador señor Elizalde; el Senador señor Lagos con la Senadora señora Van Rysselberghe, y el Senador señor Kast con la Senadora señora Rincón.
La Senadora señora Von Baer está pidiendo la palabra.
La señora VON BAER.- Excúseme, Presidenta, pero no estoy segura de si voté.
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Vamos a revisar, Senadora.
La señora VON BAER.- Si no, voto a favor.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Sí, Senadora: votó a favor.
La señora VON BAER.- Perfecto.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Votó a favor.
Sí.
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Terminada la votación.
--Se aprueban las enmiendas unánimes despachadas por la Comisión (22 votos a favor y 7 pareos).
Votaron por la afirmativa las señoras Aravena, Goic, Muñoz, Órdenes, Provoste, Sabat y Von Baer, y los señores Bianchi, Castro, Chahuán, Durana, García, Guillier, Insulza, Latorre, Montes, Moreira, Pugh, Quintana, Quinteros, Sandoval y Soria.
No votaron, por estar pareados, la señora Ebensperger y los señores Elizalde, Harboe, Ossandón, García-Huidobro, Lagos y Kast.
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Se aprueban, entonces, las enmiendas unánimes despachadas por la Comisión.
Tiene la palabra el señor Secretario.


El señor GUZMÁN (Secretario General).- Corresponde ahora someter a votación la enmienda que se incorporó por mayoría, que corresponde al número 10 del artículo 1, que se encuentra en la página 45 del comparado, respecto de la cual también el Senador señor Bianchi ha solicitado votación separada.
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Tiene la palabra el Senador Bianchi.


El señor BIANCHI.- Señora Presidenta, aquí quiero llamar la atención de las Senadoras y de los Senadores, porque efectivamente todos hemos votado a favor de este proyecto, pero acá hay una situación que es del todo compleja de tener que aceptar.
El inciso final del artículo 17 H dice: "El proveedor de productos o servicios financieros no podrá restringir o condicionar que la compra de bienes o servicios de consumo se realice exclusivamente con un medio de pago administrado u operado por el mismo proveedor, por una empresa relacionada, o una sociedad de apoyo al giro.".
En simple, ¿de qué se trata esto, y sobre todo en pandemia, en que muchas personas han comprado en línea? La multitienda, el retail, la empresa, qué dice: "Si usted compra en internet, bueno, hay tres formas de pago: una es la normal, si usted compra -y este es el punto- con la tarjeta de la tienda en particular, tiene determinado descuento; si quiere pagar al contado, no obtendrá ningún descuento, y si paga con tarjeta de débito o de crédito tampoco: solo lo tendrá si cuenta con la tarjeta de esta multitienda y paga con ella". ¡Es como la "Masterplop"...!
Digo esto un poco en broma y un poco en serio, porque al final termina siendo un salvavidas de plomo el que le entregan a la persona.
¿Y por qué razón, señora Presidenta? Porque aquí estamos frente al verdadero negocio de estas empresas: el crédito, el prestar plata, más que la venta del producto.
Entonces, pedí votación separada porque aquí por mayoría se votó para suprimir el inciso final del artículo 17 H, y lo que tenemos que hacer es volver a reponerlo precisamente para proteger a los usuarios, a los clientes a fin de que no que queden atados a las ofertas que solo podrían conseguir por la vía de pagar con la tarjeta de la empresa, de la multitienda, en fin, como comprar un producto a precio contado con cierta cantidad de cuotas, obtener algún descuento, a las cuales les resultaría imposible acceder si quisieran pagar al contado.
El proyecto en general, obviamente, vamos a votarlo favorablemente. Pero este artículo en particular va en sentido absolutamente contrario: afecta directamente a la clienta o al cliente; afecta directamente al usuario, y favorece a estas grandes empresas, que con este mecanismo tienen una venta atada, tienen capturado al cliente por la vía del préstamo, de las rebajas amarradas a sus tarjetas.
Sé que aquí hay resistencia de los grupos económicos que están tras toda esta situación; sé también que hay resistencia de algunas Senadoras o de algunos Senadores. Pero finalmente, señora Presidenta, le quiero pedir a este Senado que podamos sacar de acá un buen proyecto; y no lo va a ser si aquí se hace todo lo contrario a lo que dijimos denante: ir en directo perjuicio de quienes deben obligadamente hacer uso de estas tarjetas, por el abuso que generan estas grandes tiendas respecto de clientes que terminan siendo absolutamente capturados con estas ventas atadas.
Así que pido votación separada del inciso final del artículo 17 H, a fin de poder recuperarlo.
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Gracias, Senador Bianchi.
Entonces, procederemos a votar separadamente la norma que usted ha solicitado.
En votación.
--(Durante la votación).
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Para precisar esta votación, debo señalar que lo que se vota es la propuesta de la Comisión: y votar "sí" significa aprobar dicha proposición, que es suprimir el número 10 del artículo 1 del proyecto, el cual modifica el artículo 17 H.
Votar "sí" es estar a favor de la propuesta que hace la Comisión de Economía en cuanto a la supresión del referido número; votar "no" significa mantener el artículo originalmente propuesto.
Reitero: votar "sí" significa estar a favor de la proposición de la Comisión, que es suprimir...
El señor BIANCHI.- Entonces, hay que votar que no.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Los que quieran mantener o recuperar el artículo tienen que votar que no.
Vamos a efectuar la consulta a las Senadoras y a los Senadores que están participando de esta sesión de manera telemática.
Senador señor Insulza, ¿cómo vota?
No está.
La Senadora Rincón está pidiendo la palabra.


La señora RINCÓN.- Señora Presidenta, en verdad, considero muy importante explicar esto antes de que votemos.
Ha habido un alegato legítimo, por cierto, por parte del Senador Bianchi. Sin embargo, me parece importante que se sepa cuál fue el criterio de la Comisión para no acoger lo que había indicado en Sala el Diputado Bianchi.
Esta idea la rechazó transversalmente en dos oportunidades la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados por estimar que va en contra de la libre competencia y porque terminará afectando a los consumidores.
Tampoco cuenta, en esta oportunidad, con el respaldo del Ejecutivo. Se repuso a última hora en la Sala y se aprobó sin debate, que es lo mismo que iba a pasar ahora, lo cual creo que es superpeligroso.
Esa indicación se traducirá en una significativa reducción de los descuentos que actualmente se ofrecen en el mercado tanto en cantidad como en monto, dado que los descuentos especiales son la conjunción de tres actores: proveedor, establecimiento comercial y medio de pago. Y esta prohibición al menos va a significar limitar un aporte de uno de ellos, afectando a los consumidores; además perjudicará a otros programas de fidelización.
Sobre el particular, debo decir que en la Comisión de Economía tanto Odecu como Fojucc manifestaron expresamente, ambas organizaciones de consumidores, su posición contraria.
Y voy a citar, Presidenta.
Odecu dijo: "Debemos tomar en cuenta que en el evento de prosperar este proyecto y pese a las buenas intenciones en el origen de esta posible regulación dadas las circunstancias mencionadas, se podría llegar a afectar los intereses económicos de los propios consumidores, quedando estos en una peor situación adquisitiva, ya que el comercio no tendría los mismos incentivos para ofrecer descuentos o promociones en sus productos, ya que precisamente este tipo de descuentos nacen a consecuencia de que los establecimientos comerciales pueden fidelizar al cliente en sus compras realizadas en la tienda, al utilizar un determinado medio de pago.
"Estas ofertas no constituyen obligación para el consumidor, sino meramente permite a clientes del mismo establecimiento tener promociones más ventajosas.".
Esta propuesta atenta contra la libre competencia debido a que para la misma actividad existirán agentes económicos que sí podrán hacer esas ofertas. Porque esta indicación limita únicamente a la casa comercial, pues nada dice de los bancos, y eso es altamente preocupante.
La Fiscalía Nacional Económica emitió un informe que cuestiona técnicamente las bases y los alcances de esta indicación. Estima que esta iniciativa no beneficia a los consumidores. De prohibirse la conducta, podría reducirse el número de promociones en el mercado y/o el acceso al crédito para los segmentos de la población de ingresos medios y bajos, esto es, para la población más vulnerable de Chile.
La indicación del Diputado Bianchi tiene vicios de inconstitucionalidad y afecta la libertad económica (artículo 19, número 21°, de la Constitución). En tal sentido, la norma propuesta debe ser interpretada como una ley regulatoria de la actividad económica y, en cuanto a tal, sujeta a las limitaciones propias de esta. La regulación no puede impedir el libre ejercicio del derecho limitándose a establecer cómo puede ejercerse, o solo en los casos en que la Constitución lo autoriza la regulación puede suponer una limitación o restricción del derecho. Y el proyecto implica una discriminación arbitraria.
Esta propuesta, señora Presidenta, fue discutida en la Comisión y se rechazó por todo lo que he dicho.
Hay un informe elaborado por la Biblioteca del Congreso que recogió los argumentos que motivaron el rechazo en la Comisión el año 2010 en una iniciativa similar. La norma parte por una premisa errada: que el consumidor no es capaz de tomar decisiones, y a mí me parece que eso no corresponde. Las prohibiciones que se imponen en este ámbito significan en la práctica terminar con programas de fidelización, que son usados por todas y todos en nuestro país.
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Senador Moreira, ¿usted había pedido la palabra?
El señor MOREIRA.- No, Presidenta.
La señora MUÑOZ (Presidenta).- ¿No?
Tiene la palabra el Senador Bianchi. Le solicito que sea breve, porque estamos votando.


El señor BIANCHI.- Señora Presidenta, ocurre que denantes hice lectura de la petición de votación separada, y ahora quiero argumentar en el sentido absolutamente contrario a lo que acaba de señalar la Senadora Rincón.
Efectivamente, puedo entender que se realice un defensa de lo que son estas agrupaciones económicas; pero aquí lo que se hace en la práctica es ir contra el usuario, el cliente, a quien se le obliga a obtener un descuento solo en la medida en que use la tarjeta de determinada tienda. ¡Punto!
Entonces, no sé si este Senado está conteste de que eso es lo que realmente va a permitir que el usuario, que el cliente se sienta favorecido por estar comprando con determinada tarjeta y que solo al usarla puede tener un descuento, pues si paga al contado no lo obtendrá.
¡Creo que ello sí que es arbitrario! ¡Eso sí que es injusto!
Eso sí que contraviene la libertad, como señala la Senadora, pero la libertad de las personas de poder elegir un producto en la forma en que quieran pagarlo, sin estar atadas a comprarlo solo por vía de una tarjeta para los efectos de obtener los descuentos.
Ahora bien, tampoco es que se limitan las ofertas para el público. ¡No! Ese es un argumento para intentar justificar que las personas se mantengan con la obligación de tener tarjetas para conseguir determinado descuento. Porque los descuentos se pueden hacer igual, ya sea con tarjeta, sin tarjeta, en efectivo o con el mecanismo propuesto por la empresa. Pero lo que se logra con esto es tener capturados a los clientes con una venta atada, obligándolos a obtener los descuentos solo por la vía de la tarjeta.
Luego qué ocurre, señora Presidenta (y termino con esto). Bueno, se le dice al cliente "Pague el producto en determinadas cuotas", por lo que al final esa persona queda con una deuda importante y con la obligación de comprar solo a través de la tarjeta.
Así que llamo a este Senado a votar en contra, a votar "no" para poder hacer justicia respecto de la libertad que tienen los clientes frente a estos abusos de las multitiendas.
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Gracias, Senador Bianchi.
Continuamos con la votación, señor Secretario.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Senador señor Montes, ¿cómo vota?


El señor MONTES.- Voto en contra de la disposición de la Comisión.
Creo que los argumentos del Senador Bianchi son parte de una discusión que tuvimos hace algunos años, en que vimos que cuando se vinculaba a determinados beneficios el uso de instrumentos de distintas marcas, tarjetas o lo que sea se generaban fuertes distorsiones.
La verdad es que hubiera querido estudiar más este asunto. Pero, en los términos en que aquí se ha planteado, me parece muy razonable votar en contra de la proposición de la Comisión.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Gracias.
Vota en contra.
Senadora señora Órdenes, ¿cómo vota?
La señora ÓRDENES.- En contra, señor Secretario.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Gracias.
Vota en contra.
Señora Presidenta, en la Sala ha solicitado la palabra la Senadora señor Goic.
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Tiene la palaba, señora Senadora.


La señora GOIC.- Presidenta, solamente para fundamentar también mi voto en contra.
Lo que efectivamente se establece aquí -y coincido con la argumentación que ha entregado el Senador Bianchi- es una venta atada en situaciones donde muchas veces existe falta de transparencia. Cuando se quieren hacer ofertas estas se pueden plantear, no tienen que ser condicionadas a la utilización de determinado medio de pago.
¿Cuántas veces sucede que uno llega a la caja y se da cuenta de que el producto viene con letra chica, que para obtener el descuento hay que pagar con la tarjeta A o con la tarjeta B de la casa comercial? Pero uno ya está en la caja. ¿Cuánta gente tiene la capacidad de reclamar cuando se le hace un cobro? ¿Y cuántas veces el consumidor sabe cuáles son las condiciones que hay detrás de ese medio de pago y que en muchas ocasiones significan incluso un costo mayor que la oferta que se le está haciendo?
Entonces, me parece que esto tiene que ver con transparencia y con protección al consumidor.
Deseo señalar además, Presidenta, que con el Senador Ossandón hace ya un tiempo presentamos una moción que apunta justamente a lo mismo. Y si lo que se está planteando no queda dentro del texto que ahora estamos votando, a mí me gustaría -y le pediría esto a los colegas- que aquella se pusiera en tramitación; que se viera la opacidad que a veces existe detrás de muchas ofertas, la falta de transparencia respecto de lo que conocen los consumidores y la venta atada asociada a publicidad engañosa.
En esto quiero defender a los consumidores, pero sobre todo a los más humildes, a quienes no tienen todas las herramientas para preguntar, para reclamar.
Creo que es distinto el fidelizar que caer en el límite de la publicidad engañosa para dejar a una persona amarrada a un método de pago que tiene un costo detrás.
Por eso, rechazo.
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Gracias, Senadora Goic.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Gracias.
Senador señor Insulza, ¿cómo vota?
El señor INSULZA.- Secretario, yo me perdí un poco en cómo se vota; pero voto exactamente por lo mismo que dijo el Senador Bianchi.
Creo que realmente no corresponde que se condicione una venta al uso de determinado medio de pago.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- ¿Vota "no"?
El señor INSULZA.- Supongo que será "no"; no sé. Eso es lo que se ha estado argumentando.
Soy contrario a la condición de un medio de pago para poder obtener un descuento.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Gracias, señor Senador.
Entonces, vota en contra de la propuesta del informe.
El señor INSULZA.- Exacto.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Senador señor Prohens, ¿cómo vota?
El señor PROHENS.- A favor del informe, Secretario.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Gracias.
Vota a favor.
Senador señor Quintana, ¿cómo vota?
El señor QUINTANA.- En contra, señor Secretario.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Gracias.
Vota en contra.
Senador señor Quinteros, ¿cómo vota?
El señor QUINTEROS.- En contra, Secretario.
Estoy totalmente de acuerdo con lo dicho por el Senador Bianchi y otros Senadores.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Gracias.
Vota en contra.
Senadora señora Sabat, ¿cómo vota?
La señora SABAT.- A favor del informe, Secretario.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Gracias.
Vota a favor.
Senador señor Sandoval, ¿cómo vota?


El señor SANDOVAL.- Presidenta, en realidad, uno quisiera profundizar aún mucho más sobre este asunto; probablemente puede ser materia de revisión de varios conceptos. Porque hay tanta publicidad que evidentemente induce a un error de interpretación. Cuando nos dicen "Compre en 10 cuotas a precio contado", esa compra a precio contado y en esas cuotas no existe en realidad. Es falsa la información de que es al contado, pues esa operación está asociada al costo de administración, a intereses, los cuales se le cobran al usuario, en fin.
Como alguien bien dijo por ahí, al final a nadie le interesa mucho el producto, sino amarrar a la gente con el crédito. Y todos nos encontramos con esa misma realidad: con ciertos beneficios asociados a determinadas tarjetas.
Esta es una cuestión que, evidentemente, hay que transparentar. Creo que ahí existe una falencia en el mercado, dentro de tantas cosas más que, sin duda, habrá que profundizar.
A pesar de que en mi opinión este tema amerita un estudio, un análisis adicional, me voy a pronunciar en contra también.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- El Senador señor Sandoval vota en contra.
Senador señor Soria, ¿cómo vota?
El señor SORIA.- En contra, señor Secretario.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Gracias.
Vota en contra.
Senadora señora Van Rysselberghe, ¿cómo vota?
Está pareada.
Senadora señora Von Baer, ¿cómo vota?
La señora VON BAER.- A favor, Secretario.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Gracias.
Vota a favor.
Senador señor Alvarado, ¿cómo vota?
El señor ALVARADO.- Voto a favor.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Gracias.
Vota a favor.
Senador señor Araya, ¿cómo vota?
Senador señor Guillier, ¿cómo vota?
El señor GUILLIER.- Me abstengo, señor Secretario.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Gracias.
Se abstiene.
¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador aún no ha emitido su voto?
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Terminada la votación.
--Se rechaza la supresión del artículo 17 H, contenida en el numeral 10, propuesta por la Comisión de Economía (13 votos en contra, 9 votos a favor y 1 abstención).
Votaron por la negativa las señoras Goic, Muñoz, Órdenes y Provoste y los señores Bianchi, Castro, Insulza, Latorre, Montes, Quintana, Quinteros, Sandoval y Soria.
Votaron por la afirmativa las señoras Aravena, Sabat y Von Baer y los señores Alvarado, Durana, García, Moreira, Prohens y Pugh.
Se abstuvo el señor Guillier.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Además, se registran 7 pareos.
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Muy bien.
Queda rechazada la supresión propuesta por la Comisión.
Corresponde votar ahora la norma que fue aprobada en general.
Señor Secretario.


El señor GUZMÁN (Secretario General).- A continuación, corresponde votar el número 10, que es el inciso final del artículo 17 H.
Estas modificaciones, que se encuentran en la segunda columna del comparado, página 47, fueron aprobadas en general y su texto es del siguiente tenor:
"a) Intercálase luego de la palabra "consumo" y antes del pronombre "se", la frase ", o la aplicación de descuentos adicionales al precio de éstos,".
"b) Elimínase la oración final.".
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Muy bien.
Si le parece a la Sala, podemos dar por aprobadas esas modificaciones, con la misma votación anterior, pero en sentido inverso.
El señor CHAHUÁN.- Sí, Presidenta.
El señor BIANCHI.- De acuerdo.
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Muy bien.
¿Habría acuerdo entonces?
Acordado.
--Se acogen las modificaciones contenidas en las letras a) y b) del numeral 10 en los términos señalados, quedando el proyecto aprobado en particular y despachado en este trámite.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Entonces, queda aprobada en particular la propuesta aprobada en general respecto al texto del numeral 10 del artículo 1º.