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POSTERGACIÓN DE PRÓXIMAS ELECCIONES MUNICIPALES, DE GOBERNADORES REGIONALES Y DE CONVENCIONALES CONSTITUYENTES POR MOTIVO DE COVID-19. INFORME DE COMISIÓN MIXTA


El señor ELIZALDE.- Gracias, Presidenta.
Yo lamento que no se haya alcanzado el quorum en la Cámara de Diputados para aprobar la propuesta de la Comisión Mixta, porque eso impide tener una legislación y una regulación, en este caso, a través de esta reforma constitucional, adecuada a los tiempos que vivimos.
Pero me parece particularmente dramático que no se haya aprobado el feriado irrenunciable. Y quiero a este respecto hablar del fondo del tema.
El feriado irrenunciable se estableció durante el Gobierno del Presidente Lagos el año 2004 para fechas tan importantes como las Fiestas Patrias, el Año Nuevo y la Navidad, porque lo que ocurría en los hechos es que los trabajadores del comercio terminaban trabajando esos días, pues los feriados al ser renunciables dependían finalmente de la voluntad del empleador.
Y en ese contexto, entonces, se estableció una legislación avanzada en esta materia, para que efectivamente los trabajadores pudieran descansar en esos días. Y la propia ley establece excepciones. Lo más importante es que, en el caso de las actividades excepcionadas, el empleador solo puede exigir que trabajen uno de cada dos años. Y, por tanto, esa es una conquista fundamental que debía y debe aplicarse a las elecciones para garantizar el derecho a voto.
Por tanto, lo encuentro francamente lamentable, porque creo que -por su intermedio, Presidenta- la Senadora Ebensperger está confundiendo los conceptos, porque un día puede ser feriado, pero eso no significa que esté garantizado el descanso de los trabajadores, se les paga de una manera distinta, por cierto, pero no significa que puedan ejercer su descanso en ese feriado.
En segundo lugar, me quiero referir a una discusión que se dio en Sala sobre la norma que, dicho sea de paso, se va a aprobar independiente del quorum que aquí se alcance, en la medida que haya mayoría, la cual alude a la prohibición de los aportes. Porque yo oí el debate que se desarrolló el día domingo en donde a mi entender hubo una confusión por parte de la bancada de la UDI y del Subsecretario General de la Presidencia, porque el quorum es de aprobación de normas, pero no respecto de indicaciones o proyectos de ley. Al contrario, si se suprime una norma, basta la mayoría de los presentes, porque eso significa que no se alcanzó el quorum para aprobar esa indicación o ese proyecto de ley.
Y se produjo una confusión conceptual fundamental, dando a entender que se estaba reformando un texto vigente. Si se reforma un texto vigente y se le deroga o se le suprime, se requiere quorum especial, pero respecto de una indicación o de un proyecto de ley basta la mayoría de los presentes, porque eso significa que no se alcanzó a su vez el quorum para aprobar el respectivo proyecto de ley o indicación.
Por tanto, a mi entender la interpretación de la Secretaría es la correcta, y es la que se ha aplicado durante décadas o cientos de años en este Congreso Nacional respecto de las normas de quorum especial.
Por último, considero bien complejo que tampoco se haya aprobado la norma respecto a la suspensión de los alcaldes. No voy a hablar del aspecto de fondo, sino del relativo a la forma, porque la interpretación que hace el Senador Chahuán -por su intermedio, Presidenta- es al menos discutible. Al no existir norma, alguien podrá decir que ya están suspendidos, pero no significa que vuelvan a los cargos, porque la postergación de las elecciones no implica que todos los plazos vencidos vuelvan a renacer. Con ese criterio, entonces, ¿qué pasa con la declaración de candidaturas, u otros plazos que están vencidos, o el mismo plazo para hacer campaña? Si no existiera la prohibición expresa de propaganda en estos días, podría continuar la campaña.
Entonces, se va a generar la controversia de quienes van a decir: "Bueno, al no haber norma, no es del todo evidente que los alcaldes tengan que volver a sus cargos". Y yo hubiera preferido que eso quedara regulado de manera explícita, para que no produjera controversia jurídica, independientemente de la postura que legítimamente tengan los distintos parlamentarios respecto del fondo: si tienen o no tienen que volver.
Yo prefiero que haya normas expresas que regulen estas materias, y uno podrá o no compartir el fondo, pero no que finalmente se aplique una interpretación que es del todo discutible. La tesis del Senador Chahuán tiene fundamento, pero no es una tesis indubitada, y podría esto generar algún tipo de controversia respecto de plazos vencidos.
Así que creo que, finalmente, la Cámara de Diputados le da una mala noticia al país al no aprobar lo que expresamente había regulado la Comisión Mixta. Me parece que lo más sensato habría sido simplemente su aprobación.
Lamento también que finalmente todos estos temas, que no son irrelevantes para los que representamos a las fuerzas progresistas, no formen parte de este proyecto, porque, para qué decir, el feriado irrenunciable habría sido una conquista fundamental para consagrar sobre todo el derecho a voto de los trabajadores del comercio, insisto, tal cual se estableció el feriado irrenunciable para las Fiestas Patrias, el Año Nuevo y la Navidad, porque en caso contrario tendrían que trabajar...
La señora PROVOSTE (Presidenta).- ¿Senador Elizalde?
El señor ELIZALDE.- Voté a favor.