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ACUSACIÓN CONSTITUCIONAL CONTRA EX MINISTRO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA SEÑOR VÍCTOR PÉREZ VARELA
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Tiene la palabra el señor Secretario.


El señor GUZMÁN (Secretario General).- La señora Presidenta ha citado a esta nueva sesión especial, a contar de las 16 horas y hasta el total despacho del asunto por tratar, para que cada señora Senadora o cada señor Senador pueda fundamentar su voto respecto de los tres capítulos de la acusación constitucional que se ha entablado contra el ex Ministro del Interior y Seguridad Pública señor Víctor Pérez Varela.
Terminadas las intervenciones de las señoras y los señores Senadores que quisieren hacer uso de su derecho de fundamentar el voto, se pondrá en votación, por separado, cada uno de los capítulos del libelo acusatorio.
Es todo, señora Presidenta.
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Muchas gracias, señor Secretario.
Ofrezco la palabra a las Senadoras y los Senadores que quieran intervenir en el proceso de tramitación de la acusación constitucional.
En cada intervención, los diez minutos son por los tres capítulos.
Senador Pizarro, tiene la palabra.
El señor PIZARRO.- Presidenta, solamente deseo hacer una consulta.
Tengo claro que cada uno puede intervenir hasta por diez minutos y son tres votaciones, evidentemente. ¿Las votaciones las vamos a hacer de una vez, o vamos a ir votando cada capítulo por separado?
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Al final, por separado.
El señor PIZARRO.- Pero se podrían votar los tres capítulos en una sola votación...
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Tiene que ser por separado, Senador.
El señor PIZARRO.- Okay.
Gracias.
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Senador Coloma, tiene la palabra.
El señor COLOMA.- En la misma lógica del Senador Pizarro, quizás la fórmula es un poco distinta: que uno pueda fundar el voto y decir voto así, así, así, según el capítulo, no en discusiones separadas, ¿o tiene que ser todo separado?
La señora MUÑOZ (Presidenta).- La argumentación de diez minutos es por los tres capítulos. Usted puede decir en el capítulo tanto, yo argumento tanto, pero la votación es al final y tiene que ser por separado.
El señor COLOMA.- Okay.
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Muy bien.
Se ofrece la palabra.
Senador Moreira, tiene la palabra.


El señor MOREIRA.- Gracias, Presidenta.
Bueno, por querer hablar primero, espero que me den doce minutos, para abrir los fuegos...
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Y por romper el silencio...
El señor MOREIRA.- Para abrir los fuegos, Presidenta.
Señora Presidenta; señores parlamentarios acusadores; defensa, abogado Gabriel Zaliansnik y su equipo; ex Senador de la República, ex Diputado, ex Alcalde y ex Ministro del Interior don Víctor Pérez, la verdad es que la acusación constitucional ha devenido lamentablemente en un instrumento político de primer uso, desvirtuando su naturaleza de herramienta de ultima ratio. Su utilización indiscriminada nos ha hecho perder la perspectiva de su importancia, pues solo su uso moderado la transforma en una herramienta útil y no únicamente en un dispositivo para dañar al gobierno de turno.
La presente acusación, aprobada en la Cámara de Diputados solo con los votos de la Oposición, nuevamente nos presenta la oportunidad de reflexionar sobre el camino que deseamos para Chile.
Senadores de este Hemiciclo han señalado que esta acusación constitucional responde a una responsabilidad política, lo que es un grave error de conceptos, por cuanto la acusación responde a responsabilidades jurídicas, con implicancias políticas. La distinción es relevante, por cuanto aún hoy, en estos tiempos tan difíciles, el régimen que nos rige es presidencial y no parlamentario.
Montesquieu hablaba de la importancia de la separación de poderes. Hoy hablamos de la colaboración de los diferentes poderes del Estado. Sin embargo, hay sectores de la Oposición que hoy, en virtud de supuestas aplanadoras, ya piensan en la sumisión de los poderes, al menos del Ejecutivo, frente al Congreso.
En este sentido, señora Presidenta, estimados colegas presentes, y a quienes veo también telemáticamente, la acusación constitucional contra el ex Ministro del Interior y ex Senador Víctor Pérez Varela parece discurrir más por la senda de la responsabilidad política, disfrazada con ropajes jurídicos, que por la de una acusación jurídica con implicancias políticas.
Se lo acusa de tres cargos: haber dejado de ejecutar las leyes en materias relativas al orden público; haber infringido la Constitución o las leyes, vulnerando el derecho de igualdad ante la ley, y haber dejado de ejecutar las leyes al no ejercer el control jerárquico correspondiente sobre los órganos sometidos a su dependencia, en este caso, Carabineros de Chile.
Revisada la acusación, no encuentro mérito en ninguno de esos cargos. Me sorprende y me preocupa el nivel de la argumentación, que aun así haya sido aprobada. Por ejemplo, se menciona en los hechos a Harry Jürgensen como Intendente de la Región de Los Ríos, y en el párrafo siguiente se lo nombra como Intendente de la Región de Los Lagos. ¡Qué poco prolija esta acusación! Son detalles que demuestran cómo transcurre el texto de la misma.
Pero, aún más grave, se señalan hechos y se mencionan normas, y en ningún momento se relacionan esos hechos con las normas invocadas, salvo en lo que tiene que ver con la Ley de Seguridad Interior del Estado, la cual, se reconoce, es facultad del Ejecutivo, lo que no obsta a pedir sanción por su no uso.
Respecto de esto último, llama la atención que Diputados de la Oposición, con más de una década, hayan olvidado que el Gobierno de la Presidenta Bachelet no usó la Ley de Seguridad Interior el año 2015, cuando el Registro Civil estuvo en paro de más de un mes; o con los profesores, que en ese mismo año estuvieron casi dos meses con paralización de actividades.
También olvidan que no aplicar la Ley de Seguridad no es impunidad. Según registros oficiales, se han denunciado a casi cuatro mil personas ante los juzgados de policía local o el Ministerio Público producto de esas movilizaciones.
En el fondo, acusan al ex Ministro Víctor Pérez por preferir el diálogo a la fuerza. ¡Prefirió el diálogo a la fuerza! Porque la gestión del Ministro Pérez, estimados colegas, ¡salvó vidas!, ¡evitó enfrentamientos!, ¡evitó violencia!, y un sector de la Oposición hoy quiere apuntarlo con el dedo.
Es una contradicción -nos parece más bien una revancha de quienes han promovido esta acusación constitucional- culpar al ex Ministro del Interior por lo ocurrido en el puente Pío Nono. Ello da cuenta de un desapego a los hechos, de una odiosidad, de una indiferencia total a lo que efectivamente puede y debe hacer un Ministro del Interior.
La acusación llega al extremo de la caricatura, con argumentos que claramente no son ni relevantes ni pertinentes.
Respecto del trato desigual, es aún más paradigmático que se denuncie al ex Ministro del Interior por una presentación de acciones judiciales que él no hizo ni ordenó.
Finalmente, carece manifiestamente de fundamento y hasta es injusto que se señale que Víctor Pérez no ha ejercido el control jerárquico correspondiente sobre Carabineros de Chile, permitiendo la violación de derechos humanos. Se acompañan en la acusación estadísticas del año 2019 y del primer semestre del 2020, cuando Víctor Pérez no había asumido, y se mencionan como fundamentos el caso Catrillanca, anterior al inicio de su gestión. Pero nada se dice de la baja ostensible de incidentes durante la conmemoración del 11 de septiembre, el aniversario del 18 de octubre y el normal funcionamiento de todo el andamiaje de resguardo público que permitió un plebiscito con resultados conocidos esa misma noche y en paz.
Es aún más injusto si se considera que el ex Ministro Pérez trabajó incansablemente por la reforma a Carabineros, en especial en la creación de una Unidad Coordinadora, idea de un Senador de la Oposición, como es el Senador Harboe.
De mi lectura, debo manifestar mi preocupación por las supuestas declaraciones de don Sergio Micco, del Instituto de Derechos Humanos, quien habría señalado que no se requiere sentencia judicial para acreditar violaciones a los derechos humanos, por cuanto eso implicaría que el Instituto de Derechos Humanos se atribuye facultades jurisdiccionales como un tribunal de justicia independiente. Al menos, así lo remarca uno de los Diputados de la Comisión Investigadora que estuvo por aprobar la acusación.
Señora Presidenta, conozco al ex Senador, al ex Ministro, al ex Diputado y al ex Alcalde por casi tres décadas, tanto en el plano político como en el plano personal. Conozco su compromiso democrático, su respeto al Estado de derecho y, sobre todo, su amor por Chile. Solo una persona con un amor inmenso por su patria acepta el llamado del deber para asumir el Ministerio del Interior en las condiciones en que le tocó empezar el 28 de julio de este año, dejando su puesto en este Senado al recibir este llamado del Presidente de la República en momentos difíciles. Un hombre con dedicación, con quien todos los Senadores, de las distintas tendencias, hemos compartido en sesiones de Sala, de Comisiones, y en pasillos, a quien se ha destacado por sus capacidades de diálogo, inteligencia y su responsabilidad, no se merece que su carrera política termine con la mancha ignominiosa de la aprobación de una acusación constitucional que carece de todo fundamento jurídico, incluso político.
Señora Presidenta, le pido un solo minuto para poder terminar mi intervención.
Le agradezco su gentileza.
Entiendo que los Senadores de Oposición enfrentan una presión fuerte de los Diputados y de parte de la opinión pública más radical para aprobar la acusación y de esa manera asestar un nuevo golpe al Gobierno del Presidente Piñera. Por lo mismo, sé que es difícil para algunos de ustedes votar en contra de la acusación, aunque sea lo correcto. Se necesita coraje, valentía para hacer lo correcto, especialmente en los tiempos polarizados que se viven en la política chilena.
Muchos autores ya han escrito sobre la importancia de tener coraje para hacer lo correcto. Por ejemplo: "el hacer lo correcto es un dios que no consiente ateos";"Prefiero sufrir una injusticia a causarla, porque si la causo yo me transformo en una persona injusta"; "Siempre es el momento apropiado para hacer lo correcto"; "Hacer lo correcto puede ser impopular, difícil y hasta peligroso, pero sigue siendo lo correcto"; "La valentía no es simplemente una de las virtudes; es el punto de partida de todas las virtudes".
Y es ese el coraje que les pedimos a los Senadores de Oposición, especialmente a aquellos que ya han dado pruebas de hacer lo correcto, a pesar de las circunstancias. Nosotros sabemos quiénes son, y a ellos yo apelo, por el respeto y admiración que tengo por gente que, aunque piensa distinto a mí, ha dado pruebas de que están dispuestos a pagar los costos.
A ustedes apelo, colegas: ¡por razones estrictamente políticas, no cometamos una injusticia! ¡Esta es la oportunidad de hacer lo correcto hasta que duela!
Por eso, a ustedes Senadores, Senadoras, que están presentes en la Sala y telemáticamente desde sus regiones, los llamo a hacer lo correcto, porque nos conocemos, porque ustedes conocen el desempeño del Senador Pérez. No nos dejemos llevar por una acusación que tiene mucho de odiosidad, que tiene mucho de revancha.
Yo apelo a ustedes, con humildad, con respeto, con admiración por pensar distinto. Hoy es el minuto de demostrar que en este Congreso es posible hacer lo correcto para hacer justicia con el ex Ministro Víctor Pérez.
He dicho.
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Gracias, Senador Moreira.
Ofrezco la palabra al Senador Alejando Guillier.


El señor GUILLIER.- Muchas gracias, Presidenta.
Aquí no estamos, obviamente, para manchar la carrera política ni la vida de nuestro ex colega Víctor Pérez. Estamos analizando una acusación de la Cámara de Diputados que imputa haber saltado leyes fundamentales en materia de orden público; de haber infringido la Constitución, las leyes fundamentales... (falla de audio en transmisión telemática)... en la ley, y se han enumerado situaciones y circunstancias que lo avalarían; haber dejado de ejecutar las leyes, las normas de control jerárquico que le corresponden sobre los órganos sometidos a su dependencia...
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Senador Guillier, está muy mala su conexión. Se escucha muy mal.
El señor GUILLIER.- Si le parece, Presidenta.
No sé si ahora, en un momento mejora la comunicación.
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Lo vamos a seguir escuchando.
Tiene la palabra.
El señor GUILLIER.- ¿Ahora se escucha mejor?
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Está con audio. Lo escuchamos.
El señor GUILLIER.- Si gusta, hablo más adelante, porque voy a ver si puedo mejorar la calidad de la transmisión.
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Muy bien, Senador.
Voy a darle la palabra, entonces, al Senador Quinteros.


El señor QUINTEROS.- Señora Presidenta, al ser la acusación constitucional una figura de carácter mixto, jurídica y política a la vez, necesariamente debe tenerse en cuenta el contexto en el que se entabla, que está dado por la grave crisis que se desató en el país a partir de octubre del año pasado, y que se ha profundizado por los efectos desastrosos de la pandemia.
Sin duda, esta crisis arranca de la desigualdad escandalosa que afecta a nuestra sociedad en los más variados ámbitos y que se contrapone a la modernidad, que ha transformado esa misma sociedad en las últimas décadas.
Si bien el país ha sido capaz de encauzar este conflicto por medios democráticos, lo que se ha expresado en el proceso constituyente, desde los primeros días del estallido social el control del orden público se ha transformado, más que en un elemento pacificador, en un factor que agudiza y contribuye a profundizar y prolongar el conflicto.
Pese a encontrarnos, en la práctica, en un estado de excepción permanente, los resultados en esta materia son muy pobres y han terminado por desencadenar una crisis en la propia policía uniformada. El accionar de las fuerzas de orden ha oscilado entre una represión desmedida, que ha llegado incluso a violaciones flagrantes de derechos humanos, mientras que, en otras circunstancias, ha asumido una pasividad inexplicable, todo ante la mirada permanente de millones de cámaras que siguen su accionar en las calles, día y noche. El resultado es un fracaso evidente en la política de control del orden público, evaluada severamente por la ciudadanía.
No es extraño, entonces, que hoy nos encontremos juzgando, nuevamente, la responsabilidad que le cabe a un Ministro del Interior y Seguridad Pública en la conducción de esa política, para la cual dispone de una fuerza policial, recursos judiciales y una serie de instrumentos jurídicos y políticos destinados a cumplir con el objetivo de mantener el orden público y la paz social, que es la primera razón de ser del aparato público, lo mínimo que esperan los ciudadanos de la estructura del Estado.
Por lo mismo, resulta inexplicable e insólita la defensa que han asumido los dos Ministros del Interior que han sido acusados en este último año. El ex Ministro Chadwick argumentó que la policía tenía una autonomía operativa que no le permitía intervenir, y unos meses después la defensa del ex Ministro Pérez ha argumentado, en una primera instancia, que el estado de excepción constitucional tampoco le permitía operar, al trasladar la dependencia de las fuerzas a los jefes de la Defensa.
En lugar de hacerse plenamente responsables de la actuación de carabineros, de los intendentes y de las acciones judiciales emprendidas, optan por eludir sus obligaciones, amparándose en resquicios, o bien se limitan a respaldar a la institución policial y a llamar a condenar la violencia, en un rito que tiene muy cansados a los chilenos. No hay medidas, y cuando las hay, se pasan a llevar principios de igualdad ante la ley y de respeto a los derechos humanos de manera totalmente inaceptable para estos tiempos.
Este es el contexto en el que se desenvuelve esta acusación: un Gobierno que se quedó sin programa, y que solo desarrolla acciones defensivas para sortear la crítica situación que estamos viviendo en materia política, social, económica y sanitaria.
Es evidente que en este cuadro resulta muy complejo el control del orden público, pero siempre el Ministro del Interior ha tenido, y tiene, la facultad y la obligación de impartir instrucciones, dictar órdenes y definir protocolos; en una palabra, decidir sobre lo que los órganos bajo su dependencia hacen y dejan de hacer en la calle, ante los tribunales y ante la opinión pública. Y eso no se ha hecho, o ha sido insuficiente o contradictorio.
Mucho se critica la proliferación de acusaciones, pero entiendo el papel de la Cámara de Diputados, que, como poder fiscalizador, se ha enfrentado en este período a serios vacíos y errores en la acción gubernamental, que, por su amplitud y persistencia, no cuesta mucho encuadrar como infracciones constitucionales.
Efectivamente, la actitud asumida por el Ministro del Interior durante la paralización de un sector de camioneros fue pasiva y permisiva. Nadie puede criticar su disposición al diálogo e incluso su simpatía con quienes se movilizaban. Tampoco puede reprocharse que no haya invocado la Ley de Seguridad del Estado, cuya utilización es discrecional para el Ministro. Pero, como autoridad ejecutiva, no pudo prescindir de cumplir su principal rol, que es asegurar el orden público, que no consiste solo en la ausencia de violencia en las manifestaciones, sino que incluye, por cierto, el normal desarrollo de las actividades del país, y eso, al menos en la Región de Los Lagos, que represento, y en otras regiones del sur, se vio afectado seriamente al bloquearse los caminos e impedir el funcionamiento de la cadena de abastecimiento para la población y de suministro para las diversas empresas de la zona.
Por otra parte, fue flagrante el diverso trato otorgado por la fuerza pública a manifestantes de una y otra opción en el reciente proceso plebiscitario. La circunstancia de desarrollarse en condiciones sanitarias restrictivas obligaba a ser aún más cuidadosos en asegurar el derecho a la manifestación y la igualdad en el despliegue de las campañas.
La cadena de errores, de infracciones y hasta de delitos de la cual la opinión pública pudo ser testigo con ocasión de un procedimiento policial en el sector del puente Pío Nono, solo viene a corroborar que no se han aprendido las lecciones en Carabineros de Chile.
No es primera vez que presenciamos el uso innecesario de la fuerza, el ocultamiento de pruebas, la desaparición de registros y videos, y la alteración premeditada de relatos e informes para ocultar el abuso de poder.
No se trata, entonces, de situaciones aisladas ni de acciones individuales, como tantas veces escuchamos decir a los Ministros del Interior de este Gobierno.
Los hechos demuestran que ha habido un accionar generalizado de parte de la policía para sobrepasar los protocolos y vulnerar los derechos humanos de miles de chilenos. Es cierto que muchos de estos actos son anteriores al período del Ministro Pérez, pero justamente, por este triste precedente, le correspondía ser aún más acucioso en tomar las medidas para prevenir la reiteración de estos hechos.
De todo ello puede negarse a responder el General Director de Carabineros, al no presentar la renuncia a su cargo, o el Jefe de Estado, al no removerlo, pero nada exime de responsabilidad al Ministro del Interior, que es el encargado de su fiscalización y control.
Aquí puede haber dos razones por las cuales un Ministro del Interior no ejerce su autoridad sobre Carabineros: una es que no posea el liderazgo suficiente para imponer su posición, y la otra es que, sencillamente, esté de acuerdo con la manera en que actúa la policía. Ninguna de ellas es aceptable.
De esta manera, en este contexto de tan grave crisis política y ante las infracciones constitucionales evidenciadas, la Cámara ha actuado en cumplimiento de su rol, demandando las responsabilidades constitucionales que se derivan de las infracciones señaladas. No es sino el balance de poderes establecido en la Carta Fundamental vigente: cada institución cumpliendo su función. Y por lo mismo resulta completamente inaceptable la descalificación del trabajo de los Diputados acusadores en la que cayeron los abogados Rojas y Espinoza, en la contestación de la acusación.
A su vez, este Senado, más allá de las consideraciones que tenemos con el acusado después de haber ejercido un largo período como Senador, no puede desentenderse de aplicar la Carta Fundamental para hacer efectiva su responsabilidad constitucional.
Lo dije con motivo de la acusación contra el ex Ministro Chadwick y lo reitero ahora: nunca, ¡nunca! he estado de acuerdo con la sanción de inhabilidad para ejercer cargos públicos que contempla la Constitución, en caso de ser declarada la culpabilidad de un Ministro de Estado.
Pido un minuto más, Presidenta.
Aquella disposición no forma parte de nuestra tradición constitucional y fue incorporada por la Junta de Gobierno en los tiempos en que cuatro generales formaban el poder constituyente en nuestro país.
Lamentablemente, los proyectos que se han presentado para reformar esta norma no han tenido éxito, como se ha encargado de recordar la propia defensa del ex Ministro Pérez, sin mucho pudor me atrevería decir, teniendo en cuenta que fueron las bancadas de la Derecha, de las que formaba parte el ex Senador Pérez, las que votaron en contra de uno de ellos.
El hecho de haber presentado su renuncia al cargo de ministro no deviene la acusación en un proceso de carácter meramente punitivo, como ha insistido la defensa en su alegato de hoy; no lo modifica ni en la forma ni en el fondo; no cambia el estándar de la prueba, ni altera su finalidad por el hecho de que la inhabilidad se constituya en el único efecto práctico de la acusación.
Por estas razones, pese a no compartir el efecto de la inhabilidad, debo atenerme a las reglas vigentes y ser fiel al mandato constitucional mientras no sea modificado, por lo que voy a aprobar la acusación impulsada por la Cámara de Diputados en contra del ex Ministro del Interior y Seguridad Pública don Víctor Pérez Varela, en sus tres capítulos.
He dicho, Presidenta.
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Gracias, Senador Quinteros.
Tiene la palabra la Senadora Carmen Gloria Aravena.


La señora ARAVENA.- Muchas gracias, Presidenta.
Nuestro país ha vivido tiempos convulsionados desde el 18 de octubre del 2019. Y más allá de las posiciones políticas que cada uno representa, todas muy respetables, es necesario reconocer que mantener el orden público no ha sido tarea fácil en estos últimos años.
¿Estábamos preparados en Chile para el nivel de violencia que hemos vivido? Obviamente, no. En lo legislativo estamos al debe; la inteligencia, ausente, y sin duda las policías requieren una urgente modernización. Si a esto agregamos la crisis sanitaria producto del COVID, el escenario se torna aún más complejo.
Por otra parte, el gremio de camioneros, en varias ocasiones en el último tiempo, había solicitado a los últimos gobiernos, no solo a este, mayor seguridad en nuestras carreteras, especialmente en la zona comprendida entre Arauco y La Araucanía.
Las cifras nos indican que en los últimos años se han quemado 543 camiones, 779 maquinarias vinculadas a movimiento de tierras y faenas forestales solo en esta zona, todo producto de atentados incendiarios. De los responsables, solo un 2 por ciento está procesado, y en el resto, en todos los casos aún no se encuentran responsables. Sus propietarios y trabajadores perdieron, muchos de ellos, todo lo que tenían. Quizás lo más grave no son las pérdidas materiales, sino la muerte por atentado incendiario ocurrida a Juan Barros en nuestra región, en la ciudad de Victoria, este verano.
Esta es la cruda realidad en las rutas de una zona que sufre la falta de Estado de derecho desde casi ya 23 años.
No hemos cumplido como Estado. ¡Claro que no lo hemos hecho! Y hemos incumplido la Constitución que nos rige, específicamente su artículo 19, que asegura a todas las personas la libertad personal y la seguridad individual. En consecuencia, toda persona tiene derecho de residir, permanecer y trasladarse de un lugar a otro y entrar y salir del territorio.
Me permito hacer esta breve introducción, porque no es posible analizar esta acusación sin constatar que la situación de los camioneros, en estos últimos años, es de extrema complejidad, por lo que, sin duda, puedo suponer que nuestro ex Ministro del Interior buscó el diálogo y los acuerdos, al igual que muchos otros ministros en estos últimos años, que han buscado diálogo y acuerdos con distintos gremios públicos y privados que han decidido, legítimamente, protestar y paralizar sus funciones cuando lo han requerido.
El 29 de septiembre recién pasado se firmó en La Moneda un acuerdo entre el gremio de camioneros y el Gobierno. Por el momento, de los acuerdos comprometidos no hemos visto avances sustantivos, pero la violencia continúa sin tregua. A la fecha, solo entre octubre y lo que va de noviembre se han destruido, por ataques incendiarios, 43 camiones y 44 máquinas forestales y camineras en nuestro territorio. ¡Solo en cuarenta y cinco días!
Hoy, la Sala del Senado analiza la acusación constitucional contra el ex Ministro Víctor Pérez, impulsada por la Oposición, acusándolo, supuestamente, de haber infringido la Constitución y las leyes en su actuar como ministro.
La primera pregunta que uno hace es si esta acción se realiza obviando todo carácter de ultima ratio de una acusación. Llama la atención, en este punto, que no se realizó interpelación, ni comisión investigadora en la Cámara de Diputados, lo que quizás hubiera permitido no estar hoy día en estas circunstancias y, de alguna manera, el ex Ministro podría haberse defendido de las imputaciones que hoy día se le hacen.
Por otra parte, y sin dejar de restar legitimidad al mecanismo de la acusación constitucional, es por lo menos preocupante el número de acusaciones constitucionales llevadas a cabo en un período de dos años: nueve acusaciones constitucionales. Este número iguala a las nueve realizadas en diez años, específicamente entre los años 2008 y 2018. E implican no solamente una pérdida de tiempo legislativo -en mi opinión-, sino también una preocupante señal política, que puede, sin duda, atentar contra el mismo procedimiento, si a esto sumamos los tiempos de crisis sanitaria y económica, que requieren, evidentemente, un Congreso abocado a solucionar de manera urgente los problemas propios de la crisis que el país está viviendo.
Un aspecto relevante, en mi concepto, es que esta acusación cae en errores jurídicos de hecho y de derecho que vulneran la garantía de un juicio justo que poseen todos los ciudadanos de nuestro país, como paso a describir brevemente a continuación.
Primero: al ex Ministro del Interior se le imputan hechos previos al 28 de julio de 2020, fecha en que asumió el cargo. Pretender que es responsable por hechos previos constituye una vulneración total de las garantías penales, constitucionales y de aquellas contenidas en tratados internacionales. Hoy día volvimos a escuchar a algunas Diputadas plantear temas relativos al 18 de octubre del año pasado, que claramente no se hallan vinculados a lo que estamos tratando en esta oportunidad.
Segundo: no se habría dado cumplimiento a las leyes sanitarias y a la fiscalización de su infracción durante el paro de camioneros. Las infracciones a las normas sanitarias y a los delitos que implican son sancionadas por los tribunales e investigadas por el Ministerio Público, ambos órganos constitucionales autónomos. Por lo demás, durante los seis días del paro Carabineros denunció a 1.006 personas a la Fiscalía.
Tercero: la acusación pretende basarse en la falta de denuncia del ex Ministro del Interior durante el paro de camioneros. Sin embargo, las denuncias de los hechos delictuales durante esos días fueron realizadas por carabineros, personas naturales y parlamentarios, otra razón por la cual el Ministerio Público tomó conocimiento de los hechos.
Cuarto: se lo acusa de conducta discriminatoria por tratar casos presuntamente equivalentes de modo desigual, al no haber presentado una querella por infracción a la Ley de Seguridad Interior del Estado desde el momento en que se inició el paro de camioneros.
Esta afirmación, en mi opinión, es incorrecta, dado que no es posible comparar decisiones entre personas y cargos distintos, ya que fue el Intendente de la Región de La Araucanía, don Víctor Manoli, quien interpuso la denuncia por Ley de Seguridad Interior del Estado en el caso de las comunidades mapuches, que habían anunciado, públicamente, que se iban a tomar 13 mil hectáreas de terreno.
Son, claramente, órganos independientes y distintos de la acción penal por delitos contra la seguridad interior.
En el último punto se menciona el denominado "caso Pío Nono" y la lamentable caída de un joven menor de edad, que habría sido empujado por un funcionario de Carabineros desde el puente Pío Nono al río Mapocho.
Respecto de este caso y de la supuesta responsabilidad que habría tenido en él Carabineros, es materia de investigación, y la presunción de inocencia, la igualdad ante la ley y el debido proceso aplican, y espero que se sigan aplicando siempre, a todos los chilenos.
Finalmente, restar toda consideración a que el ex Ministro resolvió un conflicto social importante mediante el diálogo y la búsqueda de la paz social significa no reconocer la trayectoria impecable de nuestro ex Senador, quien, en pro de servir a la patria, renuncia a su labor para ocupar un cargo de alta complejidad en un momento muy difícil para el país.
Emitir un juicio en el sentido de que la causa de su renuncia fue cobardía y un reconocimiento a los cargos que se le imputan en esta acusación es, sin duda, poco objetivo y, en mi opinión, falto de generosidad. No todos los servidores públicos en nuestro país se mueven por cálculos políticos pequeños. Y tengo la absoluta convicción de que en ambos sectores de este Congreso, tanto de Gobierno como de Oposición, hay seres humanos valientes, grandes y generosos que siguen y seguirán trabajando por la democracia, por la paz y por la república.
Señora Presidenta, por los argumentos antes descritos, voy a rechazar los tres puntos de la acusación.
Muchas gracias.
La señora MUÑOZ (Presidenta).- A usted, Senadora Aravena.
Senador Guillier, le voy a entregar la palabra.
Quizás, para una mejor conexión, podría apagar la cámara.
Tiene la palabra.
El señor GUILLIER.- Quisiera saber si se me escucha mejor ahora, señora Presidenta.
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Lo escuchamos, Senador.
El señor GUILLIER.- La señal sigue siendo muy mala, Presidenta.
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Intervenga en un rato más, entonces.
El señor GUILLIER.- Más adelante voy a insistir.
Muchas gracias.
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Muy bien, Senador.
Por lo tanto, tiene la palabra la Senadora Provoste.


La señora PROVOSTE.- Muchas gracias, Presidenta.
Deseo saludar al señor Víctor Pérez Varela, a su defensa, así como a las Diputadas y Diputados acusadores.
Se ha invocado el contexto en que ocurren los hechos por los que se impulsa la acusación constitucional contra el ex Ministro del Interior Víctor Pérez, lo que me parece pertinente.
Y por eso quisiera apelar a un antecedente crucial del contexto para justificar mi voto frente a este libelo acusatorio.
Me refiero a que está en curso un proceso constituyente. El 25 de octubre pasado el país resolvió cambiar la actual Constitución, a través de una Convención Constitucional enteramente elegida para el efecto por votación popular.
El próximo 11 de abril se elegirán estos constituyentes, y en mayo eventualmente se instalará el órgano deliberante.
Probablemente en esta Convención Constituyente por fin podrá suprimirse, como la reforma que hemos venido planteando sin éxito en este Congreso, la muerte cívica que significa la pena anexa que se le impone a quien resulta acusado o acusada constitucionalmente de prohibirle el ejercicio de un cargo público por cinco años.
Lo digo, Presidenta, no solo porque la sufrí injustamente, incluso con la persistente persecución política de algunos personeros del partido en que milita el ex Ministro, sino porque se trata de una sanción penal que solo puede ser impuesta por algún tribunal de la república después de un debido proceso, y no como una sanción anexa.
La Convención Constitucional es la sede por excelencia de semejante reforma; ahí debe analizarse y juzgarse la actual normativa; ahí ya pueden postular y usar de la palabra quienes creen que estas acusaciones son asunto penal y no político y constitucional; ahí pueden hablar de la degradación de las funciones parlamentarias, del déficit constitucional, y acopiar argumentos en contra de la sanción.
No corresponde a este Senado reparar hoy en este marco normativo. No es la cosa juzgada por el actual jurado. Y no es esa imaginaria institucionalidad sobre la cual este Senado deba pronunciarse. Y el acusado tenía conciencia de estas circunstancias.
Entonces, era el ciudadano Víctor Pérez quien ocupaba el cargo de Ministro del Interior, y en función de aquella investidura es que se le juzga en esta jornada.
Y la calidad de responsable por los cargos que se le imputan no desaparece con la renuncia a la investidura. Lo que se está persiguiendo son responsabilidades durante el desempeño de ese cargo, y aun así este no es un juicio penal, aunque su sanción sea puesta en el marco de un acto criminal.
Tengo claridad de que mi decisión no es una sentencia en una causa penal o una causa civil, porque si la hubiere, la propia Constitución traslada ese juzgamiento a los tribunales de justicia correspondientes.
Mi resolución como jurado es, pues, una resolución en conciencia, como la Constitución ha querido que lo haga el Senado de la República.
En definitiva, cuando el Senado actúa como jurado, significa que sus miembros no son jueces de derecho, o profesionales (obviamente no lo somos), y que la culpabilidad o inocencia del acusado debe resolverse de conformidad a sus conciencias, entendiendo que tal actuar significa llegar a un conocimiento reflexivo de las cosas, pensando en que se hace el bien o se evita el mal. Esto es, logrando distinguir qué es lo bueno y qué es lo malo. O sea, el trabajo de conciencia de un jurado es distinguir, en el caso de la conducta del ex Ministro, si este lo hizo bien, o lo hizo mal, según los hechos y circunstancias de la acusación, apreciando obviamente los fundamentos de su defensa.
Por lo tanto, me pronuncio sobre tres capítulos que en síntesis pueden resumirse en tres infracciones a sus responsabilidades ministeriales.
Primero, haber dejado de ejecutar las leyes en materias relativas al orden público y la paz social, al permitir que en el paro de camioneros se bloquearan rutas del país, con lo cual se validaban, amparaban y/o permitían situaciones como el riesgo de desabastecimiento de productos de primera necesidad, cuya gravedad se agudizaba en el escenario de pandemia y sus consecuencias económicas que estamos viviendo.
Se le imputa que, estando entre las facultades del acusado, no aplicó la Ley de Seguridad del Estado, lo que estaba en sus manos hacer para restablecer el orden público.
El propio ex Ministro en esta jornada ha señalado que este paro no era una fiesta. Sin embargo, vimos cómo festejaban, y a vista y paciencia de todos los chilenos y chilenas.
Segundo, haber infringido la Constitución o las leyes por vulnerar el derecho fundamental de igualdad ante la ley al aplicar un trato diferenciado, discriminando en relación con manifestantes contrarias a las ideas políticas orientadoras de este Gobierno, y en comparación con quienes son partidarios de este Gobierno.
Y tercero, haber dejado de ejecutar las leyes al no ejercer el control jerárquico correspondiente sobre los órganos sometidos a su dependencia.
Se hace referencia, entre otras cosas, a que Carabineros, de manera reiterada, ha actuado con violencia innecesaria y desproporcionada, lesionando el derecho a la vida e integridad de civiles, como la caída de un joven al río Mapocho al ser empujado, y además no haberle brindado asistencia.
Frente a esto, su defensa alega que el libelo tiene errores de derecho, como que en la práctica el ex Ministro no tuvo el mando sobre Carabineros por cuanto dicho mando les correspondía a los Jefes de la Defensa Nacional designados por el decreto supremo N° 104, del Ministerio del Interior, de 18 de marzo del año 2020, y las sucesivas prórrogas, todos miembros de las Fuerzas Armadas que dependían del Ministerio de Defensa.
¿Cómo imputarle hechos ajenos por ser anteriores a que asumiera su cargo? ¿Cómo imputarle una conducta discriminatoria por tratar casos presuntamente equivalentes de modo desigual referidos al capítulo segundo de la acusación?
No deja de sorprenderme, Presidenta, sinceramente lo digo, el hecho de que el Ministro haya cambiado a los abogados de su defensa, y junto con ello, radicalmente los argumentos en una segunda defensa, que no solo contradijo y descalificó la primera, sino que entró en diversos fundamentos más bien efectistas, como calcular las horas destinadas por la Cámara a tratar acusaciones constitucionales, en lugar de dedicarlas a legislar, y a otros de carácter político-jurídico.
Dice la defensa del ex Ministro señor Pérez Varela que carecería de legitimidad pasiva para ser sujeto de la acusación constitucional. Esto es, que el ex Ministro no podría haber sido acusado, por cuanto el decreto N° 104, del 18 de marzo del año 2020, prorrogado por los decretos Nos 269 y 400, todos del Ministerio del Interior, junto con declarar el estado excepcional de catástrofe, designó como Jefe de la Defensa Nacional a ciertos miembros de las Fuerzas Armadas, quienes no tienen dependencia respecto del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, sino del Ministro de Defensa.
La verdad es que no logro comprender que se impute un error de derecho, o sea, un desconocimiento de la Constitución, de las leyes, y de parte de los acusadores, cuando el error de derecho (además del error político de intentar trasladar al Ministerio de Defensa una responsabilidad que no tiene) lo comete evidentemente el Ministro Pérez al desconocer que no puede delegar las funciones y atribuciones que son propias de su cargo, y que jamás un Ministro del Interior puede dejar de velar por el orden público y la seguridad del país.
Es evidente que es el ex Ministro Pérez quien incurre en un grave error de derecho, por cuanto un simple decreto supremo no puede pasar por sobre la Constitución.
Por otra, parte el ex Ministro Pérez no puede confundir dichas atribuciones con la facultades entregadas por ley a los Jefes de la Defensa Nacional designados en caso de catástrofe. La alegación por parte del Ministro del Interior acusado, en orden a que mientras rige el estado de catástrofe no tiene a su cargo la obligación de velar por el orden y la seguridad pública, utilizada, además, como el principal primer argumento de su defensa escrita (aunque después la haya modificado en el sentido contrario, y hoy día haya reiterado el fundamento), es una comprobación evidente de que fue él quien cometió un error de derecho inexcusable, ya que deja en evidencia su convicción durante los tres meses que ejerció el cargo de que no tenía la responsabilidad de estar a cargo de las Fuerzas de Orden, ni tampoco de velar por el orden público y la seguridad del país.
Tal situación, por un lado, no deja espacio para esgrimir una justificación posterior de ninguna naturaleza; y por el otro, reviste una extrema gravedad, porque el Presidente de la República durante tres meses debe haber tenido la certeza de que, al renunciar el ministro Blumel, estaba asumiendo un Ministro del Interior con carácter y experiencia suficiente para ejercer con propiedad tales funciones.
Es más, el retiro formal del argumento en el día de hoy, mediante la comunicación de la defensa a este Senado, solo profundiza este error y niega un elemento de esta acusación.
Por último, este retiro no tiene ante este Senado el mismo significado que podría haber tenido en un juicio en los tribunales de justicia; porque, como señalé al comienzo de mi intervención, el actuar como jurado solo nos obliga a resolver en conciencia si el ex Ministro lo hizo bien o mal.
Entonces, el retiro del argumento es obviamente un antecedente que no desaparece de mi conciencia; es tan conocido como el fundamento retirado.
Y vuelvo al contexto.
Todo esto siguió ocurriendo en el país después del estallido social, independiente de que esto no sea parte del período que le ha tocado desarrollar al Ministro Pérez, pero las secuelas de las violaciones generalizadas y sistemáticas a los derechos humanos en contra de...
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Un minuto, Senadora.
La señora PROVOSTE.- Muchas gracias, Presidenta.
Vuelvo al contexto.
Después de haber asumido el cargo el ex Ministro Pérez Varela, todo esto siguió ocurriendo en el país: las secuelas de violaciones generalizadas y sistemáticas de los derechos humanos contra niños, niñas y adolescentes, contra mujeres, contra ancianos, tras las muertes, las mutilaciones, las injustas prisiones preventivas, la violencia contra los pueblos originarios.
El ex Ministro Víctor Pérez tenía conciencia cierta de estas vulneraciones de derechos. Y, sin embargo, en el ejercicio de su cargo ignoró dicho contexto y el deber de la memoria.
En conciencia, y como la Constitución mandata mi actuación como jurado, concluyo que el Ministro no lo hizo bien. Y, por eso, voy a aprobar los tres capítulos de este libelo acusatorio.
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Gracias, Senadora Provoste.
Tiene la palabra el Senador Durana.


El señor DURANA.- Gracias, Presidenta.
Más allá de las posiciones políticas, las cuales en muchos casos pueden llevar a un sector con mayoría circunstancial en el Congreso a sostener una férrea oposición al actual Gobierno, es necesario que en este Senado de la República reflexionemos sobre el daño que significa para nuestra democracia el uso y abuso de las acusaciones constitucionales de tan liviana concurrencia en este último año. No se trata de que los parlamentarios se limiten en su irremplazable función fiscalizadora de los actos del Poder Ejecutivo; sino, simplemente, de ejercer esta potestad responsablemente y no abusar de un mecanismo que se encuentra destinado a situaciones en las cuales se transgreda efectivamente el orden constitucional.
Los efectos de una sucesión injustificada de acusaciones constitucionales no son otros que el impedir la gobernabilidad; deslegitimar a las autoridades legalmente constituidas; poner en constante entredicho a las instituciones llamadas a garantizar la paz, la tranquilidad social y, en definitiva, a socavar nuestra democracia.
Víctor Pérez Varela asumió el desafío de ser Ministro del Interior por la profunda vocación de servicio público que siempre ha demostrado a lo largo de su dilatada carrera política en nuestro país. Quizás, lo más cómodo para él era haber esperado concluir sin sobresaltos su período parlamentario como Senador de la República. Pero, consecuente con sus principios, no dudó en asumir la responsabilidad de Ministro del Interior en el Poder Ejecutivo, a partir del 28 de julio recién pasado, a pesar de la conflictividad que hemos vivido en el último año y de la irracionalidad que lamentablemente podemos observar en varios sectores políticos.
Pretender desconocer su aporte a la construcción democrática de Chile en los últimos treinta años sería inconcebible. Y no podemos olvidar en el accidental papel de juzgadores que hoy nos toca asumir el aporte de Víctor Pérez cada vez que en su función parlamentaria le tocó en distintas Comisiones (por lo menos, yo lo vi en Constitución y en Defensa) lograr grandes acuerdos; construir consenso. En cada uno de los trámites legislativos en los cuales participó siempre veló por la construcción de un mejor país.
Una razonada lectura de la acusación y de los argumentos que se han expuesto el día de hoy refleja la absoluta necesidad de evaluar e impedir que las acusaciones constitucionales se transformen en mecanismos de revancha política, por lo que la principal conclusión es que esta acusación es infundada y de una carencia de argumentos pocas veces vista; porque ha quedado demostrado que el entonces Ministro del Interior generó en todo momento instancias de diálogo y pacificación.
La acusación señala que el ex Ministro Víctor Pérez ha dado un trato desigual a un grupo de personas identificadas como miembros de comunidades mapuches; y que ha tenido un trato benevolente con los dirigentes y camioneros que se movilizaron en protestas por los constantes ataques a sus bienes y a la comunidad en general.
Existe una contradicción vital cuando se juzga el actuar de una autoridad que logra una solución pacífica a un conflicto grave, provocado por constantes atentados terroristas, daños materiales. Y, lamentablemente, vemos acusaciones constitucionales, pero nunca la consecuencia de ponernos en el lugar de quienes son los afectados por el terrorismo y la violencia. Al contrario, algunos insisten en conceder un indulto por actos de violencia de quema y destrucción, que generan daño y temor a la ciudadanía en general; pero a quien logró efectivamente terminar un conflicto de manera pacífica, hoy lo tenemos sentado y lo queremos juzgar políticamente.
En consecuencia, y en virtud de los antecedentes antes expuestos, y en especial por la transcendencia de Víctor Pérez Varela en la política de nuestro país, tengo fe en que hoy este Senado de la República hará justicia y que se sobrepondrá la verdad y ganará la democracia, que obviamente tanto tenemos que preservar y respetar.
Manifiesto mi rechazo a la acusación constitucional planteada en sus tres capítulos.
He dicho, Presidenta.
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Gracias, Senador Durana.
Tiene la palabra el Senador Pugh.


El señor PUGH.- Muchas gracias, señora Presidenta.
Honorable Sala, distinguidos colegas, una acusación constitucional es un instrumento regulado por nuestra Constitución, que debe ser comprendida en su real dimensión y no debe ser usada simplemente como un instrumento de castigo político a una persona en particular.
En el capítulo uno se acusa al hoy ciudadano Víctor Pérez Varela, ex ministro del Interior y Seguridad Pública y ex Senador, de -abro comillas- "haber dejado de ejecutar las leyes en materias relativas al orden público". Y se discurre insistentemente respecto a la manifestación y paro de los gremios de camioneros iniciado el 27 de agosto de 2020.
Los argumentos para fundar este capítulo carecen de sustento de fondo, y constituyen un conjunto de afirmaciones que no alcanzan para concretar una responsabilidad como la que dispone nuestra Constitución Política.
En efecto, se exponen varias citas referidas a declaraciones de prensa de algunos actores públicos, pero sin establecer un vínculo lógico hacia la conducta que se reprocha al ex Ministro. Se cuestiona reiteradamente el hecho de que los camioneros se hayan movilizado, dejando entrever que el problema para los acusadores dice relación más bien con dicha situación que con el actuar del ex Ministro.
Los acusadores critican que los camioneros hayan infringido el toque de queda. Sin embargo, cuando se ha querido hacer presente dicha infracción en casos que incluso han cobrado la vida de un uniformado, ocasión que motivó la citación a una sesión especial del Senado con el Fiscal Nacional, no se ve el mismo entusiasmo por parte de los acusadores. Los acusadores hacen hincapié en el peligro de desabastecimiento; pero tenemos que preguntarnos, ¿hubo efectivamente desabastecimiento? ¿La ciudadanía dejó de acceder a bienes y servicios esenciales, producto del paro? La decisión del Ministro, consistente en dialogar con los camioneros, ¿significó desabastecimiento?
Los acusadores insisten en que, en vez del diálogo existían herramientas penales. Pero ¿cómo hubiesen sido los tiempos del paro, si el Gobierno, en la persona del Ministro, se hubiese querellado? La interposición de una querella, ¿hubiese derivado en el fin de las movilizaciones?
Hay un reproche moral por parte de los acusadores al ex Ministro al señalar que durante la discusión de la Ley Antibarricadas, este fue uno de los fervientes partidarios de dicha legislación; pero una vez en su calidad de Ministro no quiso aplicarla.
El problema es que los acusadores olvidan que lo que motivó la dictación de la Ley Antibarricadas fueron las reprochables conductas que algunos manifestantes cometían en contra de toda la población civil, condicionando su libertad ambulatoria y de libre tránsito al obligarlos a bailar delante de ellos, por ejemplo, con "El que baila, pasa"; a entregar sumas de dinero; a soportar daños materiales en contra de los vehículos y amenazas, entre otras cosas. Estas situaciones están muy lejos de la forma en que se manifestaron los camioneros.
Lo lamentable del argumento de los acusadores en este punto dice relación con que, en definitiva, se le está reprochando al ex Ministro la forma en que votó la tramitación de una ley cuando era Senador; es decir, se le critica por haber votado en cierto sentido, lo que es tremendamente preocupante, porque deja entrever una suerte de totalitarismo en la acusación.
Otros dos aspectos estrictamente subjetivos de la acusación son los siguientes.
Se destaca que en el Ministerio Público ejerció de oficio la decisión de investigar los hechos, siendo que es una facultad que está consagrada en su ley orgánica y, por ende, no encierra ninguna novedad.
Y se critica que el ex Ministro haya renunciado a su cargo, lo cual también es una facultad legal de aquel y que no encierra nada extraordinario en ese sentido. Tanto ha molestado la renuncia a los acusadores que han afirmado: "a confesión de parte, relevo de pruebas". Esta afirmación, curiosa desde el punto de vista de los hechos y del proceso de la acusación constitucional, conduce inevitablemente a la pregunta: ¿la renuncia a un cargo significa reconocimiento de responsabilidad constitucional? Es curiosa la interpretación de los acusadores, porque, además, no existe ninguna norma en la acusación constitucional que señale que la renuncia del acusado implique su responsabilidad.
En el segundo capítulo se le acusa al hoy ex Ministro de haber infringido la Constitución o las leyes, vulnerando el derecho fundamental de igualdad ante la ley.
Los acusadores señalan que se ha afectado la igualdad ante la ley desde el momento en que el Ministro permitió a los camioneros que se manifestaran sin aplicarles la normativa, supuestamente porque ellos serían partidarios del Gobierno.
Esa posición de los acusadores es tristemente grave. En efecto, se ha hecho referencia en dos ocasiones al supuesto trato privilegiado hacia este gremio, develando, en definitiva, cuál es el corazón de la acusación.
Se afirmó en este punto que la manifestación de los camioneros era claramente con fines políticos. Pero me cabe la pregunta: ¿hay alguna manifestación como la que estamos estudiando que no tenga motivación política?
La preocupación de los acusadores respecto al libre tránsito de las ambulancias durante el paro de los camioneros ¿existió también durante la discusión de la Ley Antibarricadas?
Los acusadores olvidan y omiten también que los camioneros se manifestaron por la violencia que estaban sufriendo, y sus demandas decían relación con el avance de trece materias que estaban en discusión en este Parlamento.
Desde el momento en que la aplicación de la norma por parte del entonces Ministro era facultativa, no existe ningún fundamento para acusarlo por no ejercer una opción.
De la postura y el argumento de los acusadores, puede colegirse que en nuestro país manifestarse es privilegio de solo unos pocos, porque el verdadero motivo de esta acusación es la molestia con los camioneros por haberse manifestado.
Finalmente, en el tercer capítulo se acusa al hoy ex Ministro de haber dejado de ejecutar las leyes al no ejercer el control jerárquico correspondiente sobre los órganos sometidos a su dependencia.
La acusación trata de establecer que los acontecimientos ocurridos en el puente Pío Nono, ubicado entre las comunas de Santiago y Providencia, exceden la responsabilidad penal individual de los funcionarios de Carabineros y son idóneos para vincular a la autoridad que se alza como superior jerárquico, por no adoptar las medidas idóneas para impedir la ocurrencia de estos graves hechos.
Este argumento adolece de un problema político-institucional, que ha sido diagnosticado por gran parte de los actores políticos de nuestro país: la necesidad de modernizar a Carabineros de Chile.
Así, el problema de Carabineros no dice relación con la actuación de un Ministro en particular, sino más bien con la situación actual por la que pasa la institución, y que probablemente será objeto de una reforma, al igual que la creación, ojalá, de un nuevo Ministerio de Seguridad Pública.
En efecto, el principal argumento para absolver a la Ministra de la Corte de Apelaciones de Valparaíso señora Silvana Donoso fue precisamente no culpar a una funcionaria individualmente por los defectos propios del sistema.
¿Por qué para los acusadores, entonces, los defectos de que pueda adolecer el sistema policial chileno son adjudicables a un Ministro en particular, que además asumió su cargo cuando ya existían dichos defectos?
Aceptar esta interpretación de los acusadores significa que el actual Ministro del Interior y Seguridad Pública debe también ser acusado constitucionalmente por el solo hecho de estar ejerciendo dicha Cartera.
Puede concluirse que la presente acusación no tiene por objeto corregir los errores políticos institucionales en materia de policía, mantención del orden público o aplicación de la ley, sino que tiene una motivación velada en contra del desempeño de una persona, quien, durante su gestión como Ministro, privilegió por sobre todas las cosas el diálogo como método de resolución de los conflictos.
Por lo anteriormente expuesto, no encuentro mérito suficiente en esta acusación y votaré en contra en sus tres capítulos.
He dicho, señora Presidenta.
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Gracias, Senador Pugh.
Tiene la palabra el Senador Carlos Montes.


El señor MONTES.- Señora Presidenta, Honorables colegas, analizar una acusación constitucional es un asunto serio y delicado. Es la máxima sanción política. Tiene por objeto castigar actos graves de incumplimiento, omisión o vulneración de los deberes y obligaciones que rigen a las principales autoridades del país.
Reflexionamos y concluimos sobre ello en la bancada de Senadores socialistas.
Creemos importante situar el escenario en que se desarrollan los hechos que debemos juzgar.
A partir del 18 de octubre, Chile vivió uno de los episodios más críticos de nuestra vida republicana. Masivas movilizaciones en todo el país reflejaron el enorme malestar ciudadano con nuestro pacto social e institucional, con el tipo de sociedad en que vivimos. Se repudió con energía la aguda desigualdad existente, fruto de un modelo económico y social que ha permitido que muchos chilenos y chilenas tengan derechos sociales diferenciados según su nivel de ingreso.
Se criticó, además -y debemos reconocerlo-, la incapacidad del sistema político para avanzar más decididamente en la solución de estas inequidades, que se extienden ya por varias décadas.
En el curso de esta manifestación, se produjeron violaciones sistemáticas y masivas a los derechos humanos, confirmadas por diversas entidades, producto del uso indiscriminado de elementos represivos.
Un acuerdo político abrió un cauce a este malestar a través de un proceso constituyente, cuyo hito inicial acaba de tener lugar con una importante participación y una contundente victoria del "apruebo" y la Convención Constitucional.
Se agrega a este escenario la pandemia del COVID-19, que nos ha golpeado duramente en lo sanitario, con cifras de muertos y contagiados, entre las más altas del mundo, y con un deterioro significativo de la actividad económica y del empleo, sin que las medidas de apoyo estatales hayan llegado a las familias y a las pymes en forma oportuna y suficiente.
Quiero explicar con esto que se trata de un escenario extraordinariamente complejo, que exige de todas y todos, especialmente de quienes tienen responsabilidad política, la mayor prudencia, evitando agudizar la sensación de abuso y desigualdad que afecta a nuestra sociedad y, principalmente, buscando impedir las violaciones a los derechos humanos.
Remarco, asimismo, que los hechos que se imputan apuntan a la esencia misma de la democracia, como un sistema político en que la igualdad es el principio sustantivo y en que la vigencia de los derechos humanos es la condición indispensable para su desarrollo y consolidación.
Entonces, las conductas que se atribuyen al ex Ministro del Interior Víctor Pérez Varela no son superficiales o menores, sino hechos muy significativos para la vigencia misma del régimen democrático y de la calidad de nuestra democracia.
Respecto del primer capítulo, las chilenas y los chilenos fuimos testigos de las alteraciones graves del orden público, con bloqueo de carreteras, agresiones y, como consecuencia de ello, el desabastecimiento de alimentos y combustibles y las dificultades de tránsito, incluso de vehículos de emergencia. Todo esto, en pleno estado de catástrofe y en algunas ocasiones, incluso, durante la vigencia del toque de queda.
No se entiende, entonces, cómo es posible que se haya registrado el nivel de alteración del orden público que todos apreciamos, con las consecuencias señaladas, prácticamente sin respuesta alguna del Ministerio del Interior.
No se invocó la Ley de Seguridad Interior del Estado; no se iniciaron acciones penales; ni siquiera se aplicó la normativa elaborada pocos meses antes precisamente para evitar bloqueos de calles.
Por el contrario, el Ministro Pérez no dudó en calificar el asunto como "pacífico", contrariando sus propios dichos en este Hemiciclo respecto del bloqueo de vías públicas al tramitarse la ley respectiva.
Se trata de un caso grave de omisión de deberes, que dejó sin aplicación leyes fundamentales y que permitió, por esta vía, que se causara un daño significativo a la ciudadanía; más aún, en un período en que la tranquilidad en el abastecimiento era fundamental para reducir las aglomeraciones.
El segundo capítulo acusatorio apunta a que el Ministro Pérez Varela habría vulnerado la igualdad ante la ley, estableciendo tratos preferentes en favor de algunos sectores.
Ello resultó especialmente evidente con ocasión del ya descrito paro de los camioneros. Desde un comienzo pareció existir una coincidencia de los planteamientos gremiales con el Gobierno. Fue una movilización funcional a la intención del Ejecutivo de impulsar su agenda de seguridad pública.
Dentro del pliego de peticiones exigidas, se encontraban los proyectos más relevantes de La Moneda, algunos bastante alejados del interés directo de los camioneros. De allí que, más que buscar el cese de las acciones de fuerza, la respuesta del Ministerio del Interior parece más interesada en resguardarla.
A los pocos días, los manifestantes arrancaban importantes concesiones al Estado.
El libelo acusatorio agrega a lo anterior que también se advierte esa diferencia en la forma en que se procedió ante manifestaciones contrarias al Gobierno y a favor del "apruebo".
Asimismo, se recuerda que algo similar puede derivarse de la tolerancia respecto de las acciones de autotutela y racismo ocurridas en la Región de La Araucanía. Civiles se coordinaron para recuperar los inmuebles municipales con pleno conocimiento de las autoridades, sin que hubiera una respuesta policial proporcional a la naturaleza de los actos. Hubo escasos detenidos y, en general, no se perseveró en acusaciones de ningún tipo.
Como decía inicialmente, algunas de las causas de las masivas movilizaciones que vivimos son la enorme desigualdad y los abusos. No era indiferente al Ministro Pérez Varela esta situación; tampoco que esa diferencia de trato resulta agresiva para los miles y miles de chilenos y chilenas que han resultado vulnerados en sus derechos humanos.
O sea, mientras multitudes son violentamente reprimidas por el solo hecho de reunirse y expresarse, hay algunos que, a vista y paciencia de todo Chile y con la tolerancia del Ministro del Interior, pueden alterar gravemente el orden público; afectar el abastecimiento de la población en medio de una pandemia y bajo estado de excepción constitucional, y arrancar concesiones a las autoridades. ¡Realmente inexplicable!
En el tercer capítulo, el texto acusatorio expone la falta de control y fiscalización del Ministerio del Interior respecto de Carabineros de Chile. Llevamos más de un año desde el estallido social. Hemos visto pasar tres Ministros del Interior, dos de ellos acusados ante este Congreso Nacional, y no ha sido posible que la policía uniformada se ajuste a principios básicos de resguardo de los derechos humanos en sus procedimientos.
Persisten casos de violaciones a los derechos humanos, que solo se han reducido por el efecto de la disminución en el número y masividad de las manifestaciones. Pero los procedimientos siguen adoleciendo de graves falencias.
Sabemos que es imprescindible una profunda reforma a Carabineros y no solo una modernización de esta institución. Probablemente, por ahí hay que encontrar la solución de fondo a la propia doctrina institucional.
Sin embargo, en el intertanto, era imprescindible mostrar gestos más potentes y eficaces, primero, para controlar la forma en que se actúa y, segundo, para, en casos de que ocurran excesos, rechazarlos con decisión. Por el contrario, ello no se aprecia, y son más habituales y notorios los actos de respaldo. Se trata de un mensaje confuso, que difícilmente logrará, en la institución que se construya, una percepción de la necesidad de un cambio profundo.
Por último, quiero referirme a la circunstancia de si la responsabilidad política se da por satisfecha con la renuncia.
En nuestra historia política esto era así. En experiencias comparadas, hay casos en que la destitución y la inhabilitación se votan por separado. Sin embargo, precisamente la Constitución que nos rige rompió con ello e impuso la inhabilitación como sanción complementaria.
Por tanto, la renuncia, si bien cambia indudablemente el escenario político, no descarta que la acusación siga adelante y que el Senado deba pronunciarse.
Concluyo manifestando que la acusación constitucional de los Diputados, a mi juicio, resulta plenamente justificada.
Hemos visto omisiones graves en el uso de las atribuciones y, particularmente, en la aplicación de las leyes para controlar el orden público con relación al paro de los camioneros.
Asistimos, además, a actuaciones profundamente desiguales: tolerancia para unos; rigor de la ley, detención y violación a los derechos humanos para otros.
Por último, no ha existido la fiscalización y el control indispensable sobre el accionar de la fuerza pública, cuya actuación ha sido reprochada en diversos informes de organismos especializados.
Votaré a favor de los tres capítulos.
He dicho, Presidenta.
Muchas gracias.
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Gracias, Senador Carlos Montes.
Tiene la palabra el Senador Sandoval.


El señor SANDOVAL.- Muchas gracias, Presidenta.
Entre las herramientas democráticas entregadas por la Constitución, está la acusación constitucional, la cual jamás en toda nuestra historia republicana había sido tan antojadizamente utilizada por una Oposición que, no solo ahora, sino que en otras siete oportunidades, ha buscado generar un clima que, desgraciadamente, no contribuye a la formación de un diálogo fructífero entre Oposición y Gobierno en la búsqueda de soluciones a los verdaderos problemas que tenemos como sociedad y como país.
Desde hace mucho tiempo, nuestra sociedad nos está invocando y llamando a poner sobre la mesa aquellos temas que dicen relación con las grandes demandas sociales: cómo mejoramos las pensiones; cómo mejoramos el legítimo acceso a la salud, a la educación, a la vivienda y a tantos aspectos que nuestras comunidades están padeciendo afuera, en la calle, en todas las regiones de nuestro país.
Estas sesiones deberían ser una oportunidad para que el Senado dé una clara y categórica señal precisamente en orden a apuntar a ese propósito, a construir ese diálogo nuevo, renovado, que la sociedad nos está imponiendo, en lugar de seguir en esta suerte de trincheras desde las cuales, en definitiva, nadie gana.
¿Pierde un ex Ministro al ser inhabilitado para cumplir funciones en cargos públicos en un proceso en el cual evidentemente los acusadores no han logrado presentar argumentación alguna de fondo, categórica y realmente sustentable?
Al contrario.
Creo que es precisamente el minuto de poner sobre la mesa esos aspectos que nuestra sociedad nos está demandando.
¡Sentémonos a construir los acuerdos que tanto se necesitan!
Las trincheras no le sirven a nadie o solo a algunos: a los extremos de uno u otro lado, que ven ahí la oportunidad para exacerbar las diferencias y las odiosidades, y no precisamente para construir puentes, que es la única manera de dar respuesta a lo que realmente nuestra gente y nuestra sociedad reclama.
En ese contexto, he analizado en profundidad los tres capítulos de la acusación y he llegado al convencimiento de que no se dan las condiciones señaladas ahí por los acusadores que ameritarían una sanción tan drástica para el ex Ministro Víctor Pérez.
Por tal motivo, Presidenta, no voy a enfatizar en los contenidos de la acusación. Pero, luego de conocer los argumentos jurídicos expuestos tanto por los acusadores como por la defensa, he llegado al convencimiento de que el ex Ministro no ha infringido ninguna norma de la Constitución o las leyes, y menos las ha dejado sin ejecución.
Con ello se demuestra en esta acusación, una vez más, una completa desprolijidad y falta de fundamentos, lo que evidencia a su vez que el ex Ministro actuó con irrestricto apego a la normativa vigente, reafirmando su compromiso con la función que le fue encomendada por el Presidente en el mes de julio y que finalizó en octubre recién pasado.
Es el momento de que este Senado esté realmente a la altura de las demandas que nos impone nuestra sociedad.
Si seguiremos en posiciones de trinchera, la que menos va a ganar, la que va a terminar obteniendo menos será precisamente nuestra sociedad.
Por el contrario, no debemos perder la oportunidad de tener un Senado a la altura de los acontecimientos; un Senado reflexivo y maduro, que pone, por sobre las circunstancias y las coyunturas, los grandes propósitos de país, de bien social para todos. Espero, sinceramente, que hoy día representemos y demos muestra de esa realidad.
Por tal motivo, Presidenta, anuncio mi voto en contra de los tres capítulos acusatorios.
Muchas gracias.
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Gracias, Senador Sandoval.
Tiene la palabra la Senadora Ebensperger.


La señora EBENSPERGER.- Gracias, Presidenta.
El día de hoy al Senado le corresponde ejercer el delicado rol de ser jurado de la acusación constitucional en contra del ex Ministro y ex Senador Víctor Pérez Varela.
El profesor Juan Colombo Campbell señala: "El Senado debe ser considerado como un tribunal constitucional de excepción y, en consecuencia, como un órgano jurisdiccional con competencia propia para desempeñar exclusiva y restrictivamente las funciones jurisdiccionales que la Constitución Política le señala y coloca en su órbita de atribuciones.".
A mayor abundamiento, el profesor Urrutia Salas afirma: "Debemos tener presente que se trata de una cuestión judicial que, por estar entregada a un tribunal político, constituye una excepción a la regla general que entrega el ejercicio de la jurisdicción a los tribunales ordinarios de justicia.".
A partir de lo que señalan estos autores quiero destacar que, como Senadores, estamos actuando como un tribunal de excepción. También deseo afirmar que no estamos en una instancia política, sin perjuicio de que también excepcionalmente se le entrega una facultad jurisdiccional a un órgano político como este Senado. No es esta la instancia para hacer valer la responsabilidad política de Víctor Pérez. En un régimen presidencial la responsabilidad política la hace valer el Presidente de la República.
En el caso que nos ocupa, a nuestro juicio, el ex Ministro del Interior y Seguridad Pública ha asumido su responsabilidad política respecto de los hechos por los que ha sido injustamente acusado por la Honorable Cámara de Diputados al presentar su renuncia al Presidente para, como el mismo Ministro ha señalado, no dejar al Gobierno con un Ministro del Interior suspendido por un tiempo indeterminado.
Por tanto, ahora corresponde que este Senado pondere y resuelva si el señor Víctor Pérez ha infringido la Constitución y las leyes o ha dejado de ejecutarlas en los hechos que se le imputan en los tres capítulos del libelo acusatorio.
Primer capítulo: haber dejado de ejecutar leyes en materia relativa al orden público.
Se le imputa al ex Ministro Pérez no haber invocado la Ley de Seguridad del Estado en el paro de camioneros de agosto pasado en circunstancias de que la misma norma legal se ha utilizado en situaciones similares y que el no hacerlo habría traído graves consecuencias, como desabastecimiento en algunos lugares del país.
Señora Presidenta, es importante recordar que el aplicar o no la ley Nº 12.927, de Seguridad del Estado, es una facultad de la autoridad, precisamente del Ministro del Interior o de los intendentes regionales, según lo establece la propia ley en su artículo 26. Ello también ha sido confirmado por dictámenes de la Contraloría General de la República. Y es precisamente esa discrecionalidad que el legislador le entrega a la autoridad lo que ha permitido a lo largo de los años y en diversas situaciones aplicarla en algunos casos y no hacerlo en otros, como fue la decisión del ex Ministro Pérez en el caso del paro de camioneros, quien, como ha señalado, optó por el diálogo para solucionar las legítimas demandas de dicho gremio.
Por lo tanto, el no haber invocado esta ley, cuando su aplicación se ha establecido como una facultad y no un imperativo, no puede ser fundamento para una acusación constitucional.
Segundo capítulo: haber infringido la Constitución y las leyes vulnerando el derecho fundamental de igualdad ante la ley.
Se le acusa de haber dado un trato diferente a manifestantes según sus ideas políticas y que esto habría configurado un patrón de conductas discriminatorias por razones políticas. Como ya señalamos, el aplicar o no la Ley de Seguridad del Estado es facultativo, y el no hacerlo para privilegiar el diálogo no puede constituir una discriminación o trato diferenciado, como se ha sostenido por la parte acusadora.
En lo personal, soy partidaria de la existencia y aplicación de esta ley en determinadas circunstancias. Sin embargo, y para los efectos de la presente acusación, me parece interesante un texto del Informe Anual del Instituto Nacional de Derechos Humanos de 2012, referido precisamente a esta ley y que señala lo siguiente:
"La concepción de seguridad interior del Estado y diversas figuras penales plasmadas en ella como las de penalizar el paro o la huelga de los servicios públicos, dan cuenta de lo señalado. Por lo mismo, la utilización de esta Ley suele constituir un mensaje de rechazo al diálogo y a la búsqueda pacífica y democrática de soluciones y puede generar un efecto silenciador en el resto de la población que quisiera plantear demandas similares.
"Desde la recuperación de la democracia se ha persistido en invocar la Ley de Seguridad del Estado. Dicha invocación podría provocar tensiones para la garantía de derechos fundamentales en el marco de un Estado democrático de derecho.".
Podrán los señores Senadores estar o no de acuerdo con las demandas del gremio de camioneros, pero no pueden desconocer que ellas eran legítimas y que tenían derecho a plantearlas y a manifestarse públicamente, como cualquier otro ciudadano. La desigualdad ante la ley y lo arbitrario se habría dado al no permitírseles manifestarse. Por ello, también creo que no es posible configurar los fundamentos del presente capítulo.
Del mismo modo, pienso que es evidente que la respuesta a diferentes situaciones que alteran el orden púbico ha de ser necesariamente adecuada a esa situación; respuesta tomada en abstracto por las directrices del Ministerio encargado de la seguridad pública y en concreto por el mando policial, sin que pueda existir en ninguno de estos casos una discriminación arbitraria, pero cuyo estándar, obviamente, permite diferenciar ante la gravedad de la amenaza.
No obstante lo dicho, considero razón suficiente para rechazar este capítulo de la acusación lo que se dice en sus páginas 43 y 45, hechos que ocurrieron entre octubre de 2019 y marzo de 2020, esto es, acaecidos con anterioridad a que el ex Ministro Víctor Pérez asumiera el cargo, el 28 de julio de 2020.
En aquel tiempo era imposible que el acusado pudiera desplegar en carácter de autor las conductas u omisiones que se le imputan, violando así un principio básico del derecho. Y era imposible porque estaba en esta Sala junto a nosotros ejerciendo su cargo parlamentario y no tenía cargos ejecutivos. Incluso más, la situación del orden público, como bien recordarán, era bien distinta a nivel nacional entre ambas fechas, considerando además las medidas y restricciones que con posterioridad se adoptaron por efecto de la pandemia.
Tercer capítulo: haber dejado de ejecutar leyes al no ejercer el control jerárquico correspondiente sobre los órganos sometidos a su dependencia.
Carabineros está sometido al poder civil, al Ministerio del Interior, pero lo está en cuanto a las políticas generales de su quehacer, pues está dotado de autonomía operativa y técnica, que derivan de su carácter profesional y jerárquico. De manera que cada situación que se deba enfrentar in situ es determinada por los mandos institucionales, debiendo seguir las directrices de la autoridad política, pero analizando y considerando también las situaciones que enfrentan en el lugar de los hechos. Ello corresponde a un criterio práctico. La dirección de estos operativos -le pido un minuto, Presidenta, para poder terminar- responde a criterios de proporcionalidad, prudencia y eficacia, que mal podrían analizarse caso a caso desde el Ministerio del Interior o desde el Palacio de la Moneda.
Presidenta, para terminar, quisiera volver a la pregunta original.
¿Ha infringido el ex Ministro Víctor Pérez la Constitución y las leyes o ha dejado de ejecutarlas en los casos descritos, o solamente existe acá una legítima discrepancia de cómo cada quien hubiera actuado frente a estos hechos si le hubiera tocado ejercer como Ministro del Interior?
Presidenta, yo he llegado a la plena convicción, debidamente fundada y apoyada en lo que significan la razón y el derecho, en nuestra propia Constitución y leyes, de que esta acusación constitucional no tiene ningún fundamento jurídico que la sostenga.
Decía el Diputado Ilabaca en parte de su presentación que el Ministro Pérez estaba acusado constitucionalmente por no hacer lo que se debe estando obligado a hacerlo.
Presidenta, yo creo que el Ministro Pérez, en los casi cien días que ejerció como Ministro del Interior, hizo todo aquello a lo que como Ministro estaba obligado por ley, y no solo eso, sino que ejerció su cargo con gran valentía, responsabilidad y amor por Chile.
Por eso, Presidenta, y porque esta acusación no tiene fundamento ni mérito, anuncio mi voto en contra en sus tres capítulos.
He dicho.
Gracias.
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Gracias, Senadora Ebensperger.
Tiene la palabra el Senador Guillier.
¿Podrá conectarse, Senador?
El señor GUILLIER.- Voy a intentar, Presidenta. No sé si ahora está un poco mejor, porque me cambié de lugar.
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Se escucha muy bien ahora.


El señor GUILLIER.- Señora Presidenta, muchas gracias.
Primero quiero aclarar que yo tengo mucha simpatía por don Víctor Pérez -me ha tocado trabajar con él en muchas Comisiones-, pero entiendo que no estoy aquí para juzgar una amistad ni una trayectoria política, sino acusaciones específicas hechas por la Cámara de Diputados en torno a tres ejes y que habrían constituido graves faltas a nuestras leyes, a nuestro ordenamiento institucional, a los deberes del cargo que desempeñó durante menos de tres meses. Y, por lo tanto, me voy a abocar exclusivamente a ese punto.
Yo creo que por el tenor de la discusión que hemos escuchado en esta jornada, al problema político de falta de gobernabilidad que ya el país tiene, que es crónico, con un Gobierno que no manda, que no dirige, que ya no tiene proyecto, que fue incapaz de decir si estaba a favor o en contra del plebiscito, del que después se atribuye el éxito y la participación -lo que es bien extraño-, y a la crisis social que es evidente y que se ha visto agravada por la pandemia, se agrega un problema ético, porque cuando en un país las violaciones a los derechos humanos se hacen tan habituales pasan a considerarse normales y dejan de horrorizar a la gente.
Entonces, ante actuaciones que en cualquier otra circunstancia habrían significado una crisis política, en que el propio Presidente se habría visto obligado a tomar decisiones, estas ya no solo no se toman, sino que se increpa a los que cuestionan -en este caso, los Diputados- porque se cree que con esto último se pretende causar un daño, como escuchaba a uno de los abogados esta mañana, para evitar que gobiernen. La verdad es que este Gobierno se impide de gobernar a sí mismo; no necesita de la Oposición para eso.
Una vez más incidentes bajo la gestión del Ministro del Interior, entonces Víctor Pérez. La policía sigue actuando al margen de toda consideración de respeto a los derechos humanos. No solo ocurre lo del joven que cae producto de una acción brutal de un policía, porque no se cayó, como dicen algunos, ¡no!, cae a causa de un golpe muy fuerte que se le da. Pero, además, adulteran las pruebas, le mienten a la ciudadanía, intentan persistir cuando ya están descubiertos, y no tienen ni un reproche de la autoridad, ¡ni un reproche!, al contrario. O sea, hacer montaje para eludir las responsabilidades pareciera que fuese un ejercicio legítimo de la policía. Y no es así, señora Presidenta, ¡no es así! Y es grave que ocurra, ¡muy grave!
También es grave que el Gobierno deje hacer o no actúe, ¡que no ponga frenos!, ¡que no dé señales!, ¡que no sancione! Al revés, gatilla la tesis -se demostró que era un montaje- de esta suerte de guerra interna, usando mañosamente información que le dan servicios de inteligencia y que no concluyen lo que el Gobierno plantea como el escenario que el país está viviendo, lo que ampara y, por lo tanto, permite a las policías esas violaciones a los derechos humanos.
Uno empieza a revisar, incluso, ciertas acciones. Por ejemplo, este amedrentamiento a personas que se habían tomado -ilegalmente, por cierto- unos municipios para protestar. No se querían apropiar de los municipios. Se tomaron las dependencias, ¡y aparecen civiles en hora de toque de queda con resguardo policial! ¡Perdóneme! Eso es lo más grave, porque empieza a generar en nuestro país una forma de confrontación que es gravísima y que en otros países de América Latina se hicieron habituales. ¡Eso es inaceptable! Pero aquí se considera que nadie tiene responsabilidad, porque nadie responde.
¡Cómo puede ser posible, señora Presidenta, que se aproveche el paro de los camioneros como una herramienta para presionar a este Congreso, para que apruebe una agenda represiva en La Araucanía! La tesis de la guerra otra vez. ¡Y los propios parlamentarios no se sienten molestos por eso! Más aún, ni siquiera lo quieren considerar como un hecho grave.
¡Cómo pueden tolerarse estas cosas!
¡Cómo puede asumir un Ministro del Interior y no saber cuáles son sus funciones! Y le echa la culpa a otro Ministro de Estado -el Ministro de Defensa-, cuando todos los chilenos sabemos que Carabineros y la PDI dependen desde hace años del Ministerio del Interior. ¿Por qué le echa la responsabilidad a otro Ministro? Yo eso tampoco lo había visto.
Eso solo debería haber motivado que el Presidente tomara decisiones muy drásticas, porque estaban tratando de sacrificar a otro Ministro, que no tiene nada que ver, por las responsabilidades del Ministro que está siendo cuestionado por el Congreso. Y la Cámara de Diputados, además, está ejerciendo sus facultades que están en la ley. Pero aquí ejercer las facultades fiscalizadoras cuando pasan cosas horrendas parece que es mala fe, es no querer dejar gobernar el país.
Perdone, Presidenta, ¡pero las cifras son tremendas! Aquí ya no hay manifestación donde no muera alguien o donde no quede gravemente herida una persona. No hay ningún país en el mundo, en el último año, que tenga la cantidad de víctimas que hay en Chile. Y eso no horroriza a algunos sectores.
¿Qué concepción tienen de los derechos humanos? ¿Qué es lo que entienden por Estado de derecho? ¿Cómo toleran eso una y otra vez? ¡Y más encima nos cuestionan moralmente, a la Cámara de Diputados por ejercer sus atribuciones fiscalizadoras y a nosotros en el rol que nos corresponde como una suerte de tribunal!
Tenemos 31 muertos, 460 jóvenes con daños oculares. En ninguna parte del mundo se ven esas cifras. Más de 8.821 querellas había registrado el Instituto Nacional de Derechos Humanos hace algunos meses, antes de la gestión del Ministro. Pero lo que le podemos imputar al Ministro es que eso no cambia, Presidenta, ¡no cambia! ¡Sigue lo mismo!
¡Carabineros continúa violando la ley! ¡Sigue haciendo montajes, engañando! ¡Y se usa la fuerza pública con un descriterio absolutamente discrecional!
Yo no recuerdo que se haya generado en estos treinta años desde el retorno a la democracia un escenario en que Carabineros protegiera a un grupo de civiles armados que va a reprimir a otro grupo de civiles.
Por lo tanto, yo veo que esto se agrava cada vez más. Chile ya no solo tiene un problema político -perdió la gobernabilidad hace rato-; ya no solo hay una crisis social que parece no tener conducción. Además, hay un problema ético, porque ya dejamos de percibir la gravedad de las cosas para poder tomar decisiones. Y, en consecuencia, esto va escalando y se va sintiendo una sensación de agravamiento, porque ya la vida de las personas no importa.
De verdad, Presidenta, yo estoy preocupadísimo de lo que está pasando. Y no es porque le tenga mala al Ministro; no es, como dijo un abogado, porque queramos impedir que gobiernen. Yo a ese abogado le recomendaría que fuera a un curso de ética, entre paréntesis, antes de venir a descalificar a un Congreso Nacional que está ejerciendo sus funciones, porque de por medio hay violaciones a derechos humanos. Si un abogado no entiende eso, ¡por Dios que estamos mal, Presidenta!
Por eso voy a apoyar la acusación, porque hay que dar señales en el sentido de que quien asuma el Ministerio del Interior debe poner orden en Carabineros. ¡No pueden seguir muriendo chilenos, nuestros jóvenes, por la indolencia o la incapacidad de control o por esta maldita tesis de la guerra interna, que solo se la cree el Presidente de la República, pero que le da una bajada a su Gobierno que pone en peligro la vida de todas las chilenas y de todos los chilenos!
Por eso estoy aprobando esta acusación, no por Víctor Pérez, sino por lo que él representa y ejerció como Ministro. Que asuma su responsabilidad a plenitud. Para eso son las instituciones y para eso existe el mecanismo de acusación constitucional.
Muchas gracias, Presidenta.
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Gracias, Senador Guillier.
Ofrezco la palabra al Senador Alvarado.


El señor ALVARADO.- Señora Presidenta, lamento las últimas expresiones del Senador Guillier en orden a cuestionar la labor del abogado defensor, dado que lo que corresponde analizar es el mérito objetivo de la acusación. Y cuando no hay argumentos, indudablemente que cualquier excusa o cualquier agravio adicional es de utilidad.
Señora Presidenta, la cuestión que nos convoca hoy es de alta importancia y merece una revisión seria, acuciosa y detenida, Senador Guillier -por su intermedio, Presidenta-, seria, acuciosa y detenida.
Antes de entrar al análisis de la acusación en sí es preciso señalar que la acusación constitucional requiere que el Senado, al actuar como jurado, se desempeñe como órgano que ejerce jurisdicción. Como consecuencia de lo anterior, el accionar del Senado debe ajustarse al debido proceso, en conformidad con lo dispuesto en el inciso sexto del numeral 3° del artículo 19 de la Constitución Política de la República.
Asimismo, la acusación constitucional es un instrumento que permite hacer valer la responsabilidad constitucional y no otro tipo de responsabilidades: ¡responsabilidad constitucional y no otro tipo de responsabilidades! En razón de aquello, las causales están precisamente establecidas en la propia Carta Fundamental; por lo tanto, eso implica que no es posible realizar interpretaciones extensivas de ellas, debiendo ser, en consecuencia, restrictiva su aplicación.
Por otra parte, se hacen aplicables a la acusación constitucional los principios del derecho sancionatorio, en virtud de lo cual la conducta a sancionar debe estar determinada de forma indubitada: ¡de forma indubitada! Es decir, aquella conducta debe estar debidamente justificada, y, además, el órgano que impone la sanción -en este caso, el Senado- debe formarse la convicción de culpabilidad del acusado más allá de toda duda razonable. Ello, con el objetivo de evitar cualquier conducta grave y abusiva. A eso es a lo que debemos propender: a analizar esta acusación en su mérito, con el propósito y con el objetivo de evitar cualquier conducta grave y abusiva.
En ese orden de ideas, señora Presidenta, y entrando al análisis del caso que nos corresponde dilucidar, es preciso especificar que de una lectura detenida del escrito de la acusación constitucional se puede apreciar que la imputación de los hechos que le dan origen es realizada de forma genérica, situación que vulnera el debido proceso, particularmente en cuanto a los requisitos de precisión, gravedad y concordancia que fundamentan la imputación de responsabilidad que debe realizar un órgano que acusa a una persona de vulnerar una norma jurídica.
Lo dicho se puede ver claramente en el hecho de que la acusación se fundamenta en acciones de terceros y no en actos personales del ex Ministro del Interior y Seguridad Pública. Asimismo, es posible verificar que el libelo acusatorio imputa al ex Ministro Víctor Pérez acciones u omisiones respecto de las cuales no es personal ni directamente responsable.
Ahora bien, al revisar cada capítulo de la acusación se evidencia que esta solo trata de articular de forma contradictoria diversas situaciones que de ninguna manera dan cabida a la eventual responsabilidad constitucional que se le imputa al ex Ministro Víctor Pérez.
En efecto, el capítulo primero se fundamenta en el hecho de que el ex Ministro no presentó querellas fundadas en la Ley de Seguridad Interior del Estado como consecuencia del paro de los camioneros que se produjo a partir del 27 de agosto. Ya bastante se ha dicho con respecto a esta situación y cómo opera aquella ley. Hoy solo quiero recordar que esa normativa entrega una potestad meramente facultativa, es decir, le permite a la autoridad ponderar la necesidad y oportunidad de ejercerla.
Desde esa perspectiva, el ex Ministro Víctor Pérez enfrentó la situación con prudencia y decisión, dando cumplimiento al mismo tiempo a diversas recomendaciones realizadas por el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, en orden a establecer mecanismos de diálogo frente a la realización de manifestaciones y a abstenerse de proferir dichos que puedan, de alguna forma, criminalizar las manifestaciones.
Por otra parte, y en relación con el capítulo segundo de la acusación constitucional interpuesta, el cual da cuenta de una supuesta vulneración al principio de igualdad ante la ley, es preciso tener presente cuáles son los hechos en que se fundamenta la acusación.
Se dice que el ex Ministro discriminó a un grupo de personas por decidir presentar querellas fundadas en la facultad que le entrega la Ley de Seguridad Interior del Estado. Es importante tener presente que el ordenamiento jurídico admite realizar discriminaciones. Lo que no es admitido por el derecho es efectuar discriminaciones arbitrarias, situación en la que no se encuentra el ex Ministro del Interior, como se podrá apreciar a continuación.
Yendo a los hechos que están contenidos en el capítulo analizado, se tiene que el anuncio llevado a cabo por el ex Ministro Víctor Pérez referido a la presentación de querellas fundadas en la Ley de Seguridad Interior del Estado fue realizado habida consideración de la declaración de un grupo de personas en que se hizo referencia a la comisión de hechos que revisten el carácter de delito tipificado en la ley citada.
En tal sentido, no nos está diciendo que las personas que efectuaron la mencionada declaración iban a realizar hechos que serían inocuos para el ordenamiento jurídico, sino que derechamente se anunció de manera pública la comisión de delitos. No se hablaba de un paro, no se hablaba de manifestaciones: se hablaba de comisión de delitos. Se debe recordar, entonces, que la amenaza efectuada era tomarse miles de hectáreas de terrenos si no se adoptaban determinadas acciones o decisiones políticas.
Lo anterior es de suma importancia, toda vez que los acusadores califican que el ejercicio de la facultad que posee el Ministerio del Interior y Seguridad Pública se motivó en consideraciones políticas para este caso y dejan entrever que para la situación de los camioneros su falta de ejercicio se fundó en consideraciones de la misma naturaleza: nada más profundamente equivocado. En un caso está el derecho a manifestación pacífica; en el otro, el llamado directo y derechamente a cometer delito.
De esta forma, los acusadores están motivando sus dichos en meras suposiciones, carentes de todo fundamento y razonabilidad.
Finalmente, me quiero referir a lo que se menciona en el tercer capítulo de la acusación.
En efecto, las afirmaciones que se contienen en el capítulo en cuestión no permiten demostrar el nexo causal entre los hechos imputados y la responsabilidad que le asistiría al ex Ministro Víctor Pérez en su comisión.
En este sentido, la defensa del ex Ministro ha dejado más que claro que la historia fidedigna de la ley N° 20.502 establece que Carabineros posee independencia operativa respecto del Ministerio del Interior y Seguridad Pública.
Pero eso no es todo.
Desde el comienzo del segundo mandato del Presidente Sebastián Piñera se han llevado a cabo acciones concretas orientadas a fortalecer el control civil de Carabineros de Chile, a definir y limitar los niveles de autonomía de esa institución y a modernizar su estructura orgánica y funcional.
Asimismo, el Ministerio del Interior y Seguridad Pública ha dado pleno cumplimiento a los deberes establecidos en la ley, para lo cual ha venido adoptando las medidas necesarias con el objeto de precaver la vulneración de derechos fundamentales, entre los que se encuentran las instrucciones entregadas a nivel nacional por la Subdirección General de Carabineros, con relación a que las actuaciones desplegadas para el control del orden público deben estar apegadas a los principios de legalidad, necesidad, proporcionalidad y responsabilidad.
Del mismo modo, el 11 de noviembre del año pasado el alto mando institucional dispuso el despliegue en terreno a nivel nacional de todos los instructores de derechos humanos aplicables a la función policial con la finalidad de fiscalizar y asesorar en terreno el cumplimiento de los protocolos establecidos y de la normativa pertinente con respecto al uso de la fuerza y armas de fuego, desde la perspectiva del respeto por los derechos de las personas.
No quiero seguir abundando en lo que se ha realizado a partir de octubre de 2019 por el Ministerio del Interior y Seguridad Pública con el objetivo de prevenir cualquier vulneración de derechos fundamentales; sin embargo, sí me quiero detener en las afirmaciones que hizo uno de los propios Diputados acusadores. Me refiero al Diputado Gabriel Ascencio, quien dijo que no era posible imputarle al ex Ministro Víctor Pérez lo que hacía un carabinero al momento de realizar acciones de control del orden público, pero que el ex Ministro era responsable de la actualización de protocolos por parte de Carabineros de Chile y de que estos tuviesen un enfoque en derechos humanos.
Es en este punto cuando se demuestra que la acusación posee manifiesta falta de fundamento, puesto que el ex Ministro Víctor Pérez se hallaba dando continuidad a un trabajo que el Ministerio del Interior estaba desplegando no solo a partir de octubre del año pasado, sino que desde el comienzo del segundo mandato del Presidente Piñera, como la defensa así lo ha demostrado.
Señora Presidenta, Honorable Senado, al concluir mi intervención quiero señalar que estamos ante un escrito, una presentación acusatoria en que sin duda alguna, al menos para mí, su denominador común es su falta de seriedad y su falta de coherencia...
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Puede continuar, señor Senador.
El señor ALVARADO.- Gracias.
Decía, señora Presidenta, que la acusación tiene un defecto lógico transversal: el capítulo uno es una crítica por dialogar, negociar en lugar de aplicar a raja tabla la potestad de usar la Ley de Seguridad Interior del Estado y la fuerza pública; el capítulo dos es por usar la Ley de Seguridad Interior del Estado y la fuerza pública con unos manifestantes y con otros no, cuestión absolutamente falsa; el tercer capítulo se plantea como problemas estructurales en Carabineros, que en ningún caso pueden ser imputables al ex Ministro Pérez.
En consecuencia, señora Presidenta, anuncio mi voto de rechazo a los tres capítulos de la acusación.
He dicho.
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Gracias, Senador Alvarado.
Tiene la palabra el Senador Chahuán.


El señor CHAHUÁN.- Señora Presidenta, Honorable Sala, este Senado está llamado a ejercer una función jurisdiccional. Por tanto, hay que ser muy cuidadosos en términos de poder establecer la relación de causalidad entre las acciones u omisiones del ciudadano Víctor Pérez Varela, ex Ministro del Interior, y los ilícitos constitucionales que se le imputan.
"Nuestra Carta Fundamental consagra la figura de la Acusación Constitucional con el fin de juzgar a las más altas autoridades del Estado, en razón que, en el ejercicio de sus funciones, han cometido ilícitos o infracciones constitucionales o abusos de poder, conductas que han de ser configuradas en el marco de las causales establecidas dentro de la propia Constitución al efecto, en este caso, dentro del artículo 52 numeral 2) letra b) de la Constitución Política de la República. Así las cosas, esta tiene por objeto dilucidar, por una parte, la procedencia de la misma, la efectividad o no de las infracciones e imputación recaída sobre las causales, la responsabilidad del acusado en los hechos y la aplicación de la correlativa sanción establecida al efecto, la cual es, la destitución del infractor y la inhabilitación para ejercer cargos públicos por el término de 5 años".
Para que ella proceda se requiere infringir la Constitución o las leyes o haber dejado estas sin ejecución.
La Constitución Política señala en el inciso primero del artículo 33 que: "Los Ministros de Estado son los colaboradores directos e inmediatos del Presidente de la República en el gobierno y administración del Estado.". Y, a su vez, la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se contiene en el decreto con fuerza de ley N° 1, del año 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, dentro del inciso primero del artículo 23 dice: "Los Ministros de Estado, en su calidad de colaboradores directos e inmediatos del Presidente de la República, tendrán la responsabilidad de la conducción de sus respectivos Ministerios, en conformidad con las políticas e instrucciones que aquél imparta.".
Por su parte, el inciso primero del artículo 40 del mismo cuerpo normativo establece que: "Los Ministros de Estado y los Subsecretarios serán de la exclusiva confianza del Presidente de la República, y requerirán, para su designación, ser chilenos, tener cumplidos veintiún años de edad y reunir los requisitos generales para el ingreso a la Administración Pública.".
En este contexto, señora Presidenta, es importante saber quién es el acusado.
El acusado tiene un historial de servicio público. No solamente se desempeñó como Alcalde de Los Ángeles entre los años 81 y 87: también fue Diputado de la República entre los años 1990 y 2006; Senador, en este mismo Hemiciclo, por la circunscripción Biobío Cordillera entre los años 2006 y 2020, y, por supuesto, entre julio y noviembre del año en curso, Ministro del Interior y Seguridad Pública.
El llamado que quiero hacer acá es a proceder en los términos que nuestra propia Constitución establece y a que efectivamente seamos capaces de actuar con responsabilidad, con disposición y certeza, que es lo que justamente requiere este Senado para sobreponer la verdad, la justicia y la democracia ante pequeños fines políticos. Y, en ese contexto, es muy importante dar claridad respecto de las acusaciones que se señalan.
Al respecto, me parece relevante destacar lo siguiente.
No existe ningún sustento jurídico para la acusación en los tres capítulos que se le imputan al ex Ministro Pérez Varela. Ciertamente, veo más bien en los fundamentos que han expresado algunos de los señores Senadores y algunas de las señoras Senadoras un juicio político respecto de la acción del Gobierno de turno más que de la actuación del propio ciudadano Víctor Pérez Varela.
Por tanto, es significativo señalar que esta acción se realiza obviando todo carácter de ultima ratio de una acusación. No se efectuó ninguna interpelación ni sesión especial alguna en la Cámara de Diputados que hubiera permitido al ex Ministro defenderse ante tales imputaciones.
Las nueve acusaciones constitucionales entabladas en poco más de dos años de mandato igualan a las nueve realizadas entre los años 2008 y 2018, e implican una constante pérdida de tiempo de deliberación política en tiempos en que la crisis sanitaria y económica requiere del Congreso.
En segundo lugar, la acusación cae en errores jurídicos de hecho y de derecho que vulneran las garantías de un juicio justo y de un debido proceso que poseen todas las personas.
Efectivamente, al ciudadano Víctor Pérez Varela se le imputan hechos previos al 28 de julio del 2020, fecha en la cual asumió el cargo.
Pretender responsabilizarlo por hechos previos es la vulneración total de las garantías penales constitucionales y de los tratados internacionales ratificados por Chile que se encuentran vigentes en materia de derechos humanos.
No se habría dado cumplimiento a las leyes sanitarias y a la fiscalización de su infracción durante el período de los camioneros, según señalan los acusadores.
Las infracciones a las normas sanitarias y los delitos que implican son sancionados por los tribunales e investigados por el Ministerio Público, ambos órganos constitucionales autónomos. Por lo demás, durante los seis días de paro Carabineros denunció a 1.006 personas ante la Fiscalía.
La acusación pretende basarse en la falta de denuncia del ex Ministro del Interior durante el paro de los camioneros. Las denuncias de los hechos delictuales en esos días fueron realizadas por carabineros, personas naturales, parlamentarios, razón por la cual el Ministerio Público pudo tomar conocimiento.
Finalmente se lo acusa por no haber presentado una querella por infracción a la Ley de Seguridad Interior del Estado desde el momento en que se inició el paro de los camioneros. Ello a nuestro juicio es restar toda consideración a que el ex Ministro resolvió un conflicto social relevante mediante el diálogo y la búsqueda de la paz social.
En ese contexto, es preciso señalar que el ciudadano Víctor Pérez Varela, en su momento Ministro del Interior, agotó todas y cada una de las instancias para generar diálogo y la posibilidad de resolver el conflicto social que estaba ad portas justamente a través del acercamiento de posiciones. Fue ese diálogo y ese llamado permanente que llevó a cabo el Ministro del Interior en aquel momento el que permitió zanjar una crisis política de importancia.
Sabido es que el rubro de los transportistas es vital para los efectos de establecer una continuidad en la logística tanto de la alimentación como también de la actividad en tiempos de crisis sanitaria. Y, por tanto, lo que hizo el Ministro Pérez Varela fue lo correcto y lo indicado, en el sentido de agotar las instancias de diálogo.
Se dice que se abstuvo de ejercer una potestad estatal discrecional y de alta complejidad, que por lo mismo debe ser utilizada de manera completamente excepcional y con ponderación de factores de autoridad.
Con respecto a todos los elementos que he señalado, ciertamente hay que destacar que no existe ninguna relación de causalidad entre las acciones u omisiones que están imputadas por parte de los acusadores al Ministro Pérez Varela y las infracciones y los ilícitos constitucionales que podrían ameritar eventualmente una acusación constitucional.
También, tal como se ha planteado, hay una independencia operativa de las policías, y en ese contexto claramente no es posible atribuirle al ex Ministro Pérez Varela ninguno de los ilícitos constitucionales establecidos en los tres capítulos de esta acusación.
Es por eso que votaré en contra de esta acusación, que más bien parece un abuso de una facultad constitucional establecida en nuestra Carta Fundamental por parte de un grupo de parlamentarios que buscan obstruir permanentemente la acción del Gobierno.
El ex Ministro Pérez Varela claramente no ha incurrido en ninguno de los ilícitos constitucionales: "haber dejado de ejecutar las leyes en materia relativa al orden público", claramente no; "haber infringido la constitución o las leyes vulnerando el derecho fundamental de igualdad ante la ley", por supuesto que no, así como tampoco "haber dejado de ejecutar las leyes al no ejercer el control jerárquico correspondiente sobre los órganos sometidos a su dependencia".
Quiero hacer un llamado a la responsabilidad de este Senado.
Acá no estamos frente a una deliberación respecto de la acción del Gobierno; acá estamos atribuyendo a un ciudadano un ilícito constitucional. Y se requiere el mayor rigor del Senado en este minuto, en que está ejerciendo funciones jurisdiccionales y no políticas.
Por tanto, hago un llamado a actuar con la mayor responsabilidad.
Voto en contra.
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Gracias, Senador Chahuán.
Tiene la palabra el Senador Coloma.


El señor COLOMA.- Muchas gracias, Presidenta.
Una vez más, el Senado se encuentra abocado a lo que teóricamente es una facultad exclusiva, más bien escasa y muy excepcional o de ultima ratio, como es pronunciarse sobre las acusaciones que la Cámara de Diputados entable con arreglo al artículo 52 de la Constitución. Si uno mira la historia de la norma, advierte que ella está concebida en forma muy excepcional, para perseguir responsabilidades especiales por delitos, infracciones o abusos que un Ministro pueda cometer en un momento determinado. No deja de ser indicativo que hayamos estado sometidos a un conjunto de acusaciones de esta naturaleza. Obviamente, si alguien cree que hay que acusar, tendrá que hacerlo. Pero no puedo dejar pasar la secuencia con que se dan estas acusaciones, sea en las perspectivas ministeriales, de intendencias o de otro tipo, porque debería ser algo de ultima ratio, una cosa muy excepcional, para generar un cambio en cierto tipo de conducta.
Y cuando uno mira esta acusación -por eso me hubiera gustado que estuvieran presentes los Diputados acusadores, porque es difícil pronunciarse respecto de quien está acusando y no poder contestarle por lo que uno siente, pero entiendo que se encuentran abocados a cuestiones propias de la Cámara y que hay razones de peso para aquello-, francamente resulta difícil entender su hilo conductor. Porque aquí se acusa por tres cosas distintas, algunas completamente contradictorias en sí mismas. Y por eso que trato un poquito de racionalizar, en la conciencia con la cual todos debemos actuar como jurado, según nos exige el inciso segundo del artículo 53 de la Carta Fundamental.
Primero, se acusa al ex Ministro del Interior por no aplicar la ley; segundo, por dejar que se utilice la ley y porque, a propósito de eso, se habrían generado excesos; y tercero, por haber existido arbitrariedad en esa aplicación.
La verdad es que sorprende que un Ministro que lleva menos de cien días haya sido capaz de generar todas esas conductas en sí mismo. Es como si la suma total de las acciones por las cuales uno puede ser acusado se hubieran resumido en este caso, cuestión que a mí me sorprende. Más bien, tengo la sensación de que están intentando sumar elementos, cualquiera sea su naturaleza, para tratar de generar un caso. Aquí hay la construcción de un caso. No hay hechos que ameriten la acusación, sino que hay la idea de generar un escenario que pudo haber sido muy contrario a la lógica de Gobierno y ya tuvieron un resultado, que encuentro muy lamentable, pero, de alguna manera, se ve una articulación en esa perspectiva.
¿Y por qué lo digo así? Porque quiero que analicemos lo que se plantea.
Primero, no aplicar la ley, particularmente la Ley de Seguridad Interior del Estado. Yo quiero que reflexionemos -y se ha señalado- respecto del carácter facultativo de esa medida. Porque, si no fuera así, habría sido imposible que algún Ministro hubiera tenido la opción de utilizarla o no; sería algo automático. Y aquí es donde debe entrar la lógica de la política con mayúscula. ¿Qué le pide uno a un Ministro del Interior? La mayor paz social posible. Eso es lo que todos esperamos de un Ministro del Interior: que ayude a la paz social. El Ministro del Interior es quien tiene que ver cómo va generando los distintos mecanismos: políticas, acuerdos, desacuerdos, aplicación de normas, en términos de alcanzar ese bien final.
Y nadie podrá decir que el Ministro, que llevaba una semana de asumido el cargo, tuvo algo que ver con el conflicto generado por, en este caso, los camioneros. ¿Y qué hace un Ministro, particularmente alguien recién designado? Tratar de llegar a un acuerdo. Quizás la medida fácil era apretar el botón rojo. Yo les digo a todos los que aprietan permanentemente el botón rojo que no entienden lo que tiene que hacer un Ministro del Interior, que es intentar, por supuesto en el marco de la ley, a lo menos llegar a acuerdos, en términos tales que no se genere un daño.
Afortunadamente, en esa materia nadie podrá levantar la mano para decir que no fue un proceso que terminó un conflicto -a nadie le gustan los procesos de esta naturaleza, y he visto a muchos del frente validando esos criterios; yo he tratado siempre de ir evitándolos, pero nadie es profeta y puede cometer errores-, que pudo haber incendiado el país, en una fórmula razonable.
Dicho sea de paso, es el mismo sistema que utilizó otro Ministro del Interior, en otro Gobierno -ya se ha hecho referencia a esto-, como es Jorge Burgos, en donde los camiones terminaron desfilando frente a La Moneda. Y no vi a ningún Diputado acusar constitucionalmente al Ministro Burgos por haber hecho cinco veces más de lo que se acusa al Ministro Pérez.
Entonces, si se dice aquí que se debe cuidar la aplicación de la ley y que es imposible negarse a esa aplicación, entonces pregunto ¿por qué no acusaron los acusadores -varios eran parlamentarios- al Ministro Burgos, quien hizo una cosa mucho mayor: no solo no aplicó la Ley de Seguridad Interior del Estado, sino que permitió que, en forma escoltada, los camiones pudieran llegar a La Moneda? Pero, si uno mira el asunto en perspectiva, es mejor ese camino exitoso que otro tipo de camino.
En consecuencia, a mí no me hace sentido que se puedan sustanciar responsabilidades contra un Ministro que ayudó a construir paz social; con errores, como todas las cosas en la vida, pero que nos zafó de una grande.
Segundo, se le hace responsable de lo que pudo haber hecho un carabinero en un tipo de acciones de incidentes, que por desgracia ocurren de manera permanente en el país, y no sé qué puede hacer, objetivamente, un Ministro del Interior para involucrarse en lo que ocurra o no en un lugar determinado; en este caso, en un puente. Solo sé que afortunadamente en el período del Ministro Pérez uno no puede decir que hubo una violación sistemática o de cualquier naturaleza de los derechos humanos. No conozco personas que hayan fallecido producto de los incidentes que han ocurrido lamentablemente -nadie es acreedor de estas cuestiones-, pero es obvio que estaba en un escenario en que ello era posible.
Y tercero -es lo más sorprendente-, se le acusa de arbitrariedad por atacar a los del Apruebo y beneficiar a los del Rechazo.
¡De partida, habría sido bastante poco exitosa la función del Ministro si esa era la tarea...!
Pero, ¡por favor!, el Ministro del Interior asumió en un período de extraordinaria complejidad en Chile, donde había incidentes callejeros y políticos y estábamos ad portas de un plebiscito que tenía -y usted, Presidenta, podrá compartir eso- una gran tensión interna: nadie sabía cómo iba a resultar. Había incluso estudios extranjeros que informaban que menos de la mitad de las elecciones habían podido realizarse, por la situación de pandemia. Y además había una situación excepcional, donde se debía aplicar todo el movimiento del Ministerio del Interior para que fueran libremente expresadas las ideas dentro de un plebiscito.
Yo les pregunto a todos los acusadores, y a usted, Presidenta, y al resto de los Senadores: ¿no fue acaso el plebiscito -más allá del resultado- un proceso ejemplar? ¿Alguien podrá reprocharle al Ministro del Interior haber sido arbitrario, haber hecho diferencias, haber sido farragoso con unos y generoso con otros respecto a un proceso como el que hemos vivido?
Esto no pasó hace veinte años, ¡pasó hace dos semanas!, y no conozco ninguna declaración de organismos internacionales que no señale que fue un proceso ejemplar. Y los procesos ejemplares no son casuales: tienen que ver con la madurez de una ciudad, de un pueblo, de un país, pero también tienen mucho que ver con quien ejerce la autoridad: en este caso, por supuesto, el Presidente de la República, pero particularmente el Ministro del Interior.
Si hubiera sido un desastre, un fracaso, si hubiera habido conflictos, ¿contra quién se hubieran dirigido todos los dardos de Chile? Contra el Ministro del Interior. ¿Hay algún dardo que se haya dirigido, a excepción de esta acusación constitucional, que fue presentada, dicho sea de paso, antes del plebiscito? Ninguno, ¡ninguno! Yo no he oído ni un suspiro, ni un zumbido que ponga en duda la responsabilidad y la calidad del proceso, en donde, junto con los organismos electorales, el Ministro del Interior tuvo un rol importante.
Entonces, yo entiendo que se puedan ejercer las facultades, pero, ¡por favor!, reflexionemos en conciencia.
¿Me da un minuto más, Presidenta?
Alguien dijo que no importaban las trayectorias. ¿Saben?, a mí me importan las trayectorias, a mí me importan las historias, porque son testimonios de vida. Y conozco a Víctor Pérez. ¡Conocemos a Víctor Pérez!
¿Alguien podrá decir que ha sido arbitrario en su vida? ¿Alguien podrá decir que ha sido enojoso en su vida, que no ha contribuido a acuerdos, que no ha contribuido a consensos, que no ha estado en la Comisión de Constitución durante décadas tratando de aplicar a cada uno lo suyo y generando normas de derecho público que nos permitieran vivir en un país mejor?
¿Alguien podrá sostener -si me da un minuto, Presidenta- algo distinto de eso?
Entonces, no estamos en una teoría, ni en una burbuja, ni en una nube; estamos en el mundo real, con un Ministro del Interior que -con responsabilidad lo puedo señalar- asumió en las circunstancias más ingratas en que alguien puede asumir un cargo, ¡las más ingratas!: con un país tensionado, dividido, con un evento complejo y con una situación interna muy difícil.
Y creo que después de estos cien días el país, afortunadamente, mira de otra manera. Yo no sé lo que nos depara el futuro, pero me parece que en materia de seguridad de las personas, en materia de derechos establecidos en la ley y su aplicación, Chile puede sentirse que ha estado perfectamente a la altura.
En eso, Víctor Pérez no es una coma; es un elemento central.
Por las razones dadas, me parece además una acusación injusta, y yo llamo a votar en contra.
He dicho.
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Gracias, Senador Coloma.
Tiene la palabra el Senador Latorre.


El señor LATORRE.- Gracias, Presidenta.
Primero quiero saludar, obviamente, al ex Ministro del Interior y ex Senador Víctor Pérez, a su defensa, a los Diputados acusadores.
Esta acusación constitucional se fundamenta en tres capítulos. Y nosotros tenemos la responsabilidad de ir al fondo y al mérito de ella, y de votar en conciencia, independiente de su renuncia al cargo de Ministro del Interior en el Gobierno. Nos toca esa responsabilidad: actuar como jurado político.
Por mi parte, simplemente, daré algunos argumentos y hechos presentados de manera sintética para fundamentar mi votación respecto de cada capítulo.
El primer capítulo es haber dejado sin ejecutar las leyes en materias relativas al orden público. Esto se ha fundamentado en algunos hechos que se han desarrollado acá, de manera reiterada.
La madrugada del jueves 27 de agosto comenzó la movilización de los camioneros, promovida por parte de ese gremio y coordinada por la Confederación Nacional del Transporte de Carga, cuyo fin era presionar para obtener la aprobación de una agenda de trece proyectos de ley, ocho de ellos presentados por el Presidente Sebastián Piñera, dando un plazo de 48 horas para su despacho, en una amenaza inédita, y apelando a problemas de seguridad.
El Presidente de la Federación Gremial de Asociaciones de Dueños de Camiones del Sur (Fedesur), José Villagrán, señaló que el paro sería de brazos caídos a nivel nacional: "y eso significa que no trasladamos ni un kilo de azúcar, ni un kilo de arroz". Así lo decía públicamente.
Algunos sectores del gremio de transportes se opusieron al bloqueo de rutas, como es el caso del Presidente de la Confederación de Dueños de Camiones, Juan Araya, quien calificó la acción de sus pares como "terrorismo".
Esta movilización bloqueó las principales rutas del país bajo estado de excepción constitucional y en medio de una pandemia y de una crisis social y económica. El bloqueo afectó a camiones con alimentos, combustibles, ambulancias, vehículos con insumos médicos, camiones recolectores de residuos domiciliarios, transportes de alimentos (la Junaeb), y fue un obstáculo para llegar a los puentes de San Vicente, San Antonio, Coronel, donde quedaron 290 mil toneladas de grano para consumo animal y humano en el terminal de Puerto Panul sin poder descargar, lo que afectó a las regiones de Los Lagos, Los Ríos, La Araucanía. El combustible fue uno de los primeros insumos que comenzó a hacer falta como consecuencia del paro, registrándose aglomeraciones en las bencineras.
Fue el propio Ministro de Salud, Enrique Paris, quien expuso públicamente su preocupación por el bloqueo a las ambulancias, señalando que estos vehículos tuvieron que desviarse de su ruta, lo que produjo problemas en el traslado de los pacientes. Agregó que recibió información de atrasos en la llegada de funcionarios de salud y de médicos que no pudieron llegar a sus lugares de trabajo. Así también fue informado por las distintas asociaciones gremiales de trabajadores de la salud, el Colegio Médico, etcétera.
Los camioneros que participaron cometieron infracción al toque de queda y a las resoluciones de la autoridad sanitaria al provocar desabastecimiento de productos básicos en el sur del país, en medio de esta pandemia.
Se denunciaron amenazas a conductores que no estaban plegados a las movilizaciones y agresiones a las propias personas, junto a la inacción de funcionarios policiales para intervenir, los que solo miraron, custodiaron y acompañaron dicha movilización, actuando con una excesiva prudencia, celo, sin intervenir, sin reprimir. Pareciera ser que había complicidad ahí, política y policial.
La Fiscalía Regional de Valparaíso abrió una investigación contra el Intendente Regional, Jorge Martínez, y el Jefe de la Defensa Nacional, el Contraalmirante Yerko Marcic, por el delito de omisión de denuncia, en el contexto del paro de camioneros; por incumplimiento de la obligación de denunciar los delitos cometidos por un grupo de empresarios camioneros que mandaron a los choferes a bloquear la ruta.
El Ministro en ese entonces, Víctor Pérez, no se querelló ni envió a reprimir esa movilización, a mi juicio, temeraria, prepotente de los camioneros en medio de una pandemia, ya que decía que se trataba de un movimiento pacífico.
Qué diferencia y qué desigualdad de trato con otras movilizaciones en los mismos días, como fue el caso de las protestas de los y las trabajadoras de la salud, que fueron fuertemente reprimidas en Santiago. Pareciera existir una complicidad entre este Gobierno de Derecha y los empresarios camioneros. Nada nuevo en la historia reciente de Chile.
Un segundo capítulo lo acusa de infringir la Constitución y las leyes, vulnerando el derecho fundamental de igualdad ante la ley.
Recién asumido en su cargo, el Ministro del Interior define como una de sus prioridades de la agenda pública el problema de La Araucanía, buscando contribuir a la resolución de un conflicto. Pero ahí la pregunta es si, con sus declaraciones, su primera visita a La Araucanía generó un escenario de resolución del conflicto o más bien lo incrementó y profundizó, afectando la paz social en dicha región.
Durante los días previos a las tomas de algunos municipios, en un contexto de protesta de comuneros mapuche, la Asociación para la Paz y la Reconciliación de La Araucanía (APRA) publicó en su cuenta de redes sociales, tras una reunión que sostuvieron el Alcalde de la comuna de Freire, José Bravo, el Ministro Víctor Pérez y el Subsecretario del Interior, Juan Francisco Galli, que se acordaba el desalojo de los municipios en toma.
Luego de eso, la dirigenta de APRA Gloria Naveillán señaló en un audio que circuló en diversos medios de comunicación, abro comillas: "Nos juntamos a las 12 en la plaza. Necesito saber con cuántos contamos. Tenemos que ser por lo menos 30 o 40 personas, hay que ir con palos, con lo que necesiten para defenderse, pero la muni la tenemos que recuperar hoy día". Cierro comillas.
A la fecha, este audio no ha sido desmentido. Cabe destacar que ninguno de los que concurrieron concertados previamente al desalojo violento de los municipios, con gritos racistas contra comuneros mapuche, resultó detenido.
Al respecto, hay imágenes difundidas por los medios de comunicación en las que es posible identificar a funcionarios de Carabineros presentes en el mismo lugar de concentración de los civiles armados con distintos elementos, pero no existe información sobre alguna investigación que se haya realizado respecto a estos hechos. Y pareciera ser que ahí hubo una complicidad nuevamente con estos grupos civiles desde el Gobierno, la autoridad central, autoridades locales, grupos de civiles, grupos racistas y la policía.
En tercer lugar, se lo acusa por infringir la Constitución y las leyes al no ejercer el control jerárquico correspondiente sobre los órganos sometidos a su dependencia. Esto, en el contexto de la caída de un adolescente, empujado por un carabinero, desde el puente Pío Nono al río Mapocho, en medio de una manifestación, y de la posterior omisión de auxilio y el encubrimiento por parte de un piquete de la institución policial.
Carabineros de Chile tuvo contradictorias versiones, entregadas por diversas autoridades; declaraciones confusas, contradictorias en aquellos mismos días. Y, de acuerdo con la investigación de la fiscal Ximena Chong, el adolescente no cayó, ni se lanzó de manera voluntaria al lecho del río Mapocho, y ni siquiera podría argumentarse que el peso de la mochila que llevaba haya producido la caída.
La misma fiscal, luego de estudiar los antecedentes, identifica al carabinero Sebastián Zamora como el responsable de la caída del adolescente. Y, además, señaló que Carabineros de Chile no asistió a la persona herida en el río, siguió reprimiendo la manifestación, se fueron del lugar y, más aún, generaron dinámicas de encubrimiento de aquella situación.
Debido a los hechos conocidos por la fiscal Chong y las contradicciones de las versiones de los funcionarios de Carabineros, el domingo 4 de octubre se realizó la formalización del efectivo Sebastián Zamora, que terminó con dicho funcionario en prisión preventiva.
Además, se develó por parte de la Fiscalía la ampliación de la investigación hacia otros funcionarios de la institución por entorpecer la investigación.
Obviamente, no es achacable la responsabilidad directa de esa situación, del lanzamiento de este adolescente al río, al ex Ministro Víctor Pérez, pero hay una responsabilidad política, por cuanto incurrió en infracción de la Constitución y las leyes debido a que Carabineros ha actuado reiteradamente con violencia innecesaria y desproporcionada, de lo que se ha seguido lesión de derechos constitucionales, especial y notoriamente el derecho a la vida e integridad física, consagrado en el artículo 19, N° 1°, de la Constitución.
Adicionalmente, ha omitido sus deberes de gestión en la institución encargada del resguardo del orden público al no adoptar las medidas necesarias para el ejercicio de acciones preventivas en el seno de la organización que impidan la realización de hechos ilícitos y violación a los derechos humanos, infringiendo la ley N° 20.502.
El Ministro del Interior es la única autoridad política que puede responder por las responsabilidades de Carabineros y la PDI. Solo es posible acusarlo a él por la comisión de delitos en la organización, como es la violación a los derechos humanos que se verifican en las órbitas de su competencia.
Llama la atención que siga en su cargo el General Rozas después de estos graves hechos, y después de un año del contexto del estallido social, con masivas violaciones a los derechos humanos. Salen los Ministros del Interior, permanece el general Rozas. Yo no sé qué hay detrás de aquello.
Pero me parece que hay fundamento en esta acusación constitucional...
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Un minuto, Senador.
El señor LATORRE.- Gracias, Presidenta.
Concluyo.
Me parece que hay fundamento en esta acusación constitucional, que es un deber de los Diputados, una facultad que ellos tienen para fiscalizar. Me parece que todavía estamos en un grave contexto de violación a los derechos humanos, donde el Estado de Chile tiene deudas pendientes con las víctimas: reparación integral, garantías de no repetición. Y ahí existe una responsabilidad política, que hay que asumir cuando se registran graves y masivas violaciones a los derechos humanos. Es un rol que también cabe al Senado, desde la Oposición política.
En conciencia, votaré a favor de la acusación constitucional.
Gracias, Presidenta.
La señora MUÑOZ (Presidenta).- A usted, Senador Latorre.
Tiene la palabra la Senadora Van Rysselberghe.


La señora VAN RYSSELBERGHE.- Muchas gracias, Presidenta.
La verdad es que, escuchando lo que se ha planteado en intervenciones anteriores, llaman mucho la atención algunas cosas.
Nadie puede desconocer que la acusación constitucional es una facultad que tiene la Cámara de Diputados, donde el Senado actúa como jurado, pero, claramente, es una facultad que debe ser usada con prudencia y, además, con rigor, para que efectivamente sea una acusación constitucional. No puede ser un mero juicio político, sin ningún tipo de fundamento.
Hemos escuchado que gran parte de los Diputados acusadores y también parte de las argumentaciones de quienes me han antecedido en el uso de la palabra no se refieren a la acusación misma. Acá, al ex Ministro Pérez lo están acusando por el paro de los camioneros, paro que terminó bien. En un país donde la violencia ha sido normalmente el camino para resolver los conflictos -lo hemos visto desde el 18 de octubre en adelante, en que la violencia se ha ido instalando en cada una de las relaciones o de las formas de hacer política-, la verdad es que, ver que, a través del Gobierno, y en particular del Ministro del Interior, se busque el camino de la paz para resolver los conflictos, y que por eso se lo acuse constitucionalmente, resulta bastante absurdo.
Cuando se realiza una manifestación, evidentemente hay problemas. A nadie le gustaría que hubiese paros. Pero yo, que vivo en Concepción y todas las semanas me tenía que trasladar en auto desde Santiago -porque en ese tiempo no había vuelos-, les puedo decir que podía circular perfectamente bien por las carreteras del país. Lo que están afirmando no es efectivo; pudo haber situaciones puntuales. Uno tenía un desplazamiento más lento, es cierto, porque los camiones estaban estacionados, pero les puedo asegurar que había circulación efectiva y real por las carreteras de Chile. El resto, no es así. ¡No es así!
Y se acusa al ex Ministro porque pudo resolver el conflicto a través del diálogo. ¡Pero si es lo que hemos pedido a gritos, lo que la política debiera construir, demostrando que el diálogo es la forma de resolver las diferencias, por muy profundas que sean!
Entonces, de verdad llama muchísimo la atención, sobre todo después de que la violencia, como digo, se ha instalado frecuentemente en nuestro país como mecanismo de resolución de conflictos.
Se asevera, además, que habría actuado de forma arbitraria. También resulta superdifícil de entender porque, como señaló un Senador que me antecedió en el uso de la palabra, tuvimos una ocupación, una toma de municipios en el sur del país, en la macrozona de La Araucanía. Quienes no viven en esa zona tienen que saber que allá hay muchos chilenos que tienen la sensación de que el Estado de derecho no rige para ellos, pues llegan y les toman los campos, les queman las casas, les disparan, y tienen que saber que ahí han matado no solo a personas que no son de la raza mapuche, sino también de la raza mapuche. ¡Las han asesinado a sangre fría!
Tengo, en la Región del Biobío, a Claudio Pilquimán, dirigente de comunidades mapuches del lago Lleu Lleu, a quien, por estar trabajando en proyectos habitacionales para mejorar la calidad de vida de su gente, mapuches, no sé si mapuches, pero personas aludiendo a la causa mapuche, encapuchados, le dispararon a su mamá, la mataron, la asesinaron, y a él le dispararon en una pierna y le pegaron un palo en la cabeza, dejándolo con daño cerebral severo.
Posteriormente, don Eliodoro Raimán, igualmente una persona del cono sur de Arauco, también fue asesinado a sangre a fría.
Qué decir de Moisés Orellana, un joven que estaba en la inmediaciones de Cañete y al cual también le dispararon con armamento pesado.
¿Ustedes me pueden decir que no es razonable que haya personas que legítimamente tengan miedo, y que de repente caigan en la tentación -que no justifico bajo ninguna circunstancia, porque eso es el fin del Estado de derecho-, porque sienten que el Estado de derecho para ellos no está existiendo?
En ese contexto, en esa realidad, se genera la toma de municipios, en donde efectivamente hay personas, con ese ambiente, que empiezan a tener la idea de que para poder defenderse tienen que hacerlo por la propia mano.
¿Qué es lo que hizo el Ministro del Interior? Logró que se pudiese generar, a través del diálogo y la paz, sin heridos, sin que hubiese mayores desmanes, la desocupación de los inmuebles públicos, los municipios, que es donde, además, la gente más vulnerable va a buscar ayuda.
Entonces, uno dice: "¿Es discriminación el poder resolver, a través de la paz, que se pueda ir avanzando en la construcción de soluciones?".
Yo estaba, y lo he dicho, por la opción del "rechazo". Ganó el "apruebo" por una amplia mayoría. Y quienes votaron por esa opción tenían el legítimo derecho de salir a celebrar. ¿Qué es lo que tiene que hacer el Ministerio del Interior? Bueno, regular que esas celebraciones se hagan dentro del Estado de derecho. ¿Y qué pasó? Justamente eso: cuando todo el mundo tenía las legítimas aprensiones de que podían generarse desórdenes, problemas y disturbios, ¿qué pasó? ¡Nada! Se celebró en paz.
Y resulta que le están generando al ex Ministro Pérez una acusación constitucional justamente porque dicen que actuó con discriminación. ¿Cómo podría discriminar si permitió que se generaran, para quienes estuvieron por el "apruebo", las manifestaciones como tienen que darse en un país con Estado de derecho?
Entonces, de verdad cuesta entender.
Para qué decir lo sucedido en el puente Pío Nono.
Se planteó que la fiscal Chong inicialmente -y lo digo con nombre y apellido, porque un Senador que me antecedió en el uso de la palabra mencionó que ella había dado antecedentes para generar esta acusación contra el ex Ministro Pérez- dijo que el carabinero había agarrado de los pies a este joven y lo había tirado por la baranda. Posteriormente, tuvo que desdecirse. Y finalmente hoy día los hechos se encuentran en investigación. Me parece que hay que esperar para determinar qué fue lo que sucedió y si fue un lamentable accidente o hubo intencionalidad.
Sinceramente, pienso que fue un accidente. No creo que un joven de 26 años, que llevaba muy poco tiempo en la institución, y cuyo sueño de vida era, probablemente, ser carabinero, se haya levantado esa mañana con el afán de hacer daño; sinceramente, no lo creo. Y por lo tanto considero que lo que hay que hacer es investigar.
¡Eso sucede en un Estado de derecho!
En un Estado de derecho, cuando hay una acción de quienquiera, carabinero, no carabinero, una autoridad o un civil cualquiera, ese Estado de derecho tiene que funcionar y, por tanto, deben realizarse las investigaciones correspondientes, y si hay algo que sancionar, entonces tiene que sancionarse. Pero empezar a prejuzgar sin dejar -aunque sea una frase que se usa con frecuencia- que las instituciones funcionen y se generen las investigaciones correspondientes, significa caer en situaciones como la que estamos viviendo hoy día, en donde se prejuzga y se condena sin que haya antecedentes reales.
Por eso, creo que a esta acusación constitucional, en sus tres capítulos, le faltan argumentos, le falta seriedad. Y por esa razón voy a votar en contra de cada uno de ellos.
Gracias, Presidenta.
La señora MUÑOZ (Presidenta).- A usted, Senadora Van Rysselberghe.
Tiene la palabra el Senador Bianchi.


El señor BIANCHI.- Gracias, Presidenta.
Lo primero es saludar a don Víctor Pérez y, bueno, señalar que lo que nos corresponde ahora es actuar como jurado y resolver apegados a nuestra Constitución.
Antes de analizar los capítulos de la acusación, es necesario despejar un par de asuntos previos, Presidenta.
La Carta Fundamental no establece que la responsabilidad política de un acusado se extinga por su decisión de dejar el cargo que tenía al momento en que realizó las conductas por las cuales se lo acusa, lo que además es coherente con la posibilidad de hacer efectiva esa responsabilidad respecto de personas que han dejado sus cargos, como ocurre con los ex Ministros de Estado, hasta tres meses después, y los ex Presidentes de la República, hasta seis meses después de terminados sus períodos. Por ende, se trata de responsabilidad política instaurada en la Constitución.
En relación con el primer capítulo de la acusación, lo primero que llama la atención es que una agrupación de camioneros haya exigido que este Congreso Nacional aprobara, en un plazo de 48 horas, un conjunto de trece proyectos de ley, bajo la amenaza de que bloquearían carreteras en nuestro país, con lo cual se colocaba en grave riesgo el abastecimiento de insumos y la normal prestación de servicios básicos durante la vigencia de un estado de excepción constitucional y de emergencia sanitaria decretada como consecuencia de una pandemia que ha traído consigo la muerte de miles de chilenas y chilenos.
Lo más sorprendente es que las iniciativas cuya aprobación era exigida por este grupo de camioneros correspondían precisamente a la agenda legislativa del Gobierno.
El Ministro del Interior es la autoridad política que tiene el deber legal específico de resguardar el orden público y, por esa vía, dar protección a las personas en nuestro país. Frente a esta posición de garante, el entonces Ministro Pérez decidió no actuar, siendo los chilenos testigos de cómo una agrupación de individuos se organizó a lo largo del país para interrumpir el libre tránsito y el normal abastecimiento de nuestra población, incluso poniendo en peligro la salud de las personas, tal como fue advertido públicamente por el Ministro de Salud al referirse al desvío de ambulancias y a los atrasos de personal médico.
Debemos recordar que esta grave alteración del orden público en tiempos de pandemia fue una situación prevista por el ex Ministro. Fue el 24 de agosto de este año el día en que el Presidente de la Federación de Camioneros del Sur, José Villagrán, anunciaba lo siguiente (comillas): "Se guardan los camiones o se colocan en las bermas de las carreteras, y no van a trasladar ningún producto, ni uno; ni los remedios, ni el combustible, ni los abarrotes. ¡Nada!" (cierre de comillas). Esta sola amenaza constituía un acto de violencia suficiente para que el entonces Ministro del Interior pusiera en ejecución las leyes vinculadas al resguardo del orden público.
Frente a esto, la defensa levanta la justificación de que la dirección de la investigación de hechos constitutivos de delito es una atribución exclusiva del Ministerio Público. Esta afirmación resulta tan cierta como trivial para los efectos de resolver esta acusación. En Chile, la dirección de la investigación penal es exclusiva del Ministerio Público, pero no así el ejercicio de la acción penal. Es más, existen casos en los que la investigación de un hecho constitutivo de delito solo puede iniciarse por denuncia o querella de determinada institución, como ocurre con la Ley de Seguridad del Estado, la que establece que una investigación criminal solo puede ser iniciada por acción del Ministerio del Interior.
Esto es importante, Presidenta, ya que dicha ley castiga con penas de cárcel a quienes inciten, promuevan, fomenten, paralicen, interrumpan o dañen actividades del transporte o de distribución, o que destruyan, inutilicen o impidan el libre acceso a puentes, calles, caminos u otros bienes de uso público semejantes. Además, se castiga a quienes interrumpan o suspendan actividades del transporte sin sujeción a las leyes y produciendo alteraciones del orden público.
Hemos sido testigos de cómo el Gobierno, frente a movilizaciones menores y de protesta política, no tuvo ningún problema en ejercer plenamente todas las acciones que la ley le otorgaba. Sin embargo, frente a las amenazas y acciones ilícitas ejercidas por la referida agrupación de camioneros el día 27 de agosto, el entonces Ministro del Interior calificaba la situación como pacífica y descartaba aplicar la Ley de Seguridad Interior del Estado. Con posterioridad, 2.186 camioneros se detuvieron en cuarenta y tres puntos a lo largo del país. Se hablaba de estrangulamiento de carreteras.
Ya habiéndose iniciado este bloqueo, y existiendo evidencia pública de actos ilícitos ejecutados por los referidos camioneros a lo largo del país, incluso durante el toque de queda, el entonces Ministro justificó su inactividad bajo la excusa de que no quería agravar la situación, sino que buscaba encauzarla de la manera más adecuada posible. Se trata de una excusa inverosímil, la que además no está avalada en la forma como objetivamente se sucedieron los hechos.
Claramente, el ex Ministro tiene responsabilidad política en ellos, ya que, más allá del debate formal sobre si estaba o no a cargo de la seguridad interior durante el período en que ocurrieron, fue él quien, en representación del Gobierno, negoció con la agrupación de camioneros que impulsaban estos actos ilegales. Y fue él quien firmó un acuerdo que comprometió el patrimonio fiscal, para entregarles beneficios especiales a quienes impulsaron un bloqueo ilegal de carreteras que afectó durante días el normal abastecimiento de bienes y la normal prestación de servicios médicos, además de afectar gravemente el libre tránsito de miles de personas. Todo esto, en pleno estado de catástrofe y emergencia sanitaria, vulnerando de forma evidente y a veces grotesca el toque de queda impuesto por la autoridad.
En cuanto al segundo capítulo de la acusación, estimo que no existe mérito material ni jurídico para sostener que el acusado ha incurrido en una vulneración a la Constitución en los términos señalados en el artículo 52, número 2), letra b), de la Carta Fundamental. Cabe destacar que al acusado no se lo puede juzgar por lo que ha sido la conducta general del Gobierno con relación a la prestación de acciones judiciales fundadas en la Ley de Seguridad del Estado o la denominada "Ley Antibarricadas", sino que se debe analizar cuál fue su conducta personal y concreta en este caso, como Ministro del Interior, con respecto a los hechos específicos que se le imputan. No resulta razonable, pues, sostener que existen suficientes elementos de juicio para responsabilizarlo de discriminación por etnias o ideas políticas en el acotado tiempo en que desempeñó su cargo.
En cuanto al capítulo tres de la acusación, a estas alturas no se puede desconocer el grado de descontrol, de generalización de actos ilícitos e incumplimiento de protocolos al interior de Carabineros de Chile. Quien tiene la mayor jerarquía al interior de esa institución es el General Director, Mario Rozas, el cual no es acusable constitucionalmente, materia que debería ser cambiada en la próxima Constitución.
Además, en un contexto donde tampoco se ha hecho efectiva la responsabilidad política del Presidente de la República, entonces el primer responsable político ante el Congreso es, en este caso, el Ministro del Interior y Seguridad Pública.
En esta materia, no solo existe un deber de prevención por parte del Ministro del Interior, ya que también existe un estándar de protección de los derechos humanos. En este escenario, las palabras que utilice un Ministro de Estado en un contexto tan sensible como el vinculado a los hechos del día 2 de octubre son relevantes para determinar su responsabilidad política.
El 5 de octubre de este año el acusado fue citado por la Comisión de Derechos Humanos y Seguridad Ciudadana de la Cámara, respaldando sin cuestionamientos a Carabineros y limitándose a criticar el trabajo del Ministerio Público.
El día 11 de octubre volvió a referirse al tema, anticipándose al juicio de estos hechos, señalando que dudaba de que este caso terminara en una condena por homicidio frustrado. Después sostuvo, de manera enfática, que el imputado "jamás tuvo la intención de causar algún daño; él iba a detener a una persona que estaba cometiendo hechos violentos y alterando el orden público". Todo esto, no obstante existir una investigación penal en curso y sin aportar ningún antecedente que respaldara sus dichos.
¿Qué expresó la Oficina Regional para América del Sur del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobre estos hechos? Señaló: "El caso del puente Pío Nono no es excepcional, sino que se suma a la ya extensa lista de otros casos de violaciones de derechos humanos por parte de fuerzas de orden" (...) "Preocupa el continuo e incondicional respaldo a las fuerzas del orden y seguridad".
De esta forma, el ex Ministro renunció al ejercicio efectivo de la labor de vigilar el comportamiento de una institución que se encuentra bajo su dependencia, conforme lo establecido en el artículo 2º de la ley N° 20.502.
Le pido un minuto más, Presidenta.
Finalmente, muchos se preguntan, con cierto hastío, hasta cuándo vamos a seguir viendo acusaciones constitucionales.
Sin embargo, yo me pregunto otra cosa: ¿por qué existen tantos actos graves cometidos por autoridades, que pueden generar responsabilidad política? La respuesta, la supuesta abundancia de acusaciones constitucionales, es un síntoma de algo mayor que se vincula con las conductas que las gatillan.
Espero que, especialmente desde el Gobierno, se entienda que una democracia en forma exige el pleno respeto a la Constitución y a las leyes.
Gracias, Presidenta.
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Tiene la palabra el Senador Pedro Araya.


El señor ARAYA.- Gracias, Presidenta.
Estimados y estimadas colegas, resulta lamentable que nuevamente debamos estar pronunciándonos para determinar la responsabilidad político-constitucional de un Ministro de Estado, concretamente del ex Ministro del Interior y Seguridad Pública, señor Víctor Pérez.
Al hacer mi intervención en la acusación constitucional contra el ex Ministro Chadwick, señalé, tal como hicieron diversos colegas, todas las normas constitucionales que se habían infringido y la forma como estas infracciones se habían efectuado.
Casi un año después nos llega una acusación constitucional por causales muy similares y fundadas prácticamente en las mismas normas. Es decir, un año después el Gobierno sigue sin aprender de las experiencias pasadas y, lo que es más grave aún, sigue vulnerando los derechos fundamentales de las personas.
En este sentido, vuelvo a insistir: no es razón de alegría ni tampoco puede considerarse un triunfo el estar acusando constitucionalmente a Ministros de Estado, pues más bien esto da cuenta de la gravedad de la crisis política y social en que estamos inmersos, que requiere la máxima atención de todos los actores políticos para poder superarla.
Antes de entrar en el análisis de cada uno de los capítulos sobre los cuales nos debemos pronunciar, quiero dejar en claro un aspecto.
No podemos estar resolviendo una acusación en mérito de la sanción que implica. El ejercicio que se debe hacer es completamente inverso, es decir, determinar la culpabilidad o no del acusado, y luego aplicar la sanción establecida en nuestra Constitución Política para el caso de que sea declarado culpable.
Digo esto para aclarar que nada tiene que ver el hecho de que don Víctor Pérez Varela haya renunciado al Ministerio del Interior y Seguridad Pública antes de que la presente acusación llegara al Senado, así como tampoco el hecho de que eventualmente no pueda desarrollar cargos públicos por cinco años, que es la sanción constitucional establecida.
Eso no constituye una atenuante ni mucho menos debe ser considerada para dar por establecidos o no los hechos en los que se funda la acusación constitucional.
En este sentido, conviene recordar que el artículo 53, número 1), inciso segundo, de la Constitución Política señala claramente: "El Senado resolverá como jurado y se limitará a declarar si el acusado es o no culpable del delito, infracción o abuso de poder que se le imputa.".
Por otra parte, reitero mi planteamiento en el sentido de que existe una gran diferencia entre conocer de acusaciones constitucionales en contra de Ministros de Estado, que desempeñan un rol eminentemente político, y libelos acusatorios dirigidos a otras autoridades respecto de las cuales procede la acusación y que no desarrollan labores políticas, como los magistrados de los tribunales superiores de justicia.
Es por esto que en el presente caso sí caben argumentaciones políticas, además de jurídicas, para fundar las votaciones, lo que no torna esta herramienta en arbitraria, sino que precisamente en un medio que contribuye a circunscribir y dar los lineamientos sobre su procedencia.
Recordemos que el artículo 52, número 2), letra b) de la Constitución Política contiene la causal de acusación constitucional en contra de los Ministros de Estado. En lo que resulta aplicable a la presente, se refiere a "infringir la Constitución o las leyes o haber dejado éstas sin ejecución".
Finalmente, cabe recordar que la acusación constitucional es una herramienta de control entre poderes del Estado, lo que se conoce como "frenos y contrapesos", y es en nuestro sistema jurídico-constitucional la herramienta más lesiva y gravosa con la que cuenta el Poder Legislativo.
De este modo, no cabe utilizar esta herramienta como una forma de crítica política frente al Poder Ejecutivo, sino que solo resulta procedente la aprobación de acusaciones constitucionales por infracciones de derecho estricto, que hayan resultado claramente verificadas y cuya gravedad amerite una declaración de culpabilidad.
A continuación, señalaré los argumentos de mi votación en cada uno de los capítulos que componen la presente acusación.
Respecto al primer capítulo: "Haber dejado sin ejecución las leyes en materias relativas al orden público", el primer fundamento de hecho en que se basa este capítulo acusatorio consiste en la inacción del ex Ministro en el paro de camioneros que afectó a nuestro país durante algunas semanas de los meses de agosto y septiembre pasados, y que generó niveles preocupantes de desabastecimiento en diversas regiones del país, además de otras alteraciones al orden público.
En particular, las leyes que fueron dejadas sin ejecución son la ley N° 12.927, de Seguridad Interior, y la recientemente aprobada ley Nº 21.208, conocida públicamente como "Ley antisaqueos y antibarricadas".
No comparto con los acusadores el hecho de haber citado aquí una infracción a la Ley de Tránsito.
Sin duda que los hechos acaecidos, junto con alterar el orden público de manera significativa, constituyen infracciones también a la Ley de Tránsito. Sin embargo, no me parece adecuado hacer extensiva la responsabilidad político-constitucional por infracciones a una ley que mayoritariamente es de carácter administrativo, y que no alcanzan la gravedad para fundar una acusación constitucional de este tipo.
En lo que respecta a la no aplicación de la Ley de Seguridad Interior, quiero señalar, en primer lugar, que no soy partidario de la aplicación de esta ley, ya que constituye un resabio propio de la dictadura.
La especial gravedad en la no aplicación de esta ley radica a mi juicio no tanto en ese hecho, sino que en otros casos que se podrían considerar análogos. Incluso, en otros casos que no alcanzaron el nivel de daño causado con el paro de camioneros, este mismo Gobierno sí la ha aplicado. Es decir, existe una flagrante discrecionalidad que se traduce en una violación a la igualdad ante la ley en la aplicación de este cuerpo normativo, máxime considerando que es el Ministerio del Interior y Seguridad Pública o los intendentes, que dependen directamente del anterior, los únicos legitimados activos para la presentación de querellas en virtud de dicha ley.
Lo anterior se ve reforzado en el hecho de que, si bien no corresponden al Ministro el juzgamiento y la sanción de ningún delito, es él quien detenta la facultad exclusiva dentro de todo el Estado para dar inicio a las investigaciones por tales ilícitos.
En el caso de la ley antisaqueos y antibarricadas, que el ex Ministro acusado en su calidad de Senador de la época defendió con bastante empeño, señalando expresamente que buscaba sancionar a quienes "cruzaran camiones en las carreteras", aun cuando no correspondía de manera exclusiva al ex Ministro la presentación de denuncias o querellas, por tratarse en este caso de delitos de acción penal pública, no resulta entendible el cambio de parecer, lo que claramente torna arbitraria su actuación.
Ante tal escenario, si bien valoro el hecho de intentar llegar a negociaciones sin la aplicación directa de acciones represivas, lamentablemente ese no ha sido el actuar del actual Gobierno, en particular del ex Ministro Víctor Pérez, en casos similares.
Respecto al segundo capítulo "Infracción a la Constitución y las Leyes, vulnerando el Derecho Fundamental de Igualdad ante la ley", para los efectos del presente capítulo acusatorio me remito a lo que ya señalé a propósito del anterior, toda vez que buena parte de los argumentos en torno a la falta de igualdad ante la ley deben entenderse en ambos capítulos como un todo.
Si bien no se puede obligar a un Ministro de Estado a hacer uso de la facultad privativa que le entrega el ordenamiento jurídico, como lo es la presentación de querellas por Ley de Seguridad Interior, sí es posible exigirle que haga un uso no discriminatorio de dicha facultad.
De este modo, reitero que no me parece que se mida con la misma vara a distintos grupos al momento de la aplicación de la Ley de Seguridad Interior, especialmente en lo que respecta a su aplicación a los miembros de nuestros pueblos originarios.
Asimismo, comparto con los acusadores el dispar trato que ha tenido Carabineros de Chile dependiendo del grupo y del contenido de las manifestaciones en lo que respecta a su actuar en el control del orden público. Y, tal como lo comentaré a propósito del siguiente capítulo, dicha decisión es claramente de carácter político y le corresponde a la Cartera que encabezaba el ex Ministro acusado.
En cuanto al tercer capítulo, los hechos en que se funda dicen relación con el episodio vivido el pasado 2 de octubre, en que un menor de edad fue empujado por un funcionario de Carabineros de Chile desde el puente Pío Nono al río Mapocho, en el contexto de una manifestación.
Respecto de este capítulo, quiero señalar que, pese a lo deleznable del acto, no se le está imputando al ex Ministro responsabilidad por un hecho ajeno. La fase judicial está en curso, y son los involucrados los que deberán responder ante la justicia.
El hecho imputado al ex Ministro radica en el no ejercicio de su deber de control jerárquico permanente respecto de Carabineros de Chile, cuyo actuar ha estado en tela de juicio durante el último año, sobre todo en su labor de control del orden público en relación con las vulneraciones de derechos humanos que se han producido.
Además de lo anterior, con posterioridad al hecho volvió a producirse algo que ya parece constituir una práctica habitual en la institución de Carabineros, que consiste en el encubrimiento y la negación de los hechos, sin que el Gobierno tome las medidas correspondientes para evitar la ocurrencia de este tipo de actuaciones.
En atención al breve tiempo con que contamos para la fundamentación de la presente acusación, no me extenderé sobre la serie de normas constitucionales y legales que me hacen llegar a la conclusión inequívoca de que las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública tienen una dependencia del Ministerio del Interior y Seguridad Pública.
Esta dependencia debe entenderse como consta en la historia de la reforma constitucional del 2005, que introdujo tal modificación al artículo 101 como una dependencia orgánica y funcional.
A mayor abundamiento, como consta en la historia de la ley Nº 20.502, que crea el Ministerio del Interior y Seguridad Pública y el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, la responsabilidad política exclusiva del actuar de las policías recae en el Ministro del Interior y Seguridad Pública.
Ante este escenario, quiero hacer un nuevo llamado al Gobierno, y especialmente al actual Ministro del Interior y Seguridad Pública a poner todos los esfuerzos en avanzar en la modernización real de Carabineros de Chile, para que no tengamos que seguir lamentando los hechos derivados de un actuar desproporcionado y de vulneraciones a los derechos humanos por parte de dicha institución.
En tales términos, y de acuerdo a lo expuesto, señora Presidenta, anuncio mi voto a favor de la presente acusación constitucional.
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Gracias, Senador Pedro Araya.
Tiene la palabra el Senador Alejandro García-Huidobro.


El señor GARCÍA-HUIDOBRO.- Muchas gracias, Presidenta.
Quiero saludar, en primer lugar, al ex Ministro del Interior, ex Senador, ex Diputado y ex Alcalde, don Víctor Pérez; a su defensa; y a los Diputados acusadores y a todos quienes hoy día están en esta Sala.
Nos encontramos ante el análisis de la novena acusación constitucional iniciada durante la administración del Presidente Piñera.
Una situación absolutamente anómala para la historia reciente de nuestro país. Y que, en mi opinión, afecta la estabilidad y nuestra democracia, en particular, vista la actual estructura institucional de nuestro sistema político, y la verdadera naturaleza y finalidad del instrumento de la acusación constitucional.
Por su parte, en razón de esta novena acusación constitucional, desviamos nuevamente los esfuerzos que están haciendo el Congreso y el Ejecutivo en la búsqueda de las soluciones necesarias para que los chilenos puedan sortear la apremiante situación en un contexto de pandemia y de crisis económica jamás visto y que hoy nos está afectando.
Más allá de los tecnicismos jurídicos, ¿de qué se le acusa al ex Ministro Pérez? De una falta de respeto irrestricto a los derechos humanos por el accionar permanente y sistemático de Carabineros que constituiría una violación a aquellos. Y porque habría una actitud indolente por parte del ex Ministro del Interior ante lo que algunos consideran que son evidentes violaciones a los derechos humanos por parte de la institución.
Se le acusa de tener responsabilidad respecto a los hechos de la violencia acaecida durante las manifestaciones desde octubre del año 2019 hasta la fecha, a pesar de que el ex Ministro Pérez inició su gestión el 28 de julio de este año. Por lo tanto, sin duda se le están tratando de atribuir todas las responsabilidades.
En segundo lugar, se habla de una falta de trato igualitario, en particular por lo siguiente. Se señala que habría tenido una actitud permisiva ante la toma de carreteras por parte de los dueños de camiones, que no habría sido la misma que tuvo respecto de hechos similares. Por otro lado, se indica que hubo represión de manifestantes del "Apruebo" y acompañamiento a los del "Rechazo".
Lo mismo se señala respecto al tratamiento de la situación relativa a grupos minoritarios y evidentemente violentos que han protagonizado acciones terroristas en La Araucanía.
¿Son justas estas acusaciones? No lo son, señora Presidenta; no lo son. Primero, respecto al paro de los camioneros, no conocí durante su gestión situaciones similares con las que se podría comparar su accionar.
Por su parte, el ex Ministro Pérez dialogó desde el primer día con los manifestantes, no con el fin de sostener el paro, sino justamente para darle término.
Vista la historia reciente de este tipo de manifestaciones, incluyendo... (falla de audio en transmisión telemática)...
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Se cortó la conexión, Senador Huidobro.
Vamos a esperar que retorne el Senador García-Huidobro.
Tiene la palabra el Senador José García Ruminot.


El señor GARCÍA.- Muchas gracias, señora Presidenta.
En este Senado todos conocemos a don Víctor Pérez Varela porque lo integró durante más de catorce años, porque fue Diputado y porque sabemos que en todas y cada una de sus actuaciones ha tenido siempre un riguroso respeto a nuestra Constitución y a las leyes.
Por eso es que resulta tan duro y tan difícil comprender que por razones enteramente ajenas haya Senadores que están votando a favor de esta acusación constitucional, que, como ya han señalado otros Senadores que han hecho uso de la palabra, es profundamente injusta, infundada y que tergiversa completamente lo que ha sido la trayectoria política y democrática del ex Ministro del Interior, don Víctor Pérez Varela.
Yo me quiero referir particularmente a los hechos ocurridos en La Araucanía en la semana del 27 de julio al 2 de agosto y que motivan algunos de los fundamentos de la acusación.
Aquí se ignora por parte de los acusadores que tuvimos cinco municipios tomados: Traiguén, Collipulli, Ercilla, Curacautín, Victoria.
En la madrugada del 2 de agosto, los municipios de Traiguén y Ercilla terminaron completamente destruidos por el fuego intencional. Y los municipios de Curacautín, Victoria y Collipulli tuvieron graves destrozos.
Aquí se dice que el Ministro del Interior dejó de aplicar la ley a quienes pedían el desalojo del municipio de Curacautín. Y nada es más alejado de la verdad.
Lo que ocurrió en Curacautín es que Carabineros evitó un enfrentamiento entre civiles. Y lo hizo, por supuesto, con estricto apego a sus protocolos y a la ley.
Cada una de estas tomas, cada uno de estos incendios, cada uno de estos destrozos está siendo investigado como corresponde por el Ministerio Público.
Sin embargo, la Cámara de Diputados se anticipa a la investigación sin el debido proceso y condena al ex Ministro del Interior, don Víctor Pérez Varela.
Y lo hacen, a mi juicio, sabiendo perfectamente bien que él no tiene ninguna responsabilidad en estos hechos, sabiendo perfectamente bien todas las acciones que llevaron adelante tanto el Ministro Víctor Pérez como el Ministro de Justicia, don Hernán Larraín, para lograr un diálogo con los comuneros que estaban participando de las tomas de todos estos municipios cuántos esfuerzos hicieron.
El Ministro Hernán Larraín los invitó a dialogar vía Zoom y se negaron. Pidieron hacerlo de forma presencial. El Ministro Larraín dijo: "Hagámoslo presencial" y no llegaron a la convocatoria.
Entonces, claramente la violencia no ha estado por parte ni del Gobierno ni mucho menos de su Ministro del Interior en ese entonces, don Víctor Pérez.
Yo creo que una acusación constitucional tiene que ajustarse a la verdad y, en este caso, se aparta completamente de ella y de cómo ocurrieron los hechos.
Con las tomas de las municipalidades, con los incendios, con la destrucción, con los destrozos, los grandes perjudicados son los habitantes de las respectivas comunas, la ciudadanía de Traiguén, de Collipulli, de Arcilla, de Curacautín, de Victoria. Ellos fueron privados durante varios días de poder ir a los municipios y recibir las atenciones que el Estado ofrece a través de estos, que son la casa de todos. ¡Las municipalidades son la casa de todos! ¿Por qué privar, entonces, a los ciudadanos de poder acceder a ellas?
Eso también es violencia.
Señora Presidenta, no quiero alargarme, porque tengo la absoluta convicción de que los cargos que se le formulan a don Víctor Pérez Varela, como dije, son profundamente injustos, infundados y no se ajustan a la verdad.
Voto en contra de los tres capítulos de la acusación constitucional, porque no existe ningún mérito para ello.
Muchas gracias.
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Recupera el uso de la palabra el Senador García-Huidobro.
¿Tiene conexión, Senador?


El señor GARCÍA-HUIDOBRO.- Ahora sí.
No sé si se escucha.
Antes se cayó el internet.
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Se escucha bien, Senador.
El señor GARCÍA-HUIDOBRO.- Muchas gracias, Presidenta.
Lamento lo que ocurrió en mi intervención anterior.
Bueno, respecto de un supuesto trato diferenciado a partidarios del Gobierno en comparación a sus opositores, pareciera que se trata de una conclusión apresurada y antojadiza. Ese es un hecho difícil de afirmar cuando sabemos que el Ejecutivo promovió el buen funcionamiento del proceso plebiscitario, y lo ha seguido haciendo en los pasos que vienen.
Ahora, en lo relativo a las quemas de edificios, a la destrucción masiva del mobiliario público y a las batallas campales contra carabineros en distintas marchas, quien sea sincero de corazón deberá responder necesariamente que no a todo eso.
Muchas marchas están provocando delincuencia, y Carabineros tiene la obligación de actuar.
En el caso de manifestaciones esencialmente pacíficas, es un despropósito lo que algunos han dicho: que el ex Ministro trató de impedir el derecho de los ciudadanos a manifestarse. Le guste o no le guste lo que ellos piensan, él siempre, ¡siempre! -lo conocemos desde Senador y Diputado-, ha sido una persona preocupada de que se cumpla la legislación de nuestro país. Estoy absolutamente convencido de que lo que él hizo como Ministro del Interior estuvo acorde a la legislación vigente.
No se puede afirmar lo mismo respecto al accionar de grupos de ciudadanos, por ejemplo, en la plaza Baquedano, ni menos de las acciones terroristas cometidas por grupúsculos camuflados, injustamente bajo la causa mapuche.
Si somos sinceros y dejamos de lado los cálculos políticos, nuevamente debemos reconocer que ahí ha reinado la violencia y la destrucción, lo cual ha requerido necesariamente, en defensa de los intereses de los demás chilenos, un accionar enérgico por parte de Carabineros.
No veo, entonces, dónde se evidencia ese accionar discriminatorio del ex Ministro Pérez que algunos buscan atribuirle mediante esta injustificada acusación constitucional.
Dicho lo anterior, señora Presidenta, no me queda más que rechazar esta acusación constitucional, porque sus principales argumentos resultan falsos desde toda perspectiva y, también, porque no me voy a prestar para consolidar un abuso casi institucional de parte de tan importante Corporación de este Congreso.
Solamente quiero decir, señora Presidenta, que el Ministro Pérez en su vida ha demostrado ser siempre lo que es: un hombre tranquilo, mesurado, que ha colaborado por la democracia en este país y que tiene una experiencia de la que todos somos testigo.
Creo que lo que hace la acusación presentada por los señores Diputados -ya es la novena en el Gobierno del Presidente Piñera- es, de alguna manera, seguir debilitando las instituciones, seguir debilitando nuestra democracia.
En definitiva, la responsabilidad la tienen hoy día quienes están llamados a votar.
Por lo anterior, voy a rechazar los tres capítulos de esta acusación constitucional. Me parece que no corresponde ninguno de ellos.
Gracias.
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Gracias, Senador García-Huidobro.
Tiene la palabra el Senador Felipe Harboe.


El señor HARBOE.- Muchas gracias, Presidenta.
Hoy concurrimos a votar una nueva acusación constitucional. Se trata de la novena de este último período y la tercera que llega al Senado.
Al respecto, permítame, en primer lugar, reconocer el derecho que les asiste a los señores Diputados y señoras Diputadas para iniciar estos procedimientos, como también reivindicar el derecho que tiene cada señor Senador y señora Senadora a resolver soberanamente en consideración a las razones de hecho y de derecho que van a fundar las pretensiones de unos y otros en esta controversia.
No obstante, me permito advertir el aumento exponencial del uso de esta herramienta de contrapeso democrático durante el último tiempo, lo que daría cuenta eventualmente de una explosión de infracciones constitucionales de las actuales autoridades o de la incapacidad de asumir que el diálogo, el debate, el intercambio de ideas son las formas de resolver las controversias que se producen en la actividad política.
Cómo no recordar al connotado constitucionalista y académico Humberto Nogueira, quien nos señala que la acusación constitucional solo puede tener causa legítima para hacer efectiva una responsabilidad constitucional que tiene rasgos jurídicos y políticos. La doctrina es prácticamente conteste al considerar la necesidad de entender esta atribución exclusiva del Congreso como una acción constitucional excepcionalísima, cuyo objeto es hacer efectiva la responsabilidad política constitucional de las autoridades para casos de derecho estricto establecidos en la propia Carta Fundamental.
Se trata, entonces, de una acción de control político, pero fundada necesariamente en razones jurídicas, ya que, de no existir causa jurídica, se estarían alterando incluso las normas que otorgan competencia exclusiva al Presidente de la República para determinar la evaluación o responsabilidad de sus colaboradores más cercanos de exclusiva designación. Luego, debe entenderse como una acción de ultima ratio para hacer exigible la responsabilidad constitucional de las autoridades que se contemplan como sujetos pasivos de la misma.
Recomiendo revisar la excelente tesis de doctorado de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile de don Marcello Sasso, quien, bajo la dirección del profesor Pablo Ruiz-Tagle, entre otras reflexiones, nos dice que es importante distinguir entre responsabilidad política y responsabilidad constitucional en el caso chileno. Sin embargo, dado que el concepto de "responsabilidad constitucional" tampoco tiene una configuración normativa expresa en el Texto Fundamental, existe la tendencia a confundirla con la responsabilidad penal, cosa que fue expresamente rechazada por la Comisión Ortúzar.
El antecedente de la acusación constitucional es el impeachment, propio del derecho inglés, que tiene variantes. Mientras en el derecho inglés propiamente tal es de carácter penal, en el norteamericano tiene un carácter más político. Al decir de Blackstone, el impeachment es uno de los contrapesos del régimen de gobierno inglés, ya que todas sus partes forman un mutuo contrapeso sobre cada una de las otras. Con ello se buscaba, por ejemplo, evitar que un consejero del rey fuera juzgado por los jueces, por temor. Y por eso los comunes lo juzgaban y lo lores lo condenaban, eventualmente.
En nuestro país la evolución constitucional habla del juicio de residencia, que viene del derecho indiano. Luego, en las Constituciones del 33, del 25 y del 80, con diversas naturalezas, se contempla la acusación constitucional como un mecanismo de control jurídico-político.
La primera acusación constitucional fue contra el ex Presidente Francisco Ramón Vicuña, en 1831, quien finalmente fue absuelto por el Senado.
Entre 1925 y 1973, se presentaron setenta y cuatro acusaciones constitucionales, de las cuales treinta y una llegaron al Senado y diecisiete fueron aprobadas.
Entre 1990 y 2018, se presentaron veintidós acusaciones constitucionales.
En el caso particular que nos ocupa, no estamos juzgando la trayectoria y tampoco la simpatía del ex Ministro Víctor Pérez Varela.
La primera causal, haber dejado de ejecutar las leyes en materia de orden público, se fundamenta sobre la base del paro de los camioneros, verificado el 27 de agosto.
Al respecto, hago presente que, a mi entender, el entonces Ministro Pérez actuó mal: no resulta aceptable tolerar que un grupo de presión amenace en el Palacio de La Moneda con cortar rutas estructurantes del país, menos aún que use maquinarias para cortar vías, demorar el tránsito y afectar el normal desarrollo de las funciones en el territorio.
Chile no puede ni debe estar cooptado por un grupo, cualquiera que sea su reivindicación. El Ministro, a mi juicio, debió ser más enérgico en sus declaraciones e instar a la fuerza policial a evitar a toda costa el corte de rutas y la afectación de derechos ciudadanos.
Para qué hablar del acuerdo suscrito: reparaciones, complementos de contrato de trabajo, reemplazo de maquinarias. ¡Todo esto con recursos públicos!
Lo dije fuerte y claro públicamente: ¡No es la forma de resolver el conflicto!
Pero, con la misma fuerza con que levanté públicamente mi voz para exigir mayor celeridad en el trato con los que cortaban las rutas -y me opuse a ese acuerdo-, déjenme decirles que, a mi entender, dichas acciones revelan la incapacidad política de dar gobernabilidad, pero no constituye una infracción de carácter constitucional.
Podrían ser constitutivas de responsabilidad administrativa, ser políticamente inadecuadas. Alguien podría incluso perseguir una eventual responsabilidad penal. Pero no veo que se configure un ilícito constitucional.
En los autos figura que se cursaron más de mil denuncias ante el Ministerio Público; es decir, no hubo omisión de denuncia. Ahora, lo interesante sería conocer qué ha pasado con esas denuncias, para saber si se llevó adelante una verdadera persecución penal en esta materia.
Discrepo de lo hecho por el Ejecutivo, y espero nunca más ver a las autoridades de mi país arrodilladas ante un grupo de presión. Pero no creo que esta falta de capacidad política sea suficiente para condenar a una exautoridad a estar cinco años privado de sus derechos.
El segundo capítulo, sobre la infracción a la Constitución relativa a la vulneración del derecho fundamental de igualdad ante la ley, es el de mayor complejidad. La acusación realiza un paralelo entre el tratamiento al paro y los cortes de rutas de los camioneros y el tratamiento a otras manifestaciones, como las de comuneros mapuches, estudiantes, simpatizantes de la opción "apruebo" en el reciente plebiscito, etcétera.
¿Han existido diferencias? Es evidente que sí.
¿Son el resultado de la incapacidad del sistema de seguridad? No cabe duda.
Resulta impresentable que, frente a similares acciones, existan diversos criterios para enfrentarlas, definitivamente.
Pero la pregunta que debemos hacernos es: ¿estas diferencias de trato son previamente diseñadas por la autoridad política y responden a una intención premeditada?
¿De verdad los acusadores y acusadoras creen que Carabineros de Chile tiene la formación adecuada para tener criterios uniformes? Los ejemplos son vastos.
¿Creen de verdad que esta institución estaría disponible para aceptar una orden directa, en materia de orden público, que implique su propia y eventual responsabilidad penal?
De verdad, si creen en eso, no conocen cómo funciona el sistema de seguridad, y haría bien tener a lo menos una pasantía por alguna función gubernamental para saber que, como dice el viejo adagio, "otra cosa es con guitarra".
Bien lo saben quienes, en este foro, en el Senado, ejercieron como intendentes, gobernadores o ministros. ¿Acaso ellos podrían asegurar que todos los hechos policiales acaecidos bajo su vigencia como autoridad fueron determinados por ellos, con los riesgos penales que esto implica? Yo creo que no.
Ojalá el ordenamiento jurídico del sistema de seguridad funcionara de manera lineal y basado estrictamente en la autoridad política, pero las cosas, lamentablemente, no son así: la ley N° 18.961, Orgánica Constitucional de Carabineros, otorga a la institución niveles de autonomía operativa, que impiden a la autoridad política dictar instrucciones particulares para cada operativo. Se puede conversar, persuadir, convencer, acordar; pero en el terreno, en la praxis, son los propios carabineros los que aplican sus protocolos.
Por eso algunos hemos insistido mucho en la necesidad de una profunda reforma policial; una reforma que se haga cargo de todos y cada uno de estos temas; una reforma que permita cambiar la formación policial, inculcando desde un primer nivel educativo la relevancia ética de los derechos humanos; una reforma que en la práctica haga compatibles el orden público, la seguridad, la paz social y los derechos humanos; una reforma que permita tener controles externos sin politizar la carrera funcionaria; una reforma que ponga en un estándar democrático la relación de la policía, la ciudadanía y la autoridad.
No me gustan las diferencias arbitrarias, pero, revisando todo el expediente, no veo ningún antecedente que a mí me permita asegurar que dichas diferencias, que sí existieron, fueron instruidas por el entonces Ministro del Interior, hoy el acusado.
El tercer capítulo: el Ministro del Interior habría incurrido en una infracción a la Constitución y a las leyes, debido a que los Carabineros actuaron reiteradamente con violencia innecesaria. Y se cita el caso del carabinero que empuja a un joven en el puente Pío Nono.
Lo primero que corresponde señalar es que el acusado estuvo noventa y tres días en el cargo; por tanto, hablar de violación sistemática de las normas legales y atribuirle responsabilidad no parece basarse en la evidencia.
Sin perjuicio de ello, valga lo dicho en referencia al capítulo anterior: el gran problema que tenemos como sociedad en materia de seguridad es que no contamos con una institución que esté formada adecuadamente en estas materias.
Pero, ¡cuidado!, gracias a la tecnología, hoy conocemos hechos que ayer ignorábamos, y gracias a la existencia de una justicia ordinaria, sabemos de situaciones que antes desconocíamos.
Carabineros es la institución encargada de velar por el orden público, pero tiene que hacerlo de acuerdo a los estándares de respeto a los derechos fundamentales, de eficacia y de eficiencia.
Pero quiero advertir la dificultad que implicaría aprobar este capítulo. Hacer responsable a un Ministro del Interior, al Jefe de Gabinete, de un delito cometido por un carabinero implica atribuir a la autoridad política una responsabilidad por hecho ajeno, respecto al cual no posee potestad para evitarlo.
Las competencias del Ministerio del Interior, como dije, están limitadas todavía, y si leen con detención la Ley Orgánica de Carabineros, observarán que la autoridad que aprueba los protocolos de actuación operativa ha sido, es y sigue siendo el mando policial.
Para corregir esto -lo repito-, se requiere una reforma policial.
Hacer responsable a un Ministro del Interior por un acto ilícito cometido por un carabinero, considerando que la institución realiza cerca de dos millones de procedimientos al día, es poner a la figura del Jefe de Gabinete, al Ministro del Interior, cualquiera que sea el Gobierno, en un imposible de prever y también de superar. Sería como acusar constitucionalmente al Ministro de Salud por la negligencia médica o el delito cometido por un médico o funcionario de algún servicio de salud, o hacer responsable a un parlamentario o parlamentaria por el delito cometido por alguno de sus funcionarios.
Es importante esto. Pensémoslo, porque es muy delicado.
Ojalá que esto se supere teniendo a un Ministro 24/7 dedicado a las materias de seguridad.
Como reflexión final, quiero manifestar nuevamente mi preocupación por la sanción accesoria de inhabilidad por cinco años. ¡Cinco años! Es más que un período presidencial, más que un período de diputado o de alcalde. ¡Es mucho tiempo para quien ha dedicado su vida al servicio público! Además, dicha sanción está reservada solo a quienes cometen crímenes, ni siquiera delitos.
Voté a favor de la acusación constitucional contra el ex Ministro del Interior Andrés Chadwick, porque me formé la convicción de que existían méritos para ello.
Si aprobara este libelo, podría ser más popular o tener aprobación en las redes...
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Concluyó tu tiempo, Senador.
Tiene un minuto más.
Está nuevamente activado su micrófono.
¿Senador Harboe?
El señor HARBOE.- ¿Perdón?
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Tiene un minuto más para que concluya.
El señor HARBOE.- Gracias.
Chile merece mucho más. Creo que es importante entender que estamos juzgando una función pública, y no necesariamente a una persona.
De una vez por todas, pienso que es fundamental terminar con esta ofensiva de acusaciones constitucionales. Debemos levantar alternativas a un mal Gobierno.
Este Gobierno lo ha hecho mal, pero tenemos que ser alternativa para poner a Chile de pie. Sin embargo, eso se hace con ideas, con propuestas serias y responsables, y no con este tipo de acusaciones.
He dicho, Presidenta.
Votaré en contra.
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Gracias, Senador Harboe.
Tiene la palabra la Senadora Ena von Baer.


La señora VON BAER.- Gracias, Presidenta.
Quiero saludar a nuestro querido excolega Víctor Pérez, ex Ministro del Interior.
Quizá porque me tocó compartir tantos años acá el quehacer político de Víctor Pérez como Senador, quisiera empezar recordando sus dieciséis años de destacada trayectoria en el Congreso Nacional como parlamentario y su profunda vocación de servicio público.
Todos nosotros acá lo conocemos. Sabemos del profundo amor por Chile de Víctor Pérez, de su profundo amor por el servicio público, y también de su manera de enfrentar el rol político y la tarea que nosotros tenemos, no solamente en el Congreso Nacional, sino en el país.
Víctor Pérez siempre se ha caracterizado por ser un servidor público que contribuye al diálogo, a la búsqueda de acuerdos, y nunca descalifica a aquel que piensa de manera distinta.
Nosotros conocemos la forma de trabajar de Víctor Pérez y sabemos -porque lo vimos durante tantos años acá, en el Congreso- que siempre buscó acuerdos con aquellos que pensaban distinto a él. Conocemos su profundo respeto por las personas y por los derechos humanos, y su manera de buscar acuerdos con los diferentes sectores políticos.
Creo que es importante destacar el cargo que asumió, dado el contexto público que vivimos y el hecho de que este no es un momento fácil para dedicarse a la política. Ser Ministro del Interior probablemente es una de las tareas más complejas que hay en el país. Víctor Pérez podría haber seguido siendo Senador hasta marzo de 2022, en lugar de asumir este difícil desafío, como digo, en un momento tan complejo como el que estamos viviendo.
Pero tal es su vocación por el servicio público y tal es su cariño por el país, que aceptó este tremendo desafío. Y yo personalmente, después de lo complejo que han sido estas semanas, de lo amargo que ha sido este tiempo, quiero como Senadora de la república volver a agradecérselo, porque necesitamos servidores públicos como Víctor Pérez.
No solo le tocó asumir en plena pandemia, sino que también tuvo que enfrentar desde el primer día hechos graves de violencia en el sur de nuestro país. Víctor los conoce, tal como los conocemos todos los que vivimos en el sur de Chile. Y como Ministro viajó de inmediato a La Araucanía, ya que en aquel momento se habían tomado seis municipios de la región. Los municipios, ustedes lo saben, juegan un rol clave siempre, pero especialmente desde que tuvieron que hacerse cargo de la pandemia. Y había que buscar una solución que fuese rápida, eficaz y no violenta.
Señora Presidenta, todos nosotros sabemos en lo que podría haber terminado ese momento en el sur de Chile. Pero la intervención prudente, mesurada y de actitud de apertura al diálogo permitió evitar hechos de violencia que podrían haber sido irreparables. Y con una mano en el corazón, todos sabemos que es así.
En Curacautín cuarenta personas se habían tomado la municipalidad, y fueron los propios ciudadanos, quienes pensaban de manera distinta, doscientos cincuenta personas de dicha localidad, las que fueron a desalojar a los que se habían tomado el municipio. Este hecho, como decía, podría haber terminado en un enfrentamiento violento, con personas heridas y quizás muertas. Eso no ocurrió, ni las cuarenta personas al interior de la municipalidad, ni las doscientos cincuenta y cinco personas fuera de ella resultaron heridas ni tampoco lesionadas.
Eso es hacerse cargo de los problemas, actuando de manera prudente y haciendo política, como Víctor Pérez la sabe hacer.
Luego vino lo que aquí también se ha planteado: la paralización de los camioneros. Todo esto nace porque Juan Barrios fue víctima de hechos de violencia mientras dormía en un camión y un grupo de personas lo atacó con bombas molotov, incendiando el vehículo y quitándole la vida a este hombre de cincuenta y cuatro años. Y posteriormente una niña de tan solo nueve años fue baleada dentro de un camión, que también fue incendiado.
En ese contexto y ambiente asume Víctor Pérez Varela.
Señora Presidenta, no es la primera vez que se produce un paro de camioneros. Y tampoco es la primera vez que un Ministro del Interior no utiliza la Ley de Seguridad del Estado. Así ocurrió con dos Ministros de gobiernos de la Oposición de hoy: el Ministro Cortázar y el Ministro Burgos, que en ambos casos no utilizaron la Ley de Seguridad del Estado. Se solucionó el problema por otras vías y de manera, en verdad, mucho más disruptiva para la vida de las personas. Hubo situaciones en que no se podía entrar a la capital de nuestro país y nadie puso en duda que los Ministros del Interior buscaran un camino para solucionar el problema y tampoco nadie dijo que se debía acusar constitucionalmente al Ministro del Interior por no utilizar una ley cuyo empleo o no es facultad de la autoridad. Para ello, como decía mi colega Claudio Alvarado, se debe ponderar la necesidad y la oportunidad. Esa es una tarea que tiene que cumplir un Ministro del Interior: ponderar la necesidad y la oportunidad.
Entonces, ¿cada vez que un Ministro del Interior no utilice la Ley de Seguridad del Estado y el Congreso considere que la debiera haber usado vamos a tener una acusación constitucional? Yo creo que no. Me parece que esto tiene que ver mucho más con un momento político de enfrentamiento que, desgraciadamente, estamos viviendo en el último tiempo.
Luego se dice que aquí no ha habido igualdad ante la ley y se ha producido discriminación en la forma de actuar frente a distintas movilizaciones. Señora Presidenta, yo creo que acá lo que hace la gran diferencia es si una movilización se desarrolla en forma pacífica o no. En las manifestaciones pacíficas se actuó siempre de la misma manera. La pregunta es si en las manifestaciones violentas se procedió de manera distinta. Y eso por lo menos, de verdad, yo no lo veo y creo que no se sostiene en esta acusación.
Por último, se hace alusión al caso Pío Nono, donde un joven manifestante de dieciséis años habría sido empujado por un funcionario de Carabineros desde el puente al río Mapocho. La acusación señala que el Ministro Víctor Pérez no adoptó las medidas necesarias para impedir la ocurrencia de este tipo de hechos graves como consecuencia del actuar desmedido de Carabineros.
Señora Presidenta, y lo han dicho mis colegas, ¿puede hacerse cargo el Ministro del Interior de la actuación de cada uno de los carabineros a lo largo del país? Esto también ocurrió en otros momentos, en otros gobiernos, y tampoco se acusó constitucionalmente al Ministro del Interior porque algún carabinero o algún grupo de carabineros no hubiesen cumplido con la ley.
Señora Presidenta, quiero terminar, tal como lo hizo un colega con anterioridad, preguntándome por qué se están usando indiscriminadamente y, desde mi punto de vista, de manera injustificada las acusaciones constitucionales. A mi juicio, porque no se está leyendo realmente lo que Chile nos ha querido decir en los últimos tiempos: "Lleguen a acuerdos, no caigan en la discusión política pequeña".
Por eso, señora Presidenta, hay que creer en el ejercicio de llegar a acuerdos entre el Ejecutivo y el Legislativo. Pero eso no se logra si un Ministro del Interior -termino, Presidenta- que no ha cumplido ni siquiera los tres meses en sus funciones ya es acusado constitucionalmente. Eso quiere decir que por cualquier cosa que el Ministro del Interior haga podría ser acusado constitucionalmente.
Concluyo diciendo que de verdad quisiera que tuviésemos muchos Ministros del Interior como Víctor Pérez. ¿Por qué? Porque serían Ministros dispuestos a conversar, a dialogar, a llegar a acuerdos y a hacer política, de la buena política, de la que nosotros sabemos que hace Víctor Pérez, buscando siempre lo mejor para Chile y para todos los chilenos.
Por eso, rechazo esta acusación constitucional.
He dicho.
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Gracias, Senadora Von Baer.
Tiene la palabra el Senador Francisco Huenchumilla.


El señor HUENCHUMILLA.- Señora Presidenta, la verdad de las cosas es que me produce -yo diría- cierto dolor y cierta violencia moral cuando veo esta discusión de las élites chilenas, la élite de Derecha y la élite de Centroizquierda. Y lo digo porque lo que aquí se debate tiene comunicación directa con lo que sucede en la Región de La Araucanía, donde yo he sido actor, protagonista, testigo directo.
Entonces, quiero ser muy franco, porque me considero un hombre de Centroizquierda, pero en materia mapuche me salgo de ese esquema y tengo la independencia de juicio para ser claro y franco en esta discusión.
La verdad de las cosas es que no comparto la tesis de los acusadores. Yo fui nombrado intendente en marzo de 2014, y el conflicto de La Araucanía se trataba de la misma manera que sostiene la tesis de los acusadores: como un problema de orden público. Y la idea era, entonces, tirar querellas, aplicar la Ley de Seguridad del Estado, la Ley de Control de Armas, la Ley Antiterrorista, etcétera, etcétera.
El diagnóstico de la Centroizquierda era que se trataba de un problema de orden público y de seguridad. Yo dije que era un problema político y que, por lo tanto, no lo iban a solucionar los tribunales, el Ministerio Público o los carabineros.
No creo en la solución de los movimientos sociales, de la protesta social mediante los mecanismos de represión y la intervención de los tribunales.
Pienso que los problemas sociales se arreglan a través de la política. Esa ha sido mi tesis hasta el día de hoy. Y así, de esa manera, me comporté como Intendente, resistiendo heroicamente para no aplicar nunca la Ley Antiterrorista. Y el par de veces en que se aplicó la Ley de Seguridad del Estado fue por una decisión que provino de Santiago. Porque yo pensaba que ese conflicto, donde están todos involucrados en la Región de La Araucanía -los agricultores, los camioneros, por supuesto el mundo mapuche y el Estado-, ha tenido de parte de las élites santiaguinas un diagnóstico equivocado respecto de cómo tratarlo.
Fui testigo el año 2015 de una de las marchas de los camioneros a Santiago. Se tomaron las calles de Temuco, y mi disyuntiva fue ¿aplico la ley o qué hago?
Yo dialogué y convinimos que ordenadamente se fueran de Temuco a Santiago, y no tuvimos ningún problema.
Cuando estaban a la altura de Curicó me llamaron algunos Diputados de Gobierno preguntándome cuál era mi consejo para cuando llegaran a Santiago. Mi consejo fue de nuevo el diálogo, la política, la resolución de los problemas por esas vías y no la aplicación de la represión y de los tribunales.
Así se actuó en ese Gobierno.
Entonces, ¿con qué moral hoy día podría sentar en el banquillo de los acusados a Víctor Pérez si tanto yo como el Ministro del Interior de mi coalición de esa época optamos por la misma metodología?
Realmente, no logro formarme una convicción moral para actuar de otra manera.
Ahora bien, Carabineros, esta gran institución que todos queríamos, que todos queremos, está viviendo una crisis profunda, de todo tipo: interna, de fraudes, de falta de formación. Es una institución que requiere una profunda reestructuración. Y ha estado involucrada en casos como el de Pío Nono y en muchos más.
¿Quién es el responsable de la situación de Carabineros, de que haya llegado así hasta esta época? ¡Todos nosotros! ¡Todos los que estamos en las coaliciones que hemos gobernado el país durante estos últimos treinta años!
¡En nuestro Gobierno de la Nueva Mayoría tuvo lugar la Operación Huracán, un montaje contra el pueblo mapuche realizado por Carabineros, donde el Ministro del Interior era un demócrata cristiano y el Subsecretario era un socialista! ¿Y qué pasó? ¡Nada! ¡Nada! Tampoco se cambió al General Director de Carabineros. Y después con vergüenza vimos que llegó la Derecha y lo cambió, como también a un montón de generales.
Entonces, ¿cómo me bajo en esto?
Me cuesta muchísimo entender esta lógica de pensar que el otro es el responsable y yo soy la blanca paloma sin ninguna responsabilidad política. Aquí todas las élites gobernantes tienen responsabilidad en lo que ha sucedido.
Respecto de las tomas de las municipalidades, eso fue un error. Les dije a los peñis que eso había sido un error.
La reacción de la gente y todo eso da cuenta de la sociedad quebrada que tenemos en La Araucanía, entre los distintos sectores de esa región: las víctimas, los agricultores, los camioneros, la sociedad mapuche. Estamos divididos.
¿Y cuál es el método para abordar eso? El método es la política y el diálogo, que he predicado en el desierto durante tantos años, y lo sigo predicando.
Cuando fui Intendente, con el Ministro Peñailillo logramos una gran sintonía. Pero después se impuso que en La Araucanía debía aplicarse la tesis que hoy día se defiende aquí, la tesis de que había que reprimir mediante la interposición de las querellas. Se me pidió una solución política, yo la escribí. Elaboré un documento de cincuenta páginas en que señalaba cuál podría ser el camino para la solución política de eso. Lo presenté a las nueve de la mañana, y a las nueve y media me echaron de la Intendencia por plantear una salida política a la situación que enfrentamos.
Yo no comulgo con los camioneros; no los conozco. Incluso, con su presidente tuve unos palabrazos un par de meses atrás. No comparto nada de ello, pero son actores en La Araucanía que han sido víctimas de la quema de un montón de camiones. Y ello, producto de la responsabilidad del Estado, porque el mundo mapuche no le cree al Estado, no nos cree a nosotros, perdió la confianza, y hoy nuevamente ve que nos enfrascamos en esta discusión achacándole toda la culpa de la historia a un solo personero.
Y nosotros, mientras tanto, miramos para el cielo y quedamos tranquilos porque por fin estamos colgando en la plaza pública a una persona que estuvo tres meses como Ministro del Interior. Pero el pasado no cuenta.
Entonces, me niego a colgar en la plaza pública a un Ministro del Interior que estuvo tres meses para que pague las culpas de la Derecha, las culpas históricas de su clasismo, de su racismo y de su falta de entendimiento de la situación del pueblo mapuche.
Me resisto a colgar en la plaza pública a Víctor Pérez por los pecados de la Centroizquierda, que no ha pedido perdón. Yo pedí perdón como Intendente por los pecados del Estado.
Me resisto por la responsabilidad en Carabineros, porque en ello todos somos responsables.
Entonces, este debate falso -a mi juicio- hace que la gente no nos crea; que la clase política esté como esté porque no somos francos en lo que tenemos aquí.
Los tribunales, las policías, las querellas no son para resolver los problemas sociales de Chile, ya sean promovidos por los jóvenes, por los estudiantes, por las mujeres, por los camioneros, por los mapuches. Y tampoco son la solución para los cientos de jóvenes que están presos por el estallido social.
¡No! La solución es la política. Eso es lo que tenemos que emprender: el diálogo, sentarnos en la mesa y que alguna vez el Estado escuche al mundo mapuche y logremos la paz en La Araucanía, pero sobre la base de la justicia, la verdad y la recuperación de los territorios que el Estado le usurpó y que las clases dirigentes chilenas a lo largo del siglo pasado y de este siglo no han sido capaces de resolver.
Gracias, Presidenta.
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Gracias, Senador Huenchumilla.
Tiene la palabra el Senador Juan Castro.


El señor CASTRO.- Señora Presidenta, habiendo escuchado a los acusadores y a la defensa del señor Víctor Pérez Varela, se ha cumplido con el principio básico del debido proceso, teniendo este Senado que ponderar ambas posturas y analizar la veracidad de las afirmaciones de cada una de las partes, para así, finalmente, tomar la decisión de acusar constitucionalmente o no al ex Ministro del Interior y Seguridad Pública.
Con los tres capítulos presentados por los Honorables Diputados acusadores no se logró acreditar la situación ante este Senado para formarse la plena convicción de que el señor Víctor Pérez Varela, entonces Ministro del Interior, haya infringido la Constitución y las leyes y que deba, por lo tanto, inhabilitarlo por cinco años para ejercer cualquier cargo público.
Muy por el contrario, los hechos señalados tienen una temporalidad que está lejos de imputarle la responsabilidad al acusado, simplemente por la fecha en que este asumió el cargo de Ministro del Interior. Es de conocimiento público que actualmente el país se encuentra bajo estado de excepción constitucional por calamidad pública, motivo por el cual las competencias se encuentran radicadas en jefes de zona nombrados por decreto supremo de Su Excelencia el Presidente de la República.
Por ello, señora Presidenta, habiendo escuchado y analizado los alegatos de ambas partes en este proceso, debo señalar que los acusadores no logran acreditar hechos, circunstancias y ningún tipo de duda razonable para acusar al ex Ministro señor Pérez Varela.
Anuncio que votaré en contra de cada uno de los tres capítulos, porque en verdad creo que los hechos que se le imputan al ex Ministro no son de su responsabilidad.
He dicho.
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Gracias, Senador Castro.
Tiene la palabra el Senador Quintana.
Tiene que activar su micrófono.


El señor QUINTANA.- Gracias; no me habían dado el audio.
Señora Presidenta, quiero compartir la reflexión que hace pocos minutos hizo mi colega de La Araucanía, Senador Huenchumilla, porque creo que es honesta; expresa un testimonio de lo que ha vivido, pero al mismo tiempo es muy consecuente. Y lo que muestra, lo que refleja es que hoy día tenemos una polarización que no es la polarización, como algunos dicen, de la sociedad chilena, la que se expresó con un 78 por ciento por el "apruebo" en el pasado plebiscito del 25 de octubre, donde incluso votaron jóvenes y sectores populares que antes no se sentían convocados. Yo no veo ahí la polarización. La polarización es la que tenemos acá, de la cual no queremos salir y tampoco queremos ver.
Por lo tanto, esto nos sigue dejando muy desconectados con la ciudadanía.
Dicho aquello, es del caso señalar que cuando Víctor Pérez asumió como Ministro del Interior a fines de julio pasado varios advertimos que dicho nombramiento partía truncado. Más allá del respeto que sentimos por sus convicciones y por su trayectoria como exparlamentario, es claro que siempre ha representado al conservadurismo más duro, y ahí estaba el problema. Nadie puede pretender que en un país, en medio de un estallido social y un proceso constituyente, que estaba pidiendo a gritos cambios estructurales pudiera funcionar una jefatura de gabinete de esas características. Ello era insostenible, y el 78 por ciento del "apruebo" en el plebiscito de octubre lo hizo definitivamente inviable.
Me sorprende, sí, haber escuchado hoy al ex Ministro Pérez decir que era el responsable y que poco menos que a él le debemos la implementación del pasado plebiscito. Yo francamente pensé que el Servel cumplía un rol bien significativo en dicho proceso, pero eso quedó en duda.
A los pocos días en funciones, el ex Ministro visitó La Araucanía, como aquí se ha señalado. Se suponía que iba a calmar las aguas, pero hizo todo lo contrario, repitiendo la fracasada receta del sectarismo y la respuesta bélica a un problema político. Y en sus afirmaciones señalaba: "Existe evidencia absoluta de que estamos aquí frente a grupos con capacidad militar". También sostenía: "Aprovecho la oportunidad para instar a los alcaldes a que tomen la decisión que les corresponde por ley de pedir el desalojo". Asimismo, manifestaba el ex Ministro y ex Senador: "Hemos pedido opinión a la Contraloría para poder tomar otras medidas en caso de que este llamado a los alcaldes no sea recibido".
Esas fueron algunas de las declaraciones que formuló, sin mostrar ninguna disposición a conversar con los manifestantes mapuches que ocupaban las sedes de algunas municipalidades, y ni siquiera con sus representantes, en señal de apoyo a la huelga de hambre de Celestino Córdova, tema muy comentado cuando ya Víctor Pérez había llegado al Ministerio del Interior.
¿El resultado? En la madrugada del 2 de agosto se congregaron personas armadas en Curacautín, Victoria y Traiguén... (falla de audio en transmisión telemática)... a violentos destrozos, con consignas racistas y generando enfrentamientos que terminaron con dos municipios incendiados. Veintiún detenidos fue el saldo de la jornada: todos mapuches. La Corte Interamericana de Derechos Humanos denunció que estos actos ocurrieron sin que Carabineros desplegara medidas apropiadas para prevenir o impedir la violencia.
Huelgas de hambre han existido siempre en todos los gobiernos. Y lo que se espera de un Ministro del Interior es que propicie el diálogo político, no que vaya a La Araucanía a provocar una agudización crítica del conflicto. El propio ex Ministro Pérez hace un rato reconoció que las acciones para intentar destrabar la situación de la huelga las realizó el Ministro Larraín y no él.
Por otro lado, el trato diferenciado y arbitrario, dependiendo de quién se tiene al frente, también fue una constante en los 98 días de Pérez en la Cartera del Interior. De hecho, el 24 de septiembre el ex Ministro comunicó la aplicación de la Ley de Seguridad Interior del Estado, cuya invocación le compete solo al Ejecutivo, en contra de distintas comunidades indígenas de Victoria y Traiguén por haber anunciado, mediante una carta dirigida al Presidente, que comenzaría una toma de tierras. Si se utiliza dicha ley por hechos eventuales anunciados en una carta, con mayor razón se debería usar frente a hechos consumados. ¿No es así? Eso indica el sentido común, pero la lógica del Ministerio del Interior fue otra.
Durante toda la semana que duró el paro de un sector de camioneros, uno de los capítulos de esta acusación, no se presentó ninguna querella por parte del Gobierno, pese a que se paralizaron 43 puntos en carreteras y también a que los Ministros Paris y Walker declararon desabastecimiento de insumos médicos y agrícolas, lo mismo que manifestaron la Asociación de Supermercados, los exportadores de fruta y Salmón Chile, entre otros, ya que se vulneraron todas las normas de carácter sanitario en plena pandemia.
Es más, Juan Araya, representante de la Confederación de Dueños de Camiones, calificaba el paro como "un acto terrorista". El Ministro Víctor Pérez lo consideraba "una acción pacífica". El paro terminó con un acuerdo entre el Gobierno y un sector de camioneros que incluyó beneficios económicos que no estaban contemplados en las demandas iniciales, incorporando la posibilidad de establecer una tarifa plana para los camiones en las rutas 68 y 78. Pero tampoco nos olvidemos de los trece proyectos que parecían sacados de una minuta de La Moneda. Yo ahí veo una responsabilidad, no sé si para una destitución, del Ministro Pérez, alguien que se ha... (falla de audio en transmisión telemática)... que es la tónica, que es la crítica cuando este Gobierno pierde el control del orden público, situación que ocurre con mucha frecuencia.
Ojalá se hubiera tenido la misma premura y disposición que manifestó el Ministro Pérez con los camioneros para la materialización de la agenda social que se les prometió a los chilenos a pocos días del estallido y que se transformó en una ilusión óptica.
Y para qué hablar de las diferencias de trato entre las manifestaciones a favor del "apruebo" y aquellas a favor del "rechazo", las cuales muchas veces fueron escoltadas por la policía, pese a que algunos de sus participantes llevaban armas y expresaban mensajes llenos de odio, violencia y racismo.
Mientras eso ocurría, las otras marchas y concentraciones eran brutalmente reprimidas: "A la misma razón la misma disposición" es un aforismo jurídico que al parecer se le ha olvidado al ex Ministro Víctor Pérez, en cuyo mandato estas prácticas se exacerbaron.
Otro capítulo, respecto del control jerárquico sobre Carabineros, más allá de la vuelta de carnero que la defensa se dio acerca de la dependencia de la institución al Ministerio del Interior, algo que está absolutamente zanjado desde el año 2011, en el primer Gobierno del Presidente Piñera, ha sido una constante desde el estallido social, e incluso desde antes, desde el asesinato de Camilo Catrillanca, la absoluta inoperancia del Ejecutivo para controlar el orden público y la total desidia en cuanto a las violaciones a los derechos humanos, las que se han repetido demasiadas veces.
El 2 de octubre, otro capítulo, un menor de edad terminó en el lecho del río Mapocho, en otra de las imágenes que ha dado la vuelta al mundo. Hay una investigación en curso, pero la Fiscalía se ha inclinado de manera clara y categórica en el sentido de que aquí habría participado un funcionario policial, quien habría arrojado a este joven.
¿Qué hizo el Gobierno? Primero, silencio, hasta que al día siguiente sacaron un comunicado público para respaldar a Carabineros. No obstante, con todo lo grave que considero este hecho, me cuesta situar allí al ex Ministro Pérez como responsable directo, incluso más allá del control jerárquico que se acusa en este capítulo, de este hecho delictual, desde luego, en circunstancias de que el alto mando acaba de ser confirmado. Después de que ya se había ido el Ministro Pérez del cargo, con el nuevo Ministro Delgado fue confirmado el alto mando con seis generales incluso sumariados por la Contraloría justamente por los hechos ocurridos en pleno estallido, y además con el propio General Rozas a la cabeza.
Ahí no se establece ninguna responsabilidad. ¡Por supuesto que la responsabilidad de haber mantenido el alto mando tal cual es del Presidente!
Entonces, cuando en el futuro se recuerde a este Gobierno se harán muchos análisis con respecto a las razones de su fracaso, de haberse quedado sin programa; acerca de la naturaleza de un proceso constituyente que nunca estuvo en sus planes, e inclusive, sobre cuánto de lo que ha ocurrido tuvo que ver con el hecho de haber llegado para extremar un modelo agotado y cuánto como un fenómeno global de deslegitimación de las instituciones democráticas. Basta ver lo que ocurre en Perú.
Pero de una cosa no habrá duda: durante este Gobierno se han violado los derechos humanos de manera reiterada, causando un daño inconmensurable a miles de compatriotas (no hay reparación para ellos hasta la fecha) y también perjudicando enormemente la imagen de Chile.
Por eso este Senado declaró la responsabilidad política de Andrés Chadwick en diciembre del año pasado.
La pregunta que debiésemos hacernos todos los que participamos en aquella sesión realizada en diciembre es la siguiente: ¿son comparables los 54 días del Ministro Chadwick con los 72 días (momento en que ocurre esta acusación) del Ministro Pérez? En mi opinión, no lo son.
Según los datos del Instituto Nacional de Derechos Humanos: 26 personas muertas en ese primer período, en esos 54 días; 9 mil detenidos; 3.400 heridos en hospitales; traumas oculares...
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Se escucha, Senador.
El señor QUINTANA.- Sí; gracias, señora Presidenta.
En el mismo período que he comparado: 350 denuncias de trauma ocular en los 54 días del Ministro Andrés Chadwick.
No diremos que no ha habido violaciones a los derechos humanos en estos últimos meses; no diremos que no ha habido personas detenidas, ni heridas en los hospitales y que no ha habido violencia, ni excesos, ni violación a los derechos humanos. El punto es si son comparables o no para la decisión que este Senado debe tomar, sobre todo cuando lo que está en juego aquí es pronunciarnos respecto de un ilícito constitucional, no de una señal, como lo dijo un Senador independiente: "Hay que aprobar esto porque hay que dar una señal". ¡Por favor!
En cuanto a la Ley de Seguridad Interior del Estado, que significó el apresamiento, el encarcelamiento y la muerte de personas bajo la dictadura -si bien la ley viene del año 1958, todos sabemos que en 1975 fue reformulada por completo, y también que tuvo modificaciones en democracia-, no tengo convicción de si la Centroizquierda debe invocarla contra el mismo sector.
Señora Presidenta, fundamentalmente esas son las razones que me llevan a pensar que tenemos una sanción demasiado gravosa para un caso concreto.
Yo parto de la base de que aquí no se configura un ilícito constitucional. Podrá haber responsabilidad penal, administrativa o de otro orden; pero determinar una sanción que signifique una inhabilidad por cinco años francamente no me he formado convicción de aquello.
Por eso no estoy en condiciones de respaldar esta acusación constitucional.
Muchas gracias.
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Gracias, Senador Quintana.
Tiene la palabra la Senadora Ximena Órdenes.
Active el audio desde allá.
Muy bien.


La señora ÓRDENES.- Señora Presidenta, quiero saludar al ex Ministro del Interior y Seguridad Pública Víctor Pérez Varela, a su defensa y a los Diputados acusadores y a las Diputadas acusadoras.
Deseo señalar varias cosas.
El 27 de agosto del presente año se realizó la protesta organizada por el gremio de camioneros, cuya finalidad era paralizar la red vial estructural del país a través del estrangulamiento de las carreteras. Esto, en el contexto de pleno desarrollo de una pandemia por COVID-19 y de un estado de excepción constitucional por calamidad pública.
La situación expuesta provocó que el resto de los vehículos y el tránsito en general se vieran obstaculizados, y las vías para llegar a diversos puntos, ciudades y puertos del país se complejizaron de manera importante.
Una de las consecuencias aparejadas a esa situación fue que toneladas de productos para consumo humano quedaron paralizadas en terminales, sin poder descargarlos. Además, se produjo el desabastecimiento de productos de primera necesidad para el sur de nuestro país, entre los cuales encontramos provisiones alimenticias y también insumos médicos, los cuales eran de especial necesidad, entendiendo el contexto que ha generado la enfermedad por COVID-19 en Chile.
Recordemos que esta manifestación no se realizó en un contexto normal, sino que en ese momento el reporte del Ministerio de Salud arrojaba que durante las últimas 24 horas se agregaban 1.739 casos nuevos de coronavirus, alcanzando 15.108 casos activos a nivel nacional y una cifra de más de 11 mil personas fallecidas producto de la pandemia.
En Chile se bloquearon rutas; se presionó por parte de un grupo de interés: los camioneros. Y a este respecto, el propio ex Ministro del Interior y Seguridad Pública aseguró que tomar otro tipo de medidas no se justificaba por no existir violencia.
Con eso, a mi juicio, se le restó cualquier tipo de imparcialidad de proceder en su actuar. Hubo una suerte de omisión que obviamente tuvo de trasfondo el amparo de estos hechos, dejando pasar la situación crítica generada a nivel nacional por el gremio, donde su validación acentuó la gravedad del escenario social que enfrentamos como país desde que se decretó el estado de catástrofe por calamidad pública.
En otro orden de ideas, no solo el desabastecimiento provocó un tipo de desorden que alteró la tranquilidad pública: hubo además infracciones al toque de queda, pese a las indicaciones dadas por la autoridad sanitaria tendientes a tomar medidas de resguardo.
A su vez, existieron actos que obviamente también incidieron significativamente como argumento para el capítulo primero, como amenazas a conductores que no se encontraban en la movilización; incluso hubo agresiones físicas y amenazas con armas de fuego por los propios camioneros sumados al paro, cometiendo delitos a la vista del personal de Carabineros.
A mi juicio, como autoridad política y de la Cartera del Interior tenía la obligación de condenar toda esta afectación a los principios democráticos que transgreden el ejercicio de los derechos fundamentales de las personas. No podemos obviar la falta de ejecución a la normativa y a su tarea de preservar el orden público y de velar por los principios de nuestro Estado de derecho.
Por lo anterior, anuncio mi voto a favor del primer capítulo.
Respecto del capítulo dos, haber infringido la Constitución o las leyes, vulnerando el derecho fundamental de igualdad ante la ley la defensa del ex Ministro ha planteado el día de hoy que no se vulneró el derecho fundamental de igualdad ante la ley consagrado en el artículo 19, número 3°, de la Constitución, aludiendo a que esta acusación no logra identificar con claridad las medidas que se traducen en el incumplimiento del ex Ministro.
El 24 de septiembre de este año diversas comunidades mapuches dirigieron una carta al Presidente de la República, en que se informaba que iniciarían un proceso de restitución de tierras ancestrales colindantes a sus comunidades en Traiguén. Ante esto el ex Ministro anunció que el Gobierno invocaría la Ley de Seguridad Interior del Estado en contra de sus suscribientes, argumentando a través de medios de prensa nacional que las tomas son por sí hechos violentos, dejando en evidencia la vulneración del principio de igualdad ante la ley, por cuanto se dio un trato privilegiado para un sector, el de los camioneros, en desmedro de un sector de la población que desde hace años vive un conflicto por sus tierras, como es el pueblo mapuche.
En ese contexto, el mismo trato privilegiado recibieron aquellos civiles que se asentaron en las municipalidades de Traiguén, Curacautín, Victoria, Ercilla y Collipulli para provocar el desalojo de quienes protestaban, resultando detenidos 21 mapuches y ningún civil. Esto, a mi juicio, también evidencia una discriminación arbitraria.
Si bien el Ministro del Interior y Seguridad Pública puede evaluar, según criterios, la aplicación de la Ley de Seguridad Interior del Estado, la imparcialidad bajo ningún pretexto puede quedar de lado.
Por ello, también votaré a favor este capítulo.
Con relación al capítulo número tres, haber dejado de ejecutar las leyes al no ejercer el control jerárquico correspondiente sobre los órganos sometidos a su dependencia, otra de las situaciones que marcaron nuestro acontecer nacional fue aquel ocurrido el viernes 2 de octubre, semanas previas al plebiscito nacional en el marco del proceso constituyente, en que un menor de edad, durante incidentes registrados en los alrededores de la plaza Dignidad, fue empujado por un funcionario policial desde el puente Pío Nono, cayendo hacia el río Mapocho.
Desde el 18 de octubre del año pasado se han registrado una serie de violaciones a los derechos humanos, donde Carabineros ha tenido un rol protagónico en cuanto al maltrato de quienes se expresan en las calles.
En su oportunidad, existieron tres informes internacionales: Amnistía Internacional, Human Rights Watch, Comisión Interamericana de Derechos Humanos; y otro realizado por la Alta Comisionada de Derechos Humanos de Naciones Unidas.
Pese a ellos, vemos que la actitud de Carabineros continúa. Y el Gobierno insiste en respaldar sus acciones. De hecho, durante la conmemoración del primer año del estallido social se registraron cerca de 600 personas detenidas a lo largo del país. Esto contrasta con el actuar de la institución frente a la campaña del "rechazo", donde, a vista y paciencia del personal uniformado, existió excesiva permisividad frente a delitos flagrantes, como porte de armas, lesiones a civiles y amenazas.
Nuestro Texto Fundamental señala en su artículo 101 que las fuerzas de orden y seguridad se encuentran integradas por Carabineros e Investigaciones. Ambos organismos constituyen la fuerza pública y son los encargados de garantizar el orden público y la seguridad interior. Sus funcionarios no actúan de forma autónoma, sino que con sujeción a la legislación vigente, y en obediencia a los organismos de los cuales dependen.
No haber ejercido el debido control jerárquico sobre dichos órganos desde hace más de un año a la fecha ha exacerbado el nivel de abuso y violencia, cuyas consecuencias son constantes violaciones a los derechos humanos. No olvidemos que a la fecha se registran más de dos mil personas con daño ocular. Estos no son hechos aislados, sino que constituyen una seguidilla de manejos represivos frente a las protestas sociales, manejos que ha respaldado el Gobierno, y donde el enfoque ha sido destinar a Carabineros mayor equipamiento para enfrentar manifestaciones sociales, dejando de lado el apoyo a las víctimas.
En el caso ocurrido en el puente Pío Nono, lo reprochable es que no se tomaron medidas que dieran señales claras a la ciudadanía de sanción hacia el actuar desproporcionado de Carabineros. No se instruyeron medidas que impidieran violar la integridad física de los manifestantes; solo hubo respaldo por parte del Ejecutivo a la institución.
Pese a los cambios de Ministros titulares de la Cartera de Interior, vemos al final del día situaciones de extrema violencia, como se ha puesto en el libelo, con un trato privilegiado hacia ciertos sectores de manifestantes, mientras que otro sector sigue viviendo un continuo maltrato.
La política, la buena política, también requiere gestos concretos.
La solución debe apuntar a entregar certezas a las familias chilenas, con medidas para terminar con la profunda desigualdad que está en la base del desencuentro y con medidas que en la práctica sirvan para terminar con el descontento.
Consideramos que las policías sí tienen relación de dependencia con el Ministerio político, que es el del Interior y Seguridad Pública, donde procede una subordinación de las primeras.
Acá lo que cuestionamos son las decisiones políticas adoptadas.
Tenemos necesariamente que hacer la misma pregunta que nos planteamos hace casi un año: ¿Cuál es el límite que existe para el restablecimiento del orden público y los criterios diferenciadores? Estando en democracia, lo primero es garantizar la dignidad de las personas y la protección de los derechos humanos.
El llamado también es al Gobierno. Necesitamos, ahora más que nunca, una agenda social que responda a las necesidades de la población. Ya lo vivimos con el estallido social. Ahora nos encontramos desde hace ocho meses en pandemia, donde las soluciones siguen siendo tardías. Van a pasar Ministros del Interior, pero el verdadero restablecimiento del orden y la seguridad y, más que nada, de un nuevo pacto social se logrará solo con mayor justicia social.
Comparto las reflexiones respecto al rol de la política, pero evidentemente esto requiere diálogo, gestos, cambios y, sobre todo, un nuevo pacto social y político.
Votaré a favor de la presente acusación constitucional.
Gracias, Presidenta.
He dicho.
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Gracias, Senadora Ximena Órdenes.
Tiene la palabra la Senadora Ximena Rincón.


La señora RINCÓN.- Gracias, Presidenta.
Parto por saludar a Víctor Pérez, a sus abogados, a las Diputadas y el Diputado acusadores, y a todos en este Hemiciclo.
Estamos aquí para pronunciarnos como jurado frente a una acusación constitucional en contra de Víctor Pérez.
Con Víctor nos conocemos desde hace ya muchos años. Al igual que yo, es de región, de la Región del Biobío.
Este no es un tema personal, es simplemente el resultado de la política que no ha hecho bien su trabajo. Y aquí debemos incluirnos todos, unos con más, otros con menos responsabilidad. Pero cada cual debe asumir sus roles y los espacios que le competen.
¿Cuáles son las razones de la acusación constitucional?
Primero, dejar de aplicar leyes en materia de orden público -ello, por la convocatoria a movilizaciones de la Confederación Nacional del Transporte de Carga de Chile- y no hacer nada para evitar el desabastecimiento, más aún en plena pandemia, cuando las y los chilenos requerían seguridades y certezas para cumplir con las medidas de confinamiento.
En segundo lugar, la vulneración de la igualdad ante la ley, en lo que se alude respecto a que sus decisiones respondían a discriminaciones políticas entre las distintas causas que Interior debía abordar.
Y tercero, no ejercer el control jerárquico que le correspondía como Ministro sobre las instituciones bajo su dependencia, específicamente Carabineros de Chile, y la situación del joven empujado desde el puente Pío Nono.
Si bien el General Director de Carabineros sería el principal responsable, al no recaer sobre su cargo el instrumento de la acusación constitucional, es al Ministro a quien se acusa.
La acusación constitucional contra el ex Ministro Víctor Pérez fue aprobada el 3 de noviembre; obtuvo 80 votos a favor, entre ellos, todos los de la bancada de la Democracia Cristiana. Ese mismo día, el Ministro presentó la renuncia al cargo, planteando que se defendería como ciudadano.
La acusación constitucional es un instrumento, como se ha dicho en esta Sala, excepcionalísimo. Se ha señalado que el ex Ministro Pérez incumplió sus responsabilidades y su gestión fue deficitaria, e incluso discriminatoria, en materia de orden público y en el control de las policías. La imagen de los camioneros bloqueando nuestras carreteras -de algunos camioneros, por cierto- no pueden hacernos sentir orgullosos, mucho menos la forma en que algunos de ellos amedrentaron a personas e, incluso, a trabajadores.
¿Cuántas veces hemos escuchado y dicho en este Senado que urge una reforma a las policías? Ellas, sin lugar a dudas, están en el peor de los mundos: no son capaces de controlar el orden público y se siguen violando los derechos humanos de las personas; no solo de quienes se manifiestan, también de quienes desean trabajar y vivir en comunidad, de manera pacífica.
El país ya no nos cree, pues el Gobierno aún no cumple su compromiso de presentar una reforma profunda en esta materia. Muy por el contrario, el Gobierno prefiere proteger al General Director Rozas, y sacrificar a sus Ministros del Interior.
De hecho, uno de los primeros actos al asumir sus funciones como nuevo Ministro del Interior fue ratificar al General Rozas. ¿Hasta cuándo? ¿Hasta cuándo las personas, la democracia y el país siguen esperando que abordemos los temas de fondo?
Hombres y mujeres de nuestra patria necesitamos una policía del siglo XXI, no militarizada, sino civil, moderna, con carrera y no segregada. Necesitamos una policía acorde al siglo XXI y a las necesidades pendientes en nuestro país.
Perdonen colegas, pero seguimos centrados en lo que ocurre en Santiago y el no cumplimiento de la Constitución y las leyes en la Región Metropolitana, pero nadie habla de lo que vivimos en regiones, donde también hay espacios de inseguridad ciudadana. Lo he conversado con mis vecinos de la Región del Maule en reuniones que hemos tenido con Cristina Bravo, Javier Muñoz y Priscila Castillo y también con dirigentes políticos y sociales de la Región de O'Higgins hace pocas semanas atrás, en la casa de José Díaz, quien me hablaba de cómo el narcotráfico se había tomado la comuna.
El ex Ministro Pérez incumplió sus responsabilidades y la más importante: no ejerció supervisión sobre Carabineros, ni tampoco cumplió con su obligación de mantener el orden público al permitir que grupos de camioneros -no todo el gremio, por cierto- bloquearan ilegalmente las carreteras.
Sin lugar a dudas, tuvo un trato distinto con los diferentes sectores de la ciudadanía. Ello claramente es discriminatorio y contrario a la Constitución y las leyes.
Urge una reforma a las policías. Están en el peor de los mundos, como señalé: no son capaces de controlar el orden público, se siguen violando los derechos humanos de manifestantes y, también, de quienes trabajan y viven en el territorio. Ellos están y se sienten inseguros, en tierra de nadie; han sido invisibles en este tiempo; y eso no es justo, no es correcto y no lo podemos permitir.
En este tiempo, no solo desde el 18 de octubre, desde mucho antes, vemos cómo los narcos se toman el territorio; cómo las policías retroceden, pues no están preparadas, ni cuentan con presencia suficiente para enfrentar lo que eso significa. Las familias están condenadas a lo que ello implica.
Nosotros, queridos colegas, debemos cambiar de actitud; debemos exigir al Gobierno una conversación clara y transparente ante la ciudadanía, para que de una vez por todas ocurra lo que debe ocurrir y se aborden los siguientes temas:
1.- La nueva institucionalidad de las fuerzas de orden y seguridad, en una mirada moderna, tal como lo han hecho otros países en el mundo.
2.- La recuperación del territorio. Para ello se requieren plazas, iluminación, áreas verdes, seguridad, todos aspectos que deben ser prioritarios en la agenda. Debemos tener una agenda donde las y los vecinos sean nuestra prioridad. Y ahí están los alcaldes, que vienen hace rato reclamando ser escuchados y ser actores de las decisiones.
3.- La generación de la riqueza en el territorio y los incentivos que ponemos para que se desarrolle una industria sostenible, que genere oportunidades y permita recuperar territorios que hemos dejado olvidados, y que hoy son territorios de sacrificio.
Nos iremos esta noche a dormir en la seguridad de nuestros hogares; y partiremos el día de mañana como si lo vivido hoy ya no existiera. Pero hay millones de hombres y mujeres que están viviendo su día a día a saltos, sin respuestas de parte del Gobierno.
Vendrá otro Ministro. Vendrá otra acusación, y ¿volveremos a hacer el mismo debate?
Hoy no puedo votar en contra de la acusación, pues efectivamente no hubo un trato igualitario, no se ejerció el mando. Pero la pregunta es ¿no debiéramos todos juntos, después de un año, desde el 18 de octubre, y con una opinión tan contundente de la ciudadanía hace tres semanas, sobre no querer seguir con el país que tenemos, sentarnos, arremangarnos las mangas de las blusas y las camisas, y empezar a solucionar los dramas que viven las familias de nuestro país?
Al final del día hombres y mujeres reclaman, pues su calidad de vida no es digna. El domingo en Cauquenes conversábamos por la falta de agua o de atención digna de salud; el sábado en Quilaco nos señalaban en la posta que atiende a los sectores de El Rincón y Piñiquihue que no tenían agua potable. ¡Para qué hablar de la realidad en materia de conectividad digital o de infraestructura!
Sí, colegas, no sé cuántos días pasarán hasta que nos encontremos nuevamente en este Hemiciclo sin haber dado respuesta a los dramas que enfrentan hombres y mujeres en nuestro país, y por los que salen a manifestarse. El no tener salud digna no es tan fácil de entender, si cuando le planteamos al Ministro que se necesita más dinero para el per cápita de salud, uno solo escucha un silencio que cala nuestros oídos y que nos duele en el alma; porque no hace justicia con el esfuerzo de nuestros funcionarios de la salud.
Entonces, volveremos a argumentar lo mismo que se argumenta hoy en esta acusación. Y el acusado o acusada se volverá a defender de la misma manera, y no habremos resuelto los dramas de nuestra patria.
Esta acusación es porque el Ministro no fue capaz de entender y actuar con un mismo criterio frente a los legítimos manifestantes, camioneros o ciudadanos; porque no fue capaz de tener mando sobre una institución que se manda sola. Pasan y pasan Ministros, y el General es ratificado.
Esta acusación, queridos colegas, es porque, en definitiva, el Ministro del Interior no ejerció las funciones que la ley y la Constitución le otorgan.
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Gracias, Senadora Rincón.
Tiene la palabra el Senador Jorge Pizarro.


El señor PIZARRO.- Gracias, Presidenta.
Escuchando atentamente las intervenciones de los colegas y, sobre todo, los antecedentes de nuestros Diputados acusadores, Diputadas y Diputado; también de la defensa de Víctor Pérez, ex Ministro del Interior, ex Senador, ex Diputado, etcétera, uno se pregunta, como se ha hecho también en el debate en la Sala, cuál es el rol o qué es lo que implica la facultad que tiene el Congreso, particularmente la Cámara de Diputados, para acusar constitucionalmente a algunas autoridades, según lo establece la Constitución.
Creo que es bueno despejar eso, porque estamos hablando tal vez del principal instrumento de fiscalización del Poder Legislativo al Poder Ejecutivo, de su rol de control. Y, por lo tanto, es una herramienta, llamémosla así, "de excepción"; es única, en realidad, y es propia de los sistemas democráticos, en los que se busca generar un cierto equilibrio entre los distintos Poderes del Estado.
En tiempos de excepción como los que vivimos, este instrumento, este rol de control, de fiscalización del Congreso es mucho más importante todavía. Porque, si mal no recordamos, llevamos desde el mes de marzo en estados de excepción; y desde octubre del año pasado, también con algunos estados de excepción. Y cuando existen estados de excepción, las facultades del Ejecutivo son inmensas; y si son bien usadas para enfrentar las emergencias o para hacer frente, por ejemplo, a esta pandemia terrible que estamos viviendo, ¡bienvenidas sean!
Pero la experiencia indica que muchas veces se abusa del poder del Ejecutivo o de las facultades de excepción que otorga la Constitución en situaciones como estas. Entonces, la pregunta que cabe hacerse es si el Congreso es la única instancia donde se puede ejercer un cierto control; y en ese punto adquiere mucho sentido el instrumento de la acusación constitucional.
Yo parto de la base de que ese es el objetivo que han perseguido los Diputados y las Diputadas que presentaron la acusación, que también debe haber sido parte del debate que tuvieron en la Cámara, para aprobar una acusación en contra de Víctor Pérez, Ministro del Interior del Presidente Piñera. Asimismo, ha habido un debate respecto de si estas acusaciones son muchas, son pocas, son acertadas. Y a mí me parece que nosotros debemos tener claro que las acusaciones constitucionales no se deben usar para cualquier cosa, sin duda que no. Tampoco es para que, una vez que se aprobó esta acusación, una señora Diputada salga diciendo "Ahora vamos por el otro"; porque eso debilita el instrumento y la función fiscalizadora de la Cámara, sometiéndolo solamente a un debate político de coyuntura o de trinchera, como se ha dicho acá.
A nosotros nos toca juzgar, por decirlo así, los efectos y la consistencia que pueda tener esta acusación. Sin duda que los argumentos de los acusadores lo que buscan es establecer fundamentalmente la responsabilidad política; para eso son las acusaciones. Y uno se plantea: bueno, ¿es fácil, es sencillo llegar y responsabilizar a un Ministro del Interior por ejercer su función de resguardo del orden público, de la seguridad de las personas, si, por esencia, cuando se generan conflictos, debe evaluar la gravedad, la intensidad, los efectos que pueden producir en la ciudadanía, en la marcha del país? Y el gran argumento que se da para acusarlo es que, según los acusadores, no se aplicó la Ley de Seguridad del Estado.
No obstante, a veces es peor el remedio que la enfermedad, como han dicho algunos colegas. En vez de buscar solución a un conflicto, lo agravamos. Y es de la esencia de un Ministro del Interior o Ministra del Interior, cualquiera que sea, el buscar primero soluciones políticas, como se ha dicho, mediante el diálogo y tratando de normalizar la situación del país.
Me parece más complejo todavía responsabilizar al Ministro por la acción, deleznable, por cierto, de un funcionario policial que genera un hecho como el caso del joven que fue empujado al río Mapocho. El problema fundamental que tenemos hoy día es que la institución base para resguardar el orden público y la seguridad de las personas no está actuando a la altura, ni está cumpliendo con su rol, y está pasando por una crisis estructural profunda.
¿Es responsabilidad solo de un Ministro de Estado en los sesenta o setenta días en que pudo haber ejercido su función, el solucionar y el reestructurar profundamente a Carabineros? ¿O es, como aquí se ha dicho por un colega, una responsabilidad más bien de todos, en la cual este Congreso y este Senado se tienen que incluir? Porque nosotros hemos tenido los proyectos en ese tipo de materias para discutirlos acá, y hasta el momento no tenemos alternativas para solucionar esto.
Entonces, me parece que los argumentos de la acusación, que lo que buscan es establecer responsabilidad política, bueno, esa responsabilidad política ya se asumió, y lo ha dicho el propio ex Ministro Víctor Pérez, al renunciar al cargo. Porque lo que establece la Constitución es la cesación en el cargo; esa es la sanción más fuerte que puede tener una persona: la cesación en el cargo. Eso es lo que establece la Constitución.
Pero, además, es curioso el debate que se da aquí. Porque la Constitución del 80, la Constitución de Pinochet es la que coloca por primera vez en la historia de Chile la inhabilidad para una función pública a quien es acusado y sancionado por la Cámara y el Senado.
Uno debe preguntarse cuál fue la razón para que quienes hicieron esa Constitución del 80 en dictadura pusieran esta cláusula. Y las razones que daban, desde el punto de vista histórico, tienen que ver con que en el Gobierno de la Unidad Popular el Congreso acusaba constitucionalmente a un Ministro, se le destituía, y al día siguiente estaba en otro Ministerio, con lo cual no se asumía la responsabilidad política. Esa exacerbación de un conflicto que se fue generando, y en la situación que vivía el país, evidentemente dio pie a argumentos como para que se estableciera esta inhabilidad por cinco años para ejercer derechos políticos. Yo -lo quiero decir con todas sus letras- nunca he aceptado ni he legitimado esa inhabilidad.
Esa es la razón por la cual años atrás, con el ex Senador Ricardo Núñez, a propósito de la acusación injusta y espuria, diría yo, en contra de la entonces Ministra de Educación Yasna Provoste, por razones políticas y, lamentablemente -hay que decirlo-, por conflictos de política interna entre personas que pertenecían a nuestro propio partido, se la acusó y se la sancionó mediante esta herramienta.
Por tal motivo, con el Senador de la época Ricardo Núñez presentamos una reforma constitucional para terminar con la sanción de inhabilidad a la que se ha hecho referencia acá, que nunca había existido en la historia del país. Fue hecha en una Constitución que ya todos sabemos que tiene un pecado de origen y de legitimidad. Y la sanción política importante es claramente la cesación en el cargo.
No hay que olvidar que, una vez que cesan las personas en el cargo, las responsabilidades penales o civiles siguen plenamente vigentes. Y si el día de mañana se detectara la comisión de algún delito, el acusado tiene que responder ante tribunales. Pero, ¿por qué le tenemos que agregar una sanción que francamente no cumple con ninguno de los objetivos que establece el Congreso en materia de fiscalización y control con respecto a la acción del Ejecutivo en nuestra democracia?
Lamentablemente, nunca tuvimos los votos para eliminar esa norma y el proyecto sigue ahí, como varias otras iniciativas.
En consecuencia, habiendo asumido el ex Ministro su responsabilidad política con la cesación en el cargo, tal como lo explicó el mismo señor Pérez Varela, yo no estoy en condiciones de aprobar esta acusación y no lo voy a hacer.
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Gracias, Senador Pizarro.
Tiene la palabra el Senador Alfonso de Urresti.


El señor DE URRESTI.- Señora Presidenta, Honorable Sala, antes de comenzar mi intervención, saludo al ex Ministro Víctor Pérez, a sus abogados y a todos los parlamentarios y Diputados que han formulado esta acusación.
Yo quiero centrar la discusión acá y no relatar lo que es una acusación constitucional. Aquí se está haciendo legítima utilización de un instrumento constitucional para imputar cargos de responsabilidad política a un Ministro de Estado por las actuaciones y las causales sobre las cuales nos vamos a pronunciar.
Así que, en primer lugar, quiero despejar esa situación.
Cuando se ejerce una acción constitucional, un derecho que granjea la máxima instancia normativa, que es la Constitución, y eso se hace con el procedimiento, con el debido proceso de alegato, de discusión y de votación democrática, no me parece adecuado deslegitimar ese ejercicio. Uno podrá decir si está de acuerdo, si es oportuna, si es precipitada o si es fundada, ¡todas las razones! Yo respeto todas las opiniones y uno puede tener diversas interpretaciones a propósito de eso: si era el momento, si era el Ministro indicado, si llevaba tanto tiempo, si ocurrió tal o cual circunstancia, pero el ejercicio político de una acción de control, dentro, además, de un sistema sumamente presidencialista como el nuestro, al menos bajo la Constitución que nos rige, yo no lo relativizo y parto con hacer esa distinción. Porque, cuando se trata de objetar el instrumento legal y legítimo que es la acusación constitucional para relativizar su contenido, creo que partimos mal, y en estos debates muchas veces nuestra sociedad tiende a irse a lo accesorio y no al fondo.
Esta acusación constitucional se compone de tres capítulos.
El primero, haber dejado sin ejecutar las leyes en materias relativas al orden público. Se formula con ocasión de la paralización de un grupo de camioneros que afectó a las principales rutas del país; para decirlo en términos claros, las rutas 5, 68, 78 y otras vías de gran circulación.
Según el propio planteamiento de quienes se movilizaban -los camioneros-, el objetivo era estrangular las carreteras de Chile, cuestión que en un alto porcentaje lograron, produciendo perversos efectos negativos de los cuales da cuenta esta acusación. Estos hechos adquirieron mayor gravedad por realizarse ante una situación que tendemos a olvidar: ocurrieron cuando el país enfrentaba esta pandemia extendida y en los momentos en que era difícil poder ver y dimensionar sus consecuencias, estado vigente el estado de excepción constitucional por calamidad pública.
Así, mientras todo el país se encontraba buscando soluciones para salir de la actual crisis, un importante sector del gremio de transportistas, representados por la Federación Gremial de Dueños de Camiones del Sur (Fedesur) y la Confederación Nacional del Transporte de Carga, efectuó una paralización donde incluso -y es importante señalarlo- el dirigente de los camioneros Sergio Pérez declaró, tal como lo advertimos, que buscaban el estrangulamiento de las carreteras, instalando máquinas de pesado tonelaje en las principales rutas del país. Ello afectó a distintas regiones del sur, entre ellas la que yo habito, Los Lagos, así como las de Los Ríos, La Araucanía y otras.
Incluso, el Ministro de Salud, Enrique Paris, expuso públicamente su preocupación por el bloqueo de ambulancias y aseveró que muchas de ellas tuvieron que desviarse de la ruta, produciéndoles problemas a los pacientes que estaban siendo trasladados. Además, calificó de inaceptable, desde el punto de vista de la Cartera a su cargo, que no se cumplieran las normas sanitarias.
Asimismo, el Ministro de Agricultura, Antonio Walker, hizo hincapié en el desabastecimiento provocado, especialmente desde la Región del Biobío hacia zonas más extremas, como Puerto Montt y Chiloé. Incluso, en la misma Valdivia nos tocó vivir la falta de abastecimiento y el alza de precios.
El Ministro de Economía señaló y reconoció que el paro de camioneros no solo generaba problemas de desabastecimiento, sino que también se tradujo, rápidamente, en alzas de precios de distintos productos, particularmente de frutas y verduras.
El Estado de Chile tiene un Ministerio del Interior y un titular a su cargo, a quien precisamente se le ordena el acatamiento del ordenamiento jurídico-constitucional como principal función dentro del andamiaje institucional. Por eso, no es excepcional que muchas veces el Ministro del Interior asuma como Vicepresidente de la República cuando el Primer Mandatario se encuentra fuera del territorio nacional. Y es él quien tiene el mandato de colaboración directa e inmediata para garantizar el orden público y sobre quien recae la dependencia de las Fuerzas de Orden y Seguridad para llevar a cabo tal propósito.
En consecuencia, claramente lo que nosotros vimos durante el tiempo de movilizaciones, cuando Carabineros actuó con una prepotencia y una arrogancia que excedían cualquier legítima manifestación, fue un Ministerio del Interior que no ejecutó de manera adecuada las leyes relacionadas con el orden público.
El segundo capítulo dice relación con la infracción a la Constitución y las leyes, vulnerando el derecho fundamental a la igualdad ante la ley.
El Ministro del Interior ha vulnerado ese principio al aplicar arbitrariamente todo el rigor de la ley sobre ciertos grupos que se manifestaban, en circunstancias de que sobre otros fue excepcionalmente pasivo y deferente en razón de las motivaciones políticas que originaron su manifestación.
Ello fue evidente. El bloqueo de carreteras, la obstaculización para el funcionamiento y tránsito de camiones y de vehículos que no se plegaron al paro (ambulancias, otros transportistas) fue un hecho público y notorio.
Por lo tanto, la laxitud con que actuó el Ministro encargado de la seguridad pública frente al bloqueo de carreteras, el desabastecimiento y la alteración de la vida diaria de muchos ciudadanos por el paro de camioneros fue incuestionable. Allí en ningún momento tuvo siquiera la intención de recurrir al uso de herramientas legales para el resguardo del orden público, como la presentación de querellas o denuncias sobre hechos que hoy, luego de la ley 21.208, Ley Antibarricadas, están tipificadas como delitos; conducta totalmente contrapuesta a la que la misma autoridad mostró frente a hechos como los del 24 de septiembre del 2020, en que el Gobierno rápidamente invocó la Ley de Seguridad del Estado a raíz de una carta de la comunidad mapuche dirigida al Presidente, que llegó a la Intendencia de La Araucanía y mediante la cual se anunciaba que se comenzaría con la toma de predios para la recuperación de tierras.
Ahí hay un claro contraste, una clara intencionalidad, que no solo es percibida por la sociedad y por la opinión pública, sino que también genera una discriminación arbitraria, porque a un determinado sector de la población se le permite hacer las amenazas más brutales que se le ocurran, sin infracción alguna, mientras que a otras organizaciones, como en este caso las comunidades mapuches, se las notifica de la más ruda y dura aplicación de la ley.
El Ministro del Interior abandonó, de manera grave y notoria, su obligación de control respecto del actuar de Carabineros para llevar a cabo el cumplimiento de sus obligaciones.
Eso es lo que hemos observado, y es en eso sobre lo que nosotros entendemos que hay una desigualdad, brutal y evidente, ante la ley.
El Gobierno, a través del Ministro Pérez, emitió una declaración pública el sábado 3 de octubre, afirmando lo siguiente: "El Gobierno de Chile rechaza y condena categóricamente toda acción que atente contra los derechos humanos en cualquier lugar, tiempo o circunstancia.
"El Gobierno respalda la necesaria y fundamental labor de Carabineros, en cumplimiento de su mandato constitucional de resguardar el orden público y la seguridad ciudadana y de todas las personas, dentro del marco de los protocolos".
¡Ninguna palabra para condenar los hechos de Carabineros! ¡Ninguna palabra para condenar la vulneración de derechos de menores de edad, de gente que quedó lesionada con este tipo de actuaciones de Carabineros!
Desde el punto de vista jurídico, el Ministro Víctor Pérez ha transgredido diversas normas constitucionales y legales.
Para el caso específico, la ley 20.502, que creó el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, en su artículo 2°, inciso segundo, establece (comillas): "Las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública dependerán de este Ministerio y se regirán por sus respectivas leyes orgánicas", siendo el superior de este Ministerio y, por lo tanto, superior de Carabineros, Víctor Pérez.
La misma ley, en el artículo 3°, letra b), señala que es atribución del Ministerio "Velar por la mantención del orden público en el territorio nacional".
No invoquemos, en esta situación, la autonomía de Carabineros. Es algo que resulta sorprendente, por no decir cuestionable y reprochable, que hayan pasado tres Ministros del Interior y todavía tengamos al General Rozas al mando de la dirección de la policía uniformada. Algo no funciona. La coordinación, el ejercicio del mando respecto de la fuerza de Carabineros claramente no está debidamente ejercido.
Conductas como las señaladas vulneran el principio de igualdad ante la ley establecido en nuestra Constitución, principalmente en el artículo 19, número 2°, de la Constitución Política de la República. En Chile no hay personas ni grupos privilegiados. Ni la ley ni autoridad alguna pueden establecer diferencias.
Las acciones del Ministro de no hacer uso de sus herramientas legales respecto de un grupo para luego aplicar con severidad estas mismas herramientas frente a otro grupo no pueden sino ser denominadas como una "discriminación arbitraria e injusta", como lo hemos denunciado.
En cuanto al capítulo tercero que funda igualmente esta acusación, en el caso Pío Nono se acusa al Ministro de haber infringido la Constitución y las leyes al no ejercer control jerárquico sobre los órganos sometidos a su dependencia.
En definitiva, en este caso, es indudable que el Ministerio del...
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Un minuto, Senador.
El señor DE URRESTI.-... y con la finalidad de restablecer el orden público, se tradujo en que el menor Anthony, de 16 años, terminara sangrando en el río Mapocho, rescatado por civiles mientras efectivos de Carabineros lo abandonaban a su suerte en el lugar. Es la muestra gráfica más fuerte de que el Ministerio del Interior no actuó de la manera como correspondía. Incluso se avaló el actuar de Carabineros. Esperamos que la Justicia efectúe la investigación.
Finalizo, señora Presidenta.
Por estos hechos, como conclusión, se configura una infracción al artículo 52 de la Constitución Política del Estado, como ha sido expresado en la acusación constitucional.
Voy a votar a favor de los tres capítulos.
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Gracias, Senador De Urresti.
Tiene la palabra el Senador Felipe Kast.


El señor KAST.- Gracias, Presidenta.
La verdad es que, habiendo escuchado la acusación y la defensa, me quedo con las palabras de un Senador de Oposición, que de hecho es de mi región, quien señaló que "la sociedad chilena no está polarizada". Lo que está polarizado, desgraciadamente, es el Congreso, que vive, pareciera, en un mundo paralelo, y que, en lugar de ponerse de acuerdo y levantar la mirada, termina cayendo en una pequeñez constante.
Los tres capítulos de la acusación son: uno, haber dejado de ejecutar leyes en materias relativas al orden público; dos, haber dejado de ejecutar las leyes al no ejercer el control jerárquico correspondiente sobre los órganos sometidos a su dependencia, y tres, haber infringido la Constitución o la ley vulnerando el derecho fundamental de igualdad ante la ley. Y todos los que conocemos al ex Ministro Víctor Pérez sabemos que ninguna de estas acusaciones es correcta. Más aún, todos los que están acá, que fuimos colegas suyos, sabemos que le tocó ejercer un cargo muy difícil en momentos en que Chile está viviendo una situación muy compleja. Y aunque mucha gente de Izquierda no piense igual, es una persona de un respeto tremendo por quienes piensan distinto.
Lo sabemos especialmente los que compartimos con él, por ejemplo, en la Comisión de Seguridad Ciudadana. Fue un colega que, siempre manteniendo su postura, nunca levantó la voz, nunca le faltó el respeto a nadie, y siempre se apegó al espíritu democrático de la Comisión de Constitución. Yo soy un Senador relativamente nuevo, así que me imagino que los más antiguos lo conocen aún mejor.
Creo que un principio básico de la democracia es que este Senado, al momento de tomar decisiones tan complejas como esta, cuide la república, cuide la democracia.
Ustedes saben, porque lo he hecho público, que estoy muy molesto por la falta de nombramiento de un delegado especial presidencial, de un Ministro encargado de La Araucanía, que de hecho creo que es urgente. Los hechos lo muestran día a día.
Sin embargo, algunos quieren polarizar el clima con estas acusaciones contra un Ministro que llevaba tres meses en su cargo y que, además, había cuidado mucho su lenguaje cada vez que fue a La Araucanía, manteniendo siempre un equilibrio difícil de sostener, pues a veces, en nuestra lógica de hacer política polarizante, nos quedamos, o con el extremo de creer que en La Araucanía solamente hay que ejercer represión, o con el otro extremo, de desconocer que allí existe violencia.
El Ministro Pérez siempre fue muy cauteloso. Y sobre las cosas que se le acusan, me consta que, en materia de reforma a Carabineros, le tocó instaurar la Unidad Coordinadora de la Reforma a la institución, cosa que veníamos pidiendo desde hace mucho tiempo junto con la Fundación Paz Ciudadana y varias otras entidades.
Al Ministro Pérez, además, le tocó la dura tarea, en esos mismos tres meses, de generar un espacio de diálogo con muchos Senadores que hoy día están en la Oposición, de los cuales yo esperaría que ahora actuaran en conciencia, como los verdaderos jueces que son.
Nosotros sabemos que en el paro de los camioneros el Ministro Pérez hizo lo que muchos queremos que hagan los ministros, que es hacer política, que dialoguen; que, obviamente, apliquen el Estado de derecho, pero que dialoguen. De hecho, a muchos les he escuchado expresar que este es un problema político, en varios ámbitos.
A mí el doble estándar me molesta. No he visto a esos mismos Senadores decir "oye, hay que ser implacable", cuando ha habido un paro en los puertos, y que no hay que dialogar con las personas paralizadas, cosa que a este Gobierno le ha tocado hacer, lo mismo que a los Gobiernos.
Eso nunca significa que no se aplique el Estado de derecho. Uno perfectamente puede dialogar, que es lo que hizo el Ministro Pérez, y al mismo tiempo aplicar el Estado de derecho. Nunca se buscó inhibir que la Justicia hiciera su trabajo con cualquier persona que hubiese infringido el ordenamiento jurídico.
Entonces, más allá de mi posición, yo quisiera que entendiéramos el mensaje que en su minuto nos dio un Senador que se refirió a la situación en La Araucanía -entiendo que fue Jaime Quintana- en cuanto a que de verdad dejáramos de polarizar este Senado.
No sé si alguien cree que gana algo transformando a este Senado en eso, en vez de aprobar leyes que realmente le urgen a la ciudadanía, como la Ley Juan Barrios, una normativa muy sencilla que lo que hace es tipificar -hoy día no lo está- el delito de incendio cuando se produce en un camión u otro vehículo, o avanzar en la importantísima reforma de la inteligencia, que este mismo Senado ya aprobó y que ahora está durmiendo en la Cámara de Diputados.
Distinto sería si ustedes me dijeran "oye, no, lo que pasa es que el Senador Víctor Pérez ha tenido un descriterio, ha tenido un lenguaje polarizante". ¡Por favor! Algunos señalaban que les parecía grave que el ex Senador Víctor Pérez afirmara que hay violencia en La Araucanía. Y lo que a mí me parecería grave es que un Ministro del Interior no partiera con un diagnóstico profundo y real del grado de violencia que allí existe.
Aquí tenemos un nivel de crisis brutal, partiendo por Carabineros -por la fragilidad que muchos Gobiernos anteriores exhibieron con la institución, porque aumentamos el número de uniformados pero no nos preocupamos de su formación, de su capacitación-, así como, claramente, un nivel de impunidad brutal, donde hay grupos violentistas que tienen relación con el mundo narco -dicho por el mismo Director de la Policía de Investigaciones-, con el robo de madera, con el crimen organizado y que no tienen nada que ver con el pueblo mapuche. No representan a nadie; simplemente lucran de la violencia y son capaces de dispararle a una niña de nueve años; son capaces de asesinar a un trabajador agrícola, como Pedro Cabrera; son capaces de quemar viva a una persona, como Juan Barrios; son capaces de asesinar a un carabinero, como Jaime Naín.
Entonces, creo que estamos mucho más de acuerdo de lo que normalmente hace el Congreso.
Yo realmente les pido, colegas, que mostremos que el Senado está justamente a la altura de evitar caer en una polarización que Chile hoy día no necesita. El 25 de octubre fue muy claro en esto: "¡Déjense de hacer política simplemente peleando entre ustedes; pónganse de acuerdo!"
Tenemos no solamente un proceso constituyente, sino también una elección el próximo año, y va a venir un nuevo Gobierno. ¡Levantemos la mirada!
A cualquiera de ustedes le puede tocar estar al otro lado de la vereda. Claro, hoy día la Oposición tiene mayoría en el Senado.
Yo agradezco a algunos Senadores que he escuchado porque han mantenido esa altura. Pero cuidemos la forma de hacer política, lo que no significa que el Gobierno sea perfecto. Ningún Gobierno lo ha sido: ni el de Bachelet, ni el de Piñera I. Todos han tenido virtudes y defectos.
Luchemos por las cosas que realmente nos importan: que nos hagamos cargo de las pensiones; que nos hagamos cargo de que efectivamente los narcos estén tras las rejas y que no haya impunidad; que nos hagamos cargo de que los violentistas en la región estén tras las rejas y no tengan impunidad. Lo digo porque no hay ninguna persona procesada por los asesinatos que les acabo de mencionar -¡nadie!-, ni siquiera investigada. No hay nadie formalizado. Y eso es inaceptable. Al final la ciudadanía dice: "Yo no creo en nadie; no creo que la política sea capaz de hacerse cargo de los problemas de fondo".
Y, en paralelo, espero que podamos avanzar en la agenda indígena, porque son líneas totalmente complementarias y distintas. No es incompatible querer tener una agenda indígena muy agresiva, muy propositiva, hacerse cargo del tema de las tierras -como decía muy bien el Senador Huenchumilla-, seguir los mejores ejemplos de Nueva Zelandia, un país que ha sido vanguardia en materia de desarrollo de política indígena, y que al mismo tiempo seamos realmente muy claros en que aquí la tolerancia con la violencia es igual a cero, particularmente respecto de esas personas que recurren a ella para lucrar.
Así que yo quiero pedirles a todos que ojalá hoy día demos una señal clara en este sentido. A cualquiera, democráticamente, pueden gustarles o no las posturas del Ministro Pérez, pero él nunca, ¡nunca!, dejó de cumplir la Constitución; nunca actuó de mala fe. Todos quienes lo conocemos, porque además fue colega nuestro, sabemos que no podemos cometer hoy día el error de simplemente darnos un gusto político y traicionar nuestro mandato de ser jueces. Tenemos que efectivamente votar en conciencia respecto de una persona noble que estuvo dispuesta a servir a Chile justamente para respetar la Constitución y colaborar con nuestro país.
Gracias.
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Tiene la palabra el Senador Manuel José Ossandón.
El señor OSSANDÓN.- Presidenta, ¿se escucha?
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Se escucha bien, Senador.


El señor OSSANDÓN.- Gracias.
Presidenta, la verdad es que estuvimos trabajando con mi equipo e hicimos una defensa de los cargos que se le formulan al ex Ministro Pérez Varela, y también se trabajó sobre la base de escuchar lo que señaló el profesor y doctor en derecho penal don Gonzalo García Palominos en su exposición en la Cámara de Diputados. Pero después de escuchar muchas de las intervenciones de mis colegas, prefiero no leer ese texto y hacer un par de comentarios, porque, al oír lo mucho que se ha hablado hoy día, uno se explica el verdadero desprestigio que tiene la política y que tenemos en el Senado de la República.
He visto a colegas opinar como si no hubieran gobernado nunca; hablar de que los narcos se tomaron el territorio. Perdón, Presidenta, yo fui alcalde de Puente Alto, la comuna más poblada de Chile, en tiempos en que la Oposición justamente administraba este país, y el problema del narcotráfico era idénticamente igual a como estamos hoy día.
Entonces, veo con preocupación que una herramienta tan importante como esta se esté utilizando para vendettas o venganzas políticas.
Yo creo que le estamos dando un pésimo ejemplo a Chile porque, al conocer y estudiar la acusación, ninguno de los cargos son válidamente jurídicos.
Por eso, solo quiero señalar que quedo muy agradecido y admirado de las palabras del Senador Huenchumilla, por la honestidad que tuvo al decir lo que expresó claramente. Porque además él vivió, por cierto, situaciones superinjustas cuando planteó algo que para mí es absolutamente cierto: que el de La Araucanía es un problema político.
Pero seamos transparentes. ¿Le vamos a cobrar la cuenta a un Ministro que estuvo tres meses en el cargo y, además, con una trayectoria intachable en estos temas?
Lo conocimos como Senador, y la verdad que es una persona intachable, correcta y muy prudente, como dijo un colega.
Por lo tanto, Presidenta, yo voy a votar con la convicción absoluta de que en las acusaciones que se le hacen en los tres capítulos él es totalmente inocente.
La gente nos ha visto perder un día completo, entero, discutiendo una acusación que no tiene ningún sentido, en vez de, por ejemplo, estar trabajando por quienes que hoy día están sufriendo.
Muchas gracias.
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Tiene la palabra el Senador Álvaro Elizalde.


El señor ELIZALDE.- Presidenta, quiero partir señalando que yo no comparto la forma en la cual están regulados por la Constitución los efectos de la acusación en caso de aprobarse, texto que establece que por la declaración de culpabilidad queda el acusado destituido de su cargo y sin poder desempeñar ninguna función pública, sea o no de elección popular, por el término de cinco años.
Hace varios años se presentó una reforma constitucional por integrantes de nuestra bancada precisamente para poner fin a ese efecto, que es el resultado de una imposición en la Constitución del 80 como respuesta a lo que acontecía durante el Gobierno de la Unidad Popular, en que se producían enroques ministeriales tras la aprobación de acusaciones constitucionales.
Pero el hecho de que no comparta el efecto de la aprobación de la acusación no significa que no debamos pronunciarnos respecto de ella. Y por eso creo que es necesario analizarla en su mérito y, por cierto, pronunciarnos de todas formas en condición de jurado, tal cual lo establece la propia Constitución.
Voy a hacer una intervención bastante breve, toda vez que han sido largas las jornadas en que se ha estado analizando esta acusación.
Me referiré a un punto específico que me parece muy importante tener presente, más allá de este caso concreto, y que dice relación con la forma en la cual deben actuar las autoridades en el cumplimiento de sus obligaciones legales, que es un principio básico: el principio de la ecuanimidad.
Todo Ministro del Interior, cuando debe velar por el orden público, tiene que actuar sin arbitrariedad y bajo una lógica básica de imparcialidad. Por cierto, la ley entrega herramientas con un determinado margen de discrecionalidad, lo que tendrá que ser evaluado por las autoridades para efectos de garantizar precisamente el orden público. Pero lo que no puede ocurrir es que, lamentablemente, exista un doble estándar, es decir, que manifestaciones de determinada naturaleza, surgidas conforme a ciertas reivindicaciones, sean reprimidas duramente, y que otras, no solo en los hechos, terminen siendo autorizadas, sino que cuenten con protección policial para su realización -eso fue lo que, lamentablemente, aconteció con el paro de los camioneros-, más aún si existe un cuestionamiento a las instituciones.
Cuando hay una desconfianza de la sociedad chilena respecto de las élites políticas, el actuar de las autoridades debe ser especialmente claro en esta materia, para evitar todo tipo de cuestionamiento y que no quede la sensación de que hay manifestaciones que implican alteración del orden público que son alentadas por el Gobierno, mientras otras son duramente reprimidas.
Considero que ese doble estándar es inaceptable en una democracia, más aún cuando en el debate que se desarrolló en este Poder Legislativo, y particularmente en el Senado, al discutirse el proyecto de Ley Antibarricadas se señaló por quienes promovían con especial entusiasmo esta nueva legislación que no se podía permitir ningún tipo de alteración al orden público, particularmente al libre tránsito o transporte de las personas.
Más aún, como ejemplo respecto de la aplicación de esta ley, se utilizó que no se podía tolerar siquiera algo que se hizo muy común en el contexto de la revuelta social de octubre pasado: "El que baila pasa". Y se pronunciaron encendidos discursos con el objeto, precisamente, de aprobar esta legislación, de aumentar sus penas.
Hubo quienes fuimos críticos a este debate, a estos argumentos en particular, señalando que se estaba criminalizando la protesta social y que, independientemente de que la autoridad debía contar con herramientas para velar por el orden público, bajo ninguna circunstancia esto podía significar que se terminara criminalizando la protesta social.
Pues bien, quienes fueron los que defendieron con especial énfasis estas posturas en el Senado ahora toleran que haya existido un doble estándar evidente respecto de la paralización de los camioneros; porque hubo interrupciones al normal funcionamiento del país, qué duda cabe, con efectos en la cadena de suministros y distribución de productos a lo largo de Chile, y también con efectos sanitarios.
Se trata de una conducta especialmente grave, entendiéndose que estamos enfrentados a una pandemia con consecuencias catastróficas y que ha significado que un número importante de nuestros compatriotas pierdan la vida.
Y la sensación que existe de parte de muchos ciudadanos es que cuando los que protestan pertenecen a determinado signo político-ideológico, en torno a determinada reivindicación social, la respuesta del Estado es, lisa y llanamente, la represión. Pero cuando lo hacen otros que cuentan con simpatía de parte de las autoridades, entonces, la respuesta es alentar estas manifestaciones, hacer referencia a sus causas, a la legitimidad de sus planteamientos, y el trato de parte de la fuerza pública y de las acciones judiciales que emprende el Estado es completamente distinto: guanaco y lacrimógenas para un caso, escolta policial y, prácticamente, alfombra roja para otros.
Y eso, sin duda, constituye un atentado básico al principio de igualdad ante la ley y a la lógica, insisto, de imparcialidad con la cual deben actuar las autoridades.
Creo que tenemos que hacernos cargo de este cuestionamiento, principalmente por el actuar del Gobierno, y es importante hacer mención al mismo en el contexto de esta acusación.
No me voy a referir al detalle de los otros fundamentos porque quienes me han antecedido en el uso de la palabra, integrantes de mi bancada, me representan plenamente, pero me parece necesario hacer mención a este punto.
Las autoridades deben actuar con una lógica de ecuanimidad e, independientemente de que compartan o no las reivindicaciones que manifiestan los distintos movimientos sociales y políticos que se expresan en una democracia, el trato en lo que respecta a la alteración del orden público debe ser el mismo.
Lo contrario genera una sensación de injusticia, un cuestionamiento al quehacer y actuar de las autoridades, y lo que es más dramático, se atenta contra la legitimidad con la cual deben actuar las distintas instituciones de la república, y particularmente las autoridades encargadas de velar por el orden público.
He dicho, señora Presidenta.
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Gracias, Senador Elizalde.
Queda cerrado el debate.
En votación.
--(Durante la votación).
El señor GUZMÁN (Secretario General).- De conformidad a lo dispuesto en el artículo 196 del Reglamento del Senado, y como lo ha indicado la señora Presidenta, se ha procedido a la apertura de la votación, en que Sus Señorías deberán votar por separado cada uno de los tres capítulos de la acusación constitucional entablada contra el ex Ministro del Interior y Seguridad Pública, señor Víctor Pérez Varela.
Se consultará en la Sala, y también de manera remota, respecto del primer capítulo de la acusación constitucional, esto es, de aquel relativo a haber dejado de ejecutar las leyes en materias relativas al orden público.
Vamos a proceder a consultar a las señoras y señores Senadores que se encuentran participando fuera de la Sala del Senado, de manera remota o telemática, correspondiendo hoy día iniciar la votación con la Senadora señora Sabat.
Senadora señora Sabat, ¿cómo vota?
La señora SABAT.- En contra, Secretario.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Gracias.
Vota en contra.
Senador señor Soria, ¿cómo vota?
El señor SORIA.- Me abstengo, señor Secretario.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Se abstiene.
Senadora señora Allende, ¿cómo vota?
La señora ALLENDE.- A favor, señor Secretario.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Vota a favor.
Senadora señora Aravena, ¿cómo vota?
Senador señor Araya, ¿cómo vota?
El señor ARAYA.- A favor, señor Secretario.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Vota a favor.
Senador señor De Urresti, ¿cómo vota?
El señor DE URRESTI.- A favor, señor Secretario.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Gracias.
Vota a favor.
Senador señor García-Huidobro, ¿cómo vota?
El señor GARCÍA-HUIDOBRO.- En contra, Secretario.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Gracias.
Vota en contra.
Senador señor Guillier, ¿cómo vota?
Senador señor Harboe, ¿cómo vota?
El señor HARBOE.- En contra, señor Secretario.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Gracias.
Vota en contra.
Senador señor Huenchumilla, ¿cómo vota?
El señor HUENCHUMILLA.- En contra.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Gracias.
Vota en contra.
Senador señor Insulza, ¿cómo vota?
El señor INSULZA.- A favor.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Vota a favor.
Senador señor Kast, ¿cómo vota?
El señor KAST.- En contra.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Vota en contra.
Senador señor Montes, ¿cómo vota?
El señor LAGOS.- ¡Me saltó!
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Senador señor Lagos, ¿cómo vota?
El señor LAGOS.- A favor.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Gracias.
Vota a favor.
Senador señor Montes, ¿cómo vota?
El señor MONTES.- Voto a favor, señor Secretario.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Gracias.
Vota a favor.
Senadora señora Órdenes, ¿cómo vota?
La señora ÓRDENES.- Voto a favor, señor Secretario.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Gracias.
Vota a favor.
Senador señor Ossandón, ¿cómo vota?
El señor OSSANDÓN.- En contra, señor Secretario.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Gracias.
Vota en contra.
Senadora señora Provoste, ¿cómo vota?
La señora PROVOSTE.- A favor.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Gracias.
Vota a favor.
Senador señor Quintana, ¿cómo vota?
El señor QUINTANA.- Voto a favor, señor Secretario.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Gracias.
Vota a favor.
Senador señor Quinteros, ¿cómo vota?
El señor QUINTEROS.- A favor.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Gracias.
Vota a favor.
Senadora señora Rincón, ¿cómo vota?
La señora RINCÓN.- A favor, señor Secretario.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Gracias.
Vota a favor.
¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador aún no ha emitido su voto?
Senador señor Guillier, ¿cómo vota?
El señor GUILLIER.- A favor, señor Secretario.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Gracias.
Vota a favor.
Senadora señora Aravena, ¿cómo vota?
La señora ARAVENA.- En contra, señor Secretario.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Gracias.
Vota en contra.
¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador aún no ha emitido su voto?
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Terminada la votación.
--Se rechaza el primer capítulo de la acusación constitucional (22 votos en contra, 17 a favor y 3 abstenciones).
Votaron por la negativa las señoras Aravena, Ebensperger, Sabat, Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Alvarado, Castro, Chahuán, Coloma, Durana, Galilea, García, García-Huidobro, Harboe, Huenchumilla, Kast, Moreira, Ossandón, Pizarro, Prohens, Pugh y Sandoval.
Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Muñoz, Órdenes, Provoste y Rincón y los señores Araya, Bianchi, De Urresti, Elizalde, Guillier, Insulza, Lagos, Latorre, Letelier, Montes, Quintana y Quinteros.
Se abstuvieron la señora Goic y los señores Girardi y Soria.
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Rechazado, entonces, el primer capítulo de la acusación.
En votación el segundo capítulo.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Se abre la votación respecto del segundo capítulo de la acusación constitucional, esto es, el relativo a haber infringido la Constitución o las leyes vulnerando el derecho fundamental de igualdad ante la ley.
--(Durante la votación).
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Vamos a iniciar la consulta con la Senadora señora Sabat.
¿Cómo vota, Senadora?
La señora SABAT.- En contra, señor Secretario.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Gracias.
Vota en contra.
Senador señor Soria, ¿cómo vota?
El señor SORIA.- Me abstengo, señor Secretario.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Abstención.
Senadora señora Allende, ¿cómo vota?
La señora ALLENDE.- A favor, señor Secretario.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Gracias.
Vota a favor.
Senadora señora Aravena, ¿cómo vota?
La señora ARAVENA.- En contra, señor Secretario.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Vota en contra.
Senador señor Araya, ¿cómo vota?
El señor ARAYA.- Voto a favor, señor Secretario.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Gracias.
Vota a favor.
Senador señor De Urresti, ¿cómo vota?
El señor DE URRESTI.- A favor.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Gracias.
Vota a favor.
Senador señor García-Huidobro, ¿cómo vota?
El señor GARCÍA-HUIDOBRO.- En contra, Secretario.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Gracias.
Vota en contra.
Senador señor Guillier, ¿cómo vota?
El señor GUILLIER.- A favor, señor Secretario.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Gracias.
Vota a favor.
Senador señor Harboe, ¿cómo vota?
El señor HARBOE.- En contra, señor Secretario.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Gracias.
Vota en contra.
Senador señor Huenchumilla, ¿cómo vota?
El señor HUENCHUMILLA.- En contra.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- En contra.
Senador señor Insulza, ¿cómo vota?
El señor INSULZA.- A favor.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Gracias.
Vota a favor.
Senador señor Kast, ¿cómo vota?
El señor KAST.- En contra.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Vota en contra.
Senador señor Lagos, ¿cómo vota?
El señor LAGOS.- A favor.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Vota a favor.
Senador señor Montes, ¿cómo vota?
El señor MONTES.- A favor, señor Secretario.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Gracias.
Vota a favor.
Senadora señora Órdenes, ¿cómo vota?
La señora ÓRDENES.- Voto a favor, señor Secretario.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Gracias.
Vota a favor.
Senador señor Ossandón, ¿cómo vota?
El señor OSSANDÓN.- En contra, señor Secretario.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Gracias.
Vota en contra.
Senadora señora Provoste, ¿cómo vota?
La señora PROVOSTE.- A favor.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Gracias.
Vota favor.
Senador señor Quintana, ¿cómo vota?
El señor QUINTANA.- Me abstengo, señor Secretario.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Se abstiene.
Senador señor Quinteros, ¿cómo vota?
El señor QUINTEROS.- A favor.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Vota a favor.
Senadora señora Rincón, ¿cómo vota?
¿Senadora Rincón?
La señora RINCÓN.- A favor, señor Secretario.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Vota a favor.
¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador aún no ha emitido su voto?
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Terminada la votación.
--Se rechaza el segundo capítulo de la acusación constitucional (23 votos en contra, 15 a favor y 4 abstenciones).
Votaron por la negativa las señoras Aravena, Ebensperger, Sabat, Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Alvarado, Bianchi, Castro, Chahuán, Coloma, Durana, Galilea, García, García-Huidobro, Harboe, Huenchumilla, Kast, Moreira, Ossandón, Pizarro, Prohens, Pugh y Sandoval.
Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Muñoz, Órdenes, Provoste y Rincón y los señores Araya, De Urresti, Elizalde, Guillier, Insulza, Lagos, Latorre, Letelier, Montes y Quinteros.
Se abstuvieron la señora Goic y los señores Girardi, Quintana y Soria.
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Rechazado, entonces, el segundo capítulo de la acusación.
En votación el tercer capítulo.
--(Durante la votación).
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Se ha abierto el tercer y último capítulo de la acusación constitucional, aquel referido a haber dejado de ejecutar las leyes al no ejercer el control jerárquico correspondiente sobre los órganos sometidos a su dependencia.
Senadora señora Sabat, ¿cómo vota?
La señora SABAT.- En contra, señor Secretario.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Gracias.
Vota en contra.
Senador señor Soria, ¿cómo vota?
El señor SORIA.- Me abstengo, señor Secretario.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Se abstiene.
Gracias.
Senadora señora Allende, ¿cómo vota?
La señora ALLENDE.- A favor, señor Secretario.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Vota a favor.
Senadora señora Aravena, ¿cómo vota?
La señora ARAVENA.- En contra, señor Secretario.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Gracias.
Vota en contra.
Senador señor Araya, ¿cómo vota?
El señor ARAYA.- Voto a favor, señor Secretario.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Gracias.
Vota a favor.
Senador señor De Urresti, ¿cómo vota?
El señor DE URRESTI.- A favor, señor Secretario.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Gracias.
Vota a favor.
Senador señor García-Huidobro, ¿cómo vota?
El señor GARCÍA-HUIDOBRO.- En contra, Secretario.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Gracias.
Vota en contra.
Senador señor Guillier, ¿cómo vota?
El señor GUILLIER.- A favor, señor Secretario.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Gracias.
Vota a favor.
Senador señor Harboe, ¿cómo vota?
El señor HARBOE.- En contra, señor Secretario.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Gracias.
Vota en contra.
Senador señor Huenchumilla, ¿cómo vota?
El señor HUENCHUMILLA.- En contra.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Gracias.
Vota en contra.
Senador señor Insulza, ¿cómo vota?
El señor INSULZA.- En contra, Secretario.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Gracias.
Vota en contra.
Senador señor Kast, ¿cómo vota?
El señor KAST.- En contra.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Gracias.
Vota en contra.
Senador señor Lagos, ¿cómo vota?
El señor LAGOS.- En contra.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Gracias.
Vota en contra.
Senador señor Montes, ¿cómo vota?
El señor MONTES.- A favor, señor Secretario.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Gracias.
Vota a favor.
Senadora señora Órdenes, ¿cómo vota?
La señora ÓRDENES.- Voto a favor, señor Secretario.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Gracias.
Vota a favor.
Senador señor Ossandón, ¿cómo vota?
El señor OSSANDÓN.- En contra, señor Secretario.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Gracias.
Vota en contra.
Senadora señora Provoste, ¿cómo vota?
La señora PROVOSTE.- A favor.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Gracias.
Vota a favor.
Senador señor Quintana, ¿cómo vota?
El señor QUINTANA.- Voto a favor, señor Secretario.
¡Perdón, me abstengo! Abstención.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Se abstiene.
Senador señor Quinteros, ¿cómo vota?
El señor QUINTEROS.- A favor.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Gracias.
Vota a favor.
Senadora señora Rincón, ¿cómo vota?
La señora RINCÓN.- A favor, señor Secretario.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Gracias.
Vota a favor.
¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador aún no ha emitido su voto?
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Terminada la votación.
--Se rechaza el tercer capítulo de la acusación constitucional (24 votos en contra, 14 a favor y 4 abstenciones).
Votaron por la negativa las señoras Aravena, Ebensperger, Sabat, Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Alvarado, Castro, Chahuán, Coloma, Durana, Galilea, García, García-Huidobro, Harboe, Huenchumilla, Insulza, Kast, Lagos, Moreira, Ossandón, Pizarro, Prohens, Pugh y Sandoval.
Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Muñoz, Órdenes, Provoste y Rincón y los señores Araya, Bianchi, De Urresti, Elizalde, Guillier, Latorre, Letelier, Montes y Quinteros.
Se abstuvieron la señora Goic y los señores Girardi, Quintana y Soria.
--(Aplausos en la Sala).
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Queda, entonces, rechazada la acusación constitucional en contra del ex Ministro Víctor Pérez.
--(Aplausos en la Sala).