Click acá para ir directamente al contenido
ADECUACIÓN DE TIPOS PENALES DE INCENDIO DEL CÓDIGO PENAL A SITUACIONES CONTEMPORÁNEAS


El señor QUINTEROS.- Gracias, Presidenta.
La verdad es que no pensaba intervenir, por lo que seré muy breve.
Yo puedo entender las razones de algunos que, con razón, desconfían de los verdaderos propósitos del Gobierno con este y otros proyectos, que han sido incluidos dentro de lo que se ha denominado "la agenda de seguridad".
Muchas veces el Gobierno ha intentado evadir su responsabilidad en el control del orden público, el aumento de la delincuencia, los actos violentistas, endosándole a este Congreso cada vez que ocurre un nuevo delito de alta connotación pública, como si la eficacia de las investigaciones dependiera de una nueva ley.
Y, en verdad, existen leyes y atribuciones suficientes para perseguir estos delitos.
Ahora bien, esto no impide perfeccionar las figuras penales y me parece que, en este caso, es correcto equiparar la figura del incendio de un vehículo con personas a bordo con la de incendio en un lugar habitado que, tal como se dijo acá, es uno de los delitos más graves de nuestra legislación.
Se trata, señora Presidenta, de hechos gravísimos. Y cualesquiera que sean los lugares donde ocurran, sus autores o sus motivaciones merecen nuestra más absoluta condena ¡Y nadie puede confundirse! Los socialistas hemos sido víctimas de la violencia en diversos momentos de la historia y, por lo tanto, no podemos avalarla ni tolerarla.
Esto debe quedar meridianamente claro, y por eso votaré a favor de este proyecto.