Click acá para ir directamente al contenido


El señor GALILEA.- Señor Presidente, quiero que el Secretario me confirme lo siguiente, para estar bien claro.
Nosotros tenemos un proyecto aprobado en general. Muchas de sus normas no tuvieron indicaciones, y, por lo tanto, el Secretario nos informó que las disposiciones que no fueron objeto de indicaciones se daban por aprobadas, con el quorum respectivo.
De lo que se vio en la Comisión de Educación, habría once indicaciones que tendrían que votarse hoy. Ellas deben rechazarse o aprobarse con el quorum de ley orgánica constitucional.
Entonces, para cada una de las votaciones, o si se vota todo en conjunto, dado que para su aprobación se requiere el mismo quorum especial, estamos claros de que se precisan los cuatro séptimos que establece la Constitución.
Deseo estar bien claro con eso, señor Presidente.


El señor GUZMÁN (Secretario General).- Señor Presidente, al respecto, lo que puedo decir es que todas las normas que no fueron objeto de indicaciones ni de modificaciones en el segundo informe -y las mencioné-, que están aprobadas en general, quedan también despachadas en particular, dejando constancia del quorum respecto de aquellas que son de rango orgánico constitucional.
Aquí hay algunas supresiones de proposiciones de normas de ley orgánica constitucional. Y para aprobar estas supresiones no se requiere ese quorum especial, porque se trata de una norma propuesta en el proyecto, no de una disposición existente.
En consecuencia, al no ser una norma existente en la iniciativa, en cuyo caso si se quisiera dejar sin efecto sí se requeriría el referido quorum, sino que se trata de una propuesta del proyecto de ley, su supresión no precisa el señalado quorum de ley orgánica constitucional.
Si no se suprime la norma propuesta, habría que votarla para su aprobación. En ese caso se necesita alcanzar el quorum especial, esto es, 25 votos favorables.
El señor QUINTEROS (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador García para un punto de reglamento.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- También la ha solicitado el Senador Galilea.
El señor GARCÍA.- Señor Presidente, quería referirme al mismo tema que estaba planteando el Senador Galilea.
Así que prefiero que Su Señoría siga con el uso de la palabra.
El señor QUINTEROS (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor Galilea.


El señor GALILEA.- Señor Presidente, no comparto en absoluto lo que acaba de señalar el Secretario, porque estaríamos frente a una situación muy rara jurídicamente hablando.
Nos estarían diciendo que una norma que en general ya fue aprobada con quorum especial para ser suprimida no lo requeriría, pero si la queremos ratificar sí precisaría dicho quorum.
Eso, desde mi punto de vista, no resiste ningún análisis.
Hay un viejo aforismo jurídico, que es el abecé de todo esto, en el sentido de que las cosas se deshacen igual como se hacen.
Nosotros habíamos aprobado un texto en general con quorum especial. De hecho, la Cámara de Diputados despachó todo en general y en particular con ese mismo quorum.
Entonces, no nos pueden decir ahora que para deshacer todo eso se requiere quorum simple y que para mantener la posición de lo que ya aprobó el Senado en general requeriríamos quorum especial. O uno usa quorum especial para todo o no lo usa para nada; uno no puede discriminar entre supresiones y aprobaciones usando quorum distintos.
A mí me parece que eso escapa a cualquier lógica de interpretación jurídica. Y si es lo que está proponiendo la Secretaría, creo que debiéramos tener una reunión de Comités para resolver el punto, porque me parece sumamente delicado.
El señor QUINTEROS (Vicepresidente).- Muy bien.
¿Senador Elizalde, sobre lo mismo?


El señor ELIZALDE.- Sí, Presidente.
Lo que pasa es que lo que está planteando el Senador Galilea es sumamente grave, sentaría un precedente nefasto y además es absolutamente ilógico. Porque las normas que ordenan y determinan el significado de las votaciones persiguen que se respeten el espíritu y la voluntad de la Corporación; en este caso, el Senado.
Cuando se aprueba en general un proyecto y no hay una indicación presentada, se entiende que no habría voluntad de cambiar lo resuelto. Por tanto, se respeta la primera votación. Pero desde el momento en que se presenta una indicación, el Senado está obligado a votar de nuevo; y si efectivamente no se constituye la mayoría para ratificar lo ya aprobado, entonces esa norma no se puede entender aprobada. Porque, en caso contrario, habría que votar sistemáticamente en contra de la idea de legislar y de todo si se manifiesta una diferencia con un pequeño detalle de una norma, porque después no se podría modificar, de acuerdo a los criterios que ha planteado el Senador Galilea.
El procedimiento está claramente definido en el Reglamento y en la Ley Orgánica del Congreso Nacional.
La supresión no exige quorum especial. Afirmar lo contrario es tan absurdo como que yo presentara el día de mañana una reforma constitucional y recibiera una indicación del oficialismo, que es minoría, que impidiera esa reforma constitucional que ya se votó en general; y que yo, aprovechando que el oficialismo no cuenta con el quorum necesario para rechazar la reforma, dijera: "Mire, la reforma se aprobó".
¡Si eso es un absurdo! ¡Es un absurdo!
Es ilógico lo que está planteando el Senador Galilea. El Reglamento lo establece claramente, y hay precedentes de hace treinta años respecto de cómo se ha votado en esta materia.
En síntesis, se tienen que votar las indicaciones; las supresiones no exigen quorum especial; si no se alcanza el quorum de ley orgánica constitucional para ratificar una norma, cuando ha habido indicaciones -eso es muy importante: cuando se ha generado controversia respecto de su contenido-, ella no puede ser aprobada. Así de simple.
Por el contrario, las modificaciones requieren el quorum determinado para ser aprobadas como tales. Si no, se tiene que volver a votar la norma que se aprobó en general; y si la norma que se aprobó en general tampoco alcanza el quorum requerido, entonces no hay norma.
Así se ha operado en la práctica legislativa durante todos estos años, y así lo establece el Reglamento. Lo que está planteando el Senador Galilea no solo es ilógico, sino que atentaría contra un sentido básico: las normas deben expresar y representar la voluntad del órgano colegiado legislativo; en este caso, el Senado.
El señor QUINTEROS (Vicepresidente).- ¿Senadora Von Baer, está pidiendo la palabra?
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Sí.
El señor QUINTEROS (Vicepresidente).- Tiene la palabra, señora Senadora.


La señora VON BAER.- Gracias, Presidente.
Lo que señala el Senador Elizalde sería correcto quizás en otro proyecto de ley donde se hubiese realizado así el procedimiento desde el primer momento. Porque el Senador Elizalde dice que se da por aprobado el proyecto si no se presenta ninguna indicación, y lo mismo para una norma determinada.
En el presente proyecto, en el primer informe no se presentó ninguna indicación, por lo que se debiera haber aprobado en ese momento. Y estamos en una situación bien extraña, donde ahora se formulan indicaciones para borrar completamente lo establecido en la iniciativa.
La pregunta que estamos haciendo es si esas indicaciones tienen que ser aprobadas también por 25 votos, porque, de otra manera, se podría presentar un proyecto de reforma constitucional con 25 votos y después, con una indicación de quorum simple, cambiar completamente su articulado, que ya se aprobó en general.
Eso no tiene sentido.
Lo que sí lo tiene es que, si se cambia el proyecto en una norma de quorum especial, esa parte del texto debe aprobarse con el mismo quorum. Porque de otra manera el Ejecutivo podría presentar un proyecto de ley con cierto contenido que se aprueba en general y luego ese contenido se cambia completamente mediante una indicación que puede aprobarse con otro quorum. Entonces, tendríamos el caso de una norma que cambia otra norma sin alcanzar el quorum original. Y eso no tiene sentido.
Por lo tanto, lo que plantea el Senador Galilea a mí me parece obvio. O sea, si se cambia completamente el sentido de una norma, aquello tiene que ser aprobado con el mismo quorum.
Entonces, si hay confusión y no lo vamos a resolver de esa manera, también considero que sería buena una reunión de Comités.
El señor QUINTEROS (Vicepresidente).- Bien.
Tiene la palabra la Senadora Yasna Provoste.


La señora PROVOSTE.- Presidente, solo para ratificar lo que se ha señalado en esta sesión: la supresión no necesita quorum especial. Y es efectivo lo que ha planteado el Secretario, así lo dice la Ley Orgánica. Les podrá gustar o no, pero así son las reglas del juego.
Y me parece que es bastante rebuscado referirse a cuando el proyecto estaba en el primer informe. El proyecto viene con un segundo informe y es ahora cuando se debe llevar adelante la votación en particular.
Le pido que abra la votación, Presidente.