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El señor ELIZALDE.- Señora Presidenta, me gustaría, si es posible, que la Secretaría del Senado clarificara el debate respecto del efecto de la votación que se generó entre los Senadores Huenchumilla y Letelier, porque para saber cómo se vota hay que conocer las consecuencias que va a tener esa votación y cuál será finalmente el texto que se va a aprobar.
Creo que antes de iniciar la votación se debiera clarificar ese punto. Así que pido un pronunciamiento expreso respecto de qué ocurriría en caso de que alguna de estas normas no tuviera quorum para ser aprobada, en relación con el texto que fue aprobado hace ya bastante tiempo, la vez anterior en que se tramitó el proyecto. No olvidemos que se votó la iniciativa que había sido estudiada y propuesta por una Comisión Especial, que no es exactamente el mismo texto que llegó de la Cámara de Diputados. En muchas disposiciones es el mismo contenido de fondo, pero cambió la redacción.
Entonces, quisiera saber cuál va a ser el efecto práctico en caso de que alguna de estas disposiciones no se aprobara, pues eso nos permite formarnos una opinión de cómo votar, porque lo importante es cuál es el contenido final que tendrá la norma.


El señor ELIZALDE.- Señora Presidenta, yo más bien comparto la interpretación que le escuché al Senador Harboe, en el sentido de que si se rechazara la indicación acogida por la Comisión, se entendería aprobado el texto que había sido discutido y sancionado por la Sala. Fue la explicación que dio Su Señoría. Porque en caso contrario, se produciría el absurdo siguiente: se aprueba un texto; una Comisión lo modifica; esto se somete a consideración, y si la Sala no comparte aquello, entonces ¿no hay norma; no se aprueba ningún texto?
El problema es que tampoco se trata de una indicación. Porque alguien podrá decir: "Es que no se presentó ese texto como indicación en la Comisión". Pues bien, uno no presenta una indicación para ratificar una norma aprobada por la Sala: se presenta una indicación para modificar un texto que fue acogido por la Sala en general.
Por consiguiente, sería un absurdo que cada vez que se rechace el texto de una Comisión no haya norma, salvo que se autorice a votar lo que no está. Pero en este caso ni siquiera así ocurriría, porque ya se votó en general ese texto.
Ahora bien, pongámonos en otra hipótesis: si la indicación se hubiese rechazado en la Comisión, ¿cuál sería el texto? El que fue aprobado en general en la Sala.
Luego, quién manda: ¿la Comisión o la Sala? La Sala.
Por tanto, así como cuando se rechaza una indicación en una Comisión se mantiene el texto aprobado por la Sala, con mayor razón rechazada una indicación en la Sala se mantiene la norma aprobada por ella.
Lo otro sería un absurdo desde el punto de vista de la lógica legislativa, porque llevaría a la conclusión de que cada vez que la Sala rechaza un cambio que introduce una Comisión no se legisla respecto de esa materia y se cae la norma.
Aquella me parece una interpretación absurda.