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CONTRATO Y JORNADA ESPECIAL DE TRABAJO PARA ADULTOS MAYORES


El señor QUINTANA (Presidente).- A continuación, figura en el Orden del Día el proyecto de ley, iniciado en moción de los Senadores señoras Goic y Órdenes y señores Chahuán, Quinteros y Sandoval, en primer trámite constitucional, que establece el contrato del trabajador adulto mayor y la jornada de trabajo de los adultos mayores, con informe de la Comisión Especial del Adulto Mayor.
--Los antecedentes sobre los proyectos (12.451-13 y 12.452-13, refundidos) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley (mociones de los Senadores señor Chahuán, señoras Goic y Órdenes y señores Quinteros y Sandoval):
En primer trámite: sesión 1ª, en 12 de marzo de 2019 (se dan cuenta).
Retiro: sesión 24ª, en 11 de junio de 2019, la Senadora señora Órdenes presenta retiro de su firma en ambas mociones.
Informe de Comisión:
Especial del Adulto Mayor: sesión 29ª, en 2 de julio de 2019.
El señor QUINTANA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- El objetivo principal del proyecto es establecer una modalidad de trabajo flexible para las personas mayores, con alternativas de distribución de jornada de trabajo, y crear una regulación específica que asegure los derechos laborales de los adultos mayores que, habiendo jubilado, deseen continuar trabajando en empleos por horas o de media jornada con un contrato de trabajo simplificado.
La Comisión Especial del Adulto Mayor discutió la iniciativa solamente en general y aprobó la idea de legislar por la unanimidad de sus miembros presentes, Senadores señora Goic y señores Chahuán, Quinteros y Sandoval.
El texto que se propone aprobar en general se transcribe en las páginas 17 a 20 del primer informe de la Comisión Especial y en el boletín comparado que Sus Señorías tienen a su disposición.
El señor QUINTANA (Presidente).- En discusión general el proyecto.
En primer lugar, le voy a ofrecer la palabra al Presidente de la Comisión Especial del Adulto Mayor, Senador señor Sandoval.


El señor SANDOVAL.- Señor Presidente, este proyecto nace de dos mociones parlamentarias, correspondientes a los boletines Nos. 12.451-13 y 12.452-13, que la Sala acordó refundir.
La idea es hacerse cargo de diversas recomendaciones, no solo del Ministerio del ramo, sino de la propia Organización Internacional del Trabajo, en relación con la situación laboral de muchos adultos mayores. Algunos por necesidad, otros por opción, han decidido mantener una vida laboral activa realizando funciones que en numerosos casos no gozan de la formalidad que situaciones de este tipo requieren y de las cuales, como país, como sociedad, debemos hacernos cargo atendiendo el enorme impacto que ha tenido el proceso de envejecimiento de nuestra población e incluso el proceso natural de postergación de la actividad laboral. Evidentemente, muchos adultos mayores mantienen estas ocupaciones por su bajo nivel de ingresos, que por este mecanismo procuran mejorar.
En algunas de las audiencias realizadas, la Unión Nacional de Pensionados -creada por el antiguo dirigente gremial Clotario Blest y una de las asociaciones de pensionados más grandes del país- y otras organizaciones del mismo ámbito dieron a conocer sus visiones respecto de este particular.
El proyecto, considerando las dos mociones refundidas, agrega un nuevo Capítulo VIII (que consta de nueve artículos permanentes) en el Título II del Libro I del Código del Trabajo, referido a contratos especiales, que contiene una definición, la prohibición de realizar trabajos pesados, la jornada de trabajo del adulto mayor, la duración de la jornada, el pago de remuneraciones, la duración del contrato, la distribución de las horas, las gratificaciones legales, los beneficios que otorga el Estado, la prohibición de horas extras y otros aspectos que se vieron durante la tramitación de la iniciativa.
Hay que señalar, señor Presidente, que hoy día en Chile existen cerca de 600 mil adultos mayores que trabajan sin ningún tipo de vínculo laboral. Son muchos los que han optado por este mecanismo. ¿Y por qué lo han hecho? Fundamentalmente, porque han estimado que a través de este procedimiento no pierden otro tipo de beneficios que el Estado les otorga. Es más, varios con pensiones estatales procuran, a través de la informalidad, mejorar su condición económica.
El proyecto bajo ningún punto de vista -y esto es bueno aclararlo- busca cambiar los procedimientos respecto de las edades para jubilar. Todo lo contrario. Eso está fuera de discusión. Y mucho menos persigue precarizar su condición laboral.
Por ello, nos pareció atingente atender la recomendación N° 162 de la Organización Internacional del Trabajo, que hace un llamado a los países en mérito a las demandas y requerimientos de los propios adultos mayores, con quienes, dicho sea de paso, realizamos algunos diálogos en diferentes regiones en los cuales se plantearon estas mismas situaciones.
¿Qué hace la OIT? Hace un llamado a los países a promover medidas destinadas a asegurar el trabajo de los adultos mayores, como modificar la forma de organización del trabajo, ordenar los horarios, limitar las horas extras y reducir la duración normal de la jornada diaria y semanal, entre otras materias de las cuales el proyecto se hace parte.
El texto tiene esa orientación. No obstante, en la discusión particular deberá ser objeto, evidentemente, de todas las indicaciones que sean pertinentes e incluso de ciertas correcciones, para que sea perfectamente compatible con las normas vigentes del Código del Trabajo, de modo que no solo se trate de flexibilidad, sino que también se establezcan ciertos mínimos de protección al adulto mayor, que es lo que, sin duda, se pretende cubrir con esta iniciativa.
En definitiva, el objetivo del proyecto es procurar que aquel adulto mayor que se encuentre en esta condición, por necesidad o por opción, cualquiera sea su posición -muchos adultos mayores realizan actividades laborales para sentirse activos, vigentes-, lo haga bajo un paraguas, bajo una institucionalidad básica, mínima, que contemple ciertas materias que resguarden sus derechos, de tal forma que no tenga que realizar, a través de esta modalidad, ciertos trabajos fuera de todo marco de protección, sola y exclusivamente para no perder algunos beneficios sociales que, por mucho que sean otorgados por el Estado, nunca serán suficientes para cubrir las enormes necesidades que los adultos mayores nos plantean hoy día y que en el último tiempo han sido especialmente manifestadas a través de las enormes demandas que tienen, no solamente aquellos que están pensionados, los que están jubilados, sino también mediante lo que significa la previsión en ámbitos generales.
En resumen, señor Presidente, el proyecto se somete a la consideración de la Sala para su aprobación en general.
Es todo cuanto puedo informar.
El señor QUINTANA (Presidente).- ¿Habría acuerdo para que en unos momentos más pueda presidir la sesión el Senador Jorge Pizarro?
Acordado.
--Queda autorizada la presidencia accidental del Senador señor Jorge Pizarro.
El señor CHAHUÁN.- ¿Puede abrir la votación, señor Presidente?
El señor QUINTANA (Presidente).- No, señor Senador, porque se acordó votar después de las 19 horas.
Tiene la palabra el Senador Chahuán.


El señor CHAHUÁN.- Señor Presidente, Honorable Sala, el proyecto que estamos analizando tiene su origen en dos mociones parlamentarias que presenté durante mi primer ejercicio parlamentario y que luego reingresamos con la firma de todos los integrantes de la Comisión Especial del Adulto Mayor.
Lo que busca, ciertamente, es otorgar protección especial a la población conformada por adultos mayores que el sistema jurídico reconoce en lo que respecta al fomento de la inserción de este segmento poblacional.
El Protocolo de San Salvador, aún en tramitación en la Cámara Baja, consagra esta protección especial en los Estados Partes, los cuales se comprometen a ejecutar programas laborales específicos para los adultos mayores. O sea, la posibilidad de realizar una actividad productiva que sea adecuada a sus capacidades.
Se hace necesario abordar lo que significa para nuestro país el aumento de la población adulta mayor, considerando que el 2060 Chile será el sexto país del mundo con mayor expectativa de vida, por lo que debemos asumir el desafío que implicará para el Estado la necesidad de permitir un ingreso digno para los adultos mayores.
Los adultos mayores -o, como hoy se dice, las "personas mayores"- pueden tener una extensión de su vida laboral sin que ello afecte los beneficios que reciben.
En ningún caso estamos hablando de cambiar las edades de jubilación ni tampoco de precarizar su condición laboral. Por el contrario, lo que estamos buscando es asegurar que, en definitiva, 600 mil personas mayores que en la actualidad laboran sin ningún vínculo contractual cuenten, efectivamente, con todas y cada una de las garantías que ahora existen, como la protección que hoy ofrece la Ley de Accidentes del Trabajo.
Además, hemos procurado, en la redacción de esta iniciativa, que los ingresos que perciban no las perjudiquen en términos del aporte previsional solidario que hoy día reciben aquellas personas mayores pensionadas en términos de pensión básica solidaria o pilar solidario.
En ese mismo contexto, lo que buscamos en virtud de estos proyectos de ley es consagrar un contrato especial de trabajo de carácter flexible y, a la vez, permitir que mejoren su condición de vida.
Además, establecimos una jornada especial de trabajo.
Las personas que pertenecen a este segmento etario tienen mucho que aportar, considerando la experiencia adquirida durante su vida laboral normal. Y eso debe ser aprovechado por nuestra sociedad.
La OIT ha emitido la Recomendación N° 162, que tiene por finalidad promover el trabajo para los adultos mayores en los países, obviamente modificando los contratos de trabajo y sus horarios pertinentes de acuerdo a sus respectivas realidades.
Cabe señalar que el profesor de Derecho Laboral que asistió a la Comisión, don Luis Lizama, manifestó que la jubilación por vejez no constituye per se una causal de término del contrato de trabajo, sino que es solo una circunstancia que otorga la posibilidad de jubilar.
Asimismo, señaló que no habría incompatibilidad entre el contrato de trabajo de un adulto mayor y el ingreso que perciba originado por un beneficio previsional.
Por estas razones, estimamos que este proyecto debe ser aprobado en general, sin perjuicio de que se le introduzcan indicaciones destinadas a mejorar su texto, de manera que se haga realidad como ley de la república a la mayor brevedad.
Adicionalmente, quiero señalar que hemos estado trabajando largamente, y en esto destaco el trabajo de la Comisión del Adulto Mayor.
Hemos desarrollado jornadas de trabajo en donde el Senado escucha a las personas mayores en las respectivas regiones. Ya tuvimos un encuentro muy importante en las Regiones de Valparaíso y de Aysén (esperamos seguir haciéndolo en todo el país), en donde se levantó como legítima aspiración el poder mejorar sus ingresos.
Aquello dice relación no solamente con garantizar y fortalecer el pilar solidario y el pilar contributivo (a lo que el Congreso Nacional está llamado por un gran acuerdo nacional), sino también con permitir estos ingresos adicionales con jornadas de carácter flexible, que en ningún caso empecen la condición de edad de jubilación; porque, por supuesto, la idea es mantenerla.
Estos son ingresos adicionales, y me gustaría recalcarlo, como también el hecho de que no se busca en ningún caso precarizar el trabajo de los adultos mayores.
Hemos conversado con la Senadora Carolina Goic, quien es parte de la Comisión, acerca de la idea de que esta discusión se realice en la Comisión del Adulto Mayor y, también, en la de Trabajo, que es el lugar, el reducto, donde naturalmente debiera poder discutirse este proyecto de ley.
Espero que sea aprobado por Sus Señorías.
He dicho.
El señor PIZARRO (Presidente accidental).- Está inscrito para hacer uso de la palabra el Senador Rabindranath Quinteros.
Tiene usted la palabra.


El señor QUINTEROS.- Señor Presidente, los adultos mayores constituyen un grupo etario en permanente crecimiento. Es un período donde se producen grandes cambios en los individuos. A los 65 años hay personas todavía plenamente vigentes cognitiva y físicamente; otras están afectadas profundamente en su salud y presentan tal deterioro que requieren ayuda para poder cumplir con las necesidades básicas. Así también, la etapa de la jubilación es vista por la sociedad como la del retiro definitivo, cumplidas las cuatro o cinco décadas de trabajo se abandona a las personas o simplemente se las obliga a retirarse, pasando a incorporarse al grupo de jubilados, llamados muchas veces "inactivos".
Los adultos mayores se incorporan al mercado laboral como trabajadores por cuenta propia remunerados, como una manera de complementar su pensión, o no remunerados, para ayudar preferentemente a un familiar que realiza una actividad laboral demandante de mano de obra.
Hay un importante porcentaje de adultos mayores que trabaja (se calcula en 35 por ciento); sin embargo, aquellos que realizan actividades no remuneradas conforman una cifra oscura que requiere políticas públicas no solo para visibilizarse, sino también para corregir aquellos aspectos de la normativa laboral que impiden la incorporación de los adultos mayores al trabajo formal.
El proyecto de ley en discusión efectúa una modificación al Código del Trabajo con la finalidad de que los adultos mayores tengan la posibilidad de concordar con su empleador una jornada parcial (30 horas como máximo), de manera de alargar su período como trabajador activo o para reincorporarse al trabajo, ampliando con ello las posibilidades de organizar y compatibilizar su tiempo de trabajo con otras actividades.
En la Comisión del Adulto Mayor, donde se discutió este proyecto, se consideró como medida para fomentar la contratación de los adultos mayores el permitir para este grupo una modalidad flexible de trabajo a tiempo parcial, con diferentes alternativas de distribución de la jornada laboral, no necesariamente vinculada a la semanal, sino a un período semestral o anual, entre otros.
Un aspecto importante a tener en cuenta en relación con esta iniciativa es lo referente a la precarización del trabajo. Muchos podrían pensar que el establecimiento de contratos parciales significaría una disminución de las remuneraciones de los trabajadores. Este asunto se aborda en el proyecto, estableciéndose que el trabajador no podrá recibir menos del ingreso mínimo.
Para la Región de Los Lagos esta es una iniciativa que puede tener una gran significación, sobre todo en el mundo rural, un área de nuestro país que se ha ido despoblando de jóvenes, lo que ha llevado a que se mantengan activos numerosos trabajadores aun después de cumplir con la edad legal para jubilarse.
Naciones Unidas es promotora del concepto de -abro comillas- "envejecimiento saludable", como el proceso de fomentar y mantener una capacidad funcional en el individuo que le permita mantener un nivel de bienestar en su vejez.
Con todo, pese a las aparentes ventajas que se advierten en la idea de legislar sobre esta materia, será necesario revisar en detalle cada uno de sus eventuales efectos en la discusión en particular, por cuanto subsisten aprensiones en algunos sectores por la eventual, como decía, precarización del empleo que podría representar esta flexibilización de la jornada de trabajo.
Desde hace mucho tiempo que este Senado viene discutiendo iniciativas destinadas a promover la plena inclusión de los adultos mayores y la mejora en su calidad de vida. Pero bien sabemos que este debate ha adquirido una importancia principal después del estallido social de octubre pasado.
La demanda por pensiones justas es una prioridad para la población: ya se han aprobado mejoramientos a las pensiones básicas y nuevos beneficios en materia de transporte público.
Este nuevo escenario, que no estaba presente cuando discutimos este proyecto en la Comisión, deberá ser ponderado debidamente, de manera que sea concordante con lo que hoy espera la gente.
Con estas observaciones, voto a favor.
He dicho.
El señor PIZARRO (Presidente accidental).- Tengo inscrito en este momento al Senador Durana.
Tiene la palabra.


El señor DURANA.- Señor Presidente, la elaboración de una normativa especial para regular el contrato de trabajo individual de un adulto mayor viene a llenar un vacío en nuestra legislación, haciéndonos cargo de la creciente importancia que tienen en el mercado laboral de nuestro país las personas de la tercera edad.
Los denominados "trabajadores adultos mayores", representan el 21 por ciento de los adultos mayores sobre los 65 años de edad, grupo etario que en nuestro país suma más de dos millones de personas.
En consecuencia, es posible concluir que esta nueva norma adquiere especial importancia para más de 500 mil trabajadores. Y esta cifra puede ir en aumento, lo que va a permitir incentivar su contratación en adecuadas condiciones de seguridad y protección para el trabajador a través de contratos formales, con seguros de accidentes del trabajo, previsión social y salud.
Algunos estudios identifican que en muchos casos los adultos mayores trabajadores, dada su necesidad económica, postergan la fecha de su retiro después de los setenta años. En tal sentido, la aplicación de las normas de esta nueva modalidad de trabajo es voluntaria para ese adulto mayor, de tal forma que el día de mañana no termine siendo obligado, e incluso perjudicado cuando no se quiera acoger a esta nueva normativa.
Si bien nos encontramos en la fase de discusión general de este proyecto de ley, es necesario hacer presente que el artículo 1, inciso segundo de la Ley 19.828, que crea el Servicio Nacional del Adulto Mayor, define como trabajador adulto mayor a toda persona mayor de sesenta años, por lo que creo necesario revisar, finalmente, dadas las mayores expectativas de vida de la población y el tiempo en el cual las personas se mantienen económicamente activas, cuál debiese ser la edad para considerar a una persona, en términos laborales, como adulto mayor, si es que se encuentra trabajando activamente, y si está cesante, podría definirse una condición de ventaja comparativa.
A los efectos de esta nueva modalidad de trabajo, nosotros vamos a tener que tomar una decisión en la fase de presentación de indicaciones al proyecto, previo a su discusión en particular, etapa en la que, finalmente, será la Comisión de Trabajo, y junto con ella la Comisión del Adulto Mayor, la que estará en condiciones de determinar una ventaja comparativa favorable para nuestros adultos mayores, sin terminar perjudicando a aquellos que hoy día están trabajando.
Manifiesto mi aprobación a este proyecto de ley en su discusión en general, pero pongo relevancia en que debemos tomar la mejor de las decisiones y el articulado ser lo suficientemente claro, de tal manera que siempre protejamos a nuestros adultos mayores.
He dicho.
El señor PIZARRO (Presidente accidental).- Muchas gracias, Senador Durana.
Conforme a lo acordado precedentemente, la votación de este proyecto de ley se efectuará a partir de las 19 horas.
Tendríamos que pasar al proyecto que está en el lugar número cinco de la tabla, que es una iniciativa originada en moción de los Honorables Senadores Quintana, Órdenes, Provoste, Rincón y Latorre, en primer trámite constitucional, que modifica la Ley General de Educación, con el objeto de propiciar la participación de mujeres y hombres en igualdad de derechos en las comunidades educativas.
Este proyecto tiene informes de las Comisiones de Educación y Cultura, de Mujer e Igualdad de Género y de Constitución.
Entiendo, por lo que me decía la señora Secretaria, que en el debate anterior se produjo una duda, una inquietud respecto de si contenía normas de quorum especial o no, y, al parecer, se le pidió un informe a la Comisión de Constitución, la cual, hasta ahora, no se ha expresado en uno u otro sentido porque existen dudas y diferencias dentro de los propios integrantes.
Por ello, sugiero que insistamos ante la Comisión de Constitución para que fije un criterio, si es que logra tenerlo, y que, mientras tanto, procedamos a tratar los dos proyectos de acuerdo en tabla.
CONTRATO Y JORNADA ESPECIAL DE TRABAJO PARA ADULTOS MAYORES
El señor QUINTANA (Presidente).- A continuación, corresponde votar la idea de legislar del proyecto de ley, iniciado en moción de los Senadores señoras Goic y Órdenes y señores Chahuán, Quinteros y Sandoval, que establece el contrato del trabajador adulto mayor y la jornada de trabajo de los adultos mayores.
En votación general.
Señor Secretario, tiene la palabra.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- ¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador aún no ha emitido su voto?
El señor QUINTANA (Presidente).- Terminada la votación.
--Se aprueba el proyecto en general (28 votos a favor y 3 abstenciones).
Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Aravena, Ebensperger, Muñoz y Órdenes y los señores Araya, Chahuán, Coloma, De Urresti, Durana, Elizalde, Galilea, García, García-Huidobro, Guillier, Harboe, Huenchumilla, Insulza, Lagos, Letelier, Montes, Ossandón, Pérez Varela, Pizarro, Prohens, Pugh, Quinteros y Sandoval.
Se abstuvieron la señora Provoste y los señores Latorre y Navarro.
El señor QUINTANA (Presidente).- El señor Presidente de la Comisión respectiva propone plazo para presentar indicaciones hasta el jueves 23 de enero, a las 12 horas.
El señor LETELIER.- ¿Para cuál proyecto?
El señor QUINTANA (Presidente).- Para el que acabamos de votar.
El señor LETELIER.- Propongo el 1° de marzo. Lo vamos a ver primero en la Comisión de Trabajo.
El señor QUINTANA (Presidente).- La propuesta es el 23 de enero.
¿Qué dice el Presidente de la Comisión Especial del Adulto Mayor? ¿Está de acuerdo en que quede para marzo?
El señor SANDOVAL.- No.
El señor QUINTANA (Presidente).- Por lo tanto, se mantiene la propuesta que ha hecho llegar la Comisión para el 23 de enero.
El señor ELIZALDE.- ¡Mejor el primer lunes de marzo!
La señora ALLENDE.- ¡Primer lunes de marzo!
El señor LETELIER.- No lo vamos a ver en enero.
El señor QUINTANA (Presidente).- La propuesta que hemos sometido a consideración es la del Presidente de la Comisión del Adulto Mayor: 23 de enero.
El señor LETELIER.- Señor Presidente, punto de reglamento.
El señor QUINTANA (Presidente).- Tiene la palabra, Senador Letelier.
El señor LETELIER.- Señor Presidente, entiendo que dicha Comisión fije el plazo para presentar indicaciones, pero sería bueno aclarar que en la discusión en particular la iniciativa será vista por dos Comisiones: la de Adulto Mayor y la de Trabajo. Pero ¿en qué orden?
Hay varios que hemos solicitado que el proyecto vaya a la Comisión de Trabajo.
El señor CHAHUÁN.- La idea era que se viera en Comisiones unidas.
El señor QUINTANA (Presidente).- El acuerdo es que el proyecto sea informado por ambas Comisiones, pero no se ha señalado que deba ser unidas. Ahora, si la Sala acuerda que así se proceda, no hay inconvenientes.
El señor MONTES.- Bien.
El señor QUINTANA (Presidente).- ¿Habría acuerdo para que este proyecto sea visto en particular por las Comisiones Especial del Adulto Mayor y de Trabajo, unidas, con el plazo propuesto del 23 de enero para presentar indicaciones?
Acordado.