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REPÚBLICA DE CHILE
DIARIO DE SESIONES DEL SENADO
PUBLICACIÓN OFICIAL
LEGISLATURA 367ª
Sesión 83ª, en martes 10 de diciembre de 2019
Especial
(De 15:18 a 18:08)
PRESIDENCIA DE SEÑORES JAIME QUINTANA LEAL, PRESIDENTE,
Y ALFONSO DE URRESTI LONGTON, VICEPRESIDENTE
SECRETARIO, EL SEÑOR RAÚL GUZMÁN URIBE, TITULAR
____________________
VERSIÓN TAQUIGRÁFICA
I. ASISTENCIA
Asistieron las señoras y los señores:
--Allamand Zavala, Andrés
--Allende Bussi, Isabel
--Aravena Acuña, Carmen Gloria
--Araya Guerrero, Pedro
--Bianchi Chelech, Carlos
--Castro Prieto, Juan
--Chahuán Chahuán, Francisco
--Coloma Correa, Juan Antonio
--De Urresti Longton, Alfonso
--Durana Semir, José Miguel
--Ebensperger Orrego, Luz
--Elizalde Soto, Álvaro
--Galilea Vial, Rodrigo
--García Ruminot, José
--García-Huidobro Sanfuentes, Alejandro
--Goic Boroevic, Carolina
--Guillier Álvarez, Alejandro
--Harboe Bascuñán, Felipe
--Huenchumilla Jaramillo, Francisco
--Insulza Salinas, José Miguel
--Lagos Weber, Ricardo
--Letelier Morel, Juan Pablo
--Montes Cisternas, Carlos
--Moreira Barros, Iván
--Muñoz D´Albora, Adriana
--Navarro Brain, Alejandro
--Ossandón Irarrázabal, Manuel José
--Pérez Varela, Víctor
--Pizarro Soto, Jorge
--Prohens Espinosa, Rafael
--Provoste Campillay, Yasna
--Pugh Olavarría, Kenneth
--Quintana Leal, Jaime
--Quinteros Lara, Rabindranath
--Rincón González, Ximena
--Sandoval Plaza, David
--Soria Quiroga, Jorge
--Van Rysselberghe Herrera, Jacqueline
--Von Baer Jahn, Ena
Concurrieron, además, los Diputados acusadores señores Gabriel Boric Font, Marcos Ilabaca Cerda y Gabriel Silber Romo.
Asimismo, se encontraban presentes el Ministro Secretario General de la Presidencia, señor Felipe Ward Edwards; el ex Ministro del Interior y Seguridad Pública señor Andrés Chadwick Piñera, y el abogado defensor, señor Luis Hermosilla Osorio.
Actuó de Secretario General el señor Raúl Guzmán Uribe, y de Prosecretario, el señor Roberto Bustos Latorre.
II. APERTURA DE LA SESIÓN
--Se abrió la sesión a las 15:18, en presencia de 16 señores Senadores.

El señor QUINTANA (Presidente).- En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
III. TRAMITACIÓN DE ACTAS

El señor QUINTANA (Presidente).- Las actas de las sesiones 78ª, especial, y y 79ª, ordinaria, en 3 de diciembre de 2019, y 80ª, ordinaria, en 4 de diciembre de 2019, se encuentran en Secretaría a disposición de las señoras y los señores Senadores, hasta la sesión próxima, para su aprobación.
IV. ORDEN DEL DÍA


ACUSACIÓN CONSTITUCIONAL CONTRA EX MINISTRO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA SEÑOR ANDRÉS CHADWICK PIÑERA

El señor QUINTANA (Presidente).- En esta segunda sesión especial corresponde ofrecer la palabra a la defensa, hasta por dos horas en principio.
En los próximos minutos vamos a sesionar en Comités sin suspender la sesión, para no alterar su normal desarrollo.
Le ofrezco la palabra al abogado Luis Hermosilla.

El señor HERMOSILLA (Abogado defensor).- Muchas gracias, señor Presidente.
Honorable Senado de la República, Honorables Senadoras y Senadores, me corresponde ejercer el derecho a defensa, constitucional e internacionalmente reconocido a todo ser humano, en representación del ex Ministro del Interior y Seguridad Pública don Andrés Chadwick Piñera.
Lamentablemente, no está el Diputado señor Boric, pero quiero partir, justamente, contestando la pregunta del poema que él citó -por su intermedio, señor Presidente-, que es Por quién doblan las campanas. Y él lee un poema antiguo, pero se le olvida que con posterioridad hubo una película que se llama así, y una novela de Hemingway, famosa, que trataba sobre la guerra civil española, guerra civil en la cual el escritor combatió por el bando republicano. Y la verdad es que yo contestaría a la apelación que el Diputado, de algún modo, hace a este Senado diciendo que yo creo que hoy día doblan por Chile.
En ese espíritu concurrimos a esta sesión. Y, por sobre todas las cosas, señor Presidente, a ratificar y reafirmar que no hay ninguna duda, ¡ninguna!, de que por sobre toda otra consideración en materia de normas y en materia de principios que rigen la vida social están la vigencia y el respeto a los derechos humanos, siempre, en todo lugar, respecto de toda persona, en todo momento. ¡Siempre!
Y desde ese punto de vista es que voy a exponer mis argumentos. Espero, con sinceridad y con una trayectoria, tanto del ex Ministro señor Chadwick como en el caso mío, transmitir, precisamente, eso que es una convicción y que no admite ninguna forma de inactividad y que también me permite sostener que, junto con el rechazo y el repudio a cualquier violación a los derechos humanos, está el rechazo a cualquier forma de impunidad.
La impunidad es aquello que permite el florecimiento de esta maleza. Y aquí, precisamente, lo que no hay es impunidad, Honorable Senado. Aquí no hay un segundo de impunidad.
Nada de lo que ha ocurrido a partir del 18 de octubre de este año tiene que ver con impunidad. Ni cuando don Andrés Chadwick era Ministro del Interior ni con posterioridad. Pero, incluso -y estoy obligado a señalarlo-, no hay impunidad ni ha habido impunidad desde antes, desde cuando él asumió su cargo el 11 de marzo.
En este momento me acaba de llegar un wasap en que me comunican, de parte del tribunal de garantía de la ciudad de Temuco, la fijación de una audiencia de reformalización en el famoso caso Huracán. Me acaba de llegar ahora, a las 14:57. Y se parte reformalizando a don Gonzalo Blu Rodríguez. Se le reformaliza por ocho delitos, Honorable Senado. Y el General Blu era el Director de Inteligencia de Carabineros de Chile al día 11 de marzo de 2018, cuando don Andrés Chadwick asumió el Ministerio del Interior. El General, encabezando una asociación ilícita -de hecho, se lo reformaliza por ocho delitos-, había pervertido el trabajo de inteligencia de Carabineros usando instrumento pseudotecnológico para implantar falsa prueba en dirigentes de comunidades mapuches.
Y fue precisamente el Ministro don Andrés Chadwick, en ese entonces recién asumido, quien me dio las instrucciones para que sistemáticamente hiciéramos todo lo que correspondía, desde el punto de vista jurídico, para perseguir aquello que había sido una violación flagrante a los derechos de diez personas que estuvieron más de un mes presas, todos dirigentes mapuches.
El Director de Inteligencia de Carabineros, el señor Blu, lleva más de un año en prisión preventiva. Y, por instrucciones del señor Chadwick, he concurrido muchísimas veces a Temuco a sostener esa prisión preventiva, porque nos parece -en realidad, debiera decir "le parece"- que los hechos son inaceptables, que no pueden ser tolerados.
En consecuencia, estoy hablando de un compromiso del cual puedo dar fe en esta materia en relación con los fenómenos modernos, nuevos y actuales en la sociedad chilena en materia de derechos humanos. Y ese compromiso don Andrés Chadwick Piñera lo cumplió desde que asumió su cargo hasta el 18 de octubre, y particularmente también, como lo veremos a continuación, en los días que van del 18 al 28 de octubre de este año.
Quería partir por ahí porque me sumo a aquello que se ha señalado. Lo digo de manera enfática: no es aceptable ninguna forma de vulneración o violación de derechos humanos. ¡No es aceptable!
Y durante ningún segundo se ha interrumpido el funcionamiento de aquellos mecanismos que se dan en una sociedad moderna, que son precisamente los que permiten evitar la impunidad en esta materia, los que aseguran el funcionamiento del Estado de derecho, los que impiden que circunstancias trágicas como las que vivió nuestro país hace más de treinta años se vuelvan a repetir.
Digo lo mismo que dijeron algunos de los Diputados que sostuvieron la acusación: nadie en esta Sala, entiendo yo, acepta una circunstancia de esa naturaleza. Quiero afirmarlo como punto de partida para la exposición que voy a hacer.
Aquello que nos permite vivir no en estado salvaje ni en una dictadura es la plena vigencia del Estado de derecho.
Honorable Senado, ustedes están acostumbrados a estar aquí, a discutir aquí; ejercen esta función; son parte de esto. Para un abogado que ejerce particularmente en forma privada hace casi cuarenta años, para mí, formado en el Instituto Nacional, es un honor estar aquí. Y espero que en esta intervención pueda convencer a algunos de ustedes, ojalá a aquellos que puedan constituir una mayoría, en orden a rechazar esta solicitud, precisamente porque, entre otras cosas, uno de los elementos respecto de los cuales se produce un efecto más pernicioso es el debido proceso, al cual no ha sido sometido don Andrés Chadwick.
Aquí hay muchas preguntas que están dando vuelta y se han dado respuestas que, a mi entender, en vez de permitir entender lo que ha ocurrido, por su simplificación, tienden a deformarlo.
Qué pasó en Chile desde el 18 de octubre, cuándo pasó, dónde, quiénes, son preguntas que todavía están abiertas y es normal que sea así, dada la magnitud de la convulsión que se vivió, dada la magnitud de aquello que ocurrió.
No soy yo quien dice eso. El ex Presidente don Ricardo Lagos ha sostenido públicamente que no hay hechos como este de que se tenga memoria en la historia republicana del país.
Por eso, a diferencia de lo que he escuchado por parte de los Diputados, aquí lo importante no me parece a mí que esté en aquello que dice "la calle" o en "lo que el país espera". Ese parámetro, Honorable Senado, rompe el principio de legalidad. El respeto a la ley y la Constitución es aquello que nos permite vivir con reglas ciertas, con reglas que nos permitan saber a priori qué es lo que se puede hacer, qué es lo que se debe hacer y qué ocurre si se infringe algunos de esos mandatos.
Por eso que es muy importante el marco normativo que regula una instancia como esta, que ha sido tan discutida, sobre la que hay tantas opiniones y que ha sido tan poco tratada también en otro sentido, como es la acusación constitucional.
La acusación constitucional es una circunstancia que tiene distintas miradas y poca trayectoria, especialmente en un régimen presidencial de la naturaleza que sea, aquel que nos rige en nuestro país.
En consecuencia, el marco normativo es aquello que nos permite conversar de una cierta manera, tener una cierta metodología para poder analizar aquí lo que ocurre. Y dentro de ese marco normativo precisamente está aquello que de alguna manera se fue invocando tanto por la relación que hizo el señor Secretario como por los Diputados que han sostenido la acusación.
Dentro de esas normas hay una que es fundamental, la del artículo 5° de la Constitución, que dice y sostiene que "Es deber de los órganos del Estado respetar y promover tales derechos", refiriéndose a los derechos que emanan de la naturaleza humana. Y eso no es solo válido para emitir un juicio político en relación con el señor Andrés Chadwick, sino también respecto al comportamiento de órganos colegiados que son parte de la institucionalidad de este país, como es el Senado.
En el fondo, es que no se pueden resolver ciertas cuestiones de cualquier manera. La forma en que se resuelvan los conflictos planteados dice relación con el funcionamiento o no funcionamiento del Estado de derecho, con la cautela y el cuidado de las garantías que son de todos -en este caso, del acusado-, lo cual no excluye que se respeten y se cuiden los intereses o los derechos o las expectativas de todas aquellas personas que hayan sido heridas, lesionadas, maltratadas en el período inmediatamente anterior a esta audiencia.
Normalmente, debe funcionar el Estado de derecho. Ese es el lugar hacia el cual tiene que orientarse la actuación de todos los órganos, particularmente en situaciones como esta, de convulsión social.
A mí me parece de extraordinaria importancia que respecto de este debido proceso tengamos cuidado con que exista un mínimo de coherencia. La acusación sobre la que ustedes están llamados a pronunciarse y a emitir un juicio de culpabilidad o inocencia, en tanto jurados, es el marco respecto del cual ustedes se tienen que referir.
Los Diputados que han sostenido la acusación hicieron lo mismo que ocurrió en la Cámara, donde se votó por bloque político, pero no estaban actuando como jurado. Acá sí. Acá la resolución es en conciencia. Está sujeta a la conciencia de todos y cada uno de ustedes.
Pero lo que no se puede hacer es presentar otra acusación. Y lo que se hace aquí es mejorar la acusación, entregar elementos que no forman parte de su texto original. Se dicen cosas aquí que en la acusación no están dichas. Incluso, se hace referencia a hechos ocurridos con posterioridad a la presentación de la acusación.
Un primer elemento que es clave en esta materia es entender que don Andrés Chadwick terminó su función como Ministro del Interior el 28 de octubre del año 2019. Ese día cesó en su cargo.
La acusación fue presentada inmediatamente después, el día 30 de octubre. Ahí hay un elemento, un dato objetivo.
Toda otra referencia, toda otra alusión a un hecho posterior al 30 de octubre, por más dramático que sea, por más horroroso que sea, por más inaceptable que sea, no puede ser tomada en consideración por este jurado. Repito: no puede ser tomada en consideración. Con esto no estoy cohonestando, ni aceptando, ni validando, bajo ninguna circunstancia, cualquier hecho dramático, espantoso que haya podido ocurrir con posterioridad.
Porque lo mínimo que debe haber para que haya un pronunciamiento de un jurado es que exista una acusación cuyos argumentos sean escuchados y puedan ser leídos por ustedes, porque la acusación debe constar por escrito, por disposición expresa de la norma constitucional. Se tiene que presentar por escrito con la firma de determinado número de Diputados. Debe haber un correlato entre eso y la defensa que uno formula, que tiene que ser oída por este jurado. Es fundamental ser oídos. Pero ¿respecto de qué? De aquello que vamos a formular como descargos contra esos hechos.
Si con posterioridad se pueden ir agregando hechos, no solo ocurridos después, si se suman argumentaciones, fundamentos, normas que, como dije de una manera más simple, "mejoren la acusación", eso es algo que vulnera absolutamente el debido proceso.
Y esta no es una deformación de penalista, sino que tiene que ver con principios universalmente aceptados en materia de derechos humanos, por las Naciones Unidas, por el Pacto de San José. Esta es una norma básica.
Aquí hay dos elementos que juegan y que le entregan algo como difuso a aquello que estamos discutiendo: por un lado, el carácter de jurado del Senado, y por otra parte, el que se diga que esto no es un juicio propiamente tal o que no hay una labor jurisdiccional en el sentido estricto, sino que es un juicio político.
El problema de esta última afirmación es que lleva, casi en la exageración, a este planteamiento que he escuchado: "¡Cómo va a quedar este hecho sin responsables!". O dicho al revés: "¡Alguien tiene que responder!".
No hay nada más arbitrario, desde el punto de vista de una imputación, aunque sea política, que esta atribución de "¡Alguien tiene que responder!". Me hace recordar la frase: "¡Algo habrá hecho!". Reitero la expresión: "¡Alguien tiene que responder!".
Debe haber un mínimo de relación entre lo que se imputa y la persona imputada. Cuando se dice que esa persona omitió deliberadamente ciertos actos, como se señala por escrito en la acusación de la cual me tengo que hacer cargo, corresponde a aquellos que sostienen que se omitió deliberadamente probar las dos afirmaciones: la omisión y que haya sido deliberada. Esos dos elementos necesariamente deben ser probados. No se puede invertir el peso de la prueba.
Sin perjuicio de lo anterior, voy a hacer las afirmaciones respecto de aquello que el entonces Ministro don Andrés Chadwick realizó o cumplió cuando estaba ocupando esas funciones. No obstante hacer eso, aquellos que dicen que fue una omisión deliberada tienen que señalarlo exactamente. Y no basta con hacer la afirmación.
Me parece que, además, hay una vulneración flagrante a las normas del debido proceso. Y en esta materia el profesor Silva Bascuñán es clarísimo. En el historial de acusaciones constitucionales tramitadas ante este Congreso que uno puede revisar uno encuentra muchísimas afirmaciones de los mejores profesores de Derecho Constitucional en el sentido de que se tiene que responder por actos propios, que no se pueden imputar actos de terceros. Y aquí se hacen imputaciones de terceros y no propias. Se debe tratar de una responsabilidad directa. Y se tiene que ser personalmente responsable de los hechos ocurridos.
Aquí se enumeran actuaciones de Carabineros a lo largo del país. Las veremos también en detalle. Pero respecto de esas actuaciones de Carabineros, yo quisiera saber cómo se establece el vínculo, aquello que permite hacer el reproche a don Andrés Chadwick.
Se dice, por ejemplo, que un joven en un edificio en el centro de Santiago recibió una cantidad de disparos o perdigones la noche del día 20 o 21 de octubre. ¿De qué manera, cómo podía en ese minuto, ahí o en Arica, o en el Maule, o donde sea, quien estuviera en la posición de Ministro del Interior impedir que ese hecho ocurriera? O, al revés, ¿cómo se establece el vínculo causal para que él sea responsable de ese hecho?
Esa larga lista de afirmaciones que hemos escuchado, en que se empiezan a perder y a confundir las fechas de hechos lamentables y que, además, escuchados todos en conjunto producen una sensación de náusea, de angustia, de pesadilla, lo que hace es, precisamente, provocar un impacto emocional, pero no constituye un argumento, ni siquiera político. Porque el argumento político se debe sostener en aquellas atribuciones, facultades y capacidades que esa autoridad política en ese entonces tenía para, cumpliendo sus obligaciones, haber realizado, facilitado los medios, o contribuido a realizar esa conducta o, dicho de otra manera, haber impedido que se incurriera en ese acto.
Porque cuando se lleva a la casuística, si eso fuera verdad, el Ministro del Interior en Chile, quienquiera que fuera, de cualquier Gobierno, sería responsable de todo lo que un carabinero hiciera, en cualquier lugar del país y en cualquier momento, en circunstancias de que lo que le corresponde y su función es completamente distinta.
Y se está haciendo ahí una afirmación que vulnera no solo lo constitucional, sino también lo legal y lo reglamentario. Porque existe un reglamento de Carabineros, que es el que dispone, precisamente, cómo se establece la responsabilidad del mando, quién aplica las sanciones, quién toma las decisiones, quién es competente para impedir o procurar impedir que se realicen determinadas actuaciones.
Señor Presidente, quisiera pasar a referirme muy sumariamente a cuáles son las dos imputaciones que se le hacen a don Andrés Chadwick.
Primero, vulnerar gravemente los derechos constitucionales a la vida, integridad física y psíquica -eso es lo que dice la acusación constitucional- (artículo 19, N° 1) de miles de personas en la república, producto de -y esta es la frase que yo citaba recién- omitir deliberadamente el dictar medidas eficaces para evitar el uso abusivo y desproporcionado de la fuerza y la comisión de graves delitos por parte de Carabineros de Chile y los cuerpos de seguridad del Estado en el contexto de la manifestación social reciente.
Eso es lo que señala.
O sea, no solo se está diciendo que él no hizo algo, sino que ello ocurrió deliberadamente.
Y aquí no voy a tratar de hacer una argumentación ni con mucho parecida a la que uno puede hacer en el ámbito de la justicia penal, pero el "deliberadamente" incluye un elemento de voluntad, de la conciencia, de algo que pasa adentro de su cabeza, o tenía que haber pasado en su cabeza, él debió "deliberadamente", o sea, "con el propósito de", "con la intención de".
Pero no se nos dice cómo, cuándo, en qué minuto, si era solo, si era con otras personas, con qué motivación se abstuvo, se cortó la mano, no dictó el decreto, no efectuó la actuación que tenía que hacer para dictar aquello que no se nos dice en qué consiste. Se señala: "medidas eficaces". ¿Qué son medidas eficaces, Honorable Senado, en las circunstancias en que nos encontramos? ¿Cuáles son las medidas eficaces? ¿Puede ser tan abierto este tipo constitucional como para que se nos agregue a esto que no se prueba, que es la actuación deliberada, el que lo que se reprocha sea no dictar medidas eficaces para evitar el uso abusivo y desproporcionado de la fuerza?
¡Ah!, se nos dice que eso lo hizo -lo indicó el Diputado Silber, por su intermedio, señor Presidente- el Ministro señor Blumel. Efectivamente, el 31 de octubre, tres días después de haber asumido su cargo, se envía el oficio ordinario No 33.922 por parte de don Gonzalo Blumel, Ministro del Interior, a Mario Rozas, General Director de Carabineros, en que, "junto con saludarlo", se dirige a él "a fin de solicitar que se instruyan las acciones pertinentes en términos de la activación de recursos, planes y programas para dar apoyo en todo ámbito a los funcionarios de la institución" -se refiere a Carabineros- "que sido afectados" -estoy leyendo textual- "de manera física y/o psicológica en los procedimientos para la mantención de la seguridad y el orden público a lo largo del país".
Se agrega un segundo párrafo, que dice: "Asimismo, solicito a Ud. instruir a la Dirección de Derechos Humanos de Carabineros de Chile y a la Dirección de Educación y Doctrina reforzar la instrucción en materia de cumplimiento de protocolos para la mantención del orden público, la circular para el uso de la fuerza y la doctrina institucional del respeto a los derechos garantizados en la Constitución y las leyes".
Lo que no se nos dice es que este oficio viene a continuación de una respuesta que envió el 30 de octubre, cuando don Andrés Chadwick ya no era Ministro del Interior, en respuesta a un oficio de don Andrés Chadwick de fecha 23 de octubre. Y tampoco se nos señala que esta instrucción a la Dirección de Derechos Humanos de Carabineros dice relación con una medida tomada, implementada por el Ministro señor Chadwick en su oportunidad, ¡que creó la Dirección de Derechos Humanos de Carabineros de Chile! Con anterioridad a este Ministerio era simplemente un departamento, con menos personal, con menos recursos, con menos normativa que lo rigiera.
Y lo que se dice, adicionalmente, no es que se incorpore, sino que se refuerce la instrucción en materia de cumplimiento de protocolos. Y los protocolos sobre el uso de la fuerza, Honorable Senado, fueron dictados precisamente en la época en que don Andrés Chadwick fue Ministro del Interior, producto de lineamientos generados por él a través de decreto supremo, en cumplimiento de un mandato de la Corte Interamericana de Derechos Humanos por el caso Lemun.
Esa es la historia completa.
Se nos dice que hay que comparar al Ministro Blumel con el Ministro Chadwick. Está bien, comparemos, pero hagámoslo completamente, no mostremos un pedazo de la realidad. No hacemos un favor ni a Chile ni a nadie mirando la realidad parcialmente. Por favor, observemos la realidad de manera global, conjunta. Si el problema es más complejo. Apreciémoslo en toda su complejidad. La simplificación nos hace daño como país, más allá de esta acusación constitucional.
Partí diciendo y citando aquello que hizo don Andrés Chadwick en relación con el caso Huracán. Este es un caso gravísimo, y él tomó el toro por las astas, con todo un costo personal, con todo un cambio en esa materia, de algo que venía instalado en la Dirección de Inteligencia de Carabineros.
Con posterioridad no solo tuvo una actuación permanente en esta materia, sino que se plasma en medidas concretas, directas, y que dicen relación con la función que la ley le da precisamente al Ministro del Interior. Este debe velar a fin de que se cumplan o se realicen conductas de esta naturaleza, y eso es precisamente lo que él hizo.
Me quiero referir al segundo cargo que se hace, que corresponde al segundo capítulo de la acusación.
Por eso yo sostengo que la votación de este jurado no puede decir relación con aquello que se escucha aquí. Si esta no es la acusación de los Diputados Ilabaca, Silber o Boric, sino que es la acusación que la Cámara de Diputados ha oficiado para que el Senado se pronuncie como jurado. En consecuencia, es fundamental respetar su contenido. Y su contenido es de dos capítulos.
En el segundo capítulo se le imputa vulnerar gravemente los derechos constitucionales del debido proceso legal, inviolabilidad del hogar y de la libertad personal de miles de personas en la república, producto de aplicarse medidas no contempladas en un estado de excepción constitucional de emergencia que es el que decretó concurriendo con su firma, por lo cual -se dice- ha infringido gravemente la Constitución.
Esos dos son los cargos, nada más que eso.
Lo primero que quiero señalar, en el primer cargo, es que la omisión deliberada corresponde, precisamente, a esta actuación en la que no se puede hacer cualquier imputación. Esa imputación tiene que venir derivada de un mandato constitucional o de una facultad legalmente conferida. Lo demás es simplemente extender de manera indebida una expresión que tiene un contenido en una parte político, pero en otra parte jurídico, sin lugar a ninguna duda.
Me refiero ahora a los antecedentes generales que debemos tener en cuenta para ver en el contexto correspondiente esta acusación constitucional.
Por una parte, toda nuestra institucionalidad, que constituye aquello que llamamos el Estado de derecho, ha funcionado. Se conocieron todos los recursos de protección y recursos de amparo que se han interpuesto ante las cortes. ¡Todos! No ha habido ninguna audiencia, de ningún tribunal de la república, que se haya suspendido o se haya visto afectada; no dejó de funcionar este Congreso; no se afectó la libertad de expresión ni la libertad de prensa; pudimos ver que, incluso durante la vigencia del toque de queda -lo pudimos ver todos- equipos de televisión seguían por las calles a las patrullas militares, entrevistaban y les ponían micrófonos a los soldados que se encontraban de patrulla.
¡Todas las instituciones: el Ministerio Público, la Defensoría Penal Pública!
La Defensoría Penal Pública ha atendido el 97 por ciento de los casos de personas detenidas en ese estado de anormalidad.
El Instituto Nacional de Derechos Humanos.
Si alguna vez tenía que validar su función, si alguna vez tenía una prueba de fuego, la tuvo ahora, ¡la tuvo ahora!, y con gran éxito. Lo digo con orgullo, porque fui miembro de su primer consejo, precisamente nombrado por este Honorable Senado.
El Director del Instituto Nacional de Derechos Humanos, don Sergio Micco, se reunió el 22 de octubre, en el Palacio de La Moneda, con el Ministro del Interior. Al día siguiente, este último le dirigió una comunicación.
El Instituto Nacional de Derechos Humanos formuló e hizo una declaración pública el 21 de octubre, en la cual no señala nada de lo que estamos escuchando aquí. Y cuando digo "nada" puede ser una exageración. Expresó: "La situación en el país, con hechos de violencia y movilizaciones sociales, así como la dictación del Estado de Emergencia en las principales ciudades del país, muestran una grave crisis para la población chilena. Todos y todas nos hemos visto afectadas e impactadas por estos hechos". Y ahí empieza a hacer una relación de hechos que es distinta de la que hemos escuchado como parte de aquello que han sostenido los Diputados. E incluso terminó señalando lo siguiente: "Se hace imprescindible que todos los sectores de la sociedad contribuyan, con sus acciones y dichos, a un clima de paz, necesario para preservar el Estado Democrático de Derecho". Y enumera actuaciones que ellos habían realizado.
Pero el Instituto Nacional de Derechos Humanos es parte del Estado. ¡Es parte del Estado! Está en aquella zona gris que controla el funcionamiento estatal.
Además, se hace algo que tiene una dificultad: se segmenta al Gobierno, cuando se trata más encima del Ministro del Interior, que es el principal Ministro del Gobierno -en todo gobierno, en nuestro régimen-, como si de lo que hiciera el Ministerio de Justicia no tuviera conocimiento él, como si lo que hiciera el Subsecretario tal o cual no tuviera nada que ver con el Ministerio del Interior.
Aquí, partiendo por esa reunión, con las conversaciones permanentes, con todas las facilidades que se le dio, nadie puede sostener en Chile que el Instituto Nacional de Derechos Humanos hoy está violado, vulnerado, afectado en su capacidad. Más aún, en esos mismos días el Gobierno le hizo un incremento presupuestario inmediato que permitió facilitar su actuación, su comportamiento y su cobertura nacional en esta materia. Y es un referente que precisamente permite contrastar la actuación de la fuerza policial.
Pero, con el debido respeto al Estado de derecho y con todo cariño y aprecio por el Instituto Nacional de Derechos Humanos -y lo que voy a decir es porque corresponde a funciones distintas-, el Instituto Nacional de Derechos Humanos no reemplaza la actuación propia del Ministerio Público, ni reemplaza la actuación de la Defensoría Penal Pública. De hecho, se da a veces la situación -muy habitual- que representantes del Estado discutan frente a otros representantes del Estado: un juez; un defensor penal público y un fiscal. ¿Qué tenemos ahí? Tenemos un Estado que está funcionando.
El Ministerio Público ha dado y ha generado instructivos propios para los hechos cometidos o realizados por agentes del Estado en las actuales circunstancias. Y no hay ningún reclamo del Ministerio Público, ni de su Fiscal Nacional, respecto a que hayan tenido dificultades para llevar adelante acciones de ningún tipo. Más aún, en la actualidad se tramitan acciones penales contra el propio Presidente de la República, contra el actual Ministro del Interior, contra el ex Ministro del Interior. Ellos están cumpliendo con su obligación constitucional y están haciendo las investigaciones del caso.
Las Cortes han funcionado conociendo de aquello que no funcionó en alguna época en la historia del país para permitir precisamente el encubrimiento y la impunidad de las violaciones a los derechos humanos. Se conocen los amparos y se conocen las protecciones.
Y en ese conocimiento, Honorable Senado, ¿qué encontramos? Encontramos que no se cuestiona aquello que el Diputado señor Boric cuestiona, contenido en el Capítulo II de la acusación constitucional: los efectos indebidos de la dictación del estado de emergencia.
Los recursos de amparo interpuestos han sido, en una mayoría casi cercana al cien por ciento, rechazados mediante resoluciones ejecutoriadas de las Cortes de Apelaciones y de la Corte Suprema que los conocieron. Uno podrá discrepar y tener cualquier opinión sobre eso, pero es la realidad.
Sin embargo, hay una situación que va más allá -y aprovecho de decirlo de inmediato- en relación con la segunda causal.
El Fiscal Nacional, con fecha 20 de octubre -20 de octubre-, emitió una instrucción a todos los fiscales del país a través de la cual reguló la actuación del Ministerio Público en relación con los detenidos o presos por toque de queda. Y estableció, en esa resolución, que los fiscales se tenían que constituir -y les dio esta instrucción- en las comisarías. Si constataban la presencia de una persona en tales circunstancias, tenían que darle orden de libertad, pero -agrega- a partir de las siete de la mañana. Es una instrucción escrita, dictada por el Fiscal Nacional, no por el Ministro del Interior de la época, que instruye a los fiscales para que esas personas sean mantenidas ahí, a fin de que no incurran en una reiteración de la falta.
Uno podrá estar de acuerdo o no estar de acuerdo, uno podrá discutir cuál es la situación, pero aquí el primer hecho es que esas personas eran detenidas; eran llevadas a un cuartel policial; concurría el fiscal -o sea, la institucionalidad funcionando a pleno-; el fiscal declaraba que debía quedar en libertad, pero a las siete de la mañana, o a las ocho o a la hora que terminara el toque de queda, ¡en cumplimiento de la instrucción emitida por el señor Fiscal Nacional!
Entonces, ¡cómo se puede desprender una afectación de derechos de parte de don Andrés Chadwick, Ministro del Interior en esa época, cuando quien actuaba en la realidad, en todos esos casos, era un fiscal! ¡Cómo se puede sostener eso! ¡No se puede sostener! Eso es no conocer la realidad exactamente como ocurrió, o solo informarla, creo que de total buena fe -eso no lo discuto-, no como la realidad completa que acontecía en ese momento.
Perdón, quiero excusarme por la desviación a ese punto, pero me parece que es atingente porque, respecto de la causal segunda, Honorable Senado, fue interrogada largamente la Presidenta del Consejo de Defensa del Estado, María Eugenia Manaud, que no es una funcionaria de Gobierno, quien explicó, ante la Comisión de la Honorable Cámara de Diputados, que dicho organismo tomó la decisión de hacerse parte en todos los amparos por toque de queda, por el rechazo de esos amparos, y que, en su opinión -y ahí están las actas de la instancia de la Cámara de Diputados a la cual ella compareció-, la argumentación correspondiente a este capítulo de la acusación era insostenible y no tenía ningún sustento de orden jurídico que justificara perder un minuto en esta materia.
Una posición equivalente tuvo el señor Viera, profesor de Derecho Constitucional de Valparaíso y que fue llevado por los acusadores, quien dijo que solo iba a hablar del primer capítulo porque el segundo le parecía a él que no tenía sustento jurídico.
Voy a volver al Capítulo I de la acusación.
¿Cuáles son los lineamientos para el uso de la fuerza que se encuentran vigentes en Chile? Esos lineamientos para el uso de la fuerza fueron parte de un decreto supremo, el N° 1.364, de 13 de noviembre de 2018, publicado bajo la firma del entonces Vicepresidente de la República, don Andrés Chadwick Piñera.
¿Qué dice ese decreto supremo?
1° Que, en sus actuaciones, las fuerzas policiales deberán velar por la protección de la seguridad pública y los derechos de las personas.
2° Que, en sus actuaciones, las fuerzas policiales respetarán y cumplirán la ley en todo momento.
3° Que los funcionarios policiales deberán evitar el uso intencional de armas letales, debiendo preferir el empleo de elementos o la adopción de medidas menos dañinas para lograr sus objetivos.
4° Que, en caso de que sea necesario usar un arma de fuego, y siempre que sea posible, adecuado y útil, el funcionario policial advertirá claramente su intención de utilizarla.
Es decir, toda la gradualidad y la proporcionalidad está contenida en estos lineamientos.
6° Que, en caso de reuniones no autorizadas por la autoridad competente y de carácter no violento, los funcionarios policiales evitarán el uso excesivo de la fuerza.
A propósito de eso, los hechos que generan esta acusación se originan el 18 de octubre. El 25 del mismo mes, día viernes, en pleno estado de excepción constitucional, tuvo lugar la manifestación pública más grande en la historia del país. ¡Pública! ¡Más de un millón de personas! No sé cómo calculan eso, pero hay acuerdo unánime en que concurrió más de un millón de personas, las cuales se manifestaron en estado de emergencia.
¿Qué quiero decir con esto, para no quedarme en el ejemplo? Quiero decir que la afectación de derechos que se pretende levantar por los acusadores es una afectación de derechos que no dice relación con la realidad, que se pone de determinada manera; se nos presenta un cuadro que, por una parte, es dantesco, con una enumeración terrible de situaciones horrorosas, y, por otro lado, se van haciendo imputaciones que también afectan una lista de derechos. Pero en la realidad no ocurre así.
Si uno mira, además, la causal primera, que imputa -y ya vamos a llegar a eso- hechos determinados, vamos a ver que aquellas afirmaciones que se hacen sobre hechos son afirmaciones que, en algunas partes, han sido desmentidas y no corresponden a la realidad, y en otra parte, corresponden a algo que es absolutamente normal, como es que las responsabilidades se van estableciendo paulatinamente a medida que los órganos constitucionales pertinentes van actuando.
¿El Ministerio Público está haciendo su trabajo? ¡Sí, lo está haciendo! ¿Los tribunales están haciendo su trabajo? ¡Sí, lo están haciendo!
Eso es lo que ocurre.
El Diputado señor Ilabaca, señor Presidente, hablaba de la situación de una persona afectada el año 2013. Efectivamente, como consecuencia de un sistema judicial -y eso no es responsabilidad del ex Ministro señor Chadwick-, se conoció en sede civil de una demanda, y se acaba de dictar sentencia -la semana que pasó- en primera instancia. Y, efectivamente, la imputación del Diputado señor Ilabaca es correcta: 2013 a 2019.
Eso es justicia civil. ¡Así funciona la justicia civil en Chile! ¡Pero no solo respecto de ese caso, pues! ¡Respecto de todos los casos! Y, como acabo de señalar, recién salió la sentencia de primera instancia.
Lo importante aquí es no anticiparnos a los hechos, porque el Diputado señor Boric hizo una aclaración que, no sé, aparecía como que no venía a cuento. Dijo: "No me estoy refiriendo al caso de la plaza Baquedano, del centro de torturas".
El punto es que aquí se generó un cuadro completo, desde el comienzo. Él cita a alumnos y profesores de la Escuela de Derecho de la Universidad de Chile, que, probablemente con la mejor intención -tengo un sobrino mío directo que es uno de sus líderes-, hicieron una actuación; han realizado una actividad en esa materia, recorriendo lugares, comisarías, recogiendo determinadas circunstancias. Y ahí se afirmó que había un centro de torturas, Honorable Senado, ¡un centro de torturas!, en la plaza Baquedano.
¡Eso lo escuchamos todos, lo leímos todos!
Y hubo una descripción de personas colgando de los techos; hubo una descripción de sangre en el suelo. Desde ahí se partió. Ahí se denunció, en algún minuto, la desaparición de más de ochenta personas. ¡Más de ochenta personas! Y eso no es verdad.
Y no solamente eso no es verdad: hay otras situaciones dramáticas a las cuales se ha hecho referencia que no son efectivas, como cuando el mismo Honorable Diputado señor Boric hizo alusión, en la Cámara, cuando sostuvo esta acusación, al caso de un estudiante de Medicina de la Universidad Católica que -se dice- habría sido violado con una luma en una comisaría.
¡Situaciones así de horrorosas!
Ocurre que hasta el día de hoy, ¡hasta el día de hoy!, la Fiscalía Regional Sur de Santiago, que conoce del caso, no ha formalizado a nadie. ¡No ha formalizado a nadie! No ha habido ninguna intervención o actuación de la propia defensa -y él tiene defensa particular- en esta materia.
¡No estoy negando, ni por un segundo, hechos inaceptables! Lo que estoy pidiendo es que, si alguien es juzgado, por el bien de todos, sea juzgado con un mínimo de rigor, ¡un mínimo de rigor! Lo que ha pasado es suficientemente delicado para generar una especie de expectativa superior a aquella.
También se nos afirma, por otro lado, que aquí no se trata de violaciones sistemáticas a los derechos humanos. Así creí entenderle al Honorable Diputado señor Silber. Esa afirmación fue desmentida en la propia Comisión por el informe emitido por el profesor Kai Ambos en esa materia. Si no ha hecho esa afirmación, creí entenderla. Lo dije literalmente. Pero lo menciono por si alguien pudiera pensarlo.
Aquí hay situaciones que afectan los derechos humanos. Así lo ha reconocido el propio Presidente de la República; así lo ha reconocido el propio Gobierno del cual formó parte el señor Chadwick. Y respecto de eso se están tomando y se han tomado todas las medidas que corresponden.
Se hicieron las invitaciones respectivas a los organismos de derechos humanos que han visitado el país: a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, a Human Rights Watch, a distintas entidades, para que vinieran a ver lo que está pasando en Chile. Y se siguen tomando. Se acaba de formar un consejo en materia de derechos humanos por parte del mismo Gobierno del cual el ex Ministro señor Chadwick era parte.
Hoy día estamos a 10 de diciembre. Además de celebrarse el Día Internacional de los Derechos Humanos, se cumplen prácticamente dos meses del inicio de los hechos que originaron esta acusación, hechos que se fueron desencadenando de una manera que estoy seguro de que ninguno de los presentes en esta Sala pudo haber previsto. Nadie sabía qué situación iba a ocurrir de la mañana a la tarde, de la tarde a la noche, y al día siguiente.
La actuación del entonces Ministro del Interior fue adecuada a esas circunstancias, conforme a las normas y los criterios que había impartido. Así, tomó contacto con el General Director de Carabineros, con el Director General de la PDI, con el Director del Instituto Nacional de Derechos Humanos, y dio todas las instrucciones que correspondían, en todo momento, a todas las autoridades pertinentes.
Además, participó en reuniones con el Presidente de la Corte Suprema y otras entidades institucionales del más alto rango en el país.
Quiero hacer referencia a las circunstancias de contexto en las cuales se tomaron las medidas respectivas, particularmente aquellas que significaron que se decretara un estado de excepción constitucional.
Hasta el día 17 de octubre hubo distintas manifestaciones que alteraron de alguna manera el orden público, y ello fue de forma creciente. Pero eso no implicó una afectación desmesurada de la vida nacional. Los hechos graves ocurren a partir del 18 de octubre, producto de manifestaciones que tenían elementos de protesta social, que son legítimas.
Pero después se pasó a conductas particularmente graves, que significaron dos cosas: primero, una alteración severísima del orden público y la seguridad interior del Estado y, segundo, el hecho de que se sobrepasara la capacidad operacional de Carabineros disponibles en ese minuto. Había 1.200 carabineros en dotación de fuerzas especiales la noche del 18 y luego, como gran refuerzo, se llegó a 1.350.
En esos momentos los hechos cambiaron de carácter; de "calidad", podría decir alguien, no solo de cantidad. Se produjo el atentado más grave e inaceptable que se pudo haber cometido: ataques al Metro de Santiago, dejando en la calle a miles, a decenas y cientos de miles de personas, además de actos de pillaje y de incendios como no se han visto en la historia de Chile. Por ejemplo, se prendió fuego al edificio de ENEL, que, más allá de su infraestructura, tiene una característica muy propia: en su tercer piso se encuentra el Centro de Despacho de Energía.
Y, a partir de todo eso, se produjo una situación de crisis de seguridad, que llevó al Presidente de la República, ejerciendo sus facultades, a dictar el decreto que estableció el estado de emergencia, que es el estado de excepción de menor entidad, el cual se extendió paulatina y progresivamente a lo largo del país y fue dejado sin efecto el día 27 de octubre. No hubo una persistencia en esta materia. Se usó lo que fue estrictamente necesario y después se fue reduciendo su cumplimiento.
Uno de los efectos que genera el estado de excepción de emergencia es que el mando de las fuerzas policiales y de seguridad pasa a la jefatura respectiva, a cada jefe de plaza que se nombra en ese minuto. Cabe ver esta circunstancia en conjunto con aquella que dice relación con las potestades del Ministro del Interior versus las del General Director de Carabineros, en tanto institución profesional.
Carabineros es un cuerpo profesional, y el profesionalismo tiene que ver con cómo distribuye y utiliza sus fuerzas: ¿qué hacen sus efectivos para enfrentar un determinado procedimiento?
En algún minuto, precisamente cuando se analizaba la agenda de seguridad, promovida por el Ministro señor Chadwick, se discutió dicho punto en este mismo Senado, junto con los miembros de esta Corporación. Y hubo expresiones en esta materia que señalaban que una cosa es la función política de velar por el respeto de ciertas normas o la existencia de ciertos protocolos y otra es la función operativa, que tiene el mando de Carabineros.
El Ministro del Interior establece el lineamiento, pero el protocolo lo dicta el General Director de Carabineros, en cumplimiento de ese lineamiento. Y me refiero al protocolo del uso de la fuerza.
Ese es el sustento normativo y la razón por la cual hay dos instrumentos que necesariamente conversan entre sí y deriva uno de otro: el protocolo lo hace el General Director de Carabineros, en cumplimiento del lineamiento que emana del Ministerio del Interior. Ni el actual Ministerio, ni el anterior, ni el que venga, puede restablecer el orden público; no puede salir a la calle a imponerlo. Lo que hace es "velar". Este es el verbo rector, y se usa por alguna precisa razón.
Para los efectos de cumplir con la normativa, el Gobierno de Chile, precisamente con don Andrés Chadwick en el Ministerio del Interior, el 9 de agosto de 2018 suscribió un Acuerdo de Cumplimiento de Recomendaciones en el Caso Nº 12.880 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en virtud del cual el Estado se comprometió, entre otras materias, a aprobar un decreto supremo que contenga lineamientos sobre el uso de la fuerza policial. Ese es el decreto que se dicta el 4 de diciembre de 2018 con la firma del Presidente de la República y del Ministro del Interior, el DS Nº 1.364, mediante el que instruye a Carabineros a actualizar todos sus protocolos de uso de fuerza, donde se establecieron para ello ocho lineamientos generales.
Entre esas materias, se estableció la revisión y actualización constante de los protocolos de actuación de Carabineros en intervenciones para la mantención del orden público; la creación de la Dirección de Derechos Humanos, y el fortalecimiento de programas de educación continua en este ámbito.
Para actualizar sus protocolos precisamente en dicha área, Carabineros tuvo contacto y reuniones con el Ministerio del Interior, con el Instituto Nacional de Derechos Humanos y con la Defensoría de la Niñez, entidades que hicieron llegar distintos oficios y observaciones en esta materia. De hecho, el documento original que generó Carabineros tuvo 66 modificaciones, producto de este proceso que encabezó el Ministro señor Chadwick, que concluyó en la Circular Nº 1.832, de marzo de 2019, sobre uso de la fuerza.
Es numeroso el detalle que existe al respecto.
Por ejemplo, se crearon sedes de la Dirección de Derechos Humanos de Carabineros en Antofagasta y Temuco, además de la de Santiago. Asimismo, se establecieron nuevos contenidos del programa de capacitación en dicha materia. Solo en 2019 se ha capacitado a 6.933 funcionarios de Carabineros y, desde el año 2016 a la fecha, a más de 46 mil.
En octubre, precisamente el día subsiguiente al que dejó su cargo don Andrés Chadwick, pero en cumplimiento a políticas implementadas por él, Carabineros dictó la Orden General que aprueba el Plan Institucional en Derechos Humanos, que construye una hoja de ruta para la institución en ese momento.
Desde el 18 de octubre en adelante, son numerosísimas las declaraciones públicas del Ministro señor Chadwick en relación con la crisis que se vivía.
Por ejemplo, el 22 de octubre, después de recibir en La Moneda a don Sergio Micco, en un punto de prensa señaló lo siguiente: "Él me hizo presente algunas situaciones que a él le preocupaban que inmediatamente han sido transmitidas" -se entiende que a Carabineros- "para efectos de que se pueda precisar y aclarar y entregar toda la información al Instituto de Derechos Humanos, pero junto a eso le he señalado que para el Gobierno la labor del Instituto de Derechos Humanos es muy importante, es muy importante que ellos estén presentes, que exista total transparencia, que vean y puedan observar el actuar que se está llevando a cabo en el Estado de Emergencia y que cualquier situación que ellos observen de carácter irregular, obviamente la puedan no sólo denunciar sino que también transmitir al Gobierno y al propio General a cargo del Estado de Emergencia, cualquiera sea el lugar del país que van a estar y sé que están muy prestos a poderlas recibir.".
Eso es lo que dice el 22 de octubre don Andrés Chadwick. ¿Y se señala que en esa misma fecha estaba omitiendo deliberadamente cumplir sus deberes?
Eso lo dijo frente a todo el país en un punto de prensa en La Moneda, luego de tener una larga reunión con el señor Micco.
Esto hay que verlo como una película y no como una foto, pues los juicios que podamos emitir hoy son distintos de los que podríamos haber expresado, por ejemplo, el 23 de octubre. Y ese día fue citado a la Cámara de Diputados, en uso de las prerrogativas de dicha Corporación, el Ministro del Interior a la fecha, don Andrés Chadwick, quien compareció ante ella.
En esa oportunidad -y la situación que se dio fue significativa para los efectos de entender que esto hay que verlo en su desarrollo y con el conocimiento ex ante, porque cualquier afirmación que se hace con posterioridad está desvirtuada, no es rigurosa- los señores Diputados presentaron doce indicaciones. Pues bien, solo dos de esas doce eran atingentes a los hechos que estaban sucediendo en Chile en ese minuto; solo dos de esas doce decían relación con una cierta percepción de que pudieran estar ocurriendo hechos que exceden el actuar policial aceptable.
Esa es la situación.
El Ministro del Interior vino ese día a la Cámara de Diputados y fue sometido a un interrogatorio y dio cuenta de todas sus actuaciones. Entonces se le pudo preguntar todo aquello que, legítimamente, la Cámara Baja estimó pertinente.
A la salida en un punto de prensa señaló: "El Estado de Emergencia se desarrolla dentro del Estado de Derecho y, por lo tanto, cualquier situación irregular, indebida o ilegal en el uso de la fuerza, obviamente que de acuerdo a la ley y a los protocolos internos que se establecen para esta materia son y deben ser y así ha sido, denunciados de inmediato por las propias instituciones a las Fiscalías correspondientes para hacer la investigación.".
Quiero decir, Honorable Senado, que en la actualidad no solo está trabajando el Ministerio Público. Hay cientos -¡cientos!- de sumarios administrativos, seguidos por Carabineros, por instrucción general dada por el Ministro señor Chadwick en su oportunidad.
Refiriéndose al papel de los jefes de fuerza, el señor Chadwick agregó en la Cámara de Diputados lo siguiente: "Ese deber se cumple de acuerdo a la ley, se cumple en democracia y lo dije, se cumple con respeto al estado de derecho, se cumple con respeto a los Derechos Humanos, y el gobierno y todos nosotros y que nadie crea que esta uno por sobre el otro en esta materia, queremos y ejercemos nuestras responsabilidades y nuestros deberes para que se cumpla el uso de la fuerza de acuerdo a la ley, de acuerdo a sus protocolos y con respeto a los derechos y dignidad de cada persona.".
¿Cómo se puede sostener que en forma simultánea a esas declaraciones esta persona está omitiendo deliberadamente el cumplimiento de sus obligaciones?
Señor Presidente, Honorable Senado, dentro de las actuaciones que realizó el Ministro del Interior de la época, don Andrés Chadwick, está el Acuerdo Nacional por la Seguridad Pública, llevado a cabo entre abril y julio de 2018. ¡Se adoptaron 150 medidas!
A esa instancia de acuerdo nacional concurrieron distintas personalidades y actores políticos relevantes.
Como consecuencia de ello, se presentó el proyecto de ley que moderniza
la gestión institucional y fortalece la probidad y la transparencia en la Fuerzas de Orden y Seguridad Pública (boletín Nº 12.250-25).
En los fundamentos del proyecto, página 3 del mensaje, se señala: "Asimismo, es fundamental dotar a las instituciones policiales de controles internos y externos, con miras a perseguir y sancionar excesos en la función policial, así como cualquier otra conducta alejada de los estándares de probidad y transparencia.".
Se estableció un protocolo de acuerdo legislativo para la modernización policial, que incluía una hoja de ruta, principios orientadores, medidas legislativas acordadas, como la revisión de la Ley Orgánica Constitucional de Carabineros y de la ley sobre seguridad privada, la integración tecnológica, la enmienda a las normas de plantas de las policías, el acceso a dichas plantas.
Dentro de las medidas que se proponen, están: la creación de un nuevo modelo de prevención y denuncia de conductas indebidas al interior de Carabineros, la creación de la Dirección de Derechos Humanos, la creación de un departamento de atención a la igualdad de género.
Esto fue suscrito en su oportunidad por el Ministro del Interior, don Andrés Chadwick, y por el Senador Insulza, en su calidad de Presidente de la Comisión de Seguridad Pública del Senado.
Quisiera agregar una precisión -y excúsenme que me cambie a la causal segunda-, porque el dato es especialmente significativo.
Durante el período del toque de queda, en Chile se otorgaron 244 mil salvoconductos, ¡244 mil salvoconductos! De estos, 1.411 fueron entregados al Instituto Nacional de Derechos Humanos para facilitar su labor; 1.746 a periodistas; 1.082 a abogados independientes. Igualmente, se extendió una autorización especial, con credenciales, a personal del Poder Judicial, de la Defensoría Penal Pública, de la Fiscalía del Ministerio Público, del Servicio Nacional de Menores.
De esa manera se cumplió con la normativa que generó el toque de queda.
En enero de este año se discutió en este Senado precisamente el proyecto de ley que mencioné, y en esa oportunidad intervinieron, entre otros, los Senadores Huenchumilla y Montes, que aludieron a la crisis institucional que vivía Carabineros. Y en un espíritu -yo diría- constructivo, republicano, de hacerse cargo de una circunstancia que existía dentro de Carabineros, se abordaron con altura los distintos temas que afectan a esta institución.
Esta institución ha tenido, delante de todos nosotros, problemas gravísimos, que se arrastran por años. Ha tenido, como dijo el Senador Huenchumilla, dificultades con la subordinación y la autonomía. Y justamente uno de los temas que tiene que ver con esto es la subordinación plena y su autonomía respecto del poder civil.
Ese problema es de fondo, y creo que de alguna manera hace crisis aquí. Entonces, ¿qué tiene que ver la sanción que se busca imponer por parte de una mayoría en la Cámara y en el Senado, actuando como jurado, con el diagnóstico que se hizo en enero de este año respecto a la profundidad, gravedad y complejidad de los problemas de Carabineros?
Si existen problemas en distintos órdenes, y lo digo como ciudadano de a pie, son temas de Estado. Hay temas pendientes en la educación, en los planes de estudio, en la conducción, en la autonomía, en la sujeción al poder civil, en algo tan simple como lo siguiente: ¿qué es lo que informa Carabineros a las autoridades civiles?
Se nos dijo: sabemos que esta es una crisis estructural.
A lo largo de esta exposición, Honorables Senadoras y Senadores, he ido haciendo mención de las distintas imputaciones que se formularon y, a través de estas, de las actuaciones del Ministro de ese entonces, don Andrés Chadwick.
Hay actuaciones precisas: En el oficio 32.816, de 22 de octubre, dirigido a don Sergio Micco, se hace referencia a la muerte de Alex Núñez Sandoval, y se le informa al Director del Instituto Nacional de Derechos Humanos que los antecedentes que él le dio a conocer fueron puestos en conocimiento de Carabineros de Chile a fin de que informara sobre el particular. Y añade el entonces Ministro que esta institución le expresó que se entregaron los antecedentes a la Fiscalía y que se instruyó un sumario administrativo en relación con el procedimiento policial realizado. Además, agrega el entonces Ministro que, sin perjuicio de aquello, por la vía de un oficio se va a solicitar a Carabineros la mayor cantidad de antecedentes de que disponga respecto de lo ocurrido, los que de existir serán remitidos al Ministerio Público.
De la misma manera, manifiesta lo siguiente: "Quiero reiterar la disposición del Gobierno de Chile a colaborar en todas las gestiones que está realizando el Instituto Nacional de Derechos Humanos a lo largo del país, de manera de facilitar dicho proceso". Y para ello, de hecho, estableció un enlace permanente del Ministerio del Interior con el Instituto.
El 23 de octubre le solicita al General Director de Carabineros que le envíe todos los antecedentes que tenga respecto a la muerte de Alex Andrés Núñez Sandoval. Y, además, requiere información sobre seis circunstancias particulares: la forma en que Carabineros tomó conocimiento de esta muerte; todos los antecedentes sobre el particular con que cuente esa Policía; en caso de existir algo que vincule a Carabineros con este hecho, cuáles son los procedimientos administrativos correspondientes; los documentos u otra fuente de información, etcétera, etcétera.
Son seis las medidas que indica.
El mismo 23 de octubre se le requiere información al General Director Mario Rozas sobre civiles fallecidos o lesionados, y se le piden también más de cuatro actuaciones en relación con civiles fallecidos o lesionados en cualquier circunstancia con ocasión de los graves hechos que afectan al país desde el viernes 18 de octubre.
Igual petición envía, con esa misma fecha, al Director de la Policía de Investigaciones, don Héctor Espinoza.
El 25 de octubre pide información respecto de otro caso que se ha identificado: el de una persona que resultó con heridas de perdigones en el rostro y de otro tipo: cómo se tomó conocimiento, etcétera.
Y estas informaciones llegan el 30 de octubre al Ministerio, cuando él ya no era Ministro del Interior.
En aras del tiempo, voy a terminar mi intervención señalando que hay un proyecto de reforma constitucional, del año 2013 (boletín N° 8.899-07), que precisamente se refiere a la norma que genera esta discusión, que es el artículo 53, número 1) de la Constitución, en el cual cinco Senadores, la Senadora señora Allende y los Senadores señores Letelier, Escalona, Frei Ruiz-Tagle y Pizarro, piden que se reforme la Constitución a fin de que se quite la facultad de declarar la inhabilidad que se está solicitando hoy día, porque lo que no se ha dicho es que el Ministro dejó de ser Ministro. Y lo único que corresponde hoy día en el caso de que se obtenga la mayoría suficiente para sancionarlo es su inhabilidad por cinco años.
Respecto de la facultad contenida en este proyecto, como digo, del año 2013, lo interesante es su fundamentación.
En su número 7 se dice: "Desde otro punto de vista, es difícil justificar que el Parlamento, entidad intrínsecamente política, pueda decretar la muerta cívica y política de una persona, privándola de su derecho a ser elegida para un cargo por votación popular.".
En el número 12 se agrega: "Que, la sanción referida importa en definitiva que la persona sancionada pierde parte de su ciudadanía". De hecho, se reconoce que esto no venía en la historia de la ley, que esta facultad no estaba incorporada en la Constitución del 25, sino que se generó a partir de la Comisión de Reforma Constitucional que funcionó durante la dictadura militar.
Se agrega en el N° 14: "Que en el derecho comparado no se contempla sanción de inhabilidad para desempeñar dichas funciones públicas".
Y, entonces, se pide que se sustituya esta inhabilidad por una que parece más razonable, que es que no se pueda, en virtud de la inhabilidad que se decrete, "ejercer funciones en ningún otro ministerio, ni en cualquier cargo de confianza del Presidente de la República, durante el período presidencial en que fue destituido".
Estos fundamentos están en el material que se encuentra a disposición de toda la ciudadanía en el Congreso Nacional.
Solo quiero terminar mis palabras expresando también dos cosas en cuanto a las acusaciones constitucionales.
La primera dice relación con la acusación constitucional de que fue objeto don Germán Correa en el año 1991, a la sazón Ministro del Presidente Aylwin. En esa acusación constitucional, presentada y votada un mes y medio después de la muerte del también Senador Jaime Guzmán, el entonces Diputado don Andrés Chadwick votó en contra, pese a las circunstancias en las que se encontraba anímicamente o la confrontación que había en ese minuto debido al estrés republicano que se vivía.
No obstante, hay otra acusación constitucional en que él votó a favor, ya siendo Senador, que corresponde a la entablada en contra de la entonces Ministra señora Yasna Provoste.
Respecto de aquella acusación, que fue acogida por el Senado, la Honorable Senadora señora Provoste recurrió a la Corte Interamericana de Derechos Humanos en contra del Estado de Chile. Y ahí hizo valer algunos puntos que me parecen relevantes para los efectos de esta discusión, porque son plenamente contestes con aquello que yo he sostenido respecto a la vulneración del derecho al debido proceso en todas sus acepciones. En tal sentido, ella se refirió a su caso de una manera profunda y detallada, haciendo la misma crítica que yo formulé a la institución que hoy día convoca el funcionamiento de este tribunal, que actúa como jurado, aunque no por eso es un juzgado de menor categoría.
Hoy día ustedes están convocados a imponer o a aplicar una sanción de carácter penal, originada, como se dice en ese proyecto de reforma constitucional, en la Constitución del 80: no existía en la del 25.
Se genera a partir de eso y produce efectos, y tiene un mecanismo de investigación y de sanción, cuyo mecanismo y procedimiento, a mi juicio, coincidiendo con aquello que se llevó en su momento a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, afectan gravemente la vigencia del debido proceso. En consecuencia, ello también constituye una afectación a los derechos humanos.
No puede, por esta vía, bajo las circunstancias que sean, incurrirse en una conducta de esa naturaleza.
Por los argumentos que he expuesto, señor Presidente, sin perjuicio de mi derecho a duplicar con posterioridad aquello que repliquen los señores Diputados, concluye mi intervención, solicitando que sea rechazada la presente acusación constitucional.

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- A continuación, corresponde la réplica de los señores Diputados, que tiene un tiempo de treinta minutos. Y, de acuerdo a lo que se me ha indicado, va a comenzar el Diputado Marcos Ilabaca, por diez minutos.
Tiene la palabra.

El señor ILABACA (Diputado acusador).- Señor Presidente, lo primero que quiero señalar es un tema formal que ya está resuelto por nuestra legislación.
La defensa ha intentado, y lo ha reiterado ya en más de una oportunidad en este alegato, reflotar elementos no del tema de fondo, estimado colega -por su intermedio, señor Presidente-, sino de la cuestión previa.
En la presentación de la cuestión previa -y la busqué para verificarlo-, el Abogado defensor estableció tres temas que hoy día se intenta reflotar en una discusión de fondo.
Uno, el libelo faltaría al debido proceso, en que se ha insistido en esta fase final. Dos, imputaría al señor Chadwick hechos de terceros. Y tres, estaría cuestionando el mérito de la declaración del estado de emergencia.
Estas alegaciones, como he señalado, ya fueron debatidas y expuestas en la cuestión previa, y se desestimaron por la Cámara de Diputados.
¿Y por qué pongo acento en este tema? Porque el artículo 43, inciso tercero de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional es superclaro respecto de esta situación: allí se señala que, habiendo sido debatida y votada la improcedencia de la cuestión previa, ninguna parte puede volver a insistir en ella.
Por lo tanto, señor Presidente, mal podría hoy día el Senado reflotar una discusión que ya se encuentra fenecida.
Si la parte contraria (y aquí discúlpenme por ponerme más bien técnico-jurídico) hubiere querido esgrimir esto como un tema de fondo, tendría que haberlo reiterado y no lo hizo. Y allí claramente la defensa equivocó el camino.
El ex Ministro ha reiterado, una y otra vez, que los hechos que se le imputan fueron cometidos por carabineros o miembros de las Fuerzas Armadas.
¡Pero eso es obvio!
Nadie, ninguna de las víctimas, ni el libelo acusatorio, ni la Cámara de Diputados ha señalado que el señor Chadwick Piñera haya sido quien disparó los balines, o los perdigones, o las lacrimógenas a los manifestantes. Lo que se le imputa es ser la autoridad política mientras ocurrían tales atrocidades, por lo que no es necesario que se intente confundir a esta Honorable Sala trayendo al debate un criterio de imputación jurídico-penal. Porque lo que existían eran patrones de conducta permanentes. No se le imputa el hecho de haber ejecutado el acto, sino el que, habiendo patrones de conducta permanentes que fueron denunciados por diferentes organismos -como se aprecia en el cuadro que presenté esta mañana sobre la evolución del número de casos con trauma ocular severo ocurridos desde el 17 de octubre en adelante, situación dada a conocer por el Departamento de Derechos Humanos del Colegio Médico-, claramente no haya actuado al respecto. Y no basta el desarrollo de solicitudes de información.
¿Qué acción concreta se adopta para evitar la continuación de estos patrones de conducta?
¡Ese es el tema de fondo!
Otro aspecto que cuestiona la defensa tiene que ver con que las denuncias hechas por las víctimas y órganos como el Instituto Nacional de Derechos Humanos, y sus respectivas querellas, solo darían cuenta de procesos en curso y no permitirían tener por cierta la calificación de los hechos que en ellas se plantean, las circunstancias de su ocurrencia ni tampoco sus partícipes.
¿Pero qué pretende la defensa con esto hoy día, señor Presidente? ¿Acaso busca que los acusadores nos sentemos a esperar que los procesos judiciales terminen? ¿Tenemos que aguardar diez años más para que haya certeza jurídica respecto de los hechos y allí recién poder acusar constitucionalmente? ¡Pero si la Constitución nos entrega tres meses después de que el afectado ha terminado su período!
Tal como recordó el abogado de la defensa, el 23 de octubre el ex Ministro Chadwick fue a exponer a la Cámara de Diputados. En esa ocasión señaló lo siguiente: "Ejercemos nuestras responsabilidades y nuestros deberes para que se cumpla el uso de la fuerza de acuerdo con la ley, conforme a sus protocolos y con respeto a los derechos y a la dignidad de cada persona".
Pero también quiero recordar otra frase del señor Andrés Chadwick, que señaló en abril del año 2013 -también hizo referencia a ello el abogado de la defensa- a propósito de una serie de conflictos sociales y en que hubo seis personas que resultaron con daños en sus globos oculares por disparos de pistolas de balines de pintura.
¿Qué dijo el entonces Ministro Chadwick en aquella ocasión? Expresó: "Se están usando armas disuasivas porque la acción de los grupos de encapuchados es cada vez más violenta, y hay que proteger a los ciudadanos y resguardar el orden público. Pero si eso genera una situación que Carabineros ni nadie busca que se produzca como daño, se revisará de inmediato".
¿Por qué las acciones que señaló en la declaración del año 2013, cuestión que luego fue ratificada en las declaraciones que realizó en octubre del año 2019, no se llevaron a la práctica? ¿Por qué no se revisaron de inmediato los hechos que estaban ocurriendo? ¿Por qué no se verificó si los protocolos de las policías se estaban cumpliendo?
Porque se nos ha dicho: "¿Sabe qué? El Ministro Chadwick en el ejercicio de su cargo desarrolló muchas acciones; se presentaron proyectos de ley; se desarrollaron los protocolos". Esta era una obligación legal producto del acuerdo a que llegamos en la Corte Interamericana de Derechos Humanos; no fue porque nació de este Gobierno.
En definitiva, las declaraciones del entonces Ministro Chadwick nos entregan un parámetro o criterio con que es posible evaluar su acción.
En palabras del mismo señor Chadwick: "La fuerza se ejerció conforme a la ley, de acuerdo con los protocolos y con respeto a los derechos humanos".
¿Esto fue así? ¿Se respetaron los protocolos y los derechos humanos en el cuidado del orden público? ¿El otrora Ministro logró que la fuerza se empleara con respeto a la dignidad y al derecho de las personas? Ello, además, en cumplimiento del deber de ejercer un control jerárquico sobre Carabineros, lo que está dado por la Constitución Política. El artículo 101 de la Carta Fundamental es superconcreto.
Señor Presidente, hay que volver a precisar que el estatuto jurídico aplicable al Ministerio del Interior en particular no queda suspendido, en ningún caso, durante un estado de excepción constitucional como el estado de emergencia que vivimos en nuestro país.
Por tanto, durante el transcurso del estado de emergencia, el señor Chadwick seguía siendo el responsable político de la Cartera del Interior, y debía cumplir su obligación de resguardar el orden público bajo los criterios legales de eficacia, racionalidad y eficiencia, sin poder disponer medidas contrarias a los derechos fundamentales.
El sostener que las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública dejan de estar bajo la dependencia del Ministerio del Interior durante el estado de emergencia sería claramente una afirmación contraria a la Constitución: ¡absolutamente!
El deber constitucional del Ministerio del Interior de velar por la protección de los derechos humanos no cesaba en ese período. Y, lamentablemente, le tocó a este Secretario de Estado enfrentar un problema complejo que lo dejó en un estado de excesiva pasividad, sin desarrollar ninguna acción tendiente a limitar el actuar de Carabineros frente a la vulneración de los protocolos, de la ley, de la Constitución y de los tratados internacionales sobre derechos humanos vigentes y ratificados por nuestro país.
Muchas gracias, señor Presidente.

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- A continuación, tiene la palabra el Diputado Gabriel Silber, hasta por diez minutos.

El señor SILBER (Diputado acusador).- Señor Presidente, al parecer, luego de escuchar la defensa que hizo el colega Hermosilla, se están siguiendo dos casos distintos.
Escucho con atención los descargos, y se insiste nuevamente en esta defensa de naturaleza penal allí cuando tenemos un juicio político constitucional que se cimenta con causales estrictas, jurídicas, constitucionales, autónomas a la responsabilidad de naturaleza penal.
Estuve analizando el impeachment que se sigue en contra del Presidente Trump en Estados Unidos y vi uno de los alegatos de Alan Dershowitz, gran penalista, quien justamente hablaba de que se le quería impetrar una suerte de crimen a la persona del Presidente Trump.
Entonces, creo que la contraparte está confundida respecto de cuál es el juicio, dónde está de alguna manera trabada la Litis, porque aquí, y apelando a este Honorable Senado, o a quienes nos siguen también a través del canal de televisión del Senado, quiero preguntar cuál es el delito que los parlamentarios en sede penal han presentado contra el ex Ministro Chadwick, si es que tuviesen la convicción de que existe un delito en su persona y que este, además, es perseguible por parte de los tribunales.
No lo conocemos.
Aquí hablamos de una responsabilidad que dice relación con la falta de ejecución de las leyes, cuestión que, obviamente, se halla acreditada y justificada en los términos que establece el artículo 52 de nuestra Constitución.
Acá también quiero señalar que para la defensa existen dos acusados en la persona del ex Ministro Chadwick.
Primero, aquel que, previo a lo que ocurre el 18 de octubre, presentó un acuerdo por la paz con muchas acciones y compromisos desde el punto de vista legislativo en materia de seguridad pública. Acá saltan a la vista los 46 mil funcionarios policiales capacitados por Carabineros, todo ello endosable a la persona del acusado; un decreto del 4 de diciembre del 2018, que también forma parte de la proactividad que tiene aquel respecto de su compromiso con los derechos humanos al dictar protocolos.
De otro lado, al inicio de esta presentación se esboza una suerte de formalización o de reformalización respecto del caso Huracán, que nada tiene que ver con la competencia y conocimiento de este caso, pero que nuevamente refrenda el compromiso del señor Ministro en cuanto al tema de los derechos humanos y los protocolos.
En seguida, vimos a un Ministro del Interior en el caso de Camilo Catrillanca, que no se conformó con la verdad documental que le entregaba Carabineros, y entendió que el deber del garante, del vigilante, en este caso el Ministro del Interior y Seguridad Pública, responsable obviamente de las policías, era ir mucho más allá de eso, ahí donde originalmente -y para conocimiento de la opinión pública- se quiso hacer pasar como un error, como un enfrentamiento aquello que en los hechos quedó desnudado que fue un asesinato.
Y ahí sí vimos a un Ministro proactivo, que sí tenía facultades: fue removido el General Director de Carabineros, Hermes Soto; muchos oficiales siguieron igual suerte; el Intendente de La Araucanía, también de manera proactiva, fue removido. ¡Y en buena hora!
Entonces, queremos decir que esa era la actitud del vigilante, del garante, que se esperaba respecto del Ministro del Interior, quien es el único chileno que concentra la decisión política sobre las fuerzas que tiene a su cargo. Acá no había corresponsabilidad de la prensa; ni de la iglesia; ni de los otros Secretarios de Estado, los cuales desde el ámbito sectorial pueden asumir compromisos; ni de los parlamentarios: la responsabilidad en la materia solo es del titular de la Cartera del Interior.
Pero, a partir del 18 de octubre, hay una suerte de anomia o una situación de marasmo desde el punto de vista de las responsabilidades y de las acciones y deberes que debe asumir el Ministro. Y ahí tenemos a un Secretario de Estado que pide antecedentes, documentos, pues ya la prensa y la opinión pública hablaban de violaciones a los derechos humanos.
Aquí se nos dice: "No: es que eso tienen que verlo efectivamente los tribunales de justicia". Pero si el propio Presidente Piñera señaló textualmente: "Se cometieron abusos y delitos, y no se respetaron los derechos de todos en lo que se refiere a la causa de los derechos humanos".
El Primer Mandatario tiene la convicción de que hay violaciones a los derechos humanos. Y nadie está diciendo si son sistemáticos o no, o si se le imputan a la persona del ex Ministro Chadwick. Nada más lejano de lo que pretende la suerte y el destino de esta acusación. Sin embargo, tenemos a un Ministro que solo pedía antecedentes; que únicamente recababa información.
Cuando asume el Ministro Blumel, en cambio, pide reforzar los protocolos, los que claramente en 2018 había dictado -como bien señala la contraparte- el entonces Ministro Chadwick.
Pero estos diez días de anomia en cuanto a entender cuáles son las responsabilidades y los deberes del Ministro claramente reflejan lo que los acusadores venimos en sostener: que se dejaron sin ejecutar la ley, los protocolos mismos, las instrucciones y las acciones, respecto de los cuales el propio Ministro Chadwick, hasta el 17 de octubre, tenía cabal conocimiento de que debía llevarlos a cabo.
De otro lado, señor Presidente, también se nos esboza, como una suerte de regalía caprichosa, que se hallaban en funcionamiento los tribunales de justicia. Mire la sociedad chilena: ¡Funcionaba la Defensoría! ¡A partir del 18 de octubre la prensa era libre! ¡Pero si se entregaron 240 mil salvoconductos!
¡Qué beneficio para un pueblo que se halla en democracia, en que rige el Estado de derecho!
¡Esto que se describe como una suerte de regalía al pueblo chileno, tenemos que reconocerlo y aplaudirlo...!
Pero si la democracia y el Estado de derecho están plenamente vigentes en nuestro país a partir del 10 de marzo de 1990, y no debiera en caso alguno emocionarnos el que existan los tribunales de justicia; ni tenemos que salir a dar las gracias por una reunión con el Instituto Nacional de Derechos Humanos; ni debemos agradecer que otras instituciones hayan funcionado y estado a la altura de los tiempos. Porque justamente en crisis política como la que vivimos estos últimos cincuenta días es cuando se mide la madera y la calidad de nuestras instituciones, y sabemos si ellas, si los órganos del Estado, donde precisamente radica el Ministro del Interior, han estado o no a la altura de las circunstancias, máxime cuando la propia defensa describe a un Ministro proactivo, que sí tiene facultades, pues remueve a Generales Directores de Carabineros cuando entiende que le faltan a la verdad y también le mienten al país.
Nada de eso ocurrió en dicho plazo.
Por eso queremos insistir en que la persona del Ministro del Interior y Seguridad Pública es la única que, por mandato constitucional, concentra la decisión política, no así el General Director de Carabineros, por cuanto posee muchas más facultades, según ha podido sostener la defensa al acreditar el patrón de este Ministro proactivo, hasta el 17 de octubre de las que tuvo a partir del 18 de ese mismo mes.
Cuando la propia ley N° 20.502 sostiene que a aquel le corresponde velar por el orden público en todo el territorio nacional, debemos entender cuál es el sentido de la palabra "velar".
Aquí nuevamente recurro al Diccionario de la lengua española, que señala que "velar" viene del latín vigilare, que no es otra cosa que: "Hacer centinela o guardia por la noche". "Observar atentamente algo". "Cuidar solícitamente de algo". Y vigilancia (nueva acepción que se consigna en el referido Diccionario): "Cuidado y atención exacta en las cosas que están a cargo de cada uno.".
Quien estaba a cargo de ambas policías no era ni el Ministerio Público, ni la justicia, ni el Congreso Nacional. El Presidente de la República delega su función en el Ministro del Interior. Entonces, el único que, por responsabilidad y mandato constitucional, tenía a su cargo la fuerza pública (el propio Presidente Piñera reconoce, y esperamos que se trate de casos aislados, que violaron los derechos humanos) era la persona del entonces Ministro Chadwick. Y, en consecuencia, a este Senado le corresponde resolver sobre su responsabilidad política en estos hechos.
Muchas gracias.

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- A continuación, tiene la palabra el Diputado Gabriel Boric, hasta por diez minutos.

El señor BORIC (Diputado acusador).- Señor Presidente, hay muchas cosas que replicarle a la defensa del abogado Hermosilla. Voy a tratar de centrarme en las que me parecen más relevantes.
En primer lugar, ¿cuáles son las medidas eficaces que debió haber tomado el entonces Ministro del Interior para proteger los derechos humanos en el contexto de la reciente manifestación social?
El abogado Hermosilla nuevamente se hace esta pregunta, y una vez más se excusa en que el Ministro carecía de facultades legales.
Sin embargo, en virtud del artículo 5°, inciso segundo, de la Constitución, no en la parte que se refiere a los tratados internacionales, sino en aquella previa, es absolutamente claro que existe para toda autoridad del Estado, en particular el Ministro del Interior, la obligación de respeto y garantía de los derechos humanos.
Ahora bien, dentro de la obligación de respeto, ¿qué ha dicho la doctrina? Se halla el deber de prevenir las violaciones a los derechos humanos. En caso de fracasar en la prevención y aun así sucedan actos vulneratorios de derecho, persiste el deber de hacer cesar las violaciones a los derechos humanos. Y en cuanto al deber de prevención, resulta evidente para todos los chilenos y las chilenas que hubo un fracaso.
Con relación a lo sucedido entre el 18 y el 28 de octubre, el Ministro no podía sino saber el grave riesgo que existía para la población como consecuencia, por ejemplo, de la utilización de gases lacrimógenos y de perdigones.
Ya en 2012 estos efectos nocivos para la integridad física habían sido advertidos por la comunidad científica, por los proveedores e incluso por la propia institución de Carabineros.
Es más, el 23 de octubre el Colegio Médico alertó sobre el grave daño que provocaban en la población los perdigones que se estaban disparando, lo que se reflejaba en la alta cifra de lesiones oculares, mayor que la que se registra en el conflicto entre Israel y Palestina; o sea, un nivel de absurdo que cuesta creer.
¿Prohibió, entonces, el Ministro el uso de estos elementos? ¿Mandó señal de moderación a las Fuerzas de Orden y Seguridad respecto del uso de estos elementos? ¡No! Y los daños oculares totales o parciales siguieron aumentando.
Dentro de la obligación de garantía de los derechos humanos, el Estado tiene los deberes de investigar y reparar. ¿Cuántas querellas por los hechos presuntamente cometidos por Carabineros de Chile contra la población presentó el entonces Ministro del Interior? ¡Ninguna!
En cuanto al deber de reparación, solo cabe señalar que, lamentablemente, en los casos de mutilaciones, de violaciones, de vulneraciones graves va a ser muy difícil, sino imposible, volver al estado anterior al acto vulneratorio perpetrado en contra de las víctimas. Y será un tremendo desafío para todos nosotros, independientemente del color político que tengamos, como Estado hacer esa reparación.
Conclusión: existían medidas eficaces, posibles, pertinentes que el Ministro debía conocer y no las implementó.
En segundo lugar, respecto a si existieron detenciones ilegales producto del toque de queda y si el entonces Ministro del Interior no adoptó medidas para frenarlas.
La defensa sostiene que a los retenidos por infringir el toque de queda se los debía mantener en las unidades policiales hasta el término de aquel, pues, de lo contrario, esta sería una medida imposible de ser aplicada y operativizada. Incluso, afirma que el Ministerio Público emitió una resolución en la que los fiscales se debían constituir en las comisarías, y si había personas detenidas por toque de queda -una infracción, no un delito-, debían liberarlas pero solo a las siete de la mañana, para que no incurrieran en falta.
Lo anterior nos está diciendo básicamente, también, que la Fiscalía puede estar por sobre lo que determina la ley, una cuestión que yo creo que por todos es inaceptable.
Pero, equivale a señalar también, en interpretación de la defensa del Ministro, que con tal de implementar una medida de policía, como el toque de queda, es posible derogar el derecho a la libertad personal y el principio de legalidad y tipicidad penal establecido en la Constitución.
Esa conclusión, desde el punto de vista de la defensa de esta acusación, es sencillamente inaceptable.
Unos ejemplos al respecto.
En la madrugada del 20 de octubre, el periodista de TVN Fabián Collados, con salvoconducto, fue detenido por Carabineros. Al dejar en claro que portaba su salvoconducto, entregado por la misma institución, no fue escuchado. El profesional fue detenido el mismo instante y siguió transmitiendo su detención, lo que quedó registrado en video y fue difundido por medios de prensa de circulación nacional.
Segundo ejemplo: Leonardo Silva, reportero de Mi Radio de la Región de Coquimbo, con salvoconducto, puso una denuncia el 23 de octubre contra los oficiales de Carabineros que lo detuvieron, golpearon y apuntaron con un arma. Todo esto, pese a que el periodista contaba con salvoconducto y con el resto de la documentación que necesitaba para desempeñar su labor. Incluso, el periodista registró la detención en video y esta fue difundida en medios de prensa.
¿Se hizo algo para evitar esto que estaba pasando?
Porque, claro, el abogado dice: "El Ministro no puede responder por los actos que esté cometiendo un carabinero". Pero una vez cometidos, sí puede tomar medidas para que no se sigan cometiendo. La pregunta es si eso se hizo o no se hizo. Y la argumentación de la defensa de esta acusación es que no se hizo lo suficiente.
El abogado dice que se generó un cuadro completo a partir del caso de la Defensoría de la Universidad de Chile, que él señala habría actuado con la mejor intención y en donde se han recogido circunstancias, e insiste en el tema de la plaza Baquedano para deslegitimar todos los otros hechos.
Quiero reiterar que no me he referido en esta acusación, en ningún momento, al caso del Metro Baquedano, sino al de una comisaría en Peñalolén, el de la madrugada del 21 de octubre. De acuerdo con querella presentada por el INDH, las víctimas fueron tres adultos y un menor de edad, quienes fueron detenidos durante el toque de queda. Las personas fueron sometidas a torturas, colgándolas con esposas y brazos extendidos a una estructura metálica delantera de la comisaría.
Desacreditar a la Defensoría de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, validada, además, por su Decano, su Departamento de Derecho Penal, etcétera, por una actuación equivocada respecto al caso Baquedano, reconocida como tal, sería como decir que cualquier institución que comete un error -por ejemplo, el INE respecto a las cifras del IPC- ya está inhabilitada para emitir opiniones respecto a cualquier otro tema a futuro.
Respecto de declarar la inhabilidad por cinco años, dice el abogado que es difícil justificar que el Parlamento, como entidad política, pueda determinar la muerte cívica y política de una persona, que en derecho comparado no se contempla esta inhabilidad y que, en cambio, es posible establecer que no podrá ejercer funciones en ningún otro Ministerio ni en ningún otro cargo que designe el Presidente de la República. Hace alusión a la ex Ministra y actual Senadora Yasna Provoste y a lo alegado en cuanto a la vulneración del debido proceso.
Esta es una sanción política, constitucional, no penal. Si quiere cambiar la sede, que se vea con otros querellantes. No somos nosotros. Nosotros estamos acá en una acusación constitucional. Y es la propia Constitución la que regula esto.
Lo que está intentando la defensa al señalar esto es derogar tácitamente los argumentos de la misma Constitución.
Respecto de las vocerías del Ministro Chadwick. El Ministro del Interior descartó renunciar a su cargo luego de las manifestaciones que se han desarrollado en diferentes partes del país desde el 18 de octubre y que generaron que se decretara estado de emergencia en varias regiones.
"Yo asumo mis responsabilidades pero no tengo ninguna responsabilidad política en esa situación", expresó el Ministro, aclarando que no dejará el Gobierno. Fuente: 24horas.cl. Pueden ver el link; lo recordarán, además.
El 28 de octubre fue el cambio de Gabinete. Al respecto, el ex Ministro dijo estar tranquilo, pero aprovechó de ofrecer disculpas en caso de que haya cometido errores.
"Yo, en lo personal, bien, tranquilo. He querido cumplir con mi deber con todos los esfuerzos. Si he fallado pido disculpas. Lo único que he querido es trabajar por mi país", dijo el ex Ministro.
Respecto a las decisiones que tomó el Presidente Piñera en cuanto a la agenda social y al cambio de los Ministros, el señor Chadwick dijo que el Presidente había sabido escuchar a la población:
"Como lo ha señalado el Presidente, este es un cambio de Gabinete donde busca reforzar un equipo para iniciar una etapa distinta. El Presidente ha sabido escuchar a la población, a la gente, para enmendar rumbo y responder cosas concretas a las necesidades que las personas han expresado".
Consultado si ha hecho algún tipo de autocrítica, el ex Ministro respondió: "El momento de la autocrítica ya vendrá".
¡Este es el momento de la autocrítica constitucional!
Durante el período del toque de queda en Chile se otorgaron 244 mil salvoconductos. Mil y algo al INDH, mil y algo a abogados independientes. Esto lo decía la defensa. Pero, en contraste, sostenemos nosotros que hubo que oficiar al Consejo para la Transparencia, Oficio N° 1.706, del 25 de octubre, para que Carabineros exhibiera la lista de detenidos a los abogados, puesto que ello se les negaba constantemente, lo que dificultaba tremendamente el control para prevenir las violaciones a los derechos humanos.
En este contexto -y con esto termino-, es importante advertir también sobre la publicidad del registro de detenidos. A dicho respecto, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 19, número 7°, letra d), de la Constitución Política: "Nadie puede ser arrestado o detenido, sujeto a prisión preventiva o preso, sino en su casa o en lugares públicos destinados a este objeto". Eso no se cumplió.
Señor Presidente, y a través de usted, Honorables Senadores y Senadoras, ex Ministro Chadwick, señor abogado Hermosilla, lo que venimos a presentar desde esta defensa es una solicitud, insisto, de justicia y no de impunidad, de responsabilidad política y no de revancha.
Y esperemos que este Senado y todos, como Estado e institución, estemos a la altura.
Muchas gracias.

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Tiene la palabra, a continuación, para la dúplica, el abogado del ex Ministro Chadwick, por treinta minutos.

El señor HERMOSILLA (Abogado defensor).- Gracias, señor Presidente.
A ver, voy a ir de lo que me parece más simple a lo más complejo.
La cita que acaba de referir el Honorable Diputado señor Boric -por su intermedio, señor Presidente- con relación a que esto sería una sanción penal corresponde a una mención que yo hice a un proyecto de reforma constitucional que existió aquí en el Senado. No es un invento mío. Recogí y cité esa imputación.
Segundo, en cuanto al caso que ha citado y que ha referido, igual que en la Cámara, supuestamente ocurrido en Peñalolén, yo creo que ya es suficiente de repetir ciertas cosas.
En el caso de Peñalolén, que él cita como si fuera un hecho cierto, no hay hasta la fecha ningún formalizado, ¡ninguno! Es simplemente una afirmación hecha al aire, a partir de información que no tiene ningún sustento.
Y voy a dar la mejor explicación que existe en el día de hoy.
En la página 12 de la acusación constitucional se dice: "Además, hay 5 querellas por homicidio, presuntamente a manos de agentes del Estado"...

El señor BORIC (Diputado acusador).- ¡Presuntamente!

El señor DE URRESTI (Presidente accidental).- Por favor, señor Diputado, no se puede interrumpir.
Tiene la palabra, señor abogado.

El señor HERMOSILLA (Abogado defensor).- Lo que yo estoy diciendo, señor Presidente, es que aquí se ha construido una realidad y se hacen afirmaciones de la mayor gravedad sin acreditar, sin establecer hechos, no esperando la maduración de ciertas circunstancias.
Esa nómina termina con el nombre de "José Miguel Uribe Antipán, Curicó, disparo por parte de militar".
Tengo en mis manos una noticia de la Radio Biobío de Chile, del día de hoy: "Fiscalía retirará cargos por homicidio contra militar detenido por muerte a manifestante en Curicó". ¡El día de hoy, ahora!
El caso criminal da un vuelco importante, se dice. ¿Por qué? Porque se trató de un conflicto entre dos bandas rivales. Y esto se esclareció ahora, porque llegó el peritaje balístico que estableció que la bala que le había significado la vida a esta persona no era de calibre militar.
En consecuencia, Honorable Senado, es superfácil hacer aquí afirmaciones como la de la cárcel o la comisaría de Peñalolén, porque, en definitiva, los hechos no importan. Eso es lo que ocurre: da lo mismo hacer las afirmaciones, pues después se retiran y el hecho está provocado.
Aquí lo que se está haciendo no es buscar la realidad ni la verdad. Se está buscando a una víctima propiciatoria, alguien que se pueda exhibir como supuesto responsable, como si eso resolviera los problemas o estableciera la verdad.
¡Eso es una violación flagrante y constituye una ofensa que no puede ser aceptada respecto de una persona cuyo comportamiento público está a la vista de todos! Y no es válido respecto de ninguna, porque no se puede usar a una persona para obtener un determinado propósito.
Y aquí, así como se está acusando el caso, basados en que las instituciones empiezan a funcionar y establecen la realidad, ya resulta que no son cinco muertos. Los acusadores simplemente recogieron con premura información el día 30 de octubre, a dos días de haber terminado en su cargo don Andrés Chadwick, e interpusieron esta acción.
Y con posterioridad se agregan otros datos, otras circunstancias, y se pone en una situación al Congreso, tanto a la Cámara de Diputados como el Senado, que consiste en decir: "Miren, aquí el problema está en que si no condenamos a Chadwick, van a pasar otras cosas, va a ser una circunstancia mucho más compleja y mucho más difícil".
"Necesitamos alguien que sea responsable porque esta es responsabilidad política", se nos señala, como si la política no fuera una actividad seria y responsable que hay que ejercerla sin andarse desdiciendo al día siguiente de lo que se hace.
Porque a veces en política ocurre eso: se actúa de una manera un día y al día siguiente se hacen videos para explicar el error que se cometió.
En este caso, si se comete ese error, es en perjuicio de una persona con nombre y apellido, con familia, a la cual se afecta siempre, respecto de un hecho que es absolutamente inaceptable en Chile, como es cometer violaciones a los derechos humanos. No estamos hablando de una acusación cualquiera; estamos hablando de una de las peores a que se puede someter a un ser humano. Y, en consecuencia, el mínimo es ser responsable. No sacamos nada con un video aclaratorio el día de mañana.
En el tema...

El señor BORIC (Diputado acusador).- ¿Puedo intervenir, señor Presidente? Me ha hecho una apelación directa.

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Señor Diputado, está haciendo una referencia genérica. Terminada la dúplica, habrá oportunidad de contestar. Tiene la palabra, señor abogado.

El señor HERMOSILLA (Abogado defensor).- Señor Presidente, se habla del tema de los perdigones. La última compra de perdigones que se hizo en Chile para Carabineros fue el año 2017, del mismo proveedor. Durante el Gobierno anterior se compraron cuatrocientos y tantos mil perdigones. Más que perdigones, cartuchos que contienen perdigones. Nada de eso se dice.
Se habla de lesiones, y nada se dice de que las ocurridas con posterioridad al 28 de octubre son infinitamente más numerosas que las ocurridas hasta el 28 de octubre. Nada se dice de eso.
Se cita y se señala: "No, esto no ocurrió el 28 de octubre", pero igual se instala el hecho de dos personas que lamentablemente perdieron completamente la vista, hechos ocurridos, todos ellos, con posterioridad al ejercicio de Andrés Chadwick en el Ministerio del Interior.
Simplemente quisiera terminar diciendo que la lectura del oficio que dirigió Andrés Chadwick el 23 de octubre a Mario Rozas nos muestra una realidad que está muy lejos de lo que han sostenido los señores parlamentarios en sus intervenciones.
Se le pide: "la cantidad e identidad de personas civiles fallecidas, lesionadas o víctimas de cualquier tipo de afectación a su integridad física, con individualización de cada caso de la naturaleza de la afectación sufrida, la fecha y lugar donde ocurrieron los acontecimientos. En los casos que corresponda, asimismo la causa médica de deceso".
"En caso de individualizarlo, preliminarmente o pidiendo una mayor cantidad de antecedentes, si existen indicios de participación responsable de miembros de Carabineros, distinguiendo si se encontraban en servicio activo o no".
El oficio prosigue:
"En aquellos casos que se configure alguno de los supuestos previstos en el literal anterior, la identidad del o los funcionarios involucrados y los procedimientos administrativos y/o disciplinarios puestos en marcha, así como el estado de avance de resolución de los mismos.
"Si se pusieron los antecedentes de cada caso a disposición del Ministerio Público para los efectos de dar curso a las investigaciones en el ámbito procesal penal que corresponda".
Es la misma afirmación que se pide y se plantea respecto al Director de la Policía de Investigaciones.
Finalmente, concluyo señalando que el 28 de octubre Andrés Chadwick envió el siguiente oficio a Sergio Micco, Director del Instituto de Derechos Humanos: "En relación a los últimos acontecimientos ocurridos en el país en el marco de la situación de emergencia y en el mismo espíritu de la reunión sostenida con usted la semana pasada, en donde le manifesté nuestra más absoluta colaboración y cooperación en todas las acciones que el Instituto Nacional de Derechos Humanos necesitara para efectuar su labor, por medio de la presente quisiera solicitar a usted enviar tanto las querellas que ha presentado la institución que dirige, como las denuncias que como Instituto Nacional de Derechos Humanos han recibido. Ello con la finalidad de que el Ministerio del Interior y Seguridad Pública pueda evaluar las acciones a seguir en esta materia".
Señor Presidente, termino mi dúplica solicitando que le sea concedido a mi representado el derecho de dirigir unas palabras al Senado.

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Tiene la palabra el ex Ministro don Andrés Chadwick.

El señor CHADWICK (Ex Ministro del Interior y Seguridad Pública acusado).- Señor Presidente, quiero ser breve, pero me siento con una responsabilidad de poder dirigirme al Senado de la República.
Será esta la última vez que me dirija al Senado. Aquí estuve 16 años de mi vida, sentado en ese escritorio. Y durante los cuatro años que fui Ministro, de dos gobiernos, compartí permanentemente con este Honorable Senado.
Nunca imaginé que mi última intervención en esta Sala sería para dirigirme a ustedes por una acusación constitucional en mi contra, que considero no solo injusta, sino que, permítanme decirles, me causa un profundo dolor en la esencia de mi ser y en la integridad de mi persona, por la materia de la cual trata.
Por ello, antes que nada, quiero señalar que condeno y lamento profundamente las muertes de personas que se han producido, los heridos y la existencia de casos de violación de derechos humanos, como también lamento lo ocurrido con aquellas personas que han sido gravemente dañadas en sus actividades laborales o normales en sus vidas, sean civiles o sean policías. Lo lamento por igual y lo condeno por igual. Mi solidaridad está con sus familias y les expreso mi deseo y anhelo de que se haga una pronta justicia en cada uno de esos casos.
A ustedes les corresponderá mañana ejercer quizá una de las atribuciones más relevantes que tienen los Senadores, y que les confiere la Constitución, por cuanto les tocará decidir en sus conciencias sobre mi inocencia o mi culpabilidad frente a una imputación, como es haber infringido o vulnerado la Constitución, las leyes, o haberlas dejado sin ejecución.
Pero lo más importante para mí es que el cargo que se me hace por haber infringido la Constitución o haber dejado sin ejecución una ley es que se me acusa de haber realizado una omisión deliberada -¡una omisión deliberada!- para facilitar que se cometieran violaciones a los derechos humanos.
Permítanme reiterarles: el cargo que señala la acusación constitucional es este -¡es este!-, no es aquel que algunos de los Diputados acusadores hoy día han querido formular o reformular. El cargo es omitir deliberadamente medidas para evitar violaciones a los derechos humanos.
No voy a repetir los argumentos jurídicos que ha expresado mi abogado don Luis Hermosilla, a quien permítanme agradecerle públicamente su generosidad y profesionalismo en la defensa de mi causa. Lo avala la amistad de toda una vida, aunque en esa vida hayamos recorrido caminos diferentes.
Quiero dirigirme a ustedes brevemente, dada su condición de jurados, en forma personal. Por eso he pedido hablar.
Conozco a cada uno de los miembros de este Senado. A algunos por más años; a otros, en forma más reciente. Solo espero, más allá de nuestras obvias y legítimas diferencias políticas, algo que me importa mucho: que ustedes hayan podido ver en mí a una persona correcta, respetuosa de la ley y que siempre ha estado dispuesta a dialogar y a escuchar.
Este es el camino que he querido recorrer en mi vida pública desde que fui elegido Diputado en 1990, porque, al igual que muchos de ustedes, así entiendo el servicio público.
Eso es para mí de gran importancia.
Y discúlpenme si me equivoco o si abuso de sus confianzas, pero no puedo dejar de decirlo: de cada uno de ustedes siempre he recibido una actitud de respeto y de consideración.
Yo no tengo enemigos. ¡No tengo enemigos! Menos en esta Sala del Senado. En ella, y junto a ustedes, fuimos colegas y siempre entendí -y entiendo- que buscábamos trabajar por nuestro país.
Por eso hoy, aquí, personal y directamente, con profunda convicción, quiero decirles que soy inocente de los cargos que se me formulan en la acusación constitucional. Repito: soy inocente de los cargos que se me formulan en la acusación constitucional.
¡Jamás en el ejercicio de mi cargo como Ministro del Interior he realizado ni he dejado de realizar, deliberada o no deliberadamente, ninguna acción, ninguna medida para permitir el abuso o la violación de los derechos humanos de ninguna persona!
¡Jamás he dejado de hacer, deliberada o no deliberadamente, algo para permitir el abuso de los derechos humanos de ninguna persona! Y menos, obviamente, vulnerando la Constitución o la ley, o dejando esta sin ejecución.
Creo que ustedes son los mejores testigos, desde que inicié mis funciones como Ministro del Interior -sí, fueron testigos-, de que tuve que tomar medidas dolorosas y muy fuertes, precisamente, para que se respetaran los derechos humanos, en este caso, en la institución de Carabineros.
Y luego trabajamos juntos en la Comisión de Seguridad Ciudadana y en esta Sala para desarrollar una política de Estado que permitiera justamente aquello que está en el centro, a mi juicio, del debate nacional: modernizar y perfeccionar la eficacia de nuestras policías para resguardar el orden público, que es fundamental, y, al mismo tiempo, para que lo hicieran con procedimientos que respetaran los derechos humanos.
En eso estábamos trabajando hace dos meses.
La experiencia de estos más de cincuenta días nos ha mostrado dramáticamente qué nos falta -y nos falta mucho- para lograr eso que el país tanto necesita: que el orden público sea siempre compatible con el respeto a los derechos humanos. Porque no existe orden público si no respetamos los derechos humanos. Y en eso estábamos trabajando. Nos falta mucho, y lo necesitamos con urgencia. Y por eso es muy bueno lo que veo como acción de Gobierno ahora de mantener esa prioridad y de buscar nuevas medidas para que se siga trabajando en una política de Estado en esta materia.
Pero, en justicia, déjenme decirlo: el camino para estas reformas tan necesarias lo iniciamos aquí, en conjunto con las Senadoras y los Senadores. Y hace algo más de dos meses aprobamos el primer proyecto de ley de modernización y perfeccionamiento de nuestras policías y de respeto a los derechos humanos unánimemente -¡unánimemente!- en esta Sala. Y esa iniciativa se encuentra hoy día para su tramitación en la Cámara de Diputados. Sí. Y por eso estoy aquí.
Me correspondió, como Ministro del Interior, asumir inesperadamente -inesperadamente para todos- la crisis social más profunda de nuestra historia reciente, que ha sido acompañada por gravísimos ataques de violencia y de destrucción a lo largo de distintas ciudades en nuestro país, lo que ha afectado profundamente nuestro normal funcionamiento institucional y nuestra normal y pacífica convivencia como chilenos y chilenas. Inesperadamente me correspondió a mí asumirla como Ministro del Interior.
Y frente a aquellos que señalan que no se hizo nada, que no hice nada o que fui pasivo frente a esta situación, déjenme decirles que en la crisis inesperada y más violenta que hemos visto y conocido -como lo han sostenido distintas personalidades de los más distintos sectores políticos-, ¡sí!, busqué siempre mantener el orden público, porque el orden público es la base fundamental del funcionamiento de nuestra democracia y de nuestro Estado de derecho.
Y tengo convicción profunda en esa materia.
Esa es la base fundamental.
Instruí a nuestras policías a fin de que en sus procedimientos tuvieran un respeto absoluto a la ley, a sus ordenanzas y a los derechos humanos, como lo señalaron el Director de la Policía de Investigaciones y el General Director de Carabineros. Y esto, señoras Senadoras y señores Senadores, no era algo circunstancial o por el estado de emergencia, sino que fue una conducta permanente, ¡permanente!, obviamente afianzada y fortalecida durante esos días por la crisis de violencia que vivíamos.
Y esas instrucciones se han visto reflejadas en más de quinientos sumarios que ha realizado Carabineros -sumarios internos-, en cientos de denuncias hechas por Carabineros a la fiscalía y en las acciones judiciales que ha presentado el Instituto Nacional de Derechos Humanos.
¡Funcionaron todas las instituciones del Estado de derecho, que no es algo regalado, que no es algo gratis!
Cuando se vivía, y cuando se vive la crisis social más profunda -como la hemos reconocido-, acompañada, además, de los gravísimos actos de violencia y de vandalismo que hemos conocido, disculpe, señor Diputado, ¡no es gratis que funcionen todas las instituciones del Estado de derecho en la más absoluta libertad y autonomía, como sus máximas autoridades lo han señalado!
¡Ha existido total transparencia! Todos los días, desde que se inició la crisis, estando yo como Ministro y estando el actual Ministro, don Gonzalo Blumel, se ha entregado un informe sobre todas las situaciones producidas durante las últimas veinticuatro horas. Y el Ministerio de Justicia dispone de una página web en la Subsecretaría de Derechos Humanos donde se encuentran todos los antecedentes acerca de cada situación que se ha establecido.
En medio del ejercicio de mi cargo, a tres días de haberse iniciado este conflicto y esta violencia, me reuní con el Director del Instituto Nacional de Derechos Humanos. Y no solo coordinamos acciones permanentes con él, sino que le expresé y recibió todo nuestro apoyo y toda nuestra colaboración, incluso financiera, para que pudiese desarrollar su tarea y fortalecer sus labores. Y en esa reunión le señalé personalmente a don Sergio Micco que como Director de un organismo del Estado lo necesitaba y que éramos ¡socios, colaboradores, coordinadores, para trabajar en conjunto a fin de evitar, conocer y actuar frente a cualquier acción irregular, ilícita o de abuso a los derechos humanos!
Invitamos a los máximos organismos internacionales a observar y fiscalizar todas las acciones policiales e institucionales durante estos tiempos de crisis. Y se les han otorgado por parte del Gobierno, como ellos lo han reconocido, ¡todas las facilidades para desarrollar sus labores!
Comparecí ante la Cámara de Diputados para dar cuenta de mi gestión y responder las inquietudes y preguntas que me formularon las señoras y los señores Diputados, en medio de la primera semana de crisis en la cual ejercí mi cargo. Y ahí les señalé a las Diputadas y a los Diputados que el estado de emergencia se cumplía dentro del Estado de derecho. Y públicamente les dije que eso significaba que las Policías desarrollaban su acción y sus deberes de orden público en el fiel cumplimiento de la ley, de sus protocolos y del respeto a los derechos humanos. ¡Lo dije en la Cámara de Diputados!, el día miércoles de esa semana.
Y pueden ser curiosidades, pero vale la pena destacarlo: en medio del estado de emergencia, siendo Ministro del Interior, se desarrolló en nuestro país lo que se ha llamado "la marcha más grande de la historia". Y se realizó pacíficamente, ¡pacíficamente!, en medio del estado de emergencia y siendo Ministro del Interior.
Y quizás lo más importante: todos los actos ilícitos, abusos o violaciones de derechos humanos, ¡todos!, están siendo investigados por la justicia y se encuentran bajo sumarios internos de las instituciones correspondientes.
No nos apresuremos. Recién el abogado Hermosilla dio cuenta de lo que significa apresurarse.
Cuando fui Ministro del Interior, tomamos, como Gobierno, todas las medidas para que no existiera impunidad para nadie. ¡Para que no existiera impunidad para nadie! Ni para las personas fallecidas, ni para las personas heridas, ni para el carabinero o la mujer PDI que sufrió el impacto de una bala, ni para el ciudadano abusado en sus derechos humanos, ni tampoco para aquel comerciante que fue saqueado, en muchas oportunidades, y perdió el producto y el trabajo de toda una vida.
Esto es lo que corresponde en un Estado democrático de derecho, con el Ministerio Público funcionando en plenitud, la Defensoría Pública funcionando en plenitud, y los tribunales de justicia, siempre actuando con libertad y autonomía.
¿Saben, señores Senadores y señoras Senadoras? Nunca vamos a estar exentos, ni nadie puede garantizar, aunque todos lo deseamos, que no se vayan a violar o vulnerar los derechos humanos. ¿Pero saben cuál es la defensa de la democracia cuando hechos condenables se producen? ¡Que funcione el Estado de derecho y que no exista impunidad! ¡Así es como la democracia se defiende frente a la violación o vulneración de un derecho humano!
El día 25 de octubre -¡sí, señor Diputado!-, asumí mi responsabilidad política. ¡El día viernes 25 de octubre asumí mi responsabilidad política! Porque ese día le presenté mi renuncia al Presidente de la República. Le dije que ya no era un colaborador útil en la tarea de velar por el orden público, ni menos aún en otra tarea indispensable, como era iniciar una nueva etapa que abordara los desafíos de la crisis del país.
El lunes 28 se produjo el cambio de gabinete y dejé de ser Ministro del Interior y Seguridad Pública.
Asumí mi responsabilidad política, y lo hice de cara al país.
Quiero ir terminando mis palabras señalando que hoy, ante este Senado, se me acusa de infringir la Constitución y las leyes o de haberlas dejado sin ejecución, deliberadamente, es decir, con el propósito, la voluntad y la conciencia de dejarlas sin ejecución. Podrán tener, obviamente, la más legítima opinión sobre si lo hice bien, mal o regular -¡evidente!-, pero, señoras Senadoras y señores Senadores, jamás he cometido una omisión deliberada para permitir que se violen los derechos humanos.
Me atrevo a señalar que existe una enorme distancia entre esa evaluación política, tan legítima, que se puede hacer de mi gestión, y las imputaciones que se formulan en mi contra. Y en estos momentos, de graves convulsiones, como los que hemos vivido, sí, es fácil confundir estos planos, ¡es fácil!, y todos podemos caer en esa situación.
Jamás, porque le faltaría el respeto a este Senado, pediría que avalaran mi desempeño. ¡No! Quiero pedir, sí, que evalúen, jurídicamente, si mi conducta es o no es reprochable desde un punto de vista constitucional.
Cada uno de ustedes, en su calidad de jurado, debe decidir sobre mi inocencia o culpabilidad.
Como les decía, no les pido que respalden mis decisiones -pueden ser los críticos más duros de ellas-, pero, con mucho respeto, solo les pido y me atrevo a pedirles que reflexionen en conciencia sobre el asunto sometido a vuestra consideración.
Más allá de mi persona, lo más relevante es que el Senado cumpla con su función constitucional con total libertad y autonomía. No se puede actuar por posiciones políticas de partido o de bancada, como, lamentablemente, lo vimos en el pasado. Tampoco -quiero ser muy sincero- me parece justo que se acuse, como se escucha y he escuchado, "porque tiene que haber un responsable", "¡porque tiene que haber un responsable!", o porque hay que entregar una suerte de chivo expiatorio.
¡No es justo!
Y a ustedes, que van a tener que decidir en conciencia, les pido que, en la serenidad de esa conciencia, puedan reflexionar sobre este punto. Porque con ello, además, se le puede estar causando un grave daño a una persona y a su familia, ¡un grave daño!, frente a situaciones sobre las cuales ustedes no tendrán responsabilidades ni controles.
Una vez más -y tengo la esperanza de que esta vez exista una justa respuesta-, está en juego la credibilidad de la política y de las instituciones de la república.
Termino estas palabras, que serán las últimas que dirijo en esta Sala, reiterando mi aprecio y respeto por este Senado, como institución fundamental de la democracia, y porque fue mi casa y le tengo un gran cariño.
He querido decirles personalmente, directamente, con el mayor respeto, con humildad pero con una profunda convicción, que soy inocente de los cargos que se me han formulado, porque jamás he desarrollado una acción deliberada que permita la violación de los derechos humanos.
Chile hoy día, más que nunca, necesita construir justicia y dignidad, pero ello no se construye sobre lo que creo es una injusticia.
Sobre la injusticia solo se siguen construyendo más injusticias.
Gracias por escucharme, señoras y señores Senadores.

El señor QUINTANA (Presidente).- De esta manera, el ex Ministro del Interior don Andrés Chadwick Piñera ha ejercido su derecho, establecido en los principios del debido proceso que también rigen este juicio constitucional, a intervenir y hacer uso de la palabra en esta Sala.
Así, se han cumplido todas y cada una de las etapas del juicio constitucional correspondientes al día de hoy.
La sesión de mañana tiene por objeto iniciar la votación y, para tal efecto, le voy a dar la palabra al señor Secretario General, a fin de que comunique los últimos acuerdos de Comités.

El señor GUZMÁN (Secretario General).- Gracias, señor Presidente.
Los Comités, en reunión celebrada el día de hoy, adoptaron, en relación con la sesión del día de mañana, los siguientes acuerdos:

1.- Para fundamentar el voto, cada señora Senadora y cada señor Senador dispondrá de quince minutos, en total, respecto de los dos capítulos de la acusación constitucional. Con tal propósito, quienes deseen fundamentar su voto deberán inscribirse para hacer uso de la palabra.

2.- Terminada la fundamentación, se procederá a la votación separada de cada uno de los capítulos de la acusación, es decir, se efectuarán dos votaciones, las que se realizarán de forma electrónica.

3.- La sesión de mañana miércoles será llamada a las 9:45 horas.
Es todo
, señor Presidente .


El señor QUINTANA (Presidente).- Muy bien.
Por haberse cumplido su objetivo, y agradeciendo a todos los intervinientes que participaron en ella, se levanta la sesión, sin perjuicio de dar curso a las peticiones de oficios que han llegado a la Mesa.
PETICIONES DE OFICIOS
--Los oficios cuyo envío anunció el señor Presidente son los siguientes:
De la señora ALLENDE:
Al Director del Serviu de Valparaíso, para que informe sobre IMPLEMENTACIÓN DE MEDIDAS CONTENIDAS EN LEY SOBRE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES E INCLUSIÓN SOCIAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN OBRAS LLEVADAS A CABO POR ESE SERVICIO.
Al Secretario Ejecutivo de la Comisión Nacional de Riego, pidiéndole dar a conocer APORTES A EMPRESAS EN QUE TENGAN PARTICIPACIÓN COMO ACCIONISTAS, PROPIETARIOS O A TRAVÉS DE SOCIEDADES LIGADAS A ASESORÍAS DON ANTONIO WALKER PRIETO Y DOÑA ANDREA LECAROS VERGARA.
Y al Director General de Aguas, solicitándole INFORMACIÓN ACTUALIZADA SOBRE CONCENTRACIÓN DE DERECHOS DE APROVECHAMIENTO DE AGUAS NO CONSUNTIVOS A NIVEL NACIONAL, POR GRUPO ECONÓMICO Y POR PORCENTAJES.
Del señor DE URRESTI:
Al Ministro de Desarrollo Social y a la Ministra del Deporte, requiriéndoles ANTECEDENTES ACERCA DE PROYECTO DE CONSTRUCCIÓN DE CAMARINES EN GIMNASIO FISCAL DE LA COMUNA DE RÍO BUENO.
A la Ministra del Trabajo y Previsión Social y al Ministro de Vivienda y Urbanismo, pidiéndoles ORIENTACIÓN ANTE PROBLEMA QUE AQUEJA A DOÑA INÉS MÁRQUEZ, DE RÍO BUENO, POR DIVIDENDOS ATRASADOS.
Al Ministro de Obras Públicas y al Director de Obras Hidráulicas, pidiéndoles remitir antecedentes acerca de INCLUSIÓN DE COMITÉ DE ADELANTO QUILACO, COMUNA DE LA UNIÓN, EN PROYECTO DE AMPLIACIÓN Y MEJORAMIENTO DEL APR PUERTO NUEVO; INCLUSIÓN DE 25 FAMILIAS DE SECTOR CHAPUCO BAJO EN SISTEMA DE AGUA POTABLE RURAL DE REUMEN, COMUNA DE PAILLACO; PRIORIZACIÓN DE PROYECTO DE NUEVO SONDAJE PARA AVANZAR CON PROYECTO DE AGUA POTABLE PARA EL APR PINDACO, COMUNA DE RÍO BUENO; PRIORIZACIÓN DE CONSTRUCCIÓN DE SERVICIO DE AGUA POTABLE RURAL DEL APR LIPINGUE, COMUNA DE LOS LAGOS; INCLUSIÓN DE PROYECTO APR FILUN, COMUNA DE VALDIVIA, EN APR CUESTA SOTO; PRIORIZACIÓN DE PROYECTO DE SONDAJE EN APR PICHIRROPULLI, COMUNA DE PAILLACO, Y PRIORIZACIÓN DE ESTUDIO DE INGENIERÍA PARA MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DE APR REUMEN, COMUNA DE PAILLACO.
Al Ministro de Obras Públicas y al Director de Vialidad, pidiéndoles ANTECEDENTES ACERCA DE OBRAS QUE EL MOP CONTEMPLA REALIZAR EN RUTA ITROPULLI-PAILLACO, REGIÓN DE LOS RÍOS.
Al Ministro de Salud, para que informe, en relación con el Hospital Base de Valdivia, sobre MOTIVOS DE FALTA DE INSUMOS A INICIOS DE OCTUBRE; COMPROMISO ADOPTADO EN ABRIL DE ESTE AÑO DE DESTINAR RECURSOS PARA IMPLEMENTACIÓN DE EQUIPOS PARA EL LABORATORIO DE REFERENCIA DE VIRUS HANTA; NUEVO EQUIPO ACELERADOR LINEAL DEL SERVICIO DE ONCOLOGÍA, Y PROYECTO PARA CONTAR CON UN EQUIPO PET/TC; consultándole por CANTIDAD DE PACIENTES MENORES DE EDAD AFECTADOS POR APLASIA MEDULAR EN LISTA DE ESPERA PARA TRASPLANTE Y POR FACTIBILIDAD DE INGRESO DE ESTA PATOLOGÍA A GES, y solicitándole INFORME SOBRE CASO DE MENOR BASTIÁN OLIVARES PIZARRO, QUIEN PADECE DE LEUCEMIA LINFOBLÁSTICA AGUDA.
Al Ministro de Bienes Nacionales, requiriéndole antecedentes acerca de PROCESO DE SANEAMIENTO DE TERRENO A NOMBRE DE DON MARCIAL MÁRQUEZ ARAYA, DE LA COMUNA DE RÍO BUENO, y consultándole por NÚMERO DE PROCESOS RESUELTOS Y EN CURSO EN ESA COMUNA DURANTE 2019.
Al Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo y al Alcalde de Mariquina, respecto de POSIBILIDAD DE PRIORIZAR PROYECTO DE AGUA POTABLE PARA SECTOR DE LONGAHUE, COMUNA DE MARIQUINA.
A la Alcaldesa de Paillaco, planteándole posibilidad de gestionar TERRENO PARA JUNTA DE VECINOS SANTA ELENA, PARA FUTURA CONSTRUCCIÓN DE ESPACIO COMUNITARIO.
Al Director Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero y al Intendente Regional de La Araucanía, solicitándoles antecedentes sobre PROGRAMA DE SANIDAD APÍCOLA, FINANCIADO POR GOBIERNO REGIONAL DE LA ARAUCANÍA Y EL SAG.
Y al Vicepresidente Ejecutivo de Corfo, requiriéndole información acerca de FIRMA DE ANEXO A CONTRATO DE ARRIENDO DE CORFO CON SQM POR PERTENENCIAS QUE EMPRESA EXPLOTA EN SALAR DE ATACAMA EN REGIÓN DE ANTOFAGASTA.
Del señor NAVARRO:
Al Ministro del Interior y Seguridad Pública y al Ministro de Relaciones Exteriores, consultándoles por ENTREGA DE VISAS HUMANITARIAS PARA PERSONAS VENEZOLANAS.
Al Ministro del Interior y Seguridad Pública y al Departamento de Extranjería y Migración, haciéndoles presente DEMORA EN ENTREGA DE DOCUMENTACIÓN y solicitándoles ESTADÍSTICAS DE MIGRANTES INGRESADOS AL PAÍS EN ÚLTIMOS CINCO AÑOS Y DE ENTREGA DE DOCUMENTACIÓN CORRESPONDIENTE.
Al Ministro del Interior y Seguridad Pública, al Subsecretario del Interior y a Carabineros de Chile, planteándoles DIVERSAS CONSULTAS RESPECTO DE NUEVAS ARMAS NO LETALES QUE SE ADQUIRIRÁN.
Al Ministro de Relaciones Exteriores, haciéndole presente DEMORA EN ENTREGA DE VISA DEMOCRÁTICA.
Al Ministro de Economía, Fomento y Turismo, a la Ministra del Trabajo y Previsión Social, al Gobierno Regional del Biobío, al Seremi de Economía del Biobío y al Seremi del Trabajo del Biobío, preguntándoles por MEDIDAS ADOPTADAS PARA APOYAR ECONOMÍA Y COMERCIO REGIONAL, y solicitándoles CIFRAS E ÍNDICES ACTUALIZADOS Y COMPARATIVOS DE ACTIVIDAD DE ÚLTIMOS TRES AÑOS EN ESTA ÉPOCA.
Al Ministro de Obras Públicas, consultándole acerca de PAVIMENTO CON IMPERFECCIONES EN TRAMO DE AVENIDA LA ARAUCANA ESQUINA CALLE TEGUALDA, COMUNA DE HUALQUI.
Al Ministro de Obras Públicas y al Alcalde de Coronel, con respecto a FORADOS EN CALLE PUCHOCO CON BUEN RETIRO, CALLE YOBILO ALTURA DE POBLACIÓN FRANK MARDONES, CALLE YOBILO ALTURA ROTONDA PUENTE POBLACIÓN LA LEÑA 3, Y CALLE LOS CHIFLONES ALTURA DE PASO SECO; FALTA DE TAPA DE ALCANTARILLADO EN ENTRADA DE POBLACIÓN GABRIELA MISTRAL; ARBUSTOS QUE DIFICULTAN VISIBILIDAD DE VEHÍCULOS EN CALLE FRANCIA CON GALVARINO; BASURAL EN POBLACIÓN CAMILO OLAVARRÍA; AUSENCIA DE "LOMOS DE TORO" EN POBLACIÓN JORGE ALESSANDRI, CALLE CERRO ALTO NEVADO ALTURA DEL 200, CALLES VOLCÁN OSORNO Y VOLCÁN PUYEHUE, CALLE JUAN ANTONIO RÍOS Y CALLE CERRO ALTO NEVADO CON VOLCÁN PUYEHUE; FORADO EN CALLE BALMACEDA ENTRE CALLES CARVALLO Y DEMOCRACIA, Y PINTURA DE "LOMOS DE TORO" EN CALLE YOBILO.
Al Ministro de Salud, pidiéndole dar a conocer COSTOS DE HORAS HOMBRE Y MATERIAL CLÍNICO EN QUE HAN INCURRIDO HOSPITALES Y CENTROS ASISTENCIALES DE REGIÓN DEL BIOBÍO DESDE INICIO DE MANIFESTACIONES EL 18 DE OCTUBRE DE 2019, ASÍ COMO RECURSOS ADICIONALES Y AFECTACIÓN DE INSUMOS DE ATENCIÓN GENERAL.
Al Ministro de Salud, al Alcalde de Hualqui y al Gobierno Regional del Biobío, requiriéndoles información relativa a PROYECTO PARA CREACIÓN DE NUEVO CESFAM EN AVENIDA EL ÁGUILA.
Al Ministro de Salud, al Alcalde de Concepción, al Seremi de Salud del Biobío, al Consejo de Desarrollo Local de Salud Cesfam y al Centro de Salud Mental Cosam de Concepción, con relación a PREOCUPANTE AUMENTO DE VIH EN CHILE Y FALTA DE ACCESO A TEST DE ELISA EN PROVINCIA DE CONCEPCIÓN.
Al Ministro de Vivienda y Urbanismo y al Director del Departamento de Obras Municipales de Lebu, pidiéndoles antecedentes referidos a ESTADO DE PROYECTO INMOBILIARIO "LOS HUÉRFANOS".
A la Ministra de Transportes y Telecomunicaciones, al Alcalde de Concepción y al Seremi de Transportes del Biobío, en cuanto a DESTRUCCIÓN Y REPOSICIÓN DE SEÑALÉTICA Y SEMÁFOROS EN CENTRO DE CONCEPCIÓN, AVENIDA LOS CARRERA, AVENIDAS PAICAVÍ-FREIRE-MAIPÚ Y O'HIGGINS.
Al Ministro de Bienes Nacionales, al Alcalde de Los Álamos y al Sernatur del Biobío, sobre ESTADO DE CONSERVACIÓN DE LAGUNA ANTIHUALA.
Al Ministro de Bienes Nacionales y a la Oficina de Turismo de la Municipalidad de Cañete, solicitándoles información atinente a ACCESOS GRATUITOS A PLAYAS DEL LAGOLANALHUE.
A la Ministra del Medio Ambiente y a los Alcaldes de Coronel, Lota, Penco y Tomé, haciéndoles diversas consultas relacionadas con APERTURA DE PLAYAS DE REGIÓN DEL BIOBÍO PARA TEMPORADA 2019-2020.
A Carabineros de Chile, pidiéndole información detallada acerca de BOMBAS LACRIMÓGENAS Y BALINES DE GOMA UTILIZADOS ENTRE EL 18 DE OCTUBRE Y EL 30 DE NOVIEMBRE DE 2019 EN PROVINCIA DE CONCEPCIÓN.
A Carabineros de Chile y a la Policía de Investigaciones, pidiéndoles precisar NÚMERO DE DETENIDOS, CON INDICACIÓN DE CAUSAS Y SU ESTADO, ASÍ COMO COMPOSICIÓN QUÍMICA DE LÍQUIDOS ALMACENADOS EN GUANACOS PARA DISPERSAR A MANIFESTANTES.
A la Alcaldesa de Hualpén, pidiéndole REPARACIÓN DE VÍA EN MAL ESTADO DESDE 2010, UBICADA EN CRUCE DE CALLES Nos II Y VII Y CATALAÑO.
Al Alcalde de Cañete, haciéndole presente PROBLEMAS DE PRESIÓN DE AGUA POTABLE RURAL QUE AFECTA A 30 FAMILIAS DE SECTOR "LA CURVA" DE CAYUCUPIL, y consultándole por ESTADO DE OBRA DE MEJORAMIENTO DE PLAZA DE ARMAS.
Al Alcalde de Tirúa, para que envíe REGISTROS DE SINDICATOS DE PESCA.
Al Alcalde de Los Álamos, planteándole PROBLEMAS DE SEÑALÉTICAS POCO VISIBLES EN SECTOR "TRES PINOS".
A los Alcaldes de Coronel, Lota, Penco y Tomé, para que informen sobre NÚMERO DE HERIDOS, AHOGADOS Y CONSUMIDORES DE ALCOHOL EN PLAYAS EN 2017 Y 2018; CANTIDAD DE SALVAVIDAS CAPACITADOS PARA MANTENER SEGURIDAD EN PLAYAS; BAÑOS Y DUCHAS PREVISTOS PARA ESTA TEMPORADA; MECANISMO DE COLABORACIÓN CON CARABINEROS PARA CONTROLAR DELITOS Y VENTAS AMBULANTES EN PLAYAS, Y CAMPAÑAS EDUCATIVAS PARA USUARIOS A FIN DE TENER UN VERANO SEGURO Y LIMPIO.
A todos los Alcaldes de las comunas de la Región del Biobío, al Superintendente de Servicios Sanitarios y al Seremi de Salud del Biobío, solicitándoles antecedentes respecto de CONSTANTES CORTES DE AGUA; CANTIDAD DE ROTURAS DE MATRIZ Y SIMILARES; MANTENCIONES DE ESSBIO POR COMUNA ESTE AÑO; SOLUCIONES Y CARACTERÍSTICAS DE CADA EVENTO; TIEMPO DE REPOSICIÓN DE SUMINISTRO, Y COMPENSACIONES PARA USUARIOS.
A la Alcaldesa de Hualpén y al Gobierno Regional del Biobío, pidiéndoles SOLUCIÓN ANTE PARALIZACIÓN Y DESTRUCCIÓN DE OBRA DE SEDE DE JUNTA DE VECINOS Nº 507H DE CERRO AMARILLO, FINANCIADA CON SUBVENCIÓN DE GOBIERNO REGIONAL.
Al Alcalde de Cañete y al Ministerio de Obras Públicas Región del Biobío, haciéndoles presente DIFICULTAD PARA PASO DE TRANSEÚNTES POR ESCOMBROS DEBIDO A MEJORAMIENTO DE CARRETERA P60 SECTOR VIALIDAD.
Al Alcalde de Concepción, a la Cámara de Comercio y Producción y a la Cámara de Comercio y Producción de Concepción, para que remitan CATASTRO DE LOCALES SAQUEADOS, INDICANDO NÚMERO DE PYMES Y GRANDES TIENDAS AFECTADAS.
Al Alcalde de Curanilahue y a la Unión Comunal de Juntas de Vecinos de Curanilahue, requiriéndoles REGISTRO ACTUALIZADO DE JUNTAS DE VECINOS DE LA COMUNA, CON DATOS DE CONTACTO.
Al Alcalde de Cañete y a la Encargada de la Oficina de Medioambiente de Cañete, solicitándoles información respecto de ESTADO DE MICROBASURAL EN SECTOR LA GRANJA EN ZONA ALEDAÑA A COMPLEJO DEPORTIVO.
A la Asociación de Municipios de Chile y a la Asociación de Municipios del Biobío, pidiéndoles antecedentes referidos a CONSULTA CIUDADANA DE 15 DE DICIEMBRE: COMUNAS PARTICIPANTES, PREGUNTAS CONFIRMADAS Y PROMOCIÓN DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA.
A la Gobernadora de Arauco y a la Asociación de Municipalidades de Arauco, requiriéndoles información sobre CATASTRO DE COMERCIO DAÑADO TRAS MOVILIZACIONES EN PROVINCIA DE ARAUCO.
Al Gobierno Regional del Biobío, al Seremi de Salud del Biobío, al Servicio de Salud de Concepción y al Servicio de Salud de Talcahuano, solicitándoles dar a conocer MEDIDAS ADOPTADAS ANTE MASIVO CORTE DE AGUA DE ESTA SEMANA.
Al Gobierno Regional del Biobío y al Servicio Nacional de Turismo, pidiéndoles indicar MEDIDAS ADOPTADAS PARA APOYO A TURISMO REGIONAL ANTE BAJA MOSTRADA EN ÚLTIMAS SEMANAS.
Al Director del Fondo Nacional de Salud y a la Directora Zonal Centro Sur, requiriéndoles información acerca de CATÁLOGO DE PRESENTACIONES DE FONASA VIGENTE A LA FECHA.
A la Directora Regional del Sename del Biobío, al Director del Centro de Protección Arrullo, a la Directora del Centro de Protección Capullo y al Director del Centro de Protección Nuevo Amanecer, pidiéndoles informar ASISTENCIA A CONTROLES DE SALUD DE NIÑOS Y NIÑAS DE PROGRAMA DE SALUD INFANTIL DE REGIÓN DEL BIOBÍO.
Al Director Regional del Serviu del Biobío, dándole a conocer NECESIDAD DE COMODATO PARA SEDE DE JUNTA DE VECINOS N° 55 EL ESFUERZO, DE PEÑUELAS II.
Al Director Regional de Conaf del Biobío, requiriéndole información sobre CAMPAÑAS DE PREVENCIÓN DE INCENDIOS FORESTALES EN PROVINCIA DE ARAUCO.
A los Directores de los Servicios de Salud Concepción, Talcahuano, Biobío y Arauco, pidiéndoles antecedentes referidos a LISTAS DE ESPERA CON CORTE AL 30 DE NOVIEMBRE DE 2019 (LE QUIRÚRGICAS, LE PROCEDIMIENTOS QUIRÚRGICOS, LE CIRUGÍAS COMPLEJAS), DETALLANDO FECHA DE INGRESO, GRUPO ETARIO Y DIAGNÓSTICO CLÍNICO.
A los Servicios de Salud en Chile, solicitándoles antecedentes sobre NÚMERO DE PERSONAS ATENDIDAS POR INSTITUCIONES DE SALUD DURANTE PROTESTAS INICIADAS EL 18 DE OCTUBRE DE 2019, INDICANDO CAUSAS DE ATENCIÓN, TIPO DE LESIONES Y SI FUERON INFORMADAS SOBRE SU DERECHO A DENUNCIAR ESTAS VIOLACIONES.
Al Director del Hospital El Salvador y a los señores Presidente y Vicepresidente de la Sociedad Chilena de Oftalmología, pidiéndoles información acerca de HERIDOS CON PÉRDIDA TOTAL DE GLOBO OCULAR, PÉRDIDA TOTAL DE VISIÓN, SEA DE UN OJO O DE AMBOS, PRODUCTO DE LESIONES PROVOCADAS POR AGENTES DEL ESTADO.
Y al Director del Hospital Clínico Regional Doctor Guillermo Grant Benavente, requiriéndole información sobre LISTAS DE ESPERA CON CORTE AL 30 DE NOVIEMBRE DEL AÑO EN CURSO DE LE QUIRÚRGICAS (PRESTACIÓN TIPO 4), LE PROCEDIMIENTOS QUIRÚRGICOS (PRESTACIÓN TIPO 3), LE CIRUGÍAS COMPLEJAS (PRESTACIÓN TIPO 5), IDENTIFICANDO PACIENTES COMGES, SENAME, VALECH Y PRAIS.
Del señor SANDOVAL:
Al Ministro de Desarrollo Social y Familia, al Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo, a la Dirección de Presupuestos y a la Directora del Servicio Nacional de la Discapacidad, solicitándoles antecedentes acerca de COMPROMISOS ADQUIRIDOS CON GOBIERNO DURANTE DISCUSIÓN PRESUPUESTARIA PARA ADECUACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO DE PROCEDIMIENTO DE ASIGNACIÓN DE RECURSOS A INSTITUCIONES PRIVADAS SIN FINES DE LUCRO QUE DESARROLLEN ACTIVIDADES DE ATENCIÓN Y PROGRAMAS DE APOYO A PERSONAS MAYORES Y CON DISCAPACIDAD.
Al Ministro de Bienes Nacionales, recabándole información sobre NÓMINA DE SOLICITUDES DE REGULARIZACIÓN DE TÍTULOS DE PROPIEDAD PENDIENTES Y NÓMINA DE PREDIOS ENTREGADOS EN ARRIENDO Y CONCESIÓN EN REGIÓN DE AYSÉN.
Y al Seremi de Bienes Nacionales de Aysén, para que remita antecedentes relativos a REQUERIMIENTO DE PEDRO GONZÁLEZ ZÚÑIGA, POBLADOR DE COMUNA LAGO VERDE, PARA ACCESO A 455 HECTÁREAS UBICADAS EN SECTOR EL TURBIO A FIN DE DESTINARLAS A FORRAJE PARA SUS ANIMALES, y solicitándole AMPLIACIÓN DE PLAZO PARA DESARME Y RETIRO DE MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN DESDE INMUEBLE FISCAL QUE ARRIENDA DON SERGIO SORIANO BARRÍA EN COMUNA DE COCHRANE.
De la señora RINCÓN:
Al Superintendente de Seguridad Social, para que informe sobre IRREGULARIDADES EN MATERIA DE LICENCIAS MÉDICAS POR SÍNDROME DE TRASTORNO DEL DESARROLLO DURANTE EL AÑO EN CURSO, INDICANDO CAUSAS Y FUNDAMENTOS LEGALES PARA SU RECHAZO POR INSTITUCIONES DE SALUD PREVISIONAL.
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--Se levantó la sesión a las 18:08.
Daniel Venegas Palominos
Jefe de la Redacción subrogante