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ELIMINACIÓN DE INHABILIDAD DE CONSEJEROS REGIONALES PARA SER CANDIDATOS A ALCALDE O CONCEJAL


El señor QUINTANA (Presidente).- Corresponde continuar la discusión general del proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que modifica el artículo 74 de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, respecto de las inhabilidades de los consejeros regionales para ser candidatos a alcalde y concejal, con informe de la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización.
--Los antecedentes sobre el proyecto (12.524-06) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley (moción de los Senadores señores Chahuán, señoras Aravena y Órdenes y señor Elizalde):
En primer trámite: sesión 8ª, en 9 de abril de 2019 (se da cuenta).
Informe de Comisión:
Gobierno, Descentralización y Regionalización: sesión 29ª, en 2 de julio de 2019.
Discusión:
Sesión 46ª, en 4 de septiembre de 2019 (queda pendiente la discusión en general).
El señor QUINTANA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Cabe recordar que la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización discutió este proyecto solamente en general, no obstante ser de artículo único, con el objeto de otorgar a Sus Señorías la oportunidad de perfeccionar y enriquecer la iniciativa con ocasión del segundo informe.
Asimismo, la Comisión hace presente que el artículo único del proyecto tiene el carácter de norma orgánica constitucional, por lo que requiere para su aprobación 24 votos favorables.
Por otra parte, cabe mencionar que los Comités acordaron que, una vez aprobada en general, la iniciativa pase por un plazo de quince días a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento para ser informada por dicho órgano técnico.
Es todo, señor Presidente.
El señor QUINTANA (Presidente).- Muchas gracias, señor Secretario.
En discusión general el proyecto.
Tiene la palabra el Senador señor Letelier, Presidente de la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización.


El señor LETELIER.- Señor Presidente, estimados colegas, existen varios proyectos que se han sometido a la consideración de la Comisión de Gobierno con relación a las inhabilidades para ser candidatos a diferentes funciones públicas.
Ha habido debates sobre quiénes pueden o no pueden ser candidatos a gobernadores regionales y, de la misma forma, sobre las inhabilidades para ser candidato a alcalde.
La Asociación de Consejeros Regionales ha manifestado su insistencia en cuanto a lo que ellos consideran una discriminación, y ha promovido esta modificación legal mediante un proyecto que, en esencia, propone -esto, por lo menos, en sus ideas matrices y por eso la Comisión lo aprobó solo en general, en el entendido de que tiene que volver a la Comisión para estudiar las indicaciones- que los consejeros regionales no estén sujetos a la obligación de renunciar un año antes de la elección municipal para los efectos de ser candidatos a alcaldes o concejales.
Ese es el alcance puntual.
En la Comisión de Gobierno no hicimos el debate sobre todas las inhabilidades ni su armonización. Lo que hemos hecho es aprobar la idea de legislar en esta materia para ver si los consejeros regionales deben o no deben renunciar y en qué plazos.
No obstante lo anterior, es evidente que la aprobación general del proyecto indica la voluntad de revisar la situación actual.
Lo que se busca es eliminar el plazo de un año previo a la elección para que los consejeros regionales renuncien a su cargo.
Esta fue una petición transversal que, evidentemente, requiere su precisión en la discusión particular, dado que el proyecto establece ciertos roles durante los meses previos a que la elección se realice.
El criterio general es que los consejeros regionales tengan que renunciar a su función plena al momento de la inscripción de las candidaturas.
Esa es la idea matriz del proyecto que se somete a consideración de la Sala del Senado.
El señor QUINTANA (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora Luz Ebensperger.


La señora EBENSPERGER.- Señor Presidente, pertenezco a la Comisión de Gobierno, y en una primera instancia di mi voto favorable a este proyecto de ley.
Sin embargo, tras un profundo estudio, quiero solicitar a la Mesa segunda discusión a su respecto.
Y señalo por qué.
Hoy día nuestro país no tiene un catálogo de inhabilidades sistémico -por llamarlo de alguna manera-, pero sí cuenta con una normativa general que establece inhabilidades y la posibilidad de renuncia al cargo que se está ejerciendo para postular a uno de elección popular en una institución distinta a aquella en que el candidato se desempeña.
En consecuencia, si hoy día el proyecto es aprobado en general, se convierte en ley y, por tanto, se acuerda levantar esta inhabilidad a los consejeros regionales, vamos a crear una discrecionalidad, porque, así como los consejeros regionales están sujetos a la exigencia de renunciar con un año de anticipación para ser alcaldes, estos también la tienen para ser cores o gobernadores regionales, es decir, para postular a un cargo de elección popular en una institución diferente.
¿Por qué, entonces, liberar solo a los consejeros regionales? ¿Por qué no liberar también a los alcaldes para que no tengan que renunciar un año antes si quieren ser cores o gobernadores?
Creo que ahí hay una diferencia, hay un punto.
Además, la única autoridad que tiene la inhabilidad de un año para presentarse a una elección popular a la misma institución en la que ejerce es el futuro gobernador regional, que, en este caso, son los intendentes. Los futuros gobernadores tienen, no obstante que quieran ir a la reelección, la obligación de renunciar un año antes, inhabilidad que no tienen los cores, inhabilidad que no tienen los alcaldes, inhabilidad que no tiene ninguna otra autoridad.
Vuelvo a decirlo: si aprobamos dejar sin efecto la inhabilidad de los cores de un año para ser alcaldes, se producirá una discrecionalidad con respecto a otras autoridades.
Y, por favor, ¿por qué pido segunda discusión? No porque esté en desacuerdo con liberar esta inhabilidad, sino porque tenemos que ser justos y hacer lo mismo con el resto.
¿Por qué solo para una autoridad, en este caso los cores? ¿Por qué no liberar, entonces, la autoridad de los alcaldes para ser gobernadores regionales?
Esa es la razón por la cual solicito segunda discusión del proyecto.
Y anuncio mi abstención, en caso de que esta no sea acogida.
El señor QUINTANA (Presidente).- Tiene la palabra el Senador David Sandoval.
El señor SANDOVAL.- Señor Presidente, ¿qué pasó con la petición?
El señor QUINTANA (Presidente).- La segunda discusión significa que el proyecto no se va a votar, pero no que se deje de discutir.
Tengo ocho Senadores inscritos.
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El señor MONTES.- ¿Me permite, señor Presidente?
El señor QUINTANA (Presidente).- Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor MONTES.- Señor Presidente, solamente quiero pedirle que recabe la autorización de la Sala para que, de aquí al próximo viernes, a las 12, la Comisión de Infancia pueda presentar indicaciones al proyecto que crea el nuevo servicio de protección a la niñez.
Es un acuerdo unánime.
La señora VON BAER.- ¡No, señor Presidente!
El señor MONTES.- ¿No? El Ejecutivo nos pidió la posibilidad de presentar indicaciones hasta el próximo día viernes...
El señor LETELIER.- ¡Sí, pues!
El señor ELIZALDE.- Así es.
La señora VON BAER.- ¡No!
El señor MONTES.- Bueno. No importa, señor Presidente.
El señor QUINTANA (Presidente).- No hay unanimidad.
La señora ALLENDE.- ¡Pónganse de acuerdo...!
El señor ELIZALDE.- ¿Y no era que los niños estaban primero?
El señor LETELIER.- ¡Los niños, nunca!
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El señor QUINTANA (Presidente).- Prosigue el debate.
Tiene la palabra el Senador señor Sandoval.


El señor SANDOVAL.- Señor Presidente, tal como señalaba la Senadora Luz Ebensperger, fui también copartícipe de la moción presentada por varios colegas respecto de esta norma específica.
Sin embargo, retiré mi firma en atención, fundamentalmente, al hecho de que...
Señor Presidente, ¿puede pedirles a los Senadores que guarden silencio?
El señor QUINTANA (Presidente).- Por favor, pido silencio a la Sala.
El señor MOREIRA.- ¡Más respeto! ¡Respete a la gente, Senador Montes!
El señor SANDOVAL.- ¡A las regiones, más que nada! ¡A la elección de los gobernadores regionales!
El señor QUINTANA (Presidente).- El Senador Sandoval está haciendo uso de la palabra.
Ruego a los señores Senadores guardar silencio.
El señor SANDOVAL.- ¿Será el ambiente dieciochero, señor Presidente...?
El señor QUINTANA (Presidente).- Senador Sandoval, por favor, lo escuchamos.
El señor SANDOVAL.- Muchas gracias.
Espero que el Ministro Blumel, gran amigo y gran Ministro, ponga atención a este tema.
Señor Presidente, lo que pasa es que patrociné este proyecto, pero retiré mi firma en atención a que, aun cuando estoy de acuerdo con la idea básica de levantar las inhabilidades que hoy día les impiden a muchas personas ser actores en elecciones de diferente naturaleza, por razones administrativas y legales les hemos ido cerrando espacios a aquellos que eventualmente pueden ser candidatos y tienen las condiciones para ello, estableciéndoles exigencias de renuncias anticipadas y otras de diferente índole.
Obviamente, eso ha ido cerrando cada vez más el círculo, impidiéndoles a diferentes personas ser candidatas.
Eso es lo que pasa hoy día, por ejemplo, con un consejero regional que quiera ser candidato a alcalde en la elección del año que viene.
Se le ponen exigencias que para cualquier persona resulta complejo aceptarlas y llevarlas adelante: renunciar con un año de anticipación; es decir, el 25 de octubre próximo esa persona debe renunciar para poder ser candidato el año que viene. ¡Un año antes, para ser candidato a alcalde o a gobernador!
Evidentemente, ello obedece a una norma que, en la práctica, genera un desincentivo a la participación electoral. No me cabe la menor duda de que hay muchos consejeros regionales con diferentes méritos que podrían participar en dichas instancias.
Por otro lado, señor Presidente, en la Cuenta de hoy día se informa de dos iniciativas que apuntan en esta misma dirección: el boletín Nº 12.870-06, de la Comisión de Gobierno, proyecto que iguala plazos de inhabilidad de los fiscales del Ministerio Público para postular a cargos de elección popular, y el boletín Nº 12.916-07, moción de diferentes Senadores, que permite -¡imagínese!- que los parlamentarios puedan ser candidatos al cargo de gobernador regional.
Los parlamentarios hoy día en ejercicio pueden ser candidatos a gobernador regional, según esa moción, y no tendrían que renunciar ni siquiera un día antes. ¡Ni siquiera un día antes!
Dicha moción propone que nosotros podamos ser candidatos a gobernador regional sin tener que renunciar. Interesante la norma que plantea el boletín Nº 12.916-07, que se presentó el día de hoy.
Señor Presidente, yo soy partidario absoluto de levantar las restricciones en esta materia que en la actualidad afectan a muchos sectores y a muchos potenciales candidatos. ¡Soy partidario de levantar esas restricciones!
No olvidemos, además, que esta iniciativa debiera estar aprobada antes de cuarenta y cinco días. Para entonces ya debería ser ley de la república. Y estamos en el primer trámite.
Ayer retiré mi firma del proyecto y me voy a abstener en la votación, no porque considere que los consejeros no puedan ser candidatos. Lo aclaro de inmediato, porque en las redes el tema empieza a correr más rápido. ¡No! Lo hago porque me parece poco presentable que se levanten las restricciones solo para un tipo de candidatura y de cargo, el de consejero regional, en circunstancias de que hoy día muchos funcionarios, otros tantos actores, no pueden postular porque, precisamente, les rige esta misma inhabilidad.
Señor Presidente, quiero destacar que existe una moción que se hace cargo de la idea de levantar esta inhabilidad en términos generales (boletín Nº 12.728-07). Se trata de una iniciativa presentada por Diputados.
Creo que en el ejercicio de la participación, que tanto queremos, hemos ido limitando los espacios a través de diferentes normas y, en vez de facilitarlos, hemos tomado decisiones que van absolutamente en la dirección equivocada.
Yo suscribo la idea de eliminar todo tipo de inhabilidades y de restricciones que impida a los ciudadanos poder postular a cualquier cargo.
Me parece bien la idea. Soy partidario de levantar las restricciones en todo. Pero hacerlo solo para un caso en particular me lleva a abstenerme, aun cuando estoy de acuerdo con el fondo.
El señor QUINTANA (Presidente).- Senador Álvaro Elizalde, tiene la palabra.


El señor ELIZALDE.- Señor Presidente, sería bueno que la bancada de la UDI precisara si está a favor o en contra del proyecto y si la segunda discusión que ha pedido es para evitar la votación. Lo digo para tener claridad sobre cuál es su postura.
Creo que es bien importante señalar que la norma general debiera ser que las autoridades son elegidas por la ciudadanía. Por tanto, las restricciones e inhabilidades tendrían que ser excepcionales y justificadas.
¿Significa eso que no debe haber ningún tipo de inhabilidad? No. Porque la normativa debe garantizar igualdad en la competencia.
Por eso se regula, por ejemplo, el gasto electoral, la propaganda, y también se establecen inhabilidades en nuestra Constitución y en las leyes.
La diferencia entre unas y otras autoridades no es irrelevante al momento de determinar la forma en la que esto se regula.
Y voy a dar un ejemplo.
La principal inhabilidad que establece nuestra Constitución es la de los ministros de Estado, quienes deben renunciar un año antes para ser candidatos a cargos de elección popular. El principio básico que justifica esta inhabilidad es evitar que se utilicen recursos públicos, indirecta o directamente, para un fin electoral.
Por esa razón, por regla general, los ministros -después la medida se extendió a los subsecretarios, a los jefes de servicios y a los alcaldes- tienen restricciones, por cuanto son jefes de unidades y cuentan con recursos, que pueden usarlos con fines electorales que los distraigan de lo que debe ser su gestión al mando de un servicio o liderando una determinada institución.
Pero la naturaleza jurídica de otros cargos de elección popular es distinta. No es la misma situación la de los concejales, la de los parlamentarios y la de los consejeros regionales.
Creo que esta es una oportunidad para definir cuáles son las inhabilidades que realmente se justifican y cuáles son aquellas que debieran ser, simplemente, derogadas.
Reitero: la idea es que no sea la norma la que determine a quiénes se eligen como representantes de la ciudadanía, sino que sean los propios ciudadanos, con las menores restricciones posibles y con inhabilidades que sean absolutamente justificadas.
En el caso de los consejeros regionales, de los parlamentarios y de los concejales, no existe un servicio público a su cargo que pueda trabajar en una determinada campaña indirectamente, y menos directamente.
Se requiere una regulación distinta y, por eso, soy de aquellos que suscribieron este proyecto, junto con el Senador Chahuán, con el objeto de poner fin a dicha inhabilidad.
¿Es la única inhabilidad a la que hay que poner fin? No. A mi juicio, existen otras que debieran discutirse, como -reitero- las relativas a parlamentarios y concejales.
Ello no obsta a discutir en particular ciertos temas.
Los consejeros regionales asignan directamente recursos y, por tanto, podría generarse algún tipo de distorsión a efectos de que tales fondos fueran asignados con finalidades electorales a poco tiempo de que se desarrolle una campaña. Creo que esto hay que debatirlo.
Yo tengo un cuestionamiento más de fondo respecto del rol que cumplen los consejos regionales y, particularmente, su decisión directa en materia de recursos.
Creo que, así como nosotros legislamos respecto de normas de general aplicación, como son las leyes, los consejeros regionales debieran decidir en materia de inversión con mirada estratégica y no necesariamente respecto de proyectos específicos que pueden generar algún tipo de distorsión en la toma de decisiones con otra finalidad, lo que, sin duda, genera un daño al funcionamiento institucional, particularmente cuando estamos comprometidos con el proceso de descentralización.
Pero soy un convencido de que esa inhabilidad debiera eliminarse.
Vuelvo a preguntar: ¿es la única inhabilidad que debiera eliminarse? No. Debemos debatir otras y también sobre la arquitectura institucional que permita contribuir al proceso de descentralización, generar mayores niveles de competencia en nuestro sistema político y evitar distorsiones que atenten contra la igualdad en la competencia, como ocurre con los ministros, los alcaldes y los subsecretarios, quienes pueden contar con servicios a su disposición, lo cual genera, sin duda, una distorsión electoral.
Por ello, creo que lo razonable es votar a favor de la idea de legislar y, en la discusión en particular, habrá que introducir las correcciones necesarias para que este nuevo marco institucional, que tendría menos restricciones, sea el adecuado.
En lo personal, creo que hay que votar a favor de esta iniciativa.
He dicho.
El señor QUINTANA (Presidente).- Me recuerda el Senador Moreira que ya está pedida la segunda discusión para este proyecto; por tanto, no se va a votar el día de hoy. Pero sí podemos seguir ofreciendo la palabra.
Puede hacer uso de ella el Senador señor Quinteros.


El señor QUINTEROS.- Señor Presidente, estamos discutiendo el proyecto que propone eliminar la inhabilidad que establece la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades para que los consejeros regionales puedan ser candidatos a alcalde o concejal y que se extiende hasta un año antes de la elección.
En su lugar, se dispone que si un consejero regional postula a un cargo municipal, no podrá ejercer sus funciones desde treinta días antes de la elección y hasta el día siguiente de ella, y conservará el pago de su dieta.
Debo señalar que dicha norma fue modificada hace menos de dos años, a través de la ley Nº 21.073, que regula la elección de gobernadores regionales.
En tal ocasión, cuando se discutió este punto, con el objeto de equiparar a los consejeros con los gobernadores regionales, se aprobó la inhabilidad de un año.
Además, es el mismo criterio que rige, recíprocamente, para los alcaldes o concejales que postulen a cargos regionales.
En la actualidad, con la excepción del Presidente de la República, el sistema de inhabilidades se basa en el principio de que todos los cargos pueden ser reelectos, incluidos los consejeros regionales, y que se debe renunciar a los cargos públicos que se ostentan, sean o no de elección popular, un año antes de ser candidato en otro nivel, sea municipal, regional o parlamentario.
¿Por qué se exige la renuncia? Fundamentalmente, para evitar la utilización de un cargo determinado como base o plataforma de campaña para acceder a otro. Es cierto que este argumento aplica especialmente para quienes desempeñan cargos ejecutivos, llámese ministros, gobernadores regionales o alcaldes. Pero la tradición los ha extendido también a cargos no ejecutivos, como concejales, consejeros regionales y parlamentarios.
La inhabilidad no rige dentro de un mismo nivel, lo que permite la reelección. Es decir, un concejal o alcalde no debe renunciar si desea postular a un nuevo período, indistintamente; pero sí debe hacerlo si quiere ser candidato a un cargo regional o parlamentario. Lo propio ocurre con los gobernadores regionales y los consejeros regionales, con la limitación de que los gobernadores solo pueden ser reelectos una vez.
Este criterio general sería el que estaríamos modificando, de aprobarse este proyecto, pues una autoridad electa del nivel regional no tendría inhabilidades para postular a un cargo de un nivel diferente, como el municipal.
No tengo objeciones respecto de una modificación de este tipo, pero creo que debería revisarse el conjunto de las inhabilidades y no solo aquellas que afectan a los consejeros regionales. Desde luego, por una razón de equidad mínima, habría que revisar las inhabilidades que afectan a las autoridades municipales que postulan a cargos regionales.
En todo caso, cuando se debatió este punto, con motivo del proyecto de ley que regula la elección de los gobernadores regionales, si bien algunos promovieron una libertad total y, por lo tanto, eliminar o reducir las inhabilidades, primó la idea de que existía una cierta costumbre o aceptación social sobre que se debe renunciar un año antes para optar a cargos diferentes.
El debate en particular permitirá volver a analizar esta materia, espero que de manera general, para todos los cargos, y también con un carácter más permanente. No es sano ni comprensible ante la opinión pública discutir estos temas cada dos años ni menos inmediatamente antes de cada elección.
He dicho, señor Presidente.


El señor QUINTANA (Presidente).- El Senador Moreira me señala nuevamente que, dado que no se va a votar hoy el proyecto, podríamos usar la mitad del tiempo para intervenir (no diez minutos, sino cinco), para quienes aún no se encuentran inscritos.
Parece razonable el consejo del Senador, quien se encuentra apoyando a la Mesa acá.


La señora PROVOSTE.- Señor Presidente, un punto de reglamento.
El señor QUINTANA (Presidente).- ¿Reglamento?
La señora PROVOSTE.- Sí.
El señor QUINTANA (Presidente).- Tiene la palabra, Su Señoría.
La señora PROVOSTE.- Señor Presidente, quisiera plantear un asunto reglamentario, pero después pediré la palabra para intervenir sobre el proyecto.
Lo que ocurre es que ayer se pidió segunda discusión. Según el Reglamento del Senado, corresponde votar la iniciativa ahora.
El señor GALILEA.- No, era otro proyecto.
El señor COLOMA.- Era el del Inapi.
La señora PROVOSTE.- ¡No!
Señor Presidente, ayer fue pedida la segunda discusión por parte de los Comités País Progresista e Independientes y Demócrata Cristiano.
Por lo tanto, lo que corresponde hoy día es colocar en votación la iniciativa.
El señor QUINTANA (Presidente).- La segunda discusión que se solicitó ayer, señora Senadora, era para el proyecto relativo al Instituto Nacional de Propiedad Industrial, no para el que estamos analizando.
La señora PROVOSTE.- ¡No!
El señor QUINTANA (Presidente).- Sí.
La señora PROVOSTE.- Señor Presidente, le pido que revise la transcripción del acta. ¡Pedimos la segunda votación!
El señor QUINTANA (Presidente).- No.
La señora PROVOSTE.- Usted, está equivocado.
El señor QUINTANA (Presidente).- No, Su Señoría. No se solicitó segunda discusión para esta iniciativa.
El señor MONTES.- ¡El Presidente no se equivoca...!
La señora PROVOSTE.- En esto está superequivocado.
Solicito que se revise el audio, señor Presidente.
El señor QUINTANA (Presidente).- Está bien. Chequearemos el audio de la señora Senadora.
La señora ALLENDE.- Lo solicitó Alejandro Navarro.
El señor NAVARRO.- ¡Yo lo pedí ayer!
El señor MONTES.- Yasna tiene razón.
El señor QUINTEROS.- ¡Tiene razón!
El señor NAVARRO.- Ambos lo pedimos.
La señora PROVOSTE.- ¡Los dos Comités, señor Presidente! ¡Los dos Comités!
El señor QUINTEROS.- ¡Exactamente!
El señor NAVARRO.- Así fue.
El señor COLOMA.- Era para el proyecto del Inapi.
La señora PROVOSTE.- ¡No!
El señor COLOMA.- Sí.
El señor QUINTANA (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Aravena.


La señora ARAVENA.- Señor Presidente, la verdad es que no tengo bien clara la situación.
Sí lamento -y debo ser bien honesta- que no podamos hoy día votar un tema para el que existe mayoría en este Senado. Sin embargo, uno tiene que ser respetuosa de la normativa.
Quise intervenir principalmente para plantear que, si bien concuerdo con muchas de las personas que han señalado que habría que revisar en su totalidad la situación de las inhabilidades, me parece bastante poco claro o justo -esa es la palabra- que los Senadores puedan perfectamente ser candidatos a Presidente de la República sin renunciar a sus cargos un año antes y no lo puedan hacer los consejeros regionales que deseen ser candidatos a alcalde o concejal.
Lamento que nosotros, quienes estamos legislando -si damos prioridad a nuestras pretensiones, cualquiera de los que aquí está sentado perfectamente podría ser candidato a Presidente de la República, el cargo más alto-, no podamos avanzar en un tema que me parece injusto: limitar el plazo de un año para que un consejero regional renuncie antes de ser candidato a alcalde o concejal de una comuna.
Desde el 2014 los consejeros son elegidos por sufragio universal, muchos con altas votaciones y gran representatividad en cada una de sus regiones. Además, hoy día existe una representación de mujeres en dichos cargos de 26 por ciento.
La verdad de las cosas es que, entendiendo que debiéramos hacer una norma general y habiendo avanzado claramente en esta iniciativa, no comprendo la falta de voluntad para realizar la votación hoy; más aún, sabiendo -y no se ha dicho- que los tiempos corren en contra y que alargar esta discusión implica que los consejeros regionales actualmente en ejercicio no van a poder postular a alcalde o concejal en las distintas comunas.
En mi opinión, ello atenta contra la verdadera democracia y, principalmente, genera una clara discriminación hacia ellos.
El señor QUINTANA (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora Ximena Órdenes.


La señora ÓRDENES.- Señor Presidente, seré muy breve.
Este proyecto, que modifica la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, efectivamente pretende dejar sin efecto una inhabilidad para la candidatura de los consejeros regionales a los municipios.
He firmado la moción que estamos discutiendo y tengo una convicción clara: a mi juicio, esa inhabilidad implica casi ganar por secretaría; o sea, las condiciones no son las mismas para todos.
Muchos de los que hemos sido candidatos y candidatas al municipio sabemos que los alcaldes y las alcaldesas renuncian un mes antes; mantienen su remuneración; dejan a un subrogante de exclusiva confianza, y poseen una estructura municipal de apoyo. A mi juicio, quien pierde una alcaldía efectivamente no ha hecho su mejor esfuerzo ni su mejor trabajo.
Ello contrasta con los consejeros y las consejeras regionales, quienes deben dejar el cargo un año antes.
Creo que este proyecto nivela un poco la cancha respecto de las condiciones.
Entiendo los argumentos que se han dado con relación a que se deben discutir quizás todas las inhabilidades. Pero estamos ad portas de la elección municipal.
Considero que este es un primer paso y, a partir de él, se puede ir modificando el resto. Si no lo hacemos, vamos a seguir con una relación asimétrica respecto de las candidaturas.
Y no solo hay que revisar las inhabilidades. Existe otro tipo de variables que son mucho más sutiles y que complican bastante la posibilidad de que una persona pueda convertirse en un líder local.
Debemos hacer los esfuerzos necesarios para que más hombres y mujeres se interesen en la actividad política, y para eso, lo mínimo es que existan las mismas condiciones para todos.
Los consejeros regionales conocen bien sus provincias. Legítimamente, tienen todo el derecho a presentarse como candidatos a alcalde o concejal.
Más allá de la segunda discusión, anuncio que, así como he firmado esta moción, voy a votar a favor de ella.


El señor QUINTANA (Presidente).- Respecto del planteamiento que se hizo hace algunos minutos, con relación a que se habría pedido segunda discusión para el proyecto que se encuentra en debate, ha sido chequeado el Diario de Sesiones del día de ayer y puedo afirmar que dicha iniciativa no fue objeto de ninguna petición.
El señor QUINTEROS.- ¡Pero cómo! ¡Navarro lo dijo!
El señor QUINTANA (Presidente).- El Senador Navarro pidió segunda discusión para el proyecto sobre el Inapi. Entonces, quiero ser superclaro en esto: yo estoy obligado a respetar al equipo de Secretaría, y, por supuesto, ellos son ministros de fe.
Esa es la situación que ocurrió ayer.
Tiene la palabra el Senador Castro.


El señor CASTRO.- Señor Presidente, cuando uno escucha este tipo de discusión, se imagina lo que deben estar pensando los vecinos que nos ven por televisión. La verdad es que creo que nosotros damos un triste espectáculo a quienes nos miran a través de ese medio.
Lo cierto es que este proyecto, a mi juicio, surge de la improvisación. Digo esto por cuanto no me cabe ninguna duda de que esta iniciativa se presenta hoy día porque estamos cerca de una elección.
Creo que aquí se deben eliminar todas las barreras que impidan que pueda participar en política cualquier chileno o chilena al que le interese esta carrera.
Y considero que esa es una tremenda responsabilidad que tenemos nosotros.
¡No es posible que hoy día un alcalde no pueda ser candidato a gobernador regional!
¡No es aceptable que actualmente un consejero regional no pueda ser candidato a Diputado o a Senador si no renuncia a su cargo un año antes!
Pienso que eso le hace mal a la democracia.
Por lo tanto, señor Presidente, me parece que lo que debemos hacer de verdad, en serio es que el Ejecutivo considere esto y presente un proyecto de ley para que exista la posibilidad de limitar los cargos de Diputados y Senadores. Es importante que eso también esté presente en esta discusión, para que cualquier chileno pueda acceder a estos cargos.
Por lo anterior, señor Presidente, le pediría que se oficiara al Presidente de la República al objeto de que presente un proyecto de ley para poder ordenar lo relacionado con la reelección de todos los cargos políticos que hay en este país.
He dicho.
El señor QUINTANA (Presidente).- Tiene la palabra el Senador Jorge Pizarro.


El señor PIZARRO.- Señor Presidente, estimo que para poder tener un buen debate a este respecto habría que pensar, razonar en el sentido siguiente: ¿Por qué se plantea la inhabilidad de algunas autoridades para postular a un cargo de representación popular?
El Senador Quinteros hizo una buena relación de lo que ha sido la tramitación de proyectos parecidos a este y también sobre las inhabilidades que hoy día existen en cargos distintos a los de consejeros regionales.
¿Pero cuál ha sido la lógica con que ha operado nuestro sistema electoral para efectos de las inhabilidades? Establecer un tiempo razonable a fin de que las autoridades que quieran postular a un cargo de elección popular que signifique una responsabilidad en cuanto al uso o la asignación de recursos renuncien un año antes, conforme a un tiempo que genere cierta distancia en relación con su rol, sea que se trate de un ministro, un seremi o un alcalde, que son quienes tienen el manejo y la asignación de recursos y, por lo tanto -como se dijo antes acá-, pueden hacer abuso de esa situación de mayor poder, de mayor discreción para favorecer a unos u otros, buscando objetivos electorales, y establecer una diferencia respecto de sus competidores.
Esa es la razón por la cual los consejeros regionales, antes de la última modificación a que hizo referencia el Senador Quinteros, tenían una cierta administración de recursos o un uso más particular de estos al determinar qué proyectos aprobar y cuáles no. O sea, contaban con un poder de decisión proyecto a proyecto.
Esa forma de definir los recursos por parte de los cores hoy día es más parecida a lo que es el rol del Congreso respecto de la aprobación de la iniciativa de Ley de Presupuestos del Sector Público, que a la facultad que tenían los consejos regionales en cuanto a destinar específicamente recursos proyecto a proyecto.
Ese fue un debate que los propios cores plantearon con mucha claridad, señalando que significaba restarles una atribución que ellos tenían y, por lo tanto, también una capacidad de gestión, de priorizar, de ver de qué manera aquellos recursos iban dentro de la lógica de un proyecto de desarrollo regional o, lisa y llanamente, obedecían a las necesidades que se tenían en determinadas comunas o provincias.
Esa es la lógica con que se opera.
Ahora bien, eso es el equivalente -por decirlo de alguna manera- a la situación del propio Congreso, de la Cámara de Diputados o del Senado: los Senadores y los Diputados pueden postularse a Presidente de la República sin necesidad de renunciar un año antes. Y, bueno, cuál es la razón de eso: permanecer en sus cargos, seguir ejerciendo sus funciones, continuar votando y, por supuesto, recibir su dieta. ¿Por qué no hacer lo mismo con los cores si hoy día tienen un rol más parecido al que se tiene en el Congreso Nacional, en lo relativo a la postulación a Presidente; pero, en ese caso, respecto de los futuros gobernadores regionales?
Creo que ese es el principio rector de esta moción.
¿Que hay otras inhabilidades? Sí.
¿Que se debe ir mejorando y puliendo -por decirlo así- lo relativo a las inhabilidades que tiene nuestro sistema electoral? A mí me parece adecuado.
Por tal razón, pienso que se debe aprobar en general este proyecto, y ojalá poner un plazo para su despacho en particular. Porque, para ser franco, señor Presidente, en esto también hay un tema electoral detrás, como lo dijeron anteriormente ciertos colegas: cual es que las decisiones que aquí se toman tienen que ver con los cálculos legítimos que hacen algunos en función de los resultados electorales del próximo año.
Ese no es un misterio, y nadie puede molestarse por plantear una cosa así, porque es lo que sucede. Además, se trata de algo que también está en el trasfondo.
Entonces, si hay voluntad de verdad -como han señalado muchos acá, por distintas razones- para legislar en esta materia, aprobemos en general la iniciativa, fijemos un plazo muy reducido para la discusión en particular, al objeto de que esto tenga sentido, y tomemos una definición para cumplir con la voluntad mayoritaria de que los consejeros regionales puedan libremente escoger si participan o no en las próximas elecciones de los cores o de los municipios, tanto a alcalde como a concejal.
El señor QUINTANA (Presidente).- Senador Francisco Chahuán, tiene la palabra.


El señor CHAHUÁN.- Señor Presidente, quiero contarle que lo que ayer solicité en este Hemiciclo fueron dos cosas: primero, cambiar el orden de los proyectos que se iban a ver en la tabla de esa sesión. Y es por eso que la iniciativa, que estaba en tercer lugar, pasó al segundo...
Señor Presidente, me gustaría que atendiera el Secretario General.
Reitero: lo que pedimos fue cambiar el orden del proyecto, que estaba en el tercer lugar. Luego, cuando se inició la discusión y el Secretario General hizo la relación, solicité la clausura del debate para que la iniciativa se viera en el primer lugar de la tabla de la presente sesión y se pudiera votar hoy día.
Quiero aclarar que todo se dio tal como se solicitó, y hoy día el proyecto está en el primer lugar de la tabla.
Ahora, quiero hacerme cargo y coincidir con la intervención del Senador Pizarro -por su intermedio, señor Presidente-: si acá hay voluntad mayoritaria de avanzar en orden a terminar con las inhabilidades para que los consejeros regionales puedan ser candidatos en las futuras elecciones municipales, como estamos en la discusión general, aprobemos la idea de legislar, fijemos un plazo de indicaciones para que quienes rechazan este proyecto simplemente por no estar incorporadas todas las inhabilidades, tengan la oportunidad de complementarlo a través de indicaciones. De lo contrario, debo decir que va a ser completamente imposible avanzar para los efectos de darles a los consejeros regionales la posibilidad de ser candidatos.
Quiero señalar acá que nuestra democracia exige que los más competentes puedan estar a disposición de la voluntad popular para ser elegidos. Y eso es lo que nos inspira hoy día para finalmente terminar con la inhabilidad contemplada en el artículo 74 de la Ley Orgánica de Municipalidades.
Por lo mismo, señor Presidente, hago un llamado a que aquellos que pidieron segunda discusión reevalúen lo que plantearon y, en definitiva, podamos aprobar el proyecto en general, establecer un plazo de indicaciones y posibilitar que este sea un camino en el que tengamos a los mejores a disposición de los ciudadanos para elegir buenos alcaldes y concejales.
He dicho.
El señor QUINTANA (Presidente).- Senadora Yasna Provoste, tiene la palabra.


La señora PROVOSTE.- Señor Presidente, en primer lugar, deseo ratificar lo que ha señalado la Mesa.
El día de ayer, todos los que estábamos acá teníamos un alto interés en que se discutiera este proyecto. Pero no tengo dudas de la transcripción que ha leído la Mesa. Más bien nos confundimos con el Senador Navarro, en cuanto a que la segunda discusión había sido solicitada para el proyecto de propiedad intelectual y no para esta iniciativa.
No obstante, deseo sumarme a la solicitud que ha hecho el Senador Francisco Chahuán, en el sentido de que podamos votar en general el proyecto en el día de hoy. Porque la discusión que subyace a la tramitación de la iniciativa es cuál es la lógica con la que nosotros queremos profundizar nuestra democracia. Si es a partir de inhabilidades o de mayores exigencias.
Cuando discutimos largamente la agenda de descentralización en el período legislativo anterior, que dio curso a la elección de los nuevos gobernadores regionales, el esfuerzo se puso en establecer mayores requisitos para optar a los cargos.
Nos parece que esa es una función discutible en nuestra democracia. Pero no debemos seguir anclados en la lógica de los inicios de nuestra Constitución, en la década de los ochenta, en el sentido de que existan inhabilidades para optar a ciertos cargos.
Hoy, además, cuando se han hecho cambios importantes a las funciones del consejo regional, en el entendido de que ya no hay una aprobación proyecto a proyecto, sino que existen marcos presupuestarios, no tiene ningún sentido ético ni moral el mantener inhabilidades como las que se establecen para que los consejeros regionales opten a cargos de alcaldes y alcaldesas, o concejales y concejalas.
Adicionalmente, es importante señalar que hay garantías constitucionales que están consagradas en nuestra Carta Fundamental, y que, a partir de estas inhabilidades, hoy se transgreden.
No existe igualdad ante la ley para los actuales consejeros regionales que desean ser candidatos al cargo de alcalde o alcaldesa en nuestro país. En consecuencia, se establece una diferencia que es arbitraria, inaceptable y que no convive adecuadamente con los principios democráticos básicos, e incluso, con principios de igualdad y con garantías que deben tener todos los ciudadanos en nuestro país a la hora de optar a un cargo de elección popular.
Por eso es que, desde nuestra bancada, anunciamos nuestro voto favorable a esta iniciativa. Esperamos que de una vez por todas definamos en esta votación, en general, si estamos disponibles para seguir en una tramitación en la que, insisto, el debate está dado en cuanto a si queremos seguir estableciendo inhabilidades para el ejercicio de funciones, o más bien requisitos.
Nosotros adscribimos a esta segunda mirada en materia del fortalecimiento de nuestra democracia, en la que no se puede menospreciar de manera ex profeso en una ley a los consejeros regionales en cuanto a que hoy tengan inhabilidades para optar a un cargo de alcalde o alcaldesa que no poseen otras y otros funcionarios públicos.
He dicho.
El señor QUINTANA (Presidente).- Muy bien, Senadora Yasna Provoste.
Agradecemos que haya reducido el tiempo de su intervención. Considero que eso contribuye a la discusión general.
La señora PROVOSTE.- Queremos ver el proyecto de titularidad docente.
El señor QUINTANA (Presidente).- Sí. Sé que nos importa a todos la titularidad docente.
Tiene la palabra la Senadora Ena von Baer.


La señora VON BAER.- Señor Presidente, me llama mucho la atención la forma en que se produce el debate. Porque la manera en la que están establecidas las inhabilidades -quiero recordar especialmente a quienes estábamos en función parlamentaria durante el Gobierno anterior, en la Cámara de Diputados y en el Senado-, se determinó en la ley para elegir a los gobernadores regionales.
Los invito, antes de votar palabras, a revisar cómo votaron en esa ocasión. Porque estas inhabilidades provienen de dicha ley. Y se discutieron con el entonces Ministro Secretario General de la Presidencia, Nicolás Eyzaguirre, cuando se estableció la elección de gobernadores regionales.
Por lo tanto, quiero decirles a la Senadora Yasna Provoste y al Senador Pizarro -por su intermedio, señor Presidente- que no es correcto que, dado que ahora los consejeros regionales no tienen que votar directamente los temas de presupuesto, ya no debieran tener inhabilidad.
La inhabilidad se ordenó. ¿Y de qué manera se hizo? De la siguiente forma: en que siempre alguien que tenga un cargo colectivo, debajo de un cargo ejecutivo, pueda postular a un cargo ejecutivo sin tener un año de inhabilidad anterior.
En consecuencia, un concejal que desea postularse a alcalde, no necesita renunciar un año antes; un consejero regional que quiere postularse a gobernador, no necesita renunciar un año antes; un parlamentario que desea postular para ser Presidente de la República, no necesita renunciar un año antes. De esa forma está ordenado, señor Presidente.
Entonces, decir que es injusto que los parlamentarios no tengan que renunciar para postular al cargo de Presidente, pero que los consejeros regionales deban hacerlo para ser alcaldes, es no entender cómo está hecha la ley. Es cosa de leer qué señala esta, señor Presidente.
La ley indica que si usted, consejero regional, desea ser gobernador, no debe renunciar. Los consejeros regionales hoy, que quieren presentarse como candidatos a gobernadores no tienen que renunciar. Al igual que los parlamentarios no deben renunciar si desean postular al cargo de Presidente; al igual que los concejales no tienen que renunciar para ser alcaldes.
¿Qué buscó hacer -podemos estar en desacuerdo- el Gobierno de la Presidenta Bachelet?
Uno puede estar de acuerdo respecto a la forma en que se construyó o no, pero el objetivo que se buscó fue ordenar. Porque lo que había sucedido anteriormente era que se legislaba de la forma en que lo hacemos ahora.
Perdón por usar esta expresión, señor Presidente, pero se "picotearon" las leyes en las legislaturas anteriores. Y se dejó totalmente desordenado el sistema de inhabilidades. Tan desordenado estaba que durante la tramitación de la mencionada iniciativa de ley, en el Gobierno anterior, votado por muchos de quienes hoy son parlamentarios, y que ahora se quejan, se dejó como está actualmente. Se ordenó de tal manera que, si hay una autoridad que desea saltar a otra línea, debe renunciar un año antes.
Los alcaldes que quieran ser gobernadores regionales el próximo año, tienen que renunciar, ¿sí o no? Sí, señor Presidente. Deben hacerlo. ¿Por qué? Porque postularán a ser gobernadores regionales; al igual que los consejeros regionales que quieren ser alcaldes, deben renunciar.
Los concejales que desean ser gobernadores regionales, ¿tienen que renunciar? Sí, señor Presidente. Deben hacerlo. Los invito a revisar el informe de la Biblioteca.
Por lo tanto, de verdad creo que al final del día podemos hacer lo que dice la Senadora Yasna Provoste: que no existan inhabilidades, pero para nadie. No empecemos a picotear de nuevo: que no existan para los consejeros regionales, pero sí para no sé quién... Señor Presidente, considero apropiado que no exista ninguna inhabilidad.
Eso se decidió no hacer. Nosotros le dijimos al Gobierno de la Presidenta Bachelet que no tuviéramos ninguna inhabilidad. ¡Pero ninguna para nadie! Entonces, no empecemos a hacer lo mismo.
Ese es el problema de legislar de esta manera; pero sobre todo es el problema de tener mala memoria.
He dicho.
El señor QUINTANA (Presidente).- Senador Alejandro Guillier, tiene la palabra.


El señor GUILLIER.- Señor Presidente, parece que casi todos estamos de acuerdo, por lo que he escuchado acá, en eliminar el requisito que deben cumplir los consejeros regionales para postular a los cargos de alcalde o concejal. Actualmente renuncian un año antes.
Por lo mismo, también hemos coincidido en que esto debería ser algo que no resultara discriminatorio, en el sentido de que se aplique solo a los cores, sino que debería extenderse al conjunto de quienes postulan a cargos de representación popular. Ello porque en realidad deberíamos darles facilidades, en un país donde la participación ciudadana va a la baja, y más bien cuesta encontrar gente dispuesta a postular a estos cargos, e incluso, con las competencias y habilidades que se requieren.
Considero que una manera de entrar al debate y no postergarlo indefinidamente es aprobar la iniciativa en general e introducirle reformas en la discusión particular.
Ahora, de todas maneras, me da la impresión de que, primero, se debería revisar o reforzar la Constitución para eliminar el requisito de renuncia.
Segundo, la ley N° 19.175, en cuanto a que alcaldes, concejales y autoridades del Ejecutivo y jefes de servicios deben renunciar un año antes para ser candidatos a cores o a gobernadores regionales.
Además, la ley N° 18.695, que establece el deber de renunciar en el caso de autoridades, gobernadores y jefes de servicios.
Por lo tanto, tendría que ser la oportunidad para que, estando un proyecto ya instalado, debatido y aprobado en general, se abriera la discusión y entráramos a extender la eliminación de restricciones o inhabilidades a fin de despachar un texto que a esta altura parece contar con bastante apoyo.
El señor QUINTANA (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora Isabel Allende.


La señora ALLENDE.- Señor Presidente, lamento que no se vote hoy este proyecto. Pensé que así ocurriría, pues acá debemos ser claros -y el Gobierno tiene harto que decir al respecto-: si de verdad queremos eliminar estas inhabilidades, debemos despachar esta iniciativa luego. Ello, porque estamos constreñidos por los plazos, pues las elecciones son en octubre del próximo año.
Entonces, sería superbueno que fuéramos sinceros al respecto. Si hubiera disposición del Ejecutivo para ponerle "suma" urgencia al proyecto y si existiera compromiso del Congreso Nacional, de la gran mayoría de los parlamentarios -como se señaló-, yo estaría por eliminar estas inhabilidades. Pero -reitero- tendríamos que aprobarlo a la brevedad.
En seguida, creo que esta confusión de alguna manera se produjo en el minuto en que comenzamos a discutir acerca de la idea de la elección de los gobernadores regionales. Ahí surgieron dudas, porque, claro, muchos de nosotros sostuvimos lo que era lógico: una cosa eran las elecciones nacionales, de Presidente y parlamentarios; y otra, las que decían relación con los alcaldes y los concejales, en que uno planteaba que tenían un carácter mucho más territorial que nacional.
Sin embargo, las cosas quedaron como están, y hoy existe una reforma que consagró la elección de los gobernadores regionales, que costó bastante aprobar. Muchos creemos que esta debe llevarse a cabo, a pesar de que el Gobierno todavía no ha sido claro en materia de atribuciones, de competencias, de financiamiento, en fin.
Hoy día tenemos una situación bien clara sobre el particular: un requisito que significa que las altas autoridades deben renunciar a su cargo un año antes de la elección pertinente.
La normativa que ahora nos ocupa plantea que: "En el caso que un consejero regional optare por ser candidato a alcalde o concejal, no podrá ejercer sus funciones, desde los treinta días anteriores a la fecha de la respectiva elección y hasta el día siguiente de ella".
Es decir, en este período el consejero regional va a conservar su dieta, la atribución de participar en las sesiones del consejo solo con derecho a voz, no con derecho a voto.
Entonces, siento que es bastante justo el reclamo que nos hacen los consejeros regionales sobre la obligación que tienen de renunciar a su cargo un año antes para ser candidatos a alcalde o a concejal.
Creo que esto quedó corto.
Me habría gustado que la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización hubiese visto esta materia en su totalidad. Nosotros tendremos que ver todas estas inhabilidades y considerar de una vez por todas cuáles son legítimas y cuáles pueden ser arbitrarias; en qué casos está más marcado el sentido de evitar que haya abusos en el ejercicio de un cargo de confianza del Presidente de la República o en la dirección de un servicio, donde evidentemente hay posibilidades de incidir en una elección, y en cuáles no.
Creo que deberemos ser muy claros en la forma como vamos a legislar en la materia. Cada vez cuesta más encontrar a personas dispuestas a postular a cargos de elección popular. Hoy día no diremos que la política está muy prestigiada. Y en la actualidad no es fácil ser candidato.
Por lo tanto, si ponemos muchas inhabilidades y requisitos, como ni más ni menos el de renunciar un año antes a su puesto, menos posibilidades tendremos de que haya gente disponible para presentarse a cargos de elección popular. Porque la pregunta que uno se hace es cómo sobrevive una persona durante ese año, con qué recursos ¿O la política va a ser solo para élites, para quienes tienen familias con poder económico que los pueden apoyar?
Creo que eso no sería justo.
Yo voy a votar a favor de este proyecto. Me parece importante darles la oportunidad a los consejeros regionales para ser candidatos a alcaldes o a concejales, pues en este caso hay una restricción que suena más bien como arbitraria.
En tal sentido, estimo que quedamos absolutamente cortos. Y es una tristeza que votemos este asunto así, en circunstancias de que esta materia debió haberse visto en el conjunto, para ser claros con respecto a qué inhabilidades son arbitrarias, cuáles tienen justificación, en fin. De esa manera no estaríamos legislando como ahora lo estamos haciendo, que a mi juicio no es lo adecuado.
Votaré a favor porque considero un exceso estas inhabilidades respecto de los consejeros regionales, las que en estos momentos les impiden a muchos de ellos ser candidatos a alcalde o a concejal. Porque a la inversa es distinto: un alcalde que postula a la reelección sigue sosteniéndose en su cargo. Su situación es bastante diferente, pues no debe renunciar: solo apenas treinta días antes será subrogado, pero se mantiene en el cargo.
Reitero que me gustaría que este asunto lo viéramos en su conjunto, para tener criterios claros respecto de inhabilidades apropiadas e inhabilidades discriminatorias.
No pongamos tantos obstáculos en la materia, porque cada día va a costar más que las personas postulen a cargos de elección popular, sobre todo en momentos en que la política no se halla prestigiada.
Anuncio mi voto a favor de esta iniciativa.
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor Araya.


El señor ARAYA.- Señor Presidente, primero quiero felicitarlo por la muy buena asesoría que le está dando el Senador Iván Moreira. ¡Nos damos cuenta de que están llegando los tiempos mejores a la Mesa...!
Dicho esto, es del caso señalar que voy a apoyar este proyecto. Ello, porque, a mi juicio, cuando se discutieron las inhabilidades de los consejeros regionales se fijó una que en ese minuto parecía importante; pero ahora no se ve razón para que estos deban renunciar a su cargo, sobre todo porque eso no ocurre con otras autoridades que van a la reelección o cuando quieren cambiar de cargo. Por ejemplo, a un candidato a concejal que quiere competir para el cargo de alcalde en la misma comuna no se le impone la misma obligación.
A mi juicio, este proyecto corrige esa distorsión.
Sin perjuicio de ello, me parece necesario revisar una serie de inhabilidades que existen para ser candidatos.
Un estudio que entregó la Biblioteca demostró las inhabilidades que hay para ser candidatos a distintos cargos de elección popular, y existen criterios diversos respecto de la autoridad de que se trate y al cargo al cual se está postulando. Quizás llegó el minuto de tener una discusión sobre la materia y poder estandarizar las inhabilidades y el tiempo de renuncia.
A mi juicio, la norma que se propone deja a salvaguarda la imparcialidad que han de tener los cores para seguir funcionando y poder participar, en caso de que sean candidatos, y competir efectivamente en la elección municipal.
Anuncio mi voto a favor de esta iniciativa.
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor Galilea.


El señor GALILEA.- Señor Presidente, efectivamente, cuando vimos este proyecto en la Comisión de Gobierno decidimos aprobarlo en general para entrar ojalá lo más al fondo posible de este problema, esto es, la razonabilidad o irrazonabilidad de las distintas inhabilidades para postular a cargos.
La Senadora Von Baer tiene razón cuando dice que hoy día nuestro sistema tiene un criterio, una lógica en su planteamiento respecto de inhabilidades, el cual tiene que ver -por decirlo de alguna manera-, por ejemplo, con que no existen inhabilidades para quienes están en una misma cancha, pero sí para los cambios de cancha.
Me explico.
Los alcaldes y concejales que deseen postular a sus respectivos cargos o para ir a la reelección no tienen ningún tipo de inhabilidad; tampoco existe inhabilidad en el caso de los consejeros regionales y el gobernador regional; y tampoco tienen inhabilidades entre sí los diputados y senadores.
Todas las autoridades que nombré si quieren postular al cargo de Presidente de la República no tienen ninguna inhabilidad. Pueden presentarse a esa elección un ministro, un concejal, un core, un gobernador regional, en fin: no hay ninguna inhabilidad para ello.
Pero estas inhabilidades a la vez son consistentes: un Diputado si quiere ser concejal, ¿tiene que renunciar antes? Sí: debe hacerlo un año antes. Un Senador si quiere postular al cargo de alcalde, ¿tiene que renunciar un año antes? Sí: está obligado a ello. Y viceversa, si un gobernador regional quiere postular para el cargo de parlamentario también debe hacer lo mismo, en fin.
Imagino que el legislador, al determinar todas esas inhabilidades, tuvo a la vista que no se mal usaran los distintos cargos para influir excesivamente en una eventual elección.
A mi juicio, ello se ha ido desdibujando en la historia, porque cuando uno va a competir finalmente se enfrenta al incumbente, el cual, obviamente, ejercerá su cargo hasta prácticamente el último día previo a la elección respectiva y dispondrá de toda la autoridad que la ley le permite. Es decir, si un Diputado quiere renunciar a su cargo un año antes para ser alcalde, probablemente va a tener que competir contra uno en ejercicio, el cual, naturalmente, usará todos sus poderes hasta el final de su período.
Así que yo planteo que respecto de esto, que no es ni bueno ni malo (ninguna de las alternativas), habría que ver qué resulta más prudente para el buen ejercicio de los respectivos cargos y para evitar el aprovechamiento de quienes los ejercen.
En mi opinión, debiéramos votar esta iniciativa. Pero ya se pidió segunda discusión. Cuando nos pronunciemos sobre ella en una próxima sesión habría que dar un plazo suficiente para presentar una propuesta general acerca de cómo cambiar el sistema de inhabilidades, pero que sea común para todos los cargos de elección popular. Ello, para no ir -como señaló la Senadora Von Baer- picoteando por aquí y por allá según las presiones del caso, sino para que se llegue a una regla justa para todos.
He dicho.
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor García.


El señor GARCÍA.- Señor Presidente, aquí se ha dicho -y con razón- que un consejero regional que quiera postular al cargo de gobernador regional no debe renunciar, pues no tiene inhabilidades al respecto. Y es lógico que así sea.
Quiero recordar que el gobernador regional está definido por nuestra Constitución Política como "el órgano ejecutivo del gobierno regional". Y el gobierno y la administración regional es "la administración superior de cada región".
Entonces, si un consejero regional no tiene inhabilidad para ser gobernador regional, que es quien ejerce la administración superior de una región, ¿por qué no va a poder postular para ser alcalde sin tener que renunciar a su cargo? Porque, probablemente, será una alcaldía de una de las comunas que se representan en el consejo regional.
Aquello, francamente, no tiene sentido ni lógica.
Ahora bien, se intentó tener un principio ordenador, en el que estuve de acuerdo, cuando se discutió el proyecto de ley que estableció el cargo de gobernador regional. Pero, probablemente, no estuvimos suficientemente lúcidos como para comprender lo que las inhabilidades que determinamos podían significar.
Además, tengo la convicción de que revisar las leyes para ver si tienen plena aplicación después de pasado un tiempo, para corregirlas y adaptarlas a otras realidades es parte esencial de nuestra actividad parlamentaria, es la labor fundamental del Congreso.
De no ser así, querría decir que no podríamos nunca modificar ninguna ley. ¿Acaso nunca cometemos un error? ¿Todas nuestras leyes son perfectas?
Yo debo decir, señor Presidente, que no comparto ese punto de vista.
Todos sabemos cómo legislamos cuando se creó el cargo de gobernador regional, en que hubo muchas diferencias, en fin. De modo que examinar estos aspectos y materias no solo es necesario, sino que, además, le hace bien a nuestra democracia.
Creo que no existe ninguna razón para impedir que nuestros consejeros regionales puedan postular, sin tener que renunciar a su cargo, para ser alcalde.
Por eso anuncio que voy a votar a favor de esta iniciativa.
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Tiene, por último, la palabra el Senador Alejandro Navarro.


El señor NAVARRO.- ¡Jorge Mateluna es inocente, y lo vamos a probar!
Señor Presidente, yo comparto el criterio de la Senadora Ena von Baer en el sentido de que el pirquineo en materia Constitucional, en el ámbito legislativo solo lleva a más equívocos y al oportunismo del debate electoral. Y algo de ello hay en este tema de las inhabilidades.
Hace dos años presenté un proyecto de ley con el objeto de levantar la inhabilidad de los consejeros regionales para ser candidatos a senador y a diputado, es decir, para que no tuvieran que renunciar un año antes para postular a esos cargos.
Pero esa iniciativa no avanzó.
Aquello no fue asumido en el acuerdo que hubo en materia de fechas y de elección de los gobernadores regionales. Los Senadores y los Diputados nos blindamos, pues no quisimos discutir sobre si los consejeros regionales, para ser candidatos a parlamentario -tal como ahora-, debían renunciar un año antes a su cargo.
Entonces, si estamos levantando la inhabilidad para que puedan ser candidatos a alcalde o a concejal, ¿por qué no hacemos lo mismo para que postulen a los cargos de diputado o de senador?
No existe coherencia en ese razonamiento. Por el contrario: hay un blindaje.
Yo reivindico el proyecto de ley que presenté en su oportunidad, hace dos años, a fin de decir que si vamos a levantar la inhabilidad para ser candidatos a alcalde y a concejal, bueno, hagamos lo mismo también para que los consejeros regionales sean candidatos a diputado y a senador sin tener que renunciar un año antes a sus cargos.
Porque la ciudadanía nos va a decir: "Muy bien, ustedes despojaron de este blindaje a los alcaldes y a los concejales; pero ustedes permanecieron blindados respecto de los consejeros regionales".
Eso va a ser interpretado de manera indebida, a menos que digamos: "Esto debe ser gradual, y primero vamos por los alcaldes y los concejales".
¡Pero en eso se nos va a pasar la vida!
En consecuencia, lo que procedería es hacer un debate más profundo -yo voy a votar a favor de este proyecto, y me parece inevitable discutir sobre el particular- acerca de la evaluación de levantar las inhabilidades generales, porque si tenemos inhabilidades para unos y para otros no, estaremos estableciendo un principio de discriminación, no de igualdad.
Eso abrirá un debate político mayor, particularmente por la posibilidad de que los parlamentarios sean candidatos a gobernadores regionales, los cuales hoy día están inhabilitados para ello y ni siquiera pueden renunciar a sus cargos Y esto, por mandato de la ley.
Entonces, tiene que haber simetría en materia del derecho de elegir y de ser elegido de todos los ciudadanos. Yo estoy disponible a hacer ese debate, pero no para que establezcamos parches.
Cuando planteé el proyecto de ley para permitirles a los consejeros regionales ser candidatos a senador y a diputado lo que pretendía era abrir un debate mayor: ¿pueden ser candidatos a parlamentario los dirigentes sindicales sin tener que renunciar a su cargo?
En verdad, mis amigos presidentes de sindicatos de la pesca, de importantes centrales de trabajadores me van a decir: "Bueno, siguen legislando a pedacitos; o sea, continúan blindándose ustedes y a nosotros nos hacen renunciar".
Recuerdo claramente que un Presidente de la CUT tuvo que renunciar, pero siguió estando al mando. ¿Me explico? Hubo un acuerdo en la directiva -el Presidente de esa entidad era socialista- y permaneció al frente. Pero había renunciado formalmente.
Señor Presidente, en materia de inhabilidades, la ley en proyecto debe tener un debate más profundo, pues de no abordarse de esa manera puede ser objeto de algún requerimiento al Tribunal Constitucional por discriminación.
Yo voy a votar a favor de esta iniciativa; abramos el debate pertinente. Desde ya anuncio que si se establece un plazo para presentar indicaciones, voy a poner mi proyecto como indicación a fin de que haya discusión sobre la capacidad de los cores para ser candidatos a diputado y a senador.
No puedo dejar de aprovechar la ocasión para decir que Chile requiere una nueva Constitución, pues en verdad la que tenemos se agotó. La actual Carta no da el ancho para el siglo XXI, para la madurez de la sociedad, para lo que juntos hemos vivido.
Hay que dejar atrás la transición. Y parte de ello es dejar las inhabilidades que la Constitución del 80 generó, las cuales hoy día no tienen sentido, pues resguardan intereses sectoriales, personales o de grupos.
Reitero que votaré a favor de este proyecto a la espera de que se abra un debate más profundo no solo para que levantemos las inhabilidades de los consejeros regionales para ser candidatos a alcalde y a concejal, sino para que ellos puedan también postular como candidatos a diputado y a senador y, con esto, dejar de seguir blindando a los parlamentarios.
¡Patagonia sin represas!
¡Nueva Constitución, ahora!
¡No más AFP!
He dicho.
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- No hay más inscritos.
--El proyecto queda para segunda discusión.