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REGULACIÓN DE ACOSO SEXUAL EN ÁMBITO ACADÉMICO
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Proyecto de ley, en primer trámite constitucional, sobre acoso sexual en el ámbito académico, con segundo informe de la Comisión de Educación y Cultura.
--Los antecedentes sobre el primer proyecto (boletines Nos 11.750-04, 11.797-04 y 11.854-04, refundidos) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley (moción de las Senadoras señoras Órdenes, Allende, Provoste, Von Baer y señor Montes):
En primer trámite: sesión 18ª, en 29 de mayo de 2018 (se da cuenta).
--Los antecedentes sobre el segundo proyecto (11.797-04) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley (moción de los Senadores señores Letelier, Lagos y Pizarro):
En primer trámite: sesión 23ª, en 12 de junio de 2018 (se da cuenta).
--Los antecedentes sobre el tercer proyecto (11.845-04) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley (moción del Senador señor Lagos):
En primer trámite: sesión 28ª, en 3 de julio de 2018 (se da cuenta).
Informes de Comisión:
Educación y Cultura: sesión 88ª, en 15 de enero de 2019.
Educación y Cultura (segundo): sesión 32ª, en 10 de julio de 2019.
Discusión:
Sesión 90ª, en 22 de enero de 2019 (se aprueba en general).
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Esta iniciativa fue aprobada en general en sesión de 22 de enero de 2019.
La Comisión de Educación y Cultura deja constancia, para los efectos reglamentarios, de que no hay artículos que no hayan sido objeto de indicaciones ni de modificaciones.
La Comisión de Educación y Cultura efectuó diversas enmiendas al texto aprobado en general, todas las cuales fueron aprobadas por unanimidad, con excepción de una de ellas, que será puesta en discusión y en votación oportunamente.
Cabe recordar que las enmiendas unánimes deben ser votadas sin debate, salvo que alguna señora Senadora o algún señor Senador manifiesten su intención de impugnar la proposición de la Comisión a su respecto o que existan indicaciones renovadas.
Sus Señorías tienen a la vista un boletín comparado que transcribe el texto aprobado en general, las enmiendas realizadas por la Comisión de Educación y Cultura y el texto final que resultaría de aprobarse dichas enmiendas (se encuentra en la página 4 del boletín comparado).
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- En discusión particular el proyecto.
Habría que votar, sin debate, las enmiendas unánimes.
El señor BIANCHI.- Está bien.
La señora RINCÓN.- Sí.
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- ¿Habría acuerdo?
El señor BIANCHI.- Sí.
La señora PROVOSTE.- Sí.
El señor QUINTEROS.- Conforme.
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- ¿Se dan por aprobadas o se abre la votación?
El señor BIANCHI.- Se dan por aprobadas.
La señora VON BAER.- Sí.
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Muy bien.
Si le parece a la Sala, se aprobarán las enmiendas unánimes.
--Se aprueban.
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Senador señor Latorre, tiene la palabra.


El señor LATORRE.- Señor Presidente, quiero informar este proyecto, que fue tramitado en la Comisión de Educación del Senado (boletín N° 11.750-04) y que tiene por finalidad contar con una legislación que regule, prohíba y sancione el acoso sexual en el ámbito de la educación superior, considerando para ello un modelo de prevención y un modelo de sanción, con contenidos mínimos para cada uno de ellos.
El proyecto, que consta actualmente de ocho artículos permanentes y una disposición transitoria, fue modificado por la Comisión en el siguiente sentido:
En primer lugar, se establece que la regulación será para toda la educación superior y no solo en el ámbito académico. Asimismo, se incorpora a todas las instituciones de educación superior, junto con establecerse que se regulará no solo el acoso sexual sino que toda violencia de género.
En segundo lugar, se introducen adecuaciones al tipo propuesto por el proyecto en general, de tal modo que se consideren las particularidades de este tipo de conductas en contextos de instituciones de educación superior.
En tercer lugar, se indica que esta política será elaborada con la participación de todos los estamentos que existen al interior de las instituciones. De igual modo, se divide la regulación de la política integral de prevención respecto de la de sanción, estableciendo nuevos criterios por tener en consideración, tales como el debido proceso, medidas protectoras tanto para la denunciante como para el denunciado, la duración máxima de los procedimientos, el derecho a acceder al expediente, garantías a la participación de la víctima, entre otros.
En cuarto lugar, se incorporan cuatro nuevos artículos al proyecto.
-El nuevo artículo 4° establece el deber de las instituciones de "implementar mecanismos que contemplen apoyo psicológico, médico y jurídico de el o la denunciante y de los miembros de la comunidad por los hechos denunciados". Asimismo, en el curso de las investigaciones deberán "evitar la exposición reiterada e injustificada de el o la denunciante".
-El nuevo artículo 6° establece que esta regulación se aplicará con preferencia al Estatuto Administrativo.
-El nuevo artículo 7° establece las obligaciones tanto de los docentes, funcionarios y estudiantes, así como de la misma institución, en relación con los reglamentos que fijarán la política integral.
-El artículo 8° establece que "La Superintendencia de Educación Superior será competente para sancionar los incumplimientos de las obligaciones contenidas en esta ley".
Durante la discusión en particular, y con el propósito de perfeccionar el proyecto, se escuchó a las siguientes personas e instituciones:
-De la Red de Investigadoras, a la Presidenta, señora Adriana Bastías y al abogado señor Leonardo Castillo.
-A la Dirección de Igualdad de Género de la Universidad de Chile.
-De la Pontificia Universidad Católica de Chile, al Jefe de la Unidad de Violencia Sexual y profesor de la Escuela de Psicología, y a la Presidenta del Consejo de Prevención de Violencia Sexual.
Durante la tramitación se votaron un total de 78 indicaciones y se contó con unanimidad en 72 de ellas. Esto se debe tanto a la transversalidad del contenido del proyecto de ley como a un trabajo colaborativo y transversal de los equipos de Senadores y Senadoras de la Comisión de Educación, en conjunto con el Ejecutivo.
Es cuanto puedo informar, señor Presidente.
Muchas gracias.
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador Carlos Bianchi.


El señor BIANCHI.- Señor Presidente, nos encontramos en la discusión en particular de este importante proyecto que, efectivamente, como se ha señalado, dice relación con el acoso sexual en el ámbito académico.
Hay que recordar lo que fueron las protestas feministas, expresadas con fuerza el año pasado, las que sin duda pusieron en primer plano un tema que por muchísimos años había permanecido absolutamente oculto o silenciado.
Dicho tema, señor Presidente, guarda relación con las relaciones de poder y de abuso que se dan en las instituciones de educación, en especial respecto al abuso de que es objeto la mujer y que la mayoría de las veces debe sufrirlo en silencio, bajo la amenaza de experimentar algún perjuicio en el ámbito institucional académico en caso de dar a conocer la situación de abuso de la que es víctima.
Sin embargo, estimo que lo que se nos ha revelado con más fuerza, a propósito de los movimientos feministas, es la histórica e instalada cultura del abuso, generalmente del hombre hacia la mujer, pero no solamente eso, sino también del superior, de quien tiene poder frente a sus inferiores o dependientes. Estos, por su debilidad, deben aceptar el abuso como parte de lo cotidiano, lo que sin duda consiste en una práctica histórica que todavía vemos hoy en diversos sectores de nuestro país, y con mucha fuerza en el ámbito académico, materia que estamos abordando hoy.
Nuestro país ha firmado importantes tratados internacionales, comprometiéndose a adecuar la legislación interna de manera que todo tipo de abuso en contra de la mujer y, en general, cualquier abuso no quede impune y pueda ser debidamente sancionado, cuestión que hasta la fecha solo se ha cumplido en el ámbito laboral, en donde existe, desde hace algunos años, una figura que sanciona el acoso sexual. Pero en otros ámbitos de nuestra sociedad todavía el abuso permanece impune y sin una regulación que lo sancione y que proteja a las víctimas.
Por eso, al abordar este proyecto de ley, que establece un estatuto sobre el abuso sexual en el ámbito académico, sin duda, no solo era necesario, sino indispensable para avanzar en dar luz y trasparencia en dicho ámbito, donde históricamente ha imperado la impunidad y el silencio.
Respecto a la discusión en particular, señor Presidente, la discrepancia que existió en la Comisión entre las indicaciones 11 C) y 11 D) se resolvió en favor de esta última, puesto que en la ley debemos asegurar que los modelos institucionales que se adopten con relación a la prevención y sanción del acoso sexual tienen que ser elaborados con la participación de todos los estamentos de la comunidad educativa, y no permitir que sean los altos directivos únicamente los que definan ese modelo.
Hacer lo contrario, señor Presidente, sería perpetuar un modelo tradicional de imposición de normas y deberes en las instituciones de educación superior, cuestión que, sin duda, debemos evitar para no consagrar una estructura vertical, que precisamente ha sido una de las principales responsables de la existencia de abusos en dichas entidades, y, sobre todo, su impunidad.
Voy a votar favorablemente este proyecto.
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Tiene la palabra, a continuación, la Senadora Ena von Baer.


La señora VON BAER.- Señor Presidente, valoro que estemos viendo este proyecto el día de hoy. Hace bastante tiempo que estaba listo para tratarse, pero, por otras urgencias, no se había podido discutir en la Sala.
Agradezco a la Senadora Ximena Órdenes, quien en su minuto nos invitó a ser parte de esta moción, y también a la Red de Investigadoras, que nos ayudó a redactar la iniciativa de ley y ha estado acompañando su tramitación.
Señor Presidente, este proyecto nació luego de una sesión de la Comisión de Educación en la que se conversó respecto al acoso sexual en las instituciones de educación superior. En esa oportunidad conocimos situaciones tremendamente complejas que se han producido en distintas casas de estudio a lo largo del país. En ese momento consideramos que no bastaba con discutir el punto en el órgano técnico, sino que se requería generar una política sobre cómo enfrentar el acoso sexual en el ámbito académico.
Cuando conocimos esos hechos, quisimos saber si existía o no un protocolo en las instituciones de educación superior para actuar frente a tales situaciones. Y nos dimos cuenta de que era bastante pobre la existencia de este tipo de protocolos, lo que es bastante -por no decir "muy"- lamentable. O sea, pese a existir hechos graves de acoso sexual, el que las propias instituciones no hayan actuado por sí mismas para establecer un protocolo es lamentable.
Por eso, señor Presidente, avanzamos en establecer una obligación para los establecimientos de educación superior en orden a contar con un protocolo en esta materia. En realidad, más que un protocolo, se trata de una política integral contra la violencia de género, que contendrá un modelo de prevención y uno de sanción, que será construido por la comunidad educativa.
Creo que ello constituye un avance. Es una reacción a una realidad que obliga a las instituciones a ponerse al día en algo que debieran haber hecho por sí mismas.
Pero no es solo que se obligue a las instituciones de educación superior a tener una política integral para enfrentar esas lamentables situaciones, sino que también se les pone un piso, un mínimo, respecto de lo que deben cumplir.
Creo que eso es relevante.
Cuando uno revisa lo que han hecho tales entidades en este ámbito, nos encontramos con políticas integrales muy buenas y otras muy malas o que no se hacen cargo de las situaciones de acoso sexual que existen y, por lo tanto, no enfrentan tales hechos de buena manera.
Lo primero que hace este proyecto es obligar a las instituciones de educación superior a contar con un modelo de prevención, dentro del cual deben identificar actividades o procesos en cuyo contexto se genere o se incremente el riesgo de cometer acoso sexual; así como contemplar protocolos, reglas y procedimientos que permitan prevenir su comisión.
Luego se establece, señor Presidente -y esto me parece superrelevante-, un modelo de sanción.
Para ello, se determina un órgano competente al interior de la institución. Nosotros nos dimos cuenta de que es fundamental que dicho órgano sea profesional y especializado, el cual se encargará de determinar la existencia de una situación de acoso sexual y establecer cómo va a ser el proceso de investigación y denuncia. Ello también es muy relevante, pues a raíz de tales hechos se genera una realidad muy compleja dentro de las instituciones de educación superior.
Asimismo, se disponen sanciones ante denuncias falsas, lo que es importante.
De igual modo, se fija un código de sanciones administrativas internas ante situaciones de acoso sexual.
Además, se incluye la existencia de agravantes. En especial, se hace cargo del tema de la verticalidad entre la víctima denunciante y el victimario. Esto es superrelevante, porque en las instituciones de educación superior siempre pensamos en profesor-alumna, pero también hay otras relaciones de verticalidad.
Señor Presidente, a mi juicio, estamos dando un paso tremendamente importante al obligar a las instituciones a contar con la herramienta de una política integral en esta materia.
Me alegro de haber sido parte de este proceso de discusión y de que hoy estemos debatiendo la iniciativa en particular.
He dicho.
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Tiene la palabra la Senadora Ximena Rincón.


La señora RINCÓN.- Señor Presidente, no quiero extenderme en el contenido específico del proyecto. Ya lo han informado el Presidente de la Comisión y la Senadora que me antecedió.
Creo que es importante, sin lugar a dudas, esta iniciativa, por lo que saludo a sus autores, a los Senadores Letelier, Lagos y Pizarro y la Senadora Órdenes.
Considero que es una vergüenza y un escándalo que recién en el año 2019 estemos intentando poner fin o coto a formas de violencia como estas.
Es escandaloso que ni siquieraen el ámbito académico, en las universidades, supuestas cunas del pensamiento crítico y formadoras de mentes, que llevan adelante por generaciones la formación de profesionales y científicos del país, se tenga conciencia clara de la violencia que se ejerce sobre las mujeres por el solo hecho de ser mujeres.
Investigadoras, científicas, pensadoras, docentes, directivas, estudiantes, secretarias, funcionarias han tenido que soportar por años la humillación, la vejación de hombres que, a pesar de su formación profesional y de su labor académica, no son capaces de comprender a las mujeres que los rodean como un igual, como un otro tan digno de respeto como ellos.
Lo anterior envuelve dos fenómenos que hay que evidenciar: uno -se ha señalado aquí y obviamente se refleja en el proyecto- es la violencia contra la mujer y el otro, que permite que exista esa mujer violentada, es el abuso de poder.
¡Eso no se debe tolerar!
El artículo 2º del Código del Trabajo fue modificado el año 2005 para sancionar las conductas de acoso sexual.
Se estableció que en las relaciones laborales debe haber un trato digno con las personas. Y se dijo que, entre otras conductas, el acoso sexual es una acción indigna e injusta.
Se señaló que es acoso sexual "que una persona realiceen forma indebida, por cualquier medio, requerimientos de carácter sexual, no consentidos por quien los recibe y que amenacen o perjudiquen su situación laboral o sus oportunidades en el empleo.".
Ya es ley de la república la normativa contra el acoso sexual callejero.
Sin embargo, este proyecto de ley viene a demostrar, vergonzosamente, que el abuso sexual se sigue considerando una conducta normal; que la violencia contra la mujer sigue instalada en las mentes de muchos hombres como un hecho natural, permitido al punto que se han presentado proyectos de ley en cada ámbito de relación en el que interactúan hombres y mujeres, iniciativas para volver a sancionar lo indebido e indigno de tal conducta.
Cabe mencionar las de la Cámara de Diputados: boletín Nº 11.757-13, contra el acoso sexual en los ámbitos educacional y laboral; boletín Nº 11.801-07, para tipificar el delito de acoso u hostigamiento por medios informáticos; boletín Nº 12.257-13, para exigir al empleador la elaboración de protocolos de prevención y protección de sus trabajadores frente al acoso sexual.
Y en el Senado destaco los siguientes: boletín Nº 11.907-17, sobre acoso sexual en general; boletín Nº 11.926-29, contra el acoso sexual en la actividad deportiva, y, finalmente, boletín Nº 12.412-11, sobre acoso sexual en las atenciones de salud.
En verdad, señor Presidente, parece increíble que tengamos que legislar para que los hombres entiendan que hombres y mujeres somos iguales, que merecemos respeto y que no se puede abusar del poder y mucho menos acosar sexualmente a las mujeres.
Por eso, voto entusiastamente a favor de las enmiendas que se han hecho al proyecto en la discusión en particular.
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- A continuación, tiene la palabra la Senadora Ximena Órdenes.


La señora ÓRDENES.- Señor Presidente, el 2018 estuvo marcado por el hecho de que miles de personas, especialmente mujeres, se movilizaron en distintas latitudes del mundo para exigir mayor igualdad.
Ese año fuimos testigos de la primera huelga feminista en España, en el marco de la conmemoración del 8 de marzo, Día Internacional de la Mujer, así como de la fuerte condena a los autores y jueces del caso La Manada, en la comunidad de Navarra, en tanto se condenaba a los acusados por abuso sexual y no por violación, como parecía evidente. Este hecho generó protestas en distintas ciudades de ese país y aparecía como expresión manifiesta de rechazo a la justicia patriarcal.
En América Latina comenzó a conocerse y consolidarse el movimiento "Ni una menos", que nace años antes en Argentina para denunciar la violencia de género y colocar en la palestra el concepto de femicidio como la expresión más brutal de violencia contra la mujer.
En Chile fueron las nuevas generaciones de mujeres quienes desde las universidades levantaron la voz y lograron colocar en la agenda pública el tema de la violencia de género, el acoso sexual y otros aspectos que graficaban nuevos formatos de la desigualdad y los abusos.
En este contexto surge esta moción parlamentaria sobre acoso sexual en las instituciones de educación superior.
En nuestro país el acoso sexual hasta el momento solo ha sido regulado de manera expresa en el ámbito laboral, y se ha avanzado bastante en materia de acoso sexual callejero.
Pero tal conducta no estaba regulada en el espacio académico.
Este proyecto define el acoso sexual en el ámbito de la educación superior y establece a qué instituciones se les va a exigir protocolos y planes de prevención y sanción: universidades, institutos profesionales, centros de formación técnica, escuelas matrices, entre otras.
Creo que con ello se va a garantizar mayor resguardo hacia las víctimas de abusos de poder por parte de personas que se encuentran dentro del contexto educativo.
La movilización del año 2018 en Chile marcó la agenda pública, la agenda feminista, y uno de los grandes temas fue efectivamente el acoso sexual. Lo digo porque a veces la violencia tiene figuras sutiles y el acoso es una de ellas, y hoy día con esta iniciativa de ley estamos no solo colocándolo y visibilizándolo en lo público, sino también desarrollando acciones de prevención y sanción.
Y a partir de eso, apostamos a que vamos a poder realizar cambios en la cultura chilena.
Quiero agradecer, especialmente, a la Comisión de Educación del Senado por haber dado celeridad a la tramitación de este proyecto; a Adriana Bastías, Vania Figueroa, Mónica Vargas, Ximena Báez y a todo el equipo de la Red de Investigadoras de Chile, quienes plantearon la idea que hoy se traduce en esta moción parlamentaria; a la Oficina de Igualdad de Oportunidades de Género de la Universidad de Chile y a su encargada, Carmen Andrade, y especialmente a las distintas universidades que expusieron en la Comisión, así como a organizaciones de mujeres que hicieron su aporte al proyecto que ahora se discute en particular.
Ya se cumplió más de un año desde las protestas feministas en nuestro país que paralizaron las clases de distintas facultades universitarias durante más de dos meses, a través de diferentes expresiones, con las cuales las mujeres y estudiantes exigieron el fin del patriarcado, el fin de la violencia y el fin de la educación sexista.
Por ello, el eje común era precisamente la creación y la mejora de protocolos internos para enfrentar las situaciones de acoso. No podemos negar que algunos ya existían y que, a partir del año 2019, también las escuelas matrices han hecho un aporte.
Lo que pretende la futura ley es estandarizar un sistema de prevención, de sanción, de resguardo de la víctima y también permitir que ello sea parte de los estándares de calidad de la educación a partir de la acreditación.
Finalmente, quiero decir que este proyecto nace de mujeres valientes que denunciaron una realidad que ha sido muchas veces silenciada, pero que es muy común en contextos educativos y de investigación.
Voto a favor.
El señor BIANCHI.- Votemos, señor Presidente.
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- No podemos abrir la votación, porque tenemos peticiones de votaciones separadas.
Y ya fueron aprobadas las enmiendas unánimes.
El señor COLOMA.- ¡Tiene razón!
El señor MOREIRA.- ¡Podría dejar entrar a los asesores para que nos ayuden...!
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Senadora Yasna Provoste, tiene la palabra.


La señora PROVOSTE.- Señor Presidente, quiero partir mi intervención haciendo un público reconocimiento a la red de mujeres académicas que han estado durante largo tiempo, muchas veces invisibles, abordando este y otros temas en el ámbito de la educación superior.
A través de Vania Figueroa, Mónica Vargas, Ximena Báez y Adriana Bastías, quiero reconocer el trabajo de tantas otras que a la distancia han estado colaborando con esta iniciativa, para que nuestras instituciones de educación superior realmente constituyan un espacio que sea iluminador de lo que debe ocurrir en nuestra sociedad.
En este punto, señor Presidente, más que avanzar en mayores legislaciones que protejan a nuestras mujeres, quiero simplemente decir que es el tiempo del respeto y de entender que hombres y mujeres tenemos las mismas oportunidades y debemos gozar de los mismos derechos.
El acoso sexual es una manifestación de violencia de género y expresa la desigualdad de poder y el abuso hacia quien es considerada de menor valor o sujeto de dominación de parte de otros. Está asociado a rasgos culturales y estereotipos sexistas que prevalecen, a pesar de los cambios experimentados en la sociedad chilena.
El acoso sexual es una conducta que constituye una vulneración al derecho a la igualdad y al derecho a no ser discriminado, entre otros, los que se encuentran garantizados en nuestra Constitución y en múltiples tratados internacionales que Chile ha suscrito.
Es, además, una manifestación de violencia.
La Ley General de Educación establece en su artículo 2º lo siguiente: "La educación es el proceso de aprendizaje permanente que abarca las distintas etapas de la vida de las personas y que tiene como finalidad alcanzar su desarrollo espiritual, ético, moral, afectivo, intelectual, artístico y físico, mediante la transmisión y el cultivo de valores, conocimientos y destrezas. Se enmarca en el respeto y valoración de los derechos humanos y de las libertades fundamentales, de la diversidad multicultural y de la paz, y de nuestra identidad nacional, capacitando a las personas para conducir su vida en forma plena, para convivir y participar en forma responsable, tolerante, solidaria, democrática y activa en la comunidad, y para trabajar y contribuir al desarrollo del país.".
Eso señala el artículo 2º. Es la aspiración que nuestra sociedad tiene de la educación, como proceso de aprendizaje permanente.
Sin embargo, ¿cuántas mujeres que con tanto esfuerzo han llegado a la educación superior han visto truncado ese proceso por situaciones indeseables como lo es el acoso?
Además, en la misma Ley General de Educación se dispone, en su artículo 10, que, sin perjuicio de los derechos y deberes que establecen las leyes y reglamentos, los integrantes de la comunidad educativa gozarán de los siguientes derechos y estarán sujetos a los siguientes deberes: "Los alumnos y alumnas tienen derecho (...) a estudiar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo, a expresar su opinión y a que se respete su integridad física, y moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios o degradantes y de maltratos sicológicos".
¡Qué más vejatorio, señor Presidente, que el acoso sexual que tantas mujeres han tenido que sufrir, muchas veces en silencio! Otras, que han logrado romper esa barrera, nos permiten también, en el día de hoy, estar avanzando en una legislación que por desgracia sigue siendo necesaria en nuestro país para erradicar definitivamente las situaciones de acoso.
Quiero señalar que uno de los elementos más importantes por el que debemos pronunciarnos en la votación en particular es que se hace obligatorio para las instituciones contar con modelos preventivos y protocolos contra el acoso, porque se estableció que esta será una condición para acceder al Sistema de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior; es decir, será parte de los estándares de acreditación que hoy día poseen. Por lo tanto, constituye un avance el que las instituciones tengan modelos preventivos para hacer realidad el que erradiquemos prácticas que son indeseables en nuestra sociedad.
Voto a favor.
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Tiene la palabra, a continuación, la Senadora Adriana Muñoz.


La señora MUÑOZ.- Señor Presidente, en primer lugar, quiero felicitar la iniciativa de la Senadora Ximena Órdenes, quien ha presentado un proyecto de gran importancia.
Lo valoro -en una etapa en que ya estamos avanzando- como un resultado, como aquí bien se ha dicho, de las movilizaciones de miles de mujeres chilenas durante los últimos años, particularmente en 2018, para poner y hacer visible la situación de violencia y de discriminación que ellas viven en todos los ámbitos de la sociedad.
De esta manera, creo que, como legisladoras y legisladores, estamos deconstruyendo un ordenamiento jurídico que reproduce la cultura patriarcal en la ley, porque, cuando hay situaciones que no se hacen visibles en el ordenamiento legal, quiere decir que la legislación no reconoce hechos de discriminación, desigualdad y violencia que viven, en este caso, las mujeres.
Es por eso que todo el debate que hemos venido desarrollando durante muchos años, desde el 90 hasta ahora, no se ha realizado por un camino fácil. En 1991, siendo Diputada, presenté el primer proyecto sobre acoso sexual en el trabajo junto con otros colegas, cuya tramitación duró doce años y fue objeto de mucha jocosidad.
Entonces, considero que aquí, cuando estos debates los damos en el marco de la ley, estamos, de alguna manera, desafiando a una cultura patriarcal que está reproduciéndose en todos los ámbitos de la sociedad, pero también en el ordenamiento legal.
Ello resulta muy importante, porque hoy día, en la Comisión de la Mujer y la Igualdad de Género, se habla, por ejemplo, de la igualdad. Sin embargo, cuando establecemos penalidades mayores para los casos de asesinato de mujeres -el femicidio-, se dice que estamos incurriendo en una desproporcionalidad de la pena o estamos, de alguna manera, haciendo ver que la vida del hombre vale menos que la de la mujer.
De ahí que estimo que este es un debate importante que hay que dar.
¿Qué es la igualdad y qué concepto de igualdad vamos a ir consagrando en el ordenamiento jurídico? Las mujeres buscamos igualdad porque no somos iguales. Y por eso se requiere todo este andamiaje de cambio legal para que, desde la desigualdad en la que vivimos, podamos alcanzar niveles de igualdad con los hombres. Pero no somos iguales.
Por cierto, la vida de un hombre y la de una mujer valen igual, poseen el mismo valor, pero ¿de qué manera resguardamos la vida de una mujer, de qué manera resguardamos la integridad, la dignidad de una mujer que estudia, que trabaja, y que cuando es víctima de acoso sexual, donde sea que ella se desenvuelva, ve desestabilizada su vida emocional y su dignidad, porque, para conservar el trabajo, debe aceptar el acoso, porque, si no, pierde su empleo? Cuando un profesor acosa a una alumna, también hay temor. Porque estas prácticas se hacen desde la verticalidad del poder, del control que lo masculino tiene hoy día en la sociedad.
Y yo creo que con estos esfuerzos intentamos ir cambiando esa realidad. Bienvenido sea, en ese sentido, un proyecto de ley -ojalá no se demore doce años en salir- que vaya transformando conductas cotidianas altamente provocadoras de dolor, de falta de dignidad hacia seres humanos como somos las mujeres, que requerimos, por cierto, toda la valoración de nuestras capacidades y de nuestra condición de personas.
Por eso, señor Presidente, creo que esta iniciativa es un gran triunfo de los movimientos de mujeres que desde hace muchos años, muchos siglos, han venido luchando por obtener derechos, por visibilizar desigualdades, por lograr una igualdad desde la desigualdad, y por hacer un cambio cultural profundo aquí, en la ley, que es donde más dificultades hemos encontrado para poder avanzar en materia de derechos.
Voto a favor, pues considero que las observaciones mencionadas son pertinentes.
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- A continuación, tiene la palabra la Senadora Luz Ebensperger.


La señora EBENSPERGER.- Seré muy breve, señor Presidente, porque creo que todas las Senadoras (hasta ahora hemos hablado puras Senadoras mujeres; también es importante destacarlo) han relevado este proyecto.
Quiero felicitar a sus autoras y sus autores. Considero importante tocar este tema. ¿Por qué? Porque hay que reconocer que en muchos ámbitos, pero particularmente en el ámbito académico superior, existe lo que en Derecho se conoce como "temor reverencial", el temor que ciertas personas les tienen a sus superiores jerárquicos o, en este caso, a académicos o investigadores que pueden, en virtud del nexo que existe, cometer abusos de confianza que lleven a acosos sexuales.
Me parece que la iniciativa, que contempla la obligación de contar con una política integral contra la violencia de género, así como con un modelo de prevención y de sanción de las conductas constitutivas de acoso sexual -se formula una larga lista de exigencias de lo que deberá contener dicho modelo-, apunta en el camino correcto. Considero importante que situaciones de este tipo tengan reglas claras.
Y vuelvo a relevar, una vez más, el proyecto, que esperamos que sea aprobado. Lo mismo, aunque no en la misma magnitud pero no por ello menos importante, que sea bastante completo al considerar, en su artículo 3°, letra m), que el modelo de sanción deberá contemplar también "La sanción a las denuncias falsas relativas a hechos inexistentes o infundados, presentadas con ánimo deliberado de perjudicar la imagen o reputación del denunciado". Creo que esto le da mayor seriedad tanto a la iniciativa en análisis como a los futuros reglamentos o protocolos que las distintas instituciones de educación superior establezcan.
Es importante recordar que hace un año o un año y medio, en la Escuela de Derecho de la Universidad Católica, a propósito de una elección en la Federación de Estudiantes, se acusó de un delito grave a José Ignacio Palma, que finalmente la Justicia determinó que era falso.
Me parece que, así como hay que sancionar y erradicar toda forma de violencia y de acoso contra la mujer, en este caso el acoso sexual en el ámbito académico superior, también deben existir reglas claras para castigar y sancionar las denuncias falsas o infundadas que solo busquen perjudicar.
Gracias.
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- A continuación, tiene la palabra la Senadora Isabel Allende.


La señora ALLENDE.- Señor Presidente, este proyecto, que hoy día estamos viendo en su discusión particular, es una fusión de tres mociones que fueron presentadas por diversos parlamentarios que patrocinamos o adherimos a la idea de legislar sobre la materia, y es parte de la agenda de género que se levantó, en gran medida, gracias a la gran ola feminista que ha habido. Esa nueva ola es parte del proceso de lucha del movimiento feminista por la emancipación, por la igualdad, por la no discriminación y, muy importante, por terminar con la violencia de género que todavía existe.
Esa ola, como sabemos, se levantó el 2018, precisamente por el acoso sexual evidenciado en diversos establecimientos educacionales y denunciado por estudiantes y académicos que en dicha oportunidad expusieron la situación compleja de violencia y acoso que les tocó vivir.
Esa ola, afortunadamente, trajo consecuencias legislativas, puesto que hoy tanto en el Senado como en la Cámara existe una Comisión de Mujer e Igualdad de Género, y se han impulsado proyectos como la "Ley Gabriela" -esperamos terminar de tramitarlo el día de mañana-, que tipifica el femicidio íntimo, para incorporar, por ejemplo, el pololeo, de modo que no necesariamente haya habido una convivencia. Es decir, se tipifica de manera más amplia el femicidio. Otro proyecto es el de violencia integral, que pronto entraremos a estudiar en particular. Y se está tratando de impulsar la aprobación del Protocolo de la Cedaw (Convención de las Naciones Unidas para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer), el cual ha estado congelado por dieciocho años en la Comisión de Relaciones Exteriores.
En el proyecto de acoso sexual en el ámbito académico -hoy "educación superior"-, fue muy importante que un grupo de académicas, reunidas en la Red de Investigadoras, se acercaran a los Senadores para impulsar esta normativa, que precisamente permite prevenir y erradicar el acoso en espacios educativos.
En el libro que publicaron este año, llamado "A mí también", se expusieron graves casos de abusos contra mujeres en el ámbito de la educación. Uno de los relatos señala: "Fui humillada, violentada y desmerecida en mi labor educativa. Mi autoestima por el suelo. Tuve depresión severa y mi caso nunca se investigó en la universidad. El acosador y sus cómplices siguen impunes. No llegué a tribunales por no tener recursos para pagar un abogado. No pude seguir con mi carrera académica, pues no tengo referencias. Dolor, angustia y pena".
Este es un ejemplo del sufrimiento que pueden vivir las mujeres en esos espacios, y que tiene, evidentemente, severas consecuencias en su integridad psicológica.
En cuanto a la discusión particular de la iniciativa, quiero destacar que todas las indicaciones fueron aprobadas por unanimidad, lo cual refleja el consenso que ha generado esta propuesta, ya que las impulsoras han logrado hacer tomar conciencia al Congreso de la relevancia que tiene regular esta materia. Tales indicaciones buscaban asegurar los contenidos de los modelos de prevención y sanción del acoso e involucrar a la Superintendencia de Educación Superior para conocer las situaciones de incumplimiento de las obligaciones que crea la ley.
En la discusión se cambió el concepto de acoso sexual en el "ámbito académico" por el de "educación superior", porque, obviamente, el primero era muchísimo más restrictivo y limitaba su aplicación solo a víctimas docentes, dejando fuera a las estudiantes, que en muchas oportunidades sufren violencia y acoso, no solo por parte de sus profesores, sino también por parte de sus propios compañeros de estudios. A la definición de acoso se agrega que este puede ser virtual, recogiendo las diversas modalidades en las que puede darse.
También es importante que se haya incorporado la exigencia de que en cada institución exista una política integral de violencia de género que tenga un modelo de prevención y de sanción. Recordemos que la obligación de existencia del modelo permitirá a las instituciones acreditarse.
Entre las mejoras que se generaron en el protocolo o modelo de sanción se incluyeron normas que refuerzan el deber de protección de la víctima; la confidencialidad en el proceso; la existencia de medidas cautelares para resguardar a la víctima; el acotamiento del plazo de investigación a solo seis meses, y un mecanismo para evitar las denuncias que sean evidentemente falsas.
Otro aporte que se hizo fue evitar la revictimización de la persona que denuncia, siendo el mismo un principio de protección hacia las mujeres para evitar una sobreexposición innecesaria, que acarrea repetir una y otra vez la declaración. La denunciante requiere todo el apoyo psicológico, como lo reconoce el proyecto, por lo cual obligarla a rememorar el episodio constantemente es un daño que se debe evitar.
Por eso, señor Presidente, siendo una de las que adhirieron a esta iniciativa, por supuesto que voy a apoyar el proyecto, con todas las modificaciones que le introdujo la Comisión de Educación, esperando que sea una verdadera herramienta que permita terminar con la cultura del acoso y del abuso que se les hace a las mujeres, no solo en el ámbito de la educación superior, sino también en el laboral y en muchos otros.
Hemos ido avanzando y trabajando, particularmente en la Comisión de la Mujer y la Equidad de Género, donde nos propusimos lograr las mejores herramientas que nos permitan entender, de una vez por todas, que en esta sociedad, que todavía tiene remanentes patriarcales, no se puede seguir desvalorizando, discriminando o simplemente agrediendo a una mujer.
Lamentablemente, ya llevamos como treinta femicidios en lo que va del año, lo cual nos indica que todavía, como ocurre en el 98 por ciento de los casos, son mujeres las víctimas de agresión.
Ha llegado la hora de que tomemos conciencia como país y avancemos en esta materia. Y esta es una herramienta más, que, aunque restringida al ámbito de la educación superior, esperamos que se extienda a todos los sectores de la sociedad.
Voto a favor.
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Tiene, a continuación, la palabra el Senador Juan Pablo Letelier.


El señor LETELIER.- Señor Presidente, fue una chilena la primera académica en atreverse a denunciar situaciones de acoso en universidades estadounidenses -si no me equivoco, en la de Massachusetts, Boston-, lo cual cambió brutalmente la legislación en ese país.
Era Ximena Bunster, una mujer que se atrevió, en los años ochenta, a levantar la voz frente a una práctica centenaria, milenaria, de esta sociedad patriarcal, donde hombres consideran que tienen el derecho, no solamente, como dice el texto que se propone, a solicitar ciertos favores de carácter o connotación sexual, sino también a tener determinados comportamientos en esa misma dirección.
Casi cuatro décadas después, recién estamos discutiendo esto en nuestro país. "Más vale tarde que nunca", dirán algunos, pero lo cierto es que esta, al igual que otras, es una práctica que demuestra que tenemos una sociedad tremendamente violenta, de hombres contra mujeres, y donde algunos tratan de desconocer que la cultura dominante todavía actúa sobre ellas como si fueran objetos.
La movilización feminista del año pasado en nuestro país fue de las más notorias a nivel planetario, porque -digamos las cosas como son-, si uno ve los registros históricos de movilizaciones feministas en el mundo, encontrará pocos ejemplos como el que ocurrió aquí, en Chile, el cual se inició, precisamente, por denuncias de situaciones de acoso en el ámbito académico. Y no es que hayan partido recién ahí, pues en tiempos pasados también hubo denuncias, incluso en esta misma Corporación, de las mismas prácticas.
Quiero decir que no estamos legislando sobre una situación nueva; esta es, por desgracia, antigua.
Por ello, se presentaron tres mociones que se fusionaron en la iniciativa que ahora estamos discutiendo: una, en la que colaboraron personas de la Red de Investigadoras; otra, que recogió propuestas de colegas como el Senador Ricardo Lagos, y una tercera que presentamos junto con el Senador Jorge Pizarro. Esto, porque algunos tenemos la convicción de que la sociedad patriarcal les hace mal, no solo a las mujeres, sino también a los hombres, y de que el cambio de comportamiento debe ser sistémico y colectivo.
Este proyecto avanza, sin duda, al establecer una tipificación de las conductas que serán sancionadas en el ámbito de la educación superior. Yo me pregunto: ¿por qué no igualmente en otros ámbitos, como en el de la educación media, donde se producen asimismo situaciones de acoso?
Quizás no se dieron las condiciones para avanzar más allá, por lo que el proyecto deja acotadas sus disposiciones a la educación superior, entendida esta en sus expresiones tanto técnicas como universitarias. Se establece una definición de acoso sexual en la educación superior o en un contexto académico o de investigación, que comprende la solicitación de favores y comportamientos no consentidos.
Igualmente, se imponen responsabilidades para las instituciones de educación superior que van más allá de los protocolos que varias universidades han acogido. Se plantea un modelo de prevención que se deberá implementar en cada institución y los procedimientos que se seguirán para la denuncia y la investigación.
Analizaremos lo anterior, porque en lo particular siento que algunos de los enunciados van a ser muy complejos de aplicar.
Entiendo que lo perfecto es enemigo de lo bueno, pero aquí sí hemos avanzado en la posibilidad de otorgar competencia a una unidad profesional y especializada en cada entidad de educación superior. Creo que será difícil implementar los mecanismos de sanción. Espero que se logre avanzar en esto con mucha celeridad.
Votaré a favor del proyecto.
Eso sí, considero necesario que en este tipo de normativas tengamos mecanismos de evaluación, de elaboración de disposiciones especiales para ver si estamos siendo eficaces.
También, espero que logremos asegurar el cumplimiento de lo que aquí se plantea en cuanto a que las instituciones educacionales que carezcan de modelo de prevención no puedan ser acreditadas.
Considero que esta iniciativa representa un tremendo avance, y que la fusión de los tres proyectos es muy importante. Agradezco la colaboración de la Asociación de Red de Investigadoras en esta materia, porque es con la sociedad civil con quien tenemos que ir abordando estos temas que apuntan al cambio cultural. Más que la sanción, que es necesaria, es preciso efectuar un cambio cultural profundo en nuestra sociedad.
Las nuevas generaciones vienen con gran fuerza en esta dirección, lo que ocurre es que la institucionalidad y la cultura dominante no comprenden que no solamente hay que rechazar, castigar, sancionar estos comportamientos, sino también establecer sanciones culturales profundas para entender que las mujeres no son objetos, que las insinuaciones, las proposiciones o los comportamientos de carácter sexual deben ser desterrados.
Lamento tener que recordar, señor Presidente, que cuando se produjeron situaciones en esta institución, a mi juicio, prevalecieron los comportamientos machistas, incapaces de desterrar prácticas tremendamente dolorosas para la persona que se atrevió a denunciar, que la han dejado a ella estigmatizada desde entonces y en la impunidad a quienes fueron denunciados.
He dicho
.
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- A continuación, tiene la palabra el Senador Alejandro Navarro.


El señor NAVARRO.- ¡Jorge Mateluna es inocente y lo vamos a probar!
Señor Presidente, muchas universidades están trabajando desde hace ya un largo tiempo, incluso desde antes de la ola feminista, en protocolos que tiendan a objetivar y a sancionar estas conductas.
Está claro lo que propone esta iniciativa, al igual que la que trató el acoso sexual laboral. Como planteó la Senadora Adriana Muñoz -con quien compartimos en la Comisión de Trabajo de la Cámara de Diputados durante más de nueve años, con gran oposición, y también con el Diputado Juan Pablo Letelier, por más de once años-, ha habido mucha resistencia a aceptar una realidad, a regularla por ley, porque lo que hace esta es prevenir y sancionar. En tal sentido, es muy distinto que esta materia se norme en un reglamento interno en el ámbito académico, a que exista una ley de la república que establezca el procedimiento, el modelo y las sanciones.
Esto será una ley. Y yo digo que si en la ley en proyecto hay una prohibición de tales conductas, su incumplimiento será un delito, lo cual salvaguardará su efecto más notable: el aspecto disuasivo y preventivo.
Las universidades e institutos profesionales ya están trabajado (esto no es solo para las universidades), y habrá muchos modelos.
Mi primera preocupación es que efectivamente se cumpla el protocolo que establece la misma iniciativa como condición mínima y no existan numerosas diferencias, porque si no, se generará la adaptabilidad respecto de diversas instituciones que pueden minimizar o maximizar la sanción o la tipificación de estas conductas.
Quiero señalar que al revisar el texto -no habíamos tenido ocasión de hacerlo- observamos que el artículo 2° consagra el concepto de "contexto académico" o "de investigación", en cuanto al que solicite favores de naturaleza sexual para sí o para terceras personas. Pero en el último inciso de ese mismo se afirma que "se entenderá por ámbito académico las actividades desarrolladas u organizadas por cualquier tipo de institución educativa o académica.".
De lo anterior se desprende que no es ámbito académico una actividad desarrollada por profesores o por alumnos, independientemente de la universidad. Es decir, si no se tratara de una actividad organizada por la universidad, ya no tendríamos el contexto de acoso académico, tal como se señala en el artículo 2°.
Con la segunda variante -los Senadores que estudiaron esto nos lo podrán aclarar-, esto puede ser presencial o virtual. Y, claramente, ya que los abogados, después, interpretan la ley, si la conducta en comento se da fuera de un contexto de organización o actividad desarrollada por la universidad, ya no existirá un ámbito académico.
Entonces, me pregunto qué pasará si durante un sábado o un domingo, en que no hay actividad académica, ni organizada por la universidad, se produce un acoso virtual. Ello, porque no ocurrirá necesariamente en el contexto académico, sino fuera de él, ya que en el inciso primero del artículo 2° -repito- se habla de que el acoso presencial o virtual es en el contexto académico y, luego, al definir "contexto académico", se dispone que este corresponde solo a actividades o acciones organizadas por la universidad.
Esta es una primera duda respecto de la aplicación de esta ley en proyecto.
Del mismo modo, el artículo 5° establece que las universidades que no cumplan con esta normativa no podrán acceder a la acreditación contemplada en la Ley de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior. Y en el artículo 7° figuran las sanciones.
Yo quiero señalar, señor Presidente, dada la experiencia que tuvimos con la aprobación de la Ley de Acoso Laboral, que la Superintendencia de Educación Superior, que tendrá a su cargo el tratamiento de estas denuncias, deberá contar con una unidad especializada para que efectivamente se realice la investigación en el contexto adecuado.
Además, en la letra g) del artículo referido a los derechos tanto del denunciante como del denunciado se establece el derecho de ambos a acceder al expediente de la investigación,
Del mismo modo, en la letra h) se contemplan las medidas de protección al denunciado, y en la letra i) se otorga a la víctima la posibilidad de intervenir en el procedimiento.
Yo quiero señalar que la principal amenaza es a la confidencialidad, porque acceder al expediente de una alumna que denuncia la deja sin protección. ¿Qué pasa en el intertanto, cuando aún no se ha resuelto el proceso sumarial, o el que fuere? ¿Qué pasa en ese período, cuando la denuncia sigue su curso y se investiga? Ahí hay un tipo de relación vertical y de poder altamente a favor del denunciado, en este caso de la autoridad, ya sea docente o de otro tipo.
Ahí existe un punto que el protocolo debe contener, porque el ámbito de las notas es sensible: la aprobación o reprobación de un ramo, efectivamente puede depender de aquello, porque el criterio que siguen los profesores es decir: "Esta es la nota de calificación". "No hay derecho a ver la prueba". "No hay derecho a ver el certamen". "No hay derecho a ver el test".
Yo creo que es esencial regular no solo el proceso de investigación, que puede durar largo tiempo, sino también la protección para que esto no se transforme en represalias. Sin aquello, el desincentivo para las denuncias va a ser enorme por la posibilidad de que aquellas se generen.
Creo que este es un paso extraordinario, que ha sido mérito, por cierto, de un movimiento feminista que en Chile ha levantado su voz de manera decidida. Yo creo que las universidades lo van a cumplir, hay que velar porque el procedimiento garantice la denuncia, si no, no habremos resguardado nada.
Señor Presidente, espero que los plazos se cumplan, como lo establece el artículo transitorio, en las universidades e institutos profesionales, y que haya protección para quienes sufren la tragedia que significa el acoso sexual dentro de la educación superior.
Voto a favor.
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Tiene, a continuación, la palabra el Senador Iván Moreira.


El señor MOREIRA.- Yo quizás, señor Presidente, voy a hacer un discurso atípico. ¿Y por qué digo "atípico"? Porque quiero rayar la cancha. ¿Y por qué quiero rayar la cancha? Porque cuando uno expresa algún tipo de crítica se confunden.
¡Me gustan las mujeres! ¡Me encantan las mujeres! Las respeto, las quiero. Tengo una gran mujer que me acompañará toda la vida. Y creo que ellas cumplen un rol muy importante en nuestra sociedad.
Pero cuando se presenta un proyecto de ley de cualquier naturaleza, siento que hay personas que se van por las ramas y confunden la discusión, como algunas que me han antecedido en el uso de la palabra.
Si me escucha la Senadora Órdenes, quiero decirle que yo la felicito...
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Senador Moreira, un momento.
Pido a la Sala guardar silencio, por favor. Hay un Senador que está hablando.
El señor MOREIRA.- Señor Presidente, espero que no sea delito tirarle un piropo profesional a la Senadora Ximena Órdenes...
El señor MONTES.- ¿"Profesional" en qué sentido?
El señor MOREIRA.- En el sentido de que no se confundan...
¡Ah...! ¡Ya empezó el feminismo...! ¡Por favor!
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Senador, le solicito continuar con su intervención.
El señor MOREIRA.- Si alguien puede reclamar por lo que yo diga es la persona que se siente afectada.
Estimo bastante y quiero mucho a Ximena. Por eso, lo que he tratado de hacer aquí es expresarle que la felicito por este proyecto.
Dicho eso, debo señalar que hemos estado legislando en este ámbito. Pero, ¡perdón!, las mujeres y los hombres no somos iguales. Porque si lo fuéramos, no estaríamos legislando.
¡Sí, derechos! ¡Sí, deben tener todos los derechos de los hombres! Y a mí eso me parece bien.
En lo personal, no me he abstenido de votar a favor de distintas materias en las que no he estado a favor del todo. Pero encuentro que aquí existe un exceso en estos temas.
El feminismo ha pasado a ser un ideologismo, más allá de la lucha por los derechos de la mujer. Creo que aquí, en este Congreso, se está cumpliendo, por las razones que sea, porque la sociedad avanza. Pero el feminismo le hace daño a la causa de los derechos de la mujer.
Fíjense que aludí a un "piropo" y la persona que pudiese sentirse afectada no ha dicho absolutamente nada, sino que aparecen otros. ¡No, pues! ¡Seamos un poco más serios en esto! ¡Caer en esta exageración, a estos niveles ya es mucho!
El señor MONTES.- No proyecte.
El señor BIANCHI.- ¿Pero cuál sería el piropo...?
El señor MOREIRA.- ¡Y ahora salió otro defensor, pues!
Coloque orden, señor Presidente.
¡Reglamento!
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Escuchemos, por favor, la intervención del Senador Moreira.
El señor MOREIRA.- Quiero decir, en palabras simples: ¡No somos iguales!.
¿Tenemos los mismos derechos? Sí, y la sociedad avanza para que el Estado les pueda entregar esos derechos a las mujeres.
¡También las defendemos! Entendemos que están cumpliendo un rol importante en nuestra sociedad. Pero no estoy de acuerdo con los abusos, con las malas interpretaciones.
Tengo todo el derecho a dar mi opinión sobre lo que yo pienso, y lo haré en esta Cámara con respeto, como siempre. Por ello, digo que no estoy de acuerdo en que, por el hecho de ser mujer, haya una condena distinta para determinado delito. Verdaderamente no lo entiendo.
¡Ante la ley todos tenemos que ser iguales, si estamos buscando la igualdad!
Observo que hay un exceso de proyectos en este ámbito, algunos justos, como este. Por eso que valoro esta iniciativa de ley y por eso la votaré a favor. Y con las mujeres de nuestra bancada, presentaremos varias indicaciones relacionadas con ciertas reposiciones.
Eso es todo lo que quería señalar.
Deseo finalmente aclarar que, cuando me he referido a una persona, ella no necesita defensores de ningún lado.
Gracias.
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador Alejandro Guillier.


El señor GUILLIER.- Señor Presidente, por cierto, hay un conjunto de proyectos que se han venido presentando desde hace tiempo y que dan cuenta de un evidente vacío que se produce, sobre todo en el ámbito de las instituciones de la educación superior, en las relaciones que se generan fundamentalmente entre el estamento académico y el estudiantil, pero también entre el estamento académico y el administrativo.
Por lo tanto, este no es solo un tema del contexto estudiantil, sino que se da en general en las relaciones amplias que existen en el ambiente universitario.
Creo que el proyecto de ley que estamos discutiendo ahora en particular aborda de manera bastante razonable y adecuada los problemas que se busca subsanar.
En primer lugar, se reconoce que hay un vacío en el conocimiento de los derechos por parte de los miembros de la comunidad universitaria, especialmente de la estudiantil.
Segundo, se establece claramente que el acoso sexual es una vulneración del derecho a la igualdad y a la dignidad, y a no ser discriminado en el mismo contexto del mundo universitario.
Al respecto, es pertinente señalar que las universidades más prestigiosas del mundo, de hecho, ya poseen políticas institucionales definidas en esta materia, en que el abuso, la agresión sexual y la violencia de distinto tipo que pueda implicar un trato degradante, humillante y de dominio son abordados.
A mi juicio, el artículo 1°, en particular, consagra de buena forma el marco general de regulación y el ámbito donde se aplicará el acoso sexual, fundamentalmente en la educación superior. Por eso esta ley en proyecto es bien específica.
En tercer lugar, se define quién comete acoso sexual en la educación superior y se afirma que no solo es un comportamiento agresivo visible, sino también no consentido y con una connotación sexual capaz de provocar una situación objetiva, intimidatoria, hostil o humillante.
Además, se contemplan los requisitos mínimos que deben tener las políticas integrales que estas instituciones deberán elaborar de manera obligatoria.
Al mismo tiempo, se establecen mecanismos de apoyo psicológico, médico, jurídico para el o la denunciante o los miembros de la comunidad que se sientan afectados.
Se determina, asimismo, un criterio para acceder a la acreditación institucional.
Por otra parte, se disponen formas de difusión de las obligaciones, prohibiciones y sanciones. Y, en ese marco, se fijan fechas y plazos para elaborar estas políticas y difundirlas.
Y, finalmente, se expresa que la Superintendencia de Educación Superior será competente para sancionar el incumplimiento de las obligaciones contenidas en esta ley en proyecto por parte de las instituciones de educación superior.
Creo que la iniciativa ha quedado bastante completa, y, por lo tanto, sugiero darle aprobación.
Muchas gracias.
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Senador Coloma, tiene la palabra.


El señor COLOMA.- Señor Presidente, yo simplemente quiero hacer una referencia sobre este proyecto en cuanto a la legislación comparada internacional, y particularmente en lo relativo a una reunión en que me hizo bastante sentido la importancia de este tipo de normativas. En efecto, en el último Congreso del Futuro se planteó que uno de los temas más complicados en el mundo científico y en el mundo de la educación superior era precisamente la situación de acoso por razones de dependencia.
Se señalaba que en el ámbito científico ello se da básicamente en función del acceso a publicaciones, porque una científica que no tiene capacidad para realizar publicaciones casi deja de existir a efectos prácticos. Se hacía referencia a estudios internacionales comparados que habían ido comprobando que, durante el paso del tiempo y a propósito de una situación de dependencia, ocurrían situaciones de abuso científico inaceptables que los propios científicos estaban en aras de desterrar y de prevenir.
Además, se planteaba como un segundo escenario propenso al mismo tipo de conducta la educación en general, para ser franco, y la educación superior, en particular, por la edad de los involucrados.
Entonces, si bien a uno le baja una duda conceptual en cuanto al fondo -porque se puede considerar que cualquier acoso es igualmente serio-, ¿por qué diferenciar entre acosos que se dan en un escenario y otros que ocurren en uno distinto? Lo cierto es que lo que los hace diferentes es la situación de dependencia. En el fondo, es el interés o la lógica de anulación de la voluntad o del consentimiento, a raíz de una conducta, lo que genera un escenario diferenciado.
No es que uno considere más grave la naturaleza de un acoso porque se produce en un ambiente u otro. Es porque la dependencia lo hace más posible, más tolerado y, asimismo, más complejo de enfrentar.
Por eso me parece que esta normativa, que no es fácil, sino compleja, difícil y presenta escenarios de innovación importantes, apunta en un sentido correcto. Y más aún -esto para mí era muy importante, pues lo he visto en denuncias que he conocido-, porque considera un modelo de prevención y uno de sanción de conductas, cuestión que también es muy dificultosa. Parece fácil escribirlo; pero es más complejo estipularlo y exigirlo.
Sin embargo, si ello va dentro de una ley punitiva y además se le da el carácter de preventivo, a mi juicio se aborda de manera más integral un problema que no digamos que es de la modernidad -porque se trata de una situación que ha existido desde siempre-, pero que debe enfrentarse de una forma distinta en el proceso legislativo.
Señor Presidente, a mí me interesa aportar en cuanto a la diferencia que existe aquí.
Porque, por ejemplo, cuesta decir que a alguien lo han acosado en el trabajo y que exista una lógica distinta respecto de que eso haya sido en una institución de educación superior. A uno le produce cierto ruido establecer esa distinción.
Lo que justifica esa diferencia es la dependencia. Y la dependencia se hace más compleja en la medida en que se torna más sofisticada, donde los caminos para lograr lo que uno quiere van siendo únicos o de curso obligado.
Eso es lo que complejiza, lo que le da más sentido a una iniciativa de este tipo.
En consecuencia, me parece bien que se consignen un modelo de prevención y uno de sanción, porque eso, obviamente, ayuda mucho a generar respuestas prácticas respecto de hechos que lamentablemente se siguen dando en Chile y en el mundo.
He dicho.
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- No hay más inscritos.
Tiene la palabra el señor Secretario.


El señor GUZMÁN (Secretario General).- Señor Presidente, si bien durante la relación que hice al comienzo de la discusión particular del proyecto explicité que no hay artículos que no hayan sido objeto de indicaciones ni de modificaciones y que, en consecuencia, correspondía votar sin debate las enmiendas unánimes, toda vez que no se habían renovado indicaciones, se hizo llegar a la Mesa la reposición de una indicación al artículo 2° del proyecto de ley para reemplazar su inciso segundo (página 3 del comparado) por el siguiente: "El presente cuerpo legal regula los actos de acoso sexual que resulten atentatorios contra el personal académico y no académico, los estudiantes, y a toda persona vinculada, de cualquier forma, a las actividades desarrolladas u organizadas por la respectiva institución de educación superior. Los actos de acoso sexual que se produzcan entre personas pertenecientes al personal académico, al personal no académico o entre integrantes de ambos grupos, se regirán por sus respectivos estatutos cuando estos contengan normas sancionatorias de acoso sexual.".
Se trata de una indicación de la Senadora señora Von Baer.
El señor MONTES.- ¿Cuál es?
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Es la indicación al artículo 2° del proyecto, para reemplazar su inciso segundo, el cual -reitero- figura en la página 3 del comparado.
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Tiene la palabra la Senadora Von Baer, para explicar la indicación.


La señora VON BAER.- Señor Presidente, quisiera pedir un segundo de atención, pues a mi juicio esta materia la resolvimos mal.
Y deseo hacer el punto por qué: porque creo que lo que debemos hacer es cuidar siempre el mejor derecho de las víctimas a defenderse; es cuidar siempre el mecanismo que más les sirva a ellas.
Hoy día tenemos tres caminos distintos para sancionar el acoso sexual cuando hablamos del ámbito académico.
El primero es el que mencionó la Senadora Rincón, que se halla relacionado con la sanción que se establece a través del Código Laboral.
Ahí figura un sistema que está probado que funciona, en que ya se ha sancionado a personas. No se refiere a toda la comunidad académica, sino solo a quienes laboran bajo las normas del Código del Trabajo: por ejemplo, los funcionarios de las universidades privadas.
El segundo mecanismo es el Estatuto Administrativo, que rige a las universidades estatales, y que también funciona.
Ahora tendremos un tercer estatuto, vinculado a toda la comunidad académica.
Por lo tanto, habrá un subconjunto de personas que dispondrán de tres mecanismos diferentes para los efectos de pedir que se sancione el acoso sexual en el ámbito académico: el Estatuto Laboral, el Estatuto Administrativo y el que se refiere a toda la comunidad académica.
Lo que finalmente establecimos en la ley en proyecto es la supremacía de este último estatuto.
Eso puede ser superbueno. Pero, en verdad, no lo sabemos, pues esto lo determina la institución. Por lo tanto, puede que ella establezca un estatuto excelente. Sin embargo, es factible también que en otros casos las sanciones que contemplen, por ejemplo, el Estatuto Administrativo o el Código Laboral a lo mejor sean más altas.
Pero eso no es lo más grave.
Y aquí, señor Presidente, me gustaría que me pusieran atención especialmente quienes conocen de Derecho Laboral. Porque puede suceder que se sancione al victimario por las normas del estatuto que estamos discutiendo hoy día y que, después, la víctima quiera ir a los tribunales invocando las disposiciones del Estatuto Laboral, pero que en esa instancia le digan que ello no es factible porque el caso ya tiene sanción.
Aquello me parece muy complejo.
Discutimos el punto con la Senadora Órdenes. Y en algún minuto yo propuse enviar el proyecto a la Comisión de Trabajo para que sus miembros discutieran esta materia. Porque lo mismo puede pasar en el caso del Estatuto Administrativo.
¿Qué me preocupa, señor Presidente? Y yo lo quiero decir superclaro: que terminemos siendo culpables -entre comillas- de quitarles a las víctimas una herramienta para que se sancionen actos de acoso sexual.
Eso me inquieta.
Si no es así, ¡bienvenido sea!
Yo tengo esa preocupación. He conversado este asunto con varios abogados, y me han expresado que ello puede suceder.
Se ha dicho también: "Bueno, que esto se resuelva en la Cámara de Diputados".
Un mecanismo de solución es el que yo planteo en esta indicación: esto es, que se diga que el personal que ya cuenta con un estatuto, se regirá por el que está en vigor. Es decir, nadie va a quedar sin estatuto que los defienda, y, por lo tanto, habrá sanción para quienes cometan actos de acoso sexual. En todos los casos habrá sanción, pues tendremos un estatuto general para la institución de educación superior y estatutos específicos que van a regir a quienes dependen de las universidades estatales (Estatuto Administrativo) y a aquellos que tengan un contrato laboral (Código del Trabajo).
Mi preocupación tiene que ver con el caso de una trabajadora víctima de acoso sexual, cuyo agresor es sancionado conforme a las normas del estatuto que se establece en este proyecto, que quiera ir a los tribunales laborales en busca de una pena más alta, de una pena distinta o de una restitución, y que estos le digan: "No, porque este caso ya fue sancionado y, según nuestro Derecho, no es posible sancionar dos veces la misma falta". Es decir, si el acto de acoso sexual es sancionado por las normas del estatuto que establece la institución de educación superior, a la persona afectada le van a decir: "Usted no va a poder tramitar la causa, porque significa una doble sanción para la misma falta".
En ese caso, creo que les estamos quitando a las víctimas una herramienta para que se sancionen actos de acoso sexual. Y eso no me parece bien.
Hay distintas fórmulas para solucionar este asunto.
Se puede resolver a través de la indicación que renovamos acá, que a mi juicio constituye un camino de solución.
También es factible señalar en el texto de la norma pertinente que esto no significa...
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Concluyó su tiempo.
Su Señoría dispone de un minuto adicional para redondear la idea.
La señora VON BAER.- Gracias.
Decía, señor Presidente, que esto se puede solucionar estableciendo en el texto de la norma respectiva que el hecho de que se haya sancionado por las disposiciones del estatuto que determine la institución de educación superior no significa que no se pueda sancionar por los otros estatutos.
Sin embargo, sí quiero dejar claro en la Sala que vamos a tener superposición de estatutos; superposición de caminos para castigar la conducta de acoso sexual; superposición de sanciones.
¿Qué aprobó la mayoría de la Comisión? Que rige este nuevo estatuto.
¿Qué me preocupa en lo personal? Que no conocemos cómo van a funcionar los nuevos estatutos. Y yo, desgraciadamente, no he tenido buenas experiencias con algunos estatutos establecidos en ciertas universidades en particular, pues son ellas las que van a elaborar tales normativas.
Si el estatuto es deficiente, la víctima siempre debiera tener la opción de utilizar el mejor sistema.
Ese fue otro camino que nosotros señalamos: que la víctima defina por cuál camino se va; que ella decida...
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Señora Senadora, yo no tengo inconveniente en darle más tiempo. Pero lo importante es que acá estamos discutiendo sobre una indicación renovada que deberá votarse.
Entonces, agradecería que existiera una posición al respecto.
Su Señoría está argumentando a favor, y le vamos a dar los minutos que necesita para exponer sus ideas.
Además, acá se ha hecho referencia al mundo laboral, y haremos la discusión pertinente. Pero -reitero- tenemos que poner en votación la referida indicación.
Puede continuar, señora Senadora.
La señora VON BAER.- Señor Presidente, solo quería hacer patente un problema.
Espero que este asunto se solucione en la Cámara de Diputados, a menos que se vote a favor esta indicación renovada.
Sin embargo, me parece sumamente relevante que nosotros no seamos culpables de quitarles a las víctimas un mecanismo de defensa.
He dicho.
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Se han inscrito la Senadora Provoste y los Senadores Letelier y Chahuán.
Por lo tanto, yo pediría que enfocáramos la discusión...
El señor COLOMA.- ¡Están en su derecho, señor Presidente!
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Correcto. Solo estoy tratando de orientar el debate.
Me parece que esta discusión es de Comisión, sin perjuicio de que después tendremos que poner en votación la indicación renovada.
Tiene la palabra la Senadora señora Provoste.


La señora PROVOSTE.- Señor Presidente, este tema se zanjó en la Comisión de Educación, donde señalamos claramente que este es un cuerpo normativo especial para sancionar el acoso sexual en las universidades y en las instituciones de educación superior.
Ello en ningún caso prohíbe a un académico ejercer acciones en el ámbito de la justicia laboral.
Por eso en este cuerpo legal hablamos de un protocolo interno cuya aplicación se restrinja a esa institución de educación superior.
La ley misma señala que es posible tomar otras acciones.
Por lo tanto, tratar de retrotraer la discusión a una indicación que, después del debate pertinente, se resolvió democráticamente en la Comisión, es intentar restringir el ámbito mismo de la acción del proyecto de ley.
Esto es igual que decir: "Mire, vamos a sacar una ley, pero en realidad seguirán rigiendo los mismos cuerpos normativos que no fueron capaces de enfrentar las situaciones de acoso sexual en el ámbito universitario".
Esa es la discusión de fondo, señor Presidente.
Si fuera así, entonces no hagamos nada, porque aquí tenemos cuerpos legales que siguen vigentes.
Por ello avanzamos en una normativa especial para sancionar el acoso sexual en la educación superior.
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor Chahuán.


El señor CHAHUÁN.- Señor Presidente, si bien entendemos que este proyecto establece un estatuto especial, la idea es buscar una fórmula que le permita a la víctima tener la opción de recurrir a las instancias pertinentes, por la vía que le sea más cómoda, para garantizar que su agresor sea sancionado.
Entonces, quiero poner también ese tema sobre la mesa.
Si bien esta materia ya se conversó en la Comisión, lo más complejo sería cerrar las alternativas que tiene la persona para que se sancione adecuadamente el acoso de que fue objeto.
Eso es lo que -reitero- deseo relevar en esta discusión.
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor Letelier.


El señor LETELIER.- Señor Presidente, entiendo que la Senadora Von Baer pueda tener un punto; pero yo la invito a una reflexión distinta.
Sé que ha levantado este tema y que ha estado hablando con otros colegas.
Esta iniciativa de ley en el fondo establece la obligación de que las universidades e instituciones de educación superior determinen normas de autorregulación interna tanto en materia de prevención como de sanción.
Esas medidas de prevención y sanción, que son obligatorias, no son jurisdiccionales. Incluso, yo diría que son preadministrativas. Porque no es una sanción administrativa, pues no se trata necesariamente de un órgano del Estado: algunas instituciones pueden serlo; otras no.
Lo que tenemos acá es la obligación de fijar un mecanismo de autorregulación al interior de las entidades de educación superior, porque si no lo hacen, pierden su acreditación. Y se establece una escala de sanciones.
La víctima puede usar el mecanismo dispuesto por su institución buscando que destituyan a su agresor. Y esta quizás, con su sistema, no lo destituya; o puede que sí lo haga.
Pero pongámonos en el caso de que no lo destituya.
¿Puede la víctima recurrir igual a los tribunales laborales? ¡Por cierto que sí!
Ello, porque acá no hay -creo que la Senadora Von Baer se equivoca aquí en el uso del concepto- una doble sanción jurisdiccional. Puede que exista alguna institución, que está obligada a autorregularse, que sancione. Sin embargo, dicha sanción no va a tener efectos sobre la resolución que adopten los tribunales. No hay cosa juzgada en materia de tribunales, porque nunca ha estado en sede judicial.
Los tribunales laborales definirán si hay un acto de acoso. Pero no podrán establecerlo en todos los ámbitos, porque la tipificación del acoso en materias de índole laboral establece que se trata de un abuso de poder siempre jerárquico, lo que es distinto de lo que puede pasar en el mundo académico.
Entonces, vale la pena recordar que se trata de ámbitos de discusión diferentes.
Por ello, me parece que la indicación de la señora Senadora, que está bien inspirada, puede llevar a un mal producto, a un mal resultado, por lo que invito a votarla en contra.
La víctima podrá recurrir a diferentes mecanismos. Y lo más probable -y en esto la Senadora Von Baer tiene razón- es que, si no logra destituir a alguien que a su juicio debe serlo, vaya a los tribunales del trabajo en busca de ese propósito.
Lo que ocurre con la ley en proyecto es que habrá un mecanismo prejudicial obligatorio para las universidades.
Eso me parece bueno, pues la autorregulación, que en general es un buen mecanismo para resolver conflictos que no son delitos -es importante dejarlo claro: no se trata de delitos, sino de prácticas que deben ser sancionadas-, permite que este tipo de actos puedan ser llevados a sede laboral para conseguir otros fines.
Por todo lo expuesto, insto a votar en contra de la indicación de la Senadora Von Baer.
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Tiene la palabra la Senadora Luz Ebensperger.


La señora EBENSPERGER.- Señor Presidente, creo que la Senadora Von Baer tiene razón en esta indicación, por una causa en particular, en el sentido de que, como señalaba el Senador que me antecedió en el uso de la palabra, lo que deberán hacer las instituciones de educación superior es tener una política y un protocolo donde establezcan cómo resolverán ellos los casos de acoso sexual, lo que va desde tratamientos preventivos hasta la sanción. Y lo que decía la Senadora Von Baer es que hoy día para las universidades estatales esto está resuelto en el Estatuto Administrativo, con normas particulares y a través de la institución del sumario administrativo, cuyas sanciones van desde la destitución hasta una amonestación, o sea, desde lo más grave hasta lo menos grave. Y agregaba que en el caso de las universidades privadas también se encuentra regulada esta materia, en el Código del Trabajo.
Tanto en el Código laboral como en el Estatuto Administrativo la sanción va desde lo más grave a lo menos grave, pero se encuentra establecida la sanción más grave. El problema es que con este proyecto de ley no sabemos si la institución de educación superior, al establecer su protocolo y eventualmente sus sanciones, determinará en qué casos y cómo se dará esa sanción más grave. Entonces, esta normativa, que busca resguardar y terminar con este tipo de acosos y abusos, podría ir en desmedro de la víctima.
Puede que no sea así o puede que sí. La Senadora Von Baer plantea que no sabemos cómo actuará cada universidad en la fijación de su protocolo, porque serán autónomas en esa dictación. Por ende, se puede llegar a establecer una sanción menor que, en definitiva, vaya en perjuicio de la víctima y en contra del espíritu de la normativa.
Por eso, apoyo la indicación de la Senadora Von Baer.
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Tiene la palabra la Senadora Ximena Órdenes.


La señora ÓRDENES.- Señor Presidente, seré muy breve.
El sentido de este proyecto es abordar una realidad que no está regulada. El énfasis está en la prevención, lo que no impide que también legislemos respecto de las sanciones, que es lo que preocupa y lo que se evidencia a través de la indicación presentada por la Senadora Von Baer. Pero son cosas distintas.
Esto se discutió ampliamente en la Comisión de Educación del Senado. Se busca proteger a la víctima, pero los estatutos vigentes no dan el ancho, no la protegen. Por eso hay un proyecto de ley específico que regula y sanciona el acoso sexual en el ámbito de la educación superior.
Lo anterior está señalado en la moción. La víctima puede tomar acciones judiciales, porque acá las medidas tienen más bien un carácter administrativo e interno.
Y lo que precisamente busca la iniciativa es evitar que se tenga que llegar a la sanción. Se promueve la prevención como primer ámbito en el cambio cultural. ¡Si este es un tema cultural! ¡No lo solucionaremos con sanciones!
Si aprobamos esta indicación, dejamos muy abierto el texto. Esa fue parte de las conclusiones a las que llegamos en la Comisión de Educación. Por lo tanto, tampoco dará el ancho, y ahí sí que se complejiza la cosa, porque serán muchos más instrumentos.
Por lo mismo, no acogeré la indicación y votaré en contra, tal como lo planteamos en la Comisión.
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Tiene la palabra la Senadora Ximena Rincón.


La señora RINCÓN.- Señor Presidente, le pido perdón por volver a intervenir en este punto, pero considero importante aclarar la confusión que se genera.
El Código del Trabajo -hice mención a esto- establece la existencia del acoso sexual y lo define. Y me parece que no existen problemas entre la ley en proyecto, que es especialísima, y el Código del Trabajo en cuanto a la supuesta imposibilidad de la víctima de recurrir ante el ámbito laboral.
En primer lugar, porque hay norma expresa en el texto de este proyecto de ley, en el artículo 7°.
Y en segundo lugar -me lo planteaba como una preocupación la Senadora Von Baer, y deseo hacerme cargo de aquello-, porque lo máximo que podría conseguir la víctima, en el caso de comprobarse, después de una investigación, la existencia de acoso sexual y de haber sido víctima de aquel, es que el trabajador sea despedido y no tenga derecho a los recargos en la indemnización por su despido. Vale decir, quedaría despedido solo con sus años de antigüedad, sin considerar los recargos adicionales.
Entonces, creo que no hay riesgo, por la especificidad de la norma y porque está resguardado el que se pueda recurrir. Pero en el ámbito laboral no se puede conseguir más que el despido, que es una de las acciones que puede adoptar la entidad educacional, y que lo señala expresamente el artículo 7°.
Considero que es innecesaria la presente indicación y que debemos aprobar el texto despachado por la Comisión respectiva.
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador Francisco Huenchumilla.


El señor HUENCHUMILLA.- Señor Presidente, no participé en la discusión fina que hubo en la Comisión respecto de esta materia. Pero, escuchando las distintas intervenciones, es necesario señalar que podemos tener normas de tipo general y especial.
Las normas laborales son generales para una categoría de trabajadores que están ligados por el contrato de trabajo. Las normas del Estatuto Administrativo se aplican a quienes están ligados con el Estado, a los funcionarios públicos, y es una categoría general.
En consecuencia, si se establece una norma relativa específicamente al ámbito académico, se trata de una norma especial que prima por sobre las normas generales. Por tanto, no podría haber una contradicción porque, no obstante que en el Código del Trabajo se señala una cosa y en el Estatuto Administrativo se dice otra, los casos referidos al ámbito académico entiendo que estarían regidos por esta norma especialísima.
Sin perjuicio de que exista una norma de carácter especialísimo, podría también aplicarse la norma laboral y administrativa, e incluso penal, si fuera el caso.
El propio texto del proyecto lo establece en su artículo 7° al señalar que "Lo dispuesto en esta ley es sin perjuicio de aquellas acciones de carácter penal, administrativo, laboral o civil que pudieran ser procedentes.".
Nunca habrá una doble sanción ni un doble procedimiento. Es en la medida que proceda. Ese es el sentido de la ley.
Yo interpreto que este proyecto es una norma especialísima que se refiere específicamente al ámbito académico. En consecuencia, tiene prioridad de aplicación respecto de las normas generales establecidas en el Código del Trabajo y en el Estatuto Administrativo.
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Vamos a poner en votación...
La señora VON BAER.- Pido la palabra, señor Presidente.
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Señora Senadora, usted ya habló. ¿Desea fundamentar su voto?
La señora ALLENDE.- Abra la votación, señor Presidente.
El señor ELIZALDE.- Abra la votación.
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Tiene la palabra la Senadora Von Baer.


La señora VON BAER.- Señor Presidente, lo que pasa es que quería generar esta discusión en la Sala.
Me parece superrelevante que en la historia de la ley quede clarísimo que las víctimas pueden acudir a los tribunales del trabajo y acusar por medio del Estatuto Administrativo. Porque, de otra manera, les estaríamos quitando herramientas a las víctimas.
Espero que no quedemos en la situación de que los tribunales digan que la causa no se puede fallar dos veces.
He escuchado con atención todo lo que han dicho los colegas. Por eso, retiraré la indicación.
Y reitero que considero importante que en la historia de la ley quede muy claro que rige este estatuto, pero que las víctimas siempre podrán recurrir al Estatuto Administrativo y al Código del Trabajo. Porque no creo que sea bueno que les quitemos una herramienta a las víctimas.
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Gracias, Senadora, por el retiro de la indicación.
Continuamos, señor Secretario.


El señor GUZMÁN (Secretario General).- Corresponde someter a votación el inciso primero del artículo 3°, que fue aprobado por mayoría en la Comisión. Se encuentra en la página 4 del comparado.
El señor LETELIER.- ¿Abrirá la votación, señor Presidente?
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Vamos a abrir la votación de la modificación propuesta.
Es la enmienda planteada respecto del artículo 3º, que fue acogida por tres a dos en la Comisión.
Señor Secretario, tiene la palabra.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Se trata de la modificación contenida en la página 4 del comparado, al inciso primero del artículo 3°, que figura en la columna central.
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- En votación.
La señora PROVOSTE.- Tal como viene de la Comisión.
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Así es.
Acuérdense, Sus Señorías, que dimos por aprobadas las normas acordadas por unanimidad. La que nos ocupa se aprobó por mayoría. Por tanto, quienes votaron a favor en la Comisión tendrán que pronunciarse favorablemente; y quienes votaron en contra deberán hacerlo negativamente.
--(Durante la votación).
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Tiene la palabra la Senadora Von Baer.


La señora VON BAER.- Señor Presidente, lo que establece el texto es que las instituciones de educación superior van a tener que contar con lo que ya hablábamos: una política de género. Y esa política integral deberá contener dos cosas básicamente: el modelo de prevención y el modelo de sanción.
La discusión aquí se centró en si toda la política de acoso sexual se establecía con participación de todos los estamentos o si el modelo de prevención se construía con participación de todos los estamentos.
Nosotros planteamos en la Comisión, en conjunto con el Senador García, que nos parecía muy positivo que la política se discutiera con la participación de todos los estamentos, pero que respecto del modelo de sanción, o sea, de cuáles serían las sanciones que regirían, encontrábamos que era un tema superespecializado relacionado con el funcionamiento de una institución de educación superior y que, por lo tanto, la participación de todos los estamentos en el modelo de sanción no era lo correcto.
Por eso, nosotros defendimos en la Comisión que la política de acoso sexual en el ámbito académico fuera definida con la participación de todos los estamentos en lo relativo a la prevención, pero que en la parte de la sanción, o sea, de cuál será la escala de sanciones que se establece respecto a las conductas, no se opere con un modelo participativo, sino que la defina un órgano específico, porque dicha materia reviste complejidad si se establece con el modelo participativo.
Por eso votamos en contra.
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Tiene la palabra la Senadora Provoste.


La señora PROVOSTE.- Señor Presidente, lo que evidencia este debate es que algunos quieren restringir la participación al interior de las instituciones de educación superior. Y lo que hemos aprobado nosotros, y que pedimos a la Sala ratificar, es que aquí exista una participación de todos y de todas en la construcción de esta política.
Porque, además, en esto existe un amplio consenso desde el mundo de la academia, de las investigadoras que han acompañado este proceso, en cuanto a que la única forma de que exista un cambio en la cultura institucional es a partir de la participación de todos y de todas.
Por lo tanto, lo que plantea la indicación que no fue aprobada en la Comisión, cuya idea vuelve a proponer la Senadora Ena von Baer, es restringir la participación.
Por eso, invitamos a ratificar lo aprobado en la Comisión.
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- ¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Terminada la votación.
--Se aprueba lo propuesto por la Comisión respecto del inciso primero del artículo 3° (20 votos a favor, 11 en contra y 1 abstención).
Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Goic, Muñoz, Órdenes, Provoste y Rincón y los señores Araya, De Urresti, Elizalde, Galilea, Guillier, Huenchumilla, Lagos, Latorre, Letelier, Montes, Navarro, Ossandón, Prohens y Quinteros.
Votaron por la negativa las señoras Ebensperger, Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Castro, Coloma, Durana, García-Huidobro, Kast, Moreira, Pugh y Sandoval.
Se abstuvo el señor Chahuán.
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.


El señor GUZMÁN (Secretario General).- En relación con el artículo 5° del proyecto, que figura en la página 12 del comparado, se ha renovado una indicación del Ejecutivo, para reemplazarlo por el siguiente:
"Artículo 5°.- La existencia del modelo de prevención que debe ser elaborado por las instituciones de educación superior de conformidad al artículo 3° de esta ley, será considerado en los procesos de acreditación institucional seguidos ante la Comisión Nacional de Acreditación, según lo previsto en la ley N° 20.129.".
Como señalé, se trata de una indicación renovada. No está en el comparado. Pero en su página 12, en la última columna, se encuentra el artículo 5°, que se reemplazaría por el texto al que se ha dado lectura.
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- En votación la indicación renovada.
--(Durante la votación).
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Tiene la palabra la Senadora Von Baer.


La señora VON BAER.- Señor Presidente, considero que es sumamente relevante que las instituciones de educación superior cumplan con esta ley.
Sé que van a decir -por eso me estoy poniendo el parche antes de la herida- que nosotros queremos relativizar el punto y que esto no se cumpla.
¿Pero sabe, señor Presidente? Creo que debemos mirar el proceso de acreditación como algo complejo. Porque hoy vamos a amarrar la acreditación al tema del acoso sexual en el ámbito académico; y mañana la podemos amarrar a otra materia, que también será relevante; y pasado mañana la coyuntura nos va a poner un tercer tema, que también será importante.
Por lo tanto, aquí hay dos caminos distintos.
Uno es el que nosotros hemos planteado. Nosotros no hemos dicho que esto no sea parte del proceso de acreditación; debe ser parte integrante de él. Lo que hemos señalado es que este aspecto no sea definitorio respecto de la acreditación. ¿Por qué? Porque con esto vamos a empezar a desperfilar un proceso de acreditación que ha sido difícil de construir -¡difícil de construir!-, dentro de la CNA, para las instituciones de educación superior.
Nosotros cambiamos todo el proceso de acreditación en el Gobierno anterior. Durante la Administración de la Presidenta Bachelet se presentó este nuevo proceso de acreditación. Y lo que aquí estamos haciendo es cambiarlo, ponerle ya una cosa diferente.
La acreditación es un proceso complejo, señor Presidente, que se basa en criterios y estándares de calidad confeccionados mediante un procedimiento llevado por un grupo de expertos pertenecientes a distintas instituciones, con una etapa de consulta, con representantes de diversos sectores.
Actualmente, la ley que fue aprobada durante el Gobierno anterior no contempla ningún -¡ningún!- requisito de incumplimiento que por sí solo implique la no acreditación. Este será el único requisito que determine por sí solo que no va a haber acreditación.
Imponer uno en la ley implica, entonces, saltarse todo este proceso, que se estableció hace muy poco a través de la ley de acreditación de la educación superior.
Si bien hoy el incumplimiento de ciertos estándares podría impedir la obtención de la acreditación, esto será resultado de una evaluación realizada por la CNA de manera autónoma y no por el incumplimiento de un requisito, de uno solo, sine qua non, establecido por ley.
¿Qué quiero transmitir, señor Presidente?
Que a mí me parece superrelevante que las instituciones de educación superior cumplan. Por lo tanto, ello reviste importancia. Y, de hecho, primero habíamos pensado votar separadamente este artículo y rechazarlo. Pero después dije: "¡No!, este no es el camino correcto, porque lo que corresponde es que esté dentro del proceso de acreditación". Pero lo que no podemos hacer es transformar el proceso de acreditación, a través de este mecanismo, a la larga, en un arbolito de Pascua, porque le vamos a ir agregando cada vez más cosas: "Si no cumple este requisito, tampoco puede ser acreditado; si no cumple este otro, tampoco puede ser acreditado".
La verdad, señor Presidente, es que todos los requisitos nos van a parecer relevantes, igual que este. No sé cuáles van a ser en el futuro. Pero cuando uno empieza a cambiar la ley de acreditación de instituciones de educación superior en parcialidades, que es lo que estamos haciendo acá, creo que no vamos por el camino correcto, especialmente porque acabamos de establecer este nuevo proceso de acreditación de la educación superior. Ni siquiera sabemos todavía bien cómo van a funcionar los criterios y estándares y ya estamos cambiando estos parámetros. O sea, es como decir: "¿Sabe qué? Está superbién que se establezcan, dentro de la ley, criterios y estándares, que ahora se están trabajando por la CNA, con las instituciones de educación superior, pero si no cumple esta, no está acreditada".
Entonces, esa es la preocupación que nosotros planteamos, por querer cuidar el proceso de acreditación tal como fue establecido hace muy poco, señor Presidente.
Voto a favor de la indicación.
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Senadora Yasna Provoste, tiene la palabra.


La señora PROVOSTE.- Señor Presidente, nosotros llamamos a votar en contra de la indicación que ha repuesto el Gobierno, y que también fue muy defendida en la Comisión por quienes han hecho uso de la palabra hoy.
Efectivamente, señor Presidente, con esta indicación se busca relativizar las conductas de acoso sexual en las universidades. Porque, digamos las cosas como son: los procesos que generan más importancia al interior de una institución son los de acreditación.
Entonces, yo preguntaría a aquellos que están a favor de esta indicación si para una institución es más importante tener la estructura organizacional o una política o planes de prevención de acoso sexual.
Porque hoy día en la estructura y en los criterios de acreditación se contempla, por ejemplo, que las universidades tengan un gobierno institucional. Y aquellos que defienden esta indicación del Gobierno del Presidente Piñera no quieren que los establecimientos educativos estén obligados a tener protocolos para sancionar drásticamente las conductas de acoso. Es decir, aquí se van a ponderar con mayor importancia la información institucional, los recursos materiales intangibles que el contar con protocolos institucionales.
De eso estamos hablando.
Y aquí, ¡claro que se relativiza, pues! Al apoyar esta indicación se relativiza el cumplimiento de las exigencias de todas las instituciones de educación superior en cuanto a desarrollar una política que sancione, una política de prevención de los temas de acoso sexual.
¡Cómo eso no va a ser importante! Es tan relevante como la definición de la misión institucional y los propósitos que forman parte de los criterios más significativos de los procesos de acreditación, junto a las capacidades de autorregulación, a los informes institucionales y a la sustentabilidad económica y financiera.
Parece que aquí hay quienes quieren defender el modelo, en donde lo más importante son los criterios económicos. No importa que no tengan protocolos de prevención de acoso; no importa que no sancionen conductas que no son deseadas.
¡No! Lo decimos fuerte y claro: ¡nosotros no estamos en la posición que hoy día representa el Gobierno del Presidente Piñera con esta indicación, que busca relativizar el compromiso por el respeto debido hacia las mujeres, por la no discriminación de sus derechos!
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Tiene la palabra la Senadora Ximena Órdenes.


La señora ÓRDENES.- Señor Presidente, quiero hablar de la transversalización del enfoque de género. O sea, cómo la mirada de género logró cambiar políticas públicas en este país.
Antes de que no tocáramos los incentivos a los servidores públicos, nadie hablaba de género y menos estaba en las políticas públicas. Ejemplo: Indap. Ninguna de las mujeres chilenas del mundo rural podía optar a las políticas públicas de Indap porque no eran dueñas del campo (este era administrado por el cónyuge) y, por lo tanto, no eran potenciales usuarias, hasta que se integró el Indap-Prodemu, y se obligó a Indap.
Yo les quiero contar que 1.500 trabajadores se quedaron un año sin su bono, y le pedían la cabeza a la encargada de género, que siempre fue mujer, hasta esa fecha. ¡Y después todos le tomaron importancia a este tema!
Otro caso es Sercotec Capital Abeja. Las mujeres no podían acceder a los programas de microemprendimiento, precisamente porque no tenían acceso al crédito. ¡Las mismas barreras de entrada!
Entonces, lo que hace la transversalización del enfoque de género, como ha sido reconocido en distintas conferencias mundiales, es efectivamente garantizar eso.
Por consiguiente, instalar este tema en la acreditación y señalar que una institución cumple con un estándar determinado en tanto tenga este enfoque o no, a mí me parece imprescindible. Y fue parte del corazón también del proyecto de ley y de las primeras inquietudes que nos manifestó la Red de Investigadoras en este sentido.
Otro ejemplo: salud. En las patologías o problemáticas AUGE no hubieran estado el cáncer de mama, el cáncer de útero y la analgesia en el parto. Y les quiero decir: los partos de más de la mitad de las mujeres en Chile eran sin anestesia.
O sea, se obligó a todas las instituciones a poner este enfoque. Porque, si no, la gente cree que las políticas son neutras, que todos tenemos derechos y, en la práctica, ocurre que la representación de capacitación en el Sence, en el Indap, el acceso a la salud son harto discriminatorios.
En cuanto al tema de la acreditación queremos que, en el estándar de calidad que se establece, este criterio sea uno más entre varios. Y a mí no me parece que un protocolo, que una unidad especializada, que el definir ciertas sanciones, que es lo que estamos aprobando, entiendo...
Le pediría al Senador Moreira que me escuche también.
El señor MOREIRA.- Pero si la estoy escuchando...
La señora ÓRDENES.- ¡Por favor! Pareciera que no. Hace rato que está con su dispositivo móvil ahí, bien concentrado.
Pero lo que planteo -estoy haciendo uso de la palabra, Senador; por su intermedio, Presidente- es que si no legislamos esto -¡para que vea que no necesito escudero...!-, estaremos rompiendo el corazón de la norma.
Así que voto en contra, señor Presidente.
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Senador señor Latorre, tiene la palabra.


El señor LATORRE.- Señor Presidente, lo que está en juego acá es si contar con una política y un modelo de prevención del acoso es un requisito o es simplemente un criterio por considerar a la hora de la acreditación.
Ahora bien, como hoy día la acreditación está vinculada a financiamiento, es un incentivo y es una exigencia el hecho de que las instituciones de educación superior cuenten con una política y modelos de prevención y sanción del acoso sexual. Es un estándar de calidad exigible. No se trata de un criterio por considerar, sino de una exigencia. Y será la misma comunidad la que habrá de presionar a las autoridades por si no quieren elaborar estos modelos y estas políticas. Y la única manera de presionarlas es a través de la acreditación, pues, como he dicho, ella está vinculada a financiamiento.
Por lo tanto, acá tienen una exigencia y deberán cumplirla.
Ahora, no es que a las instituciones de educación se les exija esto de un día para otro. La misma disposición transitoria da cuenta, en este proyecto de ley, de "un plazo máximo de ciento ochenta días corridos desde la publicación de esta ley para implementar los modelos de prevención", con la participación de la comunidad. Y la norma continúa: "en un plazo de un año desde la implementación de los referidos modelos, las instituciones de educación superior deberán realizar una evaluación de ellos, en la que deberán participar los diferentes estamentos de la misma.".
O sea, tienen tiempo para elaborar los modelos y políticas de prevención y de sanción del acoso, y también para su implementación. No es de un día para otro, pero es una exigencia, y ella dice relación con cómo hoy día, en el siglo XXI, la calidad integral de la educación superior también está vinculada con contextos que previenen y sancionan la violencia contra las mujeres, principalmente, como es el acoso sexual en el ámbito académico.
Así que, en ese sentido, voto en contra de la indicación y respaldo la forma como estaba redactado el proyecto original, en términos de que la implementación de los modelos señalados sea un requisito para la acreditación.
Gracias, señor Presidente.
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- No hay más inscritos.
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- ¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido aún su voto?
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Terminada la votación.
--Se rechaza la indicación renovada (19 votos por la negativa y 13 por la afirmativa) y el proyecto queda aprobado en particular y despachado en este trámite.
Votaron por la negativa las señoras Allende, Goic, Muñoz, Órdenes, Provoste y Rincón y los señores Araya, Bianchi, Chahuán, De Urresti, Elizalde, Guillier, Huenchumilla, Lagos, Latorre, Letelier, Montes, Navarro y Quinteros.
Votaron por la afirmativa las señoras Ebensperger, Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Castro, Coloma, Durana, García-Huidobro, Kast, Moreira, Ossandón, Prohens, Pugh y Sandoval.
--(Aplausos en tribunas).