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CREACIÓN DE CATASTRO NACIONAL DE MORTINATOS PARA FACILITAR SU INDIVIDUALIZACIÓN Y SEPULTACIÓN


El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Corresponde tratar el proyecto, en segundo trámite constitucional, que modifica la ley Nº 4.808, que reforma la ley sobre el Registro Civil e Identificación, para establecer un catastro nacional de mortinatos y facilitar su individualización y sepultación, con segundo informe de la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía y urgencia calificada de "suma".
--Los antecedentes sobre el proyecto (12.018-07) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite: sesión 65ª, en 7 de noviembre de 2018 (se da cuenta).
Informes de Comisión:
Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía: sesión 3ª, en 19 de marzo de 2019.
Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía (segundo): sesión 34ª, en 17 de julio de 2019.
Discusión:
Sesiones 4ª, en 20 de marzo de 2019 (queda pendiente la discusión en general); 10ª, en 16 de abril de 2019 (se aprueba en general).
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- La iniciativa en discusión fue aprobada en general en sesión de 16 de abril de 2019.
La Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía deja constancia, para los efectos reglamentarios, de que los artículos 5 permanente y segundo transitorio no fueron objeto de indicaciones ni de modificaciones. Estas disposiciones deben darse por aprobadas, salvo que alguna señora Senadora o algún señor Senador, con acuerdo unánime de los presentes, solicite su discusión y votación.
--Se aprueban reglamentariamente.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- La Comisión efectuó diversas enmiendas al proyecto de ley aprobado en general, todas las cuales fueron acordadas por unanimidad.
Cabe recordar que las enmiendas unánimes deben ser votadas sin debate, salvo que alguna señora Senadora o algún señor Senador manifieste su intención de impugnar la proposición de la Comisión respecto de alguna de ellas o existieren indicaciones renovadas.
De las modificaciones unánimes, la incorporación del artículo 6, nuevo, es de quorum calificado, por lo que requiere, para su aprobación, 22 votos favorables.
Sus Señorías tienen en sus escritorios un boletín comparado en que se transcriben las modificaciones introducidas por la Comisión y el texto como quedaría de ser aprobadas.
Es todo, señor Presidente.
El señor QUINTANA (Presidente).- En votación las enmiendas unánimes.
--(Durante la votación).
El señor QUINTANA (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Chahuán.


El señor CHAHUÁN.- Señor Presidente, Honorable Sala, por supuesto que respaldamos el texto final en virtud del cual se crea el catastro de mortinatos; se define expresamente el concepto como tal, y se permite darle dignidad al mortinato a efectos de que la persona gestante pueda hacer la respectiva inscripción.
Esta materia surgió en virtud de un proyecto que iniciáramos como Diputados en su tiempo. Luego en el Senado, junto con el actual Ministro de Justicia, Hernán Larraín, presentamos una propuesta, la que fue recogida por el Ejecutivo para la presentación de la iniciativa en estudio.
Creemos, sin lugar a dudas, que hoy día estamos contribuyendo a dar dignidad a los mortinatos, ya que somos capaces de generar no solamente un catastro, sino también la opción de un procedimiento de licencia para la sepultura cristiana de los restos de una gestación.
En este sentido, hemos iniciado en algunos cementerios de nuestra Región la posibilidad de recuperar, por ejemplo, los restos que estaban en el Servicio Médico Legal para dar una adecuada sepultura a aquellos que fueron el resultado de abortos y que han sido encontrados en la vía pública.
Creemos que con este proyecto logramos darles dignidad a los mortinatos y, si bien no se establece un estatuto jurídico especial para ellos ni tampoco se les reconoce derecho alguno, sin lugar a dudas esta iniciativa permitirá otorgar la dignidad necesaria tanto para la gestante y su familia como para el propio mortinato.
Por supuesto, vamos a dar nuestra aprobación a esta iniciativa.
He dicho.
El señor QUINTANA (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Navarro.


El señor NAVARRO.- Señor Presidente, la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía se abocó al conocimiento de este proyecto de ley y, por cierto, hicimos modificaciones a lo que venía de la Cámara de Diputados.
El debate estuvo centrado en establecer de manera rigurosa y exacta que este registro no consagra derecho alguno y no tiene efectos jurídicos ni de ninguna otra clase.
La idea central es brindar el derecho, a aquellos que han sufrido la pérdida de un hijo -denominados "personas gestantes"- de inscribir el mortinato en este registro en el tiempo que fuere, de aquí en adelante, mediante un certificado de defunción y un registro nacional de mortalidad fetal hacia atrás, sin límite de tiempo, y, si no hay registro de salud, con una declaración jurada de la familia o de la propia persona gestante, a fin de que el registro del nombre, con los apellidos que se determinaren, sean incorporados.
Se ha establecido, además, en el artículo 5 -y esto es muy importante- que esta ley no podrá interpretarse de manera que obstaculice el acceso de mujeres y niñas a los servicios de interrupción voluntaria del embarazo en los casos en que estos sean legales.
Del mismo modo, incorporamos un nuevo artículo 6, que no venía de la Cámara de Diputados, el cual señala "La información contenida en el catastro creado por la presente ley, tendrá el carácter de reservada respecto de terceros, siendo considerada como dato sensible, de acuerdo a lo establecido en la ley N° 19.628, sobre protección de la Vida Privada". Es decir, quienes pueden acceder a este catastro son los directamente relacionados.
De otro lado, en materia de disposiciones transitorias, se establece que podrá hacer la inscripción toda persona que contare con un certificado médico de defunción -como el que he señalado- emitido con anterioridad a la presente ley.
Señor Presidente, con esto venimos a saldar una deuda y, además, a dar resolución a la demanda de cientos de madres que han sido afectadas, por diversos motivos, por la pérdida de un hijo en gestación y que, después de un tiempo o tras el luto, buscan y requieren darle personalidad al hijo que no llegó a nacer.
Por lo tanto, lo que hacemos es contribuir a un paso decisivo en la búsqueda de tranquilidad, de salud mental y en particular del derecho de las madres que han tenido un hijo en gestación y no han dado a luz.
El proyecto llama "producto" a los mortinatos, que es una definición técnica que aparece en el Código Sanitario, y se refiere a aquellos hijos que no pudieron ser dados a luz o no tuvieron vida una vez salidos del vientre de la madre.
En consecuencia, aprobadas por unanimidad, las introducciones son beneficiosas para el proyecto en materia de reserva y privacidad y también en lo que respecta a no establecer plazos para la inscripción, la cual pueden hacer de manera directa los interesados, la persona gestante o quien ella determine, porque, mirando hacia atrás, en muchos sectores rurales o en determinadas áreas de Chile no había quién emitiera un certificado médico y pudiera determinar una defunción.
Por eso, hemos dejado en manos de una declaración jurada o un certificado emitido por algún profesional de la salud la posibilidad de acreditar dicha inscripción, cuyo catastro no tiene efectos jurídicos ni en ningún otro ámbito. Esto es muy importante por las dudas que habían surgido. Esta inscripción no implica reconocer estatuto jurídico o derecho alguno al mortinato y no produce ninguna otra clase de efectos jurídicos en ningún ámbito.
Mortinato -leo la definición- es "todo producto de la concepción, identificable o diferenciable de las membranas ovulares o del tejido placentario o materno en general, que cese en sus funciones vitales antes del alumbramiento o bien antes de encontrarse completamente separado de la persona gestante, muriendo y que no ha sobrevivido a la separación un instante siquiera". Esta es la definición técnica. Puede parecer dura, pero es la que aparece también en otros cuerpos legales.
Por lo tanto, en nombre de la Comisión, quiero puntualizar que discutimos ampliamente el proyecto; hubo una interacción permanente con la Subsecretaría de Derechos Humanos y estamos completamente de acuerdo con el Gobierno en esta redacción final, que esperamos que pueda ser aprobada de manera definitiva por la Cámara de Diputados.
Por las razones expuestas, voto a favor y solicito que la Sala proceda de igual forma.
¡Patagonia sin represas!
¡Nueva Constitución, ahora!
¡No más AFP!
El señor QUINTANA (Presidente).- A continuación, puede intervenir el Senador señor Kast.


El señor KAST.- Señor Presidente, simplemente quiero felicitar al Ministerio de Justicia y a su titular, que hoy nos acompaña.
Agradezco también a la Comisión de Derechos Humanos, pues la verdad es que tuvimos una tramitación muy colaborativa con distintas organizaciones de la sociedad civil.
Agradezco, asimismo, al Presidente de dicho organismo, Senador Alejandro Navarro, quien cumplió un rol importante en esta materia.
Este es un proyecto de ley muy sentido. Nos reunimos con distintas organizaciones. Y, en realidad, es necesario poder tener un duelo, poder vivir este proceso humano, familiar.
Tal como decían algunos señores Senadores hace un rato, este proyecto fue objeto de algunas modificaciones que buscan mejorar algunos elementos que venían de la Cámara de Diputados y que nos parecían importantes.
Uno de ellos dice relación con qué pasa cuando se ha vivido un dolor muy fuerte y se requiere que la familia o el cónyuge quiere hacer uso de este registro para poder llevar a término dicho duelo. Por eso se buscó una fórmula mediante la cual se permite que la gestante pueda delegar en un tercero, en su cónyuge, la posibilidad de efectuar tal registro.
Un segundo elemento importante se refiere al tiempo, es decir, hasta cuándo se permite la inscripción. Al principio se establecieron plazos muy acotados, que muchas veces hacían imposible realizar aquella.
Quiero agradecer a la Subsecretaria de Derechos Humanos, Lorena Recabarren, quien estuvo presente en todas y cada una de las sesiones, con su equipo legislativo, buscando soluciones para mejorar el proyecto.
En definitiva, señor Presidente, quiero hacer presente que hoy día estamos despachando un proyecto muy contundente, que generó gran consenso y que fue bien tramitado.
Por todo ello, sin lugar a dudas, voto a favor.
El señor QUINTANA (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Sandoval.


El señor SANDOVAL.- Señor Presidente, como bien se ha señalado, este es uno de aquellos proyectos inocuos desde el punto de vista de sus efectos en ámbitos diversos.
Se ha explicado aquí que esta iniciativa carece de efectos jurídicos. Pero, más que la importancia de los efectos jurídicos que pudiera tener un proyecto de esta naturaleza, lo más relevante son los efectos psicológicos, los efectos humanos, los efectos en aquella mujer que, tras un proceso, no logra llegar a término con su embarazo, pues, evidentemente, se construye allí un lazo, una relación, una vinculación que no tiene por qué ir a parar -crudamente, tal cual a veces ocurría- como un producto orgánico, como una circunstancia a la cual no se le asigna ningún valor.
Se ha expresado aquí que, en su artículo 5, esta iniciativa no da lugar a ninguna interpretación asociada con aquellos ámbitos requeridos en relación con los servicios de interrupción del embarazo. ¡Sin duda que sí! Porque este proyecto representa la antítesis del valor que le dan aquellas personas y familias a un ser que no alcanzó a nacer.
¡Es todo lo contrario, precisamente!
Creo que el artículo 5 está absolutamente de más en este cuerpo legal, pero se ha incorporado una definición para fijar una diferencia que, en mi opinión, no tenía mucho sentido práctico. Al contrario, este es un proyecto antítesis a aquella expresión, porque lo que busca es poner en valor el sentido humano profundo de lo que significa un embarazo que no ha logrado llegar a feliz término.
Valoro también que, curiosamente, esta normativa tenga efecto retroactivo, puesto que se permite la identificación en el registro, en el catastro, a quienes con anterioridad a la vigencia de esta ley se encuentren con este hecho.
Pero, más allá de la nomenclatura, más allá de lo jurídico o no jurídico, este es un mensaje muy potente que reciben un grupo de hombres y mujeres, familias que han buscado durante mucho tiempo disponer de un mecanismo que les permita hacer un duelo, terminar un ciclo de manera racional, en la que se pongan en valor estos conceptos esenciales: la vida no alcanzada, el ser que no logró llegar a la etapa final y que por circunstancias diversas su vida debió interrumpirse en forma natural. Estas mujeres, estas familias, obviamente que han optado por darle a este hecho un valor humano, un valor social y un sentido psicológico.
Por eso, señor Presidente, más allá de las expresiones y de que el proyecto tenga o no tenga valor jurídico, creo que su sentido profundo está esencialmente radicado en aquellas personas que han vivido esta desgracia, que han vivido el terrible dolor de haber concebido a un hijo, o a una hija, y no han llegado a un feliz término, como hubiesen querido. Por lo tanto, legítimamente -me parece bien- es una potente respuesta a las demandas de ese grupo de familias que ahora podrán incorporar, en un catastro especial, la inscripción de niños y niñas que no alcanzaron a vivir.
Es un proyecto humano, un proyecto sensible, un proyecto de mucho sentido y de mucha sensibilidad y, evidentemente, lo vamos a aprobar con muchas ganas.
El señor QUINTANA (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Von Baer.


La señora VON BAER.- Señor Presidente, deseo agradecer y felicitar a todos aquellos que trabajaron en la iniciativa y que encontraron un consenso en torno a ella durante su tramitación en la Comisión de Derechos Humanos. Me alegra mucho que estemos en un momento final en nuestra Corporación para que se pueda transformar en ley de la república.
Esto, porque el dolor de una madre y de un padre al perder un hijo que viene en camino es muy profundo y muy difícil de superar. El poder hacer el duelo cuando se pierde la vida de un niño que viene en camino es sumamente relevante para la familia. Y si en algo podemos contribuir, desde el Senado de la República, para darles una respuesta que alivie de alguna manera su dolor, me parece que estamos avanzando en el sentido correcto y -alguno de los colegas ya lo señalaba- en una perspectiva humana.
El proyecto -me lo planteaba también el señor Ministro- surge como respuesta a una demanda de la sociedad civil, en particular de padres y madres cuyos hijos fallecieron antes de nacer y no tuvieron la posibilidad de inscribir como lo permite esta iniciativa.
Deseo agradecer el trabajo que hicieron la Fundación Ángel de Luz, la Fundación Amparos y el Movimiento de Mujeres Reivindica, organizaciones de la sociedad civil que impulsan proyectos relevantes, quizás ya no tanto para sus miembros, pero sí para otras personas que pueden estar atravesando la misma situación.
El proyecto, entonces, surge como una respuesta a las historias de aquellas madres que, habiendo recibido la noticia de que su hijo había fallecido antes de nacer, debieron luchar para poder darles una sepultura con un nombre y un apellido. Dignificar y reconocer esas vivencias es lo mínimo que podemos hacer.
Sin embargo, tal como lo planteaban otros colegas, el proyecto de ley incluye -lo decía el Presidente de la Comisión de Derechos Humanos-, un inciso final en el artículo 1 que establece que "Esta inscripción no implicará reconocer estatuto jurídico o derecho alguno al mortinato y no produce ninguna otra clase de efectos jurídicos en ningún ámbito".
Frente a este texto, quisiera hacer un comentario para que quedara en la historia fidedigna de la ley.
Lo que el proyecto no hace es zanjar la discusión respecto de si existen o no derechos del no nacido. O sea, no resuelve el debate, muy profundo, respecto al estatuto jurídico del niño no nacido. En otras palabras, el hecho de que el proyecto diga que la inscripción en el nuevo catastro especial no otorga un estatuto jurídico a los mortinatos no puede llevarnos a concluir que necesariamente estos no tengan un estatuto jurídico por sí mismos.
Aquella es una discusión antropológica, filosófica y jurídica muy profunda que bajo ninguna circunstancia este proyecto pretende zanjar. Por este motivo, debe especificarse muy claramente el sentido y el alcance de esta frase. Yo quizás estoy viendo la otra cara de la moneda respecto a lo que señalaba el Presidente de la Comisión. Interpretar de otra manera esta frase implicaría ir en contra del sentido originario del proyecto: buscar dar una respuesta a las madres que perdieron a sus hijos y que quieren contar con un instrumento jurídico para poder despedirse de ellos, dándoles sepultura y asignándoles un nombre y un apellido.
Interpretando correctamente el inciso final del artículo 1, este debe leerse, simplemente, como una acotación respecto del alcance que tendrá el registro de mortinatos para efectos de evitar posibles complicaciones jurídicas patrimoniales. Es decir, en ningún caso debe interpretarse como una forma de zanjar un debate filosófico profundo que este proyecto, en ningún caso, pretende resolver, para ninguno de los dos lados: si el niño que está por nacer tiene o no tiene un estatuto jurídico.
Hago esta acotación, señor Presidente y estimados colegas, porque somos muchos los que creemos que los "no nacidos" o "los que están por nacer" son personas, como cualquiera de nosotros, merecedores de una dignidad propia y que merecen ser protegidos y resguardados en sus derechos.
Nuestra Constitución así lo reconoce al consagrar que "La ley protege la vida del que está por nacer". Esto, más allá de interpretaciones que otros han querido hacer de nuestra Carta Fundamental en esta materia, que, aunque a mi juicio erradas, son legítimas de esgrimir en una sociedad democrática como la nuestra.
Señor Presidente, habiendo hecho esta aclaración, anuncio mi voto favorable al proyecto, porque, como lo indiqué, contribuye a humanizar a una sociedad a la que aún le falta mucha humanidad, así como a honrar la situación de muchas madres, dándoles una respuesta al dolor que les ha tocado vivir, dolor que, aunque nunca desaparecerá, este proyecto les ayuda a sobrellevar.
He dicho.
El señor QUINTANA (Presidente).- A continuación, tiene la palabra la Senadora señora Rincón.


La señora RINCÓN.- Señor Presidente, quiero felicitar a los autores de la iniciativa y agradecer la discusión y la altura de miras con la que esta se ha tramitado. Y la verdad es que su texto prácticamente no cambió desde la discusión en general hasta ahora.
Tal como señaló la Senadora Von Baer, hacernos cargo del dolor de las familias y de una madre es importante. Y entiendo que así surgió esta iniciativa.
El texto aprobado en general definía mortinato, en el número 1 del artículo 3, como "todo producto de la concepción, identificable o diferenciable de las membranas ovulares y del tejido placentario o materno en general, que cese en sus funciones vitales antes del alumbramiento o bien antes de encontrarse completamente separado de su progenitora, muriendo y que no ha sobrevivido a la separación un instante siquiera".
Esta definición es importante porque despeja muchas dudas acerca de cuál es el sentido de lo que se busca con este proyecto de ley. También es relevante que se impida la posibilidad de que terceras personas, distintas de la mujer que ha sufrido la muerte fetal, estén autorizadas para solicitar la inscripción. Cada mujer debe tener el derecho a decidir libremente cómo enfrenta su pérdida, y si una inscripción con nombre le sirve a su proceso personal, hay que respetarlo. Quizás para muchos que no han vivido esta situación sea difícil entenderla, pero, para quienes hemos tenido la posibilidad de acompañar o conocer a alguien que la ha sufrido, esta discusión tiene sentido.
Y, en tercer lugar, creo que garantizar el carácter voluntario del catastro de mortinatos y que su objetivo se limite a la inscripción de estos también es importante.
Considero que establecer con claridad y certeza que la legislación sobre mortinatos no configura un estatuto jurídico, y así lo consagra el artículo 6 del proyecto, también es relevante, pues no genera ningún efecto jurídico en el ámbito civil, penal o administrativo.
Señor Presidente, estas discusiones de repente son difíciles, arduas, a veces tremendamente dolorosas de llevar adelante; sin embargo, en esta iniciativa se lograron superar muchas de las trabas o peros que se presentaron en su análisis.
Por lo tanto, concurro con mi voto favorable; felicito a sus autores y lo celebro.
Gracias.
El señor QUINTANA (Presidente).- El Senador señor Coloma no intervendrá.
Tiene la palabra el Honorable señor Lagos.


El señor LAGOS.- Señor Presidente, seré bien breve.
Primero, deseo felicitar a quienes han empujado este proyecto de ley. Como dijo una Senadora que me antecedió en el uso de la palabra, no exactamente la Senadora Rincón, sino, para ser justo, la Senadora Von Baer, esta iniciativa viene a humanizar un poco lo que ocurre en aquellas instancias en que los embarazos no llegan a término.
Al respecto, no sé si existía un vacío legal, pero había un claro vacío desde el punto de vista humano, humanitario.
Conozco personalmente casos a los que se les aplicaría perfectamente lo que aquí estamos legislando, en los cuales el resultado al final ni siquiera fue una suerte de NN, en circunstancias de que tal vez acompañó por siete u ocho meses y más a una familia, a una pareja, a una mujer.
En resumen y para que se entienda, lo que hacemos acá, a mi juicio, es dar un reconocimiento a que aquí hubo un proceso que no llegó a término como se esperaba, y que generó afectos, vínculos, y la sociedad, el Estado chileno, no reconocía nada de aquello.
Entonces, el catastro propuesto, aparte de poner a buen recaudo los temas hereditarios, los efectos jurídicos, etcétera, para no generar otros elementos o abrir un debate innecesario, creo que se hace cargo de lo que nos estaban pidiendo.
Además, siento que está bien resguardado el asunto de la privacidad, al establecerse que el catastro no estará abierto a terceros, sino que a solicitud de los interesados.
Por tanto, creo que se regula bien la forma en que va a operar este sistema.
Y -reitero-, conociendo muy de cerca las experiencias vividas en situaciones de esta naturaleza, quiero expresar que si esto hubiera estado antes al alcance de muchas personas, de muchas familias, de muchas parejas, o de muchas mujeres, el asunto habría sido distinto, pues en algo se hubiese aliviado una experiencia muy compleja, al dar tal vez una solución distinta.
A partir de ahora, también existirá la posibilidad de tener una sepultura como corresponde, con la identificación que corresponde, donde descansarán los restos de un embarazo que no llegó a buen término y donde, si quieren, descansarán afectos que no alcanzaron a materializarse en vida como se esperaba.
Muchas gracias, señor Presidente.
El señor QUINTANA (Presidente).- No hay más inscritos para intervenir.
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor CÁMARA (Prosecretario subrogante).- ¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor QUINTANA (Presidente).- Terminada la votación.
--Se aprueban las enmiendas unánimes (35 votos a favor), dejándose constancia de que se cumple el quorum constitucional requerido, y el proyecto queda despachado en este trámite.
Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Aravena, Ebensperger, Goic, Muñoz, Órdenes, Provoste, Rincón y Von Baer y los señores Allamand, Araya, Bianchi, Castro, Chahuán, Coloma, De Urresti, Durana, Elizalde, Galilea, García, Girardi, Huenchumilla, Insulza, Kast, Lagos, Latorre, Montes, Navarro, Ossandón, Pérez Varela, Pizarro, Pugh, Quinteros, Sandoval y Soria.
El señor QUINTANA (Presidente).- Tiene la palabra el Ministro señor Hernán Larraín.


El señor LARRAÍN (Ministro de Justicia y Derechos Humanos).- Señor Presidente, quiero agradecer muy sinceramente al Senado por esta muy contundente votación de un proyecto bastante sencillo en su objetivo, como se ha dicho, pero muy profundo en su significado, porque les da a quienes han sufrido la pérdida de un hijo que estaba en el vientre materno la posibilidad de mantener viva su memoria y así ayudar a mitigar el dolor que significa esa pérdida.
Además, debo señalar que este proyecto, como ya ha sido recordado, tuvo en cuenta otras iniciativas parlamentarias, tanto de la Cámara como de este Senado -me honra haber participado en una de ellas-, y muy especialmente a la sociedad civil, que ha estado detrás de esta normativa con mucha fuerza.
La Fundación Ángel de Luz, la Fundación Amparos y el Movimiento de Mujeres Reivindica han estado preocupados de que esta iniciativa alcance su reconocimiento legal, lo cual hemos logrado primero con la aprobación de la Cámara de Diputados y ahora con la del Senado. Así, vamos contribuyendo a resolver problemas que son difíciles de dimensionar, pero que sí reflejan un tremendo significado y esfuerzo humano.
Quiero agradecer muy especialmente en nuestro caso el trabajo de la Subsecretaría de Derechos Humanos, encabezada por la Subsecretaria Lorena Recabarren, y de quienes han trabajado junto a ella para hacer posible este proyecto.
Considero de justicia en esta oportunidad también agradecer el trabajo de la Comisión de Derechos Humanos de esta Corporación, y muy particularmente la buena disposición que ha tenido su Presidente, el Senador Alejandro Navarro, y sus integrantes Senadoras Adriana Muñoz y Jacqueline Van Rysselberghe y los Senadores Juan Ignacio Latorre y Felipe Kast.
Asimismo, tuvo activa participación en esta iniciativa el Senador Juan Pablo Letelier, y probablemente puedo omitir algún otro nombre, pero les doy mi agradecimiento a todos ustedes y, como digo, especialmente a la Comisión, porque se ha comprendido el significado de este proyecto, iniciado en mensaje del Presidente, que recoge una inquietud de muchos.
Creo que hoy día estamos dando una señal de humanidad muy potente, que debe ser reconocida, particularmente por lo que ha hecho el Senado para hacerla posible.
Muchas gracias, señor Presidente.
El señor QUINTANA (Presidente).- A usted, señor Ministro.
Pasaremos al siguiente proyecto, iniciado en moción de distintos Senadores, que modifica la Ley de Menores en materia de revisión periódica de la medida de internación en residencias.