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IMPRESCRIPTIBILIDAD DE DELITOS SEXUALES CONTRA MENORES. INFORME DE COMISIÓN MIXTA


El señor QUINTANA (Presidente).- Corresponde ocuparse en primer lugar en el informe de la Comisión Mixta recaído en el proyecto de ley que declara imprescriptibles los delitos sexuales contra menores.
El Ejecutivo hizo presente la urgencia para su despacho y la calificó de "discusión inmediata".
--Los antecedentes sobre el proyecto (6.956-07) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley (moción de los Senadores señor Quintana y señora Rincón, y de los entonces Senadores señores Rossi y Patricio Walker):
En primer trámite: sesión 23ª, en 2 de junio de 2010 (se da cuenta).
En tercer trámite: sesión 21ª, en 4 de junio de 2019.
Informes de Comisiones:
Especial encargada de tramitar proyectos de ley relacionados con los niños, niñas y adolescentes: sesión 28ª, en 3 de julio de 2018.
Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento: sesión 28ª, en 3 de julio de 2018.
Especial encargada de tramitar proyectos de ley relacionados con los niños, niñas y adolescentes y de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, unidas (segundo): sesión 5ª, en 2 de abril de 2019.
Comisión Mixta: sesión 29ª, en 2 de julio de 2019.
Discusión:
Sesiones 28ª, en 3 de julio de 2018 (se aprueba en general); 7ª, en 3 de abril de 2019 (se aprueba en particular); 23ª, en 5 de junio de 2019 (pasa a Comisión Mixta).
El señor QUINTANA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Señores Senadores, las divergencias suscitadas entre ambas Corporaciones derivan del rechazo por parte del Senado, en el tercer trámite constitucional, de las enmiendas efectuadas por la Cámara de Diputados que se indican a continuación:
-La que intercala, en el artículo 94 bis, contenido en el número 1) del artículo 1°, entre la expresión "367 ter" y el punto y coma que la sucede, la siguiente: ", 372 bis".
-La que intercala, en el artículo 2°, entre la expresión "367 ter" y el punto y coma que la sucede, la siguiente: ", 372 bis".
-La que reemplaza el artículo transitorio.
La Comisión Mixta, como forma de resolver las discrepancias suscitadas entre ambas Cámaras, formula la siguiente proposición:
-Rechazar la intercalación acordada por la Cámara de Diputados y que suponía agregar, en el nuevo artículo 94 bis del Código Penal, la mención al artículo 372 bis del mencionado cuerpo normativo.
-Rechazar la intercalación acordada por dicha Corporación y que suponía agregar, en el artículo 2° de este proyecto de ley, la mención al artículo 372 bis del Código Penal.
-Aprobar el texto acordado por el Senado para el artículo transitorio.
La Comisión Mixta acordó esta proposición con las votaciones que consigna en su informe.
En el boletín comparado que Sus Señorías tienen a su disposición figuran la proposición de la Comisión Mixta y el texto que quedaría de aprobarse su informe.
Es todo, señor Presidente.
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Muchas gracias, señor Secretario.
Ofrezco la palabra al Presidente de la Comisión Mixta que analizó este proyecto, Senador señor Huenchumilla.


El señor HUENCHUMILLA.- Señor Presidente, debo aclarar que hablo en calidad de "Presidente accidental" del referido órgano bicameral, porque nuestro Presidente titular está reponiéndose de una pequeña dolencia.
El proyecto que la Sala abordará en esta oportunidad tuvo origen en una moción de los Senadores señora Rincón y señor Quintana y de los ex Senadores señores Rossi y Walker, don Patricio.
Su objetivo es establecer la imprescriptibilidad de las acciones destinadas a perseguir la responsabilidad penal de quienes cometen crímenes o simples delitos de diverso contenido sexual en contra de menores de edad.
Se trata de una iniciativa que ha alcanzado un alto consenso entre los Diputados y los Senadores y que implica incorporar al Código Penal un artículo 94 bis, nuevo, que declara imprescriptible la acción penal para perseguir la responsabilidad penal de quienes cometan delitos o crímenes de contenido sexual en contra de menores de edad. Asimismo, se establecen disposiciones que permiten perseguir la responsabilidad civil del culpable y de quienes tienen responsabilidad por el hecho ajeno por este tipo de ilícitos. En consecuencia, estamos ante una innovación sustantiva en el Derecho Penal chileno que va en la línea de dar una mayor protección a los menores de edad.
Sin perjuicio de lo anterior, y cumplidos los tres primeros trámites constitucionales, se produjeron entre ambas Cámaras solamente tres discrepancias, por lo que se constituyó una Comisión Mixta, que presidió el Senador señor Felipe Harboe y que sesionó el día 19 de junio recién pasado, llegándose a acuerdos sustantivos sobre todos los puntos en que había divergencia.
El debate realizado y los textos que se consensuaron figuran en el informe y en el boletín comparado que está a disposición de las señoras y los señores Senadores.
Puedo informar, señor Presidente, que cada uno de los puntos abordados fue analizado rigurosamente por la Comisión Mixta y que en la discusión se contó con la participación del señor Ministro de Justicia y Derechos Humanos y su equipo profesional.
Los acuerdos adoptados por la mayoría de sus integrantes se orientan, principalmente, a lo siguiente:
1.- En primer lugar, a rechazar la incorporación de la figura de la violación con homicidio, contemplada en el artículo 372 bis del Código Penal, en el nuevo artículo 94 bis del Código Penal, que fija el catálogo de conductas típicas cuya persecución penal, a partir de la entrada en vigor de la normativa, tendrá el carácter de imprescriptible.
A este respecto, se tuvo a la vista fundamentalmente la opinión del Ejecutivo de que el artículo 372 bis del Código Penal constituye una regla de concurso de delitos y no un tipo penal autónomo, por lo que se descartaría su perpetración en grado de frustrado, circunstancia que había generado su inclusión en el referido listado por parte de la Cámara de Diputados.
La precitada enmienda, refrendada en el segundo trámite constitucional, incidía en el número 1) del artículo 1o y en el artículo 2o de la iniciativa en debate.
2.- En segundo lugar, a respaldar el criterio aprobado por el Senado en el primer trámite constitucional, que desechó la aplicación retroactiva de las disposiciones de la preceptiva, dado que se llegó a la conclusión de que las disposiciones constitucionales y de Derecho Internacional vigentes en nuestro país impiden dar un efecto retroactivo a esta normativa.
En consecuencia, la mayoría de la Comisión Mixta estimó que era más prudente y adecuado avanzar en la pronta aprobación de este proyecto y evitar controversias constitucionales y penales que retrasarían su entrada en vigencia o impedirían la aplicación efectiva de sus preceptos.
En efecto, el reemplazo que propuso la Cámara de Diputados para el artículo transitorio de la iniciativa de ley establecía que sus disposiciones se aplicarían a los hechos punibles cometidos desde la entrada en vigencia de la Convención sobre los Derechos del Niño, esto es, desde el 27 de septiembre del año 1990.
Sin embargo, luego de un profuso análisis en el seno de la Comisión Mixta, en que se consideraron los problemas prácticos, legales y constitucionales que se podrían suscitar con una norma de esa naturaleza, primó la postura sostenida por el Senado en el primer trámite constitucional, que señalaba que para los hechos delictivos cometidos con anterioridad a la publicación de la ley continuaría vigente el artículo 369 quáter del Código Penal, que establece que, en los delitos de violación, estupro y otros de naturaleza sexual, el plazo de prescripción de la acción penal empezará a correr para el menor de edad que haya sido víctima al momento que cumpla 18 años.
Una especial mención en el debate tuvo la circunstancia que se podría presentar si, en el contexto de una eventual aprobación de la norma acordada por la Cámara de Diputados, el Tribunal Constitucional posteriormente declarara su inaplicabilidad, toda vez que, al haberse suprimido la regla especial de suspensión de la prescripción del artículo 369 quáter, regirían, por tanto, los plazos generales de prescripción, dejando en la más completa indefensión a las víctimas, quienes actualmente gozan de un plazo mayor para activar la persecución criminal de sus abusadores.
Por otra parte, en la sesión de la Comisión Mixta se analizó igualmente una proposición alternativa del Honorable Diputado señor Saffirio, para consagrar el deber de investigar, por parte de los órganos competentes, los abusos sexuales perpetrados en contra de menores desde el 27 de septiembre de 1990, pese a que la acción para su persecución estuviese prescrita.
Sobre ese punto, la mayoría de los miembros de la Comisión Mixta estimó que, de ser aprobado tal planteamiento, se verificarían los mismos inconvenientes prácticos y constitucionales advertidos en el debate acerca de la retroactividad.
Igualmente, se tuvo en consideración lo explicitado por el señor Ministro de Justicia y Derechos Humanos, en el sentido de que este tipo de delitos ya están siendo investigados por los tribunales de justicia.
En definitiva, estimamos que hemos cumplido con nuestro cometido y que el Parlamento está despachando un proyecto que alcanza los objetivos que se buscaron en su tramitación, que marcará un momento histórico no solo para las víctimas de abusos sexuales y la sociedad, sino también para el Derecho Penal y el Derecho Civil chilenos, todo lo cual reafirma el compromiso del Estado con la protección de los niños, las niñas y adolescentes.
Es cuanto puedo informar, señor Presidente.
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador Jaime Quintana.


El señor QUINTANA.- Señor Presidente, tal como ha señalado el Senador Francisco Huenchumilla, quien presidió accidentalmente la Comisión Mixta, última instancia del proyecto en este Senado después de tres trámites constitucionales, presentamos esta iniciativa hace ya prácticamente diez años, en otro contexto político, social y académico.
Digo "académico", porque desde ese ámbito hemos visto que el Derecho Penal y la doctrina han ido evolucionando.
De hecho, cuando inició su discusión el presente proyecto recién llevaba dos años de vigencia la ley Nº 20.207 -también se refirió a este cuerpo legal el Senador Huenchumilla-, que introdujo a nuestro sistema una excepción a la regla general de prescripción a la acción penal: se estableció que, en el caso de los delitos sexuales cometidos contra menores, el plazo se contará desde que la víctima haya alcanzado la mayoría de edad.
Por lo tanto, lo único que había era una suspensión.
Cuando presentamos la moción, estimamos que tal suspensión no era suficiente en razón, por supuesto, de la gravedad del delito -eso siempre ha estado claro-, pero, esencialmente, también en relación con la víctima.
El texto del año 2007 era insuficiente, pues no daba cuenta de las situaciones en que el agresor es una persona cercana a la víctima, con la cual mantiene una relación de subordinación, de dependencia.
Eso ha ocurrido en muchos casos en que la víctima menor de edad ha sido abusada por alguien de su entorno cercano familiar o violentada sexualmente por una persona de una esfera religiosa o educacional, circunstancias en las que se asume una relación de subordinación, de poder.
Además, los niños abusados sexualmente -y está demostrado en el mundo- tardan entre treinta a cuarenta años, a veces más tiempo, para poder denunciar. Pasan por distintos momentos: desde bloqueos mentales hasta sentirse victimario, precisamente por esta extraña relación de subordinación y, en muchos casos, de manipulación que ejerce el victimario sobre la víctima.
Quiero destacar lo que ha hecho este Senado, instancia por donde ingresó a tramitación este proyecto, con las dificultades que se han señalado en otras ocasiones, como el hecho de que estuvo dos años paralizado en otra época en la Comisión de Constitución.
Nuestra Corporación el año 2016 acordó, por la unanimidad de sus miembros, constituir la Comisión Especial de Infancia, que se abocó a la discusión general de esta iniciativa.
Luego su análisis en particular, como se ha dicho, se efectuó en las Comisiones Especial de Infancia y de Constitución, unidas.
Asimismo, el proyecto recibió el respaldo del Ejecutivo. Yo valoro que el Ministro Hernán Larraín lo haya patrocinado. Cabe agregar que en la última etapa de la Administración anterior se le dio urgencia a esta materia. Sin embargo, la firme decisión que ha puesto el Gobierno, particularmente el Ministro de Justicia, ha hecho que su estudio avance rápido en las distintas Cámaras.
Como ha señalado el Senador Huenchumilla, estamos frente a un cambio de paradigma, a un cambio sustantivo en materia de Derecho Penal. Estamos haciendo historia en este ámbito con la incorporación del artículo 94 bis, nuevo, en nuestro Código Penal.
La Cámara de Diputados, con muy buena disposición y, por supuesto, con argumentos bien plausibles, intentó hacer algunas modificaciones, a las cuales se refiere el informe de la Comisión Mixta, como la inclusión de la violación con homicidio (artículo 372 bis del Código Penal) entre los delitos que no prescriben.
Sin embargo, esto último se desestimó, pues no se trata de un tipo penal autónomo y, además, estaríamos frente a una víctima ya fallecida. Y en este proyecto desde el comienzo hemos insistido en que es fundamental que se escuche a la víctima al momento de hacer la denuncia.
También se ha desechado la enmienda que buscaba darle aplicación retroactiva a esta ley, por las razones que se han esgrimido: posibles conflictos procesales, constitucionales, lo que terminaría transformando dicha norma en algo completamente ineficaz.
En consecuencia, la recomendación que se ha acordado es aprobar la iniciativa en los términos ya señalados, que es lo más parecido a la moción original que presentamos hace casi diez años.
Por todo lo anterior, por el esfuerzo que no solo el Senado ha puesto, sino también las organizaciones sociales que han acompañado en todo momento esta iniciativa -Derecho al Tiempo es una de ellas-, nos parece correcto dar este paso final y aprobar lo que ha obrado la Comisión Mixta.
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- A continuación, tiene la palabra la Senadora señora Allende.


La señora ALLENDE.- Señor Presidente, nos encontramos muy cerca o ad portas de lograr un gran avance en la persecución de la pedofilia y en la protección de los niños y las niñas que han sufrido abusos en estos últimos años, lo que tanto ha golpeado a la opinión pública, a la sociedad, y que los medios han trasmitido.
Ello se debe también, y de manera muy importante, a las organizaciones sociales y a algunas de las víctimas que se han atrevido a hablar, a hacer presente su testimonio y han encabezado estas causas, como James Hamilton y Vinka Jackson, quienes estuvieron constantemente, durante más de diez años, empujando esta reforma legislativa para declarar imprescriptibles los delitos sexuales contra menores.
Han salido muchísimos casos a la luz, ¡cientos de casos!, en los cuales, desgraciadamente, sacerdotes, profesores, familiares u otras personas a cargo de niños han abusado de la confianza y el respeto que la propia sociedad les ha entregado, aprovechándose de tal situación y de la inocencia de los niños para someterlos a actos deshonestos, a abuso y a distintas formas de presión -como muy bien decía el Senador Jaime Quintana, uno de los autores de esta moción- para que no denuncien. Se mantenía ese silencio por décadas, para que las víctimas no dieran cuenta de estos delitos a la autoridad.
Ha llegado el momento de legislar, de atreverse a denunciar para que esos delincuentes sean sancionados, y no como ha ocurrido hasta ahora en muchos casos por encontrarse prescrita la acción penal.
Con esta ley hoy terminamos con la impunidad de estos pedófilos. Podrán ser perseguidos durante toda su vida. Además, las víctimas podrán requerir la indemnización respectiva por todo el daño sufrido.
La Comisión Mixta, que creo que hizo un muy buen trabajo, tuvo que pronunciarse en contra de la retroactividad. Nosotros lo dijimos en su momento: la aplicación retroactiva de esta ley -desgraciadamente, hay que decirlo- podría generar falsas expectativas en las víctimas, quienes iban a ver frustradas sus denuncias ante los requerimientos de inconstitucionalidad que se presentarían al Tribunal Constitucional, lo cual colocaría en riesgo la eficacia de la nueva normativa.
La misma opinión fue sustentada por el Ejecutivo, a través del Ministro de Justicia, sobre la base de los fallos recientes del Tribunal Constitucional, de los principios del Derecho Internacional y de nuestra propia Constitución, que rechaza la aplicación retroactiva de toda norma penal.
Queremos llamar la atención en cuanto a que esta moción tiene que servir para comenzar una verdadera cruzada contra la pedofilia...
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Perdón, Su Señoría.
Ruego a los Senadores guardar silencio por favor. Está interviniendo la Senadora Isabel Allende.
La señora ALLENDE.- ¡Es difícil hablar en estas condiciones, señor Presidente!
Bueno, decía que debemos iniciar una verdadera cruzada contra la pedofilia para proteger a nuestros niños y niñas.
Creo que la moción de hoy será incompleta si no va acompañada de un aumento de penas para los delitos sexuales contra los menores de 18 años, considerando que hoy la ley solo las aumenta para los menores de 14. En efecto, no hay una distinción penal entre una víctima de 19 y otra de 16.
Eso nos preocupa, ya que, lamentablemente, en el primer trimestre de este año hemos tenido más de 1.143 denuncias de abusos contra menores, lo cual significa un aumento de al menos un 15 por ciento con respecto al año pasado.
Por lo anterior, quiero aprovechar de hacer un llamado a la Comisión de Constitución y al Gobierno para que se active la tramitación de la moción correspondiente al boletín Nº 11.874-07, que presenté el año pasado junto con la ONG "No + abuso sexual infantil", con el propósito de que nos hagamos cargo de este tema.
Saludo al Ministro de Justicia y espero que escuche mis palabras, porque nos haría muy bien trabajar para que no haya más abuso sexual infantil.
Además, pienso que debemos enfocarnos en lo preventivo, razón por la cual pedimos la urgencia respectiva para el proyecto sobre garantías de la niñez, con el objeto de detectar a tiempo, a través de las distintas oficinas locales, los focos de riesgo de vulnerabilidad para los niños y las niñas e impedir que sufran las vejaciones que conocemos.
Por cierto, voy a votar a favor del informe de la Comisión Mixta, pero recordemos que, si bien la imprescriptibilidad es un gran paso, debemos realizar muchos más esfuerzos para evitar este tipo de situaciones, perseguir a los abusadores sexuales y darles una verdadera protección a nuestras niñas y a nuestros niños.
He dicho.
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor Pérez Varela.
El señor HUENCHUMILLA.- Votemos, señor Presidente.
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Me han solicitado abrir la votación.
¿Habría acuerdo para ello?
La señora VON BAER.- Que hable el Ministro, señor Presidente.
El señor PÉREZ VARELA.- Con la autorización de que pueda intervenir el señor Ministro.
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Señor Ministro, ¿quiere exponer ahora o al final?
El señor LARRAÍN (Ministro de Justicia y Derechos Humanos).- Quería intervenir antes de la votación, pero me atengo a lo que usted determine, señor Presidente.
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Muy bien.
Le ofreceré la palabra al Senador Víctor Pérez y luego al señor Ministro de Justicia. En ese entendido, se abrirá la votación.
Acordado.
En votación el informe de la Comisión Mixta.
--(Durante la votación).
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Tiene la palabra, señor Senador.


El señor PÉREZ VARELA.- Señor Presidente, estamos llegando aquí, en el Senado, al término de un proyecto muy trabajado, muy elaborado, que era absolutamente indispensable y necesario.
Por eso, quiero valorar el trabajo de las Senadoras y los Senadores que llevaron adelante esta moción y también expresar mi reconocimiento al Gobierno y, particularmente, al Ministro de Justicia, quien acompañó durante toda esta discusión a las Comisiones de Constitución y Especial de Infancia.
Creo que Chile hoy día entra a la esfera de los países más adelantados en esta materia, por cuanto declara -estoy seguro de que este Senado aprobará unánimemente el informe de la Comisión Mixta- que los delitos sexuales contra menores serán imprescriptibles.
Esa sola definición muestra la necesidad -no sé si la oportunidad- y la significancia de este proyecto.
A partir de ahora, quienes sean sometidos a estos aberrantes crímenes van a poder, sin el problema del paso del tiempo, perseguir a los culpables, denunciarlos y buscar que se condene a criminales que hacen un daño extraordinariamente grave a personas que forman parte importante de nuestra sociedad, como son los niños y las niñas del país.
A mi juicio, este Senado debe valorar eso.
Quiero señalar también -en los tres minutos que me quedan- que la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento hizo un esfuerzo enorme para buscar fórmulas jurídicas que ampliaran la acción penal en este delito, como lo relativo a la retroactividad. Sin embargo, como alguien expresó aquí, claramente esto último implicaba generar expectativas y no darle eficacia al derecho, lo que, en definitiva, es el elemento central.
Fíjense ustedes que en 1996 un niño que era violado a los cinco años, luego de cumplir diez, ya no podía perseguir ese delito. Entonces la prescripción favorecía al autor de ese crimen.
En 2007 Chile hizo un avance importante: la prescripción empezó a contar desde que la víctima tenía 18 años de edad, y se aumentó el plazo de prescripción a quince años. Dicha reforma es extraordinariamente valorable, porque cambió la mirada del país ante este tipo de delitos.
Y ahora se declara la imprescriptibilidad.
Breve comentario sobre por qué no pudimos avanzar en materia de retroactividad.
Durante el debate en general se explicaron con latitud los alcances constitucionales. Pero, a mi juicio, había dos temas adicionales que hacían verdaderamente imposible dar eficacia a una norma de retroactividad en esta futura ley.
Primero, la inexistencia de los tribunales.
Chile cambió toda su estructura judicial penal hace poco más de una década. Por tanto, ante un crimen de esta naturaleza, ocurrido hace veinte o veinticinco años, hoy día no habría un tribunal adecuado para investigar y llevar adelante ese proceso.
Pero no solamente eso: a fines de los años noventa y al iniciar la primera década del 2000 Chile cambió la tipificación de todos los delitos que hoy día nos interesa que queden imprescriptibles.
La retroactividad en ese plano podría ser un hecho fáctico que favorecería, lamentablemente, a los autores de esos alevosos crímenes.
En consecuencia, señor Presidente, pienso que aquí se ha hecho un trabajo muy profundo, en el que se ha escuchado a las víctimas y a los especialistas sobre el tema, intercambiando ideas jurídicas con expertos en Derecho Penal y en Derecho Civil para llegar a una conclusión: hoy día este Senado ha llegado al último trámite para declarar imprescriptibles los delitos sexuales contra menores.
Ese hecho nos debe llenar de satisfacción como una señal clara...
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Terminó su tiempo, señor Senador.
Dispone de un minuto adicional.
El señor PÉREZ VARELA.- Gracias, señor Presidente.
Debemos combatir esos crímenes con especial rigor para que aquellos que les causan daño a nuestros niños sean perseguidos permanentemente.
He dicho.
El señor QUINTANA (Presidente).- Muchas gracias, Senador Víctor Pérez, quien también formó parte de la Comisión Mixta e hizo una importante contribución.
Tiene la palabra el señor Ministro.


El señor LARRAÍN (Ministro de Justicia y Derechos Humanos).- Gracias, señor Presidente.
Quería intervenir antes de que se iniciara la votación, como corresponde, para no interrumpirla.
Seré muy breve.
Me ha tocado participar en este debate en varias oportunidades en la Sala de esta Corporación, además del trabajo que hemos hecho en la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento a raíz de este proyecto.
Como hemos señalado, se trata de una iniciativa que tuvo su origen en una moción de un grupo de Senadores, encabezados por el señor Presidente, Senador Jaime Quintana, además de la Senadora Ximena Rincón y los entonces Senadores Fulvio Rossi y Patricio Walker, y que el Ejecutivo hizo suya, reactivándola, poniéndole urgencia e incorporándole una indicación sustitutiva para priorizar un tema que es central.
Bien decía la Senadora Isabel Allende que, probablemente, no es lo único que tengamos que hacer. De hecho, nosotros, como Gobierno, hemos estado promoviendo otras iniciativas, como la actualización del registro de ofensores sexuales, constituida precisamente por quienes cometen abusos contra niños, niñas y adolescentes (los menores de edad), para asegurar que ninguno de esos abusadores sea contratado en un lugar donde existen niños, por tratarse de personas que han sido condenadas por este tipo de delitos.
Estamos estudiando también la posibilidad de que las rebajas de condenas no sean aplicables a quienes han sido sancionados por actos de esta misma naturaleza.
Es decir, por muchos caminos queremos que aquellos que cometen delitos y abusos sexuales en contra de menores de edad tengan las más duras sanciones en todos los aspectos.
Y una clave para ese objetivo es este proyecto, que declara la imprescriptibilidad de los delitos sexuales, con la finalidad de que no haya impunidad en esta materia.
Sabido es que resulta muy difícil para las víctimas en muchas ocasiones hacer las denuncias respectivas, y por eso el tiempo corre en su contra. Y el derecho al tiempo se instaló, entonces, como un objetivo que las víctimas sobrevivientes propusieron y pidieron, y del cual todos nos hemos hecho eco para asegurar que esta iniciativa tenga finalmente buen destino.
El proyecto no solamente fue bien trabajado por la Comisión; también lo hizo la Cámara de Diputados, la que, sin embargo, introdujo algunas modificaciones que alteraban lo que resolvió esta Corporación en su momento. La labor de la Comisión Mixta, por lo tanto, fue para sustanciar esos cambios.
Fundamentalmente, señor Presidente, eran dos, que ya se han mencionado.
Uno era la incorporación del delito de violación con homicidio al catálogo de delitos de la ley, el cual resultaba innecesario, porque, si hay efectivamente homicidio, la víctima, lamentablemente, no va a poder impetrar su derecho a que el abusador sea sancionado. No será posible interponer la acción, independiente del tiempo. En consecuencia, dada la aplicación de las reglas de concurso, su incorporación era innecesaria.
Y el segundo y más sustantivo cambio era la declaración expresa de la retroactividad de la imprescriptibilidad, cuestión que, como lo hemos conversado tantas veces, resultaba deseable, pues las víctimas de ayer también quisieran hacer uso de este derecho, pero contradictoria con los principios de nuestro ordenamiento jurídico y constitucional, en particular el principio de irretroactividad de la ley penal, consagrado no solo en nuestro país sino también en los tratados respectivos, de los cuales Chile es signatario. Por lo tanto, no era posible establecer aquello, tal como finalmente lo resolvió la Comisión Mixta recogiendo el criterio que esta Corporación había incorporado en el proyecto.
Por estos motivos, creo que el informe del órgano bicameral debiera ser especialmente satisfactorio para ustedes.
Yo sé que algunos Senadores y Senadoras hubiesen querido incluir igualmente tal declaración, pero creo que el modo como la Comisión Mixta resolvió el asunto y la actitud que adoptaron esos mismos parlamentarios demostraron que, en definitiva, lo que importaba era darle curso a este proyecto en la forma como finalmente lo estamos aprobando. Y las personas que han enarbolado esta bandera desde la sociedad civil, las víctimas, si bien querían lo mismo, han reconocido que el paso que se está dando es gigantesco.
Por eso, creo que el Senado debiera sentirse particularmente orgulloso; lo mismo la Cámara de Diputados; por cierto, también el Gobierno, y todos, porque estamos dando un paso que nos enorgullece. Estamos siendo líderes, poniéndonos a la vanguardia en la región, para que esta situación realmente se zanje bien y nunca más haya impunidad para quienes abusan de los menores de edad.
He dicho.
El señor QUINTANA (Presidente).- Muchas gracias, señor Ministro, por sus palabras y también por el apoyo que le ha brindado a esta iniciativa.
Enseguida, tiene la palabra la Senadora Carolina Goic.


La señora GOIC.- Señor Presidente, solamente quiero reafirmar lo que ya hemos señalado en cada una de las etapas de la discusión de este proyecto. Me alegro de que estemos en la parte final de su tramitación consolidando algo que constituye un tremendo avance: un proyecto iniciado por moción de Senadores, respaldado por el Gobierno, que pone a las víctimas primero y que visibiliza sus testimonios, su valentía, su generosidad para exponer, a veces, aspectos tan íntimos y vivencias tan dolorosas para que sepamos reaccionar como sociedad.
Es cierto -lo hemos comentado aquí en varias ocasiones- que nos hubiera gustado avanzar mucho más; avanzar en establecer la retroactividad en esta materia, pero entendemos que lo importante hoy día es consolidar la imprescriptibilidad como algo que habla de lo que no podemos tolerar como sociedad. Y eso, como digo, constituye un tremendo avance.
Me alegro de que la Comisión Mixta haya trabajado con celeridad, pues ello nos permite aprobar hoy el proyecto. Lo que uno pide ahora es que la posterior promulgación de la ley también se realice con rapidez, para consolidar -insisto- este avance, este paso que estamos dando, que habla, finalmente, de la sociedad que queremos construir: una sociedad que dice "no al abuso", una sociedad que dice "sí a la ética del cuidado", una sociedad que avanza en hacer justicia.
Por eso, junto con agradecer de nuevo a Vinka Jackson, a James Hamilton, a tantos como ellos, y a tantos otros que quizás son más anónimos pero que hoy día se sienten absolutamente representados y sienten también este momento como una forma de empezar a sanar heridas, como una forma de reconstruir vidas, quiero volver a reiterar algo que ya se ha señalado aquí en el debate. Una cosa es lo que hagamos en nuestra legislación -y este proyecto, esta futura ley, avanza en esa línea-, pero otra distinta es la necesidad de avanzar en una Comisión que reciba los testimonios de las víctimas, probablemente ni siquiera con el propósito de hacer justicia, sino, simplemente, de poder contar la verdad, cuestión que resulta tremendamente importante para esas personas y que debiera ser parte de los acuerdos que se asuman en paralelo con los compromisos legislativos.
A mi juicio, hoy día realmente consolidamos un avance sustantivo, que nos pone, tal vez, liderando a muchos países que en el presente ni siquiera han iniciado un proceso como este, donde lo que se hace es correr el límite de lo que parecía posible en nuestra legislación, en nuestro Código Penal, para poner a los niños primero y para hacer realidad el sentido del cuidado ético, del cual todos nos tenemos que hacer cargo.
Así que, señor Presidente, lo felicito por su iniciativa, por su persistencia de tantos años junto a quienes hemos podido acompañar la tramitación de este proyecto.
Muchas gracias.
El señor QUINTANA (Presidente).- A usted, señora Senadora, por el apoyo que le ha brindado a esta iniciativa.
Tiene la palabra la Senadora Ximena Rincón, también autora de la moción.


La señora RINCÓN.- Señor Presidente, parto mi intervención felicitándolo por haber presentado esta iniciativa junto a los ex Senadores Patricio Walker y Fulvio Rossi, quienes, además de la parlamentaria que habla, estuvieron en la moción desde el inicio. Eran otros tiempos, como usted bien lo relató, otra época, no solo social, sino también política y, por cierto, distinta desde el punto de vista de la doctrina. Han pasado los años y, por tanto, valga un reconocimiento para el Gobierno, que le dio respaldo a un proyecto presentado hace ya casi una década.
Dicen que no hay plazo que no se cumpla ni deuda que no se pague. Y aquí el dicho calza perfecto. Primero, porque tenemos una moción que está ad portas de ser ley de la república y que ha contado con el apoyo transversal de este Senado, lo cual se agradece, pero también con el apoyo del Gobierno. Creo que esa deuda se va a pagar, de ahora en adelante, por todos aquellos que violenten a nuestros niños y nuestras niñas. Y esta es una tremenda noticia tanto para el país como para el mundo. Nuevamente seremos pioneros en una iniciativa de esta naturaleza, primera en el derecho comparado.
Obviamente, uno siempre quiere más. Lo discutimos, señor Presidente, cuando presentamos la indicación para establecer la retroactividad. Queríamos que hubiera no solo imprescriptibilidad, sino también retroactividad, porque entendíamos que ello sí tenía asidero desde el punto de vista constitucional, pero, como nuestra idea no era forzar la situación y frustrar una iniciativa tan importante como esta, finalmente cedimos. Y lo hicimos conversando con quien usted ha llamado tantas veces "víctimas imprescriptibles"...
El señor QUINTANA (Presidente).- ¡Héroes!
La señora RINCÓN.- Héroes imprescriptibles: James Hamilton, Vinka Jackson, pero también Juan Carlos Cruz y José Andrés Murillo. Porque esto parte ahí: con una noticia que nos desgarraba a quienes somos católicos y creyentes y que daba cuenta del abuso de quienes tenían una posición importante y privilegiada en la Iglesia de nuestro país.
Hoy día se cumple una etapa, una etapa importante, pero creo que ello no significa que hayamos cerrado esta historia. Tenemos un proyecto de ley interpretativa, como bancada, que obviamente queremos que se discuta para avanzar en estas materias.
Pienso que, además de aprobar esta iniciativa -y en tal sentido hago un llamado, señor Presidente, por su intermedio, al Ministro y al Gobierno-, necesitamos acompañamiento, necesitamos conformar una mesa de reparación, porque hay muchas y muchos que no van a poder contar con el privilegio de la imprescriptibilidad debido al paso del tiempo, pero consideramos que a esas personas hay que acompañarlas y escucharlas como un deber del Estado. El Estado tiene que ser garante de nuestros niños y nuestras niñas. El Estado debe hacerse cargo del sufrimiento de niños, niñas y adolescentes. Cuando no está la familia, es al Estado a quien le corresponde asumir ese rol.
La verdad es que yo me felicito por estar dentro de los mocionantes; también lo felicito de nuevo a usted, señor Presidente, por la visión que tuvo en su minuto; felicito a este Senado, por haber tenido claridad en cuanto a la importancia de avanzar en esta materia, y felicito al Gobierno, por el respaldo que ha otorgado.
Muchas gracias.
El señor QUINTANA (Presidente).- A usted, señora Senadora. Creo que ha interpretado a la Sala al señalar que el propósito del Senado era justamente ser implacable con quienes violentan a los niños y las niñas de Chile.
A continuación, tiene la palabra el Senador señor Chahuán.


El señor CHAHUÁN.- Señor Presidente, Honorable Sala, quiero felicitar, por supuesto, a los autores de esta moción, así como a la Comisión Mixta, por el trabajo realizado y por lograr, finalmente, sacar adelante una normativa absolutamente necesaria en términos de establecer la imprescriptibilidad de la acción penal para perseguir a los responsables de crímenes o simples delitos sexuales cuando la víctima es un menor de edad.
Esto lo decimos porque, ciertamente, acá se está dando cumplimiento a un mandato dado por la Convención sobre los Derechos del Niño, que en sus artículos 3 y 4 reconoce el interés superior del niño o niña y establece el deber general de los Estados Partes de asegurar su protección y de adoptar "todas las medidas administrativas, legislativas y de otra índole para dar efectividad a los derechos reconocidos en la presente Convención".
Al mismo tiempo, en su artículo 19 reconoce el derecho de todo niño a ser protegido "contra toda forma de perjuicio o abuso físico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación, incluido el abuso sexual, mientras el niño se encuentre bajo la custodia de los padres, de un representante legal o de cualquier otra persona que lo tenga a su cargo", reiterando, con este objeto, el deber general del Estado de adoptar todas las medidas legislativas, administrativas, sociales y educativas apropiadas.
Con la finalidad de proteger al niño contra todas las formas de explotación y abuso sexuales, la Convención compromete a los Estados Partes para tomar todas las medidas de carácter nacional, bilateral y multilateral que sean necesarias para impedir:
"a) La incitación o la coacción para que un niño se dedique a cualquier actividad sexual ilegal;
"b) La explotación del niño en la prostitución u otras prácticas sexuales ilegales;
"c) La explotación del niño en espectáculos o materiales pornográficos".
Por lo tanto, con la aprobación del informe de la Comisión Mixta por parte de la Sala del Senado se está dando cumplimiento al mandato que nos impone la Convención sobre los Derechos del Niño.
Sin lugar a dudas, nos hallamos frente a uno de los delitos más horrendos, más dramáticos, y que además, según señala la Unicef, se da comúnmente intramuros, vale decir, al interior de los hogares.
Por eso es tan importante tener una norma que declare la imprescriptibilidad de los delitos sexuales contra menores y establecer, en virtud de los principios del interés superior del niño y de salvaguardar la indemnidad sexual de los menores, una acción penal que pueda ejercerse en cualquier minuto.
En algún momento se planteó en la Comisión Mixta si las normas sobre prescripción tenían o no carácter simplemente adjetivo. Y acá, por su parte, se ha expresado que en ningún caso se está vulnerando el artículo 19, número 3°, inciso octavo, de la Constitución Política del Estado, en cuanto a que "Ningún delito se castigará con otra pena que la que señale una ley promulgada con anterioridad a su perpetración, a menos que una nueva ley favorezca al afectado".
Aquí no estamos afectando ese principio. Por el contrario, justamente estamos diciendo que él no se extiende a la prescriptibilidad de la acción penal y, en ese contexto, creemos que el proyecto salvaguarda la indemnidad sexual de los menores y, por supuesto, el ejercicio de la acción penal, independientemente de cuándo esta pueda ejercerse para sancionar drásticamente estos atroces crímenes.
Así que quiero felicitar nuevamente a la Comisión Mixta, por el trabajo desarrollado; al Gobierno del Presidente Piñera y al Ministro de Justicia, por haberle dado urgencia al proyecto, y evidentemente, a los autores de la iniciativa.
Sin lugar a dudas, creemos que hoy día Chile está dando un paso muy importante para salvaguardar los derechos de los niños, niñas y adolescentes de nuestro país.
He dicho.
El señor QUINTANA (Presidente).- Tiene la palabra el Senador Andrés Allamand.


El señor ALLAMAND.- Señor Presidente, quiero sumarme a las distintas expresiones de reconocimiento que han formulado señoras y señores Senadores por la iniciativa que han tenido algunos parlamentarios, entre los cuales usted se incluye.
Tal como aquí se ha señalado, considero que estar aprobando este proyecto de ley representa un avance muy significativo, pero, al igual que como lo hice en la Comisión de Constitución, donde estudiamos profunda y concienzudamente el problema, y también en la Comisión Mixta, considero importante dejar constancia de un elemento que igualmente estuvo presente en el debate que realizaron dichas instancias.
De pronto algunas expresiones apuntan a que hubiera sido deseable que esta futura ley tuviera efecto retroactivo. Y la verdad, señor Presidente, es que creo que se debe dejar establecida la relevancia que reviste, para la convivencia civilizada, ni más ni menos, la mantención del principio de la irretroactividad de la ley penal, consagrado en nuestra Carta Fundamental, en todas o la mayoría de las Constituciones del mundo y, ciertamente, en tratados internacionales.
Básicamente, lo que dicho principio señala es que ningún delito se castigará con otra pena que la que señale una ley promulgada con anterioridad a su perpetración, a menos que una nueva ley favorezca al afectado.
¿Por qué es tan importante esto, señor Presidente?
Por distintas razones.
Voy a dar, simplemente, algunos ejemplos prácticos.
Si no existiera el principio de la irretroactividad de la ley penal, podría ocurrir que la conducta de una persona, lícita al momento de efectuarse, posteriormente el poder público, el Congreso, la transformara en una conducta ilícita. Usted comprenderá, señor Presidente, la incertidumbre jurídica que traería tal aplicación retroactiva de la ley: conductas que no son delitos se convertirían, con posterioridad a su realización, en conductas delictivas.
Asimismo, uno podría plantear un argumento en términos de la imputabilidad de la ley penal. Imagínense que respecto de determinado delito existiera una imputabilidad a los 16 años y que, posteriormente, el legislador dijera que esa edad no le parece conveniente y que, de ahora en adelante, será a los 14 años. Como la ley se aplicaría con efecto retroactivo, acciones que eran inimputables se transformarían en acciones que luego sí serían imputables.
Lo mismo ocurre con la prescripción. Si se adoptase la tesis de que la ley penal puede ser retroactiva, no habría nunca certeza de cuándo un delito estaría realmente prescrito, porque siempre una ley posterior podría hacerlo revivir sobre la base de transformar una acción en imprescriptible.
Creo que los tres ejemplos que he señalado, muy simples, justifican plenamente la existencia del principio de la irretroactividad de la ley penal en nuestro ordenamiento jurídico. Y me parece muy bien que no lo hayamos vulnerado a través de las normas del proyecto, el cual, como se ha indicado, implica un tremendo avance al establecer simplemente la imprescriptibilidad de estos hechos, que constituyen delitos deleznables, pero sin incurrir en el gravísimo error que habría significado adoptar el criterio de la retroactividad.
He dicho.
El señor QUINTANA (Presidente).- Muchas gracias, Senador Allamand.
Nos consta que usted también aportó mucha claridad jurídica en las Comisiones, tanto en la Mixta como en la de Constitución, justamente para no pasar a llevar preceptos constitucionales muy importantes.
Tiene la palabra, a continuación, el Senador señor Navarro.


El señor NAVARRO.- Señor Presidente, dejar atrás la retroactividad significa implantar también la impunidad. Todos sabemos quiénes son. Lo saben la Iglesia católica y el Vaticano, particularmente por los abusos cometidos y por las investigaciones canónicas que se han efectuado. Por tanto, si se hace valer la inconstitucionalidad de la retroactividad, la que triunfa es la impunidad, en circunstancias de que la justicia es, básicamente, un derecho al que todos los niños abusados debiesen poder optar.
Aquí, la única opción de hacer justicia es que quienes conocen a los involucrados hagan justicia. En el caso especialísimo de la Iglesia católica, también el de mayor connotación pública, el Vaticano debería hacer valer los antecedentes que posee, pues no se rige por nuestra ley penal ni tampoco por lo que establece nuestra Constitución, sino por lo se halla consagrado en sus estatutos, en su tradición, que es hacer justicia.
Al respecto, he presentado un proyecto de ley que le pido tramitar al Senador Huenchumilla o a quien esté presidiendo hoy la Comisión de Constitución -parece que es Felipe Harboe-, a fin de establecer por ley la obligación para las jerarquías eclesiásticas de denunciar de manera inmediata ante el Fiscal Nacional, las policías o ante quien corresponda los hechos delictivos de que tomen conocimiento en este ámbito.
Hasta ahora han recibido denuncias y las han ocultado. Se ha intentado crear una oficina vaticana, lo cual, en mi opinión, es abiertamente inconstitucional. Es decir, se trata de una oficina que, producto de un acuerdo, cuando hay un sacerdote que viola a un niño o comete un abuso sexual lo informa a la propia Iglesia.
Pero si este es un delito tan grave que de ahora en adelante lo declaramos imprescriptible, no encuentro simetría en que, por un lado, lo transformemos en absolutamente imprescriptible y, por otro, mantengamos que la denuncia se presente ante una oficina privada, que además es administrada por otro Estado. ¡No existe coherencia!
Sabemos cómo ha sido la evaluación anterior: la actual oficina no funcionó ni traspasó la información. Y representa una abierta violación a la Constitución, que no me gusta, que quiero cambiar, pero que establece que ningún organismo podrá hacer uso de facultades que no le hayan sido expresamente otorgadas por la ley.
Esta oficina vaticana es cuestionable, señor Presidente.
Y señalo que vamos a votar a favor porque claramente no hubo consenso en materia de consagrar la retroactividad, por diversos argumentos de carácter constitucional. Por tanto, solo nos cabe apelar a que las instituciones, particularmente la Iglesia católica, cuando tengan antecedentes puedan aplicar las medidas que dicen que van a aplicar.
Ellos tienen esos conocimientos, porque poseen una larga historia, dado que el Congreso se ha visto imposibilitado de ir por justicia ante los delitos graves cometidos hace diez, quince, veinte, treinta, cuarenta años, como ha sucedido en todo el mundo.
Espero que en algún momento haya resarcimiento para las víctimas, y que este principio de imprescriptibilidad incorpore a Chile en una materia de protección especialísima contra el abuso de los niños.
Considero que esta es una mala noticia para muchos de quienes esperaban que este tipo de delitos fueran perseguidos porque sus autores todavía son identificables y aún hay niños expuestos que pueden ser abusados.
En esta materia el Senado ha hecho lo que está a su alcance. Me parece que el debate a lo menos tendría que darle una vuelta a lo siguiente: ¿Qué es lo inconstitucional? ¿Dejar en desprotección a los niños ante una persona que abiertamente ha cometido abusos y que los puede volver a cometer?
¿Se protege el bien superior del niño cuando la retroactividad no se aplica y, por lo tanto, no existe sanción para una persona que cometió un grave delito y que lo puede volver a cometer? Aquello forma parte del debate.
Y si bien los argumentos del Senador Allamand hablan respecto de que esta aplicación afectaría a otras modalidades del ejercicio de la justicia, sobre las cuales parece evidente que la retroactividad menoscaba derechos y puede alterar el debido proceso, en este caso particular es evidente la necesidad de hacer justicia, dado el nivel que estamos otorgando a este tipo de delitos: la imprescriptibilidad.
Ello no se condice -reitero- con el rango que le hemos otorgado a este tipo de delitos, y solo espero que en muchos casos ya conocidos aquí haya justicia canónica o justicia celestial, para quienes tienen el don de la fe.
Solo señalo que estamos tratando de reparar un grave daño para numerosos niños, actualmente adultos, que fueron abusados y claman por justicia.
Voto a favor, señor Presidente.
¡Patagonia sin represas!
¡Nueva Constitución, ahora!
¡No más AFP!
He dicho.
El señor QUINTANA (Presidente).- No hay más señores Senadores inscritos.
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- ¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor QUINTANA (Presidente).- Terminada la votación.
--Se aprueba el informe de la Comisión Mixta (38 votos a favor).
Votaron las señoras Allende, Aravena, Ebensperger, Goic, Órdenes, Provoste, Rincón, Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Allamand, Araya, Bianchi, Castro, Chahuán, De Urresti, Durana, Elizalde, Galilea, García, García-Huidobro, Girardi, Guillier, Huenchumilla, Insulza, Kast, Latorre, Letelier, Montes, Moreira, Navarro, Ossandón, Pérez Varela, Pizarro, Pugh, Quintana, Quinteros, Sandoval y Soria.
El señor LAGOS.- Señor Presidente, ¿puede incorporar mi voto afirmativo?
El señor QUINTANA (Presidente).- Sí, señor Senador.
Se deja constancia de la intención de voto a favor del Senador señor Lagos.