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AGILIZACIÓN EN APLICACIÓN DE SANCIONES PARA ALCALDES EN CASO DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA


El señor QUINTEROS.- Señor Presidente, en los tiempos actuales, en que el debate se hace a través de redes sociales, donde siempre priman las voces más críticas y no siempre las más fundadas, es común que se generalice y se acuse a los municipios de ser la principal fuente de corrupción del aparato público.
Incluso gente que se supone informada, que sabe de asuntos de Estado, desconoce la realidad de los gobiernos comunales, que es muy diversa y que de ninguna manera corresponde a la caricatura que a veces se intenta hacer de sus autoridades e, incluso, de sus funcionarios.
¡Con qué liviandad se acusa a servidores públicos que se hacen cargo y responden, hasta en el último rincón de Chile, frente a las demandas que les plantean personalmente los ciudadanos!
Y, además, la gran mayoría ¡no cuenta con los recursos suficientes!
No lo hacen desde un cómodo despacho en el centro de Santiago, ni con un presupuesto millonario.
Todo eso es muy injusto.
Pero esta constatación no me impide reconocer que se necesitan mejoramientos en nuestra legislación, de manera de cerrar toda posibilidad a la impunidad y facilitar las investigaciones y que se hagan efectivas las responsabilidades cada vez que se acrediten irregularidades.
Ese es el propósito original que me ha llevado, junto con otros Senadores, a patrocinar esta moción, sin perjuicio de lo cual creo que será necesario introducirle modificaciones a la luz de diversas observaciones planteadas durante la discusión en general de la Comisión de Gobierno.
Allí, como lo ha señalado el Senador Montes, el Contralor General informó que, desde el año 2015, se han realizado 66 sumarios para determinar la responsabilidad administrativa de los alcaldes, lo que se ha logrado establecer en 35 de ellos, remitiéndose los antecedentes al concejo municipal a efectos de que se pronuncie y, en su caso, acuda al Tribunal Electoral Regional respectivo para la adopción de sanciones.
Solo en 13 casos el concejo emitió pronunciamiento, en 7 de los cuales se remitieron los antecedentes al TER.
En otros 20 casos el concejo no se pronunció.
Evidentemente, esto debe ser modificado.
Se pueden presentar injusticias, como el hecho de que, por las mismas irregularidades, sean sancionados funcionarios, pero no los alcaldes que dieron las órdenes.
Ante el silencio del cuerpo de concejales, el informe de la Contraloría debe ser remitido al TER.
Pero no basta esto. Debe ser complementado con otras medidas.
Se necesita un órgano que asuma el impulso de la acción ante el TER, que, a mi modo de ver, en nuestro actual ordenamiento debiera ser el Consejo de Defensa del Estado, para lo cual se requiere el patrocinio del Ejecutivo, porque una indicación de este tipo es de su iniciativa exclusiva.
Otras voces sugirieron que sea la propia Contraloría la que asuma este rol. Pero, después de escuchar los diferentes puntos de vista, creo que no sería adecuado involucrar más allá de la sustanciación de la investigación al órgano contralor. Se expondría a que perdiera cierta imparcialidad porque, en la práctica, pasaría a ser contraparte de un alcalde y no un ente fiscalizador.
Ya hemos sido testigos de cómo, últimamente y de manera interesada, se ha recurrido a todo tipo de argumentos para desautorizar al Contralor. No podemos establecer un sistema que daría pie para que -ahora con razón- se cuestionara la objetividad de su trabajo.
Por lo mismo, después de participar del debate, tampoco soy partidario de que la Contraloría tenga competencia para aplicar sanciones a alcaldes que no consistan en su destitución. Todo debiera ser resuelto por el TER, de manera de garantizar la debida autonomía municipal.
Esto, a pesar de que en algunas materias, como uso de vehículos fiscales, declaraciones de patrimonio, transparencia y lobby, el marco vigente concede competencia a otros órganos para sancionar a los alcaldes.
Desde mi punto de vista, se requiere una mayor reflexión sobre este aspecto, pues en buena parte se trata más bien de una responsabilidad política, más que administrativa.
Se hace mucho alarde sobre el déficit en los presupuestos o la mora en el pago de obligaciones. Pero muchas veces, detrás de estas situaciones, hay también responsabilidad de ministerios y servicios, que instalan programas en los municipios que luego dejan abandonados sin los recursos para mantenerlos.
Reiteradamente, el Ejecutivo presenta y este Congreso Nacional aprueba proyectos de ley en que se entregan nuevas facultades a las municipalidades sin establecer las fuentes de financiamiento.
En definitiva, señor Presidente, sin perjuicio de estar convencido de la necesidad de una reforma municipal de carácter integral, creo que debemos perfeccionar el mecanismo para establecer la responsabilidad administrativa de los alcaldes, eliminando los vacíos que actualmente existen.
Pero si se quiere un fortalecimiento mayor de todo el sistema de control, como creo que es el interés de la ciudadanía, entonces necesariamente deberá contarse con la iniciativa del Ejecutivo.
He dicho.