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REGULACIÓN DE CIERRE DE FAENAS E INSTALACIONES MINERAS


El señor ELIZALDE.- Señor Presidente, a mediodía de hoy vimos en la Comisión de Minería este proyecto, que está en tercer trámite, y analizamos las enmiendas efectuadas por la Cámara Baja.
Mediante esta iniciativa se modifica la ley N° 20.551, que regula el cierre de las faenas e instalaciones mineras.
En la normativa se establece un seguro, a través de una póliza de garantía, para el cierre de dichas faenas, sin que el Estado deba hacerse cargo del costo que ello significa.
Se aprobaron todas las enmiendas introducidas por la Cámara de Diputados, salvo, por estimarse que su redacción podría generar problemas de interpretación, la referida al inciso segundo de la letra a) del número 1) del artículo único, que señala: "El asegurador deberá indemnizar al Servicio la totalidad de los costos de las medidas y actividades que dejó de cumplir de acuerdo a la resolución que el Servicio dictó de conformidad con el artículo 44", etcétera, pero sin indicar el sujeto que da lugar a la indemnización en virtud del incumplimiento, que debiera ser -como lo planteó el texto que despachó el Senado- la empresa.
La Comisión consideró que la forma como la Cámara de Diputados redactó el mencionado inciso ocasiona dificultades de interpretación. Por eso no hubo acuerdo para acoger la enmienda pertinente.
Por lo expuesto, solicitamos aprobar el informe de la Comisión de Minería y Energía para los efectos de generar una Comisión Mixta.
Existe un compromiso con el Gobierno en el sentido de que esta iniciativa, en lo posible, se despache a más tardar la próxima semana.
La idea es aprobar hoy el informe de la Comisión para que se constituya una Comisión Mixta, la que podría sesionar el martes venidero y con ello permitir que el informe respectivo se despache el miércoles en el Senado y el jueves en la Cámara de Diputados.
De procederse en tal forma, al Presidente de la República le será factible cumplir con rapidez el trámite de promulgación y publicación.
En todo caso, el articulado dispone que la entrada en vigencia de la ley en proyecto estará determinada por un reglamento que deberá dictar el propio Gobierno. Y el Ministro Prokurica, exintegrante de esta Corporación, se comprometió a que el referido reglamento esté en condiciones de ingresar a la Contraloría General de la República en el plazo de sesenta días.
Se trata de una normativa muy importante, por lo que debemos tramitarla con celeridad.
Por consiguiente, pedimos que, ojalá con la menor discusión posible, se apruebe el informe de la Comisión de Minería y Energía, para generar la correspondiente Comisión Mixta y culminar su tramitación legislativa en el curso de la próxima semana.