Click acá para ir directamente al contenido
REPÚBLICA DE CHILE
DIARIO DE SESIONES DEL SENADO
PUBLICACIÓN OFICIAL
LEGISLATURA 367ª
Sesión 23ª, en miércoles 5 de junio de 2019
Ordinaria
(De 16:28 a 19:6)
PRESIDENCIA DE SEÑORES JAIME QUINTANA LEAL, PRESIDENTE;
ALFONSO DE URRESTI LONGTON, VICEPRESIDENTE, Y PEDRO ARAYA GUERRERO, PRESIDENTE ACCIDENTAL
SECRETARIO, EL SEÑOR RAÚL GUZMÁN URIBE, TITULAR
____________________
Í N D I C E
Versión Taquigráfica
Pág.
VERSIÓN TAQUIGRÁFICA
I. ASISTENCIA
Asistieron las señoras y los señores:
--Allamand Zavala, Andrés
--Allende Bussi, Isabel
--Aravena Acuña, Carmen Gloria
--Araya Guerrero, Pedro
--Bianchi Chelech, Carlos
--Castro Prieto, Juan
--Chahuán Chahuán, Francisco
--Coloma Correa, Juan Antonio
--De Urresti Longton, Alfonso
--Durana Semir, José Miguel
--Ebensperger Orrego, Luz
--Elizalde Soto, Álvaro
--Galilea Vial, Rodrigo
--García Ruminot, José
--García-Huidobro Sanfuentes, Alejandro
--Girardi Lavín, Guido
--Goic Boroevic, Carolina
--Guillier Álvarez, Alejandro
--Harboe Bascuñán, Felipe
--Huenchumilla Jaramillo, Francisco
--Insulza Salinas, José Miguel
--Kast Sommerhoff, Felipe
--Lagos Weber, Ricardo
--Latorre Riveros, Juan Ignacio
--Letelier Morel, Juan Pablo
--Montes Cisternas, Carlos
--Moreira Barros, Iván
--Muñoz D´Albora, Adriana
--Órdenes Neira, Ximena
--Ossandón Irarrázabal, Manuel José
--Pérez Varela, Víctor
--Pizarro Soto, Jorge
--Prohens Espinosa, Rafael
--Provoste Campillay, Yasna
--Pugh Olavarría, Kenneth
--Quintana Leal, Jaime
--Quinteros Lara, Rabindranath
--Rincón González, Ximena
--Sandoval Plaza, David
--Soria Quiroga, Jorge
--Van Rysselberghe Herrera, Jacqueline
--Von Baer Jahn, Ena
Concurrieron, además, los Ministros Secretario General de la Presidencia, señor Gonzalo Blumel Mac-Iver; de Justicia y Derechos Humanos, señor Hernán Larraín Fernández, y del Trabajo y Previsión Social, señor Nicolás Monckeberg Díaz.
Asimismo, se encontraba presente el Subsecretario del Trabajo, señor Fernando Arab Verdugo.
Actuó de Secretario General el señor Raúl Guzmán Uribe.
II. APERTURA DE LA SESIÓN
--Se abrió la sesión a las 16:28, en presencia de 27 señores Senadores.

El señor QUINTANA (Presidente).- En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
III. TRAMITACIÓN DE ACTAS

El señor QUINTANA (Presidente).- Se dan por aprobadas las actas de las sesiones 19ª, especial, y 20ª, ordinaria, ambas en 22 de mayo del año en curso, que no han sido observadas.
IV. CUENTA

El señor QUINTANA (Presidente).- Se va a dar cuenta de los asuntos que han llegado a Secretaría.
El señor GUZMÁN (Secretario General) da lectura a la Cuenta, documento preparado por la Secretaría de la Corporación que contiene las comunicaciones dirigidas al Senado:
Oficios
De la Honorable Cámara de Diputados:
Informa que ha aprobado las enmiendas propuestas por el Senado al proyecto de ley sobre fomento a las artes escénicas (Boletín N° 11.408-24).
--Se toma conocimiento y se manda archivar los antecedentes.
Del Excelentísimo Tribunal Constitucional:
Remite copia de las sentencias definitivas pronunciadas en los requerimientos de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentados respecto de las siguientes disposiciones:
-Artículo 279, numeral 2° y, del artículo 298, en su frase final, ambos del Código de Procedimiento Civil.
-Artículos 196 bis y 196 ter, ambos de la ley N° 18.290.
-Artículo 2° de la ley N° 19.973
-Artículo 49, inciso segundo, del Código Penal.
-Artículos 1°, inciso tercero, y 485 del Código del Trabajo
-Artículo 1° de la ley N° 18.216.
-Artículo 17 B), inciso segundo, de la ley Nº 17.798
--Se manda archivar los documentos.
Adjunta resoluciones dictadas en los requerimientos de inaplicabilidad por inconstitucionalidad, respecto de las siguientes disposiciones:
-Artículo 429, inciso primero, frase final, y del artículo 162, inciso quinto, oración final, e incisos sexto, séptimo, octavo y noveno, todos del Código del Trabajo.
-Artículo 37 de la Ley N° 21.000, en relación con el artículo 58, parte final, de la ley N° 18.045.
-Artículo 199, del DFL N° 1, de 2006, del Ministerio de Salud.
-Artículo 125, numeral 1), tercer párrafo de la Ley General de Pesca y Acuicultura.
-Artículos 1°, inciso tercero, y 485, del Código del Trabajo.
-Artículos 4º, inciso primero, segunda frase, de la ley Nº 19.886; 6º, inciso cuarto, de la ley Nº 21.125; y 495, inciso final, del Código del Trabajo.
-Artículo 196 ter, inciso primero, parte final, e inciso segundo, parte primera, de la ley N° 18.290.
-Artículo 1° de la ley N° 18.216.
-Artículo 17 B), inciso segundo, de la ley Nº 17.798.
--Se remiten los documentos a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
Del señor Ministro de Relaciones Exteriores:
En virtud de lo dispuesto en la ley N° 19.607, remite informe semestral sobre Operaciones de Paz en las que participa nuestro país, correspondiente al segundo semestre de 2018.
De la señora Ministra de la Mujer y la Equidad de Género:
Da cuenta de la inquietud del Honorable Senador señor Durana relativa a la cantidad de mujeres en cuyo favor se han dictado medidas cautelares de no acercamiento.
Del señor Director de Presupuestos:
Atiende consulta del Honorable Senador señor Pugh sobre inversión pública destinada a la adquisición de un nuevo edificio institucional para la Policía de Investigaciones en Valparaíso.
--Quedan a disposición de Sus Señorías.
Informes
De la Comisión de Educación y Cultura recaído en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica el Párrafo 5° de las disposiciones transitorias de la ley N° 21.091, sobre Educación Superior, y otras normas legales (Boletín N° 12.385-04) (con urgencia calificada de "simple").
Segundo informe de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, recaído en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que crea un estatuto laboral para jóvenes que se encuentren estudiando en la educación superior (Boletín N° 8.996-13) (con urgencia calificada de "discusión inmediata").
--Quedan para tabla.
Mociones
De los Honorables Senadores señor Prohens, señora Aravena y señores Galilea y Pérez, con la que inician un proyecto de ley que establece la obligación de las personas sin fines de lucro de informar acerca de los aportes que reciban (Boletín N° 12.679-07).
De los Honorables Senadores señores Bianchi y Huenchumilla, con la que inician un proyecto de reforma constitucional que modifica el mecanismo para nombrar ministros y fiscales de la Corte Suprema (Boletín N° 12.682-07).
--Pasan a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
Proyecto de acuerdo
De los Honorables Senadores señor De Urresti, señoras Allende, Goic, Órdenes, Muñoz y Provoste, y señores Bianchi, Chahuán, Elizalde, Girardi, Guillier, Harboe, Insulza, Latorre, Letelier, Montes, Navarro, Pizarro, Prohens, Quintana, Quinteros y Soria, por el que se propone que el Senado se declare en estado de "emergencia climática" y se solicita a S.E. el Presidente de la República que, si lo tiene a bien, se sirva efectuar idéntica declaración respecto de nuestro país, así como elaborar un programa de "transición ecológica", avanzar en la neutralidad en emisiones equivalentes de carbono y apoyar nuevas metas en la Reunión del Convenio de Diversidad Biológica, que tendrá lugar en Pekín, el año 2020 (Boletín N° S 2.071-12).
--Queda para ser votado en su oportunidad.
Declaración de inadmisibilidad
Moción de los Honorables Senadores señor Kast, señora Aravena y señores García, Ossandón y Guillier, que modifica el decreto con fuerza de ley N° 2, de 1998, del Ministerio de Educación, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley N° 2, de 1996, sobre subvención educacional del Estado a establecimientos educacionales, consagrando la opción para que los estudiantes puedan ocupar la subvención educacional en colegios particulares que cuenten con políticas de inclusión.
--Se declara inadmisible por corresponder a una materia de ley de iniciativa exclusiva del Primer Mandatario, conforme lo dispone el inciso tercero del artículo 65 de la Constitución Política de la República.
Permiso constitucional
Del Honorable Senador señor Girardi, para ausentarse del país a contar del día 8 del presente mes.
--Se accede a lo solicitado.

El señor QUINTANA (Presidente).- Terminada la Cuenta.
Para referirse a la Cuenta, me ha pedido la palabra el Senador señor Kast.


INADMISIBILIDAD DE MOCIÓN SOBRE USO DE SUBVENCIÓN EDUCACIONAL PREFERENCIAL EN COLEGIOS PARTICULARES

El señor KAST.- Señor Presidente, simplemente, deseo solicitar que se revise y se vote por la Sala la declaración de inadmisibilidad de la moción presentada por los Senadores señora Aravena y señores Ossandón, García, Guillier y quien habla, sobre subvención educacional del Estado a establecimientos educacionales, básicamente, porque no genera ningún costo adicional para el Estado, ni tampoco cambia alguna función de la Administración del Estado. Por lo tanto, ambos argumentos se hallan completamente intocados.
Por eso, solicito que se vote esta declaración de inadmisibilidad.

El señor HARBOE.- ¿Qué iniciativa es?

El señor KAST.- Se trata del proyecto de ley que invita a que, si hay un colegio sujeto a políticas de gratuidad absoluta, en las que se dispone que no pueda tener fines de lucro en el uso de sus recursos por deber utilizarse en su integridad para fines educativos, se puedan aplicar en él políticas de inclusión similares a las del colegio San Ignacio Alonso Ovalle o de otros establecimientos que hoy día funcionan con gratuidad absoluta para sus estudiantes.
Por lo tanto, la iniciativa permite el uso de la subvención escolar preferencial en esos colegios.

El señor QUINTANA (Presidente).- Bueno, ya hemos expresado la opinión de la Mesa: creemos que esta moción es absolutamente inadmisible. Y es la misma opinión que tiene la Secretaría.
No sé si algún Senador desea referirse a este punto.
Se ha solicitado votar la inadmisibilidad y, por supuesto, es lo que correspondería hacer.

El señor LETELIER.- La Mesa tiene razón: no es un problema de costo, sino de administración financiera del Estado

El señor QUINTANA (Presidente).- Como la otra alternativa es pasar este asunto a la Comisión de Constitución, y -según entiendo- esta no tiene ningún interés en recibirlo, lo que procede es poner en votación la inadmisibilidad.

El señor KAST.- ¡Que se vote!

El señor QUINTANA (Presidente).- Al insistir el señor Senador en no retirar su solicitud, tiene todo el derecho a pedir votación. Es lo que planteamos.
A quienes recién se incorporan, les informo que estamos hablando respecto de si la Subvención Escolar Preferencial (SEP) debe pasar también a colegios particulares.

El señor LETELIER.- ¡Pero eso es materia de administración financiera del Estado!

El señor QUINTANA (Presidente).- ¿Alguien más quiere referirse a este tema?
Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor GUZMÁN (Secretario General).- Sus Señorías, lo que se votará será la decisión del Presidente y de la Mesa respecto de la inadmisibilidad que se ha resuelto.
En definitiva, quienes voten afirmativamente estarán apoyando la decisión de declarar inadmisible esta moción; los que voten por la negativa, estarán a favor de declararla admisible.

El señor QUINTANA (Presidente).- En votación.
--(Durante la votación).

El señor LETELIER.- ¡Señor Presidente!

El señor QUINTANA (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Letelier.

El señor LETELIER.- Lo que está en discusión no es si es una buena o mala idea, sino si cumplimos la Constitución.
El texto es muy claro, porque tiene por objetivo generar una política pública que permita avanzar en la integración estableciendo la posibilidad de que colegios particulares pagados puedan contar con recursos para tal fin. Pero dar recursos públicos a un colegio particular incide en la administración financiera del Estado.
La finalidad que se persigue es muy loable, es muy adecuada. Pero les pido que, entre nosotros -está bien hecho el punto-, no tratemos de forzar algo que no corresponde.
No podemos disponer que una autoridad le pase recursos a un ente equis si eso no está respaldado por una ley. Ello es de iniciativa exclusiva del Ejecutivo.
Si el Senador proponente así lo quiere, se puede dar vuelta a fin de pedirle al Gobierno, que está sentado atrás suyo en la persona de dos Ministros, que le patrocine su iniciativa. De esa forma la podríamos ver.

El señor QUINTANA (Presidente).- Senador señor Kast ¿va a insistir en su propuesta o la va a retirar?
Tiene la palabra Su Señoría.

El señor KAST.- Señor Presidente, quiero referirme muy brevemente a la argumentación que acaba de dar el Senador Letelier.
Aquí no se crea ninguna institucionalidad nueva. No hay recursos adicionales. Lo único que se hace es que si un colegio particular quiere someterse a lo ya establecido, con los recursos ya existentes, lo pueda hacer.
Por lo tanto, no se estaría vulnerando la Constitución.

El señor QUINTANA (Presidente).- Nos acompaña el Ministro de Justicia, quien no sé si querrá pronunciarse respecto de una moción como esta.
¡Lo saludamos, también...!
Quienes votan por la afirmativa, se están pronunciando por que aquella es inadmisible.
Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor GUZMÁN (Secretario General).- Votar que sí significa pronunciarse a favor de la decisión de la Mesa de declarar inadmisible la moción.

El señor QUINTANA (Presidente).- Reitero: quienes votan a favor, consideran inadmisible la iniciativa; quienes votan en contra, que es admisible.

El señor GUZMÁN (Secretario General).- ¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor QUINTANA (Presidente).- Terminada la votación.

--Se aprueba la inadmisibilidad (28 votos a favor y 5 en contra).
Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Ebensperger, Goic, Muñoz, Órdenes, Provoste, Rincón y Von Baer y los señores Allamand, Bianchi, Castro, Coloma, Durana, Galilea, García-Huidobro, Girardi, Harboe, Huenchumilla, Lagos, Letelier, Moreira, Pérez Varela, Pizarro, Prohens, Pugh, Quintana, Quinteros y Sandoval.
Votaron por la negativa la señora Aravena y los señores García, Kast, Latorre y Ossandón.




NOMBRAMIENTO DE EDECÁN DEL SENADO

El señor QUINTANA (Presidente).- En conformidad con la facultad que me entrega el inciso tercero del artículo 12 del Reglamento del Personal de la Corporación, propongo a la Sala el nombramiento del Capitán de Navío en retiro señor Christian Francisco Marambio Taylor como Edecán del Senado.
--Así se acuerda.

)---------------(

El señor ALLAMAND.- Señor Presidente, pido la palabra.

El señor QUINTANA (Presidente).- Sobre la Cuenta, tiene la palabra el Senador señor Allamand.

El señor ALLAMAND.- Por su intermedio, señor Presidente, solicito el asentimiento de la Sala para que podamos ver como si fuera de Fácil Despacho el denominado "Proyecto de ley que establece una jornada parcial alternativa para estudiantes trabajadores" (boletín N° 8.996-13).
Se trata, señor Presidente, de una iniciativa cuya urgencia vence el día lunes, y que fue aprobada por la unanimidad de los miembros de la Comisión de Trabajo en el día de ayer.
Hemos recabado el asentimiento de los miembros de la Comisión para los efectos de solicitar que podamos verlo en la forma que señalo.

El señor QUINTANA (Presidente).- La propuesta que ha hecho el Senador señor Allamand es que la iniciativa que establece una jornada parcial alternativa para estudiantes trabajadores sea visto sobre tabla y como si fuera de Fácil Despacho, con tiempos muy ajustados, tal como vimos un proyecto ayer.
--Así se acuerda.

El señor LAGOS.- ¿Dónde está esa iniciativa?

El señor QUINTANA (Presidente).- Como lo mencionó el señor Secretario cuando leyó la Cuenta, quedó para tabla en la sesión de hoy.
)----------------(

El señor HARBOE.- Señor Presidente, pido la palabra.

El señor QUINTANA (Presidente).- La tiene, señor Senador.

El señor HARBOE.- Señor Presidente, quisiera que se pidiera la autorización de la Sala para ampliar el plazo, hasta el martes próximo, a fin de presentar indicaciones al proyecto de ley sobre segundas nupcias, que se está discutiendo en la Comisión de Constitución del Senado.

El señor QUINTANA (Presidente).- ¿Habría acuerdo?
--Así se acuerda.
)-----------------(

El señor QUINTANA (Presidente).- Senador señor Coloma, tiene usted la palabra.

El señor COLOMA.- Señor Presidente, quería pedir, en la misma lógica, la ampliación por una semana del plazo para formular indicaciones a la iniciativa relativa a la Ley de Aduanas. Es decir, hasta el 17 de junio.

El señor QUINTANA (Presidente).- ¿Le parece a la Sala fijar un nuevo plazo para presentar indicaciones al proyecto mencionado hasta el próximo lunes 17?
--Así se acuerda.
)-----------------(

El señor QUINTANA (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Rincón.

La señora RINCÓN.- Señor Presidente, pido que se respete el orden de la tabla y que la iniciativa planteada por el Senador Allamand se trate sin discusión, porque, si no, no vamos a poder abordar los otros dos proyectos, que pienso que son importantes: el que repone un artículo que se eliminó en la llamada "Ley de Pago a 30 Días", y el relativo a la imprescriptibilidad de los delitos sexuales contra menores.

El señor QUINTANA (Presidente).- Se acordó que la iniciativa mencionada por el Senador señor Allamand se tratara como si fuera de Fácil Despacho. Por lo tanto, por el límite máximo de 30 minutos, a menos que los Comités o los señores Senadores quisieran restringir aún más ese plazo.
Entiendo que todos están respaldando esa iniciativa. Por tanto, no tendríamos opiniones en contra.
Le ofrezco la palabra a la Senadora señora Muñoz.

La señora MUÑOZ.- Señor Presidente, este proyecto de ley fue largamente debatido y desde distintas perspectivas, sin un espíritu obstruccionista, sino que el de poner sobre la mesa nuestras visiones sobre lo que puede ser un estatuto laboral joven.
Quiero hacer ese comentario, porque generalmente se acusa a la Oposición de obstruir estos proyectos.
Hemos contado con la flexibilidad del señor Ministro Monckeberg para poder, sobre la base de protocolos, ir acercando posiciones.
Insisto: hago este preámbulo, porque si se trata en Fácil Despacho, no discutiremos artículo por artículo.
Quiero dar fe de que, con la Senadora Goic y el Senador Letelier, hicimos un gran esfuerzo, junto con el Ministro, para acercar posiciones en las distintas visiones que hemos tenido acerca de cómo los jóvenes estudiantes -porque quedan fuera todos los demás; esto solo considera a los que están estudiando- se incorporan al mundo laboral.
También quiero decirle al resto de las bancadas que ayer llegamos a un acuerdo con el señor Ministro en todos los artículos. Así que Sus Señorías tendrían que hacer fe en los miembros de nuestra Comisión al objeto de que despachemos este proyecto sin discusión. Porque a eso nos obliga la "discusión inmediata".

El señor COLOMA.- ¡Vamos a hacer fe...!

El señor QUINTANA (Presidente).- ¿Habría acuerdo para votarlo sin discusión?

El señor LAGOS.- Pido la palabra, señor Presidente.

El señor QUINTANA (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría.

El señor LAGOS.- Señor Presidente, según entiendo -y es lo que quiero confirmar-, cuando se dio cuenta de este proyecto en su momento se señaló que pasaba a la Comisión de Trabajo y a la de Hacienda, en su caso.
Me parece que, producto de las modificaciones que se le introdujeron a esta iniciativa, ese trámite no sería necesario. Pero me gustaría que alguien me ratificara esto, porque aún no hemos conocido su texto.
Más allá de la opinión unánime de la Comisión de Trabajo, que señala que el proyecto no debe ir a la Comisión de Hacienda -puedo escucharlos, pero no sé si me van a convencer-, la cuestión estriba en si tiene o no impacto financiero, pues me parece que inicialmente sí venía con informe financiero
Dejo planteada la inquietud, señor Presidente.

El señor COLOMA.- ¡Gracias...!

El señor QUINTANA (Presidente).- Nos deja la inquietud, señor Senador.

El señor LAGOS.- Sí, señor Presidente.
El proyecto se puede tratar como si fuera de Fácil Despacho. Pero acá no se trata de ser obstruccionista, sino de cumplir con las normas pertinentes.
En el peor de los casos, si alguien creyera que esta iniciativa debiera pasar a la Comisión de Hacienda, propongo que se nos autorice a funcionar paralelamente con la Sala y la despachamos en dos minutos.
Tal vez no sea necesario. Sin embargo, quiero que alguien me confirme eso.

El señor QUINTANA (Presidente).- Ya conocemos la opinión de la Comisión de Trabajo sobre el particular. Ahora, queremos escuchar al señor Ministro respecto del punto que ha planteado el Senador señor Lagos.

El señor MONCKEBERG (Ministro del Trabajo y Previsión Social).- Señor Presidente, comparto el parecer de la Comisión de Trabajo en cuanto a que no había normas que, en su caso, debían ser vistas en la Comisión de Hacienda. Y la razón tiene que ver con que este proyecto ingresó a la Cámara de Diputados como un estatuto laboral, en que se establece un contrato independiente, y hoy día es una iniciativa que plantea una jornada especial de trabajo, que no tiene impacto financiero y cuyo único efecto es que los trabajadores del sector privado básicamente (quienes serán regidos por esta normativa) van a poder laborar con una jornada distinta, parcial; van a tener la obligación de cotizar como cualquier persona, y, producto de esa cotización, van a usar los servicios de seguridad social públicos o privados, según corresponda.
O sea, es constatar la realidad de que un trabajador tiene el derecho a cotizar; que lo debe hacer, y que al proceder a ello podrá acceder a las prestaciones sociales respectivas como cualquier ciudadano. De tal manera que -insisto- no hay un costo adicional a lo que hoy día ya existe.

El señor QUINTANA (Presidente).- Le consulto al Senador señor Lagos si le parece suficiente la explicación dada por el señor Ministro, que es coincidente con lo que ha planteado unánimemente la Comisión de Trabajo.

El señor LAGOS.- Sí.

El señor QUINTANA (Presidente).- Entonces, el proyecto se votará sin discusión.

La señora ALLENDE.- Señor Presidente, la iniciativa debe informarse.

La señora ÓRDENES.- ¿Y el informe de la Presidenta de la Comisión?

El señor QUINTANA (Presidente).- Todavía no hemos sometido a votación el proyecto.
Tengo a varios Senadores inscritos para intervenir.
)------------(

El señor GARCÍA.- ¿Me permite, señor Presidente?

El señor QUINTANA (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría.

El señor GARCÍA.- Señor Presidente, solicito que votemos, sin discusión, el proyecto que figura en el número 22 de la tabla, que viene aprobado en forma unánime desde la Comisión de Hacienda. Se trata de una moción de las Senadoras Provoste y Von Baer y de los Senadores Latorre, Quintana y quien habla, y tiene como propósito permitir que los profesores puedan poner término a su relación laboral sin perder el incentivo al retiro, como ya lo hemos hecho con otros gremios.
¿Por qué es urgente despachar esta iniciativa? Porque hay muchos profesores enfermos que necesitan acogerse a jubilación. Y no pueden hacerlo mientras no reciban el referido incentivo, lo cual se está demorando por distintas razones.
Por eso pido que también votemos este proyecto sin debate.

El señor QUINTANA (Presidente).- ¿Les parece a Sus Señorías acoger la solicitud del Senador señor García en los mismos términos que acordamos con anterioridad, esto es, votar el mencionado proyecto sin discusión?

La señora RINCÓN.- Sí.

El señor QUINTANA (Presidente).- Acordado.
)-------------(

El señor QUINTANA (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Durana.

El señor DURANA.- Señor Presidente, mi planteamiento tiene que ver con el proyecto que permite a las empresas de menor tamaño demandar indemnización cuando sean perjudicadas por el acto de competencia desleal, el cual, según entiendo, se tratará como si fuera de Fácil Despacho. Y es para hacerle presente mi intención de intervenir cuando veamos esta iniciativa.

El señor QUINTANA (Presidente).- Su Señoría se refiere al proyecto conocido como "pronto pago a las pymes". Está para verse inmediatamente después de las dos iniciativas que se tratarán como si fueran de Fácil Despacho y sin discusión.
)-------------(

El señor BIANCHI.- ¿Me permite, señor Presidente?

El señor QUINTANA (Presidente).- Hay ocho Senadores inscritos; pero varios me han pedido que los borre de la lista.
Tiene la palabra el Honorable señor Bianchi.

El señor BIANCHI.- Señor Presidente, lamento la decisión que se adoptó respecto de una iniciativa tan importante.
Sé que la hemos debatido en la Sala. Y quienes no pertenecemos a la Comisión de Trabajo presentamos una cantidad significativa de indicaciones. Pero ahora, sorpresivamente, se plantea una solicitud para que se trate como si fuera de Fácil Despacho y, además, sin discusión.
Me refiero al proyecto que crea un estatuto laboral para jóvenes que se encuentren estudiando en la educación superior.

El señor LETELIER.- ¡Pero hay que debatirlo!

El señor BIANCHI.- No. Se acordó votarlo sin discusión, señor Senador.
Entonces -reitero-, lamento que se proceda de esa manera.
¿Sabe qué se entiende de ello, señor Presidente? Que aquí hubo un acuerdo que hoy día lograron el Ministro con los miembros de la Comisión de Trabajo, quienes votaron por unanimidad el proyecto, lo cual me parece bien.
Se trata de cinco parlamentarios. Sin embargo, el resto de los Senadores que no formamos parte del referido órgano técnico queremos que a lo menos se realice un debate sobre una materia tan relevante.
Acepto el acuerdo a que se llegó. Pero reitero que lamento el hecho de que una iniciativa de tanta magnitud se despache sin la profunda y debida discusión. Ello me va a obligar a votarlo en contra o a abstenerme. Porque no voy a concurrir con mi voto favorable para aprobar de ese modo un proyecto tan trascendente como este.

El señor QUINTANA (Presidente).- Entiendo la preocupación de Su Señoría. Sin embargo, le debo señalar que aquí no se trata de ningún acuerdo. Yo simplemente pedí la unanimidad de la Sala para votar sin discusión el proyecto en comento. Esto se planteó en dos ocasiones. Es más, se agregó una segunda iniciativa, respecto de la cual el Senador señor García también solicitó que se votara sin debate, y hubo unanimidad para ello.
Está acordado que esos dos proyectos se voten sin discusión.

El señor LETELIER.- Pido la palabra, señor Presidente.

El señor QUINTANA (Presidente).- Para un punto de reglamento, tiene la palabra el Senador señor Letelier.

El señor LETELIER.- Señor Presidente, sobre la base de un requerimiento del señor Ministro del Trabajo, quien quiere que se despache pronto la iniciativa en comento, el Senador Allamand nos solicitó que ella se incluyera en la tabla de hoy. Pero dicha petición no hablaba de que no la discutiéramos.
Este proyecto ha sufrido modificaciones sustantivas con respecto al texto que presentó la Cámara de Diputados. No es un asunto fácil. En ningún momento escuché a Su Señoría -a mí no me lo planteó así, ni tampoco a los otros miembros de la Comisión- decir que no se iba a discutir.
Si ese es el caso, señor Presidente, le pido reglamentariamente que someta a la consideración de la Sala nuevamente la forma en que se tratará esta iniciativa, dado que contiene una modificación sustantiva: lo que aprobó la Cámara de Diputados fue un estatuto laboral; lo que nosotros despachamos es algo absolutamente distinto. Y estoy seguro de que el Ministro va a estar conteste en que se tiene que discutir e informar por qué se cambió su texto. De lo contrario, le estaríamos haciendo un flaco favor al Senado de la República.

El señor QUINTANA (Presidente).- Reitero lo que señalé recién: yo recabé dos veces la unanimidad de la Sala para votar el proyecto sin discusión, y ella se dio en ambas oportunidades. Esto sucedió en los últimos quince minutos.
Sin embargo, el Senador señor Letelier tiene todo el derecho, en nombre de su Comité, a pedir que se reconsidere el acuerdo adoptado.
Propongo que la referida iniciativa se trate con un debate mínimo acerca de lo obrado por la Comisión de Trabajo después del proyecto que declara imprescriptibles los delitos sexuales contra menores.
El proyecto tiene que verse hoy día, pues viene con "discusión inmediata".
¿Les parece a Sus Señorías?
¿Está conforme, señor Ministro?
Acordado.
V. ORDEN DEL DÍA



TÉRMINO DE RELACIÓN LABORAL SIN PÉRDIDA DE BONIFICACIÓN POR RETIRO VOLUNTARIO PARA PROFESIONALES DE LA EDUCACIÓN


El señor QUINTANA (Presidente).- Conforme a lo resuelto recién por la Sala, corresponde ocuparse en el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, iniciado en moción de los Senadores señor García, señoras Provoste y Von Baer y señores Latorre y Quintana, que permite a los profesionales de la educación poner término a su relación laboral sin perder la bonificación por retiro voluntario, con informe de la Comisión de Hacienda.
--Los antecedentes sobre el proyecto (12.536-05) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley (moción de los Senadores señor García, señoras Provoste y Von Baer, y señores Latorre y Quintana):
En primer trámite: sesión 9ª, en 10 de abril de 2019 (se da cuenta).
Informe de Comisión:
Hacienda: sesión 18ª, en 15 de mayo de 2019.

El señor QUINTANA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor GUZMÁN (Secretario General).- El objetivo de esta iniciativa es posibilitar que los profesionales de la educación pongan término a su relación laboral, por causa justificada, sin perder la bonificación por retiro voluntario.
La Comisión de Hacienda discutió el proyecto en general y en particular por tratarse de aquellos de artículo único, y lo aprobó por la unanimidad de sus miembros presentes, Senadores señores Coloma, Galilea y Lagos.
El texto que se propone aprobar se consigna en la página 7 del informe y en el boletín comparado que sus Señorías tienen a su disposición.

El señor QUINTANA (Presidente).- En votación general y particular el proyecto.


El señor GUZMÁN (Secretario General).- ¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor QUINTANA (Presidente).- Terminada la votación.

--Se aprueba en general y particular el proyecto (32 votos a favor), y queda despachado en este trámite.
Votaron las señoras Aravena, Ebensperger, Goic, Muñoz, Órdenes, Provoste, Rincón y Von Baer y los señores Allamand, Araya, Bianchi, Castro, Durana, Elizalde, Galilea, García, García-Huidobro, Harboe, Huenchumilla, Kast, Lagos, Latorre, Letelier, Montes, Moreira, Ossandón, Pizarro, Prohens, Pugh, Quintana, Sandoval y Soria.

El señor QUINTANA (Presidente).- Se deja constancia de la intención de voto favorable de los Senadores señores Insulza, Quinteros y Chahuán.

Pasamos al siguiente proyecto, denominado "pronto pago a las pymes".



REPOSICIÓN DE DERECHO A DEMANDAR EN CASO DE ACTOS DE COMPETENCIA DESLEAL EN FAVOR DE EMPRESAS DE MENOR TAMAÑO


El señor QUINTANA (Presidente).- Proyecto de ley, iniciado en moción de los Senadores señora Rincón y señores Durana, Elizalde, Galilea y Harboe, en primer trámite constitucional, que permite a las empresas de menor tamaño demandar indemnización cuando sean perjudicadas por el acto de competencia desleal que indica, con informe de la Comisión de Economía.
--Los antecedentes sobre el proyecto (12.646-03) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley (moción de los Senadores señora Rincón y señores Durana, Elizalde, Galilea y Harboe):
En primer trámite: sesión 20ª, en 22 de mayo de 2019 (se da cuenta).
Informe de Comisión:
Economía: sesión 21ª, en 4 de junio de 2019.

El señor QUINTANA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor GUZMÁN (Secretario General).- El objetivo de esta iniciativa es reponer el inciso segundo de la letra i) del artículo 4° de la ley N° 20.169, sobre competencia desleal, relativo a los derechos de la empresa de menor tamaño afectada por la conducta desleal que indica.
La Comisión de Economía discutió este proyecto en general y en particular en virtud de lo dispuesto en el artículo 127 del Reglamento de la Corporación, y lo aprobó por la unanimidad de sus miembros, Senadores señora Rincón y señores Durana, Elizalde, Galilea y Harboe.
El texto que se propone aprobar se consigna en la página 8 del informe.

El señor QUINTANA (Presidente).- En discusión general y particular el proyecto.

Tiene la palabra el Senador señor Durana.

El señor DURANA.- Señor Presidente, en mi calidad de titular de la Comisión de Economía, me corresponde informar el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que permite a las empresas de menor tamaño demandar indemnización cuando sean perjudicadas por el acto de competencia desleal que indica (boletín N° 12.646-03).
El único objetivo de esta iniciativa es reponer el inciso segundo de la letra i) del artículo 4° de la ley N° 20.169, sobre competencia desleal, relativo a los derechos de las empresas de menor tamaño afectada por la conducta desleal que se indica.
En efecto, durante la tramitación de la ley N° 21.131, que establece el pago a 30 días, se debatió latamente modificar un aspecto muy específico del artículo 4° de la ley N° 20.169, sobre competencia desleal, que consagra una nómina de actos que serán considerados como de competencia desleal, en una enumeración que no tiene el carácter de taxativa.
Fue así como la discusión se centró únicamente en precisar la conducta contenida en la letra i), según la cual se considerarán actos de competencia desleal, de acuerdo a la nueva redacción, los siguientes: "El establecimiento o aplicación de cláusulas contractuales o conductas abusivas en desmedro de los proveedores, el incumplimiento sistemático de deberes contractuales contraídos con ellos o de los plazos dispuestos en la ley N° 19.983 para el cumplimiento de la obligación de pago del saldo insoluto contenido en la factura.".
Esa conducta ilícita estaba acompañada, desde su incorporación a la ley sobre competencia desleal en el año 2009, de una herramienta para que las empresas de menor tamaño que se vieran perjudicadas por una conducta de este tipo pudiesen demandar el monto de los perjuicios que deriven del incumplimiento, de acuerdo a las normas generales.
La acción podía ser ejercida por el afectado personalmente, en forma colectiva o representado por la entidad gremial que los agrupe, todo ello de acuerdo a lo dispuesto en el artículo noveno, números dos al cinco, de la ley que fija normas especiales para empresas de menor tamaño.
En ninguna instancia del largo trámite legislativo de la ley sobre pago a 30 días se discutió la eliminación del inciso segundo de la norma antes señalada, sino que el debate se centró exclusivamente en la modificación de lo señalado en el literal i) del artículo 4° de la ley N° 20.169, y, en particular, en que el incumplimiento de los plazos de pago del saldo insoluto contenido en la factura también fuera considerado como uno de los actos de competencia desleal.
Tan así es que la indicación que dio origen a la enmienda de la letra i) hace referencia únicamente a su inciso primero.
Es decir, desde su origen la materia en debate estuvo circunscrita solo a la conducta de competencia desleal y no a la acción que el inciso siguiente les otorga a las empresas de menor tamaño perjudicadas por tal actuación desleal.
Sin perjuicio de lo anterior, las instancias administrativas del Congreso Nacional, teniendo presente la historia de la ley en que se incorporó el literal i) original, estimaron que, al reemplazarse el mencionado literal i) del artículo 4o de la ley N° 20.169, también se estaba sustituyendo el inciso segundo, referente a las acciones de las empresas de menor tamaño para demandar la indemnización de perjuicios, por lo que debía eliminarse, ya que tal inciso se consideró parte de aquel.
Sin embargo, aquello no concuerda en absoluto con el espíritu del debate, que siempre estuvo centrado en proteger a las pymes.
Por tanto, la eliminación de tan importante disposición no responde en caso alguno al espíritu de la citada ley sobre pago a 30 días aprobada por ambas Cámaras del Congreso Nacional, por lo que urge corregir esta situación lo antes posible.
Para ello surgieron dos iniciativas: la primera, a través de una indicación formulada por el Senador que habla al proyecto de ley que modifica diversos textos legales para promover la inversión, el cual fue despachado por la Comisión de Economía el sábado recién pasado, en sesión convocada en forma previa a la Cuenta Pública del Presidente de la República; y la segunda, a través de una moción presentada por la Honorable señora Rincón y respaldada por todos los miembros de la Comisión. Siendo esta la vía más expedita, se optó por la moción que planteó Su Señoría.
Con respecto al fondo del proyecto, la Comisión dejó expresa constancia, para la historia fidedigna del establecimiento de la ley, que el sentido del texto en este aspecto es que el afectado tiene a su favor tres vías o alternativas para ejercer la acción: de manera individual; en demanda colectiva, o bien, representado por la asociación gremial. En tal sentido, acordó por unanimidad sustituir el término "personalmente" por los siguientes: "por sí", antecedido de una coma.
Luego de un breve debate, el referido órgano técnico aprobó el proyecto en general y en particular por la unanimidad de sus integrantes (5 votos a favor).
Finalmente, también por la unanimidad de sus miembros, acordó proponerle al Senado tratar este asunto en general y particular a la vez, conforme lo preceptúa el artículo 127 del Reglamento de la Corporación.
Valga la oportunidad para hacerle presente a la Sala la necesidad de que los sistemas de control de los textos de los proyectos de ley sean rigurosamente revisados y controlados por las Secretarías de Comisión que correspondan, por la Secretaría del Senado y por la Biblioteca del Congreso Nacional, de forma tal que, como producto de un trabajo coordinado entre dichas instancias, se generen los sistemas de revisión que permitan garantizar el más alto estándar de calidad en el trabajo legislativo y no nos veamos sorprendidos en el futuro por este tipo de situaciones.
He dicho.

El señor HUENCHUMILLA.- Pido la palabra, señor Presidente.

El señor QUINTANA (Presidente).- ¿Quiere intervenir, señor Senador?

El señor HUENCHUMILLA.- Así es.

El señor QUINTANA (Presidente).- Se lo pregunto porque no hay más inscritos.
Tiene la palabra, señor Senador.

El señor HUENCHUMILLA.- Señor Presidente, cuando se discutió el proyecto anterior yo planteé algunas observaciones, algunas prevenciones.
Entiendo el objetivo de esta iniciativa específica, en orden a resolver una omisión que se produjo en el proyecto primitivo. Sin embargo, tengo una objeción porque, a lo mejor, como Senado estamos dictando una ley que en la práctica no va a tener ninguna eficacia y, quizás, estamos generando expectativas respecto de las pymes que no se van a poder materializar.
Me explico.
En síntesis, lo que estamos haciendo aquí, más allá del aspecto puntual de la ley en proyecto, es establecer una obligación para que los privados y el Estado paguen las facturas a treinta días, normativa que, en forma escalonada, entrará en vigencia en determinados meses, como establece la primitiva ley.
La pregunta es: ¿qué pasa si una de las empresas más grandes no paga esta factura? Si no paga esta factura, hoy día, con este proyecto, le estamos diciendo que una parte podrá demandar el resarcimiento de los perjuicios. Pero la ley primitiva también señalaba que en caso de no pago oportuno se iban a generar intereses. Eso ya está establecido en el viejo Código Civil del siglo XIX, en el artículo 1489, si no me equivoco.
Entonces, ¿qué es lo nuevo que tenemos? ¿Le sirve al pequeño empresario, en caso de que no le paguen a tiempo, que el deudor tenga que pagar intereses? ¿Le sirve que pueda demandar de perjuicio si la empresa grande no le paga oportunamente? Lo que le sirve al pequeño empresario es que le paguen definitivamente. Entrar en la posibilidad de demandar los perjuicios no le sirve. A él le sirve que su negocio funcione, que a su empresa se le pague.
¿Qué pasa cuando esa sanción es simplemente un interés? La empresa grande va a pagar el interés y le va a cancelar cuando ella quiera. Por lo demás, la propia ley primitiva contiene una disposición en virtud de la cual las partes pueden llegar a un acuerdo y ampliar el plazo original de los treinta días.
Señor Presidente, cuando la ley quiere mostrar una determinación drástica, establece una sanción mucho más dura, como la nulidad absoluta del contrato a que da lugar este tipo de incumplimiento. Es drástica, por ejemplo, en el decreto ley N° 2.695 o en la ley N° 19.853, donde se establecen determinados plazos, y si no se cumplen procede la nulidad absoluta.
Lo que aquí se señala es que las empresas grandes deben pagarles a las más chicas a treinta días y, en caso de que no cumplan, les decimos que van a poder demandar por perjuicios.
Señor Presidente, a las pequeñas y medianas empresas no les sirve entrar en juicios interminables, porque su flujo de caja es a 30, 60, 90 y 120 días. Ellas deben pagar sus compromisos. Y temo que aquí les estemos dando una expectativa, una ilusión que en la práctica no va a funcionar.
Yo sé que a lo mejor estoy diciendo algo que no es políticamente correcto, pero quiero estar tranquilo, pues quiero legislar bien.
Creo que les estamos dando una señal a todas las pymes de Chile acerca de una ley que es muy importante en las intenciones de los señores parlamentarios, pero pienso que, en la práctica, no va a funcionar.
He dicho.

El señor QUINTANA (Presidente).- Se agradece al Senador señor Huenchumilla por la prevención que hace.
Hay otros señores Senadores inscritos.
No sé si existe acuerdo para abrir la votación, otorgando cinco minutos para intervenir.

El señor PÉREZ VARELA.- Sí, señor Presidente.

La señora ARAVENA.- Está bien.

El señor QUINTANA (Presidente).- Acordado.
En votación general y particular.
--(Durante la votación).

El señor QUINTANA (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Galilea.

El señor GALILEA.- Señor Presidente, en primer lugar, quiero señalar, para la historia fidedigna de la ley, que en forma unánime la Comisión decidió respaldar este pequeño proyecto que repone el inciso segundo en determinado artículo que habla, básicamente, de dos cosas. Primero, de la posibilidad de demandar, y segundo, de que esa demanda les corresponde a las pequeñas y medianas empresas. Así venía estipulado en la ley. Ya explicó el Presidente de la Comisión que, inadvertidamente, dicho inciso había sido desechado sin tener por qué ser así. Lo que hicimos en la Comisión, entonces, fue reponerlo.
Dicho lo anterior, deseo señalar aquí, en la Sala, lo mismo que manifesté en la Comisión.
Este inciso segundo varía entre la inocuidad y el error. ¿Por qué? Porque, en primer lugar, señala que se puede demandar, pero la verdad es que el derecho a demandar no tiene que estar establecido en ningún inciso, porque es una norma del Derecho general. Por último, las normas a que se refiere esta ley de pago a treinta días -todas ellas, en las respectivas leyes a que se refiere- también ofrecen la posibilidad de demandar y, por tanto, no es nada nuevo.
En lo que sí este inciso comete un error es en limitar esta demanda -lo que se podría malinterpretar- solo a las pequeñas y medianas empresas.
Eso fue algo que se discutió en la tramitación de la ley de pago a treinta días, porque en un primer momento se estableció que esta normativa solo se le iba a imponer a las grandes empresas con relación a los pagos que debían hacer a las pequeñas. Pero en la discusión parlamentaria se llegó a la conclusión de que, finalmente, esto podría significar para las empresas pequeñas dispararse a los pies, porque las grandes, dado este tipo de obligaciones, quizás no iban a querer contratar con las pequeñas y solo harían negocios entre ellas, las grandes.
Pero esto se cambió y, finalmente, la ley de pago a treinta días pasó a ser una ley de aplicación general, independiente de cuál fuera el tamaño de la empresa contratante.
En consecuencia, que este inciso le dé la posibilidad de demandar por acciones de competencia desleal solo a las empresas pequeñas y medianas representa un equívoco, porque este tipo de acción la tienen todas las empresas: las pequeñas, las medianas y las grandes.
Esto se conversó con el Ministerio de Economía y quedaron de proponer, prontamente, una modificación legal para reparar el asunto.
Sin perjuicio de lo anterior, creo que esta ley, que recién entró en vigencia -primero con un plazo de sesenta días, como regla general- ya está presentando algunos problemas que tanto el Ministerio de Economía como los parlamentarios debemos observar detenidamente.
En primer lugar, hay un tema al que se refirió el Senador Huenchumilla cuando preguntó cuál es la novedad del cobro de intereses si esa posibilidad ya estaba establecida en el Código Civil. La diferencia es que ahora pasó a ser obligatorio. Y tan obligatorio es que el Servicio de Impuestos Internos ya emitió una circular que señala que si a una empresa no le han pagado dentro del plazo establecido, tiene que contabilizar los intereses devengados. ¡Imagínense lo que significa eso! Es un cinturón de amarre enorme, pensando, sobre todo, en el mundo que a mí me toca representar, que es el mundo agrícola de la Región del Maule, donde la empresa grande es la vendedora y el pequeño agricultor es el comprador. Por lo tanto, ese comprador pequeño va a descubrir que Coagra, Copeval o cualquiera de esas empresas tiene que contabilizar obligatoriamente, de acuerdo con Impuestos Internos, los intereses y, además, se los va a tener que cobrar, en circunstancias de que la norma buscaba más bien favorecer al pequeño.
De hecho, las propias empresas grandes dicen que ellas no quieren cobrar intereses. Pero Impuestos Internos ya les notificó que están obligadas a hacerlo.
Hay un segundo problema que ya apareció arriba de la mesa.
La tasa de interés a la que se refería el Senador Huenchumilla se halla establecida por ley, pero sus valores están expresados en pesos. Y una parte importante de las transacciones en el mundo agrícola, así como también las exportaciones, se realizan en dólares. Y la tasa que dejó establecida la ley supera ampliamente al máximo convencional permitido. Por tanto, se estaría infringiendo la ley.
Son muchas las aprensiones que pueden derivarse de la aplicación de esta ley.
Yo creo que tenemos que avanzar. Lo que se busca acá es hacer que los chilenos sean todos buenos pagadores, llámense Estado o llámense particulares. Pero, efectivamente, hay varias aprensiones. Hay cosas que deberán arreglarse en un proyecto de ley posterior; estoy seguro de ello. Y el reglamento que elabore el Ministerio de Economía podrá regular mejor otros aspectos. Pero, en definitiva, debemos tener la entereza, la paciencia y la sabiduría para ir arreglando esto que debiera, finalmente, permitir que el capital de trabajo de las empresas pequeñas no se vea dañado por tardanzas injustificadas en el pago de las deudas que tienen con ellas.
He dicho.

El señor QUINTANA (Presidente).- El Senador señor Harboe no intervendrá.
Senador señor Moreira, ¿tampoco va a hablar?

El señor MOREIRA.- Sí.

El señor QUINTANA (Presidente).- Tiene la palabra, señor Senador.

El señor MOREIRA.- Señor Presidente, me dicen que no es necesario que intervenga. Pero sí es necesario porque junto con un grupo transversal de Senadores presentamos el proyecto de ley que acogió el Gobierno del Presidente Piñera, llamado "pronto pago" o pago oportuno a treinta días.
Solamente, para la historia de la ley, quiero decir que la moción que hoy día estamos votando corrige un error manifiesto que se produjo después de haber aprobado el proyecto en esta Corporación. Y como uno de los autores de la moción que dio origen a esa ley, pienso que es, a todas luces, un hecho bastante inexplicable que algo así haya ocurrido.
La posibilidad de demandar por competencia desleal, que ya estaba en el texto original, debía ser repuesta. Y me alegro mucho de que la Comisión de Economía, presidida por el Senador de Arica y Parinacota señor Durana, le haya dado por unanimidad una tramitación urgente, porque este era un caso que verdaderamente lo merecía.
La ley de pago en treinta días es un gran avance que no debe ser opacado por este error bastante indigno.
Al mismo tiempo, debo decir que entiendo que existan algunas aprensiones. Pero es un avance, porque no había nada. Al contrario, estábamos dejando la puerta abierta para que se cometieran abusos por parte de las grandes empresas. Creo que este es un estímulo. No es la solución de todo, pero se valora. Y considero que en el tiempo se irá valorando más, aunque tendremos que ir haciéndole algunas mejoras a la ley.
Los emprendedores hoy día saben que cuentan con una herramienta para enfrentar de mejor manera a las grandes empresas y los plazos abusivos que ellas establecían en su relación con sus proveedores.
Sé que queda mucho por mejorar.
También es muy importante la fiscalización que se haga para que estas grandes empresas no cometan abusos.
Pero quiero dejar estampada aquí una aprensión del sector agrícola de la Región de Los Lagos, que yo represento.
En mi región se han escuchado algunas críticas fuertes respecto de la obligación de emitir guía de despacho electrónica para todos los emprendedores, lo que incluye al sector agropecuario, que se verá fuertemente afectado ante la imposibilidad de emitir por internet el documento, porque en muchas zonas rurales la calidad de la señal es simplemente mala.
Se trata de aspectos que, como en toda obra humana, pueden y deben ser mejorados. Lo peor que nos podría ocurrir es que nos enamoráramos de nuestras obras al punto de no querer cambiarlas.
La moción en análisis es un avance para reponer el texto íntegro de lo aprobado hace poco. Y yo la respaldo con mucho entusiasmo, haciendo la salvedad de esta inquietud del sector agropecuario. Sobre esto, el Ministro de Economía dio una respuesta en la Comisión, pero ella no fue muy satisfactoria. Lo señalo porque estar en el mundo rural, donde se hace la labor agrícola, donde se transa, no es lo mismo que estar en un sector urbano, en que hay mayor conectividad. Estas preocupaciones se dan sobre todo en zonas aisladas, donde las comunicaciones son bastante escasas.
Dicho lo anterior, valoro que hayamos solucionado el problema del pronto pago a treinta días.
Voto que sí.

El señor QUINTANA (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Elizalde.

El señor ELIZALDE.- Señor Presidente, yo escuché con detención la intervención del Senador Huenchumilla. Creo que en gran medida él tiene razón, pero su fundamentación se refiere al proyecto que ya fue aprobado, que es el que establece el pago dentro de treinta días, oportuno, dentro de plazo, y no a la iniciativa que estamos votando ahora.
Este proyecto viene tan solo a corregir un error administrativo, porque al momento de debatir la otra iniciativa, sin que explícitamente fuera derogado en la tramitación parlamentaria, en su redacción final, al momento de su promulgación, se borró un inciso que establecía la posibilidad de que las empresas de menor tamaño demandaran ante prácticas desleales. Ese es el sentido de este proyecto.
Entonces, viene tan solo a corregir un error administrativo que se produjo en la tramitación de otra iniciativa, sin que existiera voluntad explícita del Congreso Nacional, ni del Senado, ni de la Cámara de Diputados, ni de la Comisión Mixta que se constituyó, para derogar ese inciso. Y, por tanto, se viene a corregir ese error.
El debate que plantea el Senador Huenchumilla me parece del todo pertinente, pero es de más larga data, y tendrá que analizarse sobre la base de la implementación de la ley que establece el pago dentro de treinta días. Y ahí tendrá que evaluarse el impacto concreto de esta ley y si es necesario corregirla a futuro.
Las aprensiones que él plantea son del todo fundadas, y creo que deben ser parte del debate que tenemos que impulsar, para no generar sobreexpectativas ante la ley que se promulgó y que entró en vigencia.
Pero lo que estamos votando ahora es tan solo la corrección de un error que se cometió -reitero-, en que se borró un inciso que establecía la posibilidad de las empresas de menor tamaño de demandar en el caso de actos de competencia desleal.
Por tanto, es un proyecto que está acotado. Tanto es así que fue aprobado en general y en particular por la Comisión de Economía con un amplio consenso. Yo quiero valorar en especial el trabajo realizado por la Senadora Ximena Rincón, de la gran Región del Maule, nuestra región, y que contó con el apoyo de todos los Senadores que formamos parte de la citada Comisión.
¿Por qué es importante aprobar la iniciativa ahora? Porque va a permitir que la Cámara de Diputados también la apruebe con celeridad y, por tanto, se corregirá este error.
¿Significa esto que no podamos debatir el tema de fondo que plantea el Senador Huenchumilla? Yo creo que esa es una discusión del todo pertinente. Reitero que tendrá que realizarse a la luz de la implementación de la ley para ver cuál es su impacto concreto.
De hecho, la normativa que establece el pago a treinta días impone también la obligación al Gobierno para establecer registros e informes periódicos a fin de ver cuál es su impacto y así poder analizar si efectivamente ha generado una modificación de conducta de los grandes, que se demoran en pagar a los pequeños, que les generan problemas de liquidez y que, incluso, pueden provocar su quiebra, porque, obviamente, las condiciones de negociación son absolutamente dispares. Hasta ahora, las grandes empresas les compran a los pequeños, les pagan tarde, mal o nunca, y los pequeños no pueden reclamar, pues pierden la posibilidad de seguir vendiéndoles a los grandes. Y se dilata tanto el pago que eso afecta la liquidez de las empresas de menor tamaño, generando su quiebra.
Ese es el sentido de la ley de pago dentro de treinta días, que, además, tiene una entrada en vigencia diferida para efectos de aplicarla, incluso, al sector público. La entrada en vigor de las disposiciones no es inmediata ni al mismo tiempo para todo tipo de empresa o servicios públicos.
Resulta fundamental -reitero- la evaluación que realice el Ministerio de Economía y el informe que entregue al Congreso Nacional, exigencia que se establece en la propia ley, para ver cuál es el impacto que está teniendo esta nueva legislación y para que sea corregida, en caso de ser necesario. Porque en lo que sí existe un consenso en el Senado y en todo el Congreso es en que debemos generar mecanismos para que el pago se realice de manera oportuna y ello permita viabilidad a las pequeñas empresas y a los emprendimientos pequeños para efectos de desarrollar sus negocios e impulsar de esa forma el dinamismo que merece nuestra economía.
Por lo anterior, voto a favor.

El señor QUINTANA (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Rincón.

La señora RINCÓN.- Seré muy breve, señor Presidente, porque entiendo que tenemos que pasar a otros temas.
No voy a entrar en la fundamentación ni en la necesidad de abordar este proyecto. Solo quiero decir una cosa: lo que plantea el Senador Moreira es algo que fue parte del debate en la Comisión de Economía. De hecho -por su intermedio, señor Presidente-, deseo expresarle al Honorable colega que en esa instancia hay cuatro Senadores que somos de zonas agrícolas y planteamos justamente ese tema, pero no encontramos eco en el Gobierno para poder abordarlo.
Entonces, ¿qué hicimos? Algo que ha señalado el Senador Elizalde, y solo quiero complementarlo en una cosa: se estableció un período de evaluación de un año. ¿Para qué? Para ver cuál será el comportamiento de la ley, qué pasará con el pago y, si no se cumple el sentido y el espíritu de la normativa, obviamente vamos a apretar más la exigencia para que no se perjudique a los pequeños empresarios.
Ahora, respecto de los agrícolas tenemos, por cierto, un tema. Porque ¿qué nos dijo el Servicio de Impuestos Internos y qué manifestó el Gobierno a través de su Ministro de Economía? Que estaban todas las facilidades y herramientas para que se pudiera cumplir con esta ley.
Nosotros, que representamos a zonas agrícolas, que hemos escuchado a nuestros representados, tenemos dudas, y esperamos que esto no sea un problema, porque la idea es que desarrollemos el sector, sobre todo cuando la Región de Ñuble y la Región del Maule son las que registran los más bajos ingresos de nuestro país: 233 mil pesos en el caso de la primera y 280 mil pesos en el caso de la segunda.
Obviamente, ese es un tema, y no menor.
Por eso, vamos a respaldar esta iniciativa, que solo implica hacer una corrección a la ley, pero no a la ley en sí misma.
Gracias.

El señor QUINTANA (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Pizarro.

El señor PIZARRO.- Señor Presidente, voy a votar a favor de este proyecto porque, como se ha dicho, lo que hace es corregir una omisión.
Espero que algún día podamos tener claridad de qué pasó, por qué se cometió ese error y quién incurrió en él. Porque, cada vez que sale información en esa línea, los únicos perjudicados somos nosotros, como Congreso, ya que todo el mundo dice que hacemos mal las leyes, que no nos damos cuenta.
No sabemos si la omisión fue acá, en el Senado; si fue en la Secretaría de la Presidencia, o si fue en otra parte.
Eso es lo primero y, por supuesto, hay que corregirlo. De ahí que este proyecto trate de incorporar un inciso a fin de permitir que las empresas demanden por el monto de los perjuicios que deriven del incumplimiento que se establece en la presente ley.
Pero quisiera expresar también, señor Presidente, que a veces lo ideal es enemigo de lo bueno. ¿Por qué digo esto? Porque la señal que se busca es muy positiva: tratar de que se cumpla, conforme a una suerte de "comercio justo", con el pago, sobre todo a las pequeñas empresas, a los pequeños productores, a los emprendedores, en los tiempos convenidos y en el menor plazo posible. ¿Por qué? Porque el problema mayor que enfrentan las pequeñas empresas tiene que ver con el financiamiento y el poco acceso al crédito.
La realidad comercial, la vida diaria que le toca a ese sector de la economía, fundamentalmente a los más pequeños, es muy distinta. Y, por cierto, esta señal es positiva en el sentido de generar conciencia en quienes son sus compradores, a quienes ellas venden sus productos o prestan servicios, en cuanto a que deben pagar cuando corresponde.
Recuerdo que en la Comisión de Economía -en la legislatura anterior me correspondió estar ahí-, donde se vio esta moción durante bastante tiempo, recibimos a representantes de todo tipo: de agentes, de operadores en el comercio, de emprendedores, de agricultores, de organizaciones, de las pymes. Y todos decían: "Sí, sería ideal que esto funcionara". Pero en la práctica la realidad es distinta. Y es ahí donde empieza esa línea fina, delgada, en que las restricciones o las regulaciones que nosotros mismos colocamos pueden ir en contra de las oportunidades comerciales de aquellos emprendedores.
¿Por qué? Por una razón muy sencilla: porque si el que compra, el que adquiere un bien o contrata un servicio se pone de acuerdo con aquel que lo va a proveer en condiciones distintas a las establecidas en la norma, está en su pleno derecho de hacerlo. Y esa excepción la contempla en parte el texto de fondo que ya aprobamos. Sin embargo, eso puede ir generando situaciones o condiciones poco favorables para que los pequeños empresarios se vean favorecidos con la contratación o la compra de sus productos por parte de empresarios medianos o más grandes.
Es complejo cuando por la vía reglamentaria tratamos de regular algo que naturalmente funciona en acuerdo entre las partes, sobre todo en materia de libre comercio.
Entiendo que ese, en parte, fue el debate que tuvimos cuando, por ejemplo, discutimos la obligación de reconocer el derecho de propiedad intelectual en el ámbito de la música, de la literatura, a propósito de la aplicación de las nuevas tecnologías. Se dieron grandes discusiones acá en orden a proteger el derecho de autor. Hoy día eso ya ni siquiera se discute porque con cualquier aplicación la persona puede bajar todo lo que quiera en música, en arte, en cultura, en literatura y no le paga un peso a nadie.
Tenemos un debate parecido en este Senado en lo que respecta al uso de las plataformas para el transporte de pasajeros. Pero la tecnología va mucho más rápido que nosotros, genera condiciones nuevas, y lo que nosotros hacemos a veces es ir estableciendo regulaciones que ya no se condicen con la realidad.
Insisto: este proyecto lo aprobaremos, lo apoyaremos. No obstante, me parece que algunas de las salvedades que se han hecho acá son válidas, porque el día de mañana, si la ley no funciona, o no se cumplen las expectativas, o no se cumple con lo establecido en la norma, los grandes responsables vamos a ser nosotros y quedaremos, por cierto, en una situación o de demagogia o de populismo que no se traduce después en hechos concretos para quienes queremos beneficiar.
Voto a favor.

El señor QUINTANA (Presidente).- No hay más inscritos.
Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor GUZMÁN (Secretario General).- ¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor QUINTANA (Presidente).- Terminada la votación.

--Se aprueba en general y en particular el proyecto (36 votos a favor y una abstención), y queda despachado en este trámite.
Votaron por la afirmativa las señoras Aravena, Ebensperger, Goic, Muñoz, Órdenes, Provoste, Rincón, Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Allamand, Araya, Castro, Chahuán, Coloma, De Urresti, Durana, Elizalde, Galilea, García-Huidobro, Harboe, Insulza, Kast, Lagos, Latorre, Letelier, Montes, Moreira, Ossandón, Pérez Varela, Pizarro, Prohens, Pugh, Quintana, Quinteros, Sandoval y Soria.
Se abstuvo el señor Huenchumilla.

El señor QUINTANA (Presidente).- Se deja constancia de la intención de voto favorable del Senador señor García.

El señor Secretario va a precisar cómo queda la redacción.

El señor GUZMÁN (Secretario General).- Señor Presidente, por tratarse de un fragmento que forma parte de la letra i) del artículo 4°, lo que corresponde es referirse a ese fragmento como "párrafo segundo" y no como "inciso segundo", porque no forma parte del artículo propiamente tal, sino de su literal i).

El señor QUINTANA (Presidente).- Muchas gracias, señor Secretario, por la pertinente aclaración.



IMPRESCRIPTIBILIDAD DE DELITOS SEXUALES CONTRA MENORES


El señor QUINTANA (Presidente).- Corresponde ocuparse en el proyecto de ley, en tercer trámite constitucional, que declara imprescriptibles los delitos sexuales contra menores, con urgencia calificada de "discusión inmediata".
--Los antecedentes sobre el proyecto (6.956-07) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley (moción de los Senadores señor Quintana y señora Rincón, y de los entonces Senadores señores Rossi y Patricio Walker):
En primer trámite: sesión 23ª, en 2 de junio de 2010 (se da cuenta).
En tercer trámite: sesión 21ª, en 4 de junio de 2019.
Informes de Comisiones:
Especial encargada de tramitar proyectos de ley relacionados con los niños, niñas y adolescentes: sesión 28ª, en 3 de julio de 2018.
Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento: sesión 28ª, en 3 de julio de 2018.
Especial encargada de tramitar proyectos de ley relacionados con los niños, niñas y adolescentes y de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, unidas (segundo): sesión 5ª, en 2 de abril de 2019.
Discusión:
Sesiones 28ª, en 3 de julio de 2018 (se aprueba en general); 7ª, en 3 de abril de 2019 (se aprueba en particular).

El señor QUINTANA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor GUZMÁN (Secretario General).- Este proyecto inició su tramitación en el Senado, y en el segundo trámite constitucional la Cámara de Diputados le introdujo cuatro enmiendas al artículo 1, dos al artículo 2 y reemplazó el artículo transitorio. Estas modificaciones consisten, básicamente, en aumentar las figuras delictivas respecto de las cuales se hace imprescriptible la acción penal y en establecer en la materia retroactividad desde el año 1990, fecha de entrada en vigencia de la Convención sobre los Derechos del Niño.
En el boletín comparado que Sus Señorías tienen a su disposición se transcriben el texto aprobado por el Senado y las modificaciones introducidas por la Cámara de Diputados.

El señor QUINTANA (Presidente).- En discusión las enmiendas propuestas por la Cámara de Diputados.

Senador señor Moreira, usted aparece nuevamente inscrito.

El señor MOREIRA.- Es por un asunto reglamentario, señor Presidente. Me voy a inscribir para después.
Solamente quiero pedir que se abra la votación, manteniendo los tiempos.

La señora RINCÓN.- Sí, señor Presidente.

El señor QUINTANA (Presidente).- Es que son varias votaciones, señor Senador.

El señor MOREIRA.- Pero por lo menos en la primera...

El señor QUINTANA (Presidente).- Escuchemos al Presidente de la Comisión de Constitución.
Tiene la palabra el Senador señor Harboe.

El señor HARBOE.- Señor Presidente, el proyecto que ahora consideramos en tercer trámite constitucional tiene su origen en una moción de los Senadores señor Jaime Quintana y señora Ximena Rincón, y de los entonces Senadores señores Fulvio Rossi y Patricio Walker.
Su objetivo es establecer la imprescriptibilidad de las acciones destinadas a perseguir la responsabilidad penal de quienes cometen crímenes o simples delitos de diverso contenido sexual en contra de menores de edad.
Esta iniciativa, en el primer trámite constitucional, fue informada en general por la Comisión Especial Encargada de Tramitar Proyectos de Ley Relacionados con los Niños, Niñas y Adolescentes y por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento. Para su estudio en particular, ambas Comisiones sesionaron unidas.
El texto aprobado por las Comisiones unidas contó con el respaldo de los Senadores y las Senadoras y de las instituciones que protegen los derechos de la infancia, razón por la que fue ratificado de forma unánime en la Sala de esta Corporación.
En el segundo trámite constitucional, la Cámara de Diputados efectuó algunas modificaciones al proyecto de ley aprobado por el Senado. Ellas son las siguientes:
-La primera enmienda incorpora al catálogo de delitos imprescriptibles que establece el nuevo artículo 94 bis del Código Penal el hecho punible tipificado en el inciso final del artículo 141 del Código Penal, secuestro con la violación, homicidio o lesiones gravísimas.
Al respecto, cabe señalar que en el primer trámite constitucional se estimó innecesaria su inclusión, dado que la conducta descrita en tal disposición, perpetrada en contra de un menor de edad, quedaría cubierta en la tipificación del delito de sustracción de menores, en relación con la violación, que estipula el inciso final del artículo 142 del mismo cuerpo legal.
No obstante lo anterior, siguiendo la opinión del Ejecutivo y atendiendo a cierta jurisprudencia minoritaria que estima que la privación de libertad de un menor de edad se debe realizar desde una esfera de resguardo para que quede subsumida en el delito de sustracción de menores, precisamente por el término "sustracción", la inclusión del inciso final del artículo 141 del Código Penal al catálogo que establece el artículo 94 bis, sería razonable.
Por eso, se recomienda aprobar esta primera enmienda.
-En segundo lugar, la Cámara Revisora ha considerado pertinente incluir también en el listado de ilícitos imprescriptibles el delito consignado en el artículo 372 bis del Código Penal, esto es, la violación con homicidio. Sobre esta enmienda, es preciso mencionar que, tal como se discutió en el Senado, la referida figura delictiva no guarda relación con los fundamentos de la iniciativa, puesto que en ese delito la víctima ha fallecido y, por tal motivo, no cabe esperar que en algún momento pueda acceder a la justicia. Sin perjuicio de ello, en la Cámara de Diputados se consideró atingente su inclusión, pues resultaría procedente en aquellas situaciones imperfectas de comisión, particularmente ante una violación consumada y un homicidio frustrado.
A este respecto, el Ejecutivo ha argumentado que el artículo 372 bis del Código Penal constituye una regla de concurso de delitos y no un tipo penal autónomo, por lo que se descartaría su perpetración en grado de frustrado. En razón de lo expuesto, no resulta razonable incorporarlo al catálogo de delitos imprescriptibles.
De conformidad con lo precedentemente señalado, se ha considerado proponer a la Sala del Senado el rechazo de esta enmienda, efectuada al número 1), apartado segundo, del artículo 1° y al artículo 2°, apartado segundo, de la iniciativa en debate.
-En tercer término, la Cámara de Diputados acordó la eliminación del inciso final del artículo 369 quinquies que el Senado agregaba al Código Penal.
Dicha disposición postulaba que, dado que los hechos punibles considerados imprescriptibles tendrían la categoría de delitos de acción pública previa instancia particular, el Ministerio Público no podría actuar de oficio en los términos del inciso cuarto del artículo 54 del Código Procesal Penal, cuando el ofendido, mayor de edad, pueda libremente denunciar estos ilícitos a la justicia, al Ministerio Público o a la policía. Ello, en el interés de preservar fielmente la voluntad de la víctima para dar inicio a la persecución penal.
Sin embargo, en el segundo trámite constitucional se estimó atingente suprimir esa norma, pues, siguiendo el razonamiento expuesto por el Ministerio Público en la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento de la Cámara de Diputados, siempre se debe respetar la voluntad de la víctima mayor de edad. Además, según informó ese mismo organismo, hasta la fecha la aplicación del artículo 54 del Código Procesal Penal no ha evidenciado dificultades en su interpretación.
En consecuencia, y teniendo en cuenta la explicación sobre la aplicación de esta norma que han dado los representantes del Ministerio Público, se propone aprobar la modificación acordada por la Cámara de Diputados, y que está consignada en el número 4), apartado segundo, del artículo 1°.
-Finalmente, la enmienda de mayor relevancia realizada en el segundo trámite constitucional es aquella que reemplaza el artículo transitorio del proyecto que, en los términos acordados por el Senado, disponía que para los hechos delictivos cometidos con anterioridad a la publicación de esta ley continuaría vigente el artículo 369 quáter del Código Penal, que establece que, en los delitos de violación, estupro y otros de naturaleza sexual, el plazo de prescripción de la acción penal empezará a correr para el menor de edad que haya sido víctima, al momento que cumpla 18 años.
Esta norma es muy importante mantenerla, pues da la garantía de que esta nueva ley, que solo rige para el futuro, no afectará a las investigaciones en curso o que pudieran iniciarse al amparo de lo que actualmente dispone el artículo 369 quáter.
No obstante, como ya señalé, la Cámara de Diputados sustituyó el precepto transitorio por otro que da un carácter retroactivo a sus disposiciones.
Sobre el particular, debo recordar que en el seno de las mencionadas Comisiones unidas se discutió profusamente acerca de la posibilidad de otorgar un carácter retroactivo a las normas de esta iniciativa legal. De hecho, los integrantes de esa instancia técnica examinamos con detalle este asunto y detectamos problemas prácticos, legales y constitucionales que impiden, lamentablemente, dar un carácter retroactivo a esta iniciativa. Asimismo, las Comisiones unidas recibieron en audiencia a académicos de diversas ramas del Derecho, quienes expusieron sus puntos de vista acerca de esta materia.
Dentro de ellos, cabe destacar a los abogados y profesores de Derecho invitados señoras Paulina Gómez y María Elena Santibáñez y señores Fernando Atria, Cristóbal Bonacic, Hernán Corral, Eduardo Court, Guillermo Oliver, Carlos Pizarro, Sebastián Soto y Juan Sebastián Vera, entre otros.
En efecto, se concluyó que, tratándose de delitos cometidos en el pasado, especialmente antes de la reforma procesal penal, se generan problemas en cuanto a los tribunales que, eventualmente, tendrían que examinar estos casos.
Se verificó, por ejemplo, que tales ilícitos deberían ser reconocidos por los tribunales civiles, dado que ya no existen los tribunales penales que conocían este tipo de delitos. Otorgar esa facultad a los actuales tribunales penales vulneraría el párrafo quinto del número 3o del artículo 19 de la Ley Fundamental. Igualmente, conceder atribuciones al Ministerio Público para investigar hechos ocurridos en el pasado lejano, anteriores a su existencia como institución, contraría lo preceptuado en el inciso segundo de la disposición OCTAVA TRANSITORIA de la Constitución Política, la cual dispone que "la ley orgánica del Ministerio Público y las leyes que, complementando dichas normas, modifiquen el Código Orgánico de Tribunales y el Código de Procedimiento Penal, se aplicarán exclusivamente a los hechos acaecidos con posterioridad a la entrada en vigencia de tales disposiciones.".
Asimismo, se constató que los ilícitos para los cuales se establece la imprescriptibilidad de la acción penal han sufrido diversas enmiendas en los últimos años. Se observó que en el pasado algunas de esas conductas no estaban penadas o el tipo penal era diametralmente distinto. Por lo tanto, la aplicación retroactiva de estas disposiciones generaría además problemas interpretativos serios que dificultarían o harían imposible su aplicación práctica.
En seguida, desde el punto de vista de las disposiciones constitucionales vigentes, las Comisiones unidas recibieron opiniones de profesores de Derecho Penal y de Derecho Constitucional, quienes hicieron presente que las reglas que establece el proyecto tienen un carácter sustantivo penal o, a lo menos, procesal penal y no meramente procesal, por lo que dar una aplicación retroactiva a estos preceptos vulneraría, de manera evidente, lo establecido en el párrafo octavo del número 3o del artículo 19 de la Constitución Política.
La Comisión, atendiendo la sensibilidad del tema, exploró diversas alternativas. Por último, estudiamos la posibilidad de aprobar una ley interpretativa de la Constitución, medida que también fue desechada, dados el carácter restrictivo de este tipo de leyes y las objeciones de constitucionalidad que en esta materia podría hacer presentes el Tribunal Constitucional.
En consecuencia, a pesar del esfuerzo que realizamos en esta materia -doy fe de ello-, todos los miembros de las Comisiones unidas de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento y Especial de Infancia del Senado llegamos a la conclusión de que era más prudente y adecuado avanzar en la pronta aprobación de este proyecto y evitar controversias constitucionales y penales que retrasarían o impedirían su entrada en vigencia.
Finalmente, señor Presidente, quiero señalar que el ánimo de las Comisiones unidas fue explorar todas las alternativas para ver la posibilidad de aplicar retroactivamente esta futura ley, pero, lamentablemente, todos los constitucionalistas nos señalaron la imposibilidad de ello.
Algunos invocaron la Convención sobre los Derechos del Niño para plantear que es posible incorporar la retroactividad, debido a que, en virtud del artículo 5º, inciso segundo, de la Constitución Política, ingresaría como derecho fundamental.
Lo cierto es que, al revisar acuciosamente dicho instrumento internacional, en ninguna parte se consigna la posibilidad de establecer la retroactividad de las leyes.
En virtud de todo lo antes expuesto, se propone a la Sala del Senado rechazar esta última modificación acordada por la Honorable Cámara de Diputados.
Por último, deseo hacer presente que estamos ante una iniciativa largamente estudiada y frente a un momento histórico no solo para las víctimas y la sociedad, sino también para el Derecho.
Por lo mismo, se sugiere, en cada caso, la aprobación o el rechazo de las enmiendas acordadas por la Cámara de Diputados, según lo que se recomendó previamente, con el fin de convocar a la Comisión Mixta que se encargará de proponer una fórmula que signifique la pronta aprobación de este proyecto y evitar objeciones de constitucionalidad que pudiesen afectar su aplicación.
He dicho.

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Ha solicitado intervenir el señor Ministro de Justicia, don Hernán Larraín.
Tiene la palabra.

El señor LARRAÍN (Ministro de Justicia y Derechos Humanos).- Señor Presidente, quiero referirme de la manera más breve que me resulte posible a la definición que le corresponde adoptar al Senado a raíz de las modificaciones que introdujo la Cámara de Diputados al proyecto sobre imprescriptibilidad de los delitos sexuales cometidos en contra de menores de edad.
Como ha recordado el Presidente de la Comisión, quien recién ha informado la iniciativa, esta propuesta legislativa fue iniciada en moción de un grupo de Senadores: el señor Jaime Quintana, quien la encabezó; la señora Ximena Rincón -aquí presente-, y los entonces Senadores Fulvio Rossi y Patricio Walker.
Sin embargo, a pesar de su importancia, ese proyecto no tuvo mayor tramitación, al igual que otros en este ámbito que se presentaron en el Senado y en la Cámara de Diputados.
Cuando el actual Gobierno asumió, el Presidente Sebastián Piñera manifestó -ustedes lo recordarán- el compromiso de poner a los niños primero. Entre las materias que estudiamos para fortalecer dicho principio, se planteó cómo impedir los abusos sexuales contra menores, particularmente niños y niñas.
Después de conversar con la Senadora Goic y con las víctimas sobrevivientes de esos abusos que nos visitaron, como James Hamilton o Vinka Jackson, repensamos la situación y dijimos: "Tenemos que reflotar, priorizar este tema".
Presentamos una indicación sustitutiva al referido proyecto; le pusimos urgencia, y el Senado reaccionó en forma extraordinariamente adecuada. Las Comisiones unidas de Constitución y Especial de Infancia trabajaron arduamente e hicieron una muy buena iniciativa.
Esta fue muy bien acogida en la Cámara de Diputados, pero se le introdujeron algunos cambios, a los cuales me voy a referir a continuación.
Solo quiero recordar que este problema, lamentablemente, sigue creciendo. Las estadísticas recién conocidas sobre delitos sexuales contra menores han aumentado y las del primer trimestre del 2019 son las más altas de los últimos cinco años. Ciertamente, ese registro no nos debe enorgullecer, sino, por el contrario, mover a actuar con mayor fuerza, por ejemplo, por medio de esta iniciativa.
Cabe resaltar que el mayor impacto de estos delitos recae en las niñas: son aproximadamente el 85 por ciento de las víctimas de abusos sexuales.
Ahora bien, con relación a los cambios que ha introducido la Cámara de Diputados, quiero puntualizar que el Ejecutivo comparte plenamente el criterio que ha sugerido el Presidente de la Comisión de Constitución respecto de cuáles aceptar y cuáles rechazar.
Entre los que se recomienda acoger, está la incorporación en el catálogo de delitos el caso del secuestro cuando va acompañado de homicidio, violación y violación sodomítica.
Rechazar la inclusión en el catálogo de la violación con homicidio. No cabe incorporarlo por razones obvias: si la víctima, aparte del abuso sexual, que es lo que se quiere declarar imprescriptible, ha sido asesinada, desaparece la posibilidad de instalar la acción. Por tanto, carece de sentido agregar tal figura en este catálogo, toda vez que la imprescriptibilidad está dada en beneficio de las víctimas. En este caso, pese a lo brutal del delito, desgraciadamente la víctima ya no podrá ejercer la acción.
Por lo tanto, tal incorporación sería simplemente un ejercicio retórico.
Respecto de la dicotomía señalada que involucra al Ministerio Público y el establecimiento de una norma que le permitía actuar de oficio, se hizo presente que esta entraba en contradicción con la disposición vigente, según lo había planteado el Senado. Por ello, parece razonable acoger el criterio del Ministerio Público en el sentido de no incluir esa norma y, por ende, aprobar su eliminación.
Finalmente, tal como señaló el Senador Harboe, Presidente de la Comisión de Constitución, quizá la mayor modificación introducida por la Cámara de Diputados -a mi juicio, la más delicada- es la que da efecto retroactivo a esta iniciativa.
Sin lugar a dudas, todos quisiéramos, como así esperamos de aquí en adelante, que la imprescriptibilidad tuviese efecto retroactivo. Si consideráramos que las víctimas nunca deben perder el derecho de poder interponer la acción -muchas veces no lo hacen por bloqueos psicológicos o de otra naturaleza, lo cual las lleva a denunciar muchos años después-, podríamos argumentar lo siguiente: "Si vamos a aplicar esa norma de aquí en adelante, ¿por qué no la aplicamos también para atrás?".
Esa reacción es de sentido común.
Sin embargo, uno debe actuar de conformidad a cómo funciona el ordenamiento constitucional, en el ámbito no solo nacional sino también internacional.
Es sabido que la retroactividad de las leyes penales está expresamente rechazada por nuestra Carta Fundamental: no es posible darles efecto retroactivo a las leyes que establecen delitos.
Nuestro Tribunal Constitucional, que no se ha referido expresamente a esta materia, hablando sobre un caso particular ha recordado, por ejemplo, a Díez-Picazo, quien señala: "la irretroactividad de la ley penal desfavorable ha de regir no sólo para la definición del delito y de la pena propiamente dichos, sino también para todos aquellos otros elementos de la legislación penal que pueden resultar determinantes de la responsabilidad criminal". Entre ellas, señala las reglas sobre prescripción.
Estas no son indiferentes al delito y, por eso, caen dentro de la prohibición de la retroactividad.
Eso en nuestro ordenamiento constitucional es claro.
En general, el principio de irretroactividad de las leyes penales, salvo cuando se trate de un criterio que favorezca al reo, está consagrado en toda la legislación internacional sobre derechos humanos, como la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana de Derechos Humanos.
En ese ámbito, me parece pertinente señalar que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos sí se ha referido a este tema. Señaló expresamente -y cito- que "la garantía de la no retroactividad de la ley restrictiva o desfavorable, abarca por el igual tanto los preceptos sustantivos como los adjetivos o de procedimiento que afecten cuestiones de derecho sustantivo ".
Sin lugar a dudas, la prescripción es uno de aquellos, porque le es inherente. Hace revivir de alguna manera el delito que se ha terminado, precisamente porque se acaba la posibilidad de que este prescriba con el transcurso del tiempo.
En consecuencia, no pareciera justificarse la retroactividad.
En la Cámara de Diputados, además, se hizo una asociación para que la retroactividad tenga efectos desde la aprobación de la Convención sobre los Derechos del Niño, que tuvo lugar en 1990.
Sin embargo, esa asociación es simplemente simbólica, porque dicha Convención -por cierto, la suscribió Chile- no establece la retroactividad de los delitos para que estos no prescriban. En consecuencia, no tiene ninguna explicación. Es una fecha simbólica, pero en sí misma es discrecional. No agrega una justificación que nos permita decir: "Se acepta, porque aquí se estableció el principio". Por tanto, no es posible valerse de dicho instrumento internacional que se preocupa de proteger los derechos de los niños.
No es el caso.
Por otra parte, como se mencionó, se presentan problemas técnicos no menores si se busca la aplicación de la retroactividad.
Por ejemplo, desde el año 90 hasta la fecha se han concretado numerosos cambios, ¡numerosos!, en la legislación penal referida a los delitos sexuales. Se introdujeron en los años 1999, 2003, 2004, 2010, 2011 (dos veces), 2012 y 2013.
Por lo tanto, los delitos y su contenido han variado muy significativamente. Lo que se reputaba como delito de violación hasta 1999 no guarda relación con la figura definida posteriormente. Antes estaba circunscrita a una sola materia. Se definía como "yacer" con una mujer y suponía la penetración solo por vía vaginal. Hoy día se ha ampliado ese tipo penal. No es solo "yacer"; se consideran muchas otras posibilidades para configurar el mismo delito.
La pregunta que uno se hace es ¿a qué le estamos dando efecto retroactivo? ¿Al delito que está definido hoy día en la legislación y que antes no existía como figura penal?
Si fuese el mismo delito, se podría pensar que hay una cierta consistencia. ¡Pero no! Es otra figura, una que no existía al momento en que se cometió el hecho. Y esto ocurre en numerosos otros ejemplos.
Por tanto, hay un problema técnico en la definición de lo que se quiere hacer, y darle efecto retroactivo puede generar todavía una mayor incertidumbre.
Además, se presentan problemas de carácter procesal al pasar del sistema antiguo al nuevo. Son distintos los tribunales que hoy día tienen competencia en materias penales, salvo uno, que está radicado en Santiago. El resto son todos tribunales letrados.
En consecuencia, hay demasiados argumentos que hacen recomendable que la retroactividad en materia penal, en este caso, no tenga vigencia.
Por eso, señor Presidente -y subrayo particularmente esto-, creo que la idea de ir a una Comisión Mixta para revisar este caso es esencial.
Lo que se plantea es deseable, es querible. Uno lo comprende humanamente. Pero debemos someternos al ordenamiento constitucional vigente y a las reglas, no solamente nacionales, sino también internacionales, que rigen esta materia, las cuales son bastante claras, como las he podido describir someramente.
El Ejecutivo ha sido un fuerte impulsor de la imprescriptibilidad de los delitos sexuales en contra de menores. Probablemente, si no nos hubiéramos jugado de la forma como lo hicimos, poniéndole urgencia al proyecto, reactivándolo, presentando la indicación sustitutiva, seguramente seguiría durmiendo el sueño de los justos.
Hemos actuado así porque tenemos la convicción de que el derecho al tiempo es un derecho de las víctimas y que debemos reconocerles.
Pero otorgarle efecto retroactivo a la normativa, lamentablemente agrega un problema; agrava una situación; genera tensiones innecesarias, y, por tanto, desordena nuestro ordenamiento constitucional.
No tendría ningún sentido que aprobáramos algo que, finalmente, el Tribunal Constitucional va a desechar. Y eso va a ocurrir cuando a alguien se le aplique la norma de retroactividad y reclame por ello. Ciertamente va a producir problemas.
Y eso también traerá consecuencias adicionales.
No quiero detenerme en este punto. Son demasiados detalles. Lo podremos discutir luego en la Comisión.
Pero la verdad es una sola: aquí estamos dando un paso ¡gigantesco!, al instalar la imprescriptibilidad de los delitos sexuales cometidos en contra de menores.
En esta materia vamos a tener un liderazgo internacional, porque hemos dado un paso muy significativo. Todos están revisando la situación de este delito y extendiendo los plazos de prescripción, como lo hemos planteado nosotros en este caso.
Señor Presidente, por esas consideraciones, queremos manifestar nuestro apoyo a la forma de votación que ha sugerido el Presidente de la Comisión de Constitución, por cuanto recoge nuestras inquietudes, valora los aportes que ha hecho la Cámara de Diputados, pero, al mismo tiempo, rechaza lo más complejo, que es darle retroactividad a la ley, lo cual, aunque se proponga por buenas causas, generaría consecuencias negativas en los ámbitos jurídico e institucional.
He dicho.

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Muchas gracias por su intervención, señor Ministro.
A continuación, tiene la palabra la Senadora señora Rincón.

La señora RINCÓN.- Señor Presidente, quiero hacer un reconocimiento al Senador Jaime Quintana, Presidente del Senado, por esta moción que hoy día discutimos.
Han pasado muchos años (nueve). Es cierto que el Presidente Sebastián Piñera hizo suya esta materia y respaldó la moción, lo cual se agradece. Asimismo, se valora que la Presidenta Bachelet, antes de terminar su Gobierno, le haya puesto urgencia.
Los niños claramente tienen derechos; entre otros, el de acceder a la justicia.
Y tienen derecho a ella aun cuando sea muy tardíamente, siendo ya adultos, cuando por fin están en condiciones de enfrentar el hecho de haber sido sometidos a violaciones y abusos sexuales durante su niñez.
Por ello, respaldamos y acompañamos y hemos defendido durante este tiempo esta iniciativa. Creemos que aprobar la imprescriptibilidad de los delitos sexuales que se cometen en contra de menores es un deber moral y una urgencia.
Respecto de la retroactividad de la imprescriptibilidad, creo que hay dos cuestiones previas que es fundamental señalar.
Antes, quiero precisar que seguiré los lineamientos manifestados por el Presidente de la Comisión de Constitución, Senador Harboe. Pero en el punto de la retroactividad me voy a abstener; no voy a votar a favor de lo que ha propuesto la Cámara de Diputados. Lo haré por las razones que latamente ha expresado el señor Senador.
Me parece que es esencial referirse a ese tema, porque sobre ello tuvimos un largo debate tanto en la Comisión de Constitución como en la Especial de Infancia.
PRIMERO: pretender que solo algunos de los niños y las niñas dañados por adultos tienen derecho a la justicia, y no todos ellos, es claramente injusto y, además, inconstitucional .
Por ello, presentamos indicaciones (yo una y la Senadora Goic otra) con el fin de hacer retroactiva la garantía de imprescriptibilidad.
Señor Presidente, lo inconstitucional aquí NO ES APLICAR RETROACTIVAMENTE LA IMPRESCRIPTIBILIDAD.
Lo inconstitucional es NO RESPETAR LOS DERECHOS ESENCIALES DE LOS NIÑOS Y LAS NIÑAS SEXUALMENTE ABUSADOS.
¿Por qué digo esto? Claramente aquí hay visiones distintas. Porque es inconstitucional HACER CASO OMISO DEL MANDATO CONSTITUCIONAL en el artículo 5º, inciso segundo, de nuestra Constitución .
Ese mandato dice: "El ejercicio de la soberanía reconoce como limitación el respeto a los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana. Es deber de los órganos del Estado respetar y promover tales derechos, garantizados por esta Constitución, así como por los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes.".
Pues bien, la Convención sobre los Derechos del Niño es un tratado internacional de derechos humanos, ratificado por nuestro país y que está vigente, y no desde hoy, sino desde el 27 de septiembre de 1990, fecha en que fuera publicada en el Diario Oficial.
Por ende, desde esa fecha obliga a todos los órganos del Estado, incluidos, por cierto, este Poder Legislativo y también el Tribunal Constitucional.
Por ello, la Cámara de Diputados actuó bien al otorgar carácter retroactivo desde la fecha de aprobación en Chile de dicha Convención y, además, actuó con respeto a la Constitución.
La consideración primordial del interés superior del niño, señor Presidente, no es solo un principio para repetir incansablemente y carente de contenidos; es propiamente UN DERECHO ESENCIAL DE LOS NIÑOS, CONSAGRADO EN EL ARTÍCULO 3 DE LA CONVENCIÓN.
Es un derecho sin cuyo respeto efectivo no se logrará nunca superar la visión adultocéntrica que en toda ocasión, como en esta, pospone la integridad y los derechos de los niños y los pone por debajo de los supuestos derechos de los adultos, que se consideran más valiosos.
SEGUNDO: se sostiene que la retroactividad en esta materia vulneraría el derecho fundamental de los adultos a la irretroactividad penal, que consagra el párrafo octavo del ordinal 3° del artículo 19 de la Carta Fundamental, al señalar: "Ningún delito se castigará con otra pena que la que señale una ley promulgada con anterioridad a su perpetración, a menos que una nueva ley favorezca al afectado.".
Señor Presidente, el Ministro ha dicho: "No es posible dar retroactividad a las leyes que establecen delitos".
Es cierto. Pero aquí no se establece un delito. ¡Aquí había un delito, se cometió un delito, y uno que tenía pena!
Tal afirmación es un gran malentendido. El principio de irretroactividad penal garantiza que ninguna persona puede ser condenada por hechos que al momento de su realización no eran delitos, y también garantiza que ningún delito puede ser sancionado con penas más altas que las establecidas antes de su perpetración.
Entiendo lo que ha dicho el Presidente de la Comisión; entiendo que esta ley de imprescriptibilidad significa un tremendo avance, y entiendo que porque hay visiones distintas podemos hacer que su texto se convierta en letra muerta y no se cumpla su objetivo, pero creo que, cuando no se permite a los niños abusados retrotraer la situación y perseguir al culpable, también estamos generando impacto.
En suma, ningún derecho esencial consagrado para los adultos en la Constitución resulta afectado por la retroactividad; en cambio, a lo menos cinco derechos fundamentales de los niños sí resultarán afectados sin ella, entre los cuales se encuentran los siguientes:
1) El derecho de los niños a la protección contra toda forma de explotación y abuso sexual.
2) El derecho de los niños a que se tomen todas las medidas necesarias para protegerlos contra toda forma de perjuicio o abuso físico o mental, incluido el abuso sexual.
3) El derecho a la consideración primordial del interés superior del niño.
4) La garantía de efectividad de sus derechos.
Por todo lo anotado, y por entender que este es un asunto que no se logra compartir en el Senado ni por los colegas penalistas, en términos de que aprobar la retroactividad sería inconstitucional y no permitiría avanzar hacia la posibilidad de tener imprescriptibilidad haciendo de esta ley letra muerta, yo, respecto de este punto, y solo respecto de este punto, me voy a abstener, acompañando en el resto el planteamiento formulado por el Presidente de la Comisión de Constitución del Senado y fundamentado también por el Ministro de Justicia.
Gracias.

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador Jaime Quintana.

El señor QUINTANA.- Señor Presidente, la verdad es que estamos llegando a un momento bien importante en la discusión de este proyecto, el que, como varios colegas han señalado, importa un cambio paradigmático desde el punto de vista del Derecho Penal.
En efecto, son pocos los países en el mundo que han dado un paso tan significativo como el que está dando ahora el Senado, fundamentalmente por tratarse de naciones herederas o tributarias del Derecho anglosajón, aunque también en el Derecho Romano se encontraba contemplado cierto tipo de delitos que se podían perseguir, sin importar el lapso de tiempo transcurrido, por ser de mayor gravedad.
Pero, señor Presidente, ¿por qué hemos llegado a esta discusión?
Yo no me canso de decirlo.
Corría el año 2007 -dos años antes de que presentara este proyecto, al cual invité a patrocinar posteriormente a la Senadora Ximena Rincón y a los entonces Senadores Patricio Walker y Fulvio Rossi- cuando se inició este debate sobre imprescriptibilidad; debate que, como muy bien señaló la Senadora Rincón, no estuvo exento de dificultades, porque teníamos a toda la academia encima. Muchos penalistas que hoy día son grandes partidarios de esta iniciativa -nos alegramos por eso- fueron férreos opositores de ella en su oportunidad. Tanto fue así que no tuvimos mucho apoyo de la Comisión de Constitución de la época, por lo que su discusión duró poco tiempo y a los dos años (2010-2011) el proyecto fue archivado.
Esa es la verdad.
Por lo tanto, tuvimos que derribar varios muros para llegar a la etapa en la que nos hallamos hoy día. Distintos gobiernos conocieron esa iniciativa, en diferentes momentos, y no le dieron la importancia que tenía. Sí debo reconocer que en los últimos días de su Gobierno la Presidenta Bachelet le puso urgencia, y destacar, por supuesto, aparte de la presencia del Ministro Hernán Larraín, que la Administración del Presidente Piñera le otorgó su patrocinio. En todo caso, se le olvidó, en un primer momento, que tenía mocionantes, e incluso se llegó a decir que correspondía a un mensaje del Ejecutivo. No importa establecer aquí la paternidad del proyecto, pero en esta Corporación siempre hemos sido muy cuidadosos de rescatar su origen, no solo por los Senadores, sino por los equipos que trabajan en los textos.
Por eso, quiero reiterar que el año 2007, ya promulgada la ley N° 20.207, que no estaba siendo del todo eficaz, precisamente por la realidad que existía (de dominación, de manipulación, de abuso del victimario respecto de la víctima), efectuamos algunos focus groups, con distintos invitados, con víctimas por supuesto, y fue así como surgió este proyecto, el cual -repito- no tuvo apoyo en los primeros años y fue archivado. Recién el 2016, una vez que creamos la Comisión Especial de Infancia con varios de los Senadores que están acá, precisamente para poder tramitar iniciativas radicadas en la Comisión de Constitución de la época y que no podían ser tratadas a pesar de tener una clara implicancia para los menores, se procedió a su desarchivo, momento a partir del cual entramos en otra lógica.
En tal sentido, no puedo dejar de reconocer el apoyo incansable de "YverYactuar", de la fundación Derecho al Tiempo, de Vinka Jackson, de Josefina Mora, de James Hamilton y de muchos otros que acompañaron este proyecto y lo mantuvieron vivo durante todo este tiempo, para quienes también deben ser muy difíciles las circunstancias en que nos encontramos hoy día.
El Senado debe pronunciarse ahora sobre los cambios introducidos por la Cámara de Diputados y con los cuales todos estamos, esencialmente, de acuerdo, tal como lo decía el señor Ministro. Pero lo que se busca -lo explicó magistralmente la Senadora Rincón- es que la normativa sea eficaz y no se estrelle, en definitiva, contra muros como los que ya hubo que derribar, esta vez, quizás, el Tribunal Constitucional, ante eventuales peticiones de victimarios o de personas acusadas por este tipo de delitos para que se declare la inaplicabilidad de la ley por ser inconstitucional. Porque la Constitución y la ley son muy claras: los delitos penales que se tipifican, la prescripción y las acciones penales -son cosas que van de la mano- rigen siempre in actum, es decir, siempre hacia adelante y nunca hacia atrás.
Por eso, este es un cambio de paradigma muy importante y lo que no quisiéramos es que la iniciativa no resultara eficaz y terminara transformada en letra muerta. De ahí que les hemos hecho un llamado a las víctimas de este tipo de delitos -quienes lo han comprendido- a que no transformemos esto en una derrota, porque no lo es, sino un triunfo de la lucha que ellas mismas han dado en cuanto a hacer justicia y permitir la compensación y, fundamentalmente, la reparación del daño que se les ha ocasionado.
¿Por qué se compara los delitos contra menores con los delitos de lesa humanidad? Porque, a diferencia de muchos otros, centrados solo en la persecución del victimario -que también se da acá-, tienen en especial consideración a la víctima. Es la víctima la que experimenta un bloqueo mental; es la víctima la que, cuando es abusada por alguien de su entorno más cercano, ya sea familiar, escolar o eclesiástico, alberga incluso, en determinado momento, un sentimiento de culpa; es la víctima la que, por tanto, pasa por distintas etapas, hecho estudiado hasta desde el punto de vista de la ciencia médica, que también respalda esta iniciativa.
Por todos los antecedentes que hemos señalado, me parece del todo razonable aprobar el texto propuesto en los términos planteados por el Presidente de la Comisión de Constitución, Senador Felipe Harboe -quien, al igual que el Senador Huenchumilla y usted mismo, señor Presidente, hizo un gran aporte en las Comisiones unidas-, texto que, finalmente, será despachado de una forma bastante similar a como fue presentado.
Tal como ocurrió con los delitos contenidos en la indicación sustitutiva del actual Ejecutivo, varios de ellos incorporados por indicación de los propios abogados constitucionalistas que asistieron al Congreso, los cuales fueron en definitiva retirados, considero pertinente no aceptar el nuevo delito, de violación con homicidio, agregado por la Cámara de Diputados, donde ya se estaría hablando de una persona fallecida.
Creo que el catálogo definido -sustracción de menores con homicidio, violación, mutilación o lesiones graves; tortura agravada por la comisión de delitos sexuales; apremios ilegítimos agravados; abuso sexual impropio; producción de material pornográfico- da cuenta por sí solo del debate que estamos teniendo.
Por tal razón, señor Presidente, invito a aprobar este proyecto, el cual, después de nueve años de discusión legislativa, verá la luz, seguramente después de que lo vea la Comisión Mixta que deberá estudiarlo, ojalá en forma rápida y en los términos recomendados por el Presidente de la Comisión de Constitución del Senado, es decir, con determinado catálogo de delitos y con una normativa eficaz que no contraviene principios esenciales del Derecho Penal de Chile y el mundo establecidos en nuestra Constitución, porque eso, finalmente, lo transformaría en letra muerta.
Por todo lo anterior, llamo a mis colegas a acoger los cambios introducidos por la Cámara de Diputados, con los rechazos que se señalarán en su oportunidad.
Muchas gracias.

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Por último, tiene la palabra la Senadora señora Goic.

La señora GOIC.- Señor Presidente, hace pocos días me tocó compartir con algunos colegas asambleístas en Costa Rica. Estaban celebrando la firma de un proyecto de ley, por parte del Presidente de ese país, que aumenta el plazo de prescripción para este tipo de delitos de 10 a 25 años.
Hago la comparación porque a veces es bueno poner en valor lo que somos capaces de hacer como país, lo que podemos llegar a hacer cuando Gobierno y Oposición nos ponemos de acuerdo. Se reconoce la valentía del señor Presidente de nuestra Corporación, Senador Jaime Quintana, por plantear el tema en su momento, hace nueve años, y el que lo haya recogido un Gobierno que no lo tenía inicialmente contemplado en su propuesta con esta intensidad y con este compromiso.
Han pasado nueve años. Y en ese tiempo esta discusión era muy muy distinta. Jamás pensamos que todos íbamos a estar de acuerdo en la imprescriptibilidad. Por más de siete meses tuvimos un debate respecto de la retroactividad, que es el punto que ahora está en debate; pero, sobre la imprescriptibilidad, hoy nadie duda. Es algo muy relevante que debe consolidarse en esta ley, que es el producto de poner a las víctimas al frente de sus testimonios, con mucha valentía, y de abrir sus vidas personales, ¡dolorosas!, lo cual nos debe hacer sentir orgullosos a todos y a todas aquí, y también como país.
Por eso, es fundamental que la iniciativa, que va a ir a Comisión Mixta, sea tramitada con celeridad. Yo le pediría -por su intermedio, señor Presidente- al Ministro Larraín aquí presente y también al Ministro Blumel que hagamos de aquello una realidad. ¡Es lo que esperan las víctimas!
Hay un punto en el cual, al igual que la Senadora Rincón, me voy a abstener, relacionado con la retroactividad. Ya se hizo la discusión. Fueron siete meses de un debate riguroso en las Comisiones de Constitución y de Infancia, unidas, donde nosotros mismos reconocimos que habíamos dado un paso importante. Pusimos ahí en el tapete el tema de la retroactividad y eso ya es un avance. ¡Si esto también tiene que ver con visibilizar una realidad que estaba oculta, que negábamos, a pesar de lo dramático que es el abuso sexual a nuestros niños y niñas y el derecho que tiene una persona al tiempo, a procesar su trauma!
Así que creo que ahí existe un avance y por eso quiero insistir en el ánimo constructivo, en reconocer el tremendo adelanto que representa hoy día la imprescriptibilidad y la necesidad de que se consolide y sea ley de la república, sin que pasen más meses de tramitación o sin que pasen años para que se convierta en una normativa estancada.
Con la misma fuerza deseo reiterar algo que ya señalamos en las Comisiones. Hoy avanzamos al modificar nuestro Código Penal, avanzamos en la legislación, pero también debemos tomar otras medidas, como hacerse cargo de las víctimas y recoger y asumir su dolor. Y ahí está la propuesta de una Comisión que recoja testimonios y cuya creación no necesita ley ni genera una discusión sobre si es constitucional o no. ¡Es humano y es algo que podemos hacer como país!
En tal sentido, formulo un llamado al señor Ministro -por su intermedio, señor Presidente- para que se pueda conformar esa Comisión, que constituye una petición de las víctimas. Podría llamarse "Comisión de reparación, de verdad, de cuidado ético". Porque eso es lo que buscamos: abrir las historias de quienes deseen plantearlas en un ámbito de reserva y de respeto. ¡Eso ya repara y es lo que deseamos realizar! Se podría hacer cargo la Subsecretaría de Derechos Humanos, para avanzar, a la par, en cómo garantizamos, además, el apoyo psicológico, tan fundamental, y el acompañamiento a las víctimas. ¡Esto no se trata solo de investigar o de buscar sanciones penales sino también de reconstruir vidas!
Hoy estamos dando un paso fundamental, pero también hay que acoger. ¿Quién tiene hoy día derecho, en nuestro país, a acceder a una terapia, que además puede durar años? Esto es algo de lo que nos podemos hacer cargo a la par. Y no quiero dejar pasar esta discusión sin ponerlo nuevamente sobre la mesa.
He dicho.

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Se han inscrito dos Senadores más: el señor Allamand y el señor Harboe.
Informo, igualmente, que se distribuirá un desglose de la votación para que todos sepan sobre qué deben pronunciarse.
A continuación, tiene la palabra el Senador señor Allamand.

El señor ALLAMAND.- Señor Presidente, quiero formular un muy breve comentario con respecto a algunas expresiones que hemos escuchado.
De repente da la impresión de que la irretroactividad de la ley penal -principio que consagra no solo nuestra Constitución, desde siempre, sino también todos los ordenamientos jurídicos- fuera una suerte de principio equivocado. De alguna manera, se desliza esta apreciación en ciertos argumentos formulados por parte de Honorables Senadoras que incluso han declarado que se abstendrán con relación a este punto.
Ciertamente, mi propósito no es, bajo ninguna circunstancia, formular juicio alguno respecto del derecho que cada parlamentario tiene para expresar sus puntos de vista y emitir su voto. Simplemente deseo dejar constancia de que la irretroactividad de la ley penal es una garantía que existe para las personas y que por esa razón ha sido incorporada en todos los ordenamientos jurídicos.
Cuando un principio tan importante se rompe, es lo mismo que se agriete una represa. Los principios, cuando son tan fundamentales, deben mantenerse intangibles y tienen que ser protegidos y defendidos.
Imagine por un instante, señor Presidente, qué podría ocurrir en un país en el que no existiera la irretroactividad de la ley penal. Un Congreso como este podría establecer, mirando hacia atrás, que una conducta que no es delito va a transformarse en delito.
Las consecuencias que ello podría acarrear para la vida y para la sociedad serían enormes.
Imaginen Sus Señorías, simplemente, las posibilidades que habría para, por ejemplo, perjudicar a adversarios políticos. Una determinada conducta -insisto-, que era completamente lícita en cierta época, diez años después viene un Congreso y señala "No, fíjese que el comportamiento en el que tal persona incurrió hace una década, entonces perfectamente lícito, resulta que ahora pasa a ser un delito". Y, en consecuencia, dicha persona sería castigada por un hecho que al momento de su comisión era completamente lícito.
Lo mismo ocurre con la prescripción. Si, en definitiva, en el pasado un delito tenía un plazo de prescripción y posteriormente el poder político lo elimina, se está reviviendo un delito que obviamente se encontraba extinguido.
De ahí, señor Presidente, que el hecho de que el Senado cautele el principio de la irretroactividad de la ley penal es uno de los aspectos más importantes que hemos visto hasta ahora en esta legislatura.
En resumen, sin perjuicio de que apoyaré las proposiciones que explicitó el Presidente de la Comisión de Constitución, quiero hacer ver que aquellos son puntos de vista que se tuvieron en cuenta durante el largo estudio que hicimos del proyecto, a la vez que reafirmar que la irretroactividad de la ley penal es un principio que debe ser protegido y mantenido a todo trance en nuestra institucionalidad.
He dicho.

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Enseguida, está inscrito para intervenir el Senador señor Harboe.

El señor HARBOE.- Seré muy breve, señor Presidente.
En primer lugar, quiero agradecer al Senador Jaime Quintana y a la Senadora Ximena Rincón, autores de la moción, así como la perseverancia de quienes hicieron posible que el proyecto, archivado durante un tiempo, dejara de estarlo.
Después, deseo felicitar a las Comisiones unidas, en las que me tocó participar, por el trabajo realizado. Más allá de las legítimas diferencias políticas que pudimos tener, sus integrantes actuamos con un espíritu de cooperación, porque entendimos la trascendencia de lo que estábamos discutiendo.
Quiero agradecer y felicitar especialmente a la Secretaría de la Comisión de Constitución, que fue ordenando cada espacio del debate y absolviendo, de manera muy profesional, como siempre, las dudas que se fueron presentando, por el trabajo que realizó durante toda la tramitación del proyecto.
Agradezco, asimismo, a las distintas organizaciones -lo digo no solo como Presidente de la Comisión de Constitución, sino también como integrante de las Comisiones unidas. Porque nos dieron una mirada distinta.
En la Comisión de Constitución estamos acostumbrados a observar permanentemente el punto, la coma, la ley, la Constitución Política, y la verdad es que cuando se discute un tema de esta naturaleza, que tiene un conjunto de implicancias de salud, emocionales, psicológicas, sociales, siempre es importante aprender. Y creo que las organizaciones, con su mirada distinta, nos permitieron adentrarnos en un mundo extremadamente delicado, complejo, de mucho sufrimiento y ávido de algún tipo de reparación.
Más allá de la discusión que se ha dado hoy día, no quiero que quede la sensación de que lo que estamos haciendo no es trascendente.
Señor Presidente, probablemente, este es el cambio más relevante de los últimos 20 años en materia de Derecho Penal en Chile. Ni más ni menos, estamos consignando algo que el Derecho chileno establece como excepcionalísimo: que un tipo de delito sea imprescriptible. Es decir, que el transcurso del tiempo no signifique impunidad.
Y acá lo que hacemos es determinar que exista un conjunto de delitos imprescriptibles cuando las víctimas sean niños, niñas o adolescentes. Es decir, ¡el Congreso Nacional de Chile les reconoce a los niños, niñas y adolescentes el derecho a poder ejercer acciones penales hacia el futuro, para siempre, si han sido violentados en sus derechos sexuales, en su libertad sexual!
¡Se acabó hacia el futuro la impunidad de los abusadores sexuales! ¡Eso es lo que está haciendo este Parlamento!
¡Se acabó el transcurso del tiempo como elemento de impunidad! ¡Eso es lo que hace este proyecto de ley!
En consecuencia, es extremadamente relevante lo que efectuamos hoy día.
Consignar la imprescriptibilidad de los delitos sexuales contra menores es -insisto- un regalo que entregamos a todos los niños, niñas y adolescentes de hoy, del mañana y del futuro, para siempre. Esa es la ventaja de esta iniciativa, que tiene vocación de estabilidad. ¡Eso es lo que estamos consignando hoy día!
Alguien preguntó: "Bueno, ¿y qué hacemos hacia atrás?".
Probablemente, nos habría gustado que una reflexión como esta se hubiese hecho hace 20 o 30 años. Así, muchos de los que hoy día están acusados de abuso sexual no estarían amparados por la impunidad que da el tiempo. Pero esta discusión llegó hoy, no hace 20 años, lamentablemente. De modo que intentar generar un mecanismo de retroactividad, es decir, torcerle la mano al principio de legalidad, es extremadamente complejo.
Y créanme que en todos los Senadores y Senadoras de las Comisiones unidas vi la mejor disposición a dejarse convencer, a aprender.
Estudiamos Derecho comparado, estudiamos experiencias comparadas, vimos tratados internacionales, revisamos la Constitución Política y las diferentes legislaciones, y créanme que no hubo posibilidad de aplicar la retroactividad.
Probablemente, para sacar un aplauso fácil podríamos hacerlo ahora. Así quedaríamos todos felices y nos aplaudirían en la calle. Pero, ¿saben lo que pasaría? Que a la vuelta de la esquina el Tribunal Constitucional echaría abajo esto, porque no tiene amparo en la Carta Fundamental. Por tanto, a lo imposible nadie está obligado, y hemos realizado el mayor de los esfuerzos.
Eso sí, coincido con lo que aquí se ha planteado: el hecho de que no exista retroactividad no significa que no se pueda investigar. Hoy día la legislación permite que el Ministerio Público investigue. Y ojalá que todos los que han cometido abusos sexuales a niños, niñas y adolescentes sean investigados y se expongan sus casos, para que nunca más ello vuelva a ocurrir.
Nosotros tendremos la tranquilidad de que este Senado de la República ha aprobado una iniciativa de ley que nunca más, ¡nunca más!, va a permitir que un pedófilo se beneficie con el mero transcurso del tiempo. ¡Ese es un tremendo cambio!
Señor Presidente, para terminar, pienso que sí es importante buscar un mecanismo de reparación. Me parece que las víctimas de los delitos anteriores a la entrada en vigencia de esta ley en proyecto requieren una reparación. Yo llamaría al Gobierno a crear una mesa de trabajo para buscar un mecanismo que las ayude a sobrellevar ese sufrimiento que por tantos años han guardado.
He dicho.

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Por último, tiene la palabra el Senador señor Araya.

El señor ARAYA.- Señor Presidente, sin duda que este es un paso muy importante en materia de legislación penal.
Si uno mira lo que ha pasado tanto en el Código Penal como en distintas leyes especiales con la tipificación y regulación de los delitos sexuales, desde principios de los años noventa (cuando retornó la democracia) hasta el día de hoy, se da cuenta de que el legislador de distintas épocas ha ido incorporando algunos tipos penales nuevos, como la producción de material pornográfico infantil, entre otros. Asimismo, ha ido señalando como atípicos o que no son delitos otras figuras que contenía el antiguo Código Penal, por ejemplo, la sodomía.
En el caso concreto del proyecto que discutimos en el día de hoy, creo que el tema de la imprescriptibilidad es un tremendo avance.
Ya señalé en mi intervención anterior, cuando se aprobó este proyecto en general acá, en el Senado, que, sin duda, se rompía con uno de los principios más significativos. La gran mayoría de las disposiciones del Código Penal, por no decir toda la legislación penal, salvo en el caso de los derechos humanos, permiten la prescripción de los delitos. Porque se busca, en alguna medida, que exista certeza y seguridad jurídica respecto de la sanción penal para una persona que ha cometido algún delito.
Y, en esa línea, entendiendo la especial circunstancia en la cual se cometen estos delitos, entendiendo el daño que sufren las víctimas, se adopta la posición de permitir que sean imprescriptibles. Y eso, obviamente, lo apoyamos porque creemos que va en la línea correcta.
Sin embargo, dicho lo anterior, me parece que no se puede dejar pasar -algunos Senadores que me han precedido en la palabra ya lo han mencionado- lo que dice relación con el tema de la irretroactividad de la ley penal.
Cuando uno mira la legislación penal y, más bien, la dogmática penal desde antaño, desde los comienzos del Derecho Penal, se da cuenta de que la ley penal no es retroactiva. Esto tiene que ver con dar cierta certeza y seguridad a todos los ciudadanos, porque se busca que el ciudadano sepa con anterioridad a su actuación que su conducta puede ser constitutiva de delito, en la medida en que haya sido tipificada como tal en la legislación penal mediante una ley anterior a la ocurrencia de los hechos.
Lo que justamente busca la irretroactividad penal es evitar que se cometan ciertos abusos, por parte del Poder Legislativo o del Poder Ejecutivo, al sancionar penalmente conductas que antes no eran delitos, lo cual, obviamente, atentaría contra la certeza que deben tener los ciudadanos respecto del tipo de conducta que pueden llevar adelante en la sociedad.
Abrir la puerta a la retroactividad de la ley penal en esto me parece que efectivamente crearía un serio problema de carácter constitucional. Nuestra legislación constitucional reconoce la irretroactividad de la ley penal, lo que además está recogido en el Código Penal y en numerosos fallos de tribunales de justicia, entre otros. Y ello obedece justamente al nivel de certeza que se debe tener en cuanto a que las acciones que los sujetos ya han realizado no serán sancionadas penalmente si es que no existe una ley que lo determine.
Uno puede entender -me ha tocado estar con varias víctimas de abuso sexual- lo que significa o lo que significó en su vida esta situación o lo que las marcó.
Pero, dicho eso, yo soy de los que creen que debemos respetar los principios en materia penal, porque uno de los elementos que tiene el Estado para perseguir a los ciudadanos es el Derecho Penal. Y hay que pensar, por ejemplo, que si uno mira lo que ocurre hoy día en general en nuestro Congreso se da cuenta de que cada vez que ocurre un hecho tendemos a presentar un proyecto de ley que aumente las penas o que sancione penalmente la conducta de que se trate.
A partir de eso, soy de los que creen que la irretroactividad de la ley penal debe mantenerse como una garantía para la sociedad en su conjunto, no para determinados ciudadanos. Y aquí no se trata de que uno esté amparando o no a personas que han cometido este tipo de delitos tan atroces, sino que estamos velando por que se respete un principio superior: la irretroactividad de la ley penal, con el objeto de dar certeza y seguridad.
Dicho eso, señor Presidente, voy a votar favorablemente aquellas disposiciones que van en esa línea y, obviamente, rechazaré lo que dice relación con la retroactividad de la ley penal.
Gracias.

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Se han inscrito para intervenir los Senadores señores Pérez Varela y Sandoval.
Tiene la palabra el Honorable señor Pérez Varela.

El señor PÉREZ VARELA.- Señor Presidente, este proyecto fue largamente debatido por las Comisiones de Constitución, Legislación y Justicia y Especial de Infancia.
En la Sala del Senado tuvimos un gran debate, donde se expresaron los argumentos relativos a una iniciativa originada, hace 9 años, en una moción de Senadores, la cual también tuvo un gran respaldo por parte del Presidente Piñera y del Ministro Hernán Larraín.
¿En qué estamos hoy día?
En una discrepancia con la Cámara de Diputados, que le ha introducido al proyecto una norma transitoria que permite, en determinado período, la retroactividad de la ley penal respecto al catálogo de delitos de abuso de menores que establece este proyecto de ley, y que, sin duda, son absolutamente rechazables, condenables, aberrantes.
Pero ¿por qué estamos en esta discrepancia? No me voy a hacer cargo, porque lo ha dicho extraordinariamente bien el Senador Araya, de las objeciones constitucionales que presenta, sino más bien de los aspectos prácticos que nos obligan a discrepar de la Cámara de Diputados. Ellos fijan una fecha, el año 1990, para que los delitos sexuales contra menores puedan ser investigados y fallados por los tribunales de justicia.
Lo primero que debemos tener en cuenta es que los tribunales de la década de los 90 hoy no existen. Aquella persona que, eventualmente, cometió uno de estos delitos aberrantes el año 90, el 91, no va a poder ser investigada, ni juzgada, ni condenada, porque los tribunales que lo debieran hacer ya no existen. Chile modificó toda su estructura procesal penal. De hecho, de establecerse otro procedimiento, se estaría generando no solamente un daño a un principio constitucional, sino también una dificultad real, práctica, respecto a quién podría asumir este proceso investigativo.
En segundo lugar, la mayoría de los delitos que figuran en el catálogo que aparece en este proyecto, que nosotros hemos declarado imprescriptibles, tenían una definición distinta en la década del 90. El tipo penal era otro.
Aquel delincuente que cometió un abuso en esa década va a buscar refugio, en primer lugar, en que está protegido en una norma constitucional; en segundo término, en que ya no hay un tribunal que lo pueda sancionar; y en tercer lugar, en que el tipo penal actual es diferente, fue modificado.
Por lo tanto, ese delincuente va a disponer de una serie de argumentos para impedir ser investigado. Y ello no solamente atenta contra los principios, sino también contra la eficacia de la acción judicial que nosotros queremos implementar.
Vamos a ser líderes no solo en Latinoamérica, sino quizás también en el mundo, al establecer la imprescriptibilidad de los delitos de abuso contra menores.
¡Es un avance notable!
No podemos empañar ese avance necesario, saludable, relevante, incorporando normas que no tendrán eficacia y que van a generar una profunda frustración en quienes hagan uso de ellas.
Por eso, señor Presidente, como lo hemos expresado en la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, en las Comisiones unidas y en la Sala, vamos a reiterar el criterio sostenido por el Senado; porque, sin duda, permitirá que el país progrese verdaderamente en esta materia y que no retroceda como ocurriría si se estableciera una normativa que, a lo mejor, puede ser vendida efusivamente, pero que no será eficaz y que generará más frustraciones en las víctimas.
No hay duda de que lo propuesto en cuanto a la reparación de las víctimas debe ser el camino que el país elija para protegerlas y poner a los culpables en una situación de conocimiento público que les impida una vida tranquila en sociedad.

El señor MOREIRA.- ¿Puede abrir la votación, señor Presidente?

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Estimados colegas, se ha solicitado abrir la votación, pero no es posible acceder a ello, pues hay votaciones separadas en distintos artículos. Además, hay tres oradores inscritos y se siguen inscribiendo.
En consecuencia, les solicito a Sus Señorías no plantear cosas contradictorias: por un lado, pedir que se abra la votación, y por otro, seguir inscribiéndose.
Tiene la palabra el Senador señor Sandoval.

El señor SANDOVAL.- Señor Presidente, en realidad, no íbamos a intervenir en esta ocasión, porque entendíamos que las discrepancias con la Cámara ya se habían manifestado y profundizado latamente.
Sin duda, todos los delitos son condenables. Y para qué decir aquellos que se cometen contra inocentes, como niños, niñas, ¡particularmente, los de abusos sexuales!
Quiero destacar la dilatada y precisa aclaración que realizó el Senador Allamand respecto de los componentes formales del procedimiento, y también lo expresado por el Senador Harboe respecto de la aplicación y efectividad de una norma de la cual queremos hacernos parte.
Por eso, lo más importante, para no perdernos del centro de la discusión fundamental, es que se está entregando nada más y nada menos que una norma jurídica que hace absolutamente imprescriptible todo delito que, a partir de aquí, se realice en contra de niños, niñas y adolescentes.
Ese es el sentido profundo, el sentido social, el sentido humano, el sentido de justicia que tendrán como respuesta institucional las familias chilenas que, desgraciadamente, se han visto afectadas por esta realidad.
El país se hace cargo de una situación de la cual evidentemente pudo haberse hecho cargo hace muchas décadas.
Pero debemos ser prácticos.
Los argumentos dados por los Senadores Allamand y Harboe; el apoyo que ha brindado el propio Gobierno (y aquí está el Ministro de Justicia) hacen que nos concentremos en el fondo, en lo sustantivo: Chile va a tener, a partir de esta iniciativa, una ley que determine que los delitos de abusos contra menores nunca van a ser prescritos.
Por tal motivo, en lo personal, vamos a votar a favor en términos generales, salvo en cuanto a la modificación que realizó la Cámara de Diputados respecto a la imprescriptibilidad de delitos realizados con anterioridad.
¡Cuánto más hubiésemos querido! Pero esto es lo realista jurídicamente, y a eso debemos atenernos.
Muchas gracias.

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Le ofrezco la palabra al Senador señor Chahuán.

El señor CHAHUÁN.- Señor Presidente, Honorable Sala, estamos aprobando un proyecto de ley que, sin lugar a dudas, va a proteger la indemnidad sexual de los menores; de los niños, las niñas y los adolescentes.
Nuestro país exhibe altísimas cifras en cuanto al abuso de menores, que muchas veces se produce intramuros, vale decir, al interior de los hogares.
Por eso es tan importante declarar la imprescriptibilidad de este tipo de delitos.
Creemos que este es un avance significativo.
Hay ciertos delitos que están sometidos a este régimen: el secuestro con violación; la sustracción de menores con violación; la tortura agravada por la comisión de delitos sexuales; los apremios ilegítimos agravados por la comisión de delitos sexuales; la violación; el acceso carnal a una persona menor de 14 años; la violación de un menor de 18 y mayor de 14 agravada por una situación de abuso; la acción sexual consistente en la introducción de objetos por vía vaginal, anal o bucal; la acción sexual abusiva distinta al acceso carnal con persona mayor de 14 años; la acción sexual abusiva distinta al acceso carnal con persona menor de 14 años; el abuso sexual impropio o exposición de menores a actos de significación sexual; la producción de material pornográfico con menores de edad; la facilitación de la prostitución de menores; la obtención de delitos sexuales remunerados de menores de 18 y mayores de 14 años; la violación con homicidio; la trata de personas con fines de explotación sexual infantil, y el robo con violencia o intimidación de las personas con violación.
Por supuesto, algunos de estos fueron incorporados por la Cámara de Diputados.
Señor Presidente, como asesor parlamentario, fui uno de los redactores de las indicaciones presentadas tanto por Senadores como por Diputados para extender el delito de violación al de acceso carnal distinto al vaginal.
Por tanto, me parece que esto va en la dirección correcta.
Tenemos que seguir protegiendo la indemnidad sexual de nuestros menores. Y, ciertamente, debe actuarse con la seriedad pertinente para los efectos de entender que la imprescriptibilidad de estos delitos, por supuesto, va hacia delante.
Vamos a aprobar en general este proyecto de ley.

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Allende.

La señora ALLENDE.- Señor Presidente, quiero comenzar por ratificar el compromiso con las víctimas de la pedofilia, con los miles de niños y niñas del país que han sido abusados sexualmente por sujetos que se aprovechan de su vulnerabilidad, que atropellan sus derechos, como lo es la indemnidad sexual. No hay peor delito -creo yo- que aprovecharse de la inocencia de los niños y de esta forma.
Por eso, hoy venimos a zanjar una recomendación internacional del Comité de los Derechos del Niño, que ha dicho que toda legislación debe propender a declarar imprescriptibles los delitos sexuales contra niños y niñas, tal como sucede con los delitos de lesa humanidad; o sea, estamos hablamos de crímenes en donde la víctima no solo es el abusado, sino también toda la humanidad.
Por eso, considero muy importante lo que hoy día estamos dirimiendo.
Los abusos contra menores, como se dijo durante el primer trámite, dejan graves secuelas psicológicas en las víctimas, pues transcurren decenas de años antes de que las personas abusadas comiencen a tomar conciencia del delito de que fueron víctimas y puedan procesarlo, e incluso pasa un tiempo aún mayor para que se atrevan a denunciarlo. Esto hace que muchos de estos delitos se encuentren prescritos y queden sin sanción, dejando inmunes -lo que es muy grave- a los abusadores.
En el Senado tuvimos una larga discusión, fusionando las Comisiones de Constitución y Especial de Infancia, donde el debate se desarrolló en torno a la inconstitucionalidad de dos temas: la imprescriptibilidad, en sí misma, y la retroactividad de su aplicación, es decir, que se aplique a hechos cometidos con anterioridad a la publicación de la ley.
En el primer punto hubo unanimidad, pese a la diversidad de posturas. Sin embargo, la retroactividad fue fuertemente cuestionada por la mayoría de los académicos, por sus claros indicios de inconstitucionalidad, como lo han explicado varios colegas, incluyendo al propio Ministro.
En verdad, nada me gustaría más que ver a los delincuentes que cometen ese tipo de crímenes tras las rejas. Pero tampoco quiero que nuestra futura ley -tal como lo expresó su autor, a quien le reconozco la autoría de esta iniciativa y lo felicito, el Senador señor Quintana, actual titular de la Corporación- quede sin aplicación práctica, con cientos de requerimientos que van a llegar al Tribunal Constitucional y que podrían echar abajo la norma. Lo único que provocará aquello será mayor frustración en las víctimas, quienes sufrirán la decepción en la justicia y en las expectativas que les generamos los legisladores, en circunstancias de que estamos obligados a ser responsables en cuanto a darles una solución y una respuesta adecuadas a las personas que fueron abusadas.
Creo que la norma de irretroactividad contenida en el artículo transitorio tiene que ser objeto de un nuevo estudio -y esto lo vamos a lograr si rechazamos, en algunos aspectos, lo que viene desde la Cámara de Diputados, dando lugar a la conformación de una Comisión Mixta-, ya que existe duda acerca de si cumple o no con lo estipulado en el artículo 19, N° 3°, de la Constitución, que en la parte pertinente establece: "Ningún delito se castigará con otra pena que la que señale una ley promulgada con anterioridad a su perpetración, a menos que una nueva ley favorezca" -el principio in dubio pro reo- "al afectado".
Si bien existe una discusión en torno a esta disposición en cuanto a si se aplica o no la prescripción, no es menos cierto que su aplicación retroactiva traerá problemas prácticos procesales: ¿Qué procedimiento penal se va a seguir: el antiguo o el nuevo? ¿Qué juez será el que investigue los casos: el juzgado del crimen o el Ministerio Público? Ambas aprensiones ya fueron formuladas por la Corte Suprema.
Otra materia que fue modificada en la Cámara de Diputados tiene que ver con incluir dentro del catálogo de delitos imprescriptibles el secuestro y la violación con homicidio. Estos delitos los descartamos en su oportunidad en el Senado, porque el secuestro de niños se llama "sustracción de menores", mientras que en el caso de la violación con homicidio, la víctima no puede ejercer su acción, obviamente, por habérsele quitado la vida, por lo cual decidimos descartar aquello.
Señor Presidente, voy a votar en contra algunas de las enmiendas introducidas por la Cámara de Diputados en la confianza de que, a través de una Comisión Mixta, podamos arreglar los aspectos que señalé al objeto de lograr la mejor legislación posible, sin generar falsas expectativas y, sobre todo, sin faltarles el respeto a las víctimas. Estas, por años han tenido que luchar contra este drama, y se han atrevido a impulsarnos, a acompañarnos para que legislemos al respecto. Por ello, debemos despachar una ley que realmente sea eficaz y eficiente, a fin de evitar que después quede incumplida por cuestiones de inconstitucionalidad.
He dicho.

El señor QUINTANA (Presidente).- No hay más inscritos.
Por lo tanto, procederemos a la votación.
Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor GUZMÁN (Secretario General).- Para los efectos del despacho del proyecto, se van a efectuar tres votaciones sucesivas: la primera comprenderá, conforme a lo que se ha informado, las modificaciones que están indicadas para ser aprobadas; la segunda incluirá las enmiendas que están señaladas para rechazarse, y la tercera, envuelve la modificación al artículo transitorio.
En consecuencia, en primer lugar, se propone a la Sala aprobar las modificaciones efectuadas por la Cámara de Diputados al número 1), apartado primero, y al número 4), apartados primero y segundo, ambos del artículo 1; y al artículo 2, apartado primero.

El señor QUINTANA (Presidente).- En votación las enmiendas señaladas precedentemente.

El señor GUZMÁN (Secretario General).- ¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor QUINTANA (Presidente).- Terminada la votación.

--Se aprueban las enmiendas introducidas por la Cámara de Diputados al número 1), apartado primero, y al número 4), apartados primero y segundo, ambos del artículo 1; y al artículo 2, apartado primero (32 votos a favor).
Votaron las señoras Allende, Ebensperger, Goic, Muñoz, Órdenes, Provoste, Rincón y Von Baer y los señores Allamand, Araya, Castro, Chahuán, Coloma, De Urresti, Durana, Elizalde, Galilea, García, García-Huidobro, Girardi, Guillier, Harboe, Huenchumilla, Latorre, Montes, Ossandón, Pérez Varela, Prohens, Pugh, Quintana, Sandoval y Soria.

El señor QUINTANA (Presidente).- Se deja constancia de la intención de voto favorable de la Senadora señora Van Rysselberghe y de los Senadores señores Kast y Pizarro.

Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor GUZMÁN (Secretario General).- En seguida, corresponde poner en votación las enmiendas efectuadas al número 1), apartado segundo, del artículo 1, y al artículo 2, apartado segundo.

El señor QUINTANA (Presidente).- La propuesta del Presidente de la Comisión de Constitución, Senador señor Harboe, es votar en contra ambas modificaciones.
En votación las enmiendas señaladas precedentemente.

El señor GUZMÁN (Secretario General).- ¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor QUINTANA (Presidente).- Terminada la votación.

--Se rechazan las enmiendas introducidas por la Cámara de Diputados al número 1), apartado segundo, del artículo 1, y al artículo 2, apartado segundo (35 votos en contra).
Votaron las señoras Allende, Ebensperger, Goic, Muñoz, Órdenes, Provoste, Rincón, Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Allamand, Araya, Castro, Chahuán, Coloma, De Urresti, Durana, Elizalde, Galilea, García, García-Huidobro, Girardi, Guillier, Harboe, Huenchumilla, Kast, Latorre, Montes, Ossandón, Pérez Varela, Pizarro, Prohens, Pugh, Quintana, Sandoval y Soria.


El señor QUINTANA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor GUZMÁN (Secretario General).- La última votación comprende la modificación introducida por la Cámara de Diputados al artículo transitorio.
La propuesta de la Comisión es rechazarlo.

El señor QUINTANA (Presidente).- En votación la enmienda señalada precedentemente.

El señor GUZMÁN (Secretario General).- ¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor QUINTANA (Presidente).- Terminada la votación.

--Se rechaza la enmienda efectuada por la Cámara de Diputados al artículo transitorio (32 votos en contra y 3 abstenciones).
Votaron por la negativa las señoras Allende, Ebensperger, Muñoz, Órdenes, Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Allamand, Araya, Castro, Chahuán, Coloma, De Urresti, Durana, Elizalde, Galilea, García, García-Huidobro, Girardi, Guillier, Harboe, Huenchumilla, Kast, Latorre, Montes, Ossandón, Pérez Varela, Pizarro, Prohens, Pugh, Quintana, Sandoval y Soria.
Se abstuvieron las señoras Goic, Provoste y Rincón.


El señor QUINTANA (Presidente).- En el caso del Senado, la Comisión Mixta que deberá conformarse se determinará el próximo martes en reunión de Comités.
Solicito la autorización de la Sala para que me reemplace en la testera el Senador señor Araya.
Acordado.
--Pasa a presidir la sesión el Honorable señor Araya, en calidad de Presidente accidental.

El señor ARAYA (Presidente accidental).- Solicito autorización para que ingrese a la Sala el Subsecretario del Trabajo, señor Fernando Arab.
Acordado.



ESTATUTO LABORAL PARA JÓVENES ESTUDIANTES DE EDUCACIÓN SUPERIOR


El señor ARAYA (Presidente accidental).- A continuación, corresponde ocuparse en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que crea un Estatuto Laboral para jóvenes que se encuentren estudiando en la educación superior, con segundo informe de la Comisión de Trabajo y Previsión Social y urgencia calificada de "discusión inmediata".
--Los antecedentes sobre el proyecto (8.996-13) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite: sesión 33ª, en 17 de julio de 2018 (se da cuenta).
Informes de Comisión:
Trabajo y Previsión Social: sesión 3ª, en 19 de marzo de 2019.
Trabajo y Previsión Social (segundo): sesión 23ª, en 5 de junio de 2019.
Discusión:
Sesiones 4ª, en 20 de marzo de 2019 (queda para segunda discusión en general); 9ª, en 10 de abril de 2019 (se aprueba en general).

El señor ARAYA (Presidente accidental).- Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor GUZMÁN (Secretario General).- Cabe señalar que esta iniciativa fue aprobada en general en sesión de 10 de abril del año en curso.
La Comisión de Trabajo y Previsión Social hace presente que el proyecto no incide en materias presupuestarias o financieras del Estado, por lo que acordó que no requerirá el informe de la Comisión de Hacienda y solicita a la Sala proceder en ese sentido.
Asimismo, deja constancia, para los efectos reglamentarios, de que el artículo primero transitorio no fue objeto de indicaciones ni de modificaciones. Esta disposición debe darse por aprobada, salvo que alguna señora Senadora o algún señor Senador, contando con la unanimidad de los presentes, solicite su discusión y votación.
--Se aprueba reglamentariamente.

El señor GUZMÁN (Secretario General).- El referido órgano técnico efectuó diversas enmiendas al texto aprobado en general, las cuales fueron aprobadas por unanimidad, con excepción de una de ellas, que será puesta en discusión y votación oportunamente.
Cabe recordar que las enmiendas unánimes deben ser votadas sin debate, salvo que alguna señora Senadora o algún señor Senador manifieste su intención de impugnar la proposición de la Comisión respecto de alguna de ellas o que existan indicaciones renovadas.


El señor ARAYA (Presidente accidental).- ¿Habría acuerdo para aprobar las enmiendas que fueron despachadas en forma unánime en la Comisión?

El señor MONTES.- No, señor Presidente.

El señor ARAYA (Presidente accidental).- No hay acuerdo.
Tiene la palabra la Senadora señora Muñoz.

La señora MUÑOZ.- Señor Presidente, en la Comisión de Trabajo y Previsión Social aprobamos por unanimidad este proyecto de ley.
Al inicio de esta sesión señalé que hubo un esfuerzo del Gobierno y de parlamentarios de Oposición notable, en que existió flexibilidad. Y logramos arribar a un protocolo, a un acuerdo que posteriormente se plasmó en diversas normas, las que puedo informar.
Cuando me llamó el asesor del Ministro del Trabajo don Francisco del Río, le señalé que, si bien el espíritu de la Comisión fue aprobar y ratificar una serie de elementos que salieron durante el debate en particular de la iniciativa, la Sala no podrá comprender lo que acordamos, pues no participó de esa discusión, a menos que las diversas bancadas logremos instruir a nuestros Senadores en el sentido de que aprueben a ciegas lo que nosotros debatimos largamente. Ello, porque se trata de un proyecto absolutamente nuevo.
Yo he escuchado a colegas decir que van a rechazarlo por desconocimiento del texto que despachamos.
Entonces, considero importante por lo menos dar un informe y abrir un debate sobre el particular.
El proyecto está bien; no tenemos la intención de obstruirlo, de obstaculizarlo. Pero no entiendo el apuro que hay en la materia. Incluso, el Gobierno corre el riesgo de que se vote en contra esta iniciativa, pese a que su texto quedó en buenas condiciones. No es posible informar en este rato a Sus Señorías cuál fue el procedimiento en un trabajo que duró tres meses.
Por intermedio de la Mesa, quiero decirle al señor Ministro que a mi juicio se corre el riesgo de que algunos Senadores voten en contra por el desconocimiento del esfuerzo que se hizo para arribar a acuerdos sustantivos respecto de un proyecto que desde su título es absolutamente nuevo, distinto.
En tal sentido, creo que hoy día podríamos informar el proyecto y abrir un debate en la sesión del próximo martes. Y sería bueno ponerlo en el primer lugar de la tabla, para de verdad votar de manera consciente, en serio, pues se trata de un tema a nivel de país. Los jóvenes estudiantes están atentos a las normas que estamos definiendo acá y, por cierto, vamos a ser sacados al pizarrón por muchas disposiciones con las que quizás no van a estar de acuerdo.
Me parece importante que Sus Señorías comprendan en profundidad los cambios que se hicieron.
Yo puedo informar esta iniciativa, señor Presidente.
Tenemos 20 minutos para debatir. Creo que es un tiempo escaso.
Hay que tomar en serio este asunto.
El señor Ministro ha tenido la paciencia, la flexibilidad para trabajar en armonía este proyecto. Pero por apurarlo puede producirse un traspié en la Sala.
Al menos esa es mi opinión, señor Presidente.

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor Montes.

El señor MONTES.- Señor Presidente, en nombre de los Senadores socialistas, como jefe de bancada, quiero decir que no estamos en condiciones de votar este proyecto ahora.
Nos parece un tema tremendamente delicado. Debemos tener la convicción para incluso defender sus alcances, y no los conocemos.
Esto ha generado ruido por muchos lados; ha habido debate en numerosas organizaciones de jóvenes. De modo que necesitamos darnos un tiempo para profundizar en sus contenidos.
Entonces, le pediríamos al señor Ministro que lo dejáramos para la próxima semana, o cuando...

El señor PIZARRO.- Al menos que se dé el informe.

El señor MONTES.- Puede informarse.
El punto acá no es estar en contra de lo acordado por la Comisión, sino contar con el tiempo suficiente para convencernos de que es una buena solución que vamos a defender en todos lados.
Por eso, señor Presidente, le solicitamos que no se vote hoy día.

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor Guillier.

El señor GUILLIER.- Señor Presidente, en la misma dirección de lo planteado anteriormente, quiero señalar que tanto el Senador Bianchi como el que habla no tenemos ningún conocimiento de los acuerdos a que se llegaron. Por lo tanto, no estamos en condiciones de votar. Y si tuviéramos que hacerlo, sería en contra.

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor Pizarro.

El señor PIZARRO.- Señor Presidente, primero quiero aclarar que, en el caso de nuestra bancada, estuvimos informados de la evolución del proyecto y del tiempo en que esto se conversó. Estábamos muy contentos porque se había llegado a un acuerdo, tal como lo informó la Senadora Muñoz.
Ayer algo alcanzamos a conversar en nuestra reunión de coordinación. Y entendíamos que no iba a haber mayor dificultad en la materia.
Entonces, dada la situación que se ha planteado, lo que podemos hacer es tomar el acuerdo de la Sala, que debe ser unánime, para que la iniciativa sea vista el próximo martes en el primer lugar del Orden del Día, sin que, por cierto, tengamos otras interferencias. Porque si el Gobierno le pone "discusión inmediata" a otro proyecto, ahí cambia la cosa.
En todo caso, podemos dejar expresada nuestra voluntad de despachar esta iniciativa el martes que viene.
Nosotros no tenemos problema para discutirla hoy. Sin embargo, veo que el ánimo del Gobierno es que cuente con el máximo apoyo y que ojalá sea despachada por unanimidad, justamente por lo que se ha dicho acá: porque de la Cámara de Diputados llegó de una manera y está saliendo de otra. Y, seguramente, en lo que respecta al tercer trámite, es distinto que el proyecto vaya con un acuerdo muy muy mayoritario o unánime a que se envié con un acuerdo dividido.

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Habría que retirar la urgencia, pues el proyecto viene con "discusión inmediata".
Podríamos acordar por unanimidad -está la Presidenta de la Comisión- que el proyecto sea visto e informado el próximo martes.
Tiene la palabra el señor Ministro.

El señor MONCKEBERG (Ministro del Trabajo y Previsión Social).- Señor Presidente, no vemos inconveniente para ello.
Tendríamos, sí, que renovar la "discusión inmediata", para los efectos de que se trate el próximo martes en el primer lugar de la tabla, como -según entiendo- pidió el Senador Pizarro.


El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Entonces, la iniciativa se informará y discutirá el próximo martes. Así tendremos cabal conocimiento de la materia.
¿Les parece a Sus Señorías proceder de esa manera?
Acordado.
--Queda pendiente la discusión particular del proyecto.

)-------------(

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor García-Huidobro.

El señor GARCÍA-HUIDOBRO.- Señor Presidente, le solicito que recabe el asentimiento de la Sala y también del Ejecutivo, para los efectos de que el próximo martes podamos discutir el proyecto que modifica la ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones, para regular el tendido de cables eléctricos (boletín N° 9.511-12). Ello, porque hoy día todavía queda basura en muchos postes y la gente ha estado esperando desde hace bastante tiempo que se limpien nuestras comunas.

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- ¿Les parece a Sus Señorías acoger la petición del Senador señor García-Huidobro, sin perjuicio de que esto se pueda ver en reunión de Comités?
Acordado.
El referido proyecto quedaría para ser visto en el segundo lugar del Orden del Día del próximo martes.
)------------(

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Señor secretario, seguimos el Orden del Día.

El señor GUZMÁN (Secretario General).- Muy bien.

La señora VON BAER.- Mejor pasemos a la hora de Incidentes.

El señor GARCÍA-HUIDOBRO.- Sí, señor Presidente.

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- No se encuentra en la Sala el Senador señor Quinteros, quien había solicitado que se viera ahora un proyecto de su autoría.
En consecuencia, terminado el Orden del Día y pasamos a la hora de Incidentes.
INCIDENTES
--Ofrecida la palabra, sucesivamente, en los tiempos de los ComitésPartido Evópoli, Partido Revolución Democrática, Partido Unión Demócrata Independiente, Partido Por la Democracia e Independientes, Partido Renovación Nacional e Independientes, Partido Socialista, Partido Demócrata Cristiano y Partido País Progresista e Independientes, ningún señor Senador interviene.

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Por haberse cumplido su objetivo, se levanta la sesión.
--Se levantó a las 19:6.
Daniel Venegas Palominos
Jefe de la Redacción subrogante