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SUSTITUCIÓN DE DENOMINACIÓN DE ISLA DE PASCUA POR RAPA NUI


La señora RINCÓN.- Señor Presidente, entiendo que lo que estamos votando es el informe de la Comisión de Constitución, que propone el nombre "Rapa Nui-Isla de Pascua".
El fundamento de este proyecto de ley, iniciado en una moción de los Honorables Diputados señores González, Schilling y Urrutia (don Osvaldo), y los ex Diputados señora Molina y señores Andrade, Cornejo, Godoy, Núñez, Squella y Urízar, tiene que ver con el derecho de los pueblos originarios al reconocimiento de su identidad cultural y, dentro de ellos, a los derechos lingüísticos, en un Estado como Chile, que es multicultural.
Dentro de la multiculturalidad de pueblos originarios que forman nuestra identidad nacional se encuentra, sin lugar a dudas, la cultura rapanuí, pueblo habitante de la llamada "Isla de Pascua".
La denominación actual de la isla, que se remonta a su descubrimiento el 5 de abril de 1722, día de Pascua de Resurrección, no dice relación alguna con la etnia que por siglos la habita y que le asigna sus características más esenciales y su reconocimiento internacional.
Esta moción modifica el artículo 126 bis de la Constitución, que denomina a uno de nuestros territorios especiales como "Isla de Pascua", para reemplazar esta expresión por la de "Rapa Nui-Isla de Pascua", esto es, con su nombre original en lengua maorí unido a su nombre en lengua castellana, como una manera de incorporar al nombre su denominación étnica y cultural, que es lo que le da su principal atributo, a la vez que mantiene el nombre con el que se la conoce en el mundo entero.
Señor Presidente, valoro positivamente el proyecto en análisis por tres razones principales.
La primera, porque el cambio de denominación de la isla que se propone, mediante el uso de un topónimo en lengua indígena, es un derecho lingüístico reconocido en el Convenio N° 169 de la Organización Internacional del Trabajo, en la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Pueblos Indígenas y en la Declaración Americana de los Pueblos Indígenas.
Segundo, porque esta iniciativa también atiende a la importancia geopolítica y cultural que posee la Isla de Pascua para nuestro país.
Y tercero, porque el propio pueblo rapanuí espera este reconocimiento. Tal como indicó en el Senado el comisionado Zoilo Hucke, integrante del Consejo de Ancianos, para ellos "sería una gran alegría poder ocupar oficialmente el nombre de Rapa Nui, que es un nombre reconocido por todos los polinésicos".
Sin embargo, aún persiste mi duda sobre si el pueblo rapanuí preferiría que el nombre oficial de su territorio fuera exclusivamente Rapa Nui.
El Presidente del Consejo de Ancianos, señor Carlos Edmunds Paoa, acudió a la Comisión de Gobierno -no a la de Constitución-, donde manifestó que ellos "siempre se identifican a sí mismos como rapanuí, no se dicen pascuenses sino rapanuí, y hablan de Rapa Nui y no de Isla de Pascua. Ello," -agregó- "no obstante que desde el año 1722 quedó registrado el nombre de Isla de Pascua (Easter Island) en forma mundial" (Informe de la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización, página 6).
Más adelante, el Presidente del Consejo de Ancianos "reconoció que no se puede obviar el nombre de Isla de Pascua porque siempre se va a seguir ocupando dicha denominación desde el punto de vista turístico". Sin embargo, insistió "en que ellos seguirán diciendo que son rapanuí".
Por su parte, el representante de la Corporación de Desarrollo de Isla de Pascua (Codeipa), señor Poky Tane Haoa, afirmó que, "más allá de preservar el turismo, el corazón de esta reforma debe ser el reconocimiento del pueblo originario, en cuyo caso se estaría dando la importancia que merece el idioma y a todo lo que se ha estado haciendo para proteger Rapa Nui, a su raza y a su pueblo". Dijo, además, que "estiman fundamental el cambio de nombre porque sería un reconocimiento al pueblo originario rapanuí, pues, tal como se ha señalado, hablan rapanuí, se sienten rapanuí y viven en Rapa Nui", no en Isla de Pascua.
Por lo tanto, señor Presidente, entendiendo que la Comisión de Constitución solo ha recogido esta aspiración, que consiste en un cambio significativo para el pueblo rapanuí, no puedo sino respaldar la iniciativa.
Gracias.