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PRECISIÓN DE AUTORIZACIONES PARA TRANSPORTE DE DESECHOS


El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- A continuación, corresponde ocuparse en el proyecto, en primer trámite constitucional, que modifica la Ley de Tránsito con el objeto de precisar las autorizaciones requeridas para transportar desechos, con segundo informe de la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones.
--Los antecedentes sobre el proyecto (12.139-15) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley (moción de los Senadores señores Navarro, García-Huidobro y Letelier):
En primer trámite: sesión 57ª, en 9 de octubre de 2018 (se da cuenta).
Informes de Comisión:
Transportes y Telecomunicaciones: sesión 60ª, en 16 de octubre de 2018.
Transportes y Telecomunicaciones (segundo): sesión 83ª, en 2 de enero de 2019.
Discusión:
Sesión 66ª, en 13 de noviembre de 2018 (se aprueba en general).
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Tiene la palabra la señora Secretaria.
La señora BELMAR (Secretaria General subrogante).- Esta iniciativa fue aprobada en general en sesión de 13 de noviembre de 2018.
La Comisión de Transportes y Telecomunicaciones deja constancia, para los efectos reglamentarios, de que no hay artículos que no hayan sido objeto de indicaciones ni de modificaciones.
El referido órgano técnico efectuó diversas enmiendas al texto aprobado en general, todas las cuales fueron aprobadas por unanimidad.
Cabe recordar que las modificaciones unánimes deber ser votadas sin debate, salvo que alguna señora Senadora o algún señor Senador manifieste su intención de impugnar la proposición de la Comisión respecto de alguna de ellas o que existan indicaciones renovadas.
Sus Señorías tienen a su disposición un boletín comparado que transcribe el texto aprobado en general, las enmiendas realizadas por la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones y el texto que quedaría de aprobarse esas modificaciones.
Nada más, señor Presidente.
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- En discusión particular el proyecto.
Tiene la palabra el Senador señor Navarro.


El señor NAVARRO.- Señor Presidente, la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones analizó en particular este proyecto, que surge ante la doble interpretación que se estaba haciendo respecto de la aplicación de la ley que sanciona a quienes promuevan la recolección y depósito de basura o de escombros en lugares no habilitados, lo que da origen a microbasurales.
Esa normativa, cuyo proyecto fue apoyado por unanimidad en el Senado, estableció que las municipalidades debían regular las autorizaciones para transportar los escombros desde la zona donde se generan hasta los rellenos sanitarios.
La interpretación que algunos municipios le dieron a dicha ley fue la de que tenían que fijar una normativa interna. Se dictaron resoluciones municipales que determinaban las condiciones del retiro de la basura y de los escombros, y también las autorizaciones respectivas.
Debido a ello, los transportistas, particularmente los que trasladaban escombros de gran volumen, tuvieron que solicitar y pagar un permiso en cada uno de los municipios: en algunos casos por un mes, y en otros, viaje a viaje. Pero dicho permiso no les sirvió, pues Carabineros le dio otra interpretación a la mencionada ley, estableciendo que la zona de tránsito la constituía solo la comuna donde se originaban los residuos o los escombros.
Esto dio lugar, y así lo planteó la Confederación Nacional de Dueños de Camiones de Chile, a una escalada de partes a transportistas, pequeños y medianos, que normalmente trasladaban áridos provenientes de excavaciones o de demoliciones. Y se produjo el retiro de los camiones generándose situaciones inauditas: por ejemplo, el camión era detenido en Colina y lo llevaban a un sitio ubicado en Maipú, y allí procedían a voltear los escombros fuera del relleno; luego venía el camión municipal, que era cargado a pala, y lo entraban. ¡Y todos esos gastos eran cobrados!
Después de un largo debate, en que participaron la SIAT, las autoridades del Ministerio de Transportes y, también, la Confederación de Dueños de Camiones de Chile, se concluyó que debía haber una sola interpretación sobre la materia, de modo que el transporte de basura o de escombros, cuyo objetivo principal era evitar la proliferación de microbasurales, tenía que llevarse a cabo acompañado de un documento, la guía de despacho, la cual permitiría establecer el origen y el destino de la carga: es decir, de dónde se extraen la basura y los escombros y el lugar en que estos serán depositados, que es el relleno sanitario.
El referido documento, que es de carácter tributario, no puede ser inventado ni falsificado -hay duras penas si esto ocurre-, y posibilita que haya fiscalización del origen y destino de los residuos mediante un instrumento eficaz.
Las municipalidades que dictaron ordenanzas -ese es el concepto- lo hicieron sobre la base de distintos criterios: hay 345 municipios en Chile, y, en consecuencia, 345 ordenanzas diferentes.
Por lo tanto, se pretende unificar aquello.
El Ministerio de Transportes se ha esforzado para establecer una sola interpretación y cumplir así con el objetivo de la ley a la que me referí, esto es, que en Chile no exista transporte clandestino de residuos ni de escombros, los cuales llenan los caminos rurales, los esteros de los ríos, y no solo provocan un impacto visual, sino que generan microbasurales altamente peligrosos para la salud de quienes viven en torno a ellos.
El proyecto que estamos votando fue aprobado por unanimidad en la Comisión de Transportes, producto del debate que tuvieron sus miembros luego de conocer la denuncia de la Confederación de Dueños de Camiones de Chile y de tener claridad con respecto a lo que estaba sucediendo, en el sentido de que existía una interpretación distinta de la ley que señalé tanto por los municipios, al cobrar por los derechos municipales conforme a la dictación de ordenanzas, como por Carabineros de Chile, al determinar que la zona de tránsito la constituía solo la comuna donde se originaban los residuos o los escombros.
Esta iniciativa, que establece el modo de salvar tal situación, consta de un artículo único que modifica el artículo 192 bis de la Ley de Tránsito en los siguientes términos.
Sustituye su inciso quinto por el que se señala a continuación: "El transporte de los elementos indicados en los incisos anteriores se regirá, en lo referente a los horarios, vías y demás reglas de tránsito que regulen dicho traslado, por lo dispuesto en la ordenanza municipal correspondiente a la comuna en donde aquellos son generados.". O sea, se refiere solo a la ordenanza dictada por la comuna donde se originan los residuos. Esa es la única autorización.
En seguida, intercala un inciso sexto nuevo, pasando el actual a ser séptimo, del siguiente tenor: "No obstante lo preceptuado en el inciso anterior, con el objetivo de poder verificar si el depósito de dichos elementos se realizará en un establecimiento habilitado para ello, a los transportistas de carga solo se les exigirá que cuenten con el documento tributario pertinente que acredite el origen y destino de su recorrido.".
Luego incorpora un inciso octavo nuevo, que expresa: "Lo dispuesto en este artículo no regirá para el caso del retiro de residuos sanitarios u otros que requieran de una autorización o permiso especial, o cuyo transporte esté sujeto a una regulación específica.".
Señor Presidente, la ley que dio origen a este debate fue establecida de buena fe (el proyecto se inició en una moción presentada por diversos Senadores), y su propósito era combatir la existencia de microbasurales. Ella establece penas para quien genera el residuo y para el que lo transporta. Es decir, está prohibido el transporte ilegal de residuos, más aún, si estos tienen como destino los rellenos sanitarios. No es posible que veamos toneladas de residuos acumuladas en el río Mapocho, en nuestras carreteras, en muchos caminos rurales, que son llevados a esos lugares clandestinamente.
En la ley vigente se contemplan el decomiso del vehículo y una sanción para quien genera el residuo.
No basta con que se pague. Porque mucha gente paga y dice: ¡Llévatelo! No. De ser detenido el transportista, habrá una multa y el decomiso del vehículo: hay sanción para el conductor y, además, para quien originó los residuos.
Entonces, señor Presidente, debe haber claridad en el sentido de que, para realizar el transporte de residuos, ha de mediar una autorización municipal, y el transportista que haga el flete o el traslado tiene que contar con el documento tributario pertinente, que es la guía de despacho.
En eso consiste este proyecto, que va a terminar con una experiencia muy nociva para los transportistas, en particular para los conductores, quienes han debido pagar elevados partes por las diversas interpretaciones que se le ha dado a la normativa vigente en la materia en cuanto al origen del permiso municipal y el destino de la carga, lo cual motivó muchas infracciones cursadas por Carabineros.
La Confederación de Dueños de Camiones denunció -y hay una investigación en curso en Carabineros de Chile- que había una coordinación sistemática para llevar estos camiones a un lugar específico y que de manera extraordinaria pero permanente los partes iban a parar siempre al mismo lugar para pagar el mismo servicio de grúas e igual sitio de almacenamiento de dichos camiones.
Yo espero que podamos conocer la investigación solicitada por la Confederación Nacional de Dueños de Camiones de Chile, que se encuentra en curso en Carabineros, por cuanto seguimos manteniendo la más absoluta confianza en Carabineros de Chile.
La norma que hoy día remediamos a fin de que haya una sola interpretación por parte de la autoridad debiera terminar con esa práctica. A la vez, deberíamos estudiar qué haremos con las infracciones cursadas, porque en muchos casos son de elevada cuantía y están afectando a conductores que, como todos sabemos, no reciben grandes sueldos. Son trabajadores que laboran con sus manos y que debieron enfrentar en muchas ocasiones multas de elevados montos.
Es lo que puedo informar, señor Presidente, en nombre de la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones, la que aprobó de manera unánime el proyecto de ley. Además, sus integrantes son los autores de la moción.
He dicho.
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor García-Huidobro.


El señor GARCÍA-HUIDOBRO.- Señor Presidente, me parece que la explicación del titular de la Comisión ha sido bastante clara.
Tal como planteó el Senador Navarro, el aumento considerable de vertederos clandestinos en las distintas regiones se ha convertido en un problema no ajeno a ninguno de nosotros.
Para evitar la acumulación de residuos, por regla general, estos son transportados por vehículos de mediano y de pequeño tamaño que no cuentan con las condiciones adecuadas para llevar a cabo esas actividades. ¿Qué ocurre, entonces? Que los residuos son trasladados a lugares no habilitados, en la vía pública, en cualquier lugar donde existan terrenos sin construcciones. Y qué decir cuando tenemos lugares cercanos, rurales, a nuestros pueblos y ciudades.
Otro punto tratado también en la Comisión -lo manifestó su Presidente- fue la necesidad de hacer más expedito el trámite correspondiente. Es decir, que el transportista porte un documento tributario que acredite el origen y el destino de su recorrido, a fin de que se pueda verificar si se dirige o no a un vertedero clandestino.
Con esta regulación se favorece que los escombros -esto, fundamentalmente, apunta a los escombros- sean llevados finalmente a un lugar autorizado y reconocido por la autoridad.
El proyecto también busca explicitar que el transportista que traslade los escombros a un vertedero deba contar solo con la autorización municipal de la comuna donde se origina su trayecto, aunque luego este pase por distintas comunas para llegar a su destino.
En la actualidad, los transportistas deben contar con la autorización de ¡cada municipio! en su trayecto hacia su destino y tienen que pasar muchas veces por dos, tres, cuatro, hasta siete comunas -como es el caso de la Región Metropolitana-, siendo multados si no cuentan con dicha autorización. Ello hace que la situación se torne excesivamente burocrática y, en el fondo, pasa a constituirse en un incentivo para que esta labor no se realice por personas realmente profesionales, cayéndose en la informalidad.
Por lo tanto, lo que se ha buscado con este proyecto es mejorar la ley actual, específicamente la mala interpretación de la normativa por el ente fiscalizador.
Por eso se necesita mejorar lo ya regulado, y para ello "con un documento tributario que acredite el origen y destino de su recorrido, se soslaya las interpretaciones que van en desmedro de los transportistas".
Es relevante también destacar que el procedimiento y las disposiciones fijadas en el proyecto no regirán en el caso -esto es bien importante, señor Presidente- de retiro de residuos sanitarios u otros que requieran alguna autorización o permiso especial o cuyo transporte esté sujeto a una regulación específica, caso en el cual deberá remitirse a ella.
Por consiguiente, creo que es muy importante aprobar esta iniciativa, porque dará un apoyo muy significativo para impedir los vertederos clandestinos y la actividad de muchas personas que se dedican a ensuciar nuestros pueblos y sectores rurales.
Anuncio que votaré a favor.
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Rincón.


La señora RINCÓN.- Señor Presidente, esta iniciativa tiene su origen en una moción de los Senadores Navarro, García-Huidobro y Letelier y viene a perfeccionar la ley N° 20.879, publicada el año 2015.
¿Cuál es el objetivo del proyecto?
Pretende dos cosas.
1. Que la autorización municipal para el traslado de desechos o escombros solo sea la que corresponda a la comuna en la cual se originó este escombro.
2. Que el principal medio de fiscalización para los transportistas, en este contexto, sea la exhibición de la guía de despacho, la que deberá acreditar el origen y el destino de la carga.
El fundamento de esto -lo han explicitado mis colegas- es evitar la proliferación de vertederos de desechos clandestinos. Para ello, en noviembre de 2015 se publicó la ley N° 20.879, que sancionaba el transporte de desechos hacia los vertederos clandestinos.
A mí me tocó, como Intendenta de la Región Metropolitana, conocer de esa realidad, que está presente en innumerables regiones de nuestro país.
Sin embargo, la normativa ya señalada arrojó un sinnúmero de problemas.
La ley a que estoy haciendo referencia introdujo tres nuevas disposiciones en la Ley de Tránsito:
-Sanciona a quien encargue o realice el transporte, traslado o depósito de basuras, desechos o residuos de cualquier tipo, hacia o en la vía pública, sitios eriazos, en vertederos o depósitos clandestinos o ilegales, o en los bienes nacionales de uso público.
-Establece que el transporte y retiro de escombros en contenedores o sacos debe realizarse cubriendo la carga de forma tal que se impida el esparcimiento, dispersión o caída de materiales o polvo durante su traslado, sancionando con una multa de hasta 3 UTM la inobservancia de esta disposición.
-Faculta a cualquier persona que sorprenda o detecte la ejecución de las conductas previamente descritas a poner en conocimiento de la situación a las municipalidades, a Carabineros o a la autoridad sanitaria, quienes deberán remitir los antecedentes al Ministerio Público o a los tribunales competentes.
No obstante, algunas controversias han surgido en el transporte legítimo de desechos que muchos emprendedores realizan, lo que hace necesario perfeccionar la normativa.
¿Cuáles son esas situaciones?
Se cursan infracciones a transportistas por no contar con la autorización municipal -lo relataba el colega que me antecedió en el uso de la palabra- de cada una de las comunas donde circula el transportista, lo cual se vuelve una situación no solo engorrosa, sino que, cuando vemos los indicadores de productividad, claramente no tiene ningún sentido.
Se exige al conductor del camión la exhibición de los permisos municipales para transportar los escombros, en circunstancias de que aquellos deben ser un requisito que se exija a quien requiere trasladar tales desechos y no al transportista, debiendo este último solo contar con la respectiva guía de despacho.
Por lo tanto, lo que busca esta iniciativa es resolver un tema de toda lógica, que apunta en el sentido de perfeccionar una normativa que era necesaria y que por esta vía viene a enriquecer un texto legal importante en nuestro país, pero que con el correr del tiempo obviamente ha arrojado la necesidad de un perfeccionamiento.
Por consiguiente, en su minuto vamos a respaldar esta iniciativa de los colegas Navarro, García-Huidobro y Letelier.
El señor DE URRESTI (Vicepresidente).- Solicito autorización de la Sala para que pase a reemplazarme en la testera el Senador señor Navarro.
Tiene la palabra el Senador señor Durana. Luego está inscrito el Senador señor Coloma.
--Pasa a dirigir la sesión el Senador señor Navarro, en calidad de Presidente accidental.


El señor DURANA.- Señor Presidente, este proyecto tiene como objetivo regular el transporte de escombros que se realiza entre una comuna determinada y su lugar de destino final, instancia en que se transita, en muchas oportunidades, por comunas distintas.
Se procura que el vehículo que retira los escombros de una comuna determinada no requiera contar con autorización de todas aquellas por donde transitará, bastándole una autorización del municipio donde se inicia el recorrido, debiendo portar la autorización que acredite su destino y origen, lo que es entendible desde el punto administrativo y operativo.
Para ello se establece, asimismo, que el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones deberá dictar un reglamento que determine los elementos esenciales y fundamentales que tienen que contemplar las ordenanzas municipales a los efectos del transporte antes referido.
El único problema es cuando los escombros, la basura o el traslado presentan efectos contaminantes. Porque si es así, se necesita en general una instancia distinta.
Yo estoy de acuerdo en aprobar este proyecto en la medida que nosotros efectivamente podamos determinar qué son "escombros", qué es "basura inofensiva", versus lo que son "elementos contaminantes", porque no es justo que por determinadas comunas muchas veces se trasladen elementos contaminantes sin el resguardo necesario.
Por lo tanto, si eso queda debidamente constatado, transformándose en algo real, obviamente que voy a apoyar el proyecto.
El señor NAVARRO (Presidente accidental).- Tiene la palabra el Senador señor Coloma.


El señor COLOMA.- Señor Presidente, seré muy breve.
A mí me parece bien la última intervención en el sentido de contextualizar.
Decidí intervenir para plantear una doble lógica.
Primero, creo que el tema del transporte de desechos, de los vertederos, en general, tiene que ser visto conforme a una óptica más amplia.
Es preciso resolver cómo lo hacemos en Chile para realmente reciclar, para distinguir, para separar, sea el desecho de escombros -término difícil de definir respecto de la amplitud en esta actividad-, sea otro tipo de cosas como la basura.
Particularmente, hasta ahora el problema se ha enfocado en el mundo urbano. Yo quiero plantearlo respecto del mundo rural, donde es un tema muy complejo.
Considero que está bien generar una ley para simplificar los trámites burocráticos a que se ven expuestos muchas veces los camiones. Pero también eso tiene que ir acompañado de una política pública para regular de manera mucho mejor dicho aspecto y ser más exigentes en cuanto al contenido de ese tipo de transporte.
Yo estoy impresionado con lo que ocurre en la Región del Maule, donde hay muy pocos vertederos. Solo existen tres comunas que los tienen, y van a depositar desechos ahí incluso desde otras regiones. Pero muchas veces en el trayecto entre una comuna y otra -cuando se pasa por varias- quedan desechos en esos lugares y se botan líquidos percolados. Sé que esto último no está relacionado con los escombros, pero ello genera un problema muy serio.
A la altura que estamos del siglo XXI, con un país que está avanzando -a algunos no les gusta reconocerlo, pero está avanzando, está creciendo, está desarrollándose-, debemos asumir el tema de los desechos, de los residuos, de la basura desde una óptica mucho más moderna. Yo sé que para eso, obviamente, se requiere inversión y, probablemente, otro modelo de licitaciones.
Pero, simplemente, quiero anotar este punto, porque son muchas las comunas que están en la línea de tránsito entre la comuna que genera el desecho y aquella en que este se deposita, y al final son tributarias de los malos efectos y a veces de incumplimientos en este sentido.
Me parece bien el proyecto. Pero esto abre un tema gigantesco, y espero que sea bien enfrentado por las autoridades.
He dicho.
El señor NAVARRO (Presidente accidental).- Tiene la palabra el Senador señor Sandoval.


El señor SANDOVAL.- Señor Presidente, no hace mucho que estamos tramitando una serie de normas que dicen relación con el manejo de los residuos en nuestro país; con el bajo nivel de reutilización, de reducción que se observa, y, además, con las falencias y las limitaciones que ha tenido la propia modalidad a través de la cual en las diferentes comunas de Chile se está realizando el manejo de los distintos residuos.
En nuestro país se produce aproximadamente un kilo de basura por persona al día. Por lo tanto, son millones los kilos que todos los días, de alguna u otra manera, van a parar a diferentes instancias.
La Ley REP, que apunta precisamente a reducir este efecto, le genera al país un tremendo desafío en orden a cómo somos capaces de ponernos a tono con la necesidad de promover lo que se ha llamado en el último tiempo la "economía circular".
En tal sentido, el proyecto evidentemente va en esa dirección: establecer un mecanismo de regulación frente a las enormes dificultades que se les producen a quienes transportan los desechos de que trata la iniciativa. A veces, incluso, la autoridad no ha reconocido los permisos de alcaldes de otra zona o jurisdicción. Eso, evidentemente, ha significado muchas infracciones que han motivado reclamos y quejas por parte de la Confederación Nacional de Dueños de Camiones de Chile.
Y esta iniciativa apunta precisamente a regular todo ello.
Además, como bien señalaba el Senador Coloma, con esto se abre un debate acerca del gran desafío que tiene nuestro país en materia de manejo de sus residuos. A este respecto, creo que este proyecto va en la dirección adecuada. No resuelve, por cierto, todo el problema, por cuanto quedan algunas tareas pendientes, como definir qué se entiende por "escombros", lo que, obviamente, tendrá que verse en el minuto en que se realice la votación pertinente.
En definitiva, la presente iniciativa va en la dirección de propiciar mecanismos de reducción de residuos en los vertederos o en los rellenos sanitarios existentes hoy día.
Por lo tanto, en su momento nos pronunciaremos a favor del proyecto.
--Queda pendiente la discusión particular del proyecto.